Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
EDICTO.
 
Dentro de los autos del juicio de amparo número 291/2022, promovido por ADALBERTO BARON NUÑEZ, contra actos de la JUEZ Y SECRETARIA ACTUARIA ADSCRITOS AL JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE LO CIVIL DE PROCESO ORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, así como del SECRETARIO DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, no se cuenta con el domicilio cierto y actual en donde pudiera ser emplazado el tercero interesado RAÚL LOZANO RODRÍGUEZ; en consecuencia, se ha ordenado emplazarlo por medio de edictos, ello, con fundamento en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo; por lo que se le informa que queda a su disposición, en la Actuaría de este Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, copia simple de la demanda respectiva; asimismo, se le hace de su conocimiento que cuenta con un término de treinta días hábiles, que se computarán a partir de la última publicación de los edictos de mérito, para que ocurra ante este órgano de control constitucional, a hacer valer sus derechos si a su interés conviene y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad de México; apercibido de que en caso de no hacerlo, las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por medio de lista de acuerdos que se publica en este órgano jurisdiccional.
 
Atentamente.
Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México.
Lic. Yamir Cruz Martínez.
Rúbrica.
(R.- 528507)