CONVENIO de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, para el ejercicio fiscal 2022, que celebran el Instituto de Salud para el Bienestar y el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SALUD.- Secretaría de Salud.- Instituto de Salud para el Bienestar.

INSABI-FAM-CCTR-VER-30/2022
CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2022, EN ADELANTE "EL PROGRAMA", QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL INSTITUTO DE SALUD PARA EL BIENESTAR, AL QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "EL INSABI", POR CONDUCTO DE SU DIRECTOR GENERAL, MTRO. JUAN ANTONIO FERRER AGUILAR, ASISTIDO POR DR. JUAN JOSÉ MAZÓN RAMÍREZ, COORDINADOR DE ATENCIÓN A LA SALUD, POR EL MTRO. CANDELARIO PÉREZ ALVARADO, TITULAR DE LA COORDINACIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y REGULARIZACIÓN DE PERSONAL Y POR EL M. EN AUD. VICENTE REYES MAGAÑA, DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DEL FIDEICOMISO, Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL MTRO. JOSÉ LUIS LIMA FRANCO, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE FINANZAS Y PLANEACIÓN Y POR EL DR. GERARDO DÍAZ MORALES, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO SERVICIOS DE SALUD DE VERACRUZ, A QUIENES CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.          La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 4o, párrafo cuarto, el derecho humano de toda persona a la protección de la salud, disponiendo que la Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud.
II.         El artículo 7o, fracción II de la Ley General de Salud, establece que corresponde a la Secretaría de Salud, en su carácter de coordinadora del Sistema Nacional de Salud, coordinar los programas de servicios de salud de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como los agrupamientos por funciones y programas afines que, en su caso, se determinen, en el entendido de que tratándose de la prestación gratuita de los servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados que requieran las personas sin seguridad social, a que se refiere el Título Tercero Bis del referido ordenamiento, se auxiliará de "EL INSABI".
III.        "EL PROGRAMA" se alinea directamente con el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2019 el que en el apartado II Política Social establece el Eje Construir un país con bienestar, del que se destaca el siguiente objetivo prioritario:
·  Salud para toda la población.
IV.        "EL PROGRAMA" interviene en la ejecución de los compromisos intersectoriales establecidos en el Programa Sectorial de Salud 2019-2024. Por ello, se alinea con sus Objetivos prioritarios, estrategias y acciones puntuales que a continuación se mencionan:
Objetivo prioritario 1.- Garantizar los servicios públicos de salud a toda la población que no cuente con seguridad social y, el acceso gratuito a la atención médica y hospitalaria, así como exámenes médicos y suministro de medicamentos incluidos en el Compendio Nacional de Insumos para la Salud.
Estrategia prioritaria 1.3 Brindar a la población sin seguridad social, especialmente a quienes habitan en regiones con alta o muy alta marginación, acciones integrales de salud que ayuden a prolongar su vida con calidad, evitar la ocurrencia de enfermedades o en su caso, detectarlas tempranamente a través de la participación de todas las instituciones del Sistema Nacional de Salud, en las acciones puntuales.
Acción 1.3.3 Acercar los servicios de salud a la población, a través de Jornadas de Salud Pública y esquemas itinerantes para brindar acciones integrales de salud, especialmente en zonas con mayores dificultades de acceso a las instituciones del Sistema Nacional de Salud.
Estrategia prioritaria 1.5 Fomentar la participación de comunidades en la implementación de programas y acciones, bajo un enfoque de salud comunitaria para salvaguardar los derechos de niñas, niños, adolescentes, jóvenes, personas adultas mayores, mujeres, comunidad LGBTTTI, personas con discapacidad, comunidades indígenas y afromexicanas, en las acciones puntuales.
Acción 1.5.5 Implementar Caravanas de la Salud y brigadas de atención ambulatoria para brindar servicios a población afectada por contingencias emergentes, que viven en localidades alejadas de las ciudades o que transitan en condición migrante.
V.         El Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2022, en su Anexo 25 establece que "EL PROGRAMA" estará sujeto a Reglas de Operación.
VI.        Con "EL PROGRAMA" se da continuidad a la estrategia federal que inicia en 2007 como Programa Caravanas de la Salud, el cual posteriormente cambia su denominación a Programa Unidades Médicas Móviles, para que a través de transferencias de recursos presupuestarios federales se coadyuve a que las entidades federativas proporcionen la atención primaria a la salud en aquellas localidades con menos de 2,500 personas y que se encuentren sin acceso a los servicios de salud por falta de infraestructura física.
VII.       "EL PROGRAMA" tiene como misión ser un programa que coadyuve con las Entidades Federativas con la aportación de recursos presupuestarios federales y recursos humanos destinados a la prestación de servicios de atención primaria a la salud en las áreas de enfoque potencial identificadas como localidades que no cuentan con servicios de salud por falta de infraestructura, carentes de recursos para otorgar atención permanente, y con una población menor a 2,500 personas.
DECLARACIONES
I.          DE "EL INSABI":
I.1        Es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal con personalidad jurídica y patrimonio propio sectorizado a la Secretaría de Salud en términos de los artículos 1o, párrafo tercero, 3o., fracción I y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 77 bis 35, párrafo primero de la Ley General de Salud, cuyo objeto en términos del segundo párrafo del precepto legal citado en último término es proveer y garantizar la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados a las personas sin seguridad social, así como impulsar, en coordinación con la Secretaría de Salud en su calidad de órgano rector, acciones orientadas a lograr una adecuada integración y articulación de las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud.
I.2        Su Director General tiene la facultad y legitimación para suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en los artículos 77 bis 35 B, fracción II, 77 bis 35 G, párrafo segundo y 77 bis 35 H de la Ley General de Salud, así como 22, fracciones I y II y 59, fracción I de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, cargo que se acredita con copia del nombramiento respectivo.
I.3        El Titular de la Coordinación de Atención a la Salud de "EL INSABI", cargo que acredita con la respectiva copia de su nombramiento, participa en la celebración del presente instrumento jurídico en asistencia del Director General de dicho organismo, en suplencia por ausencia del Titular de la Coordinación Nacional Médica de conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo Sexagésimo sexto del Estatuto Orgánico de "EL INSABI", considerando las atribuciones que se confieren a la referida Unidad de Coordinación Nacional Médica en el artículo
Trigésimo octavo, fracciones I, II y III del mencionado Estatuto Orgánico.
I.4        El Titular de la Dirección de Administración Financiera del Fideicomiso de "EL INSABI", cargo que acredita con la respectiva copia de su nombramiento, participa en la celebración del presente instrumento jurídico en asistencia del Director General de dicho organismo, en suplencia por ausencia del Titular de la Coordinación de Financiamiento de conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo Sexagésimo sexto del Estatuto Orgánico de "EL INSABI", considerando las atribuciones que se confieren a la referida Coordinación de Financiamiento en el artículo Cuadragésimo octavo del mencionado Estatuto Orgánico.
I.5        El Titular de la Coordinación de Recursos Humanos y Regularización de Personal de "EL INSABI", cargo que acredita con la respectiva copia de su nombramiento, participa en la celebración del presente instrumento jurídico en asistencia del Director General de dicho organismo en atención a las facultades que se le confieren en el artículo Cuadragésimo noveno, fracciones I, II, III y VI del Estatuto Orgánico de "EL INSABI".
I.6        Cuenta con atribuciones para proveer y garantizar la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados a las personas sin seguridad social, así como impulsar en coordinación con la Secretaría de Salud en su calidad de Órgano Rector, acciones orientadas a lograr una adecuada integración y articulación de las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud.
I.7        El objetivo general de "EL PROGRAMA", es el de contribuir con las Entidades Federativas para brindar de forma efectiva acceso y prestación de los servicios de atención primaria a la salud en localidades menores a 2,500 personas, carentes de servicios de salud, mediante la transferencia de recursos federales, personal médico y unidades médicas móviles de diferente capacidad resolutiva, y dentro de sus objetivos específicos, se encuentra como uno de los más importantes, el de contribuir con las entidades federativas para que cuenten con unidades médicas móviles equipadas de conformidad con la tipología correspondiente y su respectivo personal capacitado, conforme a las Reglas de Operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, para el Ejercicio Fiscal 2022, en adelante las "REGLAS", publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2021.
I.8        Cuenta con recursos presupuestarios autorizados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio fiscal 2022, para hacer frente a las obligaciones derivadas de la suscripción del presente instrumento jurídico.
I.9        Para todos los efectos legales relacionados con este Convenio de Colaboración señala como domicilio el ubicado en el número 54 de la Calle Gustavo E. Campa, Colonia Guadalupe Inn, Demarcación Territorial Álvaro Obregón, C.P. 01020, en la Ciudad de México.
II.         DE "LA ENTIDAD":
II.1.       Forma parte de la Federación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 40, 42, fracción I, y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y artículo 1 de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
II.2.       La Secretaría de Finanzas y Planeación es una Dependencia de la Administración Pública Estatal del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, que tiene como atribuciones coordinar la administración financiera y tributaria de la Hacienda Pública, coordinar la política económica para el desarrollo del Estado, entre otras, de conformidad con los artículos 9, fracción III y 19 de la Ley Número 58 Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
II.3.       El Mtro. José Luis Lima Franco, Secretario de Finanzas y Planeación,, cuenta con las facultades para suscribir el presente Convenio de Colaboración, de conformidad con los artículos 2, 8 fracción VII, 12 fracciones II, V, VI, VII, 19 y 20 de la Ley Número 58 Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 1, 2 y 14, fracciones XXX y XXXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Planeación, y Primero del Acuerdo por el que se autoriza al Titular de la Secretaría de Finanzas y Planeación a celebrar acuerdos y convenios en el ámbito de su competencia y conforme a la normativa aplicable, publicado en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, bajo el número extraordinario 488 de fecha 6 de diciembre de 2018, cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento de fecha 01 de diciembre de 2018, expedido por el C. Cuitláhuac García Jiménez, Gobernador Constitucional del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
II.4.       La Secretaría de Salud es una Dependencia de la Administración Pública Estatal, que tiene como atribuciones coordinar las políticas y programas de salud pública y seguridad social en la entidad, de conformidad con los artículos 9, fracción X, 31 y 32 de la Ley número 58 Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
II.5.       Los Servicios de Salud de Veracruz, es una entidad de la Administración Pública Paraestatal del Poder Ejecutivo del Estado, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 1, 3, 38, 40, 44 y 45 de la Ley número 58 Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, y en términos de la Ley 54 que crea el Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud de Veracruz, que en su artículo 2 señala como los principales fines que tiene el Organismo los de proteger, promover y restaurar la salud de la persona y de la colectividad a través de la prestación de los servicios de salud.
II.6.       El Dr. Gerardo Díaz Morales, Secretario de Salud y Director General de Servicios de Salud de Veracruz, cuenta con las facultades para suscribir el presente Convenio de Colaboración, de conformidad con los artículos, 1, 2, 3, 9 fracción X, 10, 12 fracciones VI y VII, 31, 32, 38, 40, 44 y 45 de la Ley número 58 Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, 6 y 7 fracciones I y VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud del Estado de Veracruz; 1, 2, 8, fracción II, 13 y 14 fracciones I y VI de la Ley número 54 que crea el Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud de Veracruz, y 18 fracción XXVI del Reglamento Interior de Servicios de Salud de Veracruz y Primero del Acuerdo publicado en la Gaceta Oficial del Estado, números extraordinarios 488 y 496, los días 6 y 12 de diciembre de 2018, mediante los cuales el Titular del Poder Ejecutivo Estatal, autoriza al Titular de la Secretaría de Salud para celebrar Acuerdos y Convenios en el ámbito de su competencia; quien acredita sus cargos con la copia de sus nombramientos de fecha 25 de mayo de 2022, expedidos por el C. Cuitláhuac García Jiménez, Gobernador Constitucional del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
II.7.       Sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento jurídico son: Otorgar servicios de promoción y prevención de la salud, así como de atención médica y odontológica a la población de las localidades del área de enfoque de "EL PROGRAMA", que se especifica en el Anexo 5 del presente instrumento jurídico.
II.8.       Para todos los efectos legales relacionados con este Convenio de Colaboración señala como su domicilio el ubicado en la calle de Soconusco número 31, Colonia Aguacatal, de la ciudad de Xalapa - Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, Código Postal 91130.
Una vez expuesto lo anterior, y en virtud de que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en sus artículos 74 y 75, que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios y transferencias que con cargo a los presupuestos de las Dependencias y, en su caso de las Entidades, se aprueben en el Presupuesto de Egresos de la Federación; que éstos se otorgarán y ejercerán conforme a las disposiciones generales aplicables, así como a las reglas de operación que se emitan para el ejercicio fiscal correspondiente, y que dichos subsidios y transferencias se sujetarán a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en ella se señalan y, asimismo considerando lo dispuesto por los artículos 4o, párrafo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1o; 1o Bis; 2o, fracciones I, II y V; 3o, fracciones II y II bis; 5o; 6o, fracción I y 7o, fracción II, párrafo segundo de la Ley General de Salud; "LAS PARTES" celebran el presente Convenio, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
 
PRIMERA. OBJETO.- El presente Convenio y sus Anexos, que firmados por "LAS PARTES", forman parte integrante del mismo, tienen por objeto:
a.         Transferir a "LA ENTIDAD" recursos presupuestarios federales, con el carácter de subsidios, para cubrir los gastos de operación de "EL PROGRAMA" en el ejercicio fiscal 2022, en los conceptos y con los alcances estipulados en este instrumento jurídico, y de manera específica para realizar algunos de los gastos que se deriven de la operación de las unidades médicas móviles otorgadas a "LA ENTIDAD" para el desarrollo de "EL PROGRAMA", mediante los contratos de comodato suscritos en años anteriores entre la Secretaría de Salud y "LA ENTIDAD", así como los correspondientes convenios modificatorios por los que se prorroga la vigencia de éstos, de conformidad con los Anexos del presente instrumento jurídico.
b.         Que "EL INSABI", con cargo a los recursos de "EL PROGRAMA" y sujeto a la disponibilidad presupuestaria del mismo, apoye a "LA ENTIDAD", con la contratación y asignación de (i) las personas con formación de medicina general que formarán parte de los Equipos de Salud Itinerantes de "EL PROGRAMA"; (ii) la plantilla operativa correspondiente a dichos equipos (personal de enfermería, odontología y de promoción), y (iii) el personal gerencial del Programa (coordinadores, supervisores y enlaces administrativos), en los términos previstos en las "REGLAS".
Para efecto de lo anterior, "LAS PARTES" convienen expresamente en sujetarse a lo previsto en los artículos 74, 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176 y 181 de su Reglamento y demás disposiciones aplicables, así como a lo estipulado en las "REGLAS" y en el presente Convenio.
SEGUNDA. TRANSFERENCIA.- Para la realización de las acciones objeto del presente instrumento jurídico, "EL INSABI" transferirá a "LA ENTIDAD", en una ministración, un importe de hasta $868,038.90 (OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL TREINTA Y OCHO PESOS 90/100 M.N.), conforme al capítulo de gasto y partida que se señalan en el Anexo 1 del presente Convenio.
Los recursos presupuestarios federales a que se refiere el párrafo anterior, serán transferidos por "EL INSABI" a "LA ENTIDAD", dentro del periodo que para tal efecto se precisa en el Anexo 2.
Para tal efecto, "LA ENTIDAD", a través de su Secretaría de Finanzas y Planeación, procederá a abrir, en forma previa a su radicación, una cuenta bancaria productiva, única y específica para este Convenio, en la institución de crédito bancaria que determine, con la finalidad de que dichos recursos y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados.
Una vez radicados los recursos presupuestarios federales en la Secretaría de Finanzas y Planeación, ésta se obliga a ministrarlos íntegramente junto con los rendimientos financieros que se generen, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su recepción, a Servicios de Salud de Veracruz, que tendrá el carácter de Unidad Ejecutora para efectos del presente Convenio. La Unidad Ejecutora, deberá informar a "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a aquél en que concluya el plazo anterior, el monto, la fecha y el importe de los rendimientos generados que le hayan sido ministrados. Para tal efecto, "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, dará aviso a la Unidad Ejecutora de esta transferencia.
La Unidad Ejecutora procederá a la apertura de una cuenta bancaria productiva única y específica a nombre del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, para recibir de la Secretaría de Finanzas y Planeación, los recursos señalados en este Convenio, lo que permitirá mantener los recursos plenamente identificados para la recepción, ejercicio, comprobación y cierre presupuestario; notificando por escrito a "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, los datos de identificación de dicha cuenta.
La no ministración de estos recursos a la Unidad Ejecutora en el plazo establecido en el párrafo cuarto de esta Cláusula, se considerará incumplimiento de este instrumento jurídico y será causa para solicitar el reintegro de los recursos transferidos, así como el de los rendimientos financieros obtenidos, a la Tesorería de la Federación.
Secretaría de Finanzas y Planeación, y la Unidad Ejecutora, deberán remitir a "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, la documentación correspondiente a la apertura de las cuentas a que se refiere esta Cláusula, en la que se especifique que el destino final de los recursos es el Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica.
Los recursos presupuestarios federales que se transfieran en los términos de este Convenio de Colaboración no pierden su carácter federal, por lo que en su asignación y ejecución deberán observarse las disposiciones jurídicas federales aplicables.
Queda expresamente acordado, que la transferencia presupuestaria otorgada en el presente Convenio garantiza la operación anual y no es susceptible de presupuestarse en los ejercicios siguientes, por lo que no implica el compromiso de transferencias posteriores ni en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo al Ejecutivo Federal, para complementar cualquier otro gasto administrativo o de operación vinculado con el objeto del mismo.
Los recursos presupuestarios federales que "EL INSABI" se compromete a transferir a "LA ENTIDAD", estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria y a las autorizaciones correspondientes, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.
TERCERA. VERIFICACIÓN DEL DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES. - Para asegurar la transparencia en la aplicación y comprobación de los recursos federales ministrados, "LAS PARTES" convienen en sujetarse a lo siguiente:
I.          "EL INSABI", por conducto de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, dentro del marco de sus atribuciones y a través de los mecanismos que esta última implemente para tal fin, verificará (i) el cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores de desempeño a que se refiere la Cláusula Cuarta de este Convenio, y (ii) que los recursos presupuestarios federales señalados en la Cláusula Segunda sean destinados únicamente para cubrir el objeto del presente instrumento jurídico, de conformidad con los Anexos 3, 7 y 7 A, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal.
II.         Las acciones de verificación de la aplicación de los recursos que "EL INSABI" realice en los términos estipulados en el presente instrumento jurídico, no implicará en modo alguno que éste pueda participar en los procesos de aplicación de los mismos, en virtud de lo cual deberá abstenerse de intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice "LA ENTIDAD" para cumplir con "EL PROGRAMA", así como de interferir de forma alguna en el procedimiento y mecanismo de supervisión externo que defina "LA ENTIDAD" durante la aplicación de los recursos presupuestarios destinados a su ejecución y demás actividades que se realicen para el cumplimiento de las condiciones técnicas, económicas, de tiempo, de cantidad y de calidad contratadas a través de "LA ENTIDAD".
III.        "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, considerando su disponibilidad de personal y presupuestaria, podrá practicar visitas de supervisión de acuerdo al Modelo de Supervisión y formatos que establezca "EL INSABI" para este fin, conforme al periodo de visitas determinado en el Anexo 11, a efecto de verificar la correcta operación de "EL PROGRAMA", el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente instrumento jurídico, así como el seguimiento del ejercicio de los recursos y la presentación de informes a "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, tales como: los informes de avances financieros, los informes de rendimientos financieros generados con motivo de los recursos presupuestarios federales transferidos, conforme al Anexo 9, relaciones de gasto, estados de cuenta bancaria y las conciliaciones bancarias.
            En caso de que, con motivo de las visitas de supervisión, "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, detecte incumplimientos a los compromisos establecidos a cargo de "LA ENTIDAD", deberá dar vista a las instancias federales y locales competentes, para que procedan conforme a sus atribuciones.
IV.        "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, solicitará a "LA ENTIDAD" la entrega del reporte de indicadores de desempeño de prestación de servicio, así como la certificación de gasto, conforme al formato que se incluye en el Anexo 4, mediante los cuales se detallan las erogaciones del gasto y por los que "LA ENTIDAD" sustente y fundamente la correcta aplicación de los recursos a que se refiere la Cláusula Segunda del presente instrumento jurídico. Para los efectos de verificación anteriormente referidos, "LA ENTIDAD" deberá exhibir la documentación soporte (original en su caso) y archivos electrónicos que así lo acrediten.
V.         "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, podrá en todo momento verificar en coordinación con "LA ENTIDAD" la documentación que permita observar el ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos a "LA ENTIDAD", así como sus rendimientos financieros generados y podrá solicitar a esta última los documentos que justifiquen y comprueben el ejercicio de dichos recursos. El ejercicio de los recursos deberá reflejarse en el formato de certificación de gasto, conforme a lo establecido en el Anexo 4 del presente Convenio; la documentación soporte deberá adjuntarse en archivos electrónicos en la plataforma informática correspondiente.
CUARTA. OBJETIVOS, METAS E INDICADORES DE DESEMPEÑO.- Los recursos presupuestarios federales que se transfieran a "LA ENTIDAD" para la operación de "EL PROGRAMA", así como los recursos humanos que se le asignen para tal fin en los términos previstos en las "REGLAS" y el presente Convenio, tendrán los objetivos, metas e indicadores de desempeño que a continuación se mencionan:
OBJETIVO: Transferir recursos presupuestarios federales a "LA ENTIDAD", así como asignar a ésta, los recursos humanos necesarios para la operación de "EL PROGRAMA", para contribuir con ésta a que brinde en su circunscripción territorial, a través de la Unidad Ejecutora, de forma efectiva, acceso y prestación de los servicios de atención primaria a la salud en localidades menores a 2,500 personas, carentes de servicios de salud.
META: Atender a las localidades integradas en el Anexo 5 de este Convenio.
INDICADORES DE DESEMPEÑO: En el Anexo 6 se describen los indicadores y las variables a las que se compromete "LA ENTIDAD" que permitirán evaluar el desempeño y el cumplimiento de los compromisos descritos en este instrumento jurídico.
QUINTA. APLICACIÓN.- Los recursos presupuestarios federales a que alude la Cláusula Segunda de este instrumento jurídico, se destinarán en forma exclusiva para cubrir los conceptos de gasto mencionados en los Anexos 3 y 7 para la operación de "EL PROGRAMA" en el ejercicio fiscal 2022; no podrán destinarse a otros conceptos de gasto y se registrarán conforme a su naturaleza, como gasto corriente o gasto de capital; se devengarán conforme a lo establecido en el artículo 175, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; se registrarán por "LA ENTIDAD" en su contabilidad de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y se rendirán en su Cuenta Pública, sin que por ello pierdan su carácter federal.
Los rendimientos financieros que generen los recursos presupuestarios a que se refiere el párrafo anterior, podrán destinarse, previa autorización de "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, a "EL PROGRAMA" objeto del presente Convenio, de conformidad con lo estipulado en el Anexo 7, así como las partidas estipuladas en el Anexo 7 A.
"LA ENTIDAD" presentará un informe de los rendimientos financieros que generen los recursos presupuestarios federales transferidos en virtud del presente instrumento, conforme al Anexo 9.
El seguimiento del ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos en virtud del presente instrumento, así como de los rendimientos financieros que éstos generen deberá hacerse conforme con los Anexos 4 y 10.
Los remanentes de (i) los recursos presupuestarios federales transferidos a "LA ENTIDAD", y (ii) de los rendimientos financieros generados, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación, al cierre del ejercicio fiscal, en los términos del artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, debiendo informarlo a "EL INSABI", por conducto de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, de manera escrita y con los documentos soportes correspondientes.
SEXTA. GASTOS ADMINISTRATIVOS. - Los gastos administrativos diferentes a los que se mencionan en el Anexo 7 y, en su caso, en el Anexo 7 A del presente Convenio, deberán ser erogados por "LA ENTIDAD" con cargo a sus recursos propios.
SÉPTIMA. ASIGNACIÓN DE RECURSOS HUMANOS. Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico, "LAS PARTES" convienen en que "EL INSABI", con cargo a los recursos de "EL PROGRAMA" y sujeto a la disponibilidad presupuestaria del mismo, asignará a "LA ENTIDAD", la plantilla de personal que se detalla en el Anexo 8 de este Convenio de Colaboración.
Para efecto de lo anterior, queda expresamente estipulado por "LAS PARTES", que la contratación del personal que se realice para ocupar la plantilla a que se hace mención en el párrafo anterior, será efectuada por "EL INSABI", a través de la Coordinación de Recursos Humanos y Regularización de Personal, conforme al tabulador que se contiene en el Anexo 12 de este instrumento jurídico.
Para tal fin, "LAS PARTES" acuerdan sujetarse a las bases siguientes:
A.         "LAS PARTES" acuerdan que cada una de las plazas comprendidas en la plantilla de personal a que se refiere esta Cláusula, correspondientes a (i) las personas con formación de medicina general que formarán parte de los Equipos de Salud Itinerantes de "EL PROGRAMA", y (ii) la plantilla operativa correspondiente a dichos equipos (personal de enfermería, odontología y de promoción) estará vinculada de manera permanente e irrevocable a una unidad médica móvil en particular.
B.         Las plazas asignadas a la plantilla de personal a que se refiere esta Cláusula, referentes a (i) las personas con formación de medicina general que formarán parte de los Equipos de Salud Itinerantes de "EL PROGRAMA"; (ii) la plantilla operativa correspondiente a dichos equipos (personal de enfermería, odontología y de promoción), y (iii) el personal gerencial de "EL PROGRAMA" (coordinadores, supervisores y enlaces administrativos), deberán estar comprendidas dentro de las categorías y cumplir con los perfiles de puestos previstos en el numeral 6.5.2. de las "REGLAS".
C.         La ocupación de las plazas que conforma la plantilla a que se refiera esta Cláusula se realizará, por cuanto hace a (i) las personas con formación de medicina general que formarán parte de los Equipos de Salud Itinerantes de "EL PROGRAMA", y (ii) la plantilla operativa correspondiente a dichos equipos (personal de enfermería, odontología y de promoción), con base en las propuestas que formule "LA ENTIDAD", por conducto del Director General de Servicios de Salud de Veracruz. En el caso de la ocupación de las plazas del personal gerencial de "EL PROGRAMA", relativas a coordinadores y supervisores, éstos serán designados con base en la convocatoria que se emita de conformidad con el numeral 6.5.1 de las "REGLAS", mientras que los enlaces administrativos serán designados a propuesta directa de "EL INSABI", en los términos previstos en la misma disposición.
            En este tenor, las personas que se propongan para ocupar las plazas que integran la plantilla laboral a que se refiere esta Cláusula, deberán cumplir con los criterios de selección siguientes:
a.     Ser de nacionalidad mexicana, salvo en el supuesto de que no existan personas mexicanas que puedan desarrollar el servicio respectivo.
 
       Quienes sean extranjeros deberán acreditar, en los términos previstos en la Ley General de Población y demás disposiciones que de la misma derivan, la condición de estancia que les permita llevar a cabo la prestación de los servicios inherentes a la plaza a ocuparse.
b.    Acreditar su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.
c.     Contar con Clave Única de Registro de Población.
d.    Acreditar los conocimientos o escolaridad que requiere el perfil del puesto a ocuparse, conforme a lo señalado en el numeral 6.5.2. de las "REGLAS".
       En el caso de que el perfil del puesto requiera que éste sea ocupado por persona que cuente con estudios profesionales, deberá exhibirse la cédula profesional correspondiente expedida por la autoridad educativa competente. Tratándose de plazas que deban ocuparse por profesionales de la salud que cuenten con especialidad médica, deberá exhibirse adicionalmente a su cédula profesional, el certificado vigente expedido por el Consejo de Especialidad a que se refiere el artículo 81 de la Ley General de Salud.
e.     No estar inhabilitado para desempeñar un empleo o cargo, en el servicio público.
f.     La demás información que determine "EL INSABI", a través de la Coordinación de Recursos Humanos y Regularización de Personal.
            Bajo ninguna circunstancia se podrá requerir a las personas que se propongan para la ocupación de alguna de las plazas que integran la plantilla de personal a que se refiere esta Cláusula, (i) prueba médica o certificado de no gravidez para verificar embarazo, ni (ii) prueba de VIH/SIDA.
D.         Para efectos de la continuidad de la contratación del personal a que se refiere la presente cláusula, serán considerados los resultados de la evaluación de productividad con base en los indicadores descritos en el Anexo 6 del presente instrumento, así como los informes de asistencia e incidencias del personal a que se refiere el inciso E de la presente cláusula.
E.         "LAS PARTES" convienen en que "LA ENTIDAD", a través del servidor público designado por "LA ENTIDAD" en el párrafo segundo de la Cláusula Décima de este instrumento jurídico, coadyuvará con el "EL INSABI" en la administración del personal que conforma la plantilla laboral a que se refiere esta Cláusula, para lo cual deberá:
a.     Establecer los mecanismos a que se sujetará el control de asistencia de las personas que ocupen las plazas objeto de este Convenio de Colaboración, en los que se deberán considerar, al menos, los registros de asistencia y conclusión de las jornadas de trabajo y rendir a "EL INSABI", a través de la Coordinación de Recursos Humanos y Regularización de Personal, los informes que ésta le requiera, con la periodicidad y bajo los criterios que por oficio le notifique.
b.    Generar, con la periodicidad y conforme a los criterios que determine "EL INSABI", a través de la Coordinación de Recursos Humanos y Regularización de Personal, los informes de asistencias e incidencias de la plantilla de personal a que se refiere esta Cláusula, con la finalidad de que esta última esté en posibilidad de dispersar con oportunidad el pago de la nómina correspondiente a dicha plantilla de personal.
c.     Documentar, mediante el levantamiento de actas circunstanciadas, los hechos que pudiesen constituir incumplimiento de las obligaciones de los trabajadores que integran la plantilla laboral a que se refiere esta Cláusula, y dar lugar a la terminación de los efectos de su nombramiento o a la aplicación de medidas disciplinarias, y hecho esto, remitirla a "EL INSABI", por conducto de la Coordinación de Recursos Humanos y Regularización de Personal, para que ésta realice las acciones conducentes.
       El levantamiento de dichas actas, correrá a cargo del servidor público designado por "LA ENTIDAD" en el párrafo segundo de la Cláusula Décima de este instrumento jurídico, con la participación del Coordinador de "EL PROGRAMA" en "LA ENTIDAD" y ante la presencia de dos testigos de asistencia. En dicho instrumento deberá darse intervención al trabajador involucrado en los hechos que dan lugar al levantamiento del acta.
       "EL INSABI", por conducto de la Coordinación de Recursos Humanos y Regularización de Personal, podrá establecer criterios específicos para el levantamiento de las referidas actas circunstanciadas, mismos que serán notificados por oficio a "LA ENTIDAD"
OCTAVA. OBLIGACIONES DE "LA ENTIDAD".- Adicionalmente a los compromisos establecidos en otras Cláusulas del presente Convenio de Colaboración, "LA ENTIDAD" se obliga a:
I.          Vigilar el cumplimiento estricto de las disposiciones legales aplicables en el ejercicio del gasto público federal, dando aviso ante las instancias respectivas por cualquier anomalía detectada al respecto, y conforme a lo establecido en las "REGLAS", por conducto de la Unidad Ejecutora, responsable ante "EL INSABI" del adecuado ejercicio y comprobación de los recursos objeto del presente instrumento jurídico.
II.         Responder por la integración y veracidad de la información técnica y financiera que presenten para el cumplimiento de los compromisos establecidos en el presente instrumento jurídico, particularmente, de aquélla generada con motivo de la aplicación, seguimiento, control, rendición de cuentas y transparencia de los recursos presupuestarios federales transferidos, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
III.        Aplicar los recursos presupuestarios federales transferidos y sus rendimientos financieros, sujetándose a los objetivos, metas e indicadores de desempeño a que se refiere el presente Convenio.
IV.        Remitir por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, a "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles posteriores a la recepción de la ministración de recursos que se detalla en los Anexos 1 y 2 del presente Convenio, los comprobantes que acrediten la recepción de dicha ministración, conforme a la normativa aplicable. La documentación comprobatoria a que se refiere este párrafo deberá remitirse en archivo electrónico con el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).
            Así mismo, la Unidad Ejecutora deberá remitir a "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles posteriores a la recepción de las ministraciones realizadas por parte de la Secretaría de Finanzas y Planeación, los comprobantes que acrediten la recepción de dichas ministraciones, conforme a la normativa aplicable.
V.         Mantener bajo su custodia la documentación comprobatoria original de los recursos presupuestarios federales erogados, hasta en tanto la misma le sea requerida por "EL INSABI" y, en su caso por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o de la Secretaría de la Función Pública y/o de los órganos fiscalizadores competentes, así como la información adicional que estas últimas le requieran.
VI.        Verificar que la documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales objeto de este Convenio, cumpla con los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales aplicables, entre otros, aquéllos que determinan los artículos 29 y 29-A, del Código Fiscal de la Federación, los que deberán expedirse a nombre de "LA ENTIDAD", para lo cual, se deberá remitir archivo electrónico CFDI, salvo en los casos de excepción establecidos en la legislación y normativa de la materia, en cuyo caso se deberán atender las disposiciones especiales para su comprobación. Así mismo, deberá remitir a "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, el archivo electrónico con la verificación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
VII.       Reintegrar a la Tesorería de la Federación dentro de los quince (15) días naturales siguientes en
que los requiera "EL INSABI", los recursos presupuestarios federales transferidos y sus rendimientos financieros, que después de radicados a la Secretaría de Finanzas y Planeación, no hayan sido ministrados a la Unidad Ejecutora, o que una vez ministrados a esta última, no sean ejercidos en los términos del presente Convenio o que se mantengan ociosos.
VIII.      Realizar con recursos propios de "LA ENTIDAD", el aseguramiento de las unidades médicas móviles asignadas en comodato o adquiridas con recursos de Nuevas Modalidades por "LA ENTIDAD" para el desarrollo de "EL PROGRAMA". Para el caso de unidades médicas móviles otorgadas en comodato la póliza de aseguramiento respectiva deberá expedirse a favor de la Tesorería de la Federación.
            Dicho aseguramiento deberá comprender, adicionalmente, a los ocupantes y equipamiento de las referidas unidades médicas móviles, con cobertura amplia y para casos de desastres naturales, garantizando que quede cubierto el presente ejercicio fiscal. Dentro de los quince (15) días naturales siguientes a la contratación del aseguramiento, "LA ENTIDAD" deberá enviar a "EL INSABI", por conducto de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, copia de las pólizas respectivas.
IX.        Realizar las acciones necesarias para el mantenimiento preventivo y correctivo de las unidades médicas móviles. "LA ENTIDAD" deberá remitir trimestralmente, a "EL INSABI", por conducto de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, dentro de los quince (15) días naturales siguientes al trimestre que se reporte, el informe correspondiente que acredite el mantenimiento preventivo y correctivo de dichas unidades, resguardando la documentación comprobatoria.
X.         Realizar con recursos propios de la "LA ENTIDAD", el pago de emplacamiento (placas de circulación), tenencia y/o derechos federales o locales que correspondan a las unidades médicas móviles.
XI.        Informar de manera trimestral a "EL INSABI", a través de la Unidad de Coordinación Nacional Médica, por conducto de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad Ejecutora, dentro de los diez (10) primeros días hábiles siguientes al trimestre que se reporta, utilizando las plataformas electrónicas desarrolladas para tal fin, la aplicación y comprobación de los recursos transferidos, los rendimientos financieros, con base en los avances financieros, relaciones de gasto, estados de cuenta bancarios y conciliaciones bancarias, respecto de los recursos presupuestarios federales transferidos con motivo de este instrumento jurídico, conforme a los Anexos 4 y 9 del presente Convenio, debiendo adjuntar archivos electrónicos con la documentación soporte correspondiente.
XII.       Estampar en la documentación comprobatoria, el sello con la leyenda "Operado con recursos presupuestarios federales, para el Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica del Ejercicio Fiscal 2022".
XIII.      Reportar y dar seguimiento trimestralmente, por conducto de la Unidad Ejecutora, dentro de los quince (15) primeros días hábiles de los meses de abril, julio y octubre correspondientes al ejercicio 2022 y enero del siguiente año, el avance en el cumplimiento de indicadores de desempeño y el resultado de las acciones que lleve a cabo, de conformidad con este instrumento jurídico.
XIV.      La Unidad Ejecutora deberá informar a "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, sobre el cierre del ejercicio presupuestario de los recursos federales asignados a "LA ENTIDAD" para la operación de "EL PROGRAMA", mediante el formato descrito en el Anexo 10, incluyendo como documentación soporte los estados de cuenta, conciliaciones bancarias y cancelación de las cuentas abiertas por ambas instancias. Dicho informe será entregado a "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, dentro de los treinta (30) días hábiles posteriores al cierre del ejercicio fiscal vigente.
XV.       Establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores de desempeño, para los que se destinen los recursos presupuestarios federales transferidos, con base en los resultados y supervisiones realizadas.
XVI.      Informar sobre la suscripción de este Convenio, al órgano técnico de fiscalización de la legislatura local en "LA ENTIDAD", por conducto de la Secretaría de Salud y de la Unidad Ejecutora.
XVII.     Realizar las gestiones para la publicación del presente instrumento jurídico en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD", así como en su página de Internet, por conducto de la Secretaría de Salud y de la Unidad Ejecutora.
XVIII.     Realizar las acciones necesarias para la promoción de la Contraloría Social de "EL PROGRAMA" con base en los documentos de Contraloría Social que la Secretaría de la Función Pública autorice, así como en las "REGLAS" de "EL PROGRAMA" y en los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social.
            Al efecto, los mecanismos y acciones para impulsar y apoyar la implementación de la Contraloría Social que se utilizarán son:
a.     Difusión. Instancia Normativa y "LA ENTIDAD".
b.    Capacitación y asesoría a servidores públicos. Instancia Normativa y "LA ENTIDAD";
c.     Capacitación a integrantes de Comités. "LA ENTIDAD".
d.    Recopilación de Informes y atención a quejas y denuncias. "LA ENTIDAD".
XIX.      Supervisar en todo momento, a través del servidor público designado por "LA ENTIDAD" en el párrafo segundo de la Cláusula Décima de este instrumento jurídico, con la participación del Coordinador de "EL PROGRAMA" en "LA ENTIDAD", que las personas que integran la plantilla de personal asignada para la operación de "EL PROGRAMA", cumplan cabalmente con las funciones inherentes a sus puestos, así como que, en el cumplimiento de las mismas, se apeguen a lo previsto en las disposiciones jurídicas aplicable.
XX.       Responder por la integración y veracidad de la información que recabe respecto de las personas que proponga para ocupar las plazas que se asignen a "EL PROGRAMA".
NOVENA. OBLIGACIONES DE "EL INSABI". - Adicionalmente a los compromisos establecidos en otras Cláusulas del presente Convenio de Colaboración, "EL INSABI" se obliga a:
I.          Transferir a "LA ENTIDAD", a través de la Coordinación de Financiamiento, con el carácter de subsidios, los recursos presupuestarios federales a que se refiere el presente Convenio, conforme al periodo de ministración establecido en su Anexo 2.
II.         Verificar, a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, que los recursos presupuestarios federales que en virtud de este instrumento jurídico se transfieran, sean aplicados únicamente para la realización del objeto del mismo, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal y/o de "LA ENTIDAD".
III.        Practicar periódicamente, a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, dependiendo de su disponibilidad de personal y presupuestaria, visitas de supervisión de acuerdo con el calendario y planeación que para tal efecto se establezca con "LA ENTIDAD", conforme al formato de visitas establecido en el Anexo 11, con el propósito de verificar el uso adecuado de los recursos y el estado general que guarden los bienes dados en comodato.
IV.        Solicitar a "LA ENTIDAD", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, dentro de los primeros quince días hábiles de los
meses de abril, julio y octubre correspondientes al ejercicio 2022 y enero del siguiente año, el avance en el cumplimiento de indicadores de desempeño Anexo 6 y el resultado de las acciones que lleve a cabo, de conformidad con este instrumento jurídico.
V.         Dar seguimiento, a través de la Coordinación de Atención a la Salud, al ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos y rendimientos financieros, con base en lo reportado en el Anexo 9, así como en el Anexo 4.
VI.        Solicitar, a través de la Coordinación de Atención a la Salud, la documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales transferidos, que "LA ENTIDAD" debe presentar a "EL INSABI", en términos de lo estipulado en el presente Convenio.
VII.       Presentar el Informe de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal y los demás informes que sean requeridos, sobre la aplicación de los recursos transferidos con motivo del presente Convenio.
VIII.      Dar seguimiento trimestral, a través de la Coordinación de Atención a la Salud, en coordinación con "LA ENTIDAD", sobre el avance en el cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico.
IX.        Realizar, en el ámbito de su competencia, a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, la verificación y seguimiento de los recursos presupuestarios federales que en virtud de este instrumento serán ministrados a "LA ENTIDAD", de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables en materia del ejercicio del gasto público federal.
X.         Verificar a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, de manera aleatoria, que las unidades médicas móviles estén cubriendo la totalidad de rutas previamente planeadas y avaladas, así como prestando los servicios establecidos en las "REGLAS".
XI.        Realizar las gestiones necesarias para la publicación del presente instrumento jurídico en el Diario Oficial de la Federación.
XII.       Difundir en la página de Internet de "EL INSABI", el presente instrumento jurídico en el que se señalan los recursos presupuestarios federales transferidos para la operación "EL PROGRAMA", en los términos de las disposiciones aplicables.
XIII.      Establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores de desempeño, para los que se destinen los recursos presupuestarios federales transferidos.
XIV.      Realizar, por conducto de la Coordinación de Recursos Humanos y Regularización de Personal, las acciones conducentes para llevar a cabo la contratación de las personas que habrán de ocupar la plantilla de personal que se asignará a "LA ENTIDAD", para la operación de "EL PROGRAMA", en los términos previstos en las "REGLAS" y el presente instrumento jurídico.
DÉCIMA. ACCIONES DE VERIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO. - La verificación y seguimiento al ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos por "EL INSABI" a "LA ENTIDAD" con motivo del presente instrumento jurídico, corresponderá a "EL INSABI" a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, en los términos de las disposiciones aplicables y estipulaciones del presente Convenio. En lo que respecta a la contratación del personal que se asignará a "LA ENTIDAD" para la operación de "EL PROGRAMA", dicha responsabilidad corresponderá al titular de la Coordinación de Recursos Humanos y Regularización de Personal.
Por lo que respecta a "LA ENTIDAD", la verificación y seguimiento al correcto ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos por "EL INSABI" a "LA ENTIDAD", así como el seguimiento de las acciones que realice el personal que se asigne a esta última para la operación de "EL PROGRAMA", estará a cargo de la persona titular de la Dirección Administrativa de Servicios de Salud de Veracruz y la persona titular de la Dirección de Atención Médica de Servicios de Salud de Veracruz en "LA ENTIDAD".
Cuando los servidores públicos que participen en la ejecución del Convenio, detecten que los recursos presupuestarios federales transferidos han sido utilizados para fines distintos a los que se señalan en el Convenio, o que el personal asignado a "LA ENTIDAD", realice acciones distintas a las previstas en las "REGLAS" y el presente instrumento jurídico, deberán hacerlo del conocimiento, en forma inmediata, de la Auditoría Superior de la Federación y de la Secretaría de la Función Pública y, en su caso, del Ministerio Público de la Federación.
DÉCIMA PRIMERA. RELACIÓN LABORAL.- Queda expresamente estipulado por "LAS PARTES", que el personal contratado, empleado o comisionado por cada una de ellas para dar cumplimiento al presente instrumento jurídico, guardará relación laboral únicamente con aquélla que lo contrató, empleó o comisionó, por lo que asumen plena responsabilidad por este concepto, sin que en ningún caso, la otra parte pueda ser considerada como patrón sustituto o solidario, obligándose en consecuencia, cada una de ellas, a sacar a la otra, en paz y a salvo, frente a cualquier reclamación o demanda, que su personal pretendiese entablar en su contra, deslindándose desde ahora de cualquier responsabilidad de carácter laboral, civil, penal, administrativa o de cualquier otra naturaleza jurídica que en ese sentido se les quiera fincar.
DÉCIMA SEGUNDA. VIGENCIA. - El presente Convenio surtirá sus efectos anuales a partir de la fecha de su suscripción y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2022.
DÉCIMA TERCERA. MODIFICACIONES AL CONVENIO.- "LAS PARTES" acuerdan que el presente Convenio podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD".
En circunstancias especiales, caso fortuito o de fuerza mayor, para la realización del objeto previsto en este instrumento jurídico, "LAS PARTES" acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas eventualidades. En todo caso, las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del Convenio Modificatorio correspondiente.
DÉCIMA CUARTA. El presente Convenio podrá darse por terminado de manera anticipada por cualquiera de las causas siguientes:
I.          Por acuerdo de "LAS PARTES".
II.         Por no existir la disponibilidad presupuestaria para hacer frente a los compromisos que adquiere "EL INSABI".
III.        Por caso fortuito o fuerza mayor.
DÉCIMA QUINTA. CAUSAS DE RESCISIÓN.- El presente Convenio podrá rescindirse, por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en el presente instrumento jurídico.
DÉCIMA SEXTA. INTERPRETACIÓN Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES convienen en que las controversias que se originen con motivo de la interpretación o cumplimiento del presente Convenio serán resueltas por las mismas de común acuerdo. En el caso de subsistir la controversia, convienen en someterse a los tribunales federales competentes en la Ciudad de México, renunciando en consecuencia, a cualquier otra jurisdicción que pudiere corresponderles en razón de sus domicilios presentes o futuros.
Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio, lo firman por quintuplicado, en la Ciudad de México, a los veinticinco días del mes de mayo de dos mil veintidós.- Por el INSABI: el Director General, Mtro. Juan Antonio Ferrer Aguilar.- Rúbrica.- Firma en suplencia por ausencia del Titular de la Unidad de Coordinación Nacional Médica del Instituto de Salud para el Bienestar, con fundamento en lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo sexagésimo sexto del Estatuto Orgánico del Instituto de Salud para el Bienestar, el Coordinador de Atención a la Salud, Dr. Juan José Mazón Ramírez.- Rúbrica.- Firma en suplencia por ausencia del Titular de la Coordinación de Financiamiento del Instituto de Salud para el Bienestar, con fundamento en lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo sexagésimo sexto del Estatuto Orgánico del Instituto de Salud para el Bienestar, el Director de Administración Financiera del Fideicomiso, M. en Aud. Vicente Reyes Magaña.- Rúbrica.- El Coordinador de Recursos Humanos y Regularización de Personal, Mtro. Candelario Pérez Alvarado.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Finanzas y Planeación, Mtro. José Luis Lima Franco.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General del Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud de Veracruz, Dr. Gerardo Díaz Morales.- Rúbrica.
ANEXO 1 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS

