Estados Unidos Mexicanos
Estado de Chihuahua
Poder Judicial
Tribunal Superior de Justicia
Juzgado Cuarto Civil por Audiencias
Distrito Judicial Morelos
Chihuahua, Chih.
"2022, Año del Centenario de la llegada de la Comunidad Menonita a Chihuahua"
EDICTO DE NOTIFICACIÓN
LUIS ENRIQUE SALAS PORRAS.
PRESENTE.-
En el expediente número 1084/2021, relativo al PROCEDIMIENTO ESPECIAL, presentado por LUIS ENRIQUE SALAS PORRAS, en su carácter de albacea de la sucesión a bienes de RICARDO MARTIN SALAS PORRAS SOULE, en contra de CLUB CAMPESTRE DE CHIHUAHUA, SOCIEDAD ANÓNIMADE CAPITAL VARIABLE, existen un auto que textualmente establece:
"Se Aclara Sentencia o Resolución Declarativa>
CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, A ONCE DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTIDÓS.
Agréguese a los autos el escrito recibido el día dos de agosto del presente año, presentado por el Licenciado [FRANCISCO JAVIER ANDUJO TARANGO] autorizado en términos amplios por la parte actora.
Como lo solicita, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 1055 fracción VIII del Código de Comercio, se aclara la Sentencia dictada en fecha quince de julio de dos mil veintidós, en el resolutivo Tercero, en cuanto a que se ordena publicar un extracto de la resolución, en los términos ahí precisados.
Forme el presente próvido parte integral de la Sentencia que se aclara para los efectos legales a quehaya lugar.
N O T I F I Q U E S E:
Así lo acordó y firma la licenciada ADRIANA LIZETH HIGUERA BENCOMO, secretaria judicial en funciones de secretaria de acuerdos del juzgado cuarto civil por audiencias de Distrito Judicial Morelos,en cargada de despacho por ministerio de ley por ausencia temporal de su titular con fundamento en el artículo 272 de la ley orgánica del poder judicial el estado, ante el secretario judicial Licenciado LUIS EDUARDO HERNÁNDEZ RICO, con actúa y da fe, DOY FE." DOS FIRMAS ILEGIBLES.
AUTO INSERTO
<Resolución Declarativa Procedente>
CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, A QUINCE DE JULIO DEL DOS MIL VEINTIDÓS.
(...) VI. Resolutivos:
PRIMERO. Ha procedido el Procedimiento Especial de Cancelación y Reposición de Titulo Nominativo, promovido por [LUIS ENRIQUE SALAS PORRAS] en su carácter de albacea de la sucesión a bienes de [RICARDO MARTIN SALAS PORRAS SOULE].
SEGUNDO. Se declara la cancelación de la Acción [001569], de la Serie ["A" Clase I], con valor nominal de $5,000.00 (CINCO MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), expedida por [CLUB CAMPESTRE DE CHIHUAHUA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE], de fecha dieciocho de enero de mil novecientos noventa; y en consecuencia de lo anterior [CLUB CAMPESTRE DE CHIHUAHUA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE] deberá proceder a la reposición o restitución dicho documento, a fin de entregarlo al promovente [LUIS ENRIQUE SALAS PORRAS] en su carácter de albacea de la sucesión a bienes de [RICARDO MARTIN SALAS PORRAS SOULE]. Ordenando dicho resolutivo, surtirá efectos una vez que se publique en el Diario Oficial de la Federación un extracto de la citada resolución y transcurra el plazo de sesenta días contados a partir de la fecha de dicha publicación sin que ningún tercero se oponga la cancelación y reposición del título referido en la resolución, por lo que;
TERCERO. Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial de la Federación, en los términos ordenados por el artículo 45, fracción III de la Ley General. En consecuencia se ordena la publicación de la resolución a que se hace referencia este resolutivo, por medio de un edicto que será expedido por este Juzgado, el cual se pone a disposición del interesado.
Lo anterior de conformidad con lo dispuesto por el artículo 45 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
CUARTO. Así también túrnense los autos a la Unidad de Ejecución y Notificación a fin de que por medio de uno de sus integrantes se notifique la presente resolución a [CLUB CAMPESTRE DE CHIHUAHUA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE] en su carácter de emisor del documento de mérito, en cumplimiento a lo previsto en la fracción III, inciso "d)" del numeral en mención.
N O T I F I Q U E S E:
Así lo resolvió y firma la Licenciada MICHELLE CARRETE EVANGELISTA Jueza Cuarto Civil por Audiencias del Distrito Judicial Morelos, ante la Secretaria Judicial Licenciada IZAMAR PALMA CAZAREZ, con quien actúa y da fe. DOY FE." DOS FIRMAS ILEGIBLES.
Lo que hace de su conocimiento, a fin de que dé cumplimiento a lo antes ordenado.
Chihuahua, Chihuahua, 18 de agosto de 2022
Secretaria Judicial del Juzgado Cuarto Civil por Audiencias.
Licenciada Adriana Lizeth Higuera Bencomo.
Rúbrica.
(R.- 527000)