ACUERDO del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueban los resultados del Proyecto de Reseccionamiento 2022.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG848/2022.

ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBAN LOS RESULTADOS DEL PROYECTO DE RESECCIONAMIENTO 2022
GLOSARIO

CDV
Comisión(es) Distrital(es) de Vigilancia.
CLV
Comisión(es) Local(es) de Vigilancia.
CNV
Comisión Nacional de Vigilancia.
Consejo General
Consejo General del Instituto Nacional Electoral.
CPEUM
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
CRFE
Comisión del Registro Federal de Electores.
DERFE
Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores.
INE/Instituto
Instituto Nacional Electoral.
JDE
Junta(s) Distrital(es) Ejecutiva(s) del Instituto Nacional Electoral.
JGE
Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral.
JLE
Junta(s) Local(es) Ejecutiva(s) del Instituto Nacional Electoral.
LAMGE
Lineamientos para la Actualización del Marco Geográfico Electoral.
LGIPE
Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Procedimientos
Procedimientos para los trabajos de Reseccionamiento 2022.
RIINE
Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral.
RPP
Representaciones de los Partidos Políticos.
TEPJF
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
ANTECEDENTES
1.     Aprobación de los Procedimientos. El 27 de abril de 2022, este Consejo General aprobó, mediante Acuerdo INE/CG211/2022, los Procedimientos.
2.     Presentación del Sistema de Reseccionamiento a las RPP acreditadas ante la CNV. El 19 de agosto de 2022, la DERFE presentó el Sistema de Reseccionamiento a las RPP acreditadas ante la CNV.
3.     Elaboración de los escenarios para el proyecto de Reseccionamiento 2022. Del 22 al 26 de agosto de 2022, las JDE involucradas en el proyecto de Reseccionamiento 2022, elaboraron los escenarios de reseccionamiento.
4.     Observaciones de las RPP acreditadas ante las CDV. Del 29 de agosto al 6 de septiembre de 2022, las RPP acreditadas ante las CDV correspondientes, emitieron sus observaciones a los escenarios de reseccionamiento integrados por las JDE.
5.     Recomendación de los escenarios de reseccionamiento a nivel distrital. El 7 de septiembre de 2022, sesionaron las CDV con la finalidad de recomendar los escenarios de reseccionamiento a nivel distrital.
6.     Observaciones de las JLE. Del 8 al 13 de septiembre de 2022, tomando como base los escenarios recomendados por las CDV, las JLE correspondientes emitieron sus observaciones a través del Sistema de Reseccionamiento.
7.     Observaciones de las RPP acreditadas ante las CLV. Del 14 al 23 de septiembre de 2022, las RPP acreditadas ante las CLV correspondientes, emitieron sus observaciones a los escenarios de reseccionamiento.
8.     Recomendaciones de los escenarios de reseccionamiento a nivel estatal. El 26 de septiembre de 2022, sesionaron las CLV, con la finalidad de recomendar los escenarios de reseccionamiento a nivel estatal.
9.     Revisión de propuestas de las CLV. Del 27 al 30 de septiembre de 2022, la Dirección de Cartografía Electoral de la DERFE revisó los escenarios recomendados por las CLV.
10.   Observaciones de las RPP acreditadas ante la CNV. Del 3 al 14 de octubre de 2022, las RPP acreditadas ante la CNV emitieron sus observaciones a los escenarios de reseccionamiento.
11.   Preparación de insumos para la presentación de los escenarios de reseccionamiento. Del 17 al 31 de octubre de 2022, la Dirección de Cartografía Electoral de la DERFE preparó los insumos para presentar los escenarios de reseccionamiento en el Grupo de Trabajo de Operación en Campo de la CNV.
12.   Revisión de los escenarios por parte de las RPP acreditadas ante la CNV. Los días 24 de octubre y 1° de noviembre de 2022, las personas integrantes del Grupo de Trabajo de Operación en Campo de la CNV revisaron las propuestas de escenarios de reseccionamiento.
13.   Recomendación de la CNV. El 10 de noviembre de 2022, la CNV recomendó a este Consejo General, mediante Acuerdo INE/CNV67/NOV/2022, que apruebe los resultados del proyecto de Reseccionamiento 2022.
14.   Entrega de resultados del proyecto de Reseccionamiento 2022 y del proyecto de acuerdo en la CRFE. El 7 de diciembre de 2022, la CRFE conoció los resultados del proyecto de Reseccionamiento 2022 y, mediante Acuerdo INE/CRFE50/09SE/2022, aprobó someter a la consideración de este órgano superior de dirección, el proyecto de acuerdo del Consejo General por el que se aprueban los resultados del proyecto de Reseccionamiento 2022.
CONSIDERANDOS
PRIMERO. Competencia.
Este Consejo General es competente para aprobar los resultados del proyecto de Reseccionamiento 2022, conforme a lo previsto en los artículos 41, párrafo tercero, Base V, Apartado A, párrafos primero y segundo, y Apartado B, inciso a), numeral 2 de la CPEUM; 32, párrafo 1, inciso a), fracción II; 35; 36; 44, párrafo 1, incisos l), gg), hh) y jj) de la LGIPE; 4, párrafo 1, fracción I, apartado A, inciso a); 5, párrafo 1, inciso w) del RIINE; 59 de los LAMGE; así como, actividad 22 de los Procedimientos.
SEGUNDO. Disposiciones normativas que sustentan la determinación.
Acorde a lo establecido en el artículo 41, párrafo tercero, Base V, Apartado A, párrafo primero de la CPEUM, así como los artículos 29; 30, párrafo 2 y 31, párrafo 1 de la LGIPE, el INE es un organismo público autónomo dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los Partidos Políticos Nacionales y las ciudadanas y los ciudadanos, en los términos que ordene la ley. Todas las actividades del INE se regirán por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad, objetividad, paridad, y se realizarán con perspectiva de género.
Asimismo, el artículo 41, párrafo tercero, Base V, Apartado B, inciso a), numeral 2 de la CPEUM, así como el diverso 32, párrafo 1, inciso a), fracción II de la LGIPE, manifiestan que, para los procesos electorales federales y locales, corresponde al INE definir la geografía electoral, que incluirá el diseño y determinación de los distritos electorales y su división en secciones electorales, así como la delimitación de las circunscripciones plurinominales y el establecimiento de cabeceras.
El artículo 53 de la CPEUM, prevé que la demarcación territorial de los 300 distritos electorales uninominales será la que resulte de dividir la población total del país entre los distritos señalados. La distribución de los distritos electorales uninominales entre las entidades federativas se hará teniendo en cuenta el último censo general de población, sin que en ningún caso la representación de una entidad federativa pueda ser menor de dos diputadas o diputados de mayoría.
Por otra parte, el artículo 1, párrafo 2 de la LGIPE, indica que las disposiciones de esa ley son aplicables a las elecciones en los ámbitos federal y local respecto de las materias que establece la CPEUM.
El artículo 5, párrafo 1 de la LGIPE, aduce que la aplicación de dicha ley corresponde, en sus respectivos ámbitos de competencia, al INE, al TEPJF, a los Organismos Públicos Locales y a las autoridades jurisdiccionales locales en la materia, a la Cámara de Diputadas y Diputados y al Senado de la República.
El artículo 9, párrafo 2 de la LGIPE, establece que en cada distrito electoral el sufragio se emitirá en la sección electoral que comprenda el domicilio de las ciudadanas y los ciudadanos, salvo los casos de excepción expresamente señalados por la misma ley.
Asimismo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 30, párrafo 1, incisos a), d), e) y f) de la LGIPE, son fines del INE, entre otros, contribuir al desarrollo de la vida democrática; garantizar la celebración periódica y pacífica de las elecciones para renovar a las personas integrantes de los Poderes Legislativo y Ejecutivo de la Unión y ejercer las funciones que la CPEUM le otorga en los procesos electorales locales; así como, velar por la autenticidad y efectividad del sufragio.
A su vez, el artículo 43, párrafos 1 y 2 de la LGIPE, dispone que este Consejo General ordenará la publicación en el Diario Oficial de la Federación de los acuerdos y resoluciones de carácter general que pronuncie. El Secretario Ejecutivo del INE establecerá los acuerdos para asegurar su oportuna publicación en dicho medio oficial.
El artículo 44, párrafo 1, inciso l) de la LGIPE, refiere que este Consejo General tiene, entre otras atribuciones, la de dictar los lineamientos relativos al Registro Federal de Electores y ordenar a la JGE hacer los estudios y formular los proyectos para la división del territorio de la República en 300 distritos electorales uninominales y sus cabeceras, su división en secciones electorales, para determinar el ámbito territorial de las cinco circunscripciones electorales plurinominales y la capital de la entidad federativa que será cabecera de cada una de ellas; así como la división territorial de los distritos en el ámbito local y, en su caso, aprobarlos.
Con fundamento en el artículo 54, párrafo 1, inciso h) de la LGIPE, en relación con el diverso 45, párrafo 1, incisos t) y bb) del RIINE, corresponde a la DERFE mantener actualizada la cartografía electoral del país, clasificada por entidad, distrito electoral federal, distrito electoral local, municipio y sección electoral; informar a la CNV los trabajos de demarcación territorial, incluyendo la redistritación, el reseccionamiento y la integración seccional, así como las demás que le confiera la LGIPE y otras disposiciones aplicables.
El artículo 81, párrafo 3 de la LGIPE, dispone que en cada sección electoral se instalará una casilla para recibir la votación el día de la jornada electoral.
En términos del artículo 147, párrafos 2, 3 y 4 de la LGIPE, la sección electoral es la fracción territorial de los distritos electorales uninominales para la inscripción de las ciudadanas y los ciudadanos en el Padrón Electoral y en las Listas Nominales de Electores. Cada sección tendrá como mínimo 100 electores y como máximo 3,000. El fraccionamiento en secciones electorales estará sujeto a la revisión de la división del territorio nacional en distritos electorales, en los términos del artículo 53 de la CPEUM.
Con base en lo dispuesto en el artículo 158, párrafo 2 de la LGIPE, la CNV conocerá y podrá emitir opiniones respecto de los trabajos que la DERFE realice en materia de demarcación territorial.
Por su parte, el artículo 253, párrafos 2 y 3 de la LGIPE, establece que las secciones en que se dividen los distritos uninominales tendrán como máximo 3,000 electores y que, en toda sección electoral, por cada 750 electores o fracción, se instalará una casilla para recibir la votación de las y los ciudadanos residentes en la misma; de ser dos o más se colocarán en forma contigua y se dividirá la Lista Nominal de Electores en orden alfabético.
De conformidad con lo previsto en el artículo 3, inciso mm) de los LAMGE, por reseccionamiento se entiende la acción de actualizar la geografía electoral consistente en dividir una sección origen que se encuentra por encima del rango legal establecido y generar nuevas secciones electorales resultantes a partir de esta división, con la condición de que éstas últimas pertenezcan al mismo distrito electoral y que cumplan con el rango de electores que la ley ordena.
Por su parte, el artículo 46 de los LAMGE, prevé que las secciones que, como consecuencia de la dinámica demográfica se aparten del rango de número de electores establecido por la LGIPE, serán ajustadas en su demarcación por parte del INE, a través de la DERFE.
El artículo 47 de los LAMGE, estipula que el procedimiento de reseccionamiento deberá realizarse con base en los estudios técnicos y metodológicos que promuevan que las secciones resultantes se mantengan el mayor tiempo posible dentro del rango legal establecido.
En cumplimiento al artículo 48 de los LAMGE, en el programa de reseccionamiento, las secciones resultantes por ningún motivo deberán de estar conformadas por menos de 100 ciudadanas y ciudadanos en la Lista Nominal de Electores.
De acuerdo con el artículo 49 de los LAMGE, en los casos en los que se determine que existen dificultades para la instalación de casillas en secciones electorales donde haya instalaciones militares, y éstas puedan ser resueltas a través del programa de reseccionamiento, la DERFE realizará los ajustes a la demarcación territorial propiciando la cantidad de electores suficiente para la oportuna instalación de casillas.