CAPÍTULO Y PARTIDA DE GASTO
APORTACIÓN FEDERAL
4000 "Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras
Ayudas"
43801 "Subsidios a las Entidades Federativas y Municipios.
$868,038.90
TOTAL
$868,038.90
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $868,038.90 (Ochocientos sesenta y ocho mil treinta y ocho pesos 90/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz Ignacio de la Llave, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, la Secretaría de Salud del Estado de Veracruz y Servicios de Salud de Veracruz.
ANEXO 1A DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, DEL PROGRAMA S200 FORTALECIMIENTO
A LA ATENCIÓN MÉDICA
ASIGNACIÓN DE RECURSOS HUMANOS

ASIGNACIÓN DE RECURSOS HUMANOS*
CONTRATACIÓN CENTRALIZADA INSABI
1000 "Servicios Personales"
Médicos Residentes para trabajo Comunitario Itinerante
$21,858,144.70
1000 "Servicios Personales"
Contratación de personal operativo y gerencial
$39,617,085.19
TOTAL
$61,475,229.89
 
*Recurso que se destinará hasta por la cantidad señalada en el cuadro, dicha cantidad podrá ser menor con base en las vacancias, faltas, retardos y/o criterios que determine la Coordinación de Recursos Humanos y Regularización de Personal.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $868,038.90 (Ochocientos sesenta y ocho mil treinta y ocho pesos 90/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz Ignacio de la Llave, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, la Secretaría de Salud del Estado de Veracruz y Servicios de Salud de Veracruz.
ANEXO 2 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
PERIODO PARA MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES Y ASIGNACIÓN DE RECURSOS
HUMANOS

CONCEPTO
PERIODO:
Transferencia de recursos
4000 "Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras
Ayudas"
43801 "Subsidios a las Entidades Federativas y
Municipios.
ENERO-MAYO
Asignación de personal
1000 "Servicios Personales"
Médicos Residentes para el trabajo social comunitario
itinerante
Contratación de personal operativo y gerencial
A PARTIR DE ENERO
A PARTIR DE FEBRERO
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $868,038.90 (Ochocientos sesenta y ocho mil treinta y ocho pesos 90/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz Ignacio de la Llave, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, la Secretaría de Salud del Estado de Veracruz y Servicios de Salud de Veracruz.
ANEXO 3 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
DISTRIBUCIÓN DEL GASTO POR CONCEPTO Y PARTIDA DE GASTO PARA LA APLICACIÓN DE LOS RECURSOS
TRANSFERIDOS A "LA ENTIDAD"

GASTOS DE OPERACIÓN ANUALES PARA 43 UMM
TOTAL 2022
3700      "SERVICIOS DE TRASLADO Y VIÁTICOS" (*)
$737,833.07
33604    "IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES" (**)
$130,205.83
TOTAL
$868,038.90
 
* Los recursos presupuestarios transferidos en el concepto de gasto 3700, podrán ser ejercidos por la entidad federativa en cualquiera de las partidas presupuestarias señaladas en el Anexo 7 de este Convenio y los rendimientos financieros derivados de esta transferencia, podrán ser aplicados a las partidas presupuestarias señaladas en el Anexo 7A.
En caso de que personal de "EL PROGRAMA" en la entidad federativa, realice comisiones oficiales, en las cuales genere gastos por concepto de otros impuestos y derechos, podrá comprobar el gasto en la partida 39202.
** Los recursos presupuestarios transferidos para la partida presupuestal 33604, deberán ser ejercidos para cubrir los gastos de los servicios de impresión y elaboración de material informativo para su uso en la contraloría social.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $868,038.90 (Ochocientos sesenta y ocho mil treinta y ocho pesos 90/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz Ignacio de la Llave, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, la Secretaría de Salud del Estado de Veracruz y Servicios de Salud de Veracruz.
 

INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL ANEXO 4 FORMATO DE CERTIFICACIÓN DE GASTO 2022 PARA "GASTOS
DE OPERACIÓN"
INSTRUCTIVO
Se deberá anotar lo siguiente:
1
Entidad Federativa.
 
12
Especificar si es contrato o pedido
2
Monto por concepto de gasto
 
13
Proveedor o Prestador de Servicios
3
Concepto de Gasto de Aplicación
 
14
Importe del CFDI (incluye IVA) y/o ISR.
4
Nombre del Concepto de Gasto
 
15
Observaciones Generales
5
Fecha de elaboración del certificado
 
16
Total del gasto efectuado.
6
Partida Específica de gasto
 
17
Nombre del Responsable de elaborar la comprobación.
7
Número del Comprobante Fiscal Digital por Internet(CFDI)
 
18
Cargo del Responsable de elaborar la comprobación.
8
Número de la Clave Única de Establecimientos de Salud (CLUES)
 
19
Titular de la Dirección Administrativa de los Servicios de Salud (o equivalente).
9
Póliza Cheque y/o Transferencia Electrónica del pago efectuado
 
20
Titular de la Secretaría de Salud Estatal o Titular de los Servicios de Salud de la Entidad Federativa (o su equivalente)
10
Fecha de la Póliza de Cheque y/o Transferencia Electrónica
 
11
Siglas de la modalidad de adquisición (conforme a la LAASSP)
 
21
Mes en que se reporta
 
NOTA: ES IMPORTANTE MENCIONAR QUE DEBERÁ EMITIRSE UN FORMATO DE CERTIFICACIÓN DE GASTO POR CADA CONCEPTO DE GASTO COMPROBADO (EJERCIDO), ASÍ COMO PARA EL CASO DE LOS RENDIMIENTOS FINANCIEROS, DE ACUERDO AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS ASIGNADOS A LA ENTIDAD FEDERATIVA.
LA DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA DEL GASTO DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES OBJETO DE ESTE CONVENIO DE COLABORACIÓN, DEBERÁ CUMPLIR CON LOS REQUISITOS FISCALES ESTABLECIDOS EN LAS DISPOSICIONES FEDERALES APLICABLES, COMO SON ENTRE OTROS LOS DISPUESTOS POR LOS ARTÍCULOS 29 Y 29-A DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, LOS CUALES DEBERÁN EXPEDIRSE A NOMBRE DE "LA ENTIDAD" (SEGÚN CORRESPONDA), ESTABLECIENDO DOMICILIO, REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (RFC), CONCEPTOS DE PAGO, ETC., PARA LO CUAL DEBERÁ REMITIR ARCHIVO ELECTRÓNICO DEL COMPROBANTE FISCAL DIGITAL POR INTERNET (CFDI), SALVO LOS CASOS DE EXCEPCIÓN ESTABLECIDOS EN LA LEGISLACIÓN Y NORMATIVA DE LA MATERIA QUE ASÍ LO ESTABLEZCA, EN CUYO CASO SE DEBERÁN ATENDER LAS DISPOSICIONES ESPECIALES PARA SU COMPROBACIÓN. ASIMISMO, DEBERÁ REMITIR ARCHIVO ELECTRÓNICO CON LA VERIFICACIÓN DE COMPROBANTES FISCALES DIGITALES POR INTERNET, EMITIDO POR EL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SAT). ASIMISMO, SE DEBE DAR CUMPLIMIENTO A LO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 66 DEL REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $868,038.90 (Ochocientos sesenta y ocho mil treinta y ocho pesos 90/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz Ignacio de la Llave, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, la Secretaría de Salud del Estado de Veracruz y Servicios de Salud de Veracruz.
ANEXO 5 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
RUTAS 2022
ENTIDAD FEDERATIVA: VERACRUZ
No. de unidades Beneficiadas: 24 UMM-0, 12 UMM-1, 5 UMM-2 y 2 UMM-3.
Dirección General de Información en Salud
Localidades en ruta
Població
n
Objetivo
(INEGI)
Personal
Jornad
a de la
Unidad
Móvil
Red de Atención
CLUES
Nombre de la
UMM
Tipo
de
UMM
y
año
Municipio
Centro de Salud ANCLA (para
las Tipo 0)
Unidad de 2° Nivel
(Emergencias Obstétricas)
Clav
e
Nombre
Clave
Nombre
Localidad
CLUES
Nombre
CLUES
Nombre
VZSSA015936
Caravana Tipo 1 Ocotempa
UMM-1, 2007
168
Tequila
301680007
Ocotempa
398
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015936
Caravana Tipo 1 Ocotempa
UMM-1, 2007
168
Tequila
301680006
Mitepec
277
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015936
Caravana Tipo 1 Ocotempa
UMM-1, 2007
168
Tequila
301680005
Chapultepec El Grande
261
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015936
Caravana Tipo 1 Ocotempa
UMM-1, 2007
168
Tequila
301680042
Moxala
432
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015936
Caravana Tipo 1 Ocotempa
UMM-1, 2007
168
Tequila
301680002
Ahuatepec
357
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015936
Caravana Tipo 1 Ocotempa
UMM-1, 2007
137
Los Reyes
301370011
Totolatempa
125
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015936
Caravana Tipo 1 Ocotempa
UMM-1, 2007
2
 
6
1,850
3
Lunes -
Viernes
8 h
0
0
1
1
VZSSA015953
Caravana Tipo 1 Tenexcalco
UMM-1, 2007
110
Mixtla de Altamirano
301100005
Tenexcalco
182
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015953
Caravana Tipo 1 Tenexcalco
UMM-1, 2007
110
Mixtla de Altamirano
301100043
Cruztitla
17
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015953
Caravana Tipo 1 Tenexcalco
UMM-1, 2007
110
Mixtla de Altamirano
301100012
Ahuacatla
373
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015953
Caravana Tipo 1 Tenexcalco
UMM-1, 2007
110
Mixtla de Altamirano
301100009
Xala
333
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015953
Caravana Tipo 1 Tenexcalco
UMM-1, 2007
110
Mixtla de Altamirano
301100045
Xometla
127
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015953
Caravana Tipo 1 Tenexcalco
UMM-1, 2007
110
Mixtla de Altamirano
301100034
Cruztitla
58
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015953
Caravana Tipo 1 Tenexcalco
UMM-1, 2007
110
Mixtla de Altamirano
301100006
Tetzilquila
176
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015953
Caravana Tipo 1 Tenexcalco
UMM-1, 2007
110
Mixtla de Altamirano
301100008
Tlachicuapa
150
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015953
Caravana Tipo 1 Tenexcalco
UMM-1, 2007
159
Tehuipango
301590031
Aguacatla
101
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015953
Caravana Tipo 1 Tenexcalco
UMM-1, 2007
2
 
9
1,517
3
Lunes -
Viernes
8 h
0
0
1
1
VZSSA015965
Caravana Tipo 2 Tepecuitlapa
UMM-2, 2007
159
Tehuipango
301590026
Ojo de Agua
925
médico(a)
general,
un
odontólog
o (a), un
(a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015965
Caravana Tipo 2 Tepecuitlapa
UMM-2, 2007
159
Tehuipango
301590024
Tepecuitlapa
1,111
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015965
Caravana Tipo 2 Tepecuitlapa
UMM-2, 2007
159
Tehuipango
301590038
Xaltepec
705
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015965
Caravana Tipo 2 Tepecuitlapa
UMM-2, 2007
159
Tehuipango
301590029
Tlalchichicaspa
729
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015965
Caravana Tipo 2 Tepecuitlapa
UMM-2, 2007
 
1
 
4
3,470
4
Lunes -
Viernes
8 h
0
0
1
1
VZSSA015941
Caravana Tipo 2 Tepepa
UMM-2, 2007
184
Tlaquilpa
301840022
Tepepa
218
médico(a)
general,
un
odontólog
o (a), un
(a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015941
Caravana Tipo 2 Tepepa
UMM-2, 2007
019
Astacinga
300190002
Acuayucan
666
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015941
Caravana Tipo 2 Tepepa
UMM-2, 2007
019
Astacinga
300190024
Mapachica
94
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015941
Caravana Tipo 2 Tepepa
UMM-2, 2007
019
Astacinga
300190005
Acatitla
650
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015941
Caravana Tipo 2 Tepepa
UMM-2, 2007
019
Astacinga
300190023
Cuatipanca
418
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
 
 
VZSSA015941
Caravana Tipo 2 Tepepa
UMM-2, 2007
 
2
 
5
2,046
4
Lunes -
Viernes
8 h
0
0
1
1
VZSSA015982
Caravana Tipo 2 Potrero de Monroy
UMM-2, 2007
072
Huayacocotla
300720023
Potrero de Monroy
487
médico(a)
general,
un
odontólog
o (a), un
(a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
 
 
VZSSA002434
H.R. de Huayacocotla
VZSSA015982
Caravana Tipo 2 Potrero de Monroy
UMM-2, 2007
072
Huayacocotla
300720026
Rosa de Castilla
79
 
 
VZSSA002434
H.R. de Huayacocotla
VZSSA015982
Caravana Tipo 2 Potrero de Monroy
UMM-2, 2007
072
Huayacocotla
300720004
Altamira
143
 
 
VZSSA002434
H.R. de Huayacocotla
VZSSA015982
Caravana Tipo 2 Potrero de Monroy
UMM-2, 2007
072
Huayacocotla
300720084
Rancho Alegre
43
 
 
VZSSA002434
H.R. de Huayacocotla
VZSSA015982
Caravana Tipo 2 Potrero de Monroy
UMM-2, 2007
072
Huayacocotla
300720082
Donangú Barrio Arriba
121
 
 
VZSSA002434
H.R. de Huayacocotla
VZSSA015982
Caravana Tipo 2 Potrero de Monroy
UMM-2, 2007
072
Huayacocotla
300720055
El Cupil
100
 
 
VZSSA002434
H.R. de Huayacocotla
VZSSA015982
Caravana Tipo 2 Potrero de Monroy
UMM-2, 2007
072
Huayacocotla
300720048
Chichapala
148
 
 
VZSSA002434
H.R. de Huayacocotla
VZSSA015982
Caravana Tipo 2 Potrero de Monroy
UMM-2, 2007
072
Huayacocotla
300720087
Cruz Bendita
4
 
 
VZSSA002434
H.R. de Huayacocotla
VZSSA015982
Caravana Tipo 2 Potrero de Monroy
UMM-2, 2007
072
Huayacocotla
300720038
El Zayado
11
 
 
VZSSA002434
H.R. de Huayacocotla
VZSSA015982
Caravana Tipo 2 Potrero de Monroy
UMM-2, 2007
072
Huayacocotla
300720100
Chapala
5
 
 
VZSSA002434
H.R. de Huayacocotla
VZSSA015982
Caravana Tipo 2 Potrero de Monroy
UMM-2, 2007
072
Huayacocotla
300720102
El Desa
*
 
 
VZSSA002434
H.R. de Huayacocotla
VZSSA015982
Caravana Tipo 2 Potrero de Monroy
UMM-2, 2007
072
Huayacocotla
300720069
La Paloma
77
 
 
VZSSA002434
H.R. de Huayacocotla
VZSSA015982
Caravana Tipo 2 Potrero de Monroy
UMM-2, 2007
072
Huayacocotla
300720074
Tzitzabí
6
 
 
VZSSA002434
H.R. de Huayacocotla
VZSSA015982
Caravana Tipo 2 Potrero de Monroy
UMM-2, 2007
072
Huayacocotla
300720013
Dejigüí
4
 
 
VZSSA002434
H.R. de Huayacocotla
VZSSA015982
Caravana Tipo 2 Potrero de Monroy
UMM-2, 2007
072
Huayacocotla
300720007
La Calera
26
 
 
VZSSA002434
H.R. de Huayacocotla
VZSSA015982
Caravana Tipo 2 Potrero de Monroy
UMM-2, 2007
 
1
 
15
1,254
4
Lunes -
Viernes
8 h
0
0
1
1
VZSSA015994
Caravana Tipo 0 Tenexco
UMM-0, 2009
076
Ilamatlán
300760018
Tenexco
142
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA002574
C.S. Ilamatlán
VZSSA004744
Hospital Regional Poza Rica
VZSSA015994
Caravana Tipo 0 Tenexco
UMM-0, 2009
076
Ilamatlán
300760004
Atempa
552
VZSSA002574
C.S. Ilamatlán
VZSSA004744
Hospital Regional Poza Rica
VZSSA015994
Caravana Tipo 0 Tenexco
UMM-0, 2009
076
Ilamatlán
300760006
Conquextla
507
VZSSA002574
C.S. Ilamatlán
VZSSA004744
Hospital Regional Poza Rica
VZSSA015994
Caravana Tipo 0 Tenexco
UMM-0, 2009
076
Ilamatlán
300760025
Achiyahual
149
VZSSA002574
C.S. Ilamatlán
VZSSA004744
Hospital Regional Poza Rica
VZSSA015994
Caravana Tipo 0 Tenexco
UMM-0, 2009
076
Ilamatlán
300760024
Cebolleja
26
VZSSA002574
C.S. Ilamatlán
VZSSA004744
Hospital Regional Poza Rica
VZSSA015994
Caravana Tipo 0 Tenexco
UMM-0, 2009
076
Ilamatlán
300760032
Xaltipa
154
VZSSA002574
C.S. Ilamatlán
VZSSA004744
Hospital Regional Poza Rica
VZSSA015994
Caravana Tipo 0 Tenexco
UMM-0, 2009
076
Ilamatlán
300760031
Tonalixco
54
VZSSA002574
C.S. Ilamatlán
VZSSA004744
Hospital Regional Poza Rica
VZSSA015994
Caravana Tipo 0 Tenexco
UMM-0, 2009
 
1
 
7
1,584
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016006
Caravana Tipo 2 Hilario C. Salas
UMM-2, 2007
149
Soteapan
301490011
General Hilario C. Salas
754
médico(a)
general,
un
odontólog
o (a), un
(a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
 
 
VZSSA007882
H.G. de Oluta
VZSSA016006
Caravana Tipo 2 Hilario C. Salas
UMM-2, 2007
073
Hueyapan de Ocampo
300730028
Loma de la Palma
703
 
 
VZSSA007882
H.G. de Oluta
VZSSA016006
Caravana Tipo 2 Hilario C. Salas
UMM-2, 2007
149
Soteapan
301490046
Cerro Colorado
211
 
 
VZSSA007882
H.G. de Oluta
VZSSA016006
Caravana Tipo 2 Hilario C. Salas
UMM-2, 2007
149
Soteapan
301490058
Pop-Sojnas
114
 
 
VZSSA007882
H.G. de Oluta
VZSSA016006
Caravana Tipo 2 Hilario C. Salas
UMM-2, 2007
 
2
 
4
1,782
4
Lunes -
Viernes
8 h
0
0
1
1
VZSSA016866
Caravana Tipo 0 Demantza
UMM-0, 2009
198
Zacualpan
301980043
El Demantza
244
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA004143
Pajapan
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016866
Caravana Tipo 0 Demantza
UMM-0, 2009
198
Zacualpan
301980006
El Capulín
230
VZSSA004143
Pajapan
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016866
Caravana Tipo 0 Demantza
UMM-0, 2009
198
Zacualpan
301980009
Cerro Chato
133
VZSSA004143
Pajapan
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016866
Caravana Tipo 0 Demantza
UMM-0, 2009
198
Zacualpan
301980025
Palos Altos
3
VZSSA004143
Pajapan
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016866
Caravana Tipo 0 Demantza
UMM-0, 2009
198
Zacualpan
301980007
Carrizal Grande
94
VZSSA004143
Pajapan
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016866
Caravana Tipo 0 Demantza
UMM-0, 2009
198
Zacualpan
301980018
El Madotzi
46
VZSSA004143
Pajapan
VZSSA007882
H.G. Oluta
 
 
VZSSA016866
Caravana Tipo 0 Demantza
UMM-0, 2009
 
1
 
6
750
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016871
Caravana Tipo 0 Landero y Coss
UMM-0, 2009
180
Tlachichilco
301800008
Landero Y Coss
369
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA006593
Tlachichilco
VZSSA004744
Hospital Regional Poza Rica
VZSSA016871
Caravana Tipo 0 Landero y Coss
UMM-0, 2009
180
Tlachichilco
301800018
Víctor Rosales
180
VZSSA006593
Tlachichilco
VZSSA004744
Hospital Regional Poza Rica
VZSSA016871
Caravana Tipo 0 Landero y Coss
UMM-0, 2009
180
Tlachichilco
301800022
La Pahua
108
VZSSA006593
Tlachichilco
VZSSA004744
Hospital Regional Poza Rica
VZSSA016871
Caravana Tipo 0 Landero y Coss
UMM-0, 2009
180
Tlachichilco
301800045
Cerca de Piedra
11
VZSSA006593
Tlachichilco
VZSSA004744
Hospital Regional Poza Rica
VZSSA016871
Caravana Tipo 0 Landero y Coss
UMM-0, 2009
180
Tlachichilco
301800015
San Miguel
63
VZSSA006593
Tlachichilco
VZSSA004744
Hospital Regional Poza Rica
VZSSA016871
Caravana Tipo 0 Landero y Coss
UMM-0, 2009
180
Tlachichilco
301800017
Tuzancalli
76
VZSSA006593
Tlachichilco
VZSSA004744
Hospital Regional Poza Rica
VZSSA016871
Caravana Tipo 0 Landero y Coss
UMM-0, 2009
083
Ixhuatlán de Madero
300830012
Cerro del Progreso
448
VZSSA006593
Tlachichilco
VZSSA004744
Hospital Regional Poza Rica
VZSSA016871
Caravana Tipo 0 Landero y Coss
UMM-0, 2009
083
Ixhuatlán de Madero
300830057
Plan del Encinal (El Encinal)
382
VZSSA006593
Tlachichilco
VZSSA004744
Hospital Regional Poza Rica
VZSSA016871
Caravana Tipo 0 Landero y Coss
UMM-0, 2009
083
Ixhuatlán de Madero
300830125
El Ojite (Progreso)
9
VZSSA006593
Tlachichilco
VZSSA004744
Hospital Regional Poza Rica
VZSSA016871
Caravana Tipo 0 Landero y Coss
UMM-0, 2009
180
Tlachichilco
301800076
Lindero de Landero y Coss
*
VZSSA006593
Tlachichilco
VZSSA004744
Hospital Regional Poza Rica
VZSSA016871
Caravana Tipo 0 Landero y Coss
UMM-0, 2009
180
Tlachichilco
301800046
La Primavera
*
VZSSA006593
Tlachichilco
VZSSA004744
Hospital Regional Poza Rica
VZSSA016871
Caravana Tipo 0 Landero y Coss
UMM-0, 2009
 
2
 
11
1,646
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016376
Caravana Tipo 2 Cerro Mirador
UMM-2, 2007
155
Tantoyuca
301550065
Cerro Mirador
374
médico(a)
general,
un
odontólog
o (a), un
(a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
 
 
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016376
Caravana Tipo 2 Cerro Mirador
UMM-2, 2007
155
Tantoyuca
301550456
Cerro Jocutla
75
 
 
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016376
Caravana Tipo 2 Cerro Mirador
UMM-2, 2007
155
Tantoyuca
301550029
Jocutla
1
 
 
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016376
Caravana Tipo 2 Cerro Mirador
UMM-2, 2007
155
Tantoyuca
301550064
El Mirador
547
 
 
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016376
Caravana Tipo 2 Cerro Mirador
UMM-2, 2007
155
Tantoyuca
301550336
El Lindero
293
 
 
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016376
Caravana Tipo 2 Cerro Mirador
UMM-2, 2007
155
Tantoyuca
301550074
El Terrero
52
 
 
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016376
Caravana Tipo 2 Cerro Mirador
UMM-2, 2007
155
Tantoyuca
301550543
La Rivera
*
 
 
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016376
Caravana Tipo 2 Cerro Mirador
UMM-2, 2007
155
Tantoyuca
301550300
El Mayito (La Condesa)
*
 
 
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016376
Caravana Tipo 2 Cerro Mirador
UMM-2, 2007
155
Tantoyuca
301550409
Condesa Chica Tepezquingo
3
 
 
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016376
Caravana Tipo 2 Cerro Mirador
UMM-2, 2007
155
Tantoyuca
301550090
La Chaca
60
 
 
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016376
Caravana Tipo 2 Cerro Mirador
UMM-2, 2007
155
Tantoyuca
301550080
El Coyol
319
 
 
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016376
Caravana Tipo 2 Cerro Mirador
UMM-2, 2007
155
Tantoyuca
301550232
Tetillas
399
 
 
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016376
Caravana Tipo 2 Cerro Mirador
UMM-2, 2007
155
Tantoyuca
301550412
Tianguis
83
 
 
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016376
Caravana Tipo 2 Cerro Mirador
UMM-2, 2007
 
1
 
13
2,206
4
Lunes -
Viernes
8 h
0
0
1
1
VZSSA016381
Caravana Tipo 0 El Mirador
UMM-0, 2009
056
Chiconamel
300560020
El Mirador
352
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA004650
La Crinolina
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016381
Caravana Tipo 0 El Mirador
UMM-0, 2009
056
Chiconamel
300560067
Las Flores
33
VZSSA004650
La Crinolina
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016381
Caravana Tipo 0 El Mirador
UMM-0, 2009
056
Chiconamel
300560042
La Tortuga
44
VZSSA004650
La Crinolina
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016381
Caravana Tipo 0 El Mirador
UMM-0, 2009
056
Chiconamel
300560009
Cuahuizoco
30
VZSSA004650
La Crinolina
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016381
Caravana Tipo 0 El Mirador
UMM-0, 2009
056
Chiconamel
300560089
Venados
229
VZSSA004650
La Crinolina
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016381
Caravana Tipo 0 El Mirador
UMM-0, 2009
056
Chiconamel
300560040
El Tiznado
58
VZSSA004650
La Crinolina
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016381
Caravana Tipo 0 El Mirador
UMM-0, 2009
056
Chiconamel
300560041
Taltamaya
184
 
 
VZSSA004650
La Crinolina
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016381
Caravana Tipo 0 El Mirador
UMM-0, 2009
056
Chiconamel
300560078
El Chaparral
32
VZSSA004650
La Crinolina
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016381
Caravana Tipo 0 El Mirador
UMM-0, 2009
056
Chiconamel
300560033
El Suspiro
6
VZSSA004650
La Crinolina
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016381
Caravana Tipo 0 El Mirador
UMM-0, 2009
056
Chiconamel
300560006
El Cepillo
190
VZSSA004650
La Crinolina
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016381
Caravana Tipo 0 El Mirador
UMM-0, 2009
056
Chiconamel
300560043
La Coronilla
5
VZSSA004650
La Crinolina
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
 
 
VZSSA016381
Caravana Tipo 0 El Mirador
UMM-0, 2009
 
1
 
11
1,163
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550468
Alto Mincuini
2
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550515
El Valdez
9
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550516
El Capricho
*
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550531
Las Ánimas
1
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550616
Los Cedros
5
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550625
La Mata
3
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550716
Buenos Aires
6
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550717
El Acuario
2
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550719
El Indio
15
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550720
El Limón
3
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550723
El Paraíso
4
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550724
El Principio
7
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550725
El Retache
9
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550727
La Casita
5
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
p
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550729
La Palma
2
o
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550730
Loma de Piedra
36
l
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550732
Tres Hermanos
7
i
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550424
Zapupe
72
v
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550496
El Sauce
13
a
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550500
El Rosal
1
l
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550507
El Milagro
*
e
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550514
Colima
*
n
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550288
Cariño
*
t
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550329
Jopoy
10
e
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550236
Tortugas
40
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550070
Coposo
25
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550187
Piedra de Cal
17
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550208
La Ribera
32
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550217
El Chote
7
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550266
Cruz de Palma
13
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550319
El Estribo
16
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550369
Piedras Negras
13
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550391
San Ventura
5
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550133
La Lomita
36
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550184
El Mirador
8
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
 
 
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
 
1
 
35
424
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016574
Caravana Tipo 0 Calzontepec
UMM-0, 2009
079
Ixhuacán de los Reyes
300790011
Caltzontepec
554
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA002644
Ixhuacan de los Reyes
VZSSA004580
H.G. Perote.
VZSSA016574
Caravana Tipo 0 Calzontepec
UMM-0, 2009
025
Ayahualulco
300250030
San Francisco
587
VZSSA002644
Ixhuacan de los Reyes
VZSSA004580
H.G. Perote.
VZSSA016574
Caravana Tipo 0 Calzontepec
UMM-0, 2009
025
Ayahualulco
300250034
El Potrero
41
VZSSA002644
Ixhuacan de los Reyes
VZSSA004580
H.G. Perote.
VZSSA016574
Caravana Tipo 0 Calzontepec
UMM-0, 2009
079
Ixhuacán de los Reyes
300790033
Atlivayán
24
VZSSA002644
Ixhuacan de los Reyes
VZSSA004580
H.G. Perote.
VZSSA016574
Caravana Tipo 0 Calzontepec
UMM-0, 2009
025
Ayahualulco
300250009
Mazazontipan
314
VZSSA002644
Ixhuacan de los Reyes
VZSSA004580
H.G. Perote.
VZSSA016574
Caravana Tipo 0 Calzontepec
UMM-0, 2009
079
Ixhuacán de los Reyes
300790059
El Futuro
125
VZSSA002644
Ixhuacan de los Reyes
VZSSA004580
H.G. Perote.
VZSSA016574
Caravana Tipo 0 Calzontepec
UMM-0, 2009
079
Ixhuacán de los Reyes
300790010
El Carrizal
269
VZSSA002644
Ixhuacan de los Reyes
VZSSA004580
H.G. Perote.
VZSSA016574
Caravana Tipo 0 Calzontepec
UMM-0, 2009
025
Ayahualulco
300250053
Loma Alta
274
VZSSA002644
Ixhuacan de los Reyes
VZSSA004580
H.G. Perote.
VZSSA016574
Caravana Tipo 0 Calzontepec
UMM-0, 2009
 
2
 
8
2,188
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016615
Caravana Tipo 0 Benito Juárez
UMM-0, 2009
008
Alpatláhuac
300080031
Colonia Benito Juárez
208
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA000252
Alpatlahuac
VZSSA001355
H.G. de Córdoba-Yanga
VZSSA016615
Caravana Tipo 0 Benito Juárez
UMM-0, 2009
008
Alpatláhuac
300080038
Rancho Nuevo
379
VZSSA000252
Alpatlahuac
VZSSA001355
H.G. de Córdoba-Yanga
VZSSA016615
Caravana Tipo 0 Benito Juárez
UMM-0, 2009
008
Alpatláhuac
300080013
Tecuanapilla
219
VZSSA000252
Alpatlahuac
VZSSA001355
H.G. de Córdoba-Yanga
VZSSA016615
Caravana Tipo 0 Benito Juárez
UMM-0, 2009
008
Alpatláhuac
300080021
Xalapasquillo
13
VZSSA000252
Alpatlahuac
VZSSA001355
H.G. de Córdoba-Yanga
VZSSA016615
Caravana Tipo 0 Benito Juárez
UMM-0, 2009
008
Alpatláhuac
300080030
Unión Cruz Verde
52
VZSSA000252
Alpatlahuac
VZSSA001355
H.G. de Córdoba-Yanga
VZSSA016615
Caravana Tipo 0 Benito Juárez
UMM-0, 2009
008
Alpatláhuac
300080006
Calzacayo
130
VZSSA000252
Alpatlahuac
VZSSA001355
H.G. de Córdoba-Yanga
VZSSA016615
Caravana Tipo 0 Benito Juárez
UMM-0, 2009
008
Alpatláhuac
300080014
Texopa
150
 
