Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Economía
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual
Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial
Coordinación Departamental de Cancelación y Caducidad
Hanschell Inniss Holdings (Caracao) N.V.
Vs.
Dimitar Hristov Balev
M. 1681988 Beep Beep y Diseno
Exped.: P.C.705/2022(C-299)8351
Folio: 30078
"2022, Año de Ricardo Flores Magón"
Dimitar Hristov Balev
NOTIFICACIÓN POR EDICTOS
Por escrito presentado en la oficialía de partes de esta Dirección, el 4 de abril de 2022, con folio de entrada 008351, ABRAHAM DIAZ ARCEO, apoderado de HANSCHELL INNISS HOLDINGS (CARACAO) N.V., solicitó la declaración administrativa de caducidad del registro marcario 1681988 BEEP BEEP Y DISENO.
Por lo anterior, y con fundamento en el artículo 336, 367 fracción IV, 369 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a la parte demandada DIMITAR HRISTOV BALEV; el plazo de UN MES, contado a partir del día hábil siguiente en el que aparezca esta publicación, para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y manifieste lo que a su derecho convenga, apercibida de que no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el término señalado, este Instituto emitirá la resolución administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 342 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
Para su publicación, por una sola vez, en uno de los periódicos de mayor circulación en la República y en el Diario Oficial de la Federación, en los términos y para los efectos establecidos en el artículo 369 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
Atentamente
8 de septiembre de 2022
El Coordinador Departamental de Cancelación y Caducidad
Roberto Díaz Ramírez
Rúbrica.
(R.- 530060)