Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Sala Especializada en Juicios en Línea
Expediente: 16/486-24-01-01-07-OL
Actor: Administración Desconcentrada Jurídica de Veracruz "1" del Servicio de Administración Tributaria
"EDICTO"
 
Comunicación Dinámica de Cancún, S.A. de C.V.
(Particular demandado en el juicio 16/486-24-01-01-07-OL)
En el expediente electrónico del juicio 16/486-24-01-01-07-OL, promovido por la ADMINISTRACIÓN DESCONCENTRADA JURÍDICA DE VERACRUZ "1" DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, en contra de:
a) Acta de ampliación de embargo diligenciada el 07 de marzo de 2013, emitid por la entonces Administración Local de Recaudación de Coatzacoalcos, en la cual se hizo constar el embargo del bien inmueble consistente en una fracción de 70-00-00 hectáreas, correspondiente al predio rústico denominado "Tierra Nueva", ubicado en la carretera transístmica federal de Coatzacoalcos-Minatitlán, del Municipio de Cosoleacaque, Veracruz, al amparo del acuerdo de ampliación de embargo de fecha 12 de febrero de 2013.
b) Oficio número 400-92-00-03-01-2013-3263, de fecha 12 de junio de 2013, notificado en forma personal el 14 de junio de 2013, emitido por la entonces Administración Local de Recaudación de Coatzacoalcos, por medio del cual se le da a conocer a la empresa Comunicación Dinámica de Cancún, S.A. de C.V., el avalúo número 15-2013, de fecha 15 de abril de 2013, realizado por el Lic. José Manuel Ricárdez Reyna como Valuador y Corredor Público N° 10, Plaza del Estado de Veracruz, respecto del bien inmueble consistente en 70-00-00 hectáreas, del predio rústico denominado "Tierra Nueva", ubicado en la carretera transístmica federal de Coatzacoalcos-Minatitlán, del Municipio de Cosoleacaque, Veracruz, embargado el 07 de marzo de 2013.
c) Oficio 400-92-00-03-01-2013-3535, de fecha 12 de junio de 2013, notificado de forma personal del 04 de julio de 2013, emitido por la entonces Administración Local de Recaudación de Coatzacoalcos, por medio del cual se le da a conocer al C. Mario Piña Plata, apoderado legal del C. Roberto Hosoya Utrera, tercero obligado solidario de la empresa Comunicación Dinámica de Cancún, S.A. de C.V., el avalúo número 15-2013, de fecha 15 de abril de 2013, realizado por el Lic. José Manuel Ricárdez Reyna como Valuador y Corredor Público N° 10, Plaza del Estado de Veracruz, respecto del bien inmueble consistente en 70-00-00 hectáreas, del predio rústico denominado "Tierra Nueva", ubicado en la carretera transístmica federal de Coatzacoalcos-Minatitlán del Municipio de Cosoleacaque, Veracruz embargado el 07 de marzo de 2013.
d) El avalúo número 15-2013, de fecha 15 de abril de 2013, mediante el cual el Lic. José Manuel Ricárdez Reyna, como valuador y como Corredor Público No. 10, Plaza del Estado de Veracruz, determinó que el bien inmueble consistente en fracción de 70-00-00 hectáreas, del predio rústico denominado "Tierra Nueva", ubicado en la carretera transístmica federal de Coatzacoalcos-Minatitlán, del Municipio de Cosoleacaque, Veracruz embargado el 07 de marzo de 2013, tiene un valor comercial de $63'000,000.00 (sesenta y tres millones de pesos 00/100 Moneda Nacional).
Se dictó un acuerdo de fecha siete de junio de dos mil veintidós, EN DONDE SE ORDENÓ EMPLAZAR A LA C. NORMA GABRIELA FLORES ALTAMIRANO, en el presente juicio, por medio de edictos, por lo que con fundamento en los artículos 38, fracciones I, IV, VII y X, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa -vigente al momento de la presentación de la demanda-;14, fracción VII, penúltimo párrafo, y 18 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, se le hace saber que tiene un TÉRMINO DE CUARENTA Y CINCO DÍAS contados a partir del día hábil siguiente de la última publicación de edictos ordenado, PARA QUE SE APERSONE EN EL JUICIO EN QUE SE ACTÚA, con el carácter de tercero interesada en el presente juicio y MANIFIESTE si desea que el juicio continúe substanciándose en línea y señale en tal caso, su dirección de correo electrónico previa obtención de la clave de acceso y registro de la contraseña a que se refiere el artículo 1-A, fracciones IV y V, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, a fin de tener legal acceso al expediente electrónico, en términos de lo dispuesto en el artículo 58-G, del mismo ordenamiento legal, APERCIBIDA de que en caso de no hacerlo, SE DECLARARÁ PRECLUÍDO SU DERECHO PARA CONTESTAR LA DEMANDA EN EL JUICIO EN QUE SE ACTÚA y las subsecuentes notificaciones se realizarán por Boletín Electrónico, como lo establece el artículo 315 en cita, en relación con el 67 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
Para su publicación por tres veces, de siete en siete días, en uno de los Periódicos de mayor circulación dentro de la República Mexicana.
 
 
Ciudad de México, a cuatro de julio de dos mil veintidós
El Magistrado Instructor de la Primera Ponencia de la
Sala Especializada en Juicios en Línea del Tribunal Federal
de Justicia Administrativa.
 
César Octavio Irigoyen Urdapilleta
Rúbrica.
La Secretaria de Acuerdos
Lic. Lizbeth Dennise Ramírez Valverde
Rúbrica.
(R.- 526098)