 
VZSSA000252
Alpatlahuac
VZSSA001355
H.G. de Córdoba-Yanga
VZSSA016615
Caravana Tipo 0 Benito Juárez
UMM-0, 2009
008
Alpatláhuac
300080017
El Águila
56
VZSSA000252
Alpatlahuac
VZSSA001355
H.G. de Córdoba-Yanga
VZSSA016615
Caravana Tipo 0 Benito Juárez
UMM-0, 2009
008
Alpatláhuac
300080022
Xiquila
40
VZSSA000252
Alpatlahuac
VZSSA001355
H.G. de Córdoba-Yanga
VZSSA016615
Caravana Tipo 0 Benito Juárez
UMM-0, 2009
 
1
 
9
1,247
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016620
Caravana Tipo 0 Buena Vista
UMM-0, 2009
165
Tepatlaxco
301650003
Buena Vista
1,184
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA006062
Tepatlaxco
VZSSA001355
H.G. de Córdoba-Yanga
VZSSA016620
Caravana Tipo 0 Buena Vista
UMM-0, 2009
165
Tepatlaxco
301650007
El Pedregal
468
VZSSA006062
Tepatlaxco
VZSSA001355
H.G. de Córdoba-Yanga
VZSSA016620
Caravana Tipo 0 Buena Vista
UMM-0, 2009
165
Tepatlaxco
301650010
Tercera Manzana
215
VZSSA006062
Tepatlaxco
VZSSA001355
H.G. de Córdoba-Yanga
VZSSA016620
Caravana Tipo 0 Buena Vista
UMM-0, 2009
 
1
 
3
1,867
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016335
Caravana Tipo 0 Linda Vista
UMM-0, 2009
006
Acultzingo
300060022
Linda Vista
256
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA003962
Nogales
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016335
Caravana Tipo 0 Linda Vista
UMM-0, 2009
006
Acultzingo
300060006
Coatepec de Arriba
135
VZSSA003962
Nogales
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016335
Caravana Tipo 0 Linda Vista
UMM-0, 2009
006
Acultzingo
300060010
Ojo de Agua de Abajo (La Mesa)
259
VZSSA003962
Nogales
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016335
Caravana Tipo 0 Linda Vista
UMM-0, 2009
006
Acultzingo
300060024
Coatepec de Abajo (Rincón Lobo)
622
VZSSA003962
Nogales
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016335
Caravana Tipo 0 Linda Vista
UMM-0, 2009
006
Acultzingo
300060023
Pinotla
194
VZSSA003962
Nogales
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016335
Caravana Tipo 0 Linda Vista
UMM-0, 2009
006
Acultzingo
300060042
Tepetiopa
9
VZSSA003962
Nogales
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016335
Caravana Tipo 0 Linda Vista
UMM-0, 2009
006
Acultzingo
300060020
Fernando López Árias
8
VZSSA003962
Nogales
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016335
Caravana Tipo 0 Linda Vista
UMM-0, 2009
006
Acultzingo
300060011
Ojo de Agua de Arriba
99
VZSSA003962
Nogales
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016335
Caravana Tipo 0 Linda Vista
UMM-0, 2009
099
Maltrata
300990010
Zacatipan
45
VZSSA003962
Nogales
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016335
Caravana Tipo 0 Linda Vista
UMM-0, 2009
006
Acultzingo
300060028
San Isidro
103
VZSSA003962
Nogales
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016335
Caravana Tipo 0 Linda Vista
UMM-0, 2009
006
Acultzingo
300060027
Rincón Rastrojo
10
VZSSA003962
Nogales
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016335
Caravana Tipo 0 Linda Vista
UMM-0, 2009
018
Aquila
300180007
Tebernal
83
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA003962
Nogales
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016335
Caravana Tipo 0 Linda Vista
UMM-0, 2009
099
Maltrata
300990005
Cumbres de Maltrata
86
VZSSA003962
Nogales
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016335
Caravana Tipo 0 Linda Vista
UMM-0, 2009
099
Maltrata
300990008
Rueda de Ocote
99
VZSSA003962
Nogales
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016335
Caravana Tipo 0 Linda Vista
UMM-0, 2009
195
Xoxocotla
301950007
El Pericón
37
VZSSA003962
Nogales
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016335
Caravana Tipo 0 Linda Vista
UMM-0, 2009
195
Xoxocotla
301950008
Tecuaque
86
VZSSA003962
Nogales
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
 
 
VZSSA016335
Caravana Tipo 0 Linda Vista
UMM-0, 2009
 
4
 
16
2,131
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016340
UMM Tipo 0 El Zapote
UMM-0, 2009
127
La Perla
301270009
Macuilácatl Chico
407
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA004575
Tuzantla
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016340
UMM Tipo 0 El Zapote
UMM-0, 2009
127
La Perla
301270018
El Zapote
1,120
VZSSA004575
Tuzantla
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016340
UMM Tipo 0 El Zapote
UMM-0, 2009
127
La Perla
301270033
El Minero
92
VZSSA004575
Tuzantla
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016340
UMM Tipo 0 El Zapote
UMM-0, 2009
127
La Perla
301270037
Rancho Nuevo
242
VZSSA004575
Tuzantla
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016340
UMM Tipo 0 El Zapote
UMM-0, 2009
127
La Perla
301270046
La Coyotera
147
VZSSA004575
Tuzantla
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016340
UMM Tipo 0 El Zapote
UMM-0, 2009
127
La Perla
301270013
San Lorenzo
448
VZSSA004575
Tuzantla
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016340
UMM Tipo 0 El Zapote
UMM-0, 2009
127
La Perla
301270050
Yerbabuena
196
VZSSA004575
Tuzantla
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016340
UMM Tipo 0 El Zapote
UMM-0, 2009
127
La Perla
301270024
Potrero Nuevo
190
VZSSA004575
Tuzantla
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016340
UMM Tipo 0 El Zapote
UMM-0, 2009
127
La Perla
301270035
La Paloma
11
VZSSA004575
Tuzantla
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016340
UMM Tipo 0 El Zapote
UMM-0, 2009
 
1
 
9
2,853
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016352
Caravana Tipo 0 Tepaxapa
UMM-0, 2009
147
Soledad Atzompa
301470009
Tepaxapa
697
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA005234
Atzompa
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016352
Caravana Tipo 0 Tepaxapa
UMM-0, 2009
147
Soledad Atzompa
301470038
Villa Nueva
216
VZSSA005234
Atzompa
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016352
Caravana Tipo 0 Tepaxapa
UMM-0, 2009
147
Soledad Atzompa
301470016
Porvenir
279
VZSSA005234
Atzompa
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016352
Caravana Tipo 0 Tepaxapa
UMM-0, 2009
 
1
 
3
1,192
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610332
Coronel Adalberto Tejeda (La Reforma)
195
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA002043
El Naranjo
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610225
El Faisán (El Anzuelo)
*
VZSSA002043
El Naranjo
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610578
Las Palmas
5
VZSSA002043
El Naranjo
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610784
Ferrocarril (Guadalupe Contreras)
*
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA002043
El Naranjo
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610903
Las Flores
8
VZSSA002043
El Naranjo
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610909
El Cuerno
4
VZSSA002043
El Naranjo
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610945
Cerro Pelón
5
VZSSA002043
El Naranjo
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300611016
Los Lirios
89
VZSSA002043
El Naranjo
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300611066
Tierra Nueva
33
VZSSA002043
El Naranjo
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300611110
San Felipe
8
VZSSA002043
El Naranjo
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610170
Arroyo Grande
157
VZSSA002043
El Naranjo
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610233
Francisco Villa
275
VZSSA002043
El Naranjo
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610278
San Juan de Ulúa
189
VZSSA002043
El Naranjo
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610068
El Nacimiento
330
VZSSA002043
El Naranjo
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610762
Lázaro Cárdenas
41
VZSSA002043
El Naranjo
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610342
Nuevo Sacrificio
61
VZSSA002043
El Naranjo
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610876
Las Piedras
122
VZSSA002043
El Naranjo
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610163
Río Pedregal
138
VZSSA002043
El Naranjo
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610730
Plutarco Elías Calles
179
VZSSA002043
El Naranjo
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610732
Cerro del Horcón
168
VZSSA002043
El Naranjo
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
 
 
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
 
1
 
20
2,007
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610009
El Chichón
294
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610012
El Mazate
10
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610063
Benito Juárez
394
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610210
El Diamante
7
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610211
Los Diez Pinos
20
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610224
El Faisán
6
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610256
Los Hules
8
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610261
Jerusalén
1
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610272
El Maupas
28
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610339
Santa Cruz
*
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610351
El Rodeo
17
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610365
El Tordo (El Kilómetro 5)
9
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610470
Las Tres Gardenias
7
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610472
EL Huasteco
6
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610475
El Rubí
6
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610476
Acapulco
15
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610749
La Navidad
14
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610510
Loverán
28
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610942
El Capulín
25
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300611087
El Gallo
*
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
3006100263
Kilometro Ocho
11
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610750
El Trébol
4
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610216
Tecozautla
148
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610437
El Sacrificio
26
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610343
Nuevo Sacrificio
93
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610296
Nuevo Paraíso
161
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610065
Enrique López Huitrón
200
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610080
Los Aztecas
51
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
 
1
 
28
1,589
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016422
Caravana Tipo 0 Nueva Tabasqueña
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610017
Nueva Tabasqueña
621
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016422
Caravana Tipo 0 Nueva Tabasqueña
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610592
Samaria (Río Playas)
275
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016422
Caravana Tipo 0 Nueva Tabasqueña
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610074
El Nuevo Ocotal (Cerro de Los Martínez)
69
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016422
Caravana Tipo 0 Nueva Tabasqueña
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610173
Licenciado Benito Juárez
215
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016422
Caravana Tipo 0 Nueva Tabasqueña
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610731
Las Brujas
37
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016422
Caravana Tipo 0 Nueva Tabasqueña
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610202
Los Constituyentes II
428
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016422
Caravana Tipo 0 Nueva Tabasqueña
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610613
Los Constituyentes Uno (Sumidero)
401
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016422
Caravana Tipo 0 Nueva Tabasqueña
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300611115
Unión y Libertad
*
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
 
 
VZSSA016422
Caravana Tipo 0 Nueva Tabasqueña
UMM-0, 2009
 
1
 
8
2,046
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016434
Caravana Tipo 0 Pilapillo
UMM-0, 2009
209
Tatahuicapan de Juárez
302090027
Pilapillo
272
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA004143
Pajapan
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016434
Caravana Tipo 0 Pilapillo
UMM-0, 2009
209
Tatahuicapan de Juárez
302090045
La Valentina
244
VZSSA004143
Pajapan
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016434
Caravana Tipo 0 Pilapillo
UMM-0, 2009
209
Tatahuicapan de Juárez
302090025
Peña Hermosa
89
VZSSA004143
Pajapan
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016434
Caravana Tipo 0 Pilapillo
UMM-0, 2009
122
Pajapan
301220016
Sayultepec
18
VZSSA004143
Pajapan
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016434
Caravana Tipo 0 Pilapillo
UMM-0, 2009
104
Mecayapan
301040027
Arroyo Texizapan
173
VZSSA004143
Pajapan
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016434
Caravana Tipo 0 Pilapillo
UMM-0, 2009
209
Tatahuicapan de Juárez
302090054
Ocotal Texizapan
362
VZSSA004143
Pajapan
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016434
Caravana Tipo 0 Pilapillo
UMM-0, 2009
104
Mecayapan
301040045
Plan Agrario
529
VZSSA004143
Pajapan
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016434
Caravana Tipo 0 Pilapillo
UMM-0, 2009
209
Tatahuicapan de Juárez
302090015
Hipólito Landero
143
VZSSA004143
Pajapan
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016434
Caravana Tipo 0 Pilapillo
UMM-0, 2009
209
Tatahuicapan de Juárez
302090038
Santanón Rodríguez
103
VZSSA004143
Pajapan
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016434
Caravana Tipo 0 Pilapillo
UMM-0, 2009
 
3
 
9
1,933
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016446
Caravana Tipo 0 Santa Martha
UMM-0, 2009
149
Soteapan
301490032
Santa Martha
412
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA005321
San Fernando
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016446
Caravana Tipo 0 Santa Martha
UMM-0, 2009
149
Soteapan
301490135
Nuevo México
46
VZSSA005321
San Fernando
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016446
Caravana Tipo 0 Santa Martha
UMM-0, 2009
149
Soteapan
301490021
Ocotal Grande
627
VZSSA005321
San Fernando
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016446
Caravana Tipo 0 Santa Martha
UMM-0, 2009
149
Soteapan
301490059
San Antonio
293
VZSSA005321
San Fernando
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016446
Caravana Tipo 0 Santa Martha
UMM-0, 2009
149
Soteapan
301490072
Michapa
20
VZSSA005321
San Fernando
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016446
Caravana Tipo 0 Santa Martha
UMM-0, 2009
149
Soteapan
301490100
Bastonal
27
VZSSA005321
San Fernando
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016446
Caravana Tipo 0 Santa Martha
UMM-0, 2009
149
Soteapan
301490104
El Gavilán
77
VZSSA005321
San Fernando
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016446
Caravana Tipo 0 Santa Martha
UMM-0, 2009
149
Soteapan
301490137
Rancho Michapa
*
VZSSA005321
San Fernando
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016446
Caravana Tipo 0 Santa Martha
UMM-0, 2009
 
1
 
8
1,502
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016480
Caravana Tipo 0 Benito Juárez I
UMM-0, 2009
210
Uxpanapa
302100023
Benito Juárez Primero (Polígono Noventa Y Siete)
190
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA007585
Poblado 7 Nuevo Cantón
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016480
Caravana Tipo 0 Benito Juárez I
UMM-0, 2009
210
Uxpanapa
302100055
Fernando López Arias
339
VZSSA007585
Poblado 7 Nuevo Cantón
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016480
Caravana Tipo 0 Benito Juárez I
UMM-0, 2009
210
Uxpanapa
302100086
Lázaro Cárdenas
131
VZSSA007585
Poblado 7 Nuevo Cantón
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016480
Caravana Tipo 0 Benito Juárez I
UMM-0, 2009
210
Uxpanapa
302100084
Juan Rodríguez Clara (Álvaro Obregón)
5
VZSSA007585
Poblado 7 Nuevo Cantón
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016480
Caravana Tipo 0 Benito Juárez I
UMM-0, 2009
210
Uxpanapa
302100112
La Nueva Pitahaya
3
VZSSA007585
Poblado 7 Nuevo Cantón
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016480
Caravana Tipo 0 Benito Juárez I
UMM-0, 2009
210
Uxpanapa
302100047
Dos Amates
320
VZSSA007585
Poblado 7 Nuevo Cantón
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016480
Caravana Tipo 0 Benito Juárez I
UMM-0, 2009
210
Uxpanapa
302100091
Luis Echeverría Álvarez
70
VZSSA007585
Poblado 7 Nuevo Cantón
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016480
Caravana Tipo 0 Benito Juárez I
UMM-0, 2009
070
Hidalgotitlán
300700262
General Ignacio Zaragoza (Las Quinientas)
86
VZSSA007585
Poblado 7 Nuevo Cantón
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016480
Caravana Tipo 0 Benito Juárez I
UMM-0, 2009
070
Hidalgotitlán
300700061
La Nueva Victoria
196
VZSSA007585
Poblado 7 Nuevo Cantón
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016480
Caravana Tipo 0 Benito Juárez I
UMM-0, 2009
 
2
 
9
1,340
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016492
Caravana Tipo 0 Narciso Mendoza
UMM-0, 2009
210
Uxpanapa
302100097
Narciso Mendoza
208
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA007556
La Horqueta (Pob. 12)
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016492
Caravana Tipo 0 Narciso Mendoza
UMM-0, 2009
210
Uxpanapa
302100106
Nuevo Naranjos
85
VZSSA007556
La Horqueta (Pob. 12)
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016492
Caravana Tipo 0 Narciso Mendoza
UMM-0, 2009
210
Uxpanapa
302100133
Saltabarranca Segundo
64
VZSSA007556
La Horqueta (Pob. 12)
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016492
Caravana Tipo 0 Narciso Mendoza
UMM-0, 2009
210
Uxpanapa
302100101
La Nueva Vida
201
VZSSA007556
La Horqueta (Pob. 12)
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016492
Caravana Tipo 0 Narciso Mendoza
UMM-0, 2009
210
Uxpanapa
302100100
Norberto Aguirre Palancares
48
VZSSA007556
La Horqueta (Pob. 12)
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016492
Caravana Tipo 0 Narciso Mendoza
UMM-0, 2009
210
Uxpanapa
302100138
El Tecomate
2
VZSSA007556
La Horqueta (Pob. 12)
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016492
Caravana Tipo 0 Narciso Mendoza
UMM-0, 2009
210
Uxpanapa
302100045
Colonia Agrícola M.
42
VZSSA007556
La Horqueta (Pob. 12)
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016492
Caravana Tipo 0 Narciso Mendoza
UMM-0, 2009
210
Uxpanapa
302100019
Bajo Grande
88
VZSSA007556
La Horqueta (Pob. 12)
VZSSA007882
H.G. Oluta
 
 
VZSSA016492
Caravana Tipo 0 Narciso Mendoza
UMM-0, 2009
210
Uxpanapa
302100090
El Luchador
82
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA007556
La Horqueta (Pob. 12)
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016492
Caravana Tipo 0 Narciso Mendoza
UMM-0, 2009
210
Uxpanapa
302100096
Misantla Segundo
47
VZSSA007556
La Horqueta (Pob. 12)
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016492
Caravana Tipo 0 Narciso Mendoza
UMM-0, 2009
108
Minatitlán
301080210
José Guadalupe Rodríguez (La Jota)
175
VZSSA007556
La Horqueta (Pob. 12)
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016492
Caravana Tipo 0 Narciso Mendoza
UMM-0, 2009
210
Uxpanapa
302100134
San Felipe
21
VZSSA007556
La Horqueta (Pob. 12)
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016492
Caravana Tipo 0 Narciso Mendoza
UMM-0, 2009
210
Uxpanapa
302100157
Nueva Esperanza
83
VZSSA007556
La Horqueta (Pob. 12)
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016492
Caravana Tipo 0 Narciso Mendoza
UMM-0, 2009
 
2
 
13
1,146
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016533
UMM Tipo 0 El Encinal II
UMM-0, 2009
132
Las Vigas de Ramírez
301320009
El Paisano
1,114
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA006704
San Antonio Tlanehuayocan
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón.
VZSSA016533
UMM Tipo 0 El Encinal II
UMM-0, 2009
001
Acajete
300010026
El Encinal Dos
129
VZSSA006704
San Antonio Tlanehuayocan
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón.
VZSSA016533
UMM Tipo 0 El Encinal II
UMM-0, 2009
001
Acajete
300010031
El Saucal
100
VZSSA006704
San Antonio Tlanehuayocan
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón.
VZSSA016533
UMM Tipo 0 El Encinal II
UMM-0, 2009
001
Acajete
300010011
El Mirador
42
VZSSA006704
San Antonio Tlanehuayocan
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón.
VZSSA016533
UMM Tipo 0 El Encinal II
UMM-0, 2009
001
Acajete
300010023
Tierra Prieta
56
VZSSA006704
San Antonio Tlanehuayocan
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón.
VZSSA016533
UMM Tipo 0 El Encinal II
UMM-0, 2009
132
Las Vigas de Ramírez
301320052
El Alto San Francisco
56
VZSSA006704
San Antonio Tlanehuayocan
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón.
VZSSA016533
UMM Tipo 0 El Encinal II
UMM-0, 2009
001
Acajete
300010003
Colexta
8
VZSSA006704
San Antonio Tlanehuayocan
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón.
VZSSA016533
UMM Tipo 0 El Encinal II
UMM-0, 2009
 
2
 
7
1,505
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016550
Caravana Tipo 0 San Felipe
UMM-0, 2009
010
Altotonga
300100023
San Felipe
367
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA015644
Adolfo Moreno
VZSSA000310
H.G. de Altotonga
VZSSA016550
Caravana Tipo 0 San Felipe
UMM-0, 2009
010
Altotonga
300100021
Paxtepec
773
VZSSA015644
Adolfo Moreno
VZSSA000310
H.G. de Altotonga
VZSSA016550
Caravana Tipo 0 San Felipe
UMM-0, 2009
010
Altotonga
300100007
Chichicapa
933
VZSSA015644
Adolfo Moreno
VZSSA000310
H.G. de Altotonga
VZSSA016550
Caravana Tipo 0 San Felipe
UMM-0, 2009
 
1
 
3
2,073
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
095
Juchique de Ferrer
300950053
El Zapotal
177
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA003250
Juchique de Ferrer
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
095
Juchique de Ferrer
300950002
Arroyo de Chilares
139
VZSSA003250
Juchique de Ferrer
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
095
Juchique de Ferrer
300950148
Cajón de La Pita
61
VZSSA003250
Juchique de Ferrer
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
095
Juchique de Ferrer
300950029
San Juan del Río
*
VZSSA003250
Juchique de Ferrer
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
095
Juchique de Ferrer
300950045
La Pita
15
VZSSA003250
Juchique de Ferrer
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
095
Juchique de Ferrer
300950096
Cerro de Tepozcalillo
39
VZSSA003250
Juchique de Ferrer
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
095
Juchique de Ferrer
300950099
Encino Gacho
11
VZSSA003250
Juchique de Ferrer
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
095
Juchique de Ferrer
300950131
Cerro Colorado
6
VZSSA003250
Juchique de Ferrer
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
095
Juchique de Ferrer
300950113
Potrero de Enmedio
2
VZSSA003250
Juchique de Ferrer
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
095
Juchique de Ferrer
300950177
El Pensamiento
80
VZSSA003250
Juchique de Ferrer
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
095
Juchique de Ferrer
300950183
Zopilotepec
21
VZSSA003250
Juchique de Ferrer
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
095
Juchique de Ferrer
300950083
La Castaña
20
VZSSA003250
Juchique de Ferrer
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
095
Juchique de Ferrer
300950174
La Morena Dos
*
VZSSA003250
Juchique de Ferrer
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
095
Juchique de Ferrer
300950079
La Pagüita
33
VZSSA003250
Juchique de Ferrer
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
095
Juchique de Ferrer
300950149
El Mirador
*
VZSSA003250
Juchique de Ferrer
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
095
Juchique de Ferrer
300950114
Santa Fe
13
VZSSA003250
Juchique de Ferrer
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
095
Juchique de Ferrer
300950173
Loma Bonita
9
VZSSA003250
Juchique de Ferrer
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
095
Juchique de Ferrer
300950092
San Luis
85
VZSSA003250
Juchique de Ferrer
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
095
Juchique de Ferrer
300950066
El Sauce
7
VZSSA003250
Juchique de Ferrer
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
095
Juchique de Ferrer
300950098
Corralitos
104
VZSSA003250
Juchique de Ferrer
VZSSA003740
H.G. de Misantla
 
 
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
 
1
 
20
822
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016586
Caravana Tipo 0 Adolfo Ruiz Cortínes
UMM-0, 2009
141
San Andrés Tuxtla
301410167
Adolfo Ruiz Cortines
286
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA000993
Dos Amates
VZSSA004913
Hospital General de San Andrés Tuxtla
VZSSA016586
Caravana Tipo 0 Adolfo Ruiz Cortínes
UMM-0, 2009
141
San Andrés Tuxtla
301410004
Adolfo Ruiz Cortines (La Floreña)
5
VZSSA000993
Dos Amates
VZSSA004913
Hospital General de San Andrés Tuxtla
VZSSA016586
Caravana Tipo 0 Adolfo Ruiz Cortínes
UMM-0, 2009
141
San Andrés Tuxtla
301410215
Adolfo Ruiz Cortines Dos
4
VZSSA000993
Dos Amates
VZSSA004913
Hospital General de San Andrés Tuxtla
VZSSA016586
Caravana Tipo 0 Adolfo Ruiz Cortínes
UMM-0, 2009
141
San Andrés Tuxtla
301410100
Cuauhtémoc
160
VZSSA000993
Dos Amates
VZSSA004913
Hospital General de San Andrés Tuxtla
VZSSA016586
Caravana Tipo 0 Adolfo Ruiz Cortínes
UMM-0, 2009
141
San Andrés Tuxtla
301410052
Miguel Hidalgo Y Costilla
47
VZSSA000993
Dos Amates
VZSSA004913
Hospital General de San Andrés Tuxtla
VZSSA016586
Caravana Tipo 0 Adolfo Ruiz Cortínes
UMM-0, 2009
032
Catemaco
300320084
Perla de San Martín
271
VZSSA000993
Dos Amates
VZSSA004913
Hospital General de San Andrés Tuxtla
VZSSA016586
Caravana Tipo 0 Adolfo Ruiz Cortínes
UMM-0, 2009
032
Catemaco
300320030
Gustavo Díaz Ordaz
201
VZSSA000993
Dos Amates
VZSSA004913
Hospital General de San Andrés Tuxtla
VZSSA016586
Caravana Tipo 0 Adolfo Ruiz Cortínes
UMM-0, 2009
032
Catemaco
300320040
Mario Souza
608
VZSSA000993
Dos Amates
VZSSA004913
Hospital General de San Andrés Tuxtla
VZSSA016586
Caravana Tipo 0 Adolfo Ruiz Cortínes
UMM-0, 2009
 
2
 
8
1,582
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920021
Juan Martín
216
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920066
Santa Gertrudis
5
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920022
La Junta
*
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920064
El Zanjón
*
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920070
El Súchil
8
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920031
Las Maravillas
9
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920071
El Suspiro
6
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920056
Rancho Nuevo
270
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920011
El Centenario (El Tecolote)
79
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920079
El Verdún
1
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920173
Bella Esperanza
19
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920003
El Bejuco (Alto Concordia)
177
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920119
Palo Verde
97
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920029
Manantiales
9
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920017
La Florida
3
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920175
La Providencia
2
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920013
El Conde (El Naranjal)
7
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920078
Venecia
12
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920053
La Providencia
9
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920009
Boca de Coyoles
3
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920115
El Crucero
14
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920080
El Zapote
68
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920091
San Vicente
30
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
 
1
 
23
1,044
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016516
UMM Tipo 1 Plan del Aguacero
UMM-1, 2009
057
Chiconquiaco
300570021
Plan del Aguacero
62
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
 
 
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón.
VZSSA016516
UMM Tipo 1 Plan del Aguacero
UMM-1, 2009
057
Chiconquiaco
300570003
Barranca El Maíz
74
 
 
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón.
VZSSA016516
UMM Tipo 1 Plan del Aguacero
UMM-1, 2009
057
Chiconquiaco
300570040
La Capilla
210
 
 
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón.
VZSSA016516
UMM Tipo 1 Plan del Aguacero
UMM-1, 2009
057
Chiconquiaco
300570030
Pesmón
*
 
 
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón.
VZSSA016516
UMM Tipo 1 Plan del Aguacero
UMM-1, 2009
057
Chiconquiaco
300570019
La Vaquería
260
 
 
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón.
VZSSA016516
UMM Tipo 1 Plan del Aguacero
UMM-1, 2009
057
Chiconquiaco
300570015
La Parra
347
 
 
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón.
VZSSA016516
UMM Tipo 1 Plan del Aguacero
UMM-1, 2009
057
Chiconquiaco
300570014
Las Paredes
694
 
 
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón.
VZSSA016516
UMM Tipo 1 Plan del Aguacero
UMM-1, 2009
057
Chiconquiaco
300570062
Vista Hermosa
104
 
 
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón.
 
 
VZSSA016516
UMM Tipo 1 Plan del Aguacero
UMM-1, 2009
 
1
 
8
1,751
3
Lunes -
Viernes
8 h
0
0
1
1
VZSSA016521
Caravana Tipo 1 Zomelahuacan
UMM-1, 2009
107
Las Minas
301070009
Zomelahuacan
72
 
 
 
 
VZSSA004580
H.G. Perote.
VZSSA016521
Caravana Tipo 1 Zomelahuacan
UMM-1, 2009
107
Las Minas
301070003
Huapala
192
 
 
VZSSA004580
H.G. Perote.
VZSSA016521
Caravana Tipo 1 Zomelahuacan
UMM-1, 2009
107
Las Minas
301070011
Pueblo Nuevo
242
 
 
VZSSA004580
H.G. Perote.
VZSSA016521
Caravana Tipo 1 Zomelahuacan
UMM-1, 2009
107
Las Minas
301070006
Quiahuixcuautla
304
 
 
VZSSA004580
H.G. Perote.
VZSSA016521
Caravana Tipo 1 Zomelahuacan
UMM-1, 2009
107
Las Minas
301070008
Romerillos
191
 
 
VZSSA004580
H.G. Perote.
VZSSA016521
Caravana Tipo 1 Zomelahuacan
UMM-1, 2009
 
1
 
5
1,001
3
Lunes -
Viernes
8 h
0
0
1
1
VZSSA016603
Caravana Tipo 1 Acomulco
UMM-1, 2009
029
Calcahualco
300290019
Acomulco
240
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
 
 
VZSSA001355
H.G. de Córdoba-Yanga
VZSSA016603
Caravana Tipo 1 Acomulco
UMM-1, 2009
029
Calcahualco
300290023
San Miguel Xiteco
126
 
 
VZSSA001355
H.G. de Córdoba-Yanga
VZSSA016603
Caravana Tipo 1 Acomulco
UMM-1, 2009
029
Calcahualco
300290009
Nuevo Jacal
387
 
 
VZSSA001355
H.G. de Córdoba-Yanga
VZSSA016603
Caravana Tipo 1 Acomulco
UMM-1, 2009
029
Calcahualco
300290022
San Francisco
433
 
 
VZSSA001355
H.G. de Córdoba-Yanga
VZSSA016603
Caravana Tipo 1 Acomulco
UMM-1, 2009
029
Calcahualco
300290017
Xilomichi
491
 
 
VZSSA001355
H.G. de Córdoba-Yanga
VZSSA016603
Caravana Tipo 1 Acomulco
UMM-1, 2009
029
Calcahualco
300290025
El Rincón de Atotonilco
291
 
 
VZSSA001355
H.G. de Córdoba-Yanga
VZSSA016603
Caravana Tipo 1 Acomulco
UMM-1, 2009
029
Calcahualco
300290031
Tepetlapa (San Antonio Tepetlapa)
70
 
 
VZSSA001355
H.G. de Córdoba-Yanga
VZSSA016603
Caravana Tipo 1 Acomulco
UMM-1, 2009
 
1
 
7
2,038
3
Lunes -
Viernes
8 h
0
0
1
1
VZSSA016451
Caravana Tipo 1 Ejido Miguel Hidalgo
UMM-1, 2009
070
Hidalgotitlán
300700056
Ejido Miguel Hidalgo
346
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016451
Caravana Tipo 1 Ejido Miguel Hidalgo
UMM-1, 2009
070
Hidalgotitlán
300700079
La Arena
137
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016451
Caravana Tipo 1 Ejido Miguel Hidalgo
UMM-1, 2009
070
Hidalgotitlán
300700205
Matrosur
12
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016451
Caravana Tipo 1 Ejido Miguel Hidalgo
UMM-1, 2009
070
Hidalgotitlán
300700150
El Robalito
45
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016451
Caravana Tipo 1 Ejido Miguel Hidalgo
UMM-1, 2009
070
Hidalgotitlán
300700105
La Pera (Solosúchil)
*
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016451
Caravana Tipo 1 Ejido Miguel Hidalgo
UMM-1, 2009
070
Hidalgotitlán
300700149
El Chocolín
*
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016451
Caravana Tipo 1 Ejido Miguel Hidalgo
UMM-1, 2009
070
Hidalgotitlán
300700206
La Arena
8
 
 
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016451
Caravana Tipo 1 Ejido Miguel Hidalgo
UMM-1, 2009
070
Hidalgotitlán
300700009
La Concepción (La Unión)
115
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016451
Caravana Tipo 1 Ejido Miguel Hidalgo
UMM-1, 2009
070
Hidalgotitlán
300700017
La Guadalupe
143
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016451
Caravana Tipo 1 Ejido Miguel Hidalgo
UMM-1, 2009
070
Hidalgotitlán
300700035
El Robalo
183
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016451
Caravana Tipo 1 Ejido Miguel Hidalgo
UMM-1, 2009
070
Hidalgotitlán
300700034
El Progreso
248
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016451
Caravana Tipo 1 Ejido Miguel Hidalgo
UMM-1, 2009
091
Jesús Carranza
300910054
Tecolotepec
201
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016451
Caravana Tipo 1 Ejido Miguel Hidalgo
UMM-1, 2009
 
2
 
12
1,438
3
Lunes -
Viernes
8 h
0
0
1
1
VZSSA016463
Caravana Tipo 1 San Carlos
UMM-1, 2009
070
Hidalgotitlán
300700037
San Carlos
619
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016463
Caravana Tipo 1 San Carlos
UMM-1, 2009
070
Hidalgotitlán
300700078
El Apompal
24
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016463
Caravana Tipo 1 San Carlos
UMM-1, 2009
070
Hidalgotitlán
300700211
San Fernando
1
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016463
Caravana Tipo 1 San Carlos
UMM-1, 2009
070
Hidalgotitlán
300700184
Bonanza
*
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016463
Caravana Tipo 1 San Carlos
UMM-1, 2009
070
Hidalgotitlán
300700220
Antonia Canseco Cruz
1
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016463
Caravana Tipo 1 San Carlos
UMM-1, 2009
070
Hidalgotitlán
300700022
Los Lirios
62
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016463
Caravana Tipo 1 San Carlos
UMM-1, 2009
070
Hidalgotitlán
300700052
Cerro Pelón (El Retorno)
126
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016463
Caravana Tipo 1 San Carlos
UMM-1, 2009
070
Hidalgotitlán
300700016
Coapiloloya
179
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016463
Caravana Tipo 1 San Carlos
UMM-1, 2009
070
Hidalgotitlán
300700026
La Merced
208
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
 
 
VZSSA016463
Caravana Tipo 1 San Carlos
UMM-1, 2009
 
1
 
9
1,220
3
Lunes -
Viernes
8 h
0
0
1
1
VZSSA016475
Caravana Tipo 1 El Mangotal
UMM-1, 2009
199
Zaragoza
301990011
Mangotal
384
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016475
Caravana Tipo 1 El Mangotal
UMM-1, 2009
199
Zaragoza
301990031
El Trébol
8
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016475
Caravana Tipo 1 El Mangotal
UMM-1, 2009
199
Zaragoza
301990025
Mango Jumuapan
20
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016475
Caravana Tipo 1 El Mangotal
UMM-1, 2009
199
Zaragoza
301990012
Mangos Salinas
102
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016475
Caravana Tipo 1 El Mangotal
UMM-1, 2009
048
Cosoleacaque
300480264
Potrero Hermoso
34
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016475
Caravana Tipo 1 El Mangotal
UMM-1, 2009
048
Cosoleacaque
300480246
La Ceiba
11
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016475
Caravana Tipo 1 El Mangotal
UMM-1, 2009
048
Cosoleacaque
300480117
Zapotal
28
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016475
Caravana Tipo 1 El Mangotal
UMM-1, 2009
199
Zaragoza
301990005
Cascajal
133
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016475
Caravana Tipo 1 El Mangotal
UMM-1, 2009
199
Zaragoza
301990013
San Martín (Estribillal)
77
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016475
Caravana Tipo 1 El Mangotal
UMM-1, 2009
048
Cosoleacaque
300480017
Lomas de Camalotal
88
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016475
Caravana Tipo 1 El Mangotal
UMM-1, 2009
048
Cosoleacaque
300480056
Monte Grande
16
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016475
Caravana Tipo 1 El Mangotal
UMM-1, 2009
048
Cosoleacaque
300480039
El Limón
117
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016475
Caravana Tipo 1 El Mangotal
UMM-1, 2009
048
Cosoleacaque
300480061
La Encantada
32
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016475
Caravana Tipo 1 El Mangotal
UMM-1, 2009
048
Cosoleacaque
300480049
Bajo Grande
6
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016475
Caravana Tipo 1 El Mangotal
UMM-1, 2009
 
2
 
14
1,056
3
Lunes -
Viernes
8 h
0
0
1
1
VZSSA016545
UMM Tipo 1 Las Haldas
UMM-1, 2009
112
Naolinco
301120002
Las Haldas
902
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
 
 
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón
VZSSA016545
UMM Tipo 1 Las Haldas
UMM-1, 2009
036
Coacoatzintla
300360004
Las Coles
185
 
 
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón
VZSSA016545
UMM Tipo 1 Las Haldas
UMM-1, 2009
036
Coacoatzintla
300360011
Pueblo Viejo
325
 
 
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón
VZSSA016545
UMM Tipo 1 Las Haldas
UMM-1, 2009
036
Coacoatzintla
300360005
Cumbres del Ciprés
107
 
 
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón
VZSSA016545
UMM Tipo 1 Las Haldas
UMM-1, 2009
036
Coacoatzintla
300360025
La Ventana
180
 
 
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón
VZSSA016545
UMM Tipo 1 Las Haldas
UMM-1, 2009
036
Coacoatzintla
300360016
Metlapiles
82
 
 
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón
VZSSA016545
UMM Tipo 1 Las Haldas
UMM-1, 2009
 
2
 
6
1,781
3
Lunes -
Viernes
8 h
0
0
1
1
VZSSA016562
UMM Tipo 1 Cetlalpan
UMM-1, 2009
025
Ayahualulco
300250006
Cetlalpan
697
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
 
 
VZSSA001121
H.G. de Coatepec
VZSSA016562
UMM Tipo 1 Cetlalpan
UMM-1, 2009
046
Cosautlán de Carvajal
300460002
La Gloria
285
 
 
VZSSA001121
H.G. de Coatepec
VZSSA016562
UMM Tipo 1 Cetlalpan
UMM-1, 2009
079
Ixhuacán de los Reyes
300790021
Tetlaxca
250
 
 
VZSSA001121
H.G. de Coatepec
VZSSA016562
UMM Tipo 1 Cetlalpan
UMM-1, 2009
079
Ixhuacán de los Reyes
300790007
Atula
30
 
 
VZSSA001121
H.G. de Coatepec
VZSSA016562
UMM Tipo 1 Cetlalpan
UMM-1, 2009
079
Ixhuacán de los Reyes
300790016
Chichicazapa
61
 
 
 
 
VZSSA001121
H.G. de Coatepec
VZSSA016562
UMM Tipo 1 Cetlalpan
UMM-1, 2009
079
Ixhuacán de los Reyes
300790046
Texacobat
38
 
 
VZSSA001121
H.G. de Coatepec
VZSSA016562
UMM Tipo 1 Cetlalpan
UMM-1, 2009
 
3
 
6
1,361
3
Lunes -
Viernes
8 h
0
0
1
1
VZSSA016591
Caravana Tipo 1 Ayotzintla
UMM-1, 2009
143
Santiago Tuxtla
301430006
Ayotzintla
406
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
 