El artículo 54 de los LAMGE, establece que la DERFE, previo a la presentación de la propuesta de presupuesto anual, identificará anualmente las secciones que se encuentren fuera del límite mínimo y máximo de electores, utilizando como referencia el último corte de la lista nominal disponible, obteniendo el universo potencial de secciones sujetas a reseccionamiento e integración seccional, a efecto de incluirlo en el presupuesto respectivo conforme a la normatividad presupuestal aplicable.
El artículo 55 de los LAMGE, prescribe que la DERFE recopilará información prospectiva que permita identificar focos de crecimiento en las secciones a incluir en el reseccionamiento,
Según lo dispuesto en el artículo 56 de los LAMGE, la DERFE, conforme a lo establecido en el diverso 45, párrafo 1, inciso t) del RIINE, anualmente dará a conocer a la CNV el conjunto de secciones a reseccionar y/o integrar, así como los procedimientos y cronograma de las actividades, a efecto de emitir las observaciones que considere convenientes.
El artículo 57 de los LAMGE, señala que la DERFE, una vez determinado el universo de secciones sujetas a reseccionamiento o integración seccional, lo hará del conocimiento de la CNV, para que en su caso emita las observaciones que considere convenientes en un término de 20 días naturales.
Además, el artículo 58 de los LAMGE, advierte que las observaciones que emitan los partidos políticos a los escenarios de reseccionamiento podrán ser consideradas siempre y cuando se apeguen a los criterios establecidos para dicho programa.
El artículo 59 de los LAMGE, determina que la DERFE, una vez que este Consejo General apruebe la nueva demarcación seccional producto del reseccionamiento y/o de la integración seccional, procederá a realizar la actualización cartográfica electoral.
Es importante señalar que es criterio de la Sala Superior del TEPJF, al resolver el recurso de apelación con número de expediente SUP-RAP-113/2010, lo siguiente:
[...] desde el plano Constitucional, una atribución concreta y directa del Consejo General del Instituto Federal Electoral, encaminada a definir las cuestiones inherentes a la geografía electoral, para lo cual, [...] a través de su Consejo General será quien emita los Lineamientos relativos y apruebe los Acuerdos atenientes a este tema; lo anterior, sin perjuicio de auxiliarse [...], en lo concerniente a la realización de los estudios y proyectos, en un órgano ejecutivo central, como lo es la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, la cual, acorde a su naturaleza de órgano ejecutivo, implementará la decisión que al efecto adopte el Consejo General de mérito [...].(1)
Finalmente, de conformidad con las actividades y el cronograma establecidos en los Procedimientos, se presentó el listado de secciones electorales, las reglas y criterios para la construcción y evaluación de escenarios de reseccionamiento, así como el calendario de actividades, hasta su aprobación por este órgano superior de dirección, previo conocimiento de la CNV y de la CRFE.
Con base en las disposiciones normativas citadas, se considera que válidamente este Consejo General se encuentra facultado para aprobar los resultados del proyecto de Reseccionamiento 2022.
TERCERO. Motivos para aprobar los resultados del proyecto de Reseccionamiento 2022.
La CPEUM, la LGIPE, el RIINE, así como los LAMGE, revisten a este Instituto de atribuciones para la organización de los procesos electorales federales y locales, así como procesos de participación ciudadana, entre las cuales destaca la definición de la geografía electoral del país, previo al inicio de los referidos procesos.
En esa línea, se resalta que la geografía electoral es la clasificación territorial nacional en distintos niveles de desagregación regional, conforme a lo siguiente:
a)    Circunscripción plurinominal federal;
b)    Circunscripción plurinominal local;
c)     Entidad;
d)    Distrito electoral federal;
e)    Distrito electoral local;
f)     Municipio, y
g)    Sección electoral.
Para tal efecto, esos rasgos geográficos son representados en cartas o mapas que conforman la cartografía electoral del país, a partir de la cual se define la representación político-electoral y, al mismo tiempo, tiene como función la asociación del domicilio de la ciudadanía con derecho a sufragar en el territorio nacional, así como la organización de comicios para la integración de cargos de elección popular y los procesos de participación ciudadana.
Es necesario destacar que el Marco Geográfico Electoral constituye un elemento dinámico que se ve obligado a su actualización constante, como consecuencia de la integración de nuevos asentamientos humanos, la creación de nuevos municipios, la modificación de límites territoriales, así como el decremento o incremento del número de ciudadanas y ciudadanos en las secciones electorales.
En ese contexto, es importante contar con un Marco Geográfico Electoral actualizado que permita garantizar la correcta asignación de cada ciudadana y ciudadano a la sección electoral que corresponda a su domicilio, previendo en todo momento el crecimiento natural de la población y su impacto en el Padrón Electoral y las Listas Nominales de Electores, así como la emisión de las Credenciales para Votar.
La relevancia de mantener actualizadas en la cartografía electoral las divisiones político-administrativas de entidad, distritos electorales y municipios, resulta en salvaguardar el derecho de la ciudadanía de votar y ser votada en la demarcación correspondiente a su domicilio; en tanto que, la clasificación del territorio nacional en secciones electorales tiene el fin de establecer las unidades geográficas a partir de las cuales se realizará la organización electoral, y la actualización de su conformación obedece a facilitar la emisión del voto.
Bajo esa línea, en atención a lo previsto en el artículo 147, párrafos 2, 3 y 4 de la LGIPE, la sección electoral es la fracción territorial de los distritos electorales uninominales para la inscripción de las ciudadanas y los ciudadanos en el Padrón Electoral y en la Lista Nominal de Electores. Cada sección tendrá como mínimo 100 electores y como máximo 3,000. El fraccionamiento en secciones electorales estará sujeto a la revisión de la división del territorio nacional en distritos electorales, en los términos del artículo 53 de la CPEUM.
En ese contexto, debido a que el número de electores en las secciones varía de manera natural por la dinámica demográfica, hay secciones con menos de 100 electores o bien, que rebasan el máximo de 3,000 electores.
Por tanto, es importante resaltar que el propósito del reseccionamiento es generar secciones electorales con características que faciliten la emisión del voto de la ciudadanía que obtuvo su Credencial para Votar y se encuentra incluida en la Lista Nominal de Electores para hacer más equitativo su acceso a las casillas en una misma sección electoral; razón por la cual, además de crear secciones dentro del rango de electores que establece la LGIPE, se fijan reglas para valorar que el nuevo trazo posibilite un ágil tránsito de la ciudadanía al interior de las secciones, así como la inclusión de espacios para instalar las casillas electorales.
En el marco del proyecto de Reseccionamiento 2022, cuyos Procedimientos fueron aprobados por este Consejo General en el Acuerdo INE/CG211/2022, se establecieron las secciones a reseccionar, el calendario de actividades y los criterios de valoración de cada escenario generado, así como los mecanismos para que las RPP acreditadas ante las CDV, las CLV y la CNV acompañen los trabajos de definición de la nueva configuración seccional.
De esta manera, es preciso señalar que, previo a los trabajos de definición de las secciones, se realizaron recorridos de campo en los que se registró en la cartografía electoral, elementos en los que se apoyó el nuevo trazo de secciones, como son alta y baja de manzanas, localidades y vialidades, así como rasgos físicos que pudieran delimitar el territorio no urbanizado y que, incluso, pudieran obstaculizar el paso directo de la ciudadanía al interior de la sección. También se registró la existencia de inmuebles adecuados para instalar casillas electorales.
Además, se realizaron análisis de gabinete que incluyeron la actualización de la Base Geográfica Digital, la identificación de ciudadanas y ciudadanos en localidades y manzanas dadas de baja a fin de resolver su georreferencia. Asimismo, se elaboró un pronóstico del crecimiento de la Lista Nominal de Electores a 10 años, a fin de procurar que las secciones nuevas permanezcan el mayor tiempo posible con menos de 3,000 electores, pero que desde su creación tengan 100 o más.
Las actividades descritas se agruparon en las cuatro etapas siguientes:
I.     Recorrido en campo y análisis en gabinete para la actualización de la cartografía electoral.
II.     Preparación de Base Geográfica Digital para el Sistema de Reseccionamiento.
III.    Identificación y resolución de personas ciudadanas mal referenciadas.
IV.   Generación de propuestas de reseccionamiento.
Posteriormente, se procedió a la generación de los escenarios de reseccionamiento a través del Sistema de Reseccionamiento, en donde las JDE elaboraron sus propuestas iniciales de escenarios, con base en los elementos técnicos que presentaron las Vocalías del Registro Federal de Electores.
En ese tenor, las RPP acreditadas ante la CNV, las CLV y las CDV, emitieron sus observaciones a los escenarios sugeridos, cuyas propuestas se conocieron a través del Sistema de Reseccionamiento.
Sentado lo anterior, es indispensable señalar las cuatro características que fueron evaluadas en la
conformación territorial de las nuevas secciones, mismas que se describen a continuación:
1.     Secciones con un número de electores cercano al número óptimo de electores definido en este procedimiento (aprovechamiento de casillas). Recae en conformar secciones en el rango de electores que establece la LGIPE, previendo que el mayor tiempo posible se mantengan dentro de dicho rango; para lo cual, dicho criterio deberá cumplirse en los siguientes términos:
a)    Los escenarios de reseccionamiento deben considerar el número de secciones que se establezca a partir del pronóstico de la Lista Nominal de Electores al 31 de enero de 2032.
b)    No se podrá generar ningún escenario con alguna sección de trabajo que tenga menos de 100 electores o más de 3,000.
c)     Preferentemente, el número de electores será cercano a conformar casillas de votación completas, menos un 50% de 750, este último factor considerando un crecimiento a corto plazo del electorado.
2.     Compacidad geométrica de la sección. Se entiende como la situación en la que el perímetro de la sección adquiere una forma geométrica lo más cercana a un polígono regular.
3.     Secciones creadas con facilidad de tránsito interno, no limitado por vialidades, bardas o accidentes geográficos. Las vialidades que conforman la red de comunicación al interior de la sección de trabajo; para ello, dichas vialidades tienen un orden de acuerdo con el límite de velocidad permitida, pueden ser de primer, segundo o tercer orden. De esta manera, a fin de que las y los ciudadanos tengan facilidad de tránsito al interior de las nuevas secciones, este criterio establece que las vialidades de primer orden preferentemente deberán ser consideradas como límite de sección de trabajo; aunado a que deberá evitarse que las secciones de trabajo en su interior queden divididas por una vialidad de primer orden. Asimismo, es preferible que se conserve la integridad de los conjuntos habitacionales tipo fraccionamiento que estén resguardados por una barda perimetral.
4.     Secciones creadas con sitio para la instalación de casillas electorales. En la conformación de las secciones de trabajo, es de suma importancia facilitar la logística de la organización electoral, por lo que se procurará que las nuevas secciones cuenten con escuelas de instrucción formal y otro tipo de sitios que el área de organización electoral del INE considere como adecuados para la instalación de casillas.
Además, con el propósito de que la valoración conjunta de los cuatro criterios anteriormente descritos condujera a la obtención de un trazo seccional que mejore las condiciones para la emisión del voto, se realizó la siguiente ponderación:
CRITERIO
PONDERACIÓN
I.     Secciones cercanas al número óptimo de electores definido en este procedimiento (mejora el aprovechamiento de casillas)
2.5 puntos
II.     Compacidad geométrica de la sección
2.5 puntos
III.    Secciones creadas con facilidad de tránsito interno, no limitado por vialidades, bardas o accidentes geográficos.
2.5 puntos
IV.   Secciones creadas con sitio para la instalación de casillas electorales
2.5 puntos
 
