ACUERDO General 19/2022 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la creación, denominación e inicio de funciones del Vigésimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México, así como su competencia, jurisdicción territorial, domicilio, reglas de turno, sistema de recepción y distribución de asuntos entre los Tribunales Colegiados en el Circuito indicado; y que reforma el similar 3/2013, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los Circuitos Judiciales en que se divide la República Mexicana; y al número, a la jurisdicción territorial y especialización por materia de los Tribunales de Circuito y de los Juzgados de Distrito.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO GENERAL 19/2022, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA CREACIÓN, DENOMINACIÓN E INICIO DE FUNCIONES DEL VIGÉSIMO CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO, ASÍ COMO SU COMPETENCIA, JURISDICCIÓN TERRITORIAL, DOMICILIO, REGLAS DE TURNO, SISTEMA DE RECEPCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE ASUNTOS ENTRE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS EN EL CIRCUITO INDICADO; Y QUE REFORMA EL SIMILAR 3/2013, RELATIVO A LA DETERMINACIÓN DEL NÚMERO Y LÍMITES TERRITORIALES DE LOS CIRCUITOS JUDICIALES EN QUE SE DIVIDE LA REPÚBLICA MEXICANA; Y AL NÚMERO, A LA JURISDICCIÓN TERRITORIAL Y ESPECIALIZACIÓN POR MATERIA DE LOS TRIBUNALES DE CIRCUITO Y DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO.
CONSIDERANDO
PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y noveno, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 73 y 86, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;
SEGUNDO. Los artículos 94, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 86, fracciones IV y XXIV; y 124 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación establecen que son atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal determinar el número, límites territoriales y, en su caso, especialización por materia de los tribunales colegiados de Circuito en cada uno de los Circuitos en que se divide el territorio de la República Mexicana; así como dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de su competencia, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos. Esta atribución se ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos, en términos del artículo 42, fracción III, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo;
TERCERO. El artículo 17, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los tribunales estarán expeditos para impartir justicia en los plazos y términos que fijen las leyes;
CUARTO. En sesión celebrada el 2 de mayo de 2018, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal aprobó el dictamen relativo a la creación de dos Tribunales Colegiados de Circuito en Materia Administrativa en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México. Uno de ellos, el Vigésimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, inició funciones el 1 de enero de 2020, conforme a lo ordenado en el Acuerdo General 24/2019 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de noviembre de 2019; quedando pendiente la instalación de un órgano colegiado en la misma materia y residencia;
QUINTO. El incremento en el número de ingresos y la complejidad en su trámite ha ocasionado el aumento en las cargas de trabajo que registran los Tribunales Colegiados en Materia Administrativa del Primer Circuito, con competencia en la Ciudad de México.
En este contexto, resulta oportuno el inicio de funciones del Vigésimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito; y
SEXTO. En la actualidad se cuenta con la infraestructura física necesaria para la instalación e inicio de funciones del Vigésimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito.
Por lo anterior, se expide el siguiente
ACUERDO
Artículo 1. El órgano jurisdiccional que se crea se denomina Vigésimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito y tendrá igual competencia y jurisdicción territorial que los tribunales colegiados en la misma entidad y residencia.
Artículo 2. El Vigésimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito inicia funciones el 1 de octubre de 2022.
Artículo 3. El Vigésimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito tiene su domicilio en Carretera Picacho-Ajusco número 200, colonia Jardines en la Montaña, alcaldía Tlalpan, código postal 14210, Ciudad de México.
Todos los trámites relacionados con los asuntos de su competencia, deberán dirigirse y realizarse en el domicilio indicado.
Artículo 4. La Oficina de Correspondencia Común de los Tribunales Colegiados en Materia Administrativa del Primer Circuito prestará servicio al Vigésimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa que inicia funciones.
Los nuevos asuntos que se presenten en la referida Oficina de Correspondencia Común, a partir del 10 de octubre de 2022 se distribuirán a través del sistema computarizado de recepción y distribución que se utiliza para esos efectos.