 
VZSSA005106
H.G. Santiago Tuxtla
VZSSA016591
Caravana Tipo 1 Ayotzintla
UMM-1, 2009
143
Santiago Tuxtla
301430003
Alta Luz
103
 
 
VZSSA005106
H.G. Santiago Tuxtla
VZSSA016591
Caravana Tipo 1 Ayotzintla
UMM-1, 2009
143
Santiago Tuxtla
301430199
Cerro Blanco
262
 
 
VZSSA005106
H.G. Santiago Tuxtla
VZSSA016591
Caravana Tipo 1 Ayotzintla
UMM-1, 2009
143
Santiago Tuxtla
301430156
Cerro Azul
14
 
 
VZSSA005106
H.G. Santiago Tuxtla
VZSSA016591
Caravana Tipo 1 Ayotzintla
UMM-1, 2009
143
Santiago Tuxtla
301430014
Cobata
17
 
 
VZSSA005106
H.G. Santiago Tuxtla
VZSSA016591
Caravana Tipo 1 Ayotzintla
UMM-1, 2009
143
Santiago Tuxtla
301430168
Ampliación Cobata (Vigía Ladera)
14
 
 
VZSSA005106
H.G. Santiago Tuxtla
VZSSA016591
Caravana Tipo 1 Ayotzintla
UMM-1, 2009
143
Santiago Tuxtla
301430098
Arenal
29
 
 
VZSSA005106
H.G. Santiago Tuxtla
VZSSA016591
Caravana Tipo 1 Ayotzintla
UMM-1, 2009
143
Santiago Tuxtla
301430062
Tamaniapa
2
 
 
VZSSA005106
H.G. Santiago Tuxtla
VZSSA016591
Caravana Tipo 1 Ayotzintla
UMM-1, 2009
143
Santiago Tuxtla
301430082
Cerro del Vigía de Abajo (Vigía Cooperativa)
315
 
 
VZSSA005106
H.G. Santiago Tuxtla
VZSSA016591
Caravana Tipo 1 Ayotzintla
UMM-1, 2009
143
Santiago Tuxtla
301430205
Cerro del Vigía de Enmedio
200
 
 
VZSSA005106
H.G. Santiago Tuxtla
VZSSA016591
Caravana Tipo 1 Ayotzintla
UMM-1, 2009
143
Santiago Tuxtla
301430165
Vigía Corona
17
 
 
VZSSA005106
H.G. Santiago Tuxtla
VZSSA016591
Caravana Tipo 1 Ayotzintla
UMM-1, 2009
143
San Andrés Tuxtla
301410312
Laguna de Pizatal
70
 
 
VZSSA005106
H.G. Santiago Tuxtla
 
 
VZSSA016591
Caravana Tipo 1 Ayotzintla
UMM-1, 2009
 
2
 
12
1,449
3
Lunes -
Viernes
8 h
0
0
1
1
VZSSA016504
Caravana Tipo 1 Ejido San Miguel del Rio
UMM-1, 2009
091
Jesús Carranza
300910051
San Miguel del Río
201
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
 
 
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016504
Caravana Tipo 1 Ejido San Miguel del Rio
UMM-1, 2009
091
Jesús Carranza
300910018
La Esperanza
142
 
 
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016504
Caravana Tipo 1 Ejido San Miguel del Rio
UMM-1, 2009
091
Jesús Carranza
300910134
Fernando López Arias
19
 
 
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016504
Caravana Tipo 1 Ejido San Miguel del Rio
UMM-1, 2009
091
Jesús Carranza
300910105
La Candelaria
52
 
 
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016504
Caravana Tipo 1 Ejido San Miguel del Rio
UMM-1, 2009
091
Jesús Carranza
300910079
Graciano Sánchez
66
 
 
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016504
Caravana Tipo 1 Ejido San Miguel del Rio
UMM-1, 2009
091
Jesús Carranza
300910017
Dieciséis de Septiembre
178
 
 
 
 
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016504
Caravana Tipo 1 Ejido San Miguel del Rio
UMM-1, 2009
091
Jesús Carranza
300910163
Cuaclán
106
 
 
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016504
Caravana Tipo 1 Ejido San Miguel del Rio
UMM-1, 2009
091
Jesús Carranza
300910140
Guadalupe Piedra Bola Castillito
97
 
 
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016504
Caravana Tipo 1 Ejido San Miguel del Rio
UMM-1, 2009
091
Jesús Carranza
300910005
Arroyo El Sauce
190
 
 
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016504
Caravana Tipo 1 Ejido San Miguel del Rio
UMM-1, 2009
091
Jesús Carranza
300910024
General Vicente Guerrero
134
 
 
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016504
Caravana Tipo 1 Ejido San Miguel del Rio
UMM-1, 2009
091
Jesús Carranza
300910067
Plan de Pericos
93
 
 
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016504
Caravana Tipo 1 Ejido San Miguel del Rio
UMM-1, 2009
 
1
 
11
1,278
3
Lunes -
Viernes
8 h
0
0
1
1
VZSSA015970
Caravana Multirruta Cerro del Tigre
UMM-3, 2009
042
Colipa
300420003
Cerro del Tigre
225
médico(a)
general,
un
odontólog
o (a), un
(a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA015970
Caravana Multirruta Cerro del Tigre
UMM-3, 2009
042
Colipa
300420006
La Piedrilla
230
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA015970
Caravana Multirruta Cerro del Tigre
UMM-3, 2009
042
Colipa
300420018
Cerro Gordo
71
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA015970
Caravana Multirruta Cerro del Tigre
UMM-3, 2009
042
Colipa
300420034
La Cachetada
57
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA015970
Caravana Multirruta Cerro del Tigre
UMM-3, 2009
042
Colipa
300420090
Teodoro Rodríguez
1
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA015970
Caravana Multirruta Cerro del Tigre
UMM-3, 2009
042
Colipa
300420007
Plan de San Luis
46
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA015970
Caravana Multirruta Cerro del Tigre
UMM-3, 2009
042
Colipa
300420077
Tortuguillas
13
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA015970
Caravana Multirruta Cerro del Tigre
UMM-3, 2009
042
Colipa
300420011
El Zapotal
63
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA015970
Caravana Multirruta Cerro del Tigre
UMM-3, 2009
042
Colipa
300420033
La Esperanza
12
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA015970
Caravana Multirruta Cerro del Tigre
UMM-3, 2009
042
Colipa
300420075
Santa Cruz
37
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA015970
Caravana Multirruta Cerro del Tigre
UMM-3, 2009
042
Colipa
300420024
Pila de Agua
18
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA015970
Caravana Multirruta Cerro del Tigre
UMM-3, 2009
042
Colipa
300420060
Santa Rita
19
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA015970
Caravana Multirruta Cerro del Tigre
UMM-3, 2009
 
1
 
12
792
4
Lunes -
Viernes
8 h
0
0
1
1
VZSSA017110
Caravana Tipo 0 Tepantla
UMM-0, 2011
019
Astacinga
300190004
Tepantla
132
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA000532
CS ASTACINGA
VZSSA004860
H. R. Río Blanco
VZSSA017110
Caravana Tipo 0 Tepantla
UMM-0, 2011
019
Astacinga
300190025
Macuilquila
111
VZSSA000532
CS ASTACINGA
VZSSA004860
H. R. Río Blanco
VZSSA017110
Caravana Tipo 0 Tepantla
UMM-0, 2011
019
Astacinga
300190030
Zacatla
123
VZSSA000532
CS ASTACINGA
VZSSA004860
H. R. Río Blanco
VZSSA017110
Caravana Tipo 0 Tepantla
UMM-0, 2011
019
Astacinga
300190033
Astocapa
123
VZSSA000532
CS ASTACINGA
VZSSA004860
H. R. Río Blanco
VZSSA017110
Caravana Tipo 0 Tepantla
UMM-0, 2011
159
Tehuipango
301590013
Loma Bonita
850
VZSSA000532
CS ASTACINGA
VZSSA004860
H. R. Río Blanco
VZSSA017110
Caravana Tipo 0 Tepantla
UMM-0, 2011
159
Tehuipango
301590006
Ticoma
490
VZSSA000532
CS ASTACINGA
VZSSA004860
H. R. Río Blanco
VZSSA017110
Caravana Tipo 0 Tepantla
UMM-0, 2011
159
Tehuipango
301590048
Loma chica
240
VZSSA000532
CS ASTACINGA
VZSSA004860
H. R. Río Blanco
 
 
VZSSA017110
Caravana Tipo 0 Tepantla
UMM-0, 2011
 
2
 
7
2,069
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016364
Caravana Multirruta La Esperanza
UMM-3, 2007
095
Juchique de Ferrer
300950012
La Esperanza
340
médico(a)
general,
un
odontólog
o (a), un
(a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016364
Caravana Multirruta La Esperanza
UMM-3, 2007
095
Juchique de Ferrer
300950110
El Paraíso
6
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016364
Caravana Multirruta La Esperanza
UMM-3, 2007
095
Juchique de Ferrer
300950026
El Recreo
86
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016364
Caravana Multirruta La Esperanza
UMM-3, 2007
095
Juchique de Ferrer
300950018
La Martinica (El Tacahuite)
10
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016364
Caravana Multirruta La Esperanza
UMM-3, 2007
095
Juchique de Ferrer
300950006
Carrizal
326
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016364
Caravana Multirruta La Esperanza
UMM-3, 2007
095
Juchique de Ferrer
300950059
El Cefiro
12
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016364
Caravana Multirruta La Esperanza
UMM-3, 2007
095
Juchique de Ferrer
300950101
La Flor
*
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016364
Caravana Multirruta La Esperanza
UMM-3, 2007
095
Juchique de Ferrer
300950021
La Nueva Reforma
19
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016364
Caravana Multirruta La Esperanza
UMM-3, 2007
095
Juchique de Ferrer
300950033
Villa Rica
6
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016364
Caravana Multirruta La Esperanza
UMM-3, 2007
095
Juchique de Ferrer
300950116
El Tecolote
2
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016364
Caravana Multirruta La Esperanza
UMM-3, 2007
009
Alto Lucero de Gutiérrez Barrios
300090061
Rincón de Negros
47
médico(a)
general,
un
odontólog
o (a), un
(a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016364
Caravana Multirruta La Esperanza
UMM-3, 2007
009
Alto Lucero de Gutiérrez Barrios
300090077
Vaquería
341
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016364
Caravana Multirruta La Esperanza
UMM-3, 2007
009
Alto Lucero de Gutiérrez Barrios
300090020
Cruz Blanca
74
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016364
Caravana Multirruta La Esperanza
UMM-3, 2007
009
Alto Lucero de Gutiérrez Barrios
300090039
Mesa de Sombreros
173
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016364
Caravana Multirruta La Esperanza
UMM-3, 2007
009
Alto Lucero de Gutiérrez Barrios
300090084
La Charrasca
18
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016364
Caravana Multirruta La Esperanza
UMM-3, 2007
009
Alto Lucero de Gutiérrez Barrios
300090063
Sabanetas
140
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016364
Caravana Multirruta La Esperanza
UMM-3, 2007
009
Alto Lucero de Gutiérrez Barrios
300090070
El Tabacal
49
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016364
Caravana Multirruta La Esperanza
UMM-3, 2007
009
Alto Lucero de Gutiérrez Barrios
300090043
Monte Verde de la Tasajera
6
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016364
Caravana Multirruta La Esperanza
UMM-3, 2007
009
Alto Lucero de Gutiérrez Barrios
300090142
Raya de la Pita
*
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016364
Caravana Multirruta La Esperanza
UMM-3, 2007
 
2
 
19
1,655
4
Lunes -
Viernes
8 h
0
0
1
1
43
43
43
 
66
 
458
68,648
136
Lunes -
Viernes
8 h
24
24
43
43
*Notas: En el ejercicio 2022, las UMM-3 operarán como UMM-2, de conformidad con lo establecido en el numeral 5.9, fracción IV de las Reglas de Operación vigentes.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $868,038.90 (Ochocientos sesenta y ocho mil treinta y ocho pesos 90/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz Ignacio de la Llave, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, la Secretaría de Salud del Estado de Veracruz y Servicios de Salud de Veracruz.
ANEXO 6 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
INDICADORES DE DESEMPEÑO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS 2022

 
Entidad
Federativa
 
 
Consultas
de primera
vez por
diagnóstico
y/o
tratamiento
reportadas
en IG* en
el periodo
Consultas
de primera
vez por
diagnóstico
y/o
tratamiento
reportadas
en DGIS*
Consultas
subsecuentes
reportadas en
IG* en el
periodo
Consultas
subsecuentes
reportadas en
DGIS*
Acciones
al
individuo +
acciones a
la
comunidad
reportadas
en IG* en
el periodo
Acciones
al
individuo +
acciones a
la
comunidad
reportadas
en DGIS*
Muertes
materna
s por
lugar de
origen
en el
periodo
Trimestre:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
TABLA 1. PIRÁMIDE POBLACIONAL
(COBERTURA OBJETIVO UNIDADES
MÉDICAS MÓVILES)
 
Cobertura
Operativa
por
trimestre
 
Hombre
s
Rango
de
Edad
Mujeres
Hombres+Mujeres
 
 
 
70 y
más
 
 
 
1er
 
 
 
 
 
 
 
 
 
65 a
69
 
 
 
2do
 
 
 
 
 
 
 
 
 
60 a
64
 
 
 
3er
 
 
 
 
 
 
 
 
 
55 a
59
 
 
 
4to
 
 
 
 
 
 
 
 
 
50 a
54
 
 
 
Total
 
 
 
 
 
 
 
 
 
45 a
49
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
40 a
44
 
 
 
Causa de diferencia entre cifras de IG* (Informe Gerencial) y plataforma de la DGIS* (Dirección General de Información en Salud)
 
35 a
39
 
 
 
Consultas de
1ra vez por
diagnóstico o
tratamiento
 
 
30 a
34
 
 
 
 
25 a
29
 
 
 
 
20 a
24
 
 
 
Consultas
subsecuentes
 
 
15 a
19
 
 
 
 
10 a
14
 
 
 
 
5 a 9
 
 
 
Acciones al
individuo y
acciones a la
comunidad
 
 
2 a 4
años
 
 
 
 
1 año
 
 
 
 
< de 1
año
 
 
 
 
Fecha de la consulta en DGIS (ddmmaa):
 
 
Total
 
 
 
Otros comentarios
 
 
 
 
 
 
 
 
Población de Anexo 5
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Supervisor Estatal
(nombre y firma)
Responsable de
Integración
 
Coordinador Estatal
(nombre y firma)
Responsable de
Validación
 
 
ANEXO 6 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
INDICADORES DE DESEMPEÑO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS 2022

 
 
Entidad
Federativa:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Trimestre:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Fecha de revisión INSABI:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
I. Control Nutricional
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
1.
1
Porcentaje de niños con obesidad y sobrepeso
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1.
2
Porcentaje de niños con peso para la talla normal
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1.
3
Porcentaje de niños con desnutrición leve
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1.
4
Porcentaje de niños con desnutrición moderada
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1.
5
Porcentaje de niños con desnutrición grave
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1.
6
Porcentaje de niños con recuperados de desnutrición
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
II. Enfermedades Diarreicas Agudas en menores de cinco años
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
2.
1
Porcentaje de enfermedades diarreicas agudas de primera vez en menores de cinco años
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
2.
2
Porcentaje de casos de enfermedades diarreicas agudas en menores de cinco años que requirieron plan A
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
2.
3
Porcentaje madres capacitadas en enfermedades diarreicas agudas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
III. Enfermedades Respiratoria Agudas en menores de cinco años
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
3.
1
Porcentaje de infecciones respiratorias agudas en menores de cinco años
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
3.
2
Porcentaje de casos de infecciones respiratorias agudas en menores de cinco años que requirieron antibiótico
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
3.
3
Porcentaje madres capacitadas en infecciones respiratorias agudas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
IV. Diabetes Mellitus
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
 
(N/D)*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominado
r (D)
4.
1
Porcentaje de pacientes con Diabetes Mellitus en tratamiento
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
4.
2
Porcentaje de pacientes con Diabetes Mellitus controlados
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
4.
3
Porcentaje de casos nuevos de Diabetes Mellitus
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

4.
4
Porcentaje de detecciones para Diabetes Mellitus
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
V. Hipertensión Arterial Sistémica
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
5.
1
Porcentaje de pacientes con Hipertensión Arterial Sistémica en tratamiento
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
5.
2
Porcentaje de pacientes con Hipertensión Arterial Sistémica controlados
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
5.
3
Porcentaje de casos nuevos de Hipertensión Arterial Sistémica
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
5.
4
Porcentaje de detecciones para Hipertensión Arterial Sistémica
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
VI. Obesidad
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D
)*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
6.
1
Porcentaje de pacientes con Obesidad en tratamiento
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
6.
2
Porcentaje de pacientes con Obesidad controlados
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
6.
3
Porcentaje de casos nuevos de Obesidad
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
6.
4
Porcentaje de detecciones para Obesidad
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
VII. Dislipidemias
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
7.
1
Porcentaje de pacientes con Dislipidemias en tratamiento
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
7.
2
Porcentaje de pacientes con Dislipidemias controlados
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
7.
3
Porcentaje de casos nuevos de Dislipidemias
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
7.
4
Porcentaje de detecciones para Dislipidemias
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
VIII. Síndrome Metabólico
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
 
(N/D)*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominado
r (D)
8.
1
Porcentaje de pacientes con Síndrome metabólico en tratamiento
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
8.
2
Porcentaje de pacientes con Síndrome metabólico controlados
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
8.
3
Porcentaje de casos nuevos de Síndrome metabólico
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
IX. Cáncer Cervicouterino
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D
)*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
9.
1
Porcentaje de detecciones oportunas de cáncer cérvico uterino
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
9.
2
Porcentaje de detecciones de Virus de Papiloma Humano
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
9.
3
Cobertura de tamizaje en mujeres de 25 a 64 años con citología o prueba de VPH
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
9.
4
Porcentaje de casos nuevos de Displasia (leve, moderada y severa)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
9.
5
Tasa de detección de cáncer cérvico uterino
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
X. Cáncer de Mama
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
10.
1
Cobertura de tamizaje en mujeres de 25 a 39 años con exploración clínica de mama
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
10.
2
Tasa de detección de cáncer de mama
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XI. Control Prenatal y Puerperio
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
11.
1
Porcentaje de detecciones de mujeres embarazadas en el primer trimestre de gestación
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
11.
2
Proporción de consultas a mujeres embarazadas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
11.
3
Porcentaje de mujeres con embarazo de alto riesgo de primera vez
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
11.
4
Porcentaje de mujeres con embarazo de alto riesgo de primera vez referidas a segundo o tercer nivel
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
11.
5
Proporción de consultas de seguimiento a puérperas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XII. Prevención de defectos al nacimiento
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
12.
1
Porcentaje de mujeres en edad fértil que recibieron Ácido Fólico
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XIII. Planificación Familiar
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
 
(N/D)*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominado
r (D)
13.
1
Porcentaje de usuarios activos de planificación familiar
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
13.
2
Porcentaje de puérperas aceptantes de planificación familiar
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XIV. Atención Odontológica
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
14.
1
Proporción del uso de consultorios dentales
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
14.
2
Porcentaje de acciones preventivas odontológicas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
14.
3
Porcentaje de acciones curativas odontológicas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XV. Vacunación
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
15.
1
Porcentaje de vacunación en embarazadas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
15.
2
Porcentaje de vacunación en menores de 9 años
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
ANEXO 6 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
INDICADORES DE DESEMPEÑO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS 2022
 
 
CAUSAS POR LAS QUE SE OBTUVIERON LOS RESULTADOS
ACCIONES PARA MEJORAR RESULTADOS OBTENIDOS
I
1.1
 
 
1.2
 
 
1.3
 
 
1.4
 
 
1.5
 
 
1.6
 
 
II
2.1
 
 
2.2
 
 
2.3
 
 
III
3.1
 
 
3.2
 
 
3.3
 
 
IV
4.1
 
 
4.2
 
 
4.3
 
 
4.4
 
 
V
5.1
 
 
5.2
 
 
5.3
 
 
5.4
 
 
VI
6.1
 
 
6.2
 
 
6.3
 
 
6.4
 
 
VII
7.1
 
 
7.2
 
 
7.3
 
 
7.4
 
 
VIII
8.1
 
 
8.2
 
 
8.3
 
 
IX
9.1
 
 
9.2
 
 
9.3
 
 
9.4
 
 
9.5
 
 
X
10.1
 
 
10.2
 
 
XI
11.1
 
 
11.2
 
 
11.3
 
 
11.4
 
 
11.5
 
 
XII
12.1
 
 
XIII
13.1
 
 
13.2
 
 
XI
V
14.1
 
 
14.2
 
 
14.3
 
 
XV
15.1
 
 
15.2
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $868,038.90 (Ochocientos sesenta y ocho mil treinta y ocho pesos 90/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz Ignacio de la Llave, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, la Secretaría de Salud del Estado de Veracruz y Servicios de Salud de Veracruz.
ANEXO 7 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
GASTOS ADMINISTRATIVOS POR PARTIDA PRESUPUESTARIA
 
PARTIDA DE GASTO
ASIGNACIONES DESTINADAS A CUBRIR LOS GASTOS POR CONCEPTO
DE:
33604
IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES
Asignaciones destinadas a cubrir el gasto por los servicios de impresión y elaboración de material informativo para su uso en contraloría social.
37101*
PASAJES ÁEREOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo en comisiones oficiales temporales dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, derivado de la realización de labores en campo o de supervisión e inspección en lugares distintos a los de su adscripción, en cumplimiento de la función pública. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades de los servidores públicos. Excluye los arrendamientos de vehículos aéreos, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37103*
PASAJES ÁEREOS NACIONALES ASOCIADOS A DESASTRES NATURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales. Excluye los arrendamientos de vehículos aéreos comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37104*
PASAJES ÁEREOS NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS DE MANDO EN EL DESEMPEÑO DE COMISIONES Y FUNCIONES OFICIALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo en comisiones oficiales temporales dentro del país en lugares distintos a los de su adscripción de servidores públicos de mando de las dependencias y entidades, en cumplimiento de la función pública, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37101 Pasajes aéreos nacionales para labores en campo y de supervisión, 37102 Pasajes aéreos nacionales asociados a los programas de seguridad pública y nacional y 37103 Pasajes aéreos nacionales asociados a desastres naturales, de este Clasificador. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades y el pago de pasajes para familiares en los casos previstos por las disposiciones generales aplicables. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37201*
PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre en comisiones oficiales temporales dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, derivado de la realización de labores en campo o de supervisión e inspección en lugares distintos a los de su adscripción, en cumplimiento de la función pública. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades de los servidores públicos. Incluye los gastos para pasajes del personal operativo que realiza funciones de reparto y entrega de mensajería, y excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37203*
PASAJES TERRESTRES NACIONALES ASOCIADOS A DESASTRES NATURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37204*
PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS DE MANDO EN EL DESEMPEÑO DE COMISIONES Y FUNCIONES OFICIALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre en comisiones oficiales temporales dentro del país en lugares distintos a los de su adscripción de servidores públicos de mando de las dependencias y entidades, en cumplimiento de la función pública, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37201 Pasajes terrestres nacionales para labores en campo y de supervisión, 37202 Pasajes terrestres nacionales asociados a los programas de seguridad pública y nacional y 37203 Pasajes terrestres nacionales asociados a desastres naturales, de este Clasificador. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades y el pago de pasajes para familiares en los casos previstos por las disposiciones generales aplicables. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37501*
VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, derivado de la realización de labores de campo o supervisión e inspección, en lugares distintos a los de su adscripción. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos. Excluye los gastos contemplados en las partidas 37101 y 37201.
37503*
VIÁTICOS NACIONALES ASOCIADOS A DESASTRES NATURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales, en lugares distintos a los de su adscripción. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos. Excluye los gastos contemplados en las partidas 37103 y 37203.
37504*
VIÁTICOS NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS EN EL DESEMPEÑO DE FUNCIONES OFICIALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en lugares distintos a los de su adscripción, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37501, 37502, 37503, 37104 y 37204. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos.
37901*
GASTOS PARA OPERATIVOS Y TRABAJOS DE CAMPO EN ÁREAS RURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos que realizan las dependencias y entidades, por la estadía de servidores públicos que se origina con motivo del levantamiento de censos, encuestas, y en general trabajos en campo para el desempeño de funciones oficiales, cuando se desarrollen en localidades que no cuenten con establecimientos que brinden servicios de hospedaje y alimentación, y no sea posible cumplir con los requisitos de otorgamiento de viáticos y pasajes previstos en las partidas del concepto 3700.
39202
OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS
Asignaciones destinadas a cubrir otra clase de impuestos y derechos tales como gastos de escrituración, legislación de exhortos notariales, de registro público de la propiedad, tenencias y canje de placas de vehículos oficiales, diligencias judiciales, derechos y gastos de navegación de aterrizaje y despegue de aeronaves, de verificación, certificación y demás impuestos y derechos conforme a las disposiciones aplicables. Excluye el impuesto sobre la renta que las dependencias retienen y registran contra las partidas correspondientes del Capítulo 1000 "Servicios Personales".
* PARTIDAS DEL CONCEPTO 3700 SERVICIOS DE TRASLADO Y VIÁTICOS, SE AUTORIZA LA APLICACIÓN DE RECURSOS PARA CUBRIR LOS GASTOS DE ESTAS PARTIDAS PARA COORDINADOR, SUPERVISORES Y ENLACE ADMINISTRATIVO. EN EL CASO DEL PERSONAL OPERATIVO, SE PODRÁ HACER USO DE ESTAS PARTIDAS, SIEMPRE Y CUANDO SEA CONVOCADO POR "EL INSABI" (UCNM).
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $868,038.90 (Ochocientos sesenta y ocho mil treinta y ocho pesos 90/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz Ignacio de la Llave, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, la Secretaría de Salud del Estado de Veracruz y Servicios de Salud de Veracruz.
ANEXO 7 A DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA APLICACIÓN DE RENDIMIENTOS FINANCIEROS POR PARTIDA
PRESUPUESTARIA
PARTIDA DE GASTO
ASIGNACIONES DESTINADAS A CUBRIR LOS GASTOS POR CONCEPTO
DE:
21101
MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA
Asignaciones destinadas a la adquisición de materiales y artículos diversos de oficina, para el uso en las unidades médicas móviles federales, tales como: artículos papelería, libretas, carpetas, útiles de escritorio como engrapadoras, perforadoras, sacapuntas, entre otros.
26102
COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS
Asignaciones destinadas a la adquisición de gasolina para vehículos federales (unidades médicas móviles) del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica.
27101
VESTUARIO Y UNIFORMES
Asignaciones destinadas a la adquisición de prendas y accesorios de vestir: camisas, pantalones, calzado; uniformes e insignias para el personal de las unidades médicas móviles federales del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica.
29501
REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO
Asignaciones destinadas a la adquisición de refacciones y accesorios para todo tipo de aparatos e instrumentos médicos y de laboratorio (electrocardiógrafos, ultrasonido, piezas de mano de alta y baja velocidad dentales, esterilizadores (autoclave), equipo de rayos x dental, baumanómetro, fonodetectores de latidos fetales, estuche de diagnóstico), entre otros correspondientes a las unidades médicas móviles federales del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica.
29601
REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE
Asignaciones destinadas a la adquisición de autopartes de equipo de transporte tales como: llantas, suspensiones, sistemas de frenos, partes eléctricas, alternadores, distribuidores, partes de suspensión y dirección, marchas, embragues, retrovisores, tapetes, limpiadores, volantes, gatos hidráulicos o mecánicos de las unidades médicas móviles federales del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica.
33401
SERVICIOS PARA CAPACITACIÓN A SERVIDORES PÚBLICOS
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios profesionales que se contraten con personas físicas y morales por concepto de preparación e impartición de cursos de capacitación y/o actualización de los servidores públicos, en territorio nacional, en cumplimiento de los programas anuales de capacitación que establezcan en el Programa conforme al numeral 6.5.3 de la Reglas de Operación 2022.
33604
IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios de impresión y elaboración de material informativo (folletos, calcomanías, trípticos, carteles, manuales, reglas de operación, etc.) que forma parte de los instrumentos de apoyo para la realización de los programas presupuestarios de las dependencias y entidades distintos a los de comunicación social y publicidad.
35401
INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico y de laboratorio (electrocardiógrafos, ultrasonido, piezas de mano de alta y baja velocidad dentales, esterilizadores (autoclave), equipo de rayos x dental, baumanómetro, fonodetectores de latidos fetales, estuche de diagnóstico, entre otros), de las unidades médicas móviles federales del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica.
35501
MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios de mantenimiento y conservación de unidades médicas móviles federales del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica y su planta de luz o de emergencia.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $868,038.90 (Ochocientos sesenta y ocho mil treinta y ocho pesos 90/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz Ignacio de la Llave, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, la Secretaría de Salud del Estado de Veracruz y Servicios de Salud de Veracruz.
ANEXO 8 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
PLANTILLA DE PERSONAL
COORDINADOR
SUPERVISOR
ENLACE ADMINISTRATIVO
TOTAL DE PERSONAL
GERENCIAL
1
4
1
6
 
TIPO DE
UMM
NÚMERO
DE UMM
MÉDICO
RESIDENTE PARA
TRABAJO SOCIAL
COMUNITARIO
ITINERANTE
ENFERMERA
GENERAL
PROMOTOR EN
SALUD
CIRUJANO
DENTISTA
TOTAL
0
24
24
24
24
 
72
1
12
12
12
12
 
36
2
5
5
5
5
5
20
3
2
2
2
2
2
8
TOTAL
43
43
43
43
7
136
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $868,038.90 (Ochocientos sesenta y ocho mil treinta y ocho pesos 90/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz Ignacio de la Llave, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, la Secretaría de Salud del Estado de Veracruz y Servicios de Salud de Veracruz.
ANEXO 9 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
REPORTE DE RENDIMIENTOS FINANCIEROS 2022
ENTIDAD FEDERATIVA:                                                                                       TRIMESTRE:
MES:
SECRETARÍA DE FINANZAS Y
ADMINISTRACIÓN
SERVICIOS DE SALUD
TOTAL
RENDIMIENTOS GENERADOS NETOS
No. CUENTA BANCARIA
No. DE CUENTA BANCARIA
ENERO
 
 
 
FEBRERO
 
 
 
MARZO
 
 
 
ABRIL
 
 
 
MAYO
 
 
 
JUNIO
 
 
 
JULIO
 
 
 
AGOSTO
 
 
 
SEPTIEMBRE
 
 
 
OCTUBRE
 
 
 
NOVIEMBRE
 
 
 
DICIEMBRE
 
 
 
MONTO TRIMESTRAL
$                                -
$                                       -
$                                  -
MONTO TOTAL ACUMULABLE
$                                -
$                                       -
$                                  -
*ENVIAR DENTRO DE LOS 10 DÍAS HÁBILES POSTERIORES AL TÉRMINO DEL TRIMESTRE CORRESPONDIENTE.
 
 
 
 
 
 
 
 
RESPONSABLE DE LA
ELABORACIÓN
 
DIRECTOR ADMINISTRATIVO DE
LOS SERVICIOS DE SALUD (O SU
EQUIVALENTE)
 
SECRETARIO DE SALUD
O DIRECTOR DE LOS
SERVICIOS DE SALUD
DE LA ENTIDAD (O SU
EQUIVALENTE)
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $868,038.90 (Ochocientos sesenta y ocho mil treinta y ocho pesos 90/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz Ignacio de la Llave, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, la Secretaría de Salud del Estado de Veracruz y Servicios de Salud de Veracruz.
ANEXO 10 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
CIERRE PRESUPUESTARIO EJERCICIO 2022
Capítul
o de
gasto
Presupuesto
autorizado
Presupuesto
modificado
Presupuesto
ejercido
(comprobado)
Reintegro
TESOFE
(1)
 
No. Cuenta
Bancaria
Rendimientos
generados
Rendimientos
ejercidos
Rendimiento
s
reintegrados
a TESOFE (2)
2000
 
 
 
 
 
No. Cuenta Secretaría de Finanzas y Administración
 
 
 
3000
 
 
 
 
 
No. Cuenta Servicios de Salud
 
 
 
Total
 
 
 
 
 
Total
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
RESPONSABLE DE LA
ELABORACIÓN
 
DIRECTOR ADMINISTRATIVO DE
LOS SERVICIOS DE SALUD (O SU
EQUIVALENTE)
 
SECRETARIO DE SALUD
O DIRECTOR DE LOS
SERVICIOS DE SALUD
DE LA ENTIDAD (O SU
EQUIVALENTE)
 
 
NOTAS:
(1) Deberá especificar el número de línea de captura TESOFE (tramitada ante el INSABI) del reintegro presupuestal y anexar copia del recibo de pago correspondiente al monto reintegrado.
(2) Deberá especificar el número de línea de captura TESOFE (PEC tramitada por el área financiera de la entidad) de reintegro de rendimientos financieros y anexar copia del recibo de pago correspondiente al monto reintegrado.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $868,038.90 (Ochocientos sesenta y ocho mil treinta y ocho pesos 90/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz Ignacio de la Llave, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, la Secretaría de Salud del Estado de Veracruz y Servicios de Salud de Veracruz.
ANEXO 11 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
PROGRAMA DE VISITAS DE SUPERVISIÓN A REALIZAR EN EL ESTADO DE VERACRUZ IGNACIO DE LA LLAVE
 
PERIODO DE VISITA:
DEL MES DE: JUNIO A DICIEMBRE 2022
 
De conformidad con el Modelo de Supervisión se podrán realizar visitas, en cumplimiento de lo especificado en las Cláusulas Tercera fracciones I, III y V y Novena fracción, III del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, que celebran el Instituto de Salud para el Bienestar y el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz Ignacio de la Llave, con el propósito de verificar la operación y el uso adecuado de los recursos presupuestarios transferidos con carácter de subsidios por la cantidad de $868,038.90 (Ochocientos sesenta y ocho mil treinta y ocho pesos 90/100 M.N.), así como el estado general que guarden los bienes dados en comodato del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica. Por lo que, con tal finalidad, las autoridades de "LA ENTIDAD" se comprometen a proporcionar toda la documentación necesaria y permitir el acceso a los archivos correspondientes al Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $868,038.90 (Ochocientos sesenta y ocho mil treinta y ocho pesos 90/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz Ignacio de la Llave, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, la Secretaría de Salud del Estado de Veracruz y Servicios de Salud de Veracruz.
ANEXO 12 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
TABULADOR DE LA PLANTILLA LABORAL
CÓDIGO
NOMBRE PUESTO
BECA
MÉDICOS
RESIDENTES
COMPENSACIÓN
A MÉDICOS
RESIDENTES
total bruto
mensual
12301
13411
CPSMMR0001
MÉDICOS RESIDENTES PARA TRABAJO SOCIAL COMUNITARIO ITINERANTE
17,016.00
18,221.00
35,237.00
 
CÓDIGO
NOMBRE PUESTO
11301
15901
13410
total bruto
mensual
CPSAAA0003
PERSONAL DE SOPORTE ADMINISTRATIVO DE SALUD (ENLACE ADMINISTRATIVO)
9,087.00
7,152.00
2,046.00
18,285.00
CPSAAA0004
DIRECTOR DE ÁREA (COORDINADOR)
23,882.00
13,731.00
11,387.00
49,000.00
CPSAAA0005
SUBDIRECTOR DE ÁREA (SUPERVISOR)
16,501.00
10,841.00
6,765.00
34,107.00
 
ZONA 2
CÓDIGO
NOMBRE PUESTO
11301
15901
13410
total bruto
mensual
CPSFFF0003
PROMOTOR EN SALUD
9,925.00
4,645.00
2,050.00
16,620.00
CPSMMD0001
CIRUJANO DENTISTA
16,342.00
8,869.00
8,199.00
33,410.00
CPSPEG0001
ENFERMERA GENERAL
10,935.00
6,450.00
4,339.00
21,724.00
 
ZONA 3
CÓDIGO
NOMBRE PUESTO
11301
15901
13410
total bruto
mensual
CPSFFF0003
PROMOTOR EN SALUD
10,965.00
5,066.00
2,241.00
18,272.00
CPSMMD0001
CIRUJANO DENTISTA
18,025.00
9,721.00
9,108.00
36,854.00
CPSPEG0001
ENFERMERA GENERAL
12,059.00
7,562.00
4,800.00
24,421.00
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $868,038.90 (Ochocientos sesenta y ocho mil treinta y ocho pesos 90/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz Ignacio de la Llave, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, la Secretaría de Salud del Estado de Veracruz y Servicios de Salud de Veracruz.
Firmas de los Anexos 1, 1A, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 7 A, 8, 9, 10, 11 y 12 del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $868,038.90 (Ochocientos sesenta y ocho mil treinta y ocho pesos 90/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz Ignacio de la Llave, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, la Secretaría de Salud del Estado de Veracruz y Servicios de Salud de Veracruz.
Por el INSABI: el Director General, Mtro. Juan Antonio Ferrer Aguilar.- Rúbrica.- Firma en suplencia por ausencia del Titular de la Unidad de Coordinación Nacional Médica del Instituto de Salud para el Bienestar, con fundamento en lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo sexagésimo sexto del Estatuto Orgánico del Instituto de Salud para el Bienestar, el Coordinador de Atención a la Salud, Dr. Juan José Mazón Ramírez.- Rúbrica.- Firma en suplencia por ausencia del Titular de la Coordinación de Financiamiento del Instituto de Salud para el Bienestar, con fundamento en lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo sexagésimo sexto del Estatuto Orgánico del Instituto de Salud para el Bienestar, el Director de Administración Financiera del Fideicomiso, M. en Aud. Vicente Reyes Magaña.- Rúbrica.- El Coordinador de Recursos Humanos y Regularización de Personal, Mtro. Candelario Pérez Alvarado.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Finanzas y Planeación, Mtro. José Luis Lima Franco.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General del Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud de Veracruz, Dr. Gerardo Díaz Morales.- Rúbrica.
CONVENIO de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, para el ejercicio fiscal 2022, que celebran el Instituto de

CONVENIO de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, para el ejercicio fiscal 2022, que celebran el Instituto de Salud para el Bienestar y el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SALUD.- Secretaría de Salud.- Instituto de Salud para el Bienestar.