En tal virtud, los escenarios de reseccionamiento involucraron un total de 227 secciones electorales, los cuales atendieron las reglas previstas en los Procedimientos, cuyos resultados se aprueban a través del presente acuerdo.
En ese entendido, a continuación, se describen los resultados globales de las propuestas de escenarios de reseccionamiento:
I.     Escenarios en el ámbito distrital
Las JDE desarrollaron las propuestas de escenario de reseccionamiento de las 227 secciones a reseccionar.
Posteriormente, las RPP acreditadas ante las CDV respectivas participaron en la elaboración de los escenarios de reseccionamiento.
Derivado de ello, en total se registraron 352 escenarios para 222 secciones, de acuerdo con la síntesis siguiente:
PROPUESTAS
REGISTRADAS
PROPUESTAS PROPIAS DE
LAS RPP
PROPUESTAS IGUALES A
LAS JDE
352
53
299
 
De esta manera, de los 53 escenarios de reseccionamiento propuestos por las RPP acreditadas ante las CDV, 42 obtuvieron una evaluación superior a la propuesta de la JDE correspondiente; de éstos, 7 fueron recomendados por la CDV correspondiente.
II.     Escenarios en el ámbito local
Las JLE desarrollaron sus propuestas de escenario de reseccionamiento, para lo cual, en la mayoría de los casos se adoptaron los escenarios recomendados por las CDV y únicamente se elaboraron 27 propuestas nuevas.
Por su parte, las RPP acreditadas ante las CLV, a través del Sistema de Reseccionamiento, participaron en la elaboración de escenarios.
En consecuencia, en total se registraron 346 escenarios para 150 secciones, conforme a la síntesis que se aprecia a continuación:
PROPUESTAS
REGISTRADAS
PROPUESTAS PROPIAS DE
LAS RPP
PROPUESTAS IGUALES A
JDE, CDV O JLE
346
82
264
 
Así, de los 82 escenarios propuestos por las RPP acreditadas ante las CLV, 38 obtuvieron una evaluación superior a la propuesta adoptada por la JLE, que provenía de la JDE; asimismo, de las 82 propuestas mencionadas, 2 fueron recomendadas por la CLV.
III.    Escenarios en el ámbito nacional
En esta etapa, las RPP acreditadas ante la CNV participaron en la elaboración de escenarios, a través del Sistema de Reseccionamiento.
De esta forma, en total se registraron 237 escenarios para 201 secciones, tal y como se observa en la síntesis siguiente:
PROPUESTAS
REGISTRADAS
PROPUESTAS PROPIAS DE
LAS RPP
PROPUESTAS IGUALES A
JDE, CDV, JLE O CLV
237
16
221
 
Por tanto, de los 16 escenarios de reseccionamiento propuestos por las RPP acreditadas ante la CNV, 16 obtuvieron una evaluación superior a la propuesta adoptada por la JLE, que provenía de la JDE; así como, de las propuestas presentadas en las CLV.
Al concluir la primera fase del ámbito nacional, de las 227 secciones a reseccionar, el escenario con mayor evaluación para 141 secciones fue recomendado por la correspondiente CDV y CLV, 29 solo fueron recomendados por la CLV, 3 solo por la CDV y los 54 restantes llegaron a esta fase sin recomendación alguna.
En la segunda fase de la etapa del ámbito nacional, para la revisión de propuestas, se entregó a las RPP un cuadro con la evaluación y la persona autora de los escenarios de las 227 secciones, incluyendo el escenario con mayor calificación y el escenario recomendado.
Para las 170 secciones en las que el escenario con mayor evaluación fue recomendado por la CLV, esta recomendación se asumió en el ámbito nacional.
En tanto que, para los 57 casos cuyo escenario de reseccionamiento con mayor evaluación no fue recomendado por la CLV, se hizo un análisis detallado a fin de determinar, con información provista por las JDE y las JLE, las características que hacían más adecuado cada escenario.
En tal virtud, los escenarios de reseccionamiento propuestos, conforme a la descripción anterior, cuyo detalle con los datos de los escenarios recomendados y los mapas respectivos, que se encuentran en el informe de resultados del proyecto de Reseccionamiento 2022, de conformidad con el anexo que forma parte integral del presente acuerdo, cumplen con lo dispuesto en el artículo 147 de la LGIPE, así como con los Procedimientos y, en consecuencia, son los que propician mejores condiciones y mayores facilidades para la emisión del voto de la ciudadanía.
No es óbice señalar que, en el marco de sus atribuciones legalmente conferidas, así como lo previsto en los Procedimientos, la CNV recomendó a este Consejo General, a través de la CRFE, que apruebe los resultados del proyecto de Reseccionamiento 2022.
Con base en las consideraciones anteriormente vertidas, resulta oportuno que este Consejo General apruebe los resultados del proyecto de Reseccionamiento 2022, de conformidad con el anexo que forma parte integral del presente acuerdo.
En razón de lo expuesto en las consideraciones de hecho y de derecho, este Consejo General en ejercicio de sus facultades emite los siguientes:
ACUERDOS
PRIMERO. Se aprueban los resultados del proyecto de Reseccionamiento 2022, de conformidad con el anexo que acompaña al presente acuerdo y que forma parte integral del mismo.
SEGUNDO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, a informar a las personas integrantes de la Comisión Nacional de Vigilancia lo aprobado por este órgano superior de dirección.
TERCERO. El presente acuerdo y su anexo entrarán en vigor al día siguiente de su aprobación por parte de este Consejo General.
CUARTO. Publíquense el presente acuerdo y su anexo en la Gaceta Electoral, en el portal electrónico del Instituto Nacional Electoral, así como en el Diario Oficial de la Federación.
El presente Acuerdo fue aprobado en sesión extraordinaria del Consejo General celebrada el 14 de diciembre de 2022, por votación unánime de las y los Consejeros Electorales, Norma Irene De La Cruz Magaña, Doctor Uuc-kib Espadas Ancona, Doctora Adriana Margarita Favela Herrera, Maestro José Martín Fernando Faz Mora, Carla Astrid Humphrey Jordán, Doctor Ciro Murayama Rendón, Maestra Dania Paola Ravel Cuevas, Maestro Jaime Rivera Velázquez, Doctor José Roberto Ruiz Saldaña, Maestra Beatriz Claudia Zavala Pérez y del Consejero Presidente, Doctor Lorenzo Córdova Vianello.
El Consejero Presidente del Consejo General, Dr. Lorenzo Córdova Vianello.- Rúbrica.- El Secretario del Consejo General, Lic. Edmundo Jacobo Molina.- Rúbrica.

Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores
Coordinación de Operación en Campo
 
Reseccionamiento 2022
227 secciones
Informe de resultados
noviembre 2022
Índice
Presentación
1.     Antecedentes
2.     Revisión de escenarios
3.     Síntesis de la participación en la elaboración de escenarios
3.1     Ámbito distrital
3.2     Ámbito Local
3.3     Ámbito nacional
4.     Síntesis de resultados
4.1     Calificación y Autor de los escenarios de mayor calificación y de los escenarios recomendados para las 227 secciones reseccionadas
4.2     Mapas de los escenarios recomendados
Presentación
En cumplimiento del artículo 147, párrafo 3, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), que establece que cada sección tendrá como mínimo 100 electores y como máximo 3,000, la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores (DERFE), a través de la Dirección de Cartografía Electoral y de las Juntas Locales (JLE) y Distritales (JDE) Ejecutivas, en noviembre de 2022 inició los trabajos operativos del programa de reseccionamiento 2022, que concluyeron con la subdivisión de 227 secciones caracterizadas por tener más de 3,000 electores.
Para el desarrollo de este programa, el 08 de abril de 2022, la Comisión Nacional de Vigilancia (CNV) acordó recomendar al Consejo General del Instituto Nacional Electoral los Procedimientos para los trabajos del Reseccionamiento 2022; y el 27 de abril de 2022, el Consejo General del INE aprobó dichos procedimientos(2), mismos que establecen: las secciones que serán reseccionadas, el calendario de actividades y los criterios de valoración de cada escenario generado, así como los mecanismos para que los partidos políticos con representación en las comisiones de vigilancia acompañen los trabajos de definición de la nueva configuración seccional.
Debido a que la conformación de secciones incide en las estrategias para la instalación de casillas e integración de mesas directivas de casilla, el procedimiento consideró la participación de las áreas de Organización Electoral y de Capacitación Electoral y Educación Cívica, por ello, las respectivas vocalías en las JDE y en las JLE, junto con la Vocalía del Registro Federal de Electores trabajaron de manera colegiada para proponer escenarios de reseccionamiento.
Las propuestas de reseccionamiento elaboradas en las JDE y en las JLE estuvieron a disposición de las representaciones partidistas, a fin de que emitieran observaciones, o bien, editaran las propuestas a fin de generar nuevos escenarios. El análisis por parte de los órganos de vigilancia inició en el ámbito distrital, empleándose el sistema informático desarrollado para tal fin.
En el seno de las comisiones distritales de vigilancia (CDV) se identificó el escenario con mayor calificación, y conforme al procedimiento establecido, se turnó a la correspondiente Comisión Local de Vigilancia (CLV), asimismo cuando la mayoría de los asistentes a la sesión de la CDV, y en su momento a la sesión de la CLV, consideró que dentro de los escenarios propuestos alguno presentaba mejores condiciones para la emisión del voto de la ciudadanía se adoptó un acuerdo de recomendación, en ese sentido los escenarios con la mayor calificación pudieron o no coincidir con los escenarios recomendados.
Para la revisión de propuestas de reseccionamiento en el ámbito nacional, se elaboró una comparación de los escenarios de mayor calificación y de los escenarios que fueron recomendados por las CDV y por las CLV, misma que se presentó el 24 de octubre y el 01 de noviembre en el Grupo de Trabajo de Operación en Campo para su análisis.
1.     Antecedentes
El 21 de enero de 2022 se presentó en Grupo de trabajo de Operación en Campo el planteamiento general para efectuar el programa de Reseccionamiento 2022, y se expuso el proceso para determinar las secciones a reseccionar. La selección de secciones incluidas en el programa tuvo como principio reducir los costos de operación, atendiendo el mayor número de secciones sin menoscabo de la calidad del resultado. Para determinar el número de secciones se valoró la capacidad operativa en órganos desconcentrados, así como, la capacidad analítica y de supervisión en oficinas centrales, además de considerar la importancia de obtener los resultados en el año 2022.
Con la experiencia de los pasados programas de reseccionamiento, en los que la actualización cartográfica asociada a este proyecto implicó diversos análisis, incluidos: ajustes de configuración de manzanas, cambio de geo-referenciación de localidades, elaboración de informes de ajustes al trazo distrital, así como, elaboración de informes de modificación de límites municipales, para obtener resultados en 2022, se evaluó que en oficinas centrales podría supervisarse las adecuaciones a la cartografía de alrededor de 200 secciones.
Bajo esas premisas la inclusión de secciones se realizó de la manera siguiente.
·  A partir de las cifras estadísticas de la Lista Nominal, con corte al 31 de marzo de 2021, se identificaron, las secciones con más de 3,000 electores.
·  Del conjunto de secciones con más de 3,000 electores, se identificó la sección con el mayor número de electores en cada distrito electoral federal.
·  Las secciones con mayor lista nominal por distrito y con más de 3,000 electores se ordenaron de forma descendente conforme a su Lista Nominal, y se eligieron las primeras 200 secciones.
Por otro lado,
El 27 de agosto de 2021, el Consejo General del INE aprobó la adecuación del Marco Geográfico Electoral de diversas secciones electorales con discontinuidad geográfica (INE/CG1461/2021), en el punto segundo del acuerdo instruyó a la DERFE para que las secciones electorales con más de 3,000 ciudadanas y ciudadanos en Lista Nominal de Electores que resultaron de la aplicación de dicho programa fueran atendidas en el Programa de Reseccionamiento 2022. Con las consideraciones anteriores se obtuvo un universo de 228 secciones que posteriormente se redujo a 227 secciones como se explica a continuación.
Durante las tareas de preparación de la base geográfica digital, requerida para los trabajos de reseccionamiento, se detectó que una sección de Michoacán contenía una manzana con más de 3,000 electores, siendo necesario subdividir la manzana por rasgos físicos, mismos que debían ser corroborados con revisión en campo, en este sentido a fin de no retrasar los trabajos de las demás secciones, la sección en cuestión se reprogramó para ser reseccionada en 2023.
2.     Revisión de escenarios
Para las 227 secciones se elaboraron diversos escenarios de reseccionamiento, mismos que iniciaron con el análisis en las JDE, pasando por las observaciones de las representaciones partidistas acreditadas ante las CDV, y continuaron con la revisión en las JLE y en las CLV, hasta llegar a la participación de la CNV, conforme a las fechas siguientes:
 

En el ámbito nacional, al igual que en las etapas distrital y local, la elaboración de propuestas tuvo dos fases. La primera fase en la que cada representación elaboró sus propuestas y la segunda fase en la que, conociendo los escenarios desarrollados por las otras representaciones, pudieron analizar cada propuesta. La revisión de los resultados en la CNV tuvo el propósito de identificar el escenario que muestra más ventajas en la operación electoral, en beneficio de la ciudadanía, los actores políticos y el Instituto Nacional Electoral.
3.     Síntesis de la participación en la elaboración de escenarios
3.1   Ámbito distrital
En la etapa distrital, las JDE desarrollaron las propuestas de reseccionamiento de las 227 secciones a dividir, dicha actividad se realizó del 22 al 28 de agosto.
Las representaciones partidistas, a través del sistema de reseccionamiento, participaron en la elaboración de escenarios del 29 de agosto al 06 de septiembre, en total se registraron 352 escenarios para 222 secciones, la síntesis de sus propuestas es la siguiente:
Participación de las representaciones partidistas acreditadas ante las Comisiones Distritales de
Vigilancia

Propuestas
registradas
Propuestas propias de
los PP
Propuestas que convalidan a la
de la JDE
352
53
299
 
De los 53 escenarios propios de las representaciones partidistas, 42 obtuvieron una evaluación superior a la propuesta de la JDE correspondiente, y de éstos, 7 fueron recomendados por la CDV.
3.2   Ámbito Local
En la etapa local, del 27 al 30 de septiembre, las JLE desarrollaron sus propuestas, en la mayoría de los casos adoptaron los escenarios recomendados por las CDV y solo hicieron 27 nuevas propuestas.
Por su parte, las representaciones partidistas acreditadas ante las CLV, a través del sistema de reseccionamiento, participaron en la elaboración de escenarios del 14 al 23 de septiembre, en total se registraron 346 escenarios para 150 secciones, la síntesis de sus propuestas es la siguiente:
Participación de las representaciones partidistas acreditadas ante la CLV

Propuestas
registradas
Propuestas propias de
los PP
Propuestas que convalidan a
la de la JDE, CDV o JLE
346
82
264
 
De los 82 escenarios propios de las representaciones partidistas, 38 obtuvieron una evaluación superior a la propuesta adoptada por la JLE, que provenía de la JDE; y de éstos, 1 fue recomendadas por la CLV.
Asimismo, de los 82 escenarios que presentaron las representaciones partidistas como propios, 1 fue recomendado sin haber obtenido la mayor evaluación:
 
3.3   Ámbito nacional
En la etapa nacional, del 03 al 14 de octubre, las representaciones partidistas acreditadas ante la CNV, a través del sistema de reseccionamiento, participaron en la elaboración de escenarios, en total se registraron 237 escenarios en 201 secciones, la síntesis de sus propuestas es la siguiente:
Participación de las representaciones partidistas acreditadas ante la CNV

