ACUERDO por el que se da a conocer el cambio de domicilio de las oficinas de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.- Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.- Oficina del Comisionado.

ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CAMBIO DE DOMICILIO DE LAS OFICINAS DE LA COMISIÓN NACIONAL DE MEJORA REGULATORIA.
ALBERTO MONTOYA MARTÍN DEL CAMPO, Comisionado Nacional de Mejora Regulatoria, con fundamento en los artículos, 4, 42 y Título Tercero de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 17 y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, inciso B y 69 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, así como los artículos 2, 3, fracción VII y 9 fracciones XXIV, XXXI y XXXVIII, del Reglamento Interior de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria.
CONSIDERANDO
Que la CONAMER es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Economía, con autonomía técnica y operativa, la cual tiene como objetivo promover la mejora de las Regulaciones y la simplificación de Trámites y Servicios, así como la transparencia en la elaboración y aplicación de los mismos, procurando que estos generen beneficios superiores a sus costos y el máximo beneficio para la sociedad.
Que en términos de la propia Ley Federal de Procedimiento Administrativo, la Administración Pública Federal debe establecer las oficinas para los trámites que se realicen ante la misma, a fin de dotar al interesado del pleno conocimiento del lugar en donde habrán de llevarse a cabo la recepción de correspondencia, trámites y servicios, notificaciones, diligencias y demás procedimientos administrativos.
Que el Código Civil Federal establece que será considerado como domicilio legal, para el caso de los servidores públicos, el lugar donde desempeñan sus funciones por más de seis meses.
Que actualmente el domicilio de la CONAMER se encuentra en Boulevard Adolfo López Mateos 3025, San Jerónimo Aculco, C.P. 10400, Ciudad de México.
Que de conformidad con la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, como sujeto obligado de la misma tiene la obligación de poner a disposición del público y actualizar, entre otras, la información relativa a su domicilio para recibir la correspondencia, trámites, diligencias, notificaciones, citaciones, requerimientos y demás asuntos competencia de la Comisión.
Que por lo anterior y con el propósito de dar certeza a los interesados sobre el domicilio donde tendrá su sede, la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, se emite el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CAMBIO DE DOMICILIO DE LA COMISIÓN
NACIONAL DE MEJORA REGULATORIA
Se informa a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, órganos de impartición y procuración de justicia federales y locales, gobiernos de las entidades federativas, órganos autónomos y al público en general, lo siguiente:
Artículo Primero.- A partir del veintiséis de enero de dos mil veintitrés, el domicilio oficial de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria será el inmueble que se ubica en la Avenida Insurgentes Sur, número 1940, piso 3 Colonia Florida, Alcaldía Álvaro Obregón, Código Postal 01030, en la Ciudad de México, para todos los efectos legales a que haya lugar.
Artículo Segundo.- Las notificaciones, acuerdos, citatorios, diligencias, trámites y servicios, procedimientos administrativos y demás asuntos relacionados con esta Comisión y que se lleven a cabo con y por parte de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, gobiernos de las entidades federativas, municipales y órganos político administrativos de la Ciudad de México, órganos de impartición y procuración de justicia federales y locales, órganos autónomos, demás autoridades y público en general, deberán enviarse y realizarse en la Avenida Insurgentes Sur, número 1940, planta baja, Colonia Florida, Alcaldía Álvaro Obregón, Código Postal 01030, en la Ciudad de México, de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas, para todos los efectos legales a que haya lugar.
Artículo Tercero.- Por lo que se refiere a los procedimientos que se tramitan actualmente, en los que esté corriendo algún plazo legal y, que en la notificación correspondiente se hubiera señalado el domicilio ubicado en Boulevard Adolfo López Mateos 3025, piso 8, San Jerónimo Aculco, C.P. 10400, Ciudad de México, se hace del conocimiento de los interesados que deberán presentar sus promociones y documentos respectivos en el domicilio que se indica en el Artículo Primero del presente Acuerdo.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a los veinticinco días de enero de dos mil veintitrés.- Lic. Jessica Poblano Ramírez, Coordinadora General de Mejora Regulatoria de Servicios y de Asuntos Jurídicos, en suplencia por ausencia del Titular de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, con fundamento en lo establecido por los artículos Séptimo y Décimo Transitorios de la Ley General de Mejora Regulatoria y el diverso 15 del Reglamento Interior de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria.- Rúbrica.