Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
EDICTOS
 
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
SECRETARÍA DE ACUERDOS.
JUICIO DE AMPARO DIRECTO 563/2022
QUEJOSO: JUAN CARLOS RAMÍREZ LÓPEZ.
EMPLAZAMIENTO A LOS TERCEROS INTERESADOS OHL CONCESIONES, S.A.U., MAGENTA INFRAESTRUCTURA, S.L., Y GLOBAL INFRANCO SPAIN, S.L.U. ANTERIORMENTE WOODSIDESPAIN, S.L.
En cumplimiento a lo ordenado por auto de dieciséis de noviembre de dos mil veintidós, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, procédase a citar, notificar y emplazar a los terceros interesados OHL Concesiones, S.A.U., Magenta Infraestructura, S.L., y Global Infranco Spain, S.L.U. anteriormente Woodside Spain, S.L, por medio de edictos los cuales se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en esta ciudad, haciéndole saber a la parte tercera interesada que deberá comparecer dentro del término de treinta días, contados del día siguienteal de la última publicación, ante este tribunal colegiado, a defender sus derechos, quedando a su disposición en la Secretaría de Acuerdos de este tribunal, copia de la demanda de amparo relativa al expediente A.D.C. 563/2022, promovido por Juan Carlos Ramírez López, por conducto de su apoderado, Paulo Jenaro Díez Gargari, contra los actos que reclama de la Sexta Sala Civil, y del Juez Quincuagésimo Octavo de lo Civil, ambos del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, consistentes en la sentencia dictada el trece de mayo de dos mil veintidós, en los tocas 690/2021 y 695/2021, y su ejecución, respectivamente, lo que se hace de su conocimiento, para los efectos legales a que haya lugar.
PARA SU PUBLICACIÓN POR TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DÍAS, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN Y EN EL PERIÓDICO DE MAYOR CIRCULACIÓN EN LA REPÚBLICA, ATENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 315 DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES.
 
Ciudad de México, a 16 de noviembre de 2022.
El Secretario de Tribunal.
Lic. Jesús Roberto Holguín Flores.
Rúbrica.
(R.- 531355)