Propuestas
registradas
Propuestas propias de
los PP
Propuestas iguales a las de las
JDE, CDV, JLE o CLV
237
16
221
 
Los 16 escenarios propios de las representaciones partidistas obtuvieron una evaluación superior a la propuesta adoptada por la JLE que provenía de la JDE; así como de las propuestas presentadas en las CLV.
4.     Síntesis de resultados
Al concluir la primera fase de la etapa nacional, de las 227 secciones a reseccionar, para 170 secciones el escenario con mayor evaluación fue recomendado por la correspondiente CDV.
En la segunda fase de la etapa nacional, para la revisión de propuestas, se entregó a las
representaciones partidistas un cuadro con la evaluación y el autor de los escenarios de las 227 secciones, incluyendo el escenario con mayor calificación y el escenario recomendado.
Para las 170 secciones en las que el escenario con mayor evaluación fue recomendó por la correspondiente CLV, en el ámbito nacional se asumió esta recomendación.
En tanto que para los 57 casos cuyo escenario con mayor evaluación no fue recomendado por la CLV se hizo un análisis detallado, de este análisis en una primera revisión se propuso conservar la propuesta de mayor evaluación en 30 casos, en una segunda revisión de los 27 casos restantes se conservó la propuesta de mayor evaluación en 21 secciones, y en 6 secciones se asumió el escenario recomendado por CLV.
El cuadro con el reporte de resultados y su trazo se presentan en el cuadro y mapas de los dos apartados siguientes.
4.1   Calificación y Autor de los escenarios de mayor calificación y de los escenarios recomendados para las 227 secciones reseccionadas
Estado
Distrito
Mpo
Sección
origen
Secciones
de trabajo
Comisión Distrital de Vigilancia
Comisión Local de Vigilancia
Comisión Nacional de Vigilancia
Mayor Evaluación
Recomendado
Mayor Evaluación
Recomendado
Mayor Evaluación
Recomendado
Calif
Autor
Calif
Autor
Calif
Autor
Calif
Autor
Calif
Autor
Calif
Autor
 
32
203
 
227
1371
227
 
223
 
227
 
223
 
227
 
227
 
01
Aguascalientes
01
005
0401
2
65.0997
MORENA-
CDV
64.3360
JDE
65.0997
MORENA-
CDV
64.3360
JDE
65.0997
MORENA-
CDV
64.3360
JDE
01
Aguascalientes
01
010
0478
8
88.0229
MORENA-
CDV
87.2226
JDE
89.0076
PRI-CLV
87.2226
JDE
89.0076
PRI-CLV
89.0076
PRI-CLV
01
Aguascalientes
02
001
0083
9
84.2647
JDE
84.2647
JDE
84.3140
PRI-CLV
84.2647
JDE
84.3140
PRI-CLV
84.3140
PRI-CLV
01
Aguascalientes
03
001
0322
7
79.2186
PRI-CDV
77.2810
JDE
80.2918
MC-CLV
77.2810
JDE
80.2918
MC-CLV
80.2918
MC-CLV
02
Baja California
01
002
0501
7
90.5236
JDE
90.5236
JDE
90.5236
JDE
90.5236
JDE
90.5236
JDE
90.5236
JDE
02
Baja California
02
002
0544
7
94.8961
PRD-CDV
93.1422
JDE
94.8961
PRD-CDV
94.8961
PRD-CDV
94.8961
PRD-CDV
94.8961
PRD-CDV
02
Baja California
03
001
0176
5
82.2383
JDE
82.2383
JDE
82.2383
JDE
82.2383
JDE
82.2383
JDE
82.2383
JDE
02
Baja California
04
004
1786
18
83.1516
MORENA-
CDV
81.7433
JDE
83.1516
MORENA-
CDV
81.7433
JDE
83.1516
MORENA-
CDV
83.1516
MORENA-
CDV
02
Baja California
05
004
1150
4
80.2342
JDE
80.2342
JDE
80.2342
JDE
80.2342
JDE
80.2342
JDE
80.2342
JDE
02
Baja California
06
004
1498
10
93.9697
JDE
93.9697
JDE
93.9697
JDE
93.9697
JDE
93.9697
JDE
93.9697
JDE
02
Baja California
07
001
0014
7
95.2646
PRD-CDV
95.2646
PRD-CDV
95.2646
PRD-CDV
95.2646
PRD-CDV
95.2646
PRD-CDV
95.2646
PRD-CDV
02
Baja California
08
004
1775
12
81.2057
JDE
81.2057
JDE
81.2057
JDE
81.2057
JDE
81.2057
JDE
81.2057
JDE
03
Baja California Sur
02
004
0312
5
89.1594
MORENA-
CDV
89.1594
MORENA-
CDV
89.1594
MORENA-
CDV
89.0621
JLE
89.1594
MORENA-
CDV
89.1594
MORENA-
CDV
04
Campeche
01
001
0081
6
90.2382
JDE
 
 
90.2382
JDE
78.5934
JLE
90.2382
JDE
78.5934
JLE
04
Campeche
02
003
0244
4
93.8839
JDE
93.8839
JDE
93.8839
JDE
93.8839
JDE
93.8839
JDE
93.8839
JDE
05
Coahuila
01
002
0019
5
92.0819
MORENA-
CDV
91.6441
JDE
92.0819
MORENA-
CDV
91.6441
JDE
92.0819
MORENA-
CDV
92.0819
MORENA-
CDV
05
Coahuila
02
027
0664
7
89.2532
JDE
89.2532
JDE
89.6644
JLE
89.6644
JLE
89.6644
JLE
89.6644
JLE
05
Coahuila
03
028
0692
4
87.7291
JDE
87.7291
JDE
87.7291
JDE
87.7291
JDE
87.7291
JDE
87.7291
JDE
05
Coahuila
04
030
0869
5
90.5138
JDE
90.5138
JDE
90.5138
JDE
88.3398
MORENA-
CLV
90.5138
JDE
88.3398
MORENA-
CLV
05
Coahuila
05
NO
1184
7
85.3222
JDE
85.3222
JDE
86.4816
JLE
86.4816
JLE
86.4816
JLE
86.4816
JLE
05
Coahuila
06
035
1310
6
91.9224
JDE
91.9224
JDE
91.9224
JDE
91.9224
JDE
91.9224
JDE
91.9224
JDE
05
Coahuila
07
030
1006
7
75.4488
PT-CDV
70.0763
JDE
75.6358
MORENA-
CLV
70.0763
JDE
75.6358
MORENA-
CLV
75.6358
MORENA-
CLV
06
Colima
01
005
0145
5
89.2905
JDE
89.2905
JDE
89.2905
JDE
89.2905
JDE
89.2905
JDE
89.2905
JDE
06
Colima
02
008
0238
8
87.2151
JDE
87.2151
JDE
87.2151
JDE
87.2151
JDE
87.2151
JDE
87.2151
JDE
07
Chiapas
01
065
0947
4
88.0839
JDE
88.0839
JDE
89.1060
JLE
89.1060
JLE
89.1060
JLE
89.1060
JLE
07
Chiapas
03
059
0816
4
91.5753
JDE
91.5753
JDE
91.5753
JDE
91.5753
JDE
91.5753
JDE
91.5753
JDE
07
Chiapas
04
012
0130
4
89.7543
JDE
 