INSABI-FAM-CCTR-VER-30/2022
CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2022, EN ADELANTE "EL PROGRAMA", QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL INSTITUTO DE SALUD PARA EL BIENESTAR, AL QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "EL INSABI", POR CONDUCTO DE SU DIRECTOR GENERAL, MTRO. JUAN ANTONIO FERRER AGUILAR, ASISTIDO POR DR. JUAN JOSÉ MAZÓN RAMÍREZ, COORDINADOR DE ATENCIÓN A LA SALUD, POR EL MTRO. CANDELARIO PÉREZ ALVARADO, TITULAR DE LA COORDINACIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y REGULARIZACIÓN DE PERSONAL Y POR EL M. EN AUD. VICENTE REYES MAGAÑA, DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DEL FIDEICOMISO, Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL MTRO. JOSÉ LUIS LIMA FRANCO, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE FINANZAS Y PLANEACIÓN Y POR EL DR. GERARDO DÍAZ MORALES, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO SERVICIOS DE SALUD DE VERACRUZ, A QUIENES CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I.          La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 4o, párrafo cuarto, el derecho humano de toda persona a la protección de la salud, disponiendo que la Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud.
II.         El artículo 7o, fracción II de la Ley General de Salud, establece que corresponde a la Secretaría de Salud, en su carácter de coordinadora del Sistema Nacional de Salud, coordinar los programas de servicios de salud de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como los agrupamientos por funciones y programas afines que, en su caso, se determinen, en el entendido de que tratándose de la prestación gratuita de los servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados que requieran las personas sin seguridad social, a que se refiere el Título Tercero Bis del referido ordenamiento, se auxiliará de "EL INSABI".
III.        "EL PROGRAMA" se alinea directamente con el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2019 el que en el apartado II Política Social establece el Eje Construir un país con bienestar, del que se destaca el siguiente objetivo prioritario:
·  Salud para toda la población.
IV.        "EL PROGRAMA" interviene en la ejecución de los compromisos intersectoriales establecidos en el Programa Sectorial de Salud 2019-2024. Por ello, se alinea con sus Objetivos prioritarios, estrategias y acciones puntuales que a continuación se mencionan:
Objetivo prioritario 1.- Garantizar los servicios públicos de salud a toda la población que no cuente con seguridad social y, el acceso gratuito a la atención médica y hospitalaria, así como exámenes médicos y suministro de medicamentos incluidos en el Compendio Nacional de Insumos para la Salud.
Estrategia prioritaria 1.3 Brindar a la población sin seguridad social, especialmente a quienes habitan en regiones con alta o muy alta marginación, acciones integrales de salud que ayuden a prolongar su vida con calidad, evitar la ocurrencia de enfermedades o en su caso, detectarlas tempranamente a través de la participación de todas las instituciones del Sistema Nacional de Salud, en las acciones puntuales.
Acción 1.3.3 Acercar los servicios de salud a la población, a través de Jornadas de Salud Pública y esquemas itinerantes para brindar acciones integrales de salud, especialmente en zonas con mayores dificultades de acceso a las instituciones del Sistema Nacional de Salud.
Estrategia prioritaria 1.5 Fomentar la participación de comunidades en la implementación de programas y acciones, bajo un enfoque de salud comunitaria para salvaguardar los derechos de niñas, niños, adolescentes, jóvenes, personas adultas mayores, mujeres, comunidad LGBTTTI, personas con discapacidad, comunidades indígenas y afromexicanas, en las acciones puntuales.
Acción 1.5.5 Implementar Caravanas de la Salud y brigadas de atención ambulatoria para brindar servicios a población afectada por contingencias emergentes, que viven en localidades alejadas de las ciudades o que transitan en condición migrante.
V.         El Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2022, en su Anexo 25 establece que "EL PROGRAMA" estará sujeto a Reglas de Operación.
VI.        Con "EL PROGRAMA" se da continuidad a la estrategia federal que inicia en 2007 como Programa Caravanas de la Salud, el cual posteriormente cambia su denominación a Programa Unidades Médicas Móviles, para que a través de transferencias de recursos presupuestarios federales se coadyuve a que las entidades federativas proporcionen la atención primaria a la salud en aquellas localidades con menos de 2,500 personas y que se encuentren sin acceso a los servicios de salud por falta de infraestructura física.
VII.       "EL PROGRAMA" tiene como misión ser un programa que coadyuve con las Entidades Federativas con la aportación de recursos presupuestarios federales y recursos humanos destinados a la prestación de servicios de atención primaria a la salud en las áreas de enfoque potencial identificadas como localidades que no cuentan con servicios de salud por falta de infraestructura, carentes de recursos para otorgar atención permanente, y con una población menor a 2,500 personas.
DECLARACIONES
I.          DE "EL INSABI":
I.1        Es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal con personalidad jurídica y patrimonio propio sectorizado a la Secretaría de Salud en términos de los artículos 1o, párrafo tercero, 3o., fracción I y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 77 bis 35, párrafo primero de la Ley General de Salud, cuyo objeto en términos del segundo párrafo del precepto legal citado en último término es proveer y garantizar la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados a las personas sin seguridad social, así como impulsar, en coordinación con la Secretaría de Salud en su calidad de órgano rector, acciones orientadas a lograr una adecuada integración y articulación de las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud.
I.2        Su Director General tiene la facultad y legitimación para suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en los artículos 77 bis 35 B, fracción II, 77 bis 35 G, párrafo segundo y 77 bis 35 H de la Ley General de Salud, así como 22, fracciones I y II y 59, fracción I de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, cargo que se acredita con copia del nombramiento respectivo.
I.3        El Titular de la Coordinación de Atención a la Salud de "EL INSABI", cargo que acredita con la respectiva copia de su nombramiento, participa en la celebración del presente instrumento jurídico en asistencia del Director General de dicho organismo, en suplencia por ausencia del Titular de la Coordinación Nacional Médica de conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo Sexagésimo sexto del Estatuto Orgánico de "EL INSABI", considerando las atribuciones que se confieren a la referida Unidad de Coordinación Nacional Médica en el artículo
Trigésimo octavo, fracciones I, II y III del mencionado Estatuto Orgánico.
I.4        El Titular de la Dirección de Administración Financiera del Fideicomiso de "EL INSABI", cargo que acredita con la respectiva copia de su nombramiento, participa en la celebración del presente instrumento jurídico en asistencia del Director General de dicho organismo, en suplencia por ausencia del Titular de la Coordinación de Financiamiento de conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo Sexagésimo sexto del Estatuto Orgánico de "EL INSABI", considerando las atribuciones que se confieren a la referida Coordinación de Financiamiento en el artículo Cuadragésimo octavo del mencionado Estatuto Orgánico.
I.5        El Titular de la Coordinación de Recursos Humanos y Regularización de Personal de "EL INSABI", cargo que acredita con la respectiva copia de su nombramiento, participa en la celebración del presente instrumento jurídico en asistencia del Director General de dicho organismo en atención a las facultades que se le confieren en el artículo Cuadragésimo noveno, fracciones I, II, III y VI del Estatuto Orgánico de "EL INSABI".
I.6        Cuenta con atribuciones para proveer y garantizar la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados a las personas sin seguridad social, así como impulsar en coordinación con la Secretaría de Salud en su calidad de Órgano Rector, acciones orientadas a lograr una adecuada integración y articulación de las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud.
I.7        El objetivo general de "EL PROGRAMA", es el de contribuir con las Entidades Federativas para brindar de forma efectiva acceso y prestación de los servicios de atención primaria a la salud en localidades menores a 2,500 personas, carentes de servicios de salud, mediante la transferencia de recursos federales, personal médico y unidades médicas móviles de diferente capacidad resolutiva, y dentro de sus objetivos específicos, se encuentra como uno de los más importantes, el de contribuir con las entidades federativas para que cuenten con unidades médicas móviles equipadas de conformidad con la tipología correspondiente y su respectivo personal capacitado, conforme a las Reglas de Operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, para el Ejercicio Fiscal 2022, en adelante las "REGLAS", publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2021.
I.8        Cuenta con recursos presupuestarios autorizados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio fiscal 2022, para hacer frente a las obligaciones derivadas de la suscripción del presente instrumento jurídico.
I.9        Para todos los efectos legales relacionados con este Convenio de Colaboración señala como domicilio el ubicado en el número 54 de la Calle Gustavo E. Campa, Colonia Guadalupe Inn, Demarcación Territorial Álvaro Obregón, C.P. 01020, en la Ciudad de México.
II.         DE "LA ENTIDAD":
II.1.       Forma parte de la Federación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 40, 42, fracción I, y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y artículo 1 de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
II.2.       La Secretaría de Finanzas y Planeación es una Dependencia de la Administración Pública Estatal del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, que tiene como atribuciones coordinar la administración financiera y tributaria de la Hacienda Pública, coordinar la política económica para el desarrollo del Estado, entre otras, de conformidad con los artículos 9, fracción III y 19 de la Ley Número 58 Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
II.3.       El Mtro. José Luis Lima Franco, Secretario de Finanzas y Planeación,, cuenta con las facultades para suscribir el presente Convenio de Colaboración, de conformidad con los artículos 2, 8 fracción VII, 12 fracciones II, V, VI, VII, 19 y 20 de la Ley Número 58 Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 1, 2 y 14, fracciones XXX y XXXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Planeación, y Primero del Acuerdo por el que se autoriza al Titular de la Secretaría de Finanzas y Planeación a celebrar acuerdos y convenios en el ámbito de su competencia y conforme a la normativa aplicable, publicado en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, bajo el número extraordinario 488 de fecha 6 de diciembre de 2018, cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su nombramiento de fecha 01 de diciembre de 2018, expedido por el C. Cuitláhuac García Jiménez, Gobernador Constitucional del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
II.4.       La Secretaría de Salud es una Dependencia de la Administración Pública Estatal, que tiene como atribuciones coordinar las políticas y programas de salud pública y seguridad social en la entidad, de conformidad con los artículos 9, fracción X, 31 y 32 de la Ley número 58 Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
II.5.       Los Servicios de Salud de Veracruz, es una entidad de la Administración Pública Paraestatal del Poder Ejecutivo del Estado, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 1, 3, 38, 40, 44 y 45 de la Ley número 58 Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, y en términos de la Ley 54 que crea el Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud de Veracruz, que en su artículo 2 señala como los principales fines que tiene el Organismo los de proteger, promover y restaurar la salud de la persona y de la colectividad a través de la prestación de los servicios de salud.
II.6.       El Dr. Gerardo Díaz Morales, Secretario de Salud y Director General de Servicios de Salud de Veracruz, cuenta con las facultades para suscribir el presente Convenio de Colaboración, de conformidad con los artículos, 1, 2, 3, 9 fracción X, 10, 12 fracciones VI y VII, 31, 32, 38, 40, 44 y 45 de la Ley número 58 Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, 6 y 7 fracciones I y VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud del Estado de Veracruz; 1, 2, 8, fracción II, 13 y 14 fracciones I y VI de la Ley número 54 que crea el Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud de Veracruz, y 18 fracción XXVI del Reglamento Interior de Servicios de Salud de Veracruz y Primero del Acuerdo publicado en la Gaceta Oficial del Estado, números extraordinarios 488 y 496, los días 6 y 12 de diciembre de 2018, mediante los cuales el Titular del Poder Ejecutivo Estatal, autoriza al Titular de la Secretaría de Salud para celebrar Acuerdos y Convenios en el ámbito de su competencia; quien acredita sus cargos con la copia de sus nombramientos de fecha 25 de mayo de 2022, expedidos por el C. Cuitláhuac García Jiménez, Gobernador Constitucional del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
II.7.       Sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento jurídico son: Otorgar servicios de promoción y prevención de la salud, así como de atención médica y odontológica a la población de las localidades del área de enfoque de "EL PROGRAMA", que se especifica en el Anexo 5 del presente instrumento jurídico.
II.8.       Para todos los efectos legales relacionados con este Convenio de Colaboración señala como su domicilio el ubicado en la calle de Soconusco número 31, Colonia Aguacatal, de la ciudad de Xalapa - Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, Código Postal 91130.
Una vez expuesto lo anterior, y en virtud de que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en sus artículos 74 y 75, que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios y transferencias que con cargo a los presupuestos de las Dependencias y, en su caso de las Entidades, se aprueben en el Presupuesto de Egresos de la Federación; que éstos se otorgarán y ejercerán conforme a las disposiciones generales aplicables, así como a las reglas de operación que se emitan para el ejercicio fiscal correspondiente, y que dichos subsidios y transferencias se sujetarán a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en ella se señalan y, asimismo considerando lo dispuesto por los artículos 4o, párrafo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1o; 1o Bis; 2o, fracciones I, II y V; 3o, fracciones II y II bis; 5o; 6o, fracción I y 7o, fracción II, párrafo segundo de la Ley General de Salud; "LAS PARTES" celebran el presente Convenio, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
 
PRIMERA. OBJETO.- El presente Convenio y sus Anexos, que firmados por "LAS PARTES", forman parte integrante del mismo, tienen por objeto:
a.         Transferir a "LA ENTIDAD" recursos presupuestarios federales, con el carácter de subsidios, para cubrir los gastos de operación de "EL PROGRAMA" en el ejercicio fiscal 2022, en los conceptos y con los alcances estipulados en este instrumento jurídico, y de manera específica para realizar algunos de los gastos que se deriven de la operación de las unidades médicas móviles otorgadas a "LA ENTIDAD" para el desarrollo de "EL PROGRAMA", mediante los contratos de comodato suscritos en años anteriores entre la Secretaría de Salud y "LA ENTIDAD", así como los correspondientes convenios modificatorios por los que se prorroga la vigencia de éstos, de conformidad con los Anexos del presente instrumento jurídico.
b.         Que "EL INSABI", con cargo a los recursos de "EL PROGRAMA" y sujeto a la disponibilidad presupuestaria del mismo, apoye a "LA ENTIDAD", con la contratación y asignación de (i) las personas con formación de medicina general que formarán parte de los Equipos de Salud Itinerantes de "EL PROGRAMA"; (ii) la plantilla operativa correspondiente a dichos equipos (personal de enfermería, odontología y de promoción), y (iii) el personal gerencial del Programa (coordinadores, supervisores y enlaces administrativos), en los términos previstos en las "REGLAS".
Para efecto de lo anterior, "LAS PARTES" convienen expresamente en sujetarse a lo previsto en los artículos 74, 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176 y 181 de su Reglamento y demás disposiciones aplicables, así como a lo estipulado en las "REGLAS" y en el presente Convenio.
SEGUNDA. TRANSFERENCIA.- Para la realización de las acciones objeto del presente instrumento jurídico, "EL INSABI" transferirá a "LA ENTIDAD", en una ministración, un importe de hasta $868,038.90 (OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL TREINTA Y OCHO PESOS 90/100 M.N.), conforme al capítulo de gasto y partida que se señalan en el Anexo 1 del presente Convenio.
Los recursos presupuestarios federales a que se refiere el párrafo anterior, serán transferidos por "EL INSABI" a "LA ENTIDAD", dentro del periodo que para tal efecto se precisa en el Anexo 2.
Para tal efecto, "LA ENTIDAD", a través de su Secretaría de Finanzas y Planeación, procederá a abrir, en forma previa a su radicación, una cuenta bancaria productiva, única y específica para este Convenio, en la institución de crédito bancaria que determine, con la finalidad de que dichos recursos y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados.
Una vez radicados los recursos presupuestarios federales en la Secretaría de Finanzas y Planeación, ésta se obliga a ministrarlos íntegramente junto con los rendimientos financieros que se generen, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su recepción, a Servicios de Salud de Veracruz, que tendrá el carácter de Unidad Ejecutora para efectos del presente Convenio. La Unidad Ejecutora, deberá informar a "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a aquél en que concluya el plazo anterior, el monto, la fecha y el importe de los rendimientos generados que le hayan sido ministrados. Para tal efecto, "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, dará aviso a la Unidad Ejecutora de esta transferencia.
La Unidad Ejecutora procederá a la apertura de una cuenta bancaria productiva única y específica a nombre del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, para recibir de la Secretaría de Finanzas y Planeación, los recursos señalados en este Convenio, lo que permitirá mantener los recursos plenamente identificados para la recepción, ejercicio, comprobación y cierre presupuestario; notificando por escrito a "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, los datos de identificación de dicha cuenta.
La no ministración de estos recursos a la Unidad Ejecutora en el plazo establecido en el párrafo cuarto de esta Cláusula, se considerará incumplimiento de este instrumento jurídico y será causa para solicitar el reintegro de los recursos transferidos, así como el de los rendimientos financieros obtenidos, a la Tesorería de la Federación.
Secretaría de Finanzas y Planeación, y la Unidad Ejecutora, deberán remitir a "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, la documentación correspondiente a la apertura de las cuentas a que se refiere esta Cláusula, en la que se especifique que el destino final de los recursos es el Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica.
Los recursos presupuestarios federales que se transfieran en los términos de este Convenio de Colaboración no pierden su carácter federal, por lo que en su asignación y ejecución deberán observarse las disposiciones jurídicas federales aplicables.
Queda expresamente acordado, que la transferencia presupuestaria otorgada en el presente Convenio garantiza la operación anual y no es susceptible de presupuestarse en los ejercicios siguientes, por lo que no implica el compromiso de transferencias posteriores ni en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo al Ejecutivo Federal, para complementar cualquier otro gasto administrativo o de operación vinculado con el objeto del mismo.
Los recursos presupuestarios federales que "EL INSABI" se compromete a transferir a "LA ENTIDAD", estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria y a las autorizaciones correspondientes, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.
TERCERA. VERIFICACIÓN DEL DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES. - Para asegurar la transparencia en la aplicación y comprobación de los recursos federales ministrados, "LAS PARTES" convienen en sujetarse a lo siguiente:
I.          "EL INSABI", por conducto de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, dentro del marco de sus atribuciones y a través de los mecanismos que esta última implemente para tal fin, verificará (i) el cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores de desempeño a que se refiere la Cláusula Cuarta de este Convenio, y (ii) que los recursos presupuestarios federales señalados en la Cláusula Segunda sean destinados únicamente para cubrir el objeto del presente instrumento jurídico, de conformidad con los Anexos 3, 7 y 7 A, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal.
II.         Las acciones de verificación de la aplicación de los recursos que "EL INSABI" realice en los términos estipulados en el presente instrumento jurídico, no implicará en modo alguno que éste pueda participar en los procesos de aplicación de los mismos, en virtud de lo cual deberá abstenerse de intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice "LA ENTIDAD" para cumplir con "EL PROGRAMA", así como de interferir de forma alguna en el procedimiento y mecanismo de supervisión externo que defina "LA ENTIDAD" durante la aplicación de los recursos presupuestarios destinados a su ejecución y demás actividades que se realicen para el cumplimiento de las condiciones técnicas, económicas, de tiempo, de cantidad y de calidad contratadas a través de "LA ENTIDAD".
III.        "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, considerando su disponibilidad de personal y presupuestaria, podrá practicar visitas de supervisión de acuerdo al Modelo de Supervisión y formatos que establezca "EL INSABI" para este fin, conforme al periodo de visitas determinado en el Anexo 11, a efecto de verificar la correcta operación de "EL PROGRAMA", el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente instrumento jurídico, así como el seguimiento del ejercicio de los recursos y la presentación de informes a "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, tales como: los informes de avances financieros, los informes de rendimientos financieros generados con motivo de los recursos presupuestarios federales transferidos, conforme al Anexo 9, relaciones de gasto, estados de cuenta bancaria y las conciliaciones bancarias.
            En caso de que, con motivo de las visitas de supervisión, "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, detecte incumplimientos a los compromisos establecidos a cargo de "LA ENTIDAD", deberá dar vista a las instancias federales y locales competentes, para que procedan conforme a sus atribuciones.
IV.        "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, solicitará a "LA ENTIDAD" la entrega del reporte de indicadores de desempeño de prestación de servicio, así como la certificación de gasto, conforme al formato que se incluye en el Anexo 4, mediante los cuales se detallan las erogaciones del gasto y por los que "LA ENTIDAD" sustente y fundamente la correcta aplicación de los recursos a que se refiere la Cláusula Segunda del presente instrumento jurídico. Para los efectos de verificación anteriormente referidos, "LA ENTIDAD" deberá exhibir la documentación soporte (original en su caso) y archivos electrónicos que así lo acrediten.
V.         "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, podrá en todo momento verificar en coordinación con "LA ENTIDAD" la documentación que permita observar el ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos a "LA ENTIDAD", así como sus rendimientos financieros generados y podrá solicitar a esta última los documentos que justifiquen y comprueben el ejercicio de dichos recursos. El ejercicio de los recursos deberá reflejarse en el formato de certificación de gasto, conforme a lo establecido en el Anexo 4 del presente Convenio; la documentación soporte deberá adjuntarse en archivos electrónicos en la plataforma informática correspondiente.
CUARTA. OBJETIVOS, METAS E INDICADORES DE DESEMPEÑO.- Los recursos presupuestarios federales que se transfieran a "LA ENTIDAD" para la operación de "EL PROGRAMA", así como los recursos humanos que se le asignen para tal fin en los términos previstos en las "REGLAS" y el presente Convenio, tendrán los objetivos, metas e indicadores de desempeño que a continuación se mencionan:
OBJETIVO: Transferir recursos presupuestarios federales a "LA ENTIDAD", así como asignar a ésta, los recursos humanos necesarios para la operación de "EL PROGRAMA", para contribuir con ésta a que brinde en su circunscripción territorial, a través de la Unidad Ejecutora, de forma efectiva, acceso y prestación de los servicios de atención primaria a la salud en localidades menores a 2,500 personas, carentes de servicios de salud.
META: Atender a las localidades integradas en el Anexo 5 de este Convenio.
INDICADORES DE DESEMPEÑO: En el Anexo 6 se describen los indicadores y las variables a las que se compromete "LA ENTIDAD" que permitirán evaluar el desempeño y el cumplimiento de los compromisos descritos en este instrumento jurídico.
QUINTA. APLICACIÓN.- Los recursos presupuestarios federales a que alude la Cláusula Segunda de este instrumento jurídico, se destinarán en forma exclusiva para cubrir los conceptos de gasto mencionados en los Anexos 3 y 7 para la operación de "EL PROGRAMA" en el ejercicio fiscal 2022; no podrán destinarse a otros conceptos de gasto y se registrarán conforme a su naturaleza, como gasto corriente o gasto de capital; se devengarán conforme a lo establecido en el artículo 175, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; se registrarán por "LA ENTIDAD" en su contabilidad de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y se rendirán en su Cuenta Pública, sin que por ello pierdan su carácter federal.
Los rendimientos financieros que generen los recursos presupuestarios a que se refiere el párrafo anterior, podrán destinarse, previa autorización de "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, a "EL PROGRAMA" objeto del presente Convenio, de conformidad con lo estipulado en el Anexo 7, así como las partidas estipuladas en el Anexo 7 A.
"LA ENTIDAD" presentará un informe de los rendimientos financieros que generen los recursos presupuestarios federales transferidos en virtud del presente instrumento, conforme al Anexo 9.
El seguimiento del ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos en virtud del presente instrumento, así como de los rendimientos financieros que éstos generen deberá hacerse conforme con los Anexos 4 y 10.
Los remanentes de (i) los recursos presupuestarios federales transferidos a "LA ENTIDAD", y (ii) de los rendimientos financieros generados, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación, al cierre del ejercicio fiscal, en los términos del artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, debiendo informarlo a "EL INSABI", por conducto de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, de manera escrita y con los documentos soportes correspondientes.
SEXTA. GASTOS ADMINISTRATIVOS. - Los gastos administrativos diferentes a los que se mencionan en el Anexo 7 y, en su caso, en el Anexo 7 A del presente Convenio, deberán ser erogados por "LA ENTIDAD" con cargo a sus recursos propios.
SÉPTIMA. ASIGNACIÓN DE RECURSOS HUMANOS. Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico, "LAS PARTES" convienen en que "EL INSABI", con cargo a los recursos de "EL PROGRAMA" y sujeto a la disponibilidad presupuestaria del mismo, asignará a "LA ENTIDAD", la plantilla de personal que se detalla en el Anexo 8 de este Convenio de Colaboración.
Para efecto de lo anterior, queda expresamente estipulado por "LAS PARTES", que la contratación del personal que se realice para ocupar la plantilla a que se hace mención en el párrafo anterior, será efectuada por "EL INSABI", a través de la Coordinación de Recursos Humanos y Regularización de Personal, conforme al tabulador que se contiene en el Anexo 12 de este instrumento jurídico.
Para tal fin, "LAS PARTES" acuerdan sujetarse a las bases siguientes:
A.         "LAS PARTES" acuerdan que cada una de las plazas comprendidas en la plantilla de personal a que se refiere esta Cláusula, correspondientes a (i) las personas con formación de medicina general que formarán parte de los Equipos de Salud Itinerantes de "EL PROGRAMA", y (ii) la plantilla operativa correspondiente a dichos equipos (personal de enfermería, odontología y de promoción) estará vinculada de manera permanente e irrevocable a una unidad médica móvil en particular.
B.         Las plazas asignadas a la plantilla de personal a que se refiere esta Cláusula, referentes a (i) las personas con formación de medicina general que formarán parte de los Equipos de Salud Itinerantes de "EL PROGRAMA"; (ii) la plantilla operativa correspondiente a dichos equipos (personal de enfermería, odontología y de promoción), y (iii) el personal gerencial de "EL PROGRAMA" (coordinadores, supervisores y enlaces administrativos), deberán estar comprendidas dentro de las categorías y cumplir con los perfiles de puestos previstos en el numeral 6.5.2. de las "REGLAS".
C.         La ocupación de las plazas que conforma la plantilla a que se refiera esta Cláusula se realizará, por cuanto hace a (i) las personas con formación de medicina general que formarán parte de los Equipos de Salud Itinerantes de "EL PROGRAMA", y (ii) la plantilla operativa correspondiente a dichos equipos (personal de enfermería, odontología y de promoción), con base en las propuestas que formule "LA ENTIDAD", por conducto del Director General de Servicios de Salud de Veracruz. En el caso de la ocupación de las plazas del personal gerencial de "EL PROGRAMA", relativas a coordinadores y supervisores, éstos serán designados con base en la convocatoria que se emita de conformidad con el numeral 6.5.1 de las "REGLAS", mientras que los enlaces administrativos serán designados a propuesta directa de "EL INSABI", en los términos previstos en la misma disposición.
            En este tenor, las personas que se propongan para ocupar las plazas que integran la plantilla laboral a que se refiere esta Cláusula, deberán cumplir con los criterios de selección siguientes:
a.     Ser de nacionalidad mexicana, salvo en el supuesto de que no existan personas mexicanas que puedan desarrollar el servicio respectivo.
 
       Quienes sean extranjeros deberán acreditar, en los términos previstos en la Ley General de Población y demás disposiciones que de la misma derivan, la condición de estancia que les permita llevar a cabo la prestación de los servicios inherentes a la plaza a ocuparse.
b.    Acreditar su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.
c.     Contar con Clave Única de Registro de Población.
d.    Acreditar los conocimientos o escolaridad que requiere el perfil del puesto a ocuparse, conforme a lo señalado en el numeral 6.5.2. de las "REGLAS".
       En el caso de que el perfil del puesto requiera que éste sea ocupado por persona que cuente con estudios profesionales, deberá exhibirse la cédula profesional correspondiente expedida por la autoridad educativa competente. Tratándose de plazas que deban ocuparse por profesionales de la salud que cuenten con especialidad médica, deberá exhibirse adicionalmente a su cédula profesional, el certificado vigente expedido por el Consejo de Especialidad a que se refiere el artículo 81 de la Ley General de Salud.
e.     No estar inhabilitado para desempeñar un empleo o cargo, en el servicio público.
f.     La demás información que determine "EL INSABI", a través de la Coordinación de Recursos Humanos y Regularización de Personal.
            Bajo ninguna circunstancia se podrá requerir a las personas que se propongan para la ocupación de alguna de las plazas que integran la plantilla de personal a que se refiere esta Cláusula, (i) prueba médica o certificado de no gravidez para verificar embarazo, ni (ii) prueba de VIH/SIDA.
D.         Para efectos de la continuidad de la contratación del personal a que se refiere la presente cláusula, serán considerados los resultados de la evaluación de productividad con base en los indicadores descritos en el Anexo 6 del presente instrumento, así como los informes de asistencia e incidencias del personal a que se refiere el inciso E de la presente cláusula.
E.         "LAS PARTES" convienen en que "LA ENTIDAD", a través del servidor público designado por "LA ENTIDAD" en el párrafo segundo de la Cláusula Décima de este instrumento jurídico, coadyuvará con el "EL INSABI" en la administración del personal que conforma la plantilla laboral a que se refiere esta Cláusula, para lo cual deberá:
a.     Establecer los mecanismos a que se sujetará el control de asistencia de las personas que ocupen las plazas objeto de este Convenio de Colaboración, en los que se deberán considerar, al menos, los registros de asistencia y conclusión de las jornadas de trabajo y rendir a "EL INSABI", a través de la Coordinación de Recursos Humanos y Regularización de Personal, los informes que ésta le requiera, con la periodicidad y bajo los criterios que por oficio le notifique.
b.    Generar, con la periodicidad y conforme a los criterios que determine "EL INSABI", a través de la Coordinación de Recursos Humanos y Regularización de Personal, los informes de asistencias e incidencias de la plantilla de personal a que se refiere esta Cláusula, con la finalidad de que esta última esté en posibilidad de dispersar con oportunidad el pago de la nómina correspondiente a dicha plantilla de personal.
c.     Documentar, mediante el levantamiento de actas circunstanciadas, los hechos que pudiesen constituir incumplimiento de las obligaciones de los trabajadores que integran la plantilla laboral a que se refiere esta Cláusula, y dar lugar a la terminación de los efectos de su nombramiento o a la aplicación de medidas disciplinarias, y hecho esto, remitirla a "EL INSABI", por conducto de la Coordinación de Recursos Humanos y Regularización de Personal, para que ésta realice las acciones conducentes.
       El levantamiento de dichas actas, correrá a cargo del servidor público designado por "LA ENTIDAD" en el párrafo segundo de la Cláusula Décima de este instrumento jurídico, con la participación del Coordinador de "EL PROGRAMA" en "LA ENTIDAD" y ante la presencia de dos testigos de asistencia. En dicho instrumento deberá darse intervención al trabajador involucrado en los hechos que dan lugar al levantamiento del acta.
       "EL INSABI", por conducto de la Coordinación de Recursos Humanos y Regularización de Personal, podrá establecer criterios específicos para el levantamiento de las referidas actas circunstanciadas, mismos que serán notificados por oficio a "LA ENTIDAD"
OCTAVA. OBLIGACIONES DE "LA ENTIDAD".- Adicionalmente a los compromisos establecidos en otras Cláusulas del presente Convenio de Colaboración, "LA ENTIDAD" se obliga a:
I.          Vigilar el cumplimiento estricto de las disposiciones legales aplicables en el ejercicio del gasto público federal, dando aviso ante las instancias respectivas por cualquier anomalía detectada al respecto, y conforme a lo establecido en las "REGLAS", por conducto de la Unidad Ejecutora, responsable ante "EL INSABI" del adecuado ejercicio y comprobación de los recursos objeto del presente instrumento jurídico.
II.         Responder por la integración y veracidad de la información técnica y financiera que presenten para el cumplimiento de los compromisos establecidos en el presente instrumento jurídico, particularmente, de aquélla generada con motivo de la aplicación, seguimiento, control, rendición de cuentas y transparencia de los recursos presupuestarios federales transferidos, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
III.        Aplicar los recursos presupuestarios federales transferidos y sus rendimientos financieros, sujetándose a los objetivos, metas e indicadores de desempeño a que se refiere el presente Convenio.
IV.        Remitir por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, a "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles posteriores a la recepción de la ministración de recursos que se detalla en los Anexos 1 y 2 del presente Convenio, los comprobantes que acrediten la recepción de dicha ministración, conforme a la normativa aplicable. La documentación comprobatoria a que se refiere este párrafo deberá remitirse en archivo electrónico con el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).
            Así mismo, la Unidad Ejecutora deberá remitir a "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles posteriores a la recepción de las ministraciones realizadas por parte de la Secretaría de Finanzas y Planeación, los comprobantes que acrediten la recepción de dichas ministraciones, conforme a la normativa aplicable.
V.         Mantener bajo su custodia la documentación comprobatoria original de los recursos presupuestarios federales erogados, hasta en tanto la misma le sea requerida por "EL INSABI" y, en su caso por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o de la Secretaría de la Función Pública y/o de los órganos fiscalizadores competentes, así como la información adicional que estas últimas le requieran.
VI.        Verificar que la documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales objeto de este Convenio, cumpla con los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales aplicables, entre otros, aquéllos que determinan los artículos 29 y 29-A, del Código Fiscal de la Federación, los que deberán expedirse a nombre de "LA ENTIDAD", para lo cual, se deberá remitir archivo electrónico CFDI, salvo en los casos de excepción establecidos en la legislación y normativa de la materia, en cuyo caso se deberán atender las disposiciones especiales para su comprobación. Así mismo, deberá remitir a "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, el archivo electrónico con la verificación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
VII.       Reintegrar a la Tesorería de la Federación dentro de los quince (15) días naturales siguientes en
que los requiera "EL INSABI", los recursos presupuestarios federales transferidos y sus rendimientos financieros, que después de radicados a la Secretaría de Finanzas y Planeación, no hayan sido ministrados a la Unidad Ejecutora, o que una vez ministrados a esta última, no sean ejercidos en los términos del presente Convenio o que se mantengan ociosos.
VIII.      Realizar con recursos propios de "LA ENTIDAD", el aseguramiento de las unidades médicas móviles asignadas en comodato o adquiridas con recursos de Nuevas Modalidades por "LA ENTIDAD" para el desarrollo de "EL PROGRAMA". Para el caso de unidades médicas móviles otorgadas en comodato la póliza de aseguramiento respectiva deberá expedirse a favor de la Tesorería de la Federación.
            Dicho aseguramiento deberá comprender, adicionalmente, a los ocupantes y equipamiento de las referidas unidades médicas móviles, con cobertura amplia y para casos de desastres naturales, garantizando que quede cubierto el presente ejercicio fiscal. Dentro de los quince (15) días naturales siguientes a la contratación del aseguramiento, "LA ENTIDAD" deberá enviar a "EL INSABI", por conducto de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, copia de las pólizas respectivas.
IX.        Realizar las acciones necesarias para el mantenimiento preventivo y correctivo de las unidades médicas móviles. "LA ENTIDAD" deberá remitir trimestralmente, a "EL INSABI", por conducto de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, dentro de los quince (15) días naturales siguientes al trimestre que se reporte, el informe correspondiente que acredite el mantenimiento preventivo y correctivo de dichas unidades, resguardando la documentación comprobatoria.
X.         Realizar con recursos propios de la "LA ENTIDAD", el pago de emplacamiento (placas de circulación), tenencia y/o derechos federales o locales que correspondan a las unidades médicas móviles.
XI.        Informar de manera trimestral a "EL INSABI", a través de la Unidad de Coordinación Nacional Médica, por conducto de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad Ejecutora, dentro de los diez (10) primeros días hábiles siguientes al trimestre que se reporta, utilizando las plataformas electrónicas desarrolladas para tal fin, la aplicación y comprobación de los recursos transferidos, los rendimientos financieros, con base en los avances financieros, relaciones de gasto, estados de cuenta bancarios y conciliaciones bancarias, respecto de los recursos presupuestarios federales transferidos con motivo de este instrumento jurídico, conforme a los Anexos 4 y 9 del presente Convenio, debiendo adjuntar archivos electrónicos con la documentación soporte correspondiente.
XII.       Estampar en la documentación comprobatoria, el sello con la leyenda "Operado con recursos presupuestarios federales, para el Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica del Ejercicio Fiscal 2022".
XIII.      Reportar y dar seguimiento trimestralmente, por conducto de la Unidad Ejecutora, dentro de los quince (15) primeros días hábiles de los meses de abril, julio y octubre correspondientes al ejercicio 2022 y enero del siguiente año, el avance en el cumplimiento de indicadores de desempeño y el resultado de las acciones que lleve a cabo, de conformidad con este instrumento jurídico.
XIV.      La Unidad Ejecutora deberá informar a "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, sobre el cierre del ejercicio presupuestario de los recursos federales asignados a "LA ENTIDAD" para la operación de "EL PROGRAMA", mediante el formato descrito en el Anexo 10, incluyendo como documentación soporte los estados de cuenta, conciliaciones bancarias y cancelación de las cuentas abiertas por ambas instancias. Dicho informe será entregado a "EL INSABI", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, dentro de los treinta (30) días hábiles posteriores al cierre del ejercicio fiscal vigente.
XV.       Establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores de desempeño, para los que se destinen los recursos presupuestarios federales transferidos, con base en los resultados y supervisiones realizadas.
XVI.      Informar sobre la suscripción de este Convenio, al órgano técnico de fiscalización de la legislatura local en "LA ENTIDAD", por conducto de la Secretaría de Salud y de la Unidad Ejecutora.
XVII.     Realizar las gestiones para la publicación del presente instrumento jurídico en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD", así como en su página de Internet, por conducto de la Secretaría de Salud y de la Unidad Ejecutora.
XVIII.     Realizar las acciones necesarias para la promoción de la Contraloría Social de "EL PROGRAMA" con base en los documentos de Contraloría Social que la Secretaría de la Función Pública autorice, así como en las "REGLAS" de "EL PROGRAMA" y en los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social.
            Al efecto, los mecanismos y acciones para impulsar y apoyar la implementación de la Contraloría Social que se utilizarán son:
a.     Difusión. Instancia Normativa y "LA ENTIDAD".
b.    Capacitación y asesoría a servidores públicos. Instancia Normativa y "LA ENTIDAD";
c.     Capacitación a integrantes de Comités. "LA ENTIDAD".
d.    Recopilación de Informes y atención a quejas y denuncias. "LA ENTIDAD".
XIX.      Supervisar en todo momento, a través del servidor público designado por "LA ENTIDAD" en el párrafo segundo de la Cláusula Décima de este instrumento jurídico, con la participación del Coordinador de "EL PROGRAMA" en "LA ENTIDAD", que las personas que integran la plantilla de personal asignada para la operación de "EL PROGRAMA", cumplan cabalmente con las funciones inherentes a sus puestos, así como que, en el cumplimiento de las mismas, se apeguen a lo previsto en las disposiciones jurídicas aplicable.
XX.       Responder por la integración y veracidad de la información que recabe respecto de las personas que proponga para ocupar las plazas que se asignen a "EL PROGRAMA".
NOVENA. OBLIGACIONES DE "EL INSABI". - Adicionalmente a los compromisos establecidos en otras Cláusulas del presente Convenio de Colaboración, "EL INSABI" se obliga a:
I.          Transferir a "LA ENTIDAD", a través de la Coordinación de Financiamiento, con el carácter de subsidios, los recursos presupuestarios federales a que se refiere el presente Convenio, conforme al periodo de ministración establecido en su Anexo 2.
II.         Verificar, a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, que los recursos presupuestarios federales que en virtud de este instrumento jurídico se transfieran, sean aplicados únicamente para la realización del objeto del mismo, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal y/o de "LA ENTIDAD".
III.        Practicar periódicamente, a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, dependiendo de su disponibilidad de personal y presupuestaria, visitas de supervisión de acuerdo con el calendario y planeación que para tal efecto se establezca con "LA ENTIDAD", conforme al formato de visitas establecido en el Anexo 11, con el propósito de verificar el uso adecuado de los recursos y el estado general que guarden los bienes dados en comodato.
IV.        Solicitar a "LA ENTIDAD", a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, dentro de los primeros quince días hábiles de los
meses de abril, julio y octubre correspondientes al ejercicio 2022 y enero del siguiente año, el avance en el cumplimiento de indicadores de desempeño Anexo 6 y el resultado de las acciones que lleve a cabo, de conformidad con este instrumento jurídico.
V.         Dar seguimiento, a través de la Coordinación de Atención a la Salud, al ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos y rendimientos financieros, con base en lo reportado en el Anexo 9, así como en el Anexo 4.
VI.        Solicitar, a través de la Coordinación de Atención a la Salud, la documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales transferidos, que "LA ENTIDAD" debe presentar a "EL INSABI", en términos de lo estipulado en el presente Convenio.
VII.       Presentar el Informe de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal y los demás informes que sean requeridos, sobre la aplicación de los recursos transferidos con motivo del presente Convenio.
VIII.      Dar seguimiento trimestral, a través de la Coordinación de Atención a la Salud, en coordinación con "LA ENTIDAD", sobre el avance en el cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico.
IX.        Realizar, en el ámbito de su competencia, a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, la verificación y seguimiento de los recursos presupuestarios federales que en virtud de este instrumento serán ministrados a "LA ENTIDAD", de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables en materia del ejercicio del gasto público federal.
X.         Verificar a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, de manera aleatoria, que las unidades médicas móviles estén cubriendo la totalidad de rutas previamente planeadas y avaladas, así como prestando los servicios establecidos en las "REGLAS".
XI.        Realizar las gestiones necesarias para la publicación del presente instrumento jurídico en el Diario Oficial de la Federación.
XII.       Difundir en la página de Internet de "EL INSABI", el presente instrumento jurídico en el que se señalan los recursos presupuestarios federales transferidos para la operación "EL PROGRAMA", en los términos de las disposiciones aplicables.
XIII.      Establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores de desempeño, para los que se destinen los recursos presupuestarios federales transferidos.
XIV.      Realizar, por conducto de la Coordinación de Recursos Humanos y Regularización de Personal, las acciones conducentes para llevar a cabo la contratación de las personas que habrán de ocupar la plantilla de personal que se asignará a "LA ENTIDAD", para la operación de "EL PROGRAMA", en los términos previstos en las "REGLAS" y el presente instrumento jurídico.
DÉCIMA. ACCIONES DE VERIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO. - La verificación y seguimiento al ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos por "EL INSABI" a "LA ENTIDAD" con motivo del presente instrumento jurídico, corresponderá a "EL INSABI" a través de la Coordinación de Atención a la Salud, adscrita a la Unidad de Coordinación Nacional Médica, en los términos de las disposiciones aplicables y estipulaciones del presente Convenio. En lo que respecta a la contratación del personal que se asignará a "LA ENTIDAD" para la operación de "EL PROGRAMA", dicha responsabilidad corresponderá al titular de la Coordinación de Recursos Humanos y Regularización de Personal.
Por lo que respecta a "LA ENTIDAD", la verificación y seguimiento al correcto ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos por "EL INSABI" a "LA ENTIDAD", así como el seguimiento de las acciones que realice el personal que se asigne a esta última para la operación de "EL PROGRAMA", estará a cargo de la persona titular de la Dirección Administrativa de Servicios de Salud de Veracruz y la persona titular de la Dirección de Atención Médica de Servicios de Salud de Veracruz en "LA ENTIDAD".
Cuando los servidores públicos que participen en la ejecución del Convenio, detecten que los recursos presupuestarios federales transferidos han sido utilizados para fines distintos a los que se señalan en el Convenio, o que el personal asignado a "LA ENTIDAD", realice acciones distintas a las previstas en las "REGLAS" y el presente instrumento jurídico, deberán hacerlo del conocimiento, en forma inmediata, de la Auditoría Superior de la Federación y de la Secretaría de la Función Pública y, en su caso, del Ministerio Público de la Federación.
DÉCIMA PRIMERA. RELACIÓN LABORAL.- Queda expresamente estipulado por "LAS PARTES", que el personal contratado, empleado o comisionado por cada una de ellas para dar cumplimiento al presente instrumento jurídico, guardará relación laboral únicamente con aquélla que lo contrató, empleó o comisionó, por lo que asumen plena responsabilidad por este concepto, sin que en ningún caso, la otra parte pueda ser considerada como patrón sustituto o solidario, obligándose en consecuencia, cada una de ellas, a sacar a la otra, en paz y a salvo, frente a cualquier reclamación o demanda, que su personal pretendiese entablar en su contra, deslindándose desde ahora de cualquier responsabilidad de carácter laboral, civil, penal, administrativa o de cualquier otra naturaleza jurídica que en ese sentido se les quiera fincar.
DÉCIMA SEGUNDA. VIGENCIA. - El presente Convenio surtirá sus efectos anuales a partir de la fecha de su suscripción y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2022.
DÉCIMA TERCERA. MODIFICACIONES AL CONVENIO.- "LAS PARTES" acuerdan que el presente Convenio podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD".
En circunstancias especiales, caso fortuito o de fuerza mayor, para la realización del objeto previsto en este instrumento jurídico, "LAS PARTES" acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas eventualidades. En todo caso, las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del Convenio Modificatorio correspondiente.
DÉCIMA CUARTA. El presente Convenio podrá darse por terminado de manera anticipada por cualquiera de las causas siguientes:
I.          Por acuerdo de "LAS PARTES".
II.         Por no existir la disponibilidad presupuestaria para hacer frente a los compromisos que adquiere "EL INSABI".
III.        Por caso fortuito o fuerza mayor.
DÉCIMA QUINTA. CAUSAS DE RESCISIÓN.- El presente Convenio podrá rescindirse, por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en el presente instrumento jurídico.
DÉCIMA SEXTA. INTERPRETACIÓN Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES convienen en que las controversias que se originen con motivo de la interpretación o cumplimiento del presente Convenio serán resueltas por las mismas de común acuerdo. En el caso de subsistir la controversia, convienen en someterse a los tribunales federales competentes en la Ciudad de México, renunciando en consecuencia, a cualquier otra jurisdicción que pudiere corresponderles en razón de sus domicilios presentes o futuros.
Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio, lo firman por quintuplicado, en la Ciudad de México, a los veinticinco días del mes de mayo de dos mil veintidós.- Por el INSABI: el Director General, Mtro. Juan Antonio Ferrer Aguilar.- Rúbrica.- Firma en suplencia por ausencia del Titular de la Unidad de Coordinación Nacional Médica del Instituto de Salud para el Bienestar, con fundamento en lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo sexagésimo sexto del Estatuto Orgánico del Instituto de Salud para el Bienestar, el Coordinador de Atención a la Salud, Dr. Juan José Mazón Ramírez.- Rúbrica.- Firma en suplencia por ausencia del Titular de la Coordinación de Financiamiento del Instituto de Salud para el Bienestar, con fundamento en lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo sexagésimo sexto del Estatuto Orgánico del Instituto de Salud para el Bienestar, el Director de Administración Financiera del Fideicomiso, M. en Aud. Vicente Reyes Magaña.- Rúbrica.- El Coordinador de Recursos Humanos y Regularización de Personal, Mtro. Candelario Pérez Alvarado.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Finanzas y Planeación, Mtro. José Luis Lima Franco.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General del Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud de Veracruz, Dr. Gerardo Díaz Morales.- Rúbrica.
ANEXO 1 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS

CAPÍTULO Y PARTIDA DE GASTO
APORTACIÓN FEDERAL
4000 "Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras
Ayudas"
43801 "Subsidios a las Entidades Federativas y Municipios.
$868,038.90
TOTAL
$868,038.90
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $868,038.90 (Ochocientos sesenta y ocho mil treinta y ocho pesos 90/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz Ignacio de la Llave, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, la Secretaría de Salud del Estado de Veracruz y Servicios de Salud de Veracruz.
ANEXO 1A DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, DEL PROGRAMA S200 FORTALECIMIENTO
A LA ATENCIÓN MÉDICA
ASIGNACIÓN DE RECURSOS HUMANOS

ASIGNACIÓN DE RECURSOS HUMANOS*
CONTRATACIÓN CENTRALIZADA INSABI
1000 "Servicios Personales"
Médicos Residentes para trabajo Comunitario Itinerante
$21,858,144.70
1000 "Servicios Personales"
Contratación de personal operativo y gerencial
$39,617,085.19
TOTAL
$61,475,229.89
 
*Recurso que se destinará hasta por la cantidad señalada en el cuadro, dicha cantidad podrá ser menor con base en las vacancias, faltas, retardos y/o criterios que determine la Coordinación de Recursos Humanos y Regularización de Personal.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $868,038.90 (Ochocientos sesenta y ocho mil treinta y ocho pesos 90/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz Ignacio de la Llave, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, la Secretaría de Salud del Estado de Veracruz y Servicios de Salud de Veracruz.
ANEXO 2 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
PERIODO PARA MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES Y ASIGNACIÓN DE RECURSOS
HUMANOS

CONCEPTO
PERIODO:
Transferencia de recursos
4000 "Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras
Ayudas"
43801 "Subsidios a las Entidades Federativas y
Municipios.
ENERO-MAYO
Asignación de personal
1000 "Servicios Personales"
Médicos Residentes para el trabajo social comunitario
itinerante
Contratación de personal operativo y gerencial
A PARTIR DE ENERO
A PARTIR DE FEBRERO
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $868,038.90 (Ochocientos sesenta y ocho mil treinta y ocho pesos 90/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz Ignacio de la Llave, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, la Secretaría de Salud del Estado de Veracruz y Servicios de Salud de Veracruz.
ANEXO 3 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
DISTRIBUCIÓN DEL GASTO POR CONCEPTO Y PARTIDA DE GASTO PARA LA APLICACIÓN DE LOS RECURSOS
TRANSFERIDOS A "LA ENTIDAD"

GASTOS DE OPERACIÓN ANUALES PARA 43 UMM
TOTAL 2022
3700      "SERVICIOS DE TRASLADO Y VIÁTICOS" (*)
$737,833.07
33604    "IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES" (**)
$130,205.83
TOTAL
$868,038.90
 
* Los recursos presupuestarios transferidos en el concepto de gasto 3700, podrán ser ejercidos por la entidad federativa en cualquiera de las partidas presupuestarias señaladas en el Anexo 7 de este Convenio y los rendimientos financieros derivados de esta transferencia, podrán ser aplicados a las partidas presupuestarias señaladas en el Anexo 7A.
En caso de que personal de "EL PROGRAMA" en la entidad federativa, realice comisiones oficiales, en las cuales genere gastos por concepto de otros impuestos y derechos, podrá comprobar el gasto en la partida 39202.
** Los recursos presupuestarios transferidos para la partida presupuestal 33604, deberán ser ejercidos para cubrir los gastos de los servicios de impresión y elaboración de material informativo para su uso en la contraloría social.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $868,038.90 (Ochocientos sesenta y ocho mil treinta y ocho pesos 90/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz Ignacio de la Llave, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, la Secretaría de Salud del Estado de Veracruz y Servicios de Salud de Veracruz.
 

INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL ANEXO 4 FORMATO DE CERTIFICACIÓN DE GASTO 2022 PARA "GASTOS
DE OPERACIÓN"
INSTRUCTIVO
Se deberá anotar lo siguiente:
1
Entidad Federativa.
 
12
Especificar si es contrato o pedido
2
Monto por concepto de gasto
 
13
Proveedor o Prestador de Servicios
3
Concepto de Gasto de Aplicación
 
14
Importe del CFDI (incluye IVA) y/o ISR.
4
Nombre del Concepto de Gasto
 
15
Observaciones Generales
5
Fecha de elaboración del certificado
 
16
Total del gasto efectuado.
6
Partida Específica de gasto
 
17
Nombre del Responsable de elaborar la comprobación.
7
Número del Comprobante Fiscal Digital por Internet(CFDI)
 
18
Cargo del Responsable de elaborar la comprobación.
8
Número de la Clave Única de Establecimientos de Salud (CLUES)
 
19
Titular de la Dirección Administrativa de los Servicios de Salud (o equivalente).
9
Póliza Cheque y/o Transferencia Electrónica del pago efectuado
 
20
Titular de la Secretaría de Salud Estatal o Titular de los Servicios de Salud de la Entidad Federativa (o su equivalente)
10
Fecha de la Póliza de Cheque y/o Transferencia Electrónica
 
11
Siglas de la modalidad de adquisición (conforme a la LAASSP)
 
21
Mes en que se reporta
 
NOTA: ES IMPORTANTE MENCIONAR QUE DEBERÁ EMITIRSE UN FORMATO DE CERTIFICACIÓN DE GASTO POR CADA CONCEPTO DE GASTO COMPROBADO (EJERCIDO), ASÍ COMO PARA EL CASO DE LOS RENDIMIENTOS FINANCIEROS, DE ACUERDO AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS ASIGNADOS A LA ENTIDAD FEDERATIVA.
LA DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA DEL GASTO DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES OBJETO DE ESTE CONVENIO DE COLABORACIÓN, DEBERÁ CUMPLIR CON LOS REQUISITOS FISCALES ESTABLECIDOS EN LAS DISPOSICIONES FEDERALES APLICABLES, COMO SON ENTRE OTROS LOS DISPUESTOS POR LOS ARTÍCULOS 29 Y 29-A DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, LOS CUALES DEBERÁN EXPEDIRSE A NOMBRE DE "LA ENTIDAD" (SEGÚN CORRESPONDA), ESTABLECIENDO DOMICILIO, REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (RFC), CONCEPTOS DE PAGO, ETC., PARA LO CUAL DEBERÁ REMITIR ARCHIVO ELECTRÓNICO DEL COMPROBANTE FISCAL DIGITAL POR INTERNET (CFDI), SALVO LOS CASOS DE EXCEPCIÓN ESTABLECIDOS EN LA LEGISLACIÓN Y NORMATIVA DE LA MATERIA QUE ASÍ LO ESTABLEZCA, EN CUYO CASO SE DEBERÁN ATENDER LAS DISPOSICIONES ESPECIALES PARA SU COMPROBACIÓN. ASIMISMO, DEBERÁ REMITIR ARCHIVO ELECTRÓNICO CON LA VERIFICACIÓN DE COMPROBANTES FISCALES DIGITALES POR INTERNET, EMITIDO POR EL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SAT). ASIMISMO, SE DEBE DAR CUMPLIMIENTO A LO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 66 DEL REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $868,038.90 (Ochocientos sesenta y ocho mil treinta y ocho pesos 90/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz Ignacio de la Llave, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, la Secretaría de Salud del Estado de Veracruz y Servicios de Salud de Veracruz.
ANEXO 5 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
RUTAS 2022
ENTIDAD FEDERATIVA: VERACRUZ
No. de unidades Beneficiadas: 24 UMM-0, 12 UMM-1, 5 UMM-2 y 2 UMM-3.
Dirección General de Información en Salud
Localidades en ruta
Població
n
Objetivo
(INEGI)
Personal
Jornad
a de la
Unidad
Móvil
Red de Atención
CLUES
Nombre de la
UMM
Tipo
de
UMM
y
año
Municipio
Centro de Salud ANCLA (para
las Tipo 0)
Unidad de 2° Nivel
(Emergencias Obstétricas)
Clav
e
Nombre
Clave
Nombre
Localidad
CLUES
Nombre
CLUES
Nombre
VZSSA015936
Caravana Tipo 1 Ocotempa
UMM-1, 2007
168
Tequila
301680007
Ocotempa
398
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015936
Caravana Tipo 1 Ocotempa
UMM-1, 2007
168
Tequila
301680006
Mitepec
277
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015936
Caravana Tipo 1 Ocotempa
UMM-1, 2007
168
Tequila
301680005
Chapultepec El Grande
261
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015936
Caravana Tipo 1 Ocotempa
UMM-1, 2007
168
Tequila
301680042
Moxala
432
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015936
Caravana Tipo 1 Ocotempa
UMM-1, 2007
168
Tequila
301680002
Ahuatepec
357
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015936
Caravana Tipo 1 Ocotempa
UMM-1, 2007
137
Los Reyes
301370011
Totolatempa
125
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015936
Caravana Tipo 1 Ocotempa
UMM-1, 2007
2
 
6
1,850
3
Lunes -
Viernes
8 h
0
0
1
1
VZSSA015953
Caravana Tipo 1 Tenexcalco
UMM-1, 2007
110
Mixtla de Altamirano
301100005
Tenexcalco
182
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015953
Caravana Tipo 1 Tenexcalco
UMM-1, 2007
110
Mixtla de Altamirano
301100043
Cruztitla
17
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015953
Caravana Tipo 1 Tenexcalco
UMM-1, 2007
110
Mixtla de Altamirano
301100012
Ahuacatla
373
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015953
Caravana Tipo 1 Tenexcalco
UMM-1, 2007
110
Mixtla de Altamirano
301100009
Xala
333
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015953
Caravana Tipo 1 Tenexcalco
UMM-1, 2007
110
Mixtla de Altamirano
301100045
Xometla
127
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015953
Caravana Tipo 1 Tenexcalco
UMM-1, 2007
110
Mixtla de Altamirano
301100034
Cruztitla
58
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015953
Caravana Tipo 1 Tenexcalco
UMM-1, 2007
110
Mixtla de Altamirano
301100006
Tetzilquila
176
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015953
Caravana Tipo 1 Tenexcalco
UMM-1, 2007
110
Mixtla de Altamirano
301100008
Tlachicuapa
150
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015953
Caravana Tipo 1 Tenexcalco
UMM-1, 2007
159
Tehuipango
301590031
Aguacatla
101
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015953
Caravana Tipo 1 Tenexcalco
UMM-1, 2007
2
 
9
1,517
3
Lunes -
Viernes
8 h
0
0
1
1
VZSSA015965
Caravana Tipo 2 Tepecuitlapa
UMM-2, 2007
159
Tehuipango
301590026
Ojo de Agua
925
médico(a)
general,
un
odontólog
o (a), un
(a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015965
Caravana Tipo 2 Tepecuitlapa
UMM-2, 2007
159
Tehuipango
301590024
Tepecuitlapa
1,111
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015965
Caravana Tipo 2 Tepecuitlapa
UMM-2, 2007
159
Tehuipango
301590038
Xaltepec
705
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015965
Caravana Tipo 2 Tepecuitlapa
UMM-2, 2007
159
Tehuipango
301590029
Tlalchichicaspa
729
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015965
Caravana Tipo 2 Tepecuitlapa
UMM-2, 2007
 
1
 
4
3,470
4
Lunes -
Viernes
8 h
0
0
1
1
VZSSA015941
Caravana Tipo 2 Tepepa
UMM-2, 2007
184
Tlaquilpa
301840022
Tepepa
218
médico(a)
general,
un
odontólog
o (a), un
(a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015941
Caravana Tipo 2 Tepepa
UMM-2, 2007
019
Astacinga
300190002
Acuayucan
666
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015941
Caravana Tipo 2 Tepepa
UMM-2, 2007
019
Astacinga
300190024
Mapachica
94
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015941
Caravana Tipo 2 Tepepa
UMM-2, 2007
019
Astacinga
300190005
Acatitla
650
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA015941
Caravana Tipo 2 Tepepa
UMM-2, 2007
019
Astacinga
300190023
Cuatipanca
418
 
 
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
 
 
VZSSA015941
Caravana Tipo 2 Tepepa
UMM-2, 2007
 
2
 
5
2,046
4
Lunes -
Viernes
8 h
0
0
1
1
VZSSA015982
Caravana Tipo 2 Potrero de Monroy
UMM-2, 2007
072
Huayacocotla
300720023
Potrero de Monroy
487
médico(a)
general,
un
odontólog
o (a), un
(a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
 
 
VZSSA002434
H.R. de Huayacocotla
VZSSA015982
Caravana Tipo 2 Potrero de Monroy
UMM-2, 2007
072
Huayacocotla
300720026
Rosa de Castilla
79
 
 
VZSSA002434
H.R. de Huayacocotla
VZSSA015982
Caravana Tipo 2 Potrero de Monroy
UMM-2, 2007
072
Huayacocotla
300720004
Altamira
143
 
 
VZSSA002434
H.R. de Huayacocotla
VZSSA015982
Caravana Tipo 2 Potrero de Monroy
UMM-2, 2007
072
Huayacocotla
300720084
Rancho Alegre
43
 
 
VZSSA002434
H.R. de Huayacocotla
VZSSA015982
Caravana Tipo 2 Potrero de Monroy
UMM-2, 2007
072
Huayacocotla
300720082
Donangú Barrio Arriba
121
 
 
VZSSA002434
H.R. de Huayacocotla
VZSSA015982
Caravana Tipo 2 Potrero de Monroy
UMM-2, 2007
072
Huayacocotla
300720055
El Cupil
100
 
 
VZSSA002434
H.R. de Huayacocotla
VZSSA015982
Caravana Tipo 2 Potrero de Monroy
UMM-2, 2007
072
Huayacocotla
300720048
Chichapala
148
 
 
VZSSA002434
H.R. de Huayacocotla
VZSSA015982
Caravana Tipo 2 Potrero de Monroy
UMM-2, 2007
072
Huayacocotla
300720087
Cruz Bendita
4
 
 
VZSSA002434
H.R. de Huayacocotla
VZSSA015982
Caravana Tipo 2 Potrero de Monroy
UMM-2, 2007
072
Huayacocotla
300720038
El Zayado
11
 
 
VZSSA002434
H.R. de Huayacocotla
VZSSA015982
Caravana Tipo 2 Potrero de Monroy
UMM-2, 2007
072
Huayacocotla
300720100
Chapala
5
 
 
VZSSA002434
H.R. de Huayacocotla
VZSSA015982
Caravana Tipo 2 Potrero de Monroy
UMM-2, 2007
072
Huayacocotla
300720102
El Desa
*
 
 
VZSSA002434
H.R. de Huayacocotla
VZSSA015982
Caravana Tipo 2 Potrero de Monroy
UMM-2, 2007
072
Huayacocotla
300720069
La Paloma
77
 
 
VZSSA002434
H.R. de Huayacocotla
VZSSA015982
Caravana Tipo 2 Potrero de Monroy
UMM-2, 2007
072
Huayacocotla
300720074
Tzitzabí
6
 
 
VZSSA002434
H.R. de Huayacocotla
VZSSA015982
Caravana Tipo 2 Potrero de Monroy
UMM-2, 2007
072
Huayacocotla
300720013
Dejigüí
4
 
 
VZSSA002434
H.R. de Huayacocotla
VZSSA015982
Caravana Tipo 2 Potrero de Monroy
UMM-2, 2007
072
Huayacocotla
300720007
La Calera
26
 
 
VZSSA002434
H.R. de Huayacocotla
VZSSA015982
Caravana Tipo 2 Potrero de Monroy
UMM-2, 2007
 
1
 
15
1,254
4
Lunes -
Viernes
8 h
0
0
1
1
VZSSA015994
Caravana Tipo 0 Tenexco
UMM-0, 2009
076
Ilamatlán
300760018
Tenexco
142
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA002574
C.S. Ilamatlán
VZSSA004744
Hospital Regional Poza Rica
VZSSA015994
Caravana Tipo 0 Tenexco
UMM-0, 2009
076
Ilamatlán
300760004
Atempa
552
VZSSA002574
C.S. Ilamatlán
VZSSA004744
Hospital Regional Poza Rica
VZSSA015994
Caravana Tipo 0 Tenexco
UMM-0, 2009
076
Ilamatlán
300760006
Conquextla
507
VZSSA002574
C.S. Ilamatlán
VZSSA004744
Hospital Regional Poza Rica
VZSSA015994
Caravana Tipo 0 Tenexco
UMM-0, 2009
076
Ilamatlán
300760025
Achiyahual
149
VZSSA002574
C.S. Ilamatlán
VZSSA004744
Hospital Regional Poza Rica
VZSSA015994
Caravana Tipo 0 Tenexco
UMM-0, 2009
076
Ilamatlán
300760024
Cebolleja
26
VZSSA002574
C.S. Ilamatlán
VZSSA004744
Hospital Regional Poza Rica
VZSSA015994
Caravana Tipo 0 Tenexco
UMM-0, 2009
076
Ilamatlán
300760032
Xaltipa
154
VZSSA002574
C.S. Ilamatlán
VZSSA004744
Hospital Regional Poza Rica
VZSSA015994
Caravana Tipo 0 Tenexco
UMM-0, 2009
076
Ilamatlán
300760031
Tonalixco
54
VZSSA002574
C.S. Ilamatlán
VZSSA004744
Hospital Regional Poza Rica
VZSSA015994
Caravana Tipo 0 Tenexco
UMM-0, 2009
 
1
 
7
1,584
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016006
Caravana Tipo 2 Hilario C. Salas
UMM-2, 2007
149
Soteapan
301490011
General Hilario C. Salas
754
médico(a)
general,
un
odontólog
o (a), un
(a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
 
 
VZSSA007882
H.G. de Oluta
VZSSA016006
Caravana Tipo 2 Hilario C. Salas
UMM-2, 2007
073
Hueyapan de Ocampo
300730028
Loma de la Palma
703
 
 
VZSSA007882
H.G. de Oluta
VZSSA016006
Caravana Tipo 2 Hilario C. Salas
UMM-2, 2007
149
Soteapan
301490046
Cerro Colorado
211
 
 
VZSSA007882
H.G. de Oluta
VZSSA016006
Caravana Tipo 2 Hilario C. Salas
UMM-2, 2007
149
Soteapan
301490058
Pop-Sojnas
114
 
 
VZSSA007882
H.G. de Oluta
VZSSA016006
Caravana Tipo 2 Hilario C. Salas
UMM-2, 2007
 
2
 
4
1,782
4
Lunes -
Viernes
8 h
0
0
1
1
VZSSA016866
Caravana Tipo 0 Demantza
UMM-0, 2009
198
Zacualpan
301980043
El Demantza
244
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA004143
Pajapan
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016866
Caravana Tipo 0 Demantza
UMM-0, 2009
198
Zacualpan
301980006
El Capulín
230
VZSSA004143
Pajapan
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016866
Caravana Tipo 0 Demantza
UMM-0, 2009
198
Zacualpan
301980009
Cerro Chato
133
VZSSA004143
Pajapan
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016866
Caravana Tipo 0 Demantza
UMM-0, 2009
198
Zacualpan
301980025
Palos Altos
3
VZSSA004143
Pajapan
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016866
Caravana Tipo 0 Demantza
UMM-0, 2009
198
Zacualpan
301980007
Carrizal Grande
94
VZSSA004143
Pajapan
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016866
Caravana Tipo 0 Demantza
UMM-0, 2009
198
Zacualpan
301980018
El Madotzi
46
VZSSA004143
Pajapan
VZSSA007882
H.G. Oluta
 
 
VZSSA016866
Caravana Tipo 0 Demantza
UMM-0, 2009
 
1
 
6
750
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016871
Caravana Tipo 0 Landero y Coss
UMM-0, 2009
180
Tlachichilco
301800008
Landero Y Coss
369
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA006593
Tlachichilco
VZSSA004744
Hospital Regional Poza Rica
VZSSA016871
Caravana Tipo 0 Landero y Coss
UMM-0, 2009
180
Tlachichilco
301800018
Víctor Rosales
180
VZSSA006593
Tlachichilco
VZSSA004744
Hospital Regional Poza Rica
VZSSA016871
Caravana Tipo 0 Landero y Coss
UMM-0, 2009
180
Tlachichilco
301800022
La Pahua
108
VZSSA006593
Tlachichilco
VZSSA004744
Hospital Regional Poza Rica
VZSSA016871
Caravana Tipo 0 Landero y Coss
UMM-0, 2009
180
Tlachichilco
301800045
Cerca de Piedra
11
VZSSA006593
Tlachichilco
VZSSA004744
Hospital Regional Poza Rica
VZSSA016871
Caravana Tipo 0 Landero y Coss
UMM-0, 2009
180
Tlachichilco
301800015
San Miguel
63
VZSSA006593
Tlachichilco
VZSSA004744
Hospital Regional Poza Rica
VZSSA016871
Caravana Tipo 0 Landero y Coss
UMM-0, 2009
180
Tlachichilco
301800017
Tuzancalli
76
VZSSA006593
Tlachichilco
VZSSA004744
Hospital Regional Poza Rica
VZSSA016871
Caravana Tipo 0 Landero y Coss
UMM-0, 2009
083
Ixhuatlán de Madero
300830012
Cerro del Progreso
448
VZSSA006593
Tlachichilco
VZSSA004744
Hospital Regional Poza Rica
VZSSA016871
Caravana Tipo 0 Landero y Coss
UMM-0, 2009
083
Ixhuatlán de Madero
300830057
Plan del Encinal (El Encinal)
382
VZSSA006593
Tlachichilco
VZSSA004744
Hospital Regional Poza Rica
VZSSA016871
Caravana Tipo 0 Landero y Coss
UMM-0, 2009
083
Ixhuatlán de Madero
300830125
El Ojite (Progreso)
9
VZSSA006593
Tlachichilco
VZSSA004744
Hospital Regional Poza Rica
VZSSA016871
Caravana Tipo 0 Landero y Coss
UMM-0, 2009
180
Tlachichilco
301800076
Lindero de Landero y Coss
*
VZSSA006593
Tlachichilco
VZSSA004744
Hospital Regional Poza Rica
VZSSA016871
Caravana Tipo 0 Landero y Coss
UMM-0, 2009
180
Tlachichilco
301800046
La Primavera
*
VZSSA006593
Tlachichilco
VZSSA004744
Hospital Regional Poza Rica
VZSSA016871
Caravana Tipo 0 Landero y Coss
UMM-0, 2009
 
2
 
11
1,646
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016376
Caravana Tipo 2 Cerro Mirador
UMM-2, 2007
155
Tantoyuca
301550065
Cerro Mirador
374
médico(a)
general,
un
odontólog
o (a), un
(a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
 
 
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016376
Caravana Tipo 2 Cerro Mirador
UMM-2, 2007
155
Tantoyuca
301550456
Cerro Jocutla
75
 
 
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016376
Caravana Tipo 2 Cerro Mirador
UMM-2, 2007
155
Tantoyuca
301550029
Jocutla
1
 
 
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016376
Caravana Tipo 2 Cerro Mirador
UMM-2, 2007
155
Tantoyuca
301550064
El Mirador
547
 
 
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016376
Caravana Tipo 2 Cerro Mirador
UMM-2, 2007
155
Tantoyuca
301550336
El Lindero
293
 
 
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016376
Caravana Tipo 2 Cerro Mirador
UMM-2, 2007
155
Tantoyuca
301550074
El Terrero
52
 
 
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016376
Caravana Tipo 2 Cerro Mirador
UMM-2, 2007
155
Tantoyuca
301550543
La Rivera
*
 
 
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016376
Caravana Tipo 2 Cerro Mirador
UMM-2, 2007
155
Tantoyuca
301550300
El Mayito (La Condesa)
*
 
 
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016376
Caravana Tipo 2 Cerro Mirador
UMM-2, 2007
155
Tantoyuca
301550409
Condesa Chica Tepezquingo
3
 
 
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016376
Caravana Tipo 2 Cerro Mirador
UMM-2, 2007
155
Tantoyuca
301550090
La Chaca
60
 
 
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016376
Caravana Tipo 2 Cerro Mirador
UMM-2, 2007
155
Tantoyuca
301550080
El Coyol
319
 
 
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016376
Caravana Tipo 2 Cerro Mirador
UMM-2, 2007
155
Tantoyuca
301550232
Tetillas
399
 
 
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016376
Caravana Tipo 2 Cerro Mirador
UMM-2, 2007
155
Tantoyuca
301550412
Tianguis
83
 
 
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016376
Caravana Tipo 2 Cerro Mirador
UMM-2, 2007
 
1
 
13
2,206
4
Lunes -
Viernes
8 h
0
0
1
1
VZSSA016381
Caravana Tipo 0 El Mirador
UMM-0, 2009
056
Chiconamel
300560020
El Mirador
352
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA004650
La Crinolina
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016381
Caravana Tipo 0 El Mirador
UMM-0, 2009
056
Chiconamel
300560067
Las Flores
33
VZSSA004650
La Crinolina
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016381
Caravana Tipo 0 El Mirador
UMM-0, 2009
056
Chiconamel
300560042
La Tortuga
44
VZSSA004650
La Crinolina
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016381
Caravana Tipo 0 El Mirador
UMM-0, 2009
056
Chiconamel
300560009
Cuahuizoco
30
VZSSA004650
La Crinolina
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016381
Caravana Tipo 0 El Mirador
UMM-0, 2009
056
Chiconamel
300560089
Venados
229
VZSSA004650
La Crinolina
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016381
Caravana Tipo 0 El Mirador
UMM-0, 2009
056
Chiconamel
300560040
El Tiznado
58
VZSSA004650
La Crinolina
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016381
Caravana Tipo 0 El Mirador
UMM-0, 2009
056
Chiconamel
300560041
Taltamaya
184
 
 
VZSSA004650
La Crinolina
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016381
Caravana Tipo 0 El Mirador
UMM-0, 2009
056
Chiconamel
300560078
El Chaparral
32
VZSSA004650
La Crinolina
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016381
Caravana Tipo 0 El Mirador
UMM-0, 2009
056
Chiconamel
300560033
El Suspiro
6
VZSSA004650
La Crinolina
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016381
Caravana Tipo 0 El Mirador
UMM-0, 2009
056
Chiconamel
300560006
El Cepillo
190
VZSSA004650
La Crinolina
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016381
Caravana Tipo 0 El Mirador
UMM-0, 2009
056
Chiconamel
300560043
La Coronilla
5
VZSSA004650
La Crinolina
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
 
 
VZSSA016381
Caravana Tipo 0 El Mirador
UMM-0, 2009
 
1
 
11
1,163
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550468
Alto Mincuini
2
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550515
El Valdez
9
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550516
El Capricho
*
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550531
Las Ánimas
1
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550616
Los Cedros
5
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550625
La Mata
3
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550716
Buenos Aires
6
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550717
El Acuario
2
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550719
El Indio
15
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550720
El Limón
3
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550723
El Paraíso
4
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550724
El Principio
7
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550725
El Retache
9
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550727
La Casita
5
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
p
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550729
La Palma
2
o
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550730
Loma de Piedra
36
l
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550732
Tres Hermanos
7
i
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550424
Zapupe
72
v
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550496
El Sauce
13
a
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550500
El Rosal
1
l
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550507
El Milagro
*
e
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550514
Colima
*
n
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550288
Cariño
*
t
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550329
Jopoy
10
e
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550236
Tortugas
40
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550070
Coposo
25
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550187
Piedra de Cal
17
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550208
La Ribera
32
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550217
El Chote
7
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550266
Cruz de Palma
13
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550319
El Estribo
16
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550369
Piedras Negras
13
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550391
San Ventura
5
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550133
La Lomita
36
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
155
Tantoyuca
301550184
El Mirador
8
VZSSA005601
Cuchilla Chica
VZSSA005560
H.G. de Tantoyuca
 
 
VZSSA016393
UMM Tipo 0 Alto Mincuini
UMM-0, 2009
 
1
 
35
424
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016574
Caravana Tipo 0 Calzontepec
UMM-0, 2009
079
Ixhuacán de los Reyes
300790011
Caltzontepec
554
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA002644
Ixhuacan de los Reyes
VZSSA004580
H.G. Perote.
VZSSA016574
Caravana Tipo 0 Calzontepec
UMM-0, 2009
025
Ayahualulco
300250030
San Francisco
587
VZSSA002644
Ixhuacan de los Reyes
VZSSA004580
H.G. Perote.
VZSSA016574
Caravana Tipo 0 Calzontepec
UMM-0, 2009
025
Ayahualulco
300250034
El Potrero
41
VZSSA002644
Ixhuacan de los Reyes
VZSSA004580
H.G. Perote.
VZSSA016574
Caravana Tipo 0 Calzontepec
UMM-0, 2009
079
Ixhuacán de los Reyes
300790033
Atlivayán
24
VZSSA002644
Ixhuacan de los Reyes
VZSSA004580
H.G. Perote.
VZSSA016574
Caravana Tipo 0 Calzontepec
UMM-0, 2009
025
Ayahualulco
300250009
Mazazontipan
314
VZSSA002644
Ixhuacan de los Reyes
VZSSA004580
H.G. Perote.
VZSSA016574
Caravana Tipo 0 Calzontepec
UMM-0, 2009
079
Ixhuacán de los Reyes
300790059
El Futuro
125
VZSSA002644
Ixhuacan de los Reyes
VZSSA004580
H.G. Perote.
VZSSA016574
Caravana Tipo 0 Calzontepec
UMM-0, 2009
079
Ixhuacán de los Reyes
300790010
El Carrizal
269
VZSSA002644
Ixhuacan de los Reyes
VZSSA004580
H.G. Perote.
VZSSA016574
Caravana Tipo 0 Calzontepec
UMM-0, 2009
025
Ayahualulco
300250053
Loma Alta
274
VZSSA002644
Ixhuacan de los Reyes
VZSSA004580
H.G. Perote.
VZSSA016574
Caravana Tipo 0 Calzontepec
UMM-0, 2009
 
2
 
8
2,188
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016615
Caravana Tipo 0 Benito Juárez
UMM-0, 2009
008
Alpatláhuac
300080031
Colonia Benito Juárez
208
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA000252
Alpatlahuac
VZSSA001355
H.G. de Córdoba-Yanga
VZSSA016615
Caravana Tipo 0 Benito Juárez
UMM-0, 2009
008
Alpatláhuac
300080038
Rancho Nuevo
379
VZSSA000252
Alpatlahuac
VZSSA001355
H.G. de Córdoba-Yanga
VZSSA016615
Caravana Tipo 0 Benito Juárez
UMM-0, 2009
008
Alpatláhuac
300080013
Tecuanapilla
219
VZSSA000252
Alpatlahuac
VZSSA001355
H.G. de Córdoba-Yanga
VZSSA016615
Caravana Tipo 0 Benito Juárez
UMM-0, 2009
008
Alpatláhuac
300080021
Xalapasquillo
13
VZSSA000252
Alpatlahuac
VZSSA001355
H.G. de Córdoba-Yanga
VZSSA016615
Caravana Tipo 0 Benito Juárez
UMM-0, 2009
008
Alpatláhuac
300080030
Unión Cruz Verde
52
VZSSA000252
Alpatlahuac
VZSSA001355
H.G. de Córdoba-Yanga
VZSSA016615
Caravana Tipo 0 Benito Juárez
UMM-0, 2009
008
Alpatláhuac
300080006
Calzacayo
130
VZSSA000252
Alpatlahuac
VZSSA001355
H.G. de Córdoba-Yanga
VZSSA016615
Caravana Tipo 0 Benito Juárez
UMM-0, 2009
008
Alpatláhuac
300080014
Texopa
150
 
 
VZSSA000252
Alpatlahuac
VZSSA001355
H.G. de Córdoba-Yanga
VZSSA016615
Caravana Tipo 0 Benito Juárez
UMM-0, 2009
008
Alpatláhuac
300080017
El Águila
56
VZSSA000252
Alpatlahuac
VZSSA001355
H.G. de Córdoba-Yanga
VZSSA016615
Caravana Tipo 0 Benito Juárez
UMM-0, 2009
008
Alpatláhuac
300080022
Xiquila
40
VZSSA000252
Alpatlahuac
VZSSA001355
H.G. de Córdoba-Yanga
VZSSA016615
Caravana Tipo 0 Benito Juárez
UMM-0, 2009
 