Artículo 5. A fin de equilibrar la distribución de las cargas de trabajo entre los Tribunales Colegiados en Materia Administrativa del Primer Circuito, la Secretaría Ejecutiva de Creación de Nuevos Órganos, con apoyo de la Dirección General de Gestión Judicial podrá establecer el turno diferenciado de asuntos por parte de la Oficina de Correspondencia Común que les presta servicio a dichos órganos jurisdiccionales. La Secretaría Ejecutiva informará a la Comisión de Creación de Nuevos Órganos sobre los resultados de las medidas implementadas en este sentido.
Artículo 6. Con la finalidad de que el órgano de nueva creación cuente con asuntos desde su inicio y que se distribuyan de mejor forma las cargas de trabajo, los Tribunales Colegiados en Materia Administrativa del Primer Circuito en funciones, remitirán la cantidad de asuntos en trámite o pendientes de resolución que determine la Comisión de Creación de Nuevos Órganos, a propuesta de la Secretaría Ejecutiva.
Artículo 7. La o el Presidente del tribunal colegiado que inicia funciones, con asistencia de una secretaria o secretario, deberá autorizar el uso de libros de control nuevos, en los que se asentará la certificación correspondiente y en los cuales registrará los asuntos que reciba con motivo de sus funciones, conforme a lo dispuesto en el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales.
Asimismo, levantará por duplicado un acta administrativa del inicio de funciones, en el formato proporcionado por la Secretaría Ejecutiva de Creación de Nuevos Órganos, remitiendo un ejemplar a ésta para su archivo.
Artículo 8. El Vigésimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito remitirá, dentro de los primeros cinco días naturales de cada mes, un reporte estadístico a la Dirección General de Estadística Judicial.
Artículo 9. El Pleno y las Comisiones de Creación de Nuevos Órganos; de Carrera Judicial; de Adscripción; y de Administración del Consejo de la Judicatura Federal estarán facultados para interpretar y resolver las cuestiones administrativas que se susciten con motivo de la aplicación del presente Acuerdo en el ámbito de sus respectivas competencias.
Artículo 10. Se reforma el numeral SEGUNDO, fracción I, número 1, del Acuerdo General 3/2013 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los Circuitos Judiciales en que se divide la República Mexicana; y al número, a la jurisdicción territorial y especialización por Materia de los Tribunales de Circuito y de los Juzgados de Distrito, para quedar como sigue:
"SEGUNDO. ...
I. ...
1. Sesenta y seis tribunales colegiados especializados: diez en materia penal, veinticuatro en materia administrativa, dieciséis en materia civil y dieciséis en materia de trabajo, todos con residencia en la Ciudad de México.
2. a 7. ...
II. a XXXII. ..."
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su aprobación.
SEGUNDO. Publíquese este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, y para su mayor difusión en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; así como en el portal del Consejo de la Judicatura Federal en Intranet e Internet.
TERCERO. La Secretaría Ejecutiva de Administración por conducto de las áreas administrativas a su cargo que resulten competentes, dotará al Vigésimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito de la infraestructura y equipamiento necesarios para el desempeño de sus labores.
CUARTO. Las Direcciones Generales de Tecnologías de la Información y de Gestión Judicial del Consejo de la Judicatura Federal realizarán las modificaciones necesarias a la configuración del sistema computarizado de recepción y distribución de asuntos que se presenten en la Oficina de Correspondencia Común que dará servicio al Vigésimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito que inicia funciones.
QUINTO. El personal de la Dirección General de Servicios Generales apoyará para el traslado de los asuntos que por turno corresponda conocer al Vigésimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito que inicia funciones.
EL LICENCIADO ARTURO GUERRERO ZAZUETA, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General 19/2022, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la creación, denominación e inicio de funciones del Vigésimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México, así como su competencia, jurisdicción territorial, domicilio, reglas de turno, sistema de recepción y distribución de asuntos entre los tribunales colegiados en el Circuito indicado; y que reforma el similar 3/2013, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los circuitos judiciales en que se divide la república mexicana; y al número, a la jurisdicción territorial y especialización por materia de los tribunales de Circuito y de los juzgados de Distrito, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de 7 de septiembre de 2022, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Bernardo Bátiz Vázquez, Eva Verónica de Gyvés Zárate, Lilia Mónica López Benítez con salvedades y Sergio Javier Molina Martínez.- Ciudad de México, a 26 de septiembre de 2022.- Conste.- Rúbrica.