 
89.7543
JDE
89.7543
JDE
89.7543
JDE
89.7543
JDE
07
Chiapas
05
077
1114
5
90.8464
PRD-CDV
90.8464
PRD-CDV
90.8464
PRD-CDV
90.8464
PRD-CDV
90.8464
PRD-CDV
90.8464
PRD-CDV
07
Chiapas
06
102
1737
7
76.5714
JDE
76.5714
JDE
76.5714
JDE
76.5714
JDE
76.5714
JDE
76.5714
JDE
07
Chiapas
08
019
0260
4
92.2925
JDE
92.2925
JDE
92.2925
JDE
92.2925
JDE
92.2925
JDE
92.2925
JDE
07
Chiapas
09
102
1743
4
86.8874
JDE
86.8874
JDE
86.8874
JDE
86.8874
JDE
86.8874
JDE
86.8874
JDE
07
Chiapas
10
109
1871
3
90.9372
JDE
90.9372
JDE
90.9372
JDE
90.9372
JDE
90.9372
JDE
90.9372
JDE
07
Chiapas
12
090
1340
6
93.5105
JDE
93.5105
JDE
93.5105
JDE
93.5105
JDE
93.5105
JDE
93.5105
JDE
08
Chihuahua
01
037
2821
6
92.5118
JDE
92.5118
JDE
92.5118
JDE
92.5118
JDE
92.5118
JDE
92.5118
JDE
08
Chihuahua
02
037
1916
6
93.6499
PAN-CDV
93.6499
PAN-CDV
94.0598
MORENA-
CLV
93.6499
PAN-CDV
94.0598
MORENA-
CLV
93.6499
PAN-CDV
08
Chihuahua
04
037
1772
5
92.7698
JDE
92.7698
JDE
94.8441
MORENA-
CLV
92.7698
JDE
94.8441
MORENA-
CLV
92.7698
JDE
08
Chihuahua
05
004
0059
7
84.4259
JDE
84.4259
JDE
84.8476
MORENA-
CLV
84.4259
JDE
84.8476
MORENA-
CLV
84.8476
MORENA-
CLV
08
Chihuahua
06
019
0608
7
84.0778
JDE
84.0778
JDE
87.7967
MORENA-
CLV
84.0778
JDE
87.7967
MORENA-
CLV
87.7967
MORENA-
CLV
08
Chihuahua
07
017
0297
6
88.5946
JDE
88.5946
JDE
92.5544
MORENA-
CLV
88.5946
JDE
92.5544
MORENA-
CLV
92.5544
MORENA-
CLV
08
Chihuahua
08
019
0609
5
92.8065
JDE
92.8065
JDE
92.8065
JDE
92.8065
JDE
92.8065
JDE
92.8065
JDE
08
Chihuahua
09
032
1296
3
84.9966
JDE
84.9966
JDE
84.9966
JDE
84.9966
JDE
84.9966
JDE
84.9966
JDE
09
Distrito Federal
01
005
0865
3
94.0300
JDE
94.0300
JDE
94.0300
JDE
94.0300
JDE
94.0300
JDE
94.0300
JDE
09
Distrito Federal
02
005
1537
3
69.7415
PT-CDV
67.4118
JDE
69.7415
PT-CDV
67.4118
JDE
69.7415
PT-CDV
69.7415
PT-CDV
09
Distrito Federal
04
007
2899
3
74.2807
JDE
74.2807
JDE
74.2807
JDE
74.2807
JDE
74.2807
JDE
74.2807
JDE
09
Distrito Federal
05
012
3981
4
74.2719
JDE
74.2719
JDE
74.2719
JDE
74.2719
JDE
74.2719
JDE
74.2719
JDE
09
Distrito Federal
09
011
3628
6
81.1186
JDE
81.1186
JDE
81.1186
JDE
81.1186
JDE
81.1186
JDE
81.1186
JDE
09
Distrito Federal
16
010
3491
3
92.5078
JDE
92.5078
JDE
92.5078
JDE
92.5078
JDE
92.5078
JDE
92.5078
JDE
09
Distrito Federal
21
013
4246
5
65.6432
JDE
65.6432
JDE
65.6432
JDE
65.6432
JDE
65.6432
JDE
65.6432
JDE
09
Distrito Federal
22
007
2866
5
93.5912
JDE
93.5912
JDE
93.5912
JDE
93.5912
JDE
93.5912
JDE
93.5912
JDE
09
Distrito Federal
24
013
4106
3
84.6086
JDE
84.6086
JDE
84.6086
JDE
84.6086
JDE
84.6086
JDE
84.6086
JDE
10
Durango
01
005
0302
3
92.6840
JDE
92.6840
JDE
92.6840
JDE
92.6840
JDE
92.6840
JDE
92.6840
JDE
10
Durango
02
007
0488
6
94.1791
JDE
94.1791
JDE
94.1791
JDE
94.1791
JDE
94.1791
JDE
94.1791
JDE
10
Durango
03
012
0698
4
87.4961
JDE
87.4961
JDE
87.4961
JDE
87.4961
JDE
87.4961
JDE
87.4961
JDE
10
Durango
04
005
0148
5
91.7327
JDE
91.7327
JDE
91.7327
JDE
91.7327
JDE
91.7327
JDE
91.7327
JDE
11
Guanajuato
02
003
0145
3
92.0620
JDE
92.0620
JDE
92.3294
PRI-CLV
 
 
92.3294
PRI-CLV
92.3294
PRI-CLV
11
Guanajuato
03
020
1681
4
89.9972
JDE
89.9972
JDE
89.9972
JDE
89.9972
JDE
89.9972
JDE
89.9972
JDE
11
Guanajuato
05
020
1494
5
90.4993
JDE
90.4993
JDE
94.5203
PRI-CLV
90.4993
JDE
94.5203
PRI-CLV
94.5203
PRI-CLV
11
Guanajuato
06
020
1495
7
81.7145
JDE
81.7145
JDE
82.6471
PRI-CLV
 
 
82.6471
PRI-CLV
82.6471
PRI-CLV
11
Guanajuato
07
031
2477
4
96.7364
JDE
96.7364
JDE
96.7364
JDE
96.7364
JDE
96.7364
JDE
96.7364
JDE
11
Guanajuato
08
027
2193
4
92.4372
JDE
92.4372
JDE
92.4372
JDE
92.4372
JDE
92.4372
JDE
92.4372
JDE
11
Guanajuato
09
017
0966
4
91.6994
JDE
91.6994
JDE
93.9849
PRI-CLV
 
 
93.9849
PRI-CLV
93.9849
PRI-CLV
11
Guanajuato
11
020
1614
7
86.4608
JDE
86.4608
JDE
92.9594
PRI-CLV
 
 
92.9594
PRI-CLV
92.9594
PRI-CLV
11
Guanajuato
12
007
0336
7
88.2357
JDE
88.2357
JDE
88.2357
JDE
88.2357
JDE
88.2357
JDE
88.2357
JDE
11
Guanajuato
15
017
1078
4
91.0430
JDE
91.0430
JDE
91.0430
JDE
91.0430
JDE
91.0430
JDE
91.0430
JDE
11
Guanajuato
15
017
1099
7
86.5514
JDE
86.5514
JDE
86.5514
JDE
86.5514
JDE
86.5514
JDE
86.5514
JDE
12
Guerrero
03
039
1643
4
93.1609
JDE
93.1609
JDE
93.1609
JDE
93.1609
JDE
93.1609
JDE
93.1609
JDE
12
Guerrero
04
001
0347
5
70.3269
JDE
70.3269
JDE
74.0097
JLE
74.0097
JLE
74.0097
JLE
74.0097
JLE
12
Guerrero
07
029
1213
7
88.5436
JDE
88.5436
JDE
88.6610
JLE
88.6610
JLE
88.6610
JLE
88.6610
JLE
12
Guerrero
09
001
0310
6
71.3136
JDE
71.3136
JDE
71.3136
JDE
71.3136
JDE
71.3136
JDE
71.3136
JDE
13
Hidalgo
04
076
1502
5
75.9493
JDE
75.9493
JDE
75.9493
JDE
75.9493
JDE
75.9493
JDE
75.9493
JDE
13
Hidalgo
05
012
0221
8
80.5990
JDE
80.5990
JDE
80.5990
JDE
80.5990
JDE
80.5990
JDE
80.5990
JDE
13
Hidalgo
06
047
0917
7
89.7310
JDE
89.7310
JDE
89.7310
JDE
89.7310
JDE
89.7310
JDE
89.7310
JDE
13
Hidalgo
07
040
0740
18
80.5608
JDE
80.5608
JDE
80.5608
JDE
80.5608
JDE
80.5608
JDE
80.5608
JDE
14
Jalisco
01
084
2203
6
73.9424
JDE
73.9424
JDE
73.9424
JDE
73.9424
JDE
73.9424
JDE
73.9424
JDE
14
Jalisco
01
095
2400
2
90.6545
JDE
90.6545
JDE
90.6545
JDE
90.6545
JDE
90.6545
JDE
90.6545
JDE
14
Jalisco
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055
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6
88.8822
JDE
88.8822
JDE
88.8822
JDE
88.8822
JDE
88.8822
JDE
88.8822
JDE
14
Jalisco
02
075
2067
4
85.7922
JDE
85.7922
JDE
85.7922
JDE
85.7922
JDE
85.7922
JDE
85.7922
JDE
14
Jalisco
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080
2140
2
79.5394
JDE
79.5394
JDE
79.5394
JDE
79.5394
JDE
79.5394
JDE
79.5394
JDE
14
Jalisco
03
094
2360
2
95.5996
JDE
95.5996
JDE
95.5996
JDE
95.5996
JDE
95.5996
JDE
95.5996
JDE
14
Jalisco
03
094
2361
6
87.3470
JDE
87.3470
JDE
87.3470
JDE
87.3470
JDE
87.3470
JDE
87.3470
JDE
14
Jalisco
04
120
2915
2
83.0475
JDE
83.0475
JDE
83.0475
JDE
83.0475
JDE
83.0475
JDE
83.0475
JDE
14
Jalisco
04
120
3006
5
90.5677
JDE
90.5677
JDE
90.5677
JDE
90.5677
JDE
90.5677
JDE
90.5677
JDE
 
14
Jalisco
05
069
1941
5
93.1073
JDE
93.1073
JDE
93.1073
JDE
93.1073
JDE
93.1073
JDE
93.1073
JDE
14
Jalisco
05
069
3677
4
93.5737
JDE
93.5737
JDE
93.5737
JDE
93.5737
JDE
93.5737
JDE
93.5737
JDE
14
Jalisco
06
120
3026
10
88.7933
JDE
88.7933
JDE
88.7933
JDE
88.7933
JDE
88.7933
JDE
88.7933
JDE
14
Jalisco
07
102
2676
7
81.8722
JDE
81.8722
JDE
81.8722
JDE
81.8722
JDE
81.8722
JDE
81.8722
JDE
14
Jalisco
10
120
3086
4
94.7118
JDE
94.7118
JDE
94.7118
JDE
94.7118
JDE
94.7118
JDE
94.7118
JDE
14
Jalisco
12
098
2445
4
86.2062
JDE
86.2062
JDE
86.2062
JDE
86.2062
JDE
86.2062
JDE
86.2062
JDE
14
Jalisco
12
098
3453
11
88.7721
JDE
88.7721
JDE
88.7721
JDE
88.7721
JDE
88.7721
JDE
88.7721
JDE
14
Jalisco
13
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2619
6
88.8460
JDE
88.8460
JDE
88.8460
JDE
88.8460
JDE
88.8460
JDE
88.8460
JDE
14
Jalisco
15
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0170
3
77.2390
JDE
77.2390
JDE
77.2390
JDE
77.2390
JDE
77.2390
JDE
77.2390
JDE
14
Jalisco
15
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1876
5
91.6543
JDE
91.6543
JDE
91.6543
JDE
91.6543
JDE
91.6543
JDE
91.6543
JDE
14
Jalisco
16
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2564
8
94.8549
JDE
94.8549
JDE
94.8549
JDE
94.8549
JDE
94.8549
JDE
94.8549
JDE
14
Jalisco
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1597
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JDE
88.9175
JDE
88.9175
JDE
88.9175
JDE
88.9175
JDE
88.9175
JDE
14
Jalisco
19
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0375
5
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JDE
91.6379
JDE
91.6379
JDE
91.6379
JDE
91.6379
JDE
91.6379
JDE
14
Jalisco
20
102
2728
13
92.8611
JDE
92.8611
JDE
92.8611
JDE
92.8611
JDE
92.8611
JDE
92.8611
JDE
15
México
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2287
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85.4100
JDE
85.4100
JDE
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PRI-CLV
85.4100
JDE
85.5087
PRI-CLV
85.5087
PRI-CLV
15
México
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PRI-CDV
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JDE
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PRI-CLV
88.6184
JDE
90.8442
PRI-CLV
90.8442
PRI-CLV
15
México
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JDE
89.1665
JDE
89.1665
JDE
89.1665
JDE
89.1665
JDE
89.1665
JDE
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México
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PRI-CDV
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JDE
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PRI-CLV
91.2812
JDE
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PRI-CNV
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PRI-CNV
15
México
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JDE
86.0225
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PRI-CLV
86.0225
JDE
88.5380
PRI-CLV
88.5380
PRI-CLV
15
México
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PRI-CDV
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JDE
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PRI-CLV
85.3538
JDE
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PRI-CNV
88.2680
PRI-CNV
15
México
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PRI-CDV
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PRI-CLV
93.3197
JDE
94.1093
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94.1093
PRI-CLV
15
México
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6
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PRI-CDV
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JDE
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PRI-CLV
93.2007
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95.3806
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95.3806
PRI-CLV
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México
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JDE
91.9794
JDE
91.9794
JDE
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PRI-CNV
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96.1583
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México
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PRI-CDV
85.5109
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PRI-CLV
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PRI-CNV
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PRI-CDV
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PRI-CNV
15
México
16
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4
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PRI-CDV
 
