OFICIO mediante el cual se modifican los términos de la autorización para la organización y operación de Banco Covalto, S.A., Institución de Banca Múltiple.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores.- Vicepresidencia de Normatividad.- Dirección General de Autorizaciones al Sistema Financiero.- Vicepresidencia de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros A.- Dirección General de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros A.- Oficio Núm.: 312-3/2511635/2022.- Exp.: CNBV.3S.3.2, 312 (8074).

Asunto:  Se modifican los términos de la autorización para la organización y operación de esa entidad.
BANCO COVALTO, S.A.,
INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE
Av. Ferrocarril de Cuernavaca, Núm. 689, Piso 9,
Col. Ampliación Granada, Miguel Hidalgo,
C.P. 11529, Ciudad de México.
AT'N.:  LIC. MARK MATTHEW MCCOY MACDONALD
          Director General
Con oficio 312-3/70327/2019 de fecha 28 de noviembre de 2019, esta Comisión aprobó la reforma a la cláusula Séptima de los estatutos sociales de Banco Finterra, S.A., Institución de Banca Múltiple (Banco Finterra), ahora Banco Covalto, S.A., Institución de Banca Múltiple (Banco Covalto), con motivo del aumento a su capital social de la cantidad de $918'109,300.00 a $948'109,300.00, mismo que fue acordado en asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada el 22 de noviembre de 2019.
Mediante oficio 312-3/0232/2020 de fecha 20 de agosto de 2020, esta Comisión aprobó la reforma a la cláusula Séptima de los estatutos sociales de Banco Finterra, ahora Banco Covalto, con motivo del aumento a su capital social de la cantidad de $948'109,300.00 a $1,028'109,300.00, mismo que fue acordado en asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada el 14 de agosto de 2020.
Con oficio 312-3/10039090/2021 de fecha 25 de noviembre de 2021, esta Comisión aprobó la reforma a la cláusula Séptima de los estatutos sociales de Banco Finterra, ahora Banco Covalto, con motivo del aumento a su capital social de la cantidad de $1,028'109,300.00 a $1,188'109,300.00, mismo que fue acordado en asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada el 25 de noviembre de 2021.
Mediante oficio 312-3/10039182/2021 de fecha 16 de diciembre de 2021, esta Comisión aprobó la reforma a la cláusula Séptima de los estatutos sociales de Banco Finterra, ahora Banco Covalto, con motivo del aumento a su capital social de la cantidad de $1,188'109,300.00 a $1,288'109,300.00, mismo que fue acordado en asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada el 15 de diciembre de 2021.
Con oficio 312-3/2511270/2022 de fecha 31 de marzo de 2022, esta Comisión aprobó la reforma a la cláusula Séptima de los estatutos sociales de Banco Covalto, con motivo del aumento a su capital social de la cantidad de $1,288'109,300.00 a $1,328'109,300.00, mismo que fue acordado en asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada el 31 de marzo de 2022.
Con oficio 312-3/2511493/2022 de fecha 29 de junio de 2022, esta Comisión aprobó la reforma a la cláusula Séptima de los estatutos sociales de Banco Covalto, con motivo del aumento a su capital social de la cantidad de $1,328'109,300.00 a $1,478'109,300.00, mismo que fue acordado en asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada el 30 de junio de 2022.
Mediante escritos presentados a esta Comisión los días 6 de abril de 2020 y 8 de marzo, 24 de mayo de 2022 y 6 de septiembre de 2022, a través del correo VPSupervisionGIFA@cnbv.gob.mx, en cumplimiento a los requerimientos contenidos en los oficios 312-3/70327/2019, 312-3/0232/2020, 312-3/10039090/2021, 312-3/10039182/2021, 312-3/2511270/2022 y 312-3/2511493/2022 antes referidos, Banco Covalto remitió:
i)     copia certificada y primer testimonio de las escrituras públicas 61,070 y 61,914 de fechas 11 de diciembre de 2019 y 11 de septiembre de 2020, otorgadas ante la fe del licenciado Francisco Javier Gerardo Oliveros Lara, notario público número 75 de la Ciudad de México;
ii)     segundos testimonios de las escrituras públicas 44,120 y 44,201 de fechas 13 de diciembre de 2021 y 13 de enero de 2022, otorgadas ante la fe del licenciado Alfonso Gómez Portugal Aguirre, notario número 162 de la Ciudad de México;
iii)    segundo testimonio de la escritura pública 49,878 de fecha 7 de abril de 2022, otorgada ante la fe del licenciado Luis Eduardo Paredes Sánchez, notario público número 180 de la Ciudad de México; y
iv)    primer testimonio de la escritura pública 50,917 de fecha 8 de julio de 2022, otorgada ante la fe del licenciado Luis Eduardo Paredes Sánchez, notario público número 180 de la Ciudad de México;
Las escrituras públicos antes señaladas se encuentran inscritas en el Registro Público del Comercio de esta misma ciudad los días 10 de marzo de 2020 y 13 de enero, 22 de marzo, 13 y 19 de abril y 17 de agosto de 2022, respectivamente, bajo el folio mercantil electrónico número 303991-1, en las que se formalizaron las modificaciones estatutarias de que se trata.
Por lo anterior, con fundamento en el artículo 8, último párrafo de la Ley de Instituciones de Crédito, esta Comisión tiene a bien modificar la Base Quinta de la "Autorización para la organización y operación de una institución de banca múltiple a denominarse Banco Finterra, S.A., Institución de Banca Múltiple", actualmente Banco Covalto, contenida en oficio P026/2014 emitido por esta Comisión el 25 de marzo de 2014 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de abril de 2014, modificada por última vez mediante oficio 312-1/66218/2018 emitido por esta Comisión el 20 de marzo de 2018 y publicado en dicho Diario el 6 de abril de 2018, para quedar en los siguientes términos:
"...
QUINTA.- El importe de su capital social pagado será de $1,478'109,300.00 (un mil cuatrocientos setenta y ocho millones ciento nueve mil trescientos pesos 00/100) M.N.
..."
Asimismo, con fundamento en los artículos 8, último párrafo y 97 de la Ley de Instituciones de Crédito y 19 de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, se requiere a Banco Covalto informe a esta autoridad la fecha de la publicación del texto del presente oficio de modificación, realizada en el Diario Oficial de la Federación y en dos periódicos de amplia circulación de su domicilio social, en un plazo de quince días hábiles contado a partir de la fecha de publicación. Lo anterior, en el entendido de que dichas publicaciones deberán tramitarse dentro de los quince días hábiles posteriores a la fecha de recepción de este oficio.
El presente oficio se emite con fundamento en los artículos 16, antepenúltimo párrafo de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores; y 14, 19, fracción X, 21, fracciones I, inciso c), II y III y último párrafo, 44, fracciones I y IV y 64 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
Atentamente
Ciudad de México, a 5 de octubre de 2022.- Directora General de Autorizaciones al Sistema Financiero, Lic. Aurora de la Paz Torres Arroyo.- Rúbrica.- Directora General de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros A, Act. Mónica Palacios Rios.- Rúbrica.
(R.- 528230)