1
 
9
1,247
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016620
Caravana Tipo 0 Buena Vista
UMM-0, 2009
165
Tepatlaxco
301650003
Buena Vista
1,184
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA006062
Tepatlaxco
VZSSA001355
H.G. de Córdoba-Yanga
VZSSA016620
Caravana Tipo 0 Buena Vista
UMM-0, 2009
165
Tepatlaxco
301650007
El Pedregal
468
VZSSA006062
Tepatlaxco
VZSSA001355
H.G. de Córdoba-Yanga
VZSSA016620
Caravana Tipo 0 Buena Vista
UMM-0, 2009
165
Tepatlaxco
301650010
Tercera Manzana
215
VZSSA006062
Tepatlaxco
VZSSA001355
H.G. de Córdoba-Yanga
VZSSA016620
Caravana Tipo 0 Buena Vista
UMM-0, 2009
 
1
 
3
1,867
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016335
Caravana Tipo 0 Linda Vista
UMM-0, 2009
006
Acultzingo
300060022
Linda Vista
256
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA003962
Nogales
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016335
Caravana Tipo 0 Linda Vista
UMM-0, 2009
006
Acultzingo
300060006
Coatepec de Arriba
135
VZSSA003962
Nogales
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016335
Caravana Tipo 0 Linda Vista
UMM-0, 2009
006
Acultzingo
300060010
Ojo de Agua de Abajo (La Mesa)
259
VZSSA003962
Nogales
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016335
Caravana Tipo 0 Linda Vista
UMM-0, 2009
006
Acultzingo
300060024
Coatepec de Abajo (Rincón Lobo)
622
VZSSA003962
Nogales
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016335
Caravana Tipo 0 Linda Vista
UMM-0, 2009
006
Acultzingo
300060023
Pinotla
194
VZSSA003962
Nogales
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016335
Caravana Tipo 0 Linda Vista
UMM-0, 2009
006
Acultzingo
300060042
Tepetiopa
9
VZSSA003962
Nogales
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016335
Caravana Tipo 0 Linda Vista
UMM-0, 2009
006
Acultzingo
300060020
Fernando López Árias
8
VZSSA003962
Nogales
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016335
Caravana Tipo 0 Linda Vista
UMM-0, 2009
006
Acultzingo
300060011
Ojo de Agua de Arriba
99
VZSSA003962
Nogales
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016335
Caravana Tipo 0 Linda Vista
UMM-0, 2009
099
Maltrata
300990010
Zacatipan
45
VZSSA003962
Nogales
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016335
Caravana Tipo 0 Linda Vista
UMM-0, 2009
006
Acultzingo
300060028
San Isidro
103
VZSSA003962
Nogales
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016335
Caravana Tipo 0 Linda Vista
UMM-0, 2009
006
Acultzingo
300060027
Rincón Rastrojo
10
VZSSA003962
Nogales
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016335
Caravana Tipo 0 Linda Vista
UMM-0, 2009
018
Aquila
300180007
Tebernal
83
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA003962
Nogales
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016335
Caravana Tipo 0 Linda Vista
UMM-0, 2009
099
Maltrata
300990005
Cumbres de Maltrata
86
VZSSA003962
Nogales
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016335
Caravana Tipo 0 Linda Vista
UMM-0, 2009
099
Maltrata
300990008
Rueda de Ocote
99
VZSSA003962
Nogales
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016335
Caravana Tipo 0 Linda Vista
UMM-0, 2009
195
Xoxocotla
301950007
El Pericón
37
VZSSA003962
Nogales
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016335
Caravana Tipo 0 Linda Vista
UMM-0, 2009
195
Xoxocotla
301950008
Tecuaque
86
VZSSA003962
Nogales
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
 
 
VZSSA016335
Caravana Tipo 0 Linda Vista
UMM-0, 2009
 
4
 
16
2,131
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016340
UMM Tipo 0 El Zapote
UMM-0, 2009
127
La Perla
301270009
Macuilácatl Chico
407
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA004575
Tuzantla
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016340
UMM Tipo 0 El Zapote
UMM-0, 2009
127
La Perla
301270018
El Zapote
1,120
VZSSA004575
Tuzantla
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016340
UMM Tipo 0 El Zapote
UMM-0, 2009
127
La Perla
301270033
El Minero
92
VZSSA004575
Tuzantla
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016340
UMM Tipo 0 El Zapote
UMM-0, 2009
127
La Perla
301270037
Rancho Nuevo
242
VZSSA004575
Tuzantla
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016340
UMM Tipo 0 El Zapote
UMM-0, 2009
127
La Perla
301270046
La Coyotera
147
VZSSA004575
Tuzantla
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016340
UMM Tipo 0 El Zapote
UMM-0, 2009
127
La Perla
301270013
San Lorenzo
448
VZSSA004575
Tuzantla
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016340
UMM Tipo 0 El Zapote
UMM-0, 2009
127
La Perla
301270050
Yerbabuena
196
VZSSA004575
Tuzantla
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016340
UMM Tipo 0 El Zapote
UMM-0, 2009
127
La Perla
301270024
Potrero Nuevo
190
VZSSA004575
Tuzantla
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016340
UMM Tipo 0 El Zapote
UMM-0, 2009
127
La Perla
301270035
La Paloma
11
VZSSA004575
Tuzantla
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016340
UMM Tipo 0 El Zapote
UMM-0, 2009
 
1
 
9
2,853
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016352
Caravana Tipo 0 Tepaxapa
UMM-0, 2009
147
Soledad Atzompa
301470009
Tepaxapa
697
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA005234
Atzompa
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016352
Caravana Tipo 0 Tepaxapa
UMM-0, 2009
147
Soledad Atzompa
301470038
Villa Nueva
216
VZSSA005234
Atzompa
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016352
Caravana Tipo 0 Tepaxapa
UMM-0, 2009
147
Soledad Atzompa
301470016
Porvenir
279
VZSSA005234
Atzompa
VZSSA004860
H.R. Río Blanco
VZSSA016352
Caravana Tipo 0 Tepaxapa
UMM-0, 2009
 
1
 
3
1,192
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610332
Coronel Adalberto Tejeda (La Reforma)
195
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA002043
El Naranjo
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610225
El Faisán (El Anzuelo)
*
VZSSA002043
El Naranjo
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610578
Las Palmas
5
VZSSA002043
El Naranjo
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610784
Ferrocarril (Guadalupe Contreras)
*
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA002043
El Naranjo
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610903
Las Flores
8
VZSSA002043
El Naranjo
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610909
El Cuerno
4
VZSSA002043
El Naranjo
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610945
Cerro Pelón
5
VZSSA002043
El Naranjo
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300611016
Los Lirios
89
VZSSA002043
El Naranjo
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300611066
Tierra Nueva
33
VZSSA002043
El Naranjo
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300611110
San Felipe
8
VZSSA002043
El Naranjo
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610170
Arroyo Grande
157
VZSSA002043
El Naranjo
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610233
Francisco Villa
275
VZSSA002043
El Naranjo
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610278
San Juan de Ulúa
189
VZSSA002043
El Naranjo
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610068
El Nacimiento
330
VZSSA002043
El Naranjo
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610762
Lázaro Cárdenas
41
VZSSA002043
El Naranjo
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610342
Nuevo Sacrificio
61
VZSSA002043
El Naranjo
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610876
Las Piedras
122
VZSSA002043
El Naranjo
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610163
Río Pedregal
138
VZSSA002043
El Naranjo
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610730
Plutarco Elías Calles
179
VZSSA002043
El Naranjo
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610732
Cerro del Horcón
168
VZSSA002043
El Naranjo
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
 
 
VZSSA016405
Caravana Tipo 0 Adalberto Tejeda
UMM-0, 2009
 
1
 
20
2,007
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610009
El Chichón
294
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610012
El Mazate
10
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610063
Benito Juárez
394
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610210
El Diamante
7
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610211
Los Diez Pinos
20
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610224
El Faisán
6
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610256
Los Hules
8
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610261
Jerusalén
1
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610272
El Maupas
28
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610339
Santa Cruz
*
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610351
El Rodeo
17
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610365
El Tordo (El Kilómetro 5)
9
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610470
Las Tres Gardenias
7
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610472
EL Huasteco
6
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610475
El Rubí
6
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610476
Acapulco
15
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610749
La Navidad
14
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610510
Loverán
28
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610942
El Capulín
25
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300611087
El Gallo
*
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
3006100263
Kilometro Ocho
11
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610750
El Trébol
4
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610216
Tecozautla
148
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610437
El Sacrificio
26
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610343
Nuevo Sacrificio
93
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610296
Nuevo Paraíso
161
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610065
Enrique López Huitrón
200
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610080
Los Aztecas
51
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016410
Caravana Tipo 0 El Chichón
UMM-0, 2009
 
1
 
28
1,589
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016422
Caravana Tipo 0 Nueva Tabasqueña
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610017
Nueva Tabasqueña
621
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016422
Caravana Tipo 0 Nueva Tabasqueña
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610592
Samaria (Río Playas)
275
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016422
Caravana Tipo 0 Nueva Tabasqueña
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610074
El Nuevo Ocotal (Cerro de Los Martínez)
69
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016422
Caravana Tipo 0 Nueva Tabasqueña
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610173
Licenciado Benito Juárez
215
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016422
Caravana Tipo 0 Nueva Tabasqueña
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610731
Las Brujas
37
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016422
Caravana Tipo 0 Nueva Tabasqueña
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610202
Los Constituyentes II
428
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016422
Caravana Tipo 0 Nueva Tabasqueña
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300610613
Los Constituyentes Uno (Sumidero)
401
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
VZSSA016422
Caravana Tipo 0 Nueva Tabasqueña
UMM-0, 2009
061
Las Choapas
300611115
Unión y Libertad
*
VZSSA002026
Las Choapas
VZSSA001150
H.R. de Coatzacoalcos
 
 
VZSSA016422
Caravana Tipo 0 Nueva Tabasqueña
UMM-0, 2009
 
1
 
8
2,046
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016434
Caravana Tipo 0 Pilapillo
UMM-0, 2009
209
Tatahuicapan de Juárez
302090027
Pilapillo
272
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA004143
Pajapan
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016434
Caravana Tipo 0 Pilapillo
UMM-0, 2009
209
Tatahuicapan de Juárez
302090045
La Valentina
244
VZSSA004143
Pajapan
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016434
Caravana Tipo 0 Pilapillo
UMM-0, 2009
209
Tatahuicapan de Juárez
302090025
Peña Hermosa
89
VZSSA004143
Pajapan
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016434
Caravana Tipo 0 Pilapillo
UMM-0, 2009
122
Pajapan
301220016
Sayultepec
18
VZSSA004143
Pajapan
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016434
Caravana Tipo 0 Pilapillo
UMM-0, 2009
104
Mecayapan
301040027
Arroyo Texizapan
173
VZSSA004143
Pajapan
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016434
Caravana Tipo 0 Pilapillo
UMM-0, 2009
209
Tatahuicapan de Juárez
302090054
Ocotal Texizapan
362
VZSSA004143
Pajapan
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016434
Caravana Tipo 0 Pilapillo
UMM-0, 2009
104
Mecayapan
301040045
Plan Agrario
529
VZSSA004143
Pajapan
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016434
Caravana Tipo 0 Pilapillo
UMM-0, 2009
209
Tatahuicapan de Juárez
302090015
Hipólito Landero
143
VZSSA004143
Pajapan
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016434
Caravana Tipo 0 Pilapillo
UMM-0, 2009
209
Tatahuicapan de Juárez
302090038
Santanón Rodríguez
103
VZSSA004143
Pajapan
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016434
Caravana Tipo 0 Pilapillo
UMM-0, 2009
 
3
 
9
1,933
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016446
Caravana Tipo 0 Santa Martha
UMM-0, 2009
149
Soteapan
301490032
Santa Martha
412
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA005321
San Fernando
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016446
Caravana Tipo 0 Santa Martha
UMM-0, 2009
149
Soteapan
301490135
Nuevo México
46
VZSSA005321
San Fernando
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016446
Caravana Tipo 0 Santa Martha
UMM-0, 2009
149
Soteapan
301490021
Ocotal Grande
627
VZSSA005321
San Fernando
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016446
Caravana Tipo 0 Santa Martha
UMM-0, 2009
149
Soteapan
301490059
San Antonio
293
VZSSA005321
San Fernando
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016446
Caravana Tipo 0 Santa Martha
UMM-0, 2009
149
Soteapan
301490072
Michapa
20
VZSSA005321
San Fernando
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016446
Caravana Tipo 0 Santa Martha
UMM-0, 2009
149
Soteapan
301490100
Bastonal
27
VZSSA005321
San Fernando
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016446
Caravana Tipo 0 Santa Martha
UMM-0, 2009
149
Soteapan
301490104
El Gavilán
77
VZSSA005321
San Fernando
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016446
Caravana Tipo 0 Santa Martha
UMM-0, 2009
149
Soteapan
301490137
Rancho Michapa
*
VZSSA005321
San Fernando
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016446
Caravana Tipo 0 Santa Martha
UMM-0, 2009
 
1
 
8
1,502
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016480
Caravana Tipo 0 Benito Juárez I
UMM-0, 2009
210
Uxpanapa
302100023
Benito Juárez Primero (Polígono Noventa Y Siete)
190
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA007585
Poblado 7 Nuevo Cantón
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016480
Caravana Tipo 0 Benito Juárez I
UMM-0, 2009
210
Uxpanapa
302100055
Fernando López Arias
339
VZSSA007585
Poblado 7 Nuevo Cantón
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016480
Caravana Tipo 0 Benito Juárez I
UMM-0, 2009
210
Uxpanapa
302100086
Lázaro Cárdenas
131
VZSSA007585
Poblado 7 Nuevo Cantón
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016480
Caravana Tipo 0 Benito Juárez I
UMM-0, 2009
210
Uxpanapa
302100084
Juan Rodríguez Clara (Álvaro Obregón)
5
VZSSA007585
Poblado 7 Nuevo Cantón
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016480
Caravana Tipo 0 Benito Juárez I
UMM-0, 2009
210
Uxpanapa
302100112
La Nueva Pitahaya
3
VZSSA007585
Poblado 7 Nuevo Cantón
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016480
Caravana Tipo 0 Benito Juárez I
UMM-0, 2009
210
Uxpanapa
302100047
Dos Amates
320
VZSSA007585
Poblado 7 Nuevo Cantón
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016480
Caravana Tipo 0 Benito Juárez I
UMM-0, 2009
210
Uxpanapa
302100091
Luis Echeverría Álvarez
70
VZSSA007585
Poblado 7 Nuevo Cantón
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016480
Caravana Tipo 0 Benito Juárez I
UMM-0, 2009
070
Hidalgotitlán
300700262
General Ignacio Zaragoza (Las Quinientas)
86
VZSSA007585
Poblado 7 Nuevo Cantón
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016480
Caravana Tipo 0 Benito Juárez I
UMM-0, 2009
070
Hidalgotitlán
300700061
La Nueva Victoria
196
VZSSA007585
Poblado 7 Nuevo Cantón
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016480
Caravana Tipo 0 Benito Juárez I
UMM-0, 2009
 
2
 
9
1,340
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016492
Caravana Tipo 0 Narciso Mendoza
UMM-0, 2009
210
Uxpanapa
302100097
Narciso Mendoza
208
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA007556
La Horqueta (Pob. 12)
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016492
Caravana Tipo 0 Narciso Mendoza
UMM-0, 2009
210
Uxpanapa
302100106
Nuevo Naranjos
85
VZSSA007556
La Horqueta (Pob. 12)
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016492
Caravana Tipo 0 Narciso Mendoza
UMM-0, 2009
210
Uxpanapa
302100133
Saltabarranca Segundo
64
VZSSA007556
La Horqueta (Pob. 12)
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016492
Caravana Tipo 0 Narciso Mendoza
UMM-0, 2009
210
Uxpanapa
302100101
La Nueva Vida
201
VZSSA007556
La Horqueta (Pob. 12)
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016492
Caravana Tipo 0 Narciso Mendoza
UMM-0, 2009
210
Uxpanapa
302100100
Norberto Aguirre Palancares
48
VZSSA007556
La Horqueta (Pob. 12)
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016492
Caravana Tipo 0 Narciso Mendoza
UMM-0, 2009
210
Uxpanapa
302100138
El Tecomate
2
VZSSA007556
La Horqueta (Pob. 12)
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016492
Caravana Tipo 0 Narciso Mendoza
UMM-0, 2009
210
Uxpanapa
302100045
Colonia Agrícola M.
42
VZSSA007556
La Horqueta (Pob. 12)
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016492
Caravana Tipo 0 Narciso Mendoza
UMM-0, 2009
210
Uxpanapa
302100019
Bajo Grande
88
VZSSA007556
La Horqueta (Pob. 12)
VZSSA007882
H.G. Oluta
 
 
VZSSA016492
Caravana Tipo 0 Narciso Mendoza
UMM-0, 2009
210
Uxpanapa
302100090
El Luchador
82
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA007556
La Horqueta (Pob. 12)
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016492
Caravana Tipo 0 Narciso Mendoza
UMM-0, 2009
210
Uxpanapa
302100096
Misantla Segundo
47
VZSSA007556
La Horqueta (Pob. 12)
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016492
Caravana Tipo 0 Narciso Mendoza
UMM-0, 2009
108
Minatitlán
301080210
José Guadalupe Rodríguez (La Jota)
175
VZSSA007556
La Horqueta (Pob. 12)
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016492
Caravana Tipo 0 Narciso Mendoza
UMM-0, 2009
210
Uxpanapa
302100134
San Felipe
21
VZSSA007556
La Horqueta (Pob. 12)
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016492
Caravana Tipo 0 Narciso Mendoza
UMM-0, 2009
210
Uxpanapa
302100157
Nueva Esperanza
83
VZSSA007556
La Horqueta (Pob. 12)
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016492
Caravana Tipo 0 Narciso Mendoza
UMM-0, 2009
 
2
 
13
1,146
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016533
UMM Tipo 0 El Encinal II
UMM-0, 2009
132
Las Vigas de Ramírez
301320009
El Paisano
1,114
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA006704
San Antonio Tlanehuayocan
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón.
VZSSA016533
UMM Tipo 0 El Encinal II
UMM-0, 2009
001
Acajete
300010026
El Encinal Dos
129
VZSSA006704
San Antonio Tlanehuayocan
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón.
VZSSA016533
UMM Tipo 0 El Encinal II
UMM-0, 2009
001
Acajete
300010031
El Saucal
100
VZSSA006704
San Antonio Tlanehuayocan
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón.
VZSSA016533
UMM Tipo 0 El Encinal II
UMM-0, 2009
001
Acajete
300010011
El Mirador
42
VZSSA006704
San Antonio Tlanehuayocan
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón.
VZSSA016533
UMM Tipo 0 El Encinal II
UMM-0, 2009
001
Acajete
300010023
Tierra Prieta
56
VZSSA006704
San Antonio Tlanehuayocan
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón.
VZSSA016533
UMM Tipo 0 El Encinal II
UMM-0, 2009
132
Las Vigas de Ramírez
301320052
El Alto San Francisco
56
VZSSA006704
San Antonio Tlanehuayocan
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón.
VZSSA016533
UMM Tipo 0 El Encinal II
UMM-0, 2009
001
Acajete
300010003
Colexta
8
VZSSA006704
San Antonio Tlanehuayocan
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón.
VZSSA016533
UMM Tipo 0 El Encinal II
UMM-0, 2009
 
2
 
7
1,505
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016550
Caravana Tipo 0 San Felipe
UMM-0, 2009
010
Altotonga
300100023
San Felipe
367
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA015644
Adolfo Moreno
VZSSA000310
H.G. de Altotonga
VZSSA016550
Caravana Tipo 0 San Felipe
UMM-0, 2009
010
Altotonga
300100021
Paxtepec
773
VZSSA015644
Adolfo Moreno
VZSSA000310
H.G. de Altotonga
VZSSA016550
Caravana Tipo 0 San Felipe
UMM-0, 2009
010
Altotonga
300100007
Chichicapa
933
VZSSA015644
Adolfo Moreno
VZSSA000310
H.G. de Altotonga
VZSSA016550
Caravana Tipo 0 San Felipe
UMM-0, 2009
 
1
 
3
2,073
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
095
Juchique de Ferrer
300950053
El Zapotal
177
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA003250
Juchique de Ferrer
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
095
Juchique de Ferrer
300950002
Arroyo de Chilares
139
VZSSA003250
Juchique de Ferrer
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
095
Juchique de Ferrer
300950148
Cajón de La Pita
61
VZSSA003250
Juchique de Ferrer
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
095
Juchique de Ferrer
300950029
San Juan del Río
*
VZSSA003250
Juchique de Ferrer
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
095
Juchique de Ferrer
300950045
La Pita
15
VZSSA003250
Juchique de Ferrer
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
095
Juchique de Ferrer
300950096
Cerro de Tepozcalillo
39
VZSSA003250
Juchique de Ferrer
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
095
Juchique de Ferrer
300950099
Encino Gacho
11
VZSSA003250
Juchique de Ferrer
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
095
Juchique de Ferrer
300950131
Cerro Colorado
6
VZSSA003250
Juchique de Ferrer
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
095
Juchique de Ferrer
300950113
Potrero de Enmedio
2
VZSSA003250
Juchique de Ferrer
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
095
Juchique de Ferrer
300950177
El Pensamiento
80
VZSSA003250
Juchique de Ferrer
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
095
Juchique de Ferrer
300950183
Zopilotepec
21
VZSSA003250
Juchique de Ferrer
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
095
Juchique de Ferrer
300950083
La Castaña
20
VZSSA003250
Juchique de Ferrer
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
095
Juchique de Ferrer
300950174
La Morena Dos
*
VZSSA003250
Juchique de Ferrer
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
095
Juchique de Ferrer
300950079
La Pagüita
33
VZSSA003250
Juchique de Ferrer
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
095
Juchique de Ferrer
300950149
El Mirador
*
VZSSA003250
Juchique de Ferrer
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
095
Juchique de Ferrer
300950114
Santa Fe
13
VZSSA003250
Juchique de Ferrer
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
095
Juchique de Ferrer
300950173
Loma Bonita
9
VZSSA003250
Juchique de Ferrer
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
095
Juchique de Ferrer
300950092
San Luis
85
VZSSA003250
Juchique de Ferrer
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
095
Juchique de Ferrer
300950066
El Sauce
7
VZSSA003250
Juchique de Ferrer
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
095
Juchique de Ferrer
300950098
Corralitos
104
VZSSA003250
Juchique de Ferrer
VZSSA003740
H.G. de Misantla
 
 
VZSSA016632
Caravana Tipo 0 El Zapotal
UMM-0, 2009
 
1
 
20
822
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016586
Caravana Tipo 0 Adolfo Ruiz Cortínes
UMM-0, 2009
141
San Andrés Tuxtla
301410167
Adolfo Ruiz Cortines
286
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA000993
Dos Amates
VZSSA004913
Hospital General de San Andrés Tuxtla
VZSSA016586
Caravana Tipo 0 Adolfo Ruiz Cortínes
UMM-0, 2009
141
San Andrés Tuxtla
301410004
Adolfo Ruiz Cortines (La Floreña)
5
VZSSA000993
Dos Amates
VZSSA004913
Hospital General de San Andrés Tuxtla
VZSSA016586
Caravana Tipo 0 Adolfo Ruiz Cortínes
UMM-0, 2009
141
San Andrés Tuxtla
301410215
Adolfo Ruiz Cortines Dos
4
VZSSA000993
Dos Amates
VZSSA004913
Hospital General de San Andrés Tuxtla
VZSSA016586
Caravana Tipo 0 Adolfo Ruiz Cortínes
UMM-0, 2009
141
San Andrés Tuxtla
301410100
Cuauhtémoc
160
VZSSA000993
Dos Amates
VZSSA004913
Hospital General de San Andrés Tuxtla
VZSSA016586
Caravana Tipo 0 Adolfo Ruiz Cortínes
UMM-0, 2009
141
San Andrés Tuxtla
301410052
Miguel Hidalgo Y Costilla
47
VZSSA000993
Dos Amates
VZSSA004913
Hospital General de San Andrés Tuxtla
VZSSA016586
Caravana Tipo 0 Adolfo Ruiz Cortínes
UMM-0, 2009
032
Catemaco
300320084
Perla de San Martín
271
VZSSA000993
Dos Amates
VZSSA004913
Hospital General de San Andrés Tuxtla
VZSSA016586
Caravana Tipo 0 Adolfo Ruiz Cortínes
UMM-0, 2009
032
Catemaco
300320030
Gustavo Díaz Ordaz
201
VZSSA000993
Dos Amates
VZSSA004913
Hospital General de San Andrés Tuxtla
VZSSA016586
Caravana Tipo 0 Adolfo Ruiz Cortínes
UMM-0, 2009
032
Catemaco
300320040
Mario Souza
608
VZSSA000993
Dos Amates
VZSSA004913
Hospital General de San Andrés Tuxtla
VZSSA016586
Caravana Tipo 0 Adolfo Ruiz Cortínes
UMM-0, 2009
 
2
 
8
1,582
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920021
Juan Martín
216
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920066
Santa Gertrudis
5
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920022
La Junta
*
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920064
El Zanjón
*
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920070
El Súchil
8
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920031
Las Maravillas
9
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920071
El Suspiro
6
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920056
Rancho Nuevo
270
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920011
El Centenario (El Tecolote)
79
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920079
El Verdún
1
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920173
Bella Esperanza
19
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920003
El Bejuco (Alto Concordia)
177
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920119
Palo Verde
97
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920029
Manantiales
9
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920017
La Florida
3
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920175
La Providencia
2
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920013
El Conde (El Naranjal)
7
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920078
Venecia
12
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920053
La Providencia
9
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920009
Boca de Coyoles
3
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920115
El Crucero
14
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920080
El Zapote
68
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
192
Vega de Alatorre
301920091
San Vicente
30
VZSSA006955
Emilio Carranza
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016644
Caravana Tipo 0 Loma de San Agustín
UMM-0, 2009
 
1
 
23
1,044
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016516
UMM Tipo 1 Plan del Aguacero
UMM-1, 2009
057
Chiconquiaco
300570021
Plan del Aguacero
62
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
 
 
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón.
VZSSA016516
UMM Tipo 1 Plan del Aguacero
UMM-1, 2009
057
Chiconquiaco
300570003
Barranca El Maíz
74
 
 
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón.
VZSSA016516
UMM Tipo 1 Plan del Aguacero
UMM-1, 2009
057
Chiconquiaco
300570040
La Capilla
210
 
 
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón.
VZSSA016516
UMM Tipo 1 Plan del Aguacero
UMM-1, 2009
057
Chiconquiaco
300570030
Pesmón
*
 
 
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón.
VZSSA016516
UMM Tipo 1 Plan del Aguacero
UMM-1, 2009
057
Chiconquiaco
300570019
La Vaquería
260
 
 
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón.
VZSSA016516
UMM Tipo 1 Plan del Aguacero
UMM-1, 2009
057
Chiconquiaco
300570015
La Parra
347
 
 
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón.
VZSSA016516
UMM Tipo 1 Plan del Aguacero
UMM-1, 2009
057
Chiconquiaco
300570014
Las Paredes
694
 
 
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón.
VZSSA016516
UMM Tipo 1 Plan del Aguacero
UMM-1, 2009
057
Chiconquiaco
300570062
Vista Hermosa
104
 
 
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón.
 
 
VZSSA016516
UMM Tipo 1 Plan del Aguacero
UMM-1, 2009
 
1
 
8
1,751
3
Lunes -
Viernes
8 h
0
0
1
1
VZSSA016521
Caravana Tipo 1 Zomelahuacan
UMM-1, 2009
107
Las Minas
301070009
Zomelahuacan
72
 
 
 
 
VZSSA004580
H.G. Perote.
VZSSA016521
Caravana Tipo 1 Zomelahuacan
UMM-1, 2009
107
Las Minas
301070003
Huapala
192
 
 
VZSSA004580
H.G. Perote.
VZSSA016521
Caravana Tipo 1 Zomelahuacan
UMM-1, 2009
107
Las Minas
301070011
Pueblo Nuevo
242
 
 
VZSSA004580
H.G. Perote.
VZSSA016521
Caravana Tipo 1 Zomelahuacan
UMM-1, 2009
107
Las Minas
301070006
Quiahuixcuautla
304
 
 
VZSSA004580
H.G. Perote.
VZSSA016521
Caravana Tipo 1 Zomelahuacan
UMM-1, 2009
107
Las Minas
301070008
Romerillos
191
 
 
VZSSA004580
H.G. Perote.
VZSSA016521
Caravana Tipo 1 Zomelahuacan
UMM-1, 2009
 
1
 
5
1,001
3
Lunes -
Viernes
8 h
0
0
1
1
VZSSA016603
Caravana Tipo 1 Acomulco
UMM-1, 2009
029
Calcahualco
300290019
Acomulco
240
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
 
 
VZSSA001355
H.G. de Córdoba-Yanga
VZSSA016603
Caravana Tipo 1 Acomulco
UMM-1, 2009
029
Calcahualco
300290023
San Miguel Xiteco
126
 
 
VZSSA001355
H.G. de Córdoba-Yanga
VZSSA016603
Caravana Tipo 1 Acomulco
UMM-1, 2009
029
Calcahualco
300290009
Nuevo Jacal
387
 
 
VZSSA001355
H.G. de Córdoba-Yanga
VZSSA016603
Caravana Tipo 1 Acomulco
UMM-1, 2009
029
Calcahualco
300290022
San Francisco
433
 
 
VZSSA001355
H.G. de Córdoba-Yanga
VZSSA016603
Caravana Tipo 1 Acomulco
UMM-1, 2009
029
Calcahualco
300290017
Xilomichi
491
 
 
VZSSA001355
H.G. de Córdoba-Yanga
VZSSA016603
Caravana Tipo 1 Acomulco
UMM-1, 2009
029
Calcahualco
300290025
El Rincón de Atotonilco
291
 
 
VZSSA001355
H.G. de Córdoba-Yanga
VZSSA016603
Caravana Tipo 1 Acomulco
UMM-1, 2009
029
Calcahualco
300290031
Tepetlapa (San Antonio Tepetlapa)
70
 
 
VZSSA001355
H.G. de Córdoba-Yanga
VZSSA016603
Caravana Tipo 1 Acomulco
UMM-1, 2009
 
1
 
7
2,038
3
Lunes -
Viernes
8 h
0
0
1
1
VZSSA016451
Caravana Tipo 1 Ejido Miguel Hidalgo
UMM-1, 2009
070
Hidalgotitlán
300700056
Ejido Miguel Hidalgo
346
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016451
Caravana Tipo 1 Ejido Miguel Hidalgo
UMM-1, 2009
070
Hidalgotitlán
300700079
La Arena
137
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016451
Caravana Tipo 1 Ejido Miguel Hidalgo
UMM-1, 2009
070
Hidalgotitlán
300700205
Matrosur
12
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016451
Caravana Tipo 1 Ejido Miguel Hidalgo
UMM-1, 2009
070
Hidalgotitlán
300700150
El Robalito
45
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016451
Caravana Tipo 1 Ejido Miguel Hidalgo
UMM-1, 2009
070
Hidalgotitlán
300700105
La Pera (Solosúchil)
*
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016451
Caravana Tipo 1 Ejido Miguel Hidalgo
UMM-1, 2009
070
Hidalgotitlán
300700149
El Chocolín
*
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016451
Caravana Tipo 1 Ejido Miguel Hidalgo
UMM-1, 2009
070
Hidalgotitlán
300700206
La Arena
8
 
 
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016451
Caravana Tipo 1 Ejido Miguel Hidalgo
UMM-1, 2009
070
Hidalgotitlán
300700009
La Concepción (La Unión)
115
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016451
Caravana Tipo 1 Ejido Miguel Hidalgo
UMM-1, 2009
070
Hidalgotitlán
300700017
La Guadalupe
143
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016451
Caravana Tipo 1 Ejido Miguel Hidalgo
UMM-1, 2009
070
Hidalgotitlán
300700035
El Robalo
183
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016451
Caravana Tipo 1 Ejido Miguel Hidalgo
UMM-1, 2009
070
Hidalgotitlán
300700034
El Progreso
248
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016451
Caravana Tipo 1 Ejido Miguel Hidalgo
UMM-1, 2009
091
Jesús Carranza
300910054
Tecolotepec
201
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016451
Caravana Tipo 1 Ejido Miguel Hidalgo
UMM-1, 2009
 
2
 
12
1,438
3
Lunes -
Viernes
8 h
0
0
1
1
VZSSA016463
Caravana Tipo 1 San Carlos
UMM-1, 2009
070
Hidalgotitlán
300700037
San Carlos
619
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016463
Caravana Tipo 1 San Carlos
UMM-1, 2009
070
Hidalgotitlán
300700078
El Apompal
24
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016463
Caravana Tipo 1 San Carlos
UMM-1, 2009
070
Hidalgotitlán
300700211
San Fernando
1
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016463
Caravana Tipo 1 San Carlos
UMM-1, 2009
070
Hidalgotitlán
300700184
Bonanza
*
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016463
Caravana Tipo 1 San Carlos
UMM-1, 2009
070
Hidalgotitlán
300700220
Antonia Canseco Cruz
1
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016463
Caravana Tipo 1 San Carlos
UMM-1, 2009
070
Hidalgotitlán
300700022
Los Lirios
62
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016463
Caravana Tipo 1 San Carlos
UMM-1, 2009
070
Hidalgotitlán
300700052
Cerro Pelón (El Retorno)
126
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016463
Caravana Tipo 1 San Carlos
UMM-1, 2009
070
Hidalgotitlán
300700016
Coapiloloya
179
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016463
Caravana Tipo 1 San Carlos
UMM-1, 2009
070
Hidalgotitlán
300700026
La Merced
208
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
 
 
VZSSA016463
Caravana Tipo 1 San Carlos
UMM-1, 2009
 
1
 
9
1,220
3
Lunes -
Viernes
8 h
0
0
1
1
VZSSA016475
Caravana Tipo 1 El Mangotal
UMM-1, 2009
199
Zaragoza
301990011
Mangotal
384
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016475
Caravana Tipo 1 El Mangotal
UMM-1, 2009
199
Zaragoza
301990031
El Trébol
8
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016475
Caravana Tipo 1 El Mangotal
UMM-1, 2009
199
Zaragoza
301990025
Mango Jumuapan
20
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016475
Caravana Tipo 1 El Mangotal
UMM-1, 2009
199
Zaragoza
301990012
Mangos Salinas
102
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016475
Caravana Tipo 1 El Mangotal
UMM-1, 2009
048
Cosoleacaque
300480264
Potrero Hermoso
34
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016475
Caravana Tipo 1 El Mangotal
UMM-1, 2009
048
Cosoleacaque
300480246
La Ceiba
11
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016475
Caravana Tipo 1 El Mangotal
UMM-1, 2009
048
Cosoleacaque
300480117
Zapotal
28
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016475
Caravana Tipo 1 El Mangotal
UMM-1, 2009
199
Zaragoza
301990005
Cascajal
133
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016475
Caravana Tipo 1 El Mangotal
UMM-1, 2009
199
Zaragoza
301990013
San Martín (Estribillal)
77
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016475
Caravana Tipo 1 El Mangotal
UMM-1, 2009
048
Cosoleacaque
300480017
Lomas de Camalotal
88
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016475
Caravana Tipo 1 El Mangotal
UMM-1, 2009
048
Cosoleacaque
300480056
Monte Grande
16
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016475
Caravana Tipo 1 El Mangotal
UMM-1, 2009
048
Cosoleacaque
300480039
El Limón
117
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016475
Caravana Tipo 1 El Mangotal
UMM-1, 2009
048
Cosoleacaque
300480061
La Encantada
32
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016475
Caravana Tipo 1 El Mangotal
UMM-1, 2009
048
Cosoleacaque
300480049
Bajo Grande
6
 
 
VZSSA003595
H.G. de Minatitlan
VZSSA016475
Caravana Tipo 1 El Mangotal
UMM-1, 2009
 
2
 
14
1,056
3
Lunes -
Viernes
8 h
0
0
1
1
VZSSA016545
UMM Tipo 1 Las Haldas
UMM-1, 2009
112
Naolinco
301120002
Las Haldas
902
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
 
 
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón
VZSSA016545
UMM Tipo 1 Las Haldas
UMM-1, 2009
036
Coacoatzintla
300360004
Las Coles
185
 
 
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón
VZSSA016545
UMM Tipo 1 Las Haldas
UMM-1, 2009
036
Coacoatzintla
300360011
Pueblo Viejo
325
 
 
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón
VZSSA016545
UMM Tipo 1 Las Haldas
UMM-1, 2009
036
Coacoatzintla
300360005
Cumbres del Ciprés
107
 
 
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón
VZSSA016545
UMM Tipo 1 Las Haldas
UMM-1, 2009
036
Coacoatzintla
300360025
La Ventana
180
 
 
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón
VZSSA016545
UMM Tipo 1 Las Haldas
UMM-1, 2009
036
Coacoatzintla
300360016
Metlapiles
82
 
 
VZSSA002070
H.G. Xalapa F. Nachón
VZSSA016545
UMM Tipo 1 Las Haldas
UMM-1, 2009
 
2
 
6
1,781
3
Lunes -
Viernes
8 h
0
0
1
1
VZSSA016562
UMM Tipo 1 Cetlalpan
UMM-1, 2009
025
Ayahualulco
300250006
Cetlalpan
697
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
 
 
VZSSA001121
H.G. de Coatepec
VZSSA016562
UMM Tipo 1 Cetlalpan
UMM-1, 2009
046
Cosautlán de Carvajal
300460002
La Gloria
285
 
 
VZSSA001121
H.G. de Coatepec
VZSSA016562
UMM Tipo 1 Cetlalpan
UMM-1, 2009
079
Ixhuacán de los Reyes
300790021
Tetlaxca
250
 
 
VZSSA001121
H.G. de Coatepec
VZSSA016562
UMM Tipo 1 Cetlalpan
UMM-1, 2009
079
Ixhuacán de los Reyes
300790007
Atula
30
 
 
VZSSA001121
H.G. de Coatepec
VZSSA016562
UMM Tipo 1 Cetlalpan
UMM-1, 2009
079
Ixhuacán de los Reyes
300790016
Chichicazapa
61
 
 
 
 
VZSSA001121
H.G. de Coatepec
VZSSA016562
UMM Tipo 1 Cetlalpan
UMM-1, 2009
079
Ixhuacán de los Reyes
300790046
Texacobat
38
 