 
94.8546
PRI-CDV
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JLE
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PRI-CNV
94.9115
PRI-CNV
15
México
18
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2025
2
78.1032
PRI-CDV
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JDE
78.1032
PRI-CDV
78.0362
JDE
78.1032
PRI-CDV
78.1032
PRI-CDV
15
México
18
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2027
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JDE
86.8028
JDE
86.8028
JDE
86.8028
JDE
86.8028
JDE
86.8028
JDE
15
México
18
038
2028
2
78.5946
JDE
78.5946
JDE
78.5946
JDE
78.5946
JDE
78.5946
JDE
78.5946
JDE
15
México
18
038
2036
4
80.2083
PRI-CDV
78.5481
JDE
83.2432
PRI-CLV
78.5481
JDE
83.2432
PRI-CLV
83.2432
PRI-CLV
15
México
18
038
6645
2
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JDE
79.6968
JDE
79.6968
JDE
79.6968
JDE
79.6968
JDE
79.6968
JDE
15
México
21
040
2155
4
92.0332
PRI-CDV
91.5547
JDE
93.5204
PRI-CLV
91.5547
JDE
93.5204
PRI-CLV
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95.5519
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94.5447
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94.5447
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5
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79.7152
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88.4655
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JDE
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90.2750
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90.1615
JDE
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93.2708
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JDE
79.6277
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México
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JDE
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88.6091
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85.9578
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JDE
92.0062
JDE
92.0062
JDE
92.0062
JDE
92.0062
JDE
92.0062
JDE
16
Michoacán
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089
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6
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JDE
94.5172
JDE
94.5172
JDE
94.5172
JDE
94.5172
JDE
94.5172
JDE
16
Michoacán
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JDE
85.6411
JDE
85.6411
JDE
85.6411
JDE
85.6411
JDE
85.6411
JDE
16
Michoacán
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JDE
90.3106
JDE
90.3106
JDE
90.3106
JDE
90.3106
JDE
90.3106
JDE
16
Michoacán
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103
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9
85.6569
JDE
85.6569
JDE
85.6569
JDE
85.6569
JDE
85.6569
JDE
85.6569
JDE
16
Michoacán
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JDE
90.1329
JDE
90.1329
JDE
90.1329
JDE
90.1329
JDE
90.1329
JDE
17
Morelos
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JDE
81.5528
JDE
81.5528
JDE
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JLE
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JDE
81.5528
JDE
17
Morelos
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0406
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JDE
92.2524
JDE
92.2524
JDE
92.2524
JDE
92.2524
JDE
92.2524
JDE
17
Morelos
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0616
5
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JDE
73.3702
JDE
73.3702
JDE
73.3702
JDE
73.3702
JDE
73.3702
JDE
17
Morelos
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0817
4
73.6325
JDE
73.6325
JDE
73.6325
JDE
73.6325
JDE
73.6325
JDE
73.6325
JDE
18
Nayarit
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JDE
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JDE
83.8649
JDE
83.8649
JDE
83.8649
JDE
83.8649
JDE
18
Nayarit
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0118
14
92.3279
JDE
92.3279
JDE
92.3279
JDE
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JDE
92.3279
JDE
92.3279
JDE
19
Nuevo León
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2047
6
94.5661
JDE
94.5661
JDE
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JDE
94.5661
JDE
94.5661
JDE
94.5661
JDE
19
Nuevo León
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JDE
88.4531
JDE
88.4531
JDE
88.4531
JDE
88.4531
JDE
88.4531
JDE
19
Nuevo León
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JDE
94.7593
JDE
94.7593
JDE
94.7593
JDE
94.7593
JDE
94.7593
JDE
19
Nuevo León
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047
1875
3
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JDE
93.8275
JDE
93.8275
JDE
93.8275
JDE
93.8275
JDE
93.8275
JDE
19
Nuevo León
05
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2124
7
85.6479
JDE
85.6479
JDE
85.6479
JDE
85.6479
JDE
85.6479
JDE
85.6479
JDE
19
Nuevo León
06
040
1507
3
92.7330
JDE
92.7330
JDE
92.7330
JDE
92.7330
JDE
92.7330
JDE
92.7330
JDE
19
Nuevo León
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018
0346
9
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JDE
86.0617
JDE
86.0617
JDE
86.0617
JDE
86.0617
JDE
86.0617
JDE
19
Nuevo León
08
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0703
4
95.3260
JDE
95.3260
JDE
95.3260
JDE
95.3260
JDE
95.3260
JDE
95.3260
JDE
19
Nuevo León
10
040
1422
8
82.3603
JDE
82.3603
JDE
82.3603
JDE
82.3603
JDE
82.3603
JDE
82.3603
JDE
19
Nuevo León
11
026
0739
4
94.7045
JDE
94.7045
JDE
94.7045
JDE
94.7045
JDE
94.7045
JDE
94.7045
JDE
19
Nuevo León
12
042
1708
19
91.4489
JDE
91.4489
JDE
91.4489
JDE
91.4489
JDE
91.4489
JDE
91.4489
JDE
20
Oaxaca
01
182
1042
3
79.5408
JDE
79.5408
JDE
82.6565
JLE
82.6565
JLE
82.6565
JLE
82.6565
JLE
20
Oaxaca
03
386
1722
5
84.8826
JDE
84.8826
JDE
84.8826
JDE
84.8826
JDE
84.8826
JDE
84.8826
JDE
20
Oaxaca
08
066
0471
3
93.9173
JDE
93.9173
JDE
93.9173
JDE
93.9173
JDE
93.9173
JDE
93.9173
JDE
20
Oaxaca
09
316
1503
6
83.0234
JDE
83.0234
JDE
83.7878
JLE
83.7878
JLE
83.7878
JLE
83.7878
JLE
20
Oaxaca
10
414
1845
3
83.2018
JDE
83.2018
JDE
83.2018
JDE
83.2018
JDE
83.2018
JDE
83.2018
JDE
20
Oaxaca
10
414
1846
5
85.0998
JDE
85.0998
JDE
85.0998
JDE
85.0998
JDE
85.0998
JDE
85.0998
JDE
21
Puebla
02
208
2468
2
75.6457
JDE
75.6457
JDE
77.3975
JLE
77.3975
JLE
77.3975
JLE
77.3975
JLE
21
Puebla
05
076
0653
8
90.9444
JDE
90.9444
JDE
92.5825
JLE
92.5825
JLE
92.5825
JLE
92.5825
JLE
21
Puebla
05
133
1766
2
78.7650
JDE
78.7650
JDE
78.7650
JDE
78.7650
JDE
78.7650
JDE
78.7650
JDE
21
Puebla
06
115
1586
8
82.7948
JDE
82.7948
JDE
84.1842
JLE
84.1842
JLE
84.1842
JLE
84.1842
JLE
21
Puebla
06
115
1596
5
72.2174
JDE
72.2174
JDE
74.9473
JLE
74.9473
JLE
74.9473
JLE
74.9473
JLE
21
Puebla
06
115
2744
2
72.1421
JDE
72.1421
JDE
77.2962
JLE
77.2962
JLE
77.2962
JLE
77.2962
JLE
21
Puebla
07
015
0129
5
91.4594
JDE
91.4594
JDE
92.8601
JLE
92.8601
JLE
92.8601
JLE
92.8601
JLE
21
Puebla
07
105
0852
3
71.2219
JDE
71.2219
JDE
79.5494
JLE
79.5494
JLE
79.5494
JLE
79.5494
JLE
21
Puebla
09
115
1076
5
90.8081
JDE
90.8081
JDE
90.9259
JLE
90.9259
JLE
90.9259
JLE
90.9259
JLE
21
Puebla
10
035
0291
10
84.7418
JDE
84.7418
JDE
84.7418
JDE
84.7418
JDE
84.7418
JDE
84.7418
JDE
21
Puebla
10
120
1654
2
90.2152
JDE
90.2152
JDE
90.2152
JDE
90.2152
JDE
90.2152
JDE
90.2152
JDE
21
Puebla
11
115
1246
7
94.0799
JDE
94.0799
JDE
94.0799
JDE
94.0799
JDE
94.0799
JDE
94.0799
JDE
21
Puebla
11
115
1606
2
91.5662
JDE
91.5662
JDE
91.5662
JDE
91.5662
JDE
91.5662
JDE
91.5662
JDE
21
Puebla
12
115
1205
5
82.2374
JDE
82.2374
JDE
82.9397
JLE
82.9397
JLE
82.9397
JLE
82.9397
JLE
21
Puebla
13
019
0163
3
69.6441
JDE
69.6441
JDE
76.7820
JLE
76.7820
JLE
76.7820
JLE
76.7820
JLE
21
Puebla
15
155
1934
7
90.2272
JDE
90.2272
JDE
91.3911
JLE
91.3911
JLE
91.3911
JLE
91.3911
JLE
21
Puebla
15
155
1986
6
87.5738
JDE
87.5738
JDE
88.3338
JLE
88.3338
JLE
88.3338
JLE
88.3338
JLE
21
Puebla
15
155
2011
5
86.7473
JDE
86.7473
JDE
86.8014
JLE
86.8014
JLE
86.8014
JLE
86.8014
JLE
22
Querétaro
02
016
0627
9
91.3983
JDE
91.3983
JDE
91.3983
JDE
91.3983
JDE
91.3983
JDE
91.3983
JDE
22
Querétaro
03
014
0278
9
84.8171
JDE
84.8171
JDE
84.8171
JDE
84.8171
JDE
84.8171
JDE
84.8171
JDE
22
Querétaro
04
014
0491
4
80.1850
JDE
80.1850
JDE
80.1850
JDE
80.1850
JDE
80.1850
JDE
80.1850
JDE
22
Querétaro
05
010
0195
22
77.7664
JDE
77.7664
JDE
79.1947
JLE
79.1947
JLE
79.1947
JLE
79.1947
JLE
23
Quintana Roo
01
008
0874
18
84.7560
JDE
84.7560
JDE
84.7560
JDE
84.7560
JDE
84.7560
JDE
84.7560
JDE
23
Quintana Roo
03
001
0001
3
94.6626
JDE
94.6626
JDE
94.6626
JDE
94.6626
JDE
94.6626
JDE
94.6626
JDE
23
Quintana Roo
04
001
0175
12
82.5116
JDE
82.5116
JDE
82.5116
JDE
82.5116
JDE
82.5116
JDE
82.5116
JDE
24
San Luis Potosí
02
035
1247
6
85.2076
JDE
85.2076
JDE
91.4907
PAN-CLV
85.2076
JDE
91.4907
PAN-CLV
91.4907
PAN-CLV
24
San Luis Potosí
02
035
1274
7
84.3614
JDE
84.3614
JDE
87.4985
PAN-CLV
87.4985
PAN-CLV
87.4985
PAN-CLV
87.4985
PAN-CLV
24
San Luis Potosí
05
028
0787
6
92.1793
JDE
92.1793
JDE
92.1793
JDE
92.1793
JDE
92.1793
JDE
92.1793
JDE
24
San Luis Potosí
06
028
1074
7
83.7067
JDE
83.7067
JDE
83.7067
JDE
83.7067
JDE
83.7067
JDE
83.7067
JDE
25
Sinaloa
01
012
2995
11
81.6178
JDE
81.6178
JDE
81.6178
JDE
81.6178
JDE
81.6178
JDE
81.6178
JDE
25
Sinaloa
04
011
2155
5
90.4087
JDE
90.4087
JDE
90.4087
JDE
90.4087
JDE
90.4087
JDE
90.4087
JDE
25
Sinaloa
05
006
1279
10
83.7885
JDE
83.7885
JDE
83.7885
JDE
83.7885
JDE
83.7885
JDE
83.7885
JDE
25
Sinaloa
06
012
2988
16
69.8825
JDE
67.2011
PAN-CDV
69.8825
JDE
67.2011
PAN-CDV
69.8825
JDE
69.8825
JDE
25
Sinaloa
07
006
1210
10
80.0060
JDE
80.0060
JDE
81.1981
JLE
81.1981
JLE
81.1981
JLE
81.1981
JLE
 
