Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Economía
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual
Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial
Coordinación Departamental de Cancelación y Caducidad
Seeuplay, S.A. de C.V.
Vs.
Paplus International SP. Z O.O.
M. 1624479 SEEU y Diseño
Exped.: P.C.2623/2021(C-1154)28383
Folio: 29895
"2022, Año de Ricardo Flores Magón"
Paplus International SP. Z O.O.
NOTIFICACIÓN POR EDICTOS.
Por escrito presentado en la oficialía de partes de esta Dirección el 16 de diciembre de 2021, con folio 028383, por Karina Martínez Rodríguez, apodera de SEEUPLAY, S.A. DE C.V, solicitó la declaración administrativa de caducidad del registro marcario citado al rubro.
En virtud de lo anterior, y con fundamento en el artículo 336, 367 fracción IV y 369 de Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole PAPLUS INTERNATIONAL SP. Z O.O., el plazo de UN MES, contado a partir del día hábil siguiente al día en que aparezca esta publicación, para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y manifieste lo que a su derecho convenga, apercibido que de no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el término señalado, este Instituto emitirá la resolución administrativa que conforme a derecho proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 342 de Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
Para su publicación, por una sola vez, en uno de los periódicos de mayor circulación en la República y en el Diario Oficial de la Federación, en los términos y para los efectos establecidos en el artículo 369 de Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
Atentamente
7 de septiembre de 2022
El Coordinador Departamental de Cancelación y Caducidad.
Roberto Díaz Ramírez.
Rúbrica.
(R.- 531046)