 
VZSSA001121
H.G. de Coatepec
VZSSA016562
UMM Tipo 1 Cetlalpan
UMM-1, 2009
 
3
 
6
1,361
3
Lunes -
Viernes
8 h
0
0
1
1
VZSSA016591
Caravana Tipo 1 Ayotzintla
UMM-1, 2009
143
Santiago Tuxtla
301430006
Ayotzintla
406
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
 
 
VZSSA005106
H.G. Santiago Tuxtla
VZSSA016591
Caravana Tipo 1 Ayotzintla
UMM-1, 2009
143
Santiago Tuxtla
301430003
Alta Luz
103
 
 
VZSSA005106
H.G. Santiago Tuxtla
VZSSA016591
Caravana Tipo 1 Ayotzintla
UMM-1, 2009
143
Santiago Tuxtla
301430199
Cerro Blanco
262
 
 
VZSSA005106
H.G. Santiago Tuxtla
VZSSA016591
Caravana Tipo 1 Ayotzintla
UMM-1, 2009
143
Santiago Tuxtla
301430156
Cerro Azul
14
 
 
VZSSA005106
H.G. Santiago Tuxtla
VZSSA016591
Caravana Tipo 1 Ayotzintla
UMM-1, 2009
143
Santiago Tuxtla
301430014
Cobata
17
 
 
VZSSA005106
H.G. Santiago Tuxtla
VZSSA016591
Caravana Tipo 1 Ayotzintla
UMM-1, 2009
143
Santiago Tuxtla
301430168
Ampliación Cobata (Vigía Ladera)
14
 
 
VZSSA005106
H.G. Santiago Tuxtla
VZSSA016591
Caravana Tipo 1 Ayotzintla
UMM-1, 2009
143
Santiago Tuxtla
301430098
Arenal
29
 
 
VZSSA005106
H.G. Santiago Tuxtla
VZSSA016591
Caravana Tipo 1 Ayotzintla
UMM-1, 2009
143
Santiago Tuxtla
301430062
Tamaniapa
2
 
 
VZSSA005106
H.G. Santiago Tuxtla
VZSSA016591
Caravana Tipo 1 Ayotzintla
UMM-1, 2009
143
Santiago Tuxtla
301430082
Cerro del Vigía de Abajo (Vigía Cooperativa)
315
 
 
VZSSA005106
H.G. Santiago Tuxtla
VZSSA016591
Caravana Tipo 1 Ayotzintla
UMM-1, 2009
143
Santiago Tuxtla
301430205
Cerro del Vigía de Enmedio
200
 
 
VZSSA005106
H.G. Santiago Tuxtla
VZSSA016591
Caravana Tipo 1 Ayotzintla
UMM-1, 2009
143
Santiago Tuxtla
301430165
Vigía Corona
17
 
 
VZSSA005106
H.G. Santiago Tuxtla
VZSSA016591
Caravana Tipo 1 Ayotzintla
UMM-1, 2009
143
San Andrés Tuxtla
301410312
Laguna de Pizatal
70
 
 
VZSSA005106
H.G. Santiago Tuxtla
 
 
VZSSA016591
Caravana Tipo 1 Ayotzintla
UMM-1, 2009
 
2
 
12
1,449
3
Lunes -
Viernes
8 h
0
0
1
1
VZSSA016504
Caravana Tipo 1 Ejido San Miguel del Rio
UMM-1, 2009
091
Jesús Carranza
300910051
San Miguel del Río
201
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
 
 
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016504
Caravana Tipo 1 Ejido San Miguel del Rio
UMM-1, 2009
091
Jesús Carranza
300910018
La Esperanza
142
 
 
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016504
Caravana Tipo 1 Ejido San Miguel del Rio
UMM-1, 2009
091
Jesús Carranza
300910134
Fernando López Arias
19
 
 
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016504
Caravana Tipo 1 Ejido San Miguel del Rio
UMM-1, 2009
091
Jesús Carranza
300910105
La Candelaria
52
 
 
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016504
Caravana Tipo 1 Ejido San Miguel del Rio
UMM-1, 2009
091
Jesús Carranza
300910079
Graciano Sánchez
66
 
 
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016504
Caravana Tipo 1 Ejido San Miguel del Rio
UMM-1, 2009
091
Jesús Carranza
300910017
Dieciséis de Septiembre
178
 
 
 
 
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016504
Caravana Tipo 1 Ejido San Miguel del Rio
UMM-1, 2009
091
Jesús Carranza
300910163
Cuaclán
106
 
 
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016504
Caravana Tipo 1 Ejido San Miguel del Rio
UMM-1, 2009
091
Jesús Carranza
300910140
Guadalupe Piedra Bola Castillito
97
 
 
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016504
Caravana Tipo 1 Ejido San Miguel del Rio
UMM-1, 2009
091
Jesús Carranza
300910005
Arroyo El Sauce
190
 
 
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016504
Caravana Tipo 1 Ejido San Miguel del Rio
UMM-1, 2009
091
Jesús Carranza
300910024
General Vicente Guerrero
134
 
 
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016504
Caravana Tipo 1 Ejido San Miguel del Rio
UMM-1, 2009
091
Jesús Carranza
300910067
Plan de Pericos
93
 
 
VZSSA007882
H.G. Oluta
VZSSA016504
Caravana Tipo 1 Ejido San Miguel del Rio
UMM-1, 2009
 
1
 
11
1,278
3
Lunes -
Viernes
8 h
0
0
1
1
VZSSA015970
Caravana Multirruta Cerro del Tigre
UMM-3, 2009
042
Colipa
300420003
Cerro del Tigre
225
médico(a)
general,
un
odontólog
o (a), un
(a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA015970
Caravana Multirruta Cerro del Tigre
UMM-3, 2009
042
Colipa
300420006
La Piedrilla
230
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA015970
Caravana Multirruta Cerro del Tigre
UMM-3, 2009
042
Colipa
300420018
Cerro Gordo
71
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA015970
Caravana Multirruta Cerro del Tigre
UMM-3, 2009
042
Colipa
300420034
La Cachetada
57
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA015970
Caravana Multirruta Cerro del Tigre
UMM-3, 2009
042
Colipa
300420090
Teodoro Rodríguez
1
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA015970
Caravana Multirruta Cerro del Tigre
UMM-3, 2009
042
Colipa
300420007
Plan de San Luis
46
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA015970
Caravana Multirruta Cerro del Tigre
UMM-3, 2009
042
Colipa
300420077
Tortuguillas
13
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA015970
Caravana Multirruta Cerro del Tigre
UMM-3, 2009
042
Colipa
300420011
El Zapotal
63
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA015970
Caravana Multirruta Cerro del Tigre
UMM-3, 2009
042
Colipa
300420033
La Esperanza
12
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA015970
Caravana Multirruta Cerro del Tigre
UMM-3, 2009
042
Colipa
300420075
Santa Cruz
37
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA015970
Caravana Multirruta Cerro del Tigre
UMM-3, 2009
042
Colipa
300420024
Pila de Agua
18
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA015970
Caravana Multirruta Cerro del Tigre
UMM-3, 2009
042
Colipa
300420060
Santa Rita
19
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA015970
Caravana Multirruta Cerro del Tigre
UMM-3, 2009
 
1
 
12
792
4
Lunes -
Viernes
8 h
0
0
1
1
VZSSA017110
Caravana Tipo 0 Tepantla
UMM-0, 2011
019
Astacinga
300190004
Tepantla
132
médico(a)
general,
un (a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
VZSSA000532
CS ASTACINGA
VZSSA004860
H. R. Río Blanco
VZSSA017110
Caravana Tipo 0 Tepantla
UMM-0, 2011
019
Astacinga
300190025
Macuilquila
111
VZSSA000532
CS ASTACINGA
VZSSA004860
H. R. Río Blanco
VZSSA017110
Caravana Tipo 0 Tepantla
UMM-0, 2011
019
Astacinga
300190030
Zacatla
123
VZSSA000532
CS ASTACINGA
VZSSA004860
H. R. Río Blanco
VZSSA017110
Caravana Tipo 0 Tepantla
UMM-0, 2011
019
Astacinga
300190033
Astocapa
123
VZSSA000532
CS ASTACINGA
VZSSA004860
H. R. Río Blanco
VZSSA017110
Caravana Tipo 0 Tepantla
UMM-0, 2011
159
Tehuipango
301590013
Loma Bonita
850
VZSSA000532
CS ASTACINGA
VZSSA004860
H. R. Río Blanco
VZSSA017110
Caravana Tipo 0 Tepantla
UMM-0, 2011
159
Tehuipango
301590006
Ticoma
490
VZSSA000532
CS ASTACINGA
VZSSA004860
H. R. Río Blanco
VZSSA017110
Caravana Tipo 0 Tepantla
UMM-0, 2011
159
Tehuipango
301590048
Loma chica
240
VZSSA000532
CS ASTACINGA
VZSSA004860
H. R. Río Blanco
 
 
VZSSA017110
Caravana Tipo 0 Tepantla
UMM-0, 2011
 
2
 
7
2,069
3
Lunes -
Viernes
8 h
1
1
1
1
VZSSA016364
Caravana Multirruta La Esperanza
UMM-3, 2007
095
Juchique de Ferrer
300950012
La Esperanza
340
médico(a)
general,
un
odontólog
o (a), un
(a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016364
Caravana Multirruta La Esperanza
UMM-3, 2007
095
Juchique de Ferrer
300950110
El Paraíso
6
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016364
Caravana Multirruta La Esperanza
UMM-3, 2007
095
Juchique de Ferrer
300950026
El Recreo
86
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016364
Caravana Multirruta La Esperanza
UMM-3, 2007
095
Juchique de Ferrer
300950018
La Martinica (El Tacahuite)
10
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016364
Caravana Multirruta La Esperanza
UMM-3, 2007
095
Juchique de Ferrer
300950006
Carrizal
326
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016364
Caravana Multirruta La Esperanza
UMM-3, 2007
095
Juchique de Ferrer
300950059
El Cefiro
12
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016364
Caravana Multirruta La Esperanza
UMM-3, 2007
095
Juchique de Ferrer
300950101
La Flor
*
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016364
Caravana Multirruta La Esperanza
UMM-3, 2007
095
Juchique de Ferrer
300950021
La Nueva Reforma
19
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016364
Caravana Multirruta La Esperanza
UMM-3, 2007
095
Juchique de Ferrer
300950033
Villa Rica
6
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016364
Caravana Multirruta La Esperanza
UMM-3, 2007
095
Juchique de Ferrer
300950116
El Tecolote
2
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016364
Caravana Multirruta La Esperanza
UMM-3, 2007
009
Alto Lucero de Gutiérrez Barrios
300090061
Rincón de Negros
47
médico(a)
general,
un
odontólog
o (a), un
(a)
enfermero
(a) y un
(a)
promotor
(a) de la
salud-
polivalente
Lunes -
Viernes
8 h
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016364
Caravana Multirruta La Esperanza
UMM-3, 2007
009
Alto Lucero de Gutiérrez Barrios
300090077
Vaquería
341
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016364
Caravana Multirruta La Esperanza
UMM-3, 2007
009
Alto Lucero de Gutiérrez Barrios
300090020
Cruz Blanca
74
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016364
Caravana Multirruta La Esperanza
UMM-3, 2007
009
Alto Lucero de Gutiérrez Barrios
300090039
Mesa de Sombreros
173
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016364
Caravana Multirruta La Esperanza
UMM-3, 2007
009
Alto Lucero de Gutiérrez Barrios
300090084
La Charrasca
18
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016364
Caravana Multirruta La Esperanza
UMM-3, 2007
009
Alto Lucero de Gutiérrez Barrios
300090063
Sabanetas
140
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016364
Caravana Multirruta La Esperanza
UMM-3, 2007
009
Alto Lucero de Gutiérrez Barrios
300090070
El Tabacal
49
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016364
Caravana Multirruta La Esperanza
UMM-3, 2007
009
Alto Lucero de Gutiérrez Barrios
300090043
Monte Verde de la Tasajera
6
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016364
Caravana Multirruta La Esperanza
UMM-3, 2007
009
Alto Lucero de Gutiérrez Barrios
300090142
Raya de la Pita
*
 
 
VZSSA003740
H.G. de Misantla
VZSSA016364
Caravana Multirruta La Esperanza
UMM-3, 2007
 
2
 
19
1,655
4
Lunes -
Viernes
8 h
0
0
1
1
43
43
43
 
66
 
458
68,648
136
Lunes -
Viernes
8 h
24
24
43
43
*Notas: En el ejercicio 2022, las UMM-3 operarán como UMM-2, de conformidad con lo establecido en el numeral 5.9, fracción IV de las Reglas de Operación vigentes.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $868,038.90 (Ochocientos sesenta y ocho mil treinta y ocho pesos 90/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz Ignacio de la Llave, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, la Secretaría de Salud del Estado de Veracruz y Servicios de Salud de Veracruz.
ANEXO 6 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
INDICADORES DE DESEMPEÑO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS 2022

 
Entidad
Federativa
 
 
Consultas
de primera
vez por
diagnóstico
y/o
tratamiento
reportadas
en IG* en
el periodo
Consultas
de primera
vez por
diagnóstico
y/o
tratamiento
reportadas
en DGIS*
Consultas
subsecuentes
reportadas en
IG* en el
periodo
Consultas
subsecuentes
reportadas en
DGIS*
Acciones
al
individuo +
acciones a
la
comunidad
reportadas
en IG* en
el periodo
Acciones
al
individuo +
acciones a
la
comunidad
reportadas
en DGIS*
Muertes
materna
s por
lugar de
origen
en el
periodo
Trimestre:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
TABLA 1. PIRÁMIDE POBLACIONAL
(COBERTURA OBJETIVO UNIDADES
MÉDICAS MÓVILES)
 
Cobertura
Operativa
por
trimestre
 
Hombre
s
Rango
de
Edad
Mujeres
Hombres+Mujeres
 
 
 
70 y
más
 
 
 
1er
 
 
 
 
 
 
 
 
 
65 a
69
 
 
 
2do
 
 
 
 
 
 
 
 
 
60 a
64
 
 
 
3er
 
 
 
 
 
 
 
 
 
55 a
59
 
 
 
4to
 
 
 
 
 
 
 
 
 
50 a
54
 
 
 
Total
 
 
 
 
 
 
 
 
 
45 a
49
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
40 a
44
 
 
 
Causa de diferencia entre cifras de IG* (Informe Gerencial) y plataforma de la DGIS* (Dirección General de Información en Salud)
 
35 a
39
 
 
 
Consultas de
1ra vez por
diagnóstico o
tratamiento
 
 
30 a
34
 
 
 
 
25 a
29
 
 
 
 
20 a
24
 
 
 
Consultas
subsecuentes
 
 
15 a
19
 
 
 
 
10 a
14
 
 
 
 
5 a 9
 
 
 
Acciones al
individuo y
acciones a la
comunidad
 
 
2 a 4
años
 
 
 
 
1 año
 
 
 
 
< de 1
año
 
 
 
 
Fecha de la consulta en DGIS (ddmmaa):
 
 
Total
 
 
 
Otros comentarios
 
 
 
 
 
 
 
 
Población de Anexo 5
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Supervisor Estatal
(nombre y firma)
Responsable de
Integración
 
Coordinador Estatal
(nombre y firma)
Responsable de
Validación
 
 
ANEXO 6 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
INDICADORES DE DESEMPEÑO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS 2022

 
 
Entidad
Federativa:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Trimestre:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Fecha de revisión INSABI:
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
I. Control Nutricional
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
1.
1
Porcentaje de niños con obesidad y sobrepeso
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1.
2
Porcentaje de niños con peso para la talla normal
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1.
3
Porcentaje de niños con desnutrición leve
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1.
4
Porcentaje de niños con desnutrición moderada
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1.
5
Porcentaje de niños con desnutrición grave
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1.
6
Porcentaje de niños con recuperados de desnutrición
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
II. Enfermedades Diarreicas Agudas en menores de cinco años
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
2.
1
Porcentaje de enfermedades diarreicas agudas de primera vez en menores de cinco años
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
2.
2
Porcentaje de casos de enfermedades diarreicas agudas en menores de cinco años que requirieron plan A
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
2.
3
Porcentaje madres capacitadas en enfermedades diarreicas agudas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
III. Enfermedades Respiratoria Agudas en menores de cinco años
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
3.
1
Porcentaje de infecciones respiratorias agudas en menores de cinco años
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
3.
2
Porcentaje de casos de infecciones respiratorias agudas en menores de cinco años que requirieron antibiótico
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
3.
3
Porcentaje madres capacitadas en infecciones respiratorias agudas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
IV. Diabetes Mellitus
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
 
(N/D)*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominado
r (D)
4.
1
Porcentaje de pacientes con Diabetes Mellitus en tratamiento
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
4.
2
Porcentaje de pacientes con Diabetes Mellitus controlados
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
4.
3
Porcentaje de casos nuevos de Diabetes Mellitus
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

4.
4
Porcentaje de detecciones para Diabetes Mellitus
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
V. Hipertensión Arterial Sistémica
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
5.
1
Porcentaje de pacientes con Hipertensión Arterial Sistémica en tratamiento
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
5.
2
Porcentaje de pacientes con Hipertensión Arterial Sistémica controlados
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
5.
3
Porcentaje de casos nuevos de Hipertensión Arterial Sistémica
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
5.
4
Porcentaje de detecciones para Hipertensión Arterial Sistémica
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
VI. Obesidad
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D
)*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
6.
1
Porcentaje de pacientes con Obesidad en tratamiento
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
6.
2
Porcentaje de pacientes con Obesidad controlados
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
6.
3
Porcentaje de casos nuevos de Obesidad
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
6.
4
Porcentaje de detecciones para Obesidad
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
VII. Dislipidemias
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
7.
1
Porcentaje de pacientes con Dislipidemias en tratamiento
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
7.
2
Porcentaje de pacientes con Dislipidemias controlados
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
7.
3
Porcentaje de casos nuevos de Dislipidemias
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
7.
4
Porcentaje de detecciones para Dislipidemias
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
VIII. Síndrome Metabólico
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
 
(N/D)*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominado
r (D)
8.
1
Porcentaje de pacientes con Síndrome metabólico en tratamiento
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
8.
2
Porcentaje de pacientes con Síndrome metabólico controlados
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
8.
3
Porcentaje de casos nuevos de Síndrome metabólico
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
IX. Cáncer Cervicouterino
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D
)*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
9.
1
Porcentaje de detecciones oportunas de cáncer cérvico uterino
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
9.
2
Porcentaje de detecciones de Virus de Papiloma Humano
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
9.
3
Cobertura de tamizaje en mujeres de 25 a 64 años con citología o prueba de VPH
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
9.
4
Porcentaje de casos nuevos de Displasia (leve, moderada y severa)
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
9.
5
Tasa de detección de cáncer cérvico uterino
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
X. Cáncer de Mama
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
10.
1
Cobertura de tamizaje en mujeres de 25 a 39 años con exploración clínica de mama
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
10.
2
Tasa de detección de cáncer de mama
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XI. Control Prenatal y Puerperio
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
11.
1
Porcentaje de detecciones de mujeres embarazadas en el primer trimestre de gestación
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
11.
2
Proporción de consultas a mujeres embarazadas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
11.
3
Porcentaje de mujeres con embarazo de alto riesgo de primera vez
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
11.
4
Porcentaje de mujeres con embarazo de alto riesgo de primera vez referidas a segundo o tercer nivel
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
11.
5
Proporción de consultas de seguimiento a puérperas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XII. Prevención de defectos al nacimiento
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
12.
1
Porcentaje de mujeres en edad fértil que recibieron Ácido Fólico
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XIII. Planificación Familiar
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
 
 
 
 
(N/D)*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominado
r (D)
13.
1
Porcentaje de usuarios activos de planificación familiar
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
13.
2
Porcentaje de puérperas aceptantes de planificación familiar
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XIV. Atención Odontológica
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
14.
1
Proporción del uso de consultorios dentales
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
14.
2
Porcentaje de acciones preventivas odontológicas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
14.
3
Porcentaje de acciones curativas odontológicas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
XV. Vacunación
 
ALCANZADO
AL PERIODO
REALIZADO
 
 
1er. Trimestre
2do. Trimestre
3er. Trimestre
4to. Trimestre
 
 
 
 
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
(N/D)
*100
Numerador
(N)
Denominador
(D)
15.
1
Porcentaje de vacunación en embarazadas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
15.
2
Porcentaje de vacunación en menores de 9 años
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
ANEXO 6 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
INDICADORES DE DESEMPEÑO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS 2022
 
 
CAUSAS POR LAS QUE SE OBTUVIERON LOS RESULTADOS
ACCIONES PARA MEJORAR RESULTADOS OBTENIDOS
I
1.1
 
 
1.2
 
 
1.3
 
 
1.4
 
 
1.5
 
 
1.6
 
 
II
2.1
 
 
2.2
 
 
2.3
 
 
III
3.1
 
 
3.2
 
 
3.3
 
 
IV
4.1
 
 
4.2
 
 
4.3
 
 
4.4
 
 
V
5.1
 
 
5.2
 
 
5.3
 
 
5.4
 
 
VI
6.1
 
 
6.2
 
 
6.3
 
 
6.4
 
 
VII
7.1
 
 
7.2
 
 
7.3
 
 
7.4
 
 
VIII
8.1
 
 
8.2
 
 
8.3
 
 
IX
9.1
 
 
9.2
 
 
9.3
 
 
9.4
 
 
9.5
 
 
X
10.1
 
 
10.2
 
 
XI
11.1
 
 
11.2
 
 
11.3
 
 
11.4
 
 
11.5
 
 
XII
12.1
 
 
XIII
13.1
 
 
13.2
 
 
XI
V
14.1
 
 
14.2
 
 
14.3
 
 
XV
15.1
 
 
15.2
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $868,038.90 (Ochocientos sesenta y ocho mil treinta y ocho pesos 90/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz Ignacio de la Llave, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, la Secretaría de Salud del Estado de Veracruz y Servicios de Salud de Veracruz.
ANEXO 7 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
GASTOS ADMINISTRATIVOS POR PARTIDA PRESUPUESTARIA
 
PARTIDA DE GASTO
ASIGNACIONES DESTINADAS A CUBRIR LOS GASTOS POR CONCEPTO
DE:
33604
IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES
Asignaciones destinadas a cubrir el gasto por los servicios de impresión y elaboración de material informativo para su uso en contraloría social.
37101*
PASAJES ÁEREOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo en comisiones oficiales temporales dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, derivado de la realización de labores en campo o de supervisión e inspección en lugares distintos a los de su adscripción, en cumplimiento de la función pública. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades de los servidores públicos. Excluye los arrendamientos de vehículos aéreos, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37103*
PASAJES ÁEREOS NACIONALES ASOCIADOS A DESASTRES NATURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales. Excluye los arrendamientos de vehículos aéreos comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37104*
PASAJES ÁEREOS NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS DE MANDO EN EL DESEMPEÑO DE COMISIONES Y FUNCIONES OFICIALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo en comisiones oficiales temporales dentro del país en lugares distintos a los de su adscripción de servidores públicos de mando de las dependencias y entidades, en cumplimiento de la función pública, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37101 Pasajes aéreos nacionales para labores en campo y de supervisión, 37102 Pasajes aéreos nacionales asociados a los programas de seguridad pública y nacional y 37103 Pasajes aéreos nacionales asociados a desastres naturales, de este Clasificador. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades y el pago de pasajes para familiares en los casos previstos por las disposiciones generales aplicables. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37201*
PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre en comisiones oficiales temporales dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, derivado de la realización de labores en campo o de supervisión e inspección en lugares distintos a los de su adscripción, en cumplimiento de la función pública. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades de los servidores públicos. Incluye los gastos para pasajes del personal operativo que realiza funciones de reparto y entrega de mensajería, y excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37203*
PASAJES TERRESTRES NACIONALES ASOCIADOS A DESASTRES NATURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37204*
PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS DE MANDO EN EL DESEMPEÑO DE COMISIONES Y FUNCIONES OFICIALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre en comisiones oficiales temporales dentro del país en lugares distintos a los de su adscripción de servidores públicos de mando de las dependencias y entidades, en cumplimiento de la función pública, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37201 Pasajes terrestres nacionales para labores en campo y de supervisión, 37202 Pasajes terrestres nacionales asociados a los programas de seguridad pública y nacional y 37203 Pasajes terrestres nacionales asociados a desastres naturales, de este Clasificador. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades y el pago de pasajes para familiares en los casos previstos por las disposiciones generales aplicables. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.
37501*
VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, derivado de la realización de labores de campo o supervisión e inspección, en lugares distintos a los de su adscripción. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos. Excluye los gastos contemplados en las partidas 37101 y 37201.
37503*
VIÁTICOS NACIONALES ASOCIADOS A DESASTRES NATURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales, en lugares distintos a los de su adscripción. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos. Excluye los gastos contemplados en las partidas 37103 y 37203.
37504*
VIÁTICOS NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS EN EL DESEMPEÑO DE FUNCIONES OFICIALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en lugares distintos a los de su adscripción, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37501, 37502, 37503, 37104 y 37204. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos.
37901*
GASTOS PARA OPERATIVOS Y TRABAJOS DE CAMPO EN ÁREAS RURALES
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos que realizan las dependencias y entidades, por la estadía de servidores públicos que se origina con motivo del levantamiento de censos, encuestas, y en general trabajos en campo para el desempeño de funciones oficiales, cuando se desarrollen en localidades que no cuenten con establecimientos que brinden servicios de hospedaje y alimentación, y no sea posible cumplir con los requisitos de otorgamiento de viáticos y pasajes previstos en las partidas del concepto 3700.
39202
OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS
Asignaciones destinadas a cubrir otra clase de impuestos y derechos tales como gastos de escrituración, legislación de exhortos notariales, de registro público de la propiedad, tenencias y canje de placas de vehículos oficiales, diligencias judiciales, derechos y gastos de navegación de aterrizaje y despegue de aeronaves, de verificación, certificación y demás impuestos y derechos conforme a las disposiciones aplicables. Excluye el impuesto sobre la renta que las dependencias retienen y registran contra las partidas correspondientes del Capítulo 1000 "Servicios Personales".
* PARTIDAS DEL CONCEPTO 3700 SERVICIOS DE TRASLADO Y VIÁTICOS, SE AUTORIZA LA APLICACIÓN DE RECURSOS PARA CUBRIR LOS GASTOS DE ESTAS PARTIDAS PARA COORDINADOR, SUPERVISORES Y ENLACE ADMINISTRATIVO. EN EL CASO DEL PERSONAL OPERATIVO, SE PODRÁ HACER USO DE ESTAS PARTIDAS, SIEMPRE Y CUANDO SEA CONVOCADO POR "EL INSABI" (UCNM).
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $868,038.90 (Ochocientos sesenta y ocho mil treinta y ocho pesos 90/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz Ignacio de la Llave, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, la Secretaría de Salud del Estado de Veracruz y Servicios de Salud de Veracruz.
ANEXO 7 A DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA APLICACIÓN DE RENDIMIENTOS FINANCIEROS POR PARTIDA
PRESUPUESTARIA
PARTIDA DE GASTO
ASIGNACIONES DESTINADAS A CUBRIR LOS GASTOS POR CONCEPTO
DE:
21101
MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA
Asignaciones destinadas a la adquisición de materiales y artículos diversos de oficina, para el uso en las unidades médicas móviles federales, tales como: artículos papelería, libretas, carpetas, útiles de escritorio como engrapadoras, perforadoras, sacapuntas, entre otros.
26102
COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS
Asignaciones destinadas a la adquisición de gasolina para vehículos federales (unidades médicas móviles) del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica.
27101
VESTUARIO Y UNIFORMES
Asignaciones destinadas a la adquisición de prendas y accesorios de vestir: camisas, pantalones, calzado; uniformes e insignias para el personal de las unidades médicas móviles federales del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica.
29501
REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO
Asignaciones destinadas a la adquisición de refacciones y accesorios para todo tipo de aparatos e instrumentos médicos y de laboratorio (electrocardiógrafos, ultrasonido, piezas de mano de alta y baja velocidad dentales, esterilizadores (autoclave), equipo de rayos x dental, baumanómetro, fonodetectores de latidos fetales, estuche de diagnóstico), entre otros correspondientes a las unidades médicas móviles federales del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica.
29601
REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE
Asignaciones destinadas a la adquisición de autopartes de equipo de transporte tales como: llantas, suspensiones, sistemas de frenos, partes eléctricas, alternadores, distribuidores, partes de suspensión y dirección, marchas, embragues, retrovisores, tapetes, limpiadores, volantes, gatos hidráulicos o mecánicos de las unidades médicas móviles federales del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica.
33401
SERVICIOS PARA CAPACITACIÓN A SERVIDORES PÚBLICOS
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios profesionales que se contraten con personas físicas y morales por concepto de preparación e impartición de cursos de capacitación y/o actualización de los servidores públicos, en territorio nacional, en cumplimiento de los programas anuales de capacitación que establezcan en el Programa conforme al numeral 6.5.3 de la Reglas de Operación 2022.
33604
IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios de impresión y elaboración de material informativo (folletos, calcomanías, trípticos, carteles, manuales, reglas de operación, etc.) que forma parte de los instrumentos de apoyo para la realización de los programas presupuestarios de las dependencias y entidades distintos a los de comunicación social y publicidad.
35401
INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO.
Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico y de laboratorio (electrocardiógrafos, ultrasonido, piezas de mano de alta y baja velocidad dentales, esterilizadores (autoclave), equipo de rayos x dental, baumanómetro, fonodetectores de latidos fetales, estuche de diagnóstico, entre otros), de las unidades médicas móviles federales del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica.
35501
MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES.
Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios de mantenimiento y conservación de unidades médicas móviles federales del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica y su planta de luz o de emergencia.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $868,038.90 (Ochocientos sesenta y ocho mil treinta y ocho pesos 90/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz Ignacio de la Llave, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, la Secretaría de Salud del Estado de Veracruz y Servicios de Salud de Veracruz.
ANEXO 8 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
PLANTILLA DE PERSONAL
COORDINADOR
SUPERVISOR
ENLACE ADMINISTRATIVO
TOTAL DE PERSONAL
GERENCIAL
1
4
1
6
 
TIPO DE
UMM
NÚMERO
DE UMM
MÉDICO
RESIDENTE PARA
TRABAJO SOCIAL
COMUNITARIO
ITINERANTE
ENFERMERA
GENERAL
PROMOTOR EN
SALUD
CIRUJANO
DENTISTA
TOTAL
0
24
24
24
24
 
72
1
12
12
12
12
 
36
2
5
5
5
5
5
20
3
2
2
2
2
2
8
TOTAL
43
43
43
43
7
136
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $868,038.90 (Ochocientos sesenta y ocho mil treinta y ocho pesos 90/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz Ignacio de la Llave, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, la Secretaría de Salud del Estado de Veracruz y Servicios de Salud de Veracruz.
ANEXO 9 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
REPORTE DE RENDIMIENTOS FINANCIEROS 2022
ENTIDAD FEDERATIVA:                                                                                       TRIMESTRE:
MES:
SECRETARÍA DE FINANZAS Y
ADMINISTRACIÓN
SERVICIOS DE SALUD
TOTAL
RENDIMIENTOS GENERADOS NETOS
No. CUENTA BANCARIA
No. DE CUENTA BANCARIA
ENERO
 
 
 
FEBRERO
 
 
 
MARZO
 
 
 
ABRIL
 
 
 
MAYO
 
 
 
JUNIO
 
 
 
JULIO
 
 
 
AGOSTO
 
 
 
SEPTIEMBRE
 
 
 
OCTUBRE
 
 
 
NOVIEMBRE
 
 
 
DICIEMBRE
 
 
 
MONTO TRIMESTRAL
$                                -
$                                       -
$                                  -
MONTO TOTAL ACUMULABLE
$                                -
$                                       -
$                                  -
*ENVIAR DENTRO DE LOS 10 DÍAS HÁBILES POSTERIORES AL TÉRMINO DEL TRIMESTRE CORRESPONDIENTE.
 
 
 
 
 
 
 
 
RESPONSABLE DE LA
ELABORACIÓN
 
DIRECTOR ADMINISTRATIVO DE
LOS SERVICIOS DE SALUD (O SU
EQUIVALENTE)
 
SECRETARIO DE SALUD
O DIRECTOR DE LOS
SERVICIOS DE SALUD
DE LA ENTIDAD (O SU
EQUIVALENTE)
 
 
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $868,038.90 (Ochocientos sesenta y ocho mil treinta y ocho pesos 90/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz Ignacio de la Llave, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, la Secretaría de Salud del Estado de Veracruz y Servicios de Salud de Veracruz.
ANEXO 10 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
CIERRE PRESUPUESTARIO EJERCICIO 2022
Capítul
o de
gasto
Presupuesto
autorizado
Presupuesto
modificado
Presupuesto
ejercido
(comprobado)
Reintegro
TESOFE
(1)
 
No. Cuenta
Bancaria
Rendimientos
generados
Rendimientos
ejercidos
Rendimiento
s
reintegrados
a TESOFE (2)
2000
 
 
 
 
 
No. Cuenta Secretaría de Finanzas y Administración
 
 
 
3000
 
 
 
 
 
No. Cuenta Servicios de Salud
 
 
 
Total
 
 
 
 
 
Total
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
RESPONSABLE DE LA
ELABORACIÓN
 
DIRECTOR ADMINISTRATIVO DE
LOS SERVICIOS DE SALUD (O SU
EQUIVALENTE)
 
SECRETARIO DE SALUD
O DIRECTOR DE LOS
SERVICIOS DE SALUD
DE LA ENTIDAD (O SU
EQUIVALENTE)
 
 
NOTAS:
(1) Deberá especificar el número de línea de captura TESOFE (tramitada ante el INSABI) del reintegro presupuestal y anexar copia del recibo de pago correspondiente al monto reintegrado.
(2) Deberá especificar el número de línea de captura TESOFE (PEC tramitada por el área financiera de la entidad) de reintegro de rendimientos financieros y anexar copia del recibo de pago correspondiente al monto reintegrado.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $868,038.90 (Ochocientos sesenta y ocho mil treinta y ocho pesos 90/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz Ignacio de la Llave, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, la Secretaría de Salud del Estado de Veracruz y Servicios de Salud de Veracruz.
ANEXO 11 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
PROGRAMA DE VISITAS DE SUPERVISIÓN A REALIZAR EN EL ESTADO DE VERACRUZ IGNACIO DE LA LLAVE
 
PERIODO DE VISITA:
DEL MES DE: JUNIO A DICIEMBRE 2022
 
De conformidad con el Modelo de Supervisión se podrán realizar visitas, en cumplimiento de lo especificado en las Cláusulas Tercera fracciones I, III y V y Novena fracción, III del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, que celebran el Instituto de Salud para el Bienestar y el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz Ignacio de la Llave, con el propósito de verificar la operación y el uso adecuado de los recursos presupuestarios transferidos con carácter de subsidios por la cantidad de $868,038.90 (Ochocientos sesenta y ocho mil treinta y ocho pesos 90/100 M.N.), así como el estado general que guarden los bienes dados en comodato del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica. Por lo que, con tal finalidad, las autoridades de "LA ENTIDAD" se comprometen a proporcionar toda la documentación necesaria y permitir el acceso a los archivos correspondientes al Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica.
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $868,038.90 (Ochocientos sesenta y ocho mil treinta y ocho pesos 90/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz Ignacio de la Llave, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, la Secretaría de Salud del Estado de Veracruz y Servicios de Salud de Veracruz.
ANEXO 12 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS
PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA
S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA
TABULADOR DE LA PLANTILLA LABORAL
CÓDIGO
NOMBRE PUESTO
BECA
MÉDICOS
RESIDENTES
COMPENSACIÓN
A MÉDICOS
RESIDENTES
total bruto
mensual
12301
13411
CPSMMR0001
MÉDICOS RESIDENTES PARA TRABAJO SOCIAL COMUNITARIO ITINERANTE
17,016.00
18,221.00
35,237.00
 
CÓDIGO
NOMBRE PUESTO
11301
15901
13410
total bruto
mensual
CPSAAA0003
PERSONAL DE SOPORTE ADMINISTRATIVO DE SALUD (ENLACE ADMINISTRATIVO)
9,087.00
7,152.00
2,046.00
18,285.00
CPSAAA0004
DIRECTOR DE ÁREA (COORDINADOR)
23,882.00
13,731.00
11,387.00
49,000.00
CPSAAA0005
SUBDIRECTOR DE ÁREA (SUPERVISOR)
16,501.00
10,841.00
6,765.00
34,107.00
 
ZONA 2
CÓDIGO
NOMBRE PUESTO
11301
15901
13410
total bruto
mensual
CPSFFF0003
PROMOTOR EN SALUD
9,925.00
4,645.00
2,050.00
16,620.00
CPSMMD0001
CIRUJANO DENTISTA
16,342.00
8,869.00
8,199.00
33,410.00
CPSPEG0001
ENFERMERA GENERAL
10,935.00
6,450.00
4,339.00
21,724.00
 
ZONA 3
CÓDIGO
NOMBRE PUESTO
11301
15901
13410
total bruto
mensual
CPSFFF0003
PROMOTOR EN SALUD
10,965.00
5,066.00
2,241.00
18,272.00
CPSMMD0001
CIRUJANO DENTISTA
18,025.00
9,721.00
9,108.00
36,854.00
CPSPEG0001
ENFERMERA GENERAL
12,059.00
7,562.00
4,800.00
24,421.00
El presente Anexo forma parte integrante del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $868,038.90 (Ochocientos sesenta y ocho mil treinta y ocho pesos 90/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz Ignacio de la Llave, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, la Secretaría de Salud del Estado de Veracruz y Servicios de Salud de Veracruz.
Firmas de los Anexos 1, 1A, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 7 A, 8, 9, 10, 11 y 12 del Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica, por la cantidad de $868,038.90 (Ochocientos sesenta y ocho mil treinta y ocho pesos 90/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar, y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz Ignacio de la Llave, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, la Secretaría de Salud del Estado de Veracruz y Servicios de Salud de Veracruz.
Por el INSABI: el Director General, Mtro. Juan Antonio Ferrer Aguilar.- Rúbrica.- Firma en suplencia por ausencia del Titular de la Unidad de Coordinación Nacional Médica del Instituto de Salud para el Bienestar, con fundamento en lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo sexagésimo sexto del Estatuto Orgánico del Instituto de Salud para el Bienestar, el Coordinador de Atención a la Salud, Dr. Juan José Mazón Ramírez.- Rúbrica.- Firma en suplencia por ausencia del Titular de la Coordinación de Financiamiento del Instituto de Salud para el Bienestar, con fundamento en lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo sexagésimo sexto del Estatuto Orgánico del Instituto de Salud para el Bienestar, el Director de Administración Financiera del Fideicomiso, M. en Aud. Vicente Reyes Magaña.- Rúbrica.- El Coordinador de Recursos Humanos y Regularización de Personal, Mtro. Candelario Pérez Alvarado.- Rúbrica.- Por la Entidad: el Secretario de Finanzas y Planeación, Mtro. José Luis Lima Franco.- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General del Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud de Veracruz, Dr. Gerardo Díaz Morales.- Rúbrica.