EXTRACTO de la solicitud de registro de la entidad interna denominada Parroquia San Marcos Evangelista de Los Tigres, Ver., para constituirse en asociación religiosa; derivada de Diócesis de San Andrés Tuxtla, A.R.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos Religiosos.- Unidad de Asuntos Religiosos, Prevención y la Reconstrucción del Tejido Social.- Dirección General de Asuntos Religiosos.

EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA DE UNA ENTIDAD INTERNA DE DIÓCESIS DE SAN ANDRÉS TUXTLA, A.R., DENOMINADA PARROQUIA SAN MARCOS EVANGELISTA DE LOS TIGRES, VER.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; en relación con los diversos 8o. y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la entidad interna denominada PARROQUIA SAN MARCOS EVANGELISTA DE LOS TIGRES, VER. para constituirse en asociación religiosa; derivada de DIÓCESIS DE SAN ANDRÉS TUXTLA, A.R., solicitud presentada en la Dirección General de Asuntos Religiosos, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: Avenida Adolfo López Mateos Sin Número, Colonia Centro, Localidad de Los Tigres, Municipio de Juan Rodríguez Clara, Estado de Veracruz, Código Postal 95691.
II.- Bienes inmuebles: Se relacionaron para cumplir con su objeto un inmueble señalado como San Marcos Evangelista de los Tigres, Ver., también conocido como Av. Adolfo López Mateos S/N, Col. Centro, C.P. 95691, en la Localidad de Los Tigres, Municipio de Juan Rodríguez Clara, Ver., manifestado unilateralmente como propiedad de la Nación.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministros de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente: "La Propagacíon de la Verdad Evangélica en todo su territorio".
IV.- Representantes: Fidencio López Plaza, Vicente Hernández Jaramillo y/o Ramíro López Cerino.
V.- Exhiben la Relación de asociados, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la fracción VI del artículo 8o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.
VI.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina "Gobierno Interno", integrado por las personas y cargos siguientes: Fidencio López Plaza, Obispo de la Diócesis de San Andrés Tuxtla, A.R. y Representante Legal; José Luis Martínez Cruz, Vicario General; Santos Abonza Hernández, Ecónomo; Vicente Hernández Jaramillo, Representante Legal; y Ramiro López Cerino, Párroco y Representante Legal.
VIII.- Ministros de Culto: Fidencio López Plaza, Vicente Hernández Jaramillo, José Luis Martínez Cruz, Santos Abonza Hernández y Ramíro López Cerino.
IX.- Credo Religioso: Cristiano Católico Apostólico Romano.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta solamente durante el término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, a los catorce días