 
26
Sonora
01
053
0638
10
96.4882
JDE
96.4882
JDE
96.4882
JDE
96.4882
JDE
96.4882
JDE
96.4882
JDE
26
Sonora
02
030
0223
6
89.9235
PRD-CDV
89.7734
JDE
89.9235
PRD-CDV
89.7734
JDE
89.9235
PRD-CDV
89.7734
JDE
26
Sonora
03
049
1332
12
81.0334
JDE
81.0334
JDE
81.0334
JDE
81.0334
JDE
81.0334
JDE
81.0334
JDE
26
Sonora
05
049
0341
9
94.4852
JDE
94.4852
JDE
94.4852
JDE
94.4852
JDE
94.4852
JDE
94.4852
JDE
26
Sonora
06
059
0951
6
87.3571
JDE
87.3571
JDE
87.3571
JDE
87.3571
JDE
87.3571
JDE
87.3571
JDE
26
Sonora
07
065
1303
3
93.8821
JDE
93.8821
JDE
93.8821
JDE
93.8821
JDE
93.8821
JDE
93.8821
JDE
27
Tabasco
04
004
0440
5
88.3082
JDE
88.3082
JDE
88.4093
JLE
88.4093
JLE
88.4093
JLE
88.4093
JLE
27
Tabasco
05
013
0986
6
78.0417
JDE
78.0417
JDE
78.0417
JDE
78.0417
JDE
78.0417
JDE
78.0417
JDE
27
Tabasco
06
004
0500
6
90.0863
JDE
90.0863
JDE
90.0863
JDE
90.0863
JDE
90.0863
JDE
90.0863
JDE
28
Tamaulipas
01
027
0866
7
83.2831
JDE
83.2831
JDE
83.2831
JDE
83.2831
JDE
83.2831
JDE
83.2831
JDE
28
Tamaulipas
02
032
1018
9
94.3551
JDE
94.3551
JDE
94.3551
JDE
94.3551
JDE
94.3551
JDE
94.3551
JDE
28
Tamaulipas
03
022
0562
8
92.9276
JDE
92.9276
JDE
92.9276
JDE
92.9276
JDE
92.9276
JDE
92.9276
JDE
28
Tamaulipas
04
022
0647
7
95.6055
JDE
95.6055
JDE
95.6055
JDE
95.6055
JDE
95.6055
JDE
95.6055
JDE
28
Tamaulipas
05
041
1682
9
72.2732
JDE
72.2732
JDE
72.2732
JDE
72.2732
JDE
72.2732
JDE
72.2732
JDE
28
Tamaulipas
07
009
0165
7
89.1509
JDE
89.1509
JDE
89.1509
JDE
89.1509
JDE
89.1509
JDE
89.1509
JDE
28
Tamaulipas
08
038
1359
4
89.5428
JDE
89.5428
JDE
89.5428
JDE
89.5428
JDE
89.5428
JDE
89.5428
JDE
28
Tamaulipas
09
032
1125
11
85.4690
JDE
85.4690
JDE
85.4690
JDE
85.4690
JDE
85.4690
JDE
85.4690
JDE
29
Tlaxcala
01
003
0030
3
85.6599
JDE
85.6599
JDE
85.6599
JDE
85.6599
JDE
85.6599
JDE
85.6599
JDE
29
Tlaxcala
02
025
0350
5
84.3405
JDE
84.3405
JDE
84.3405
JDE
84.3405
JDE
84.3405
JDE
84.3405
JDE
29
Tlaxcala
03
043
0582
3
75.3459
JDE
75.3459
JDE
75.3459
JDE
75.3459
JDE
75.3459
JDE
75.3459
JDE
30
Veracruz
03
188
4100
5
93.8103
JDE
 
 
93.8103
JDE
93.8103
JDE
93.8103
JDE
93.8103
JDE
30
Veracruz
04
192
4475
7
94.9567
JDE
94.9567
JDE
94.9567
JDE
94.9567
JDE
94.9567
JDE
94.9567
JDE
30
Veracruz
05
042
0933
4
92.7172
JDE
92.7172
JDE
92.7172
JDE
92.7172
JDE
92.7172
JDE
92.7172
JDE
30
Veracruz
07
103
2286
6
81.8667
JDE
81.8667
JDE
81.8667
JDE
81.8667
JDE
81.8667
JDE
81.8667
JDE
30
Veracruz
08
089
2092
6
79.4509
JDE
79.4509
JDE
79.4509
JDE
79.4509
JDE
79.4509
JDE
79.4509
JDE
30
Veracruz
10
089
2070
3
84.8082
JDE
84.8082
JDE
84.8082
JDE
84.8082
JDE
84.8082
JDE
84.8082
JDE
30
Veracruz
16
046
1089
5
83.7381
JDE
83.7381
JDE
83.7381
JDE
83.7381
JDE
83.7381
JDE
83.7381
JDE
31
Yucatán
02
041
0220
8
78.3108
JDE
78.3108
JDE
78.3108
JDE
78.3108
JDE
78.3108
JDE
78.3108
JDE
31
Yucatán
03
050
0476
11
84.0971
MC-CDV
82.0447
JDE
84.0971
MC-CDV
82.0447
JDE
84.0971
MC-CDV
84.0971
MC-CDV
31
Yucatán
04
050
0254
5
86.5248
JDE
86.5248
JDE
86.5248
JDE
86.5248
JDE
86.5248
JDE
86.5248
JDE
32
Zacatecas
01
010
0194
5
83.0039
JDE
83.0039
JDE
83.0039
JDE
83.0039
JDE
83.0039
JDE
83.0039
JDE
32
Zacatecas
04
017
0549
7
83.5671
JDE
83.5671
JDE
83.5671
JDE
83.5671
JDE
83.5671
JDE
83.5671
JDE
 
4.2   Mapas de los escenarios recomendados


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


______________________________
 
1     Sentencia del recurso de apelación con número de expediente SUP-RAP-113/2010, p. 27.
2     INE/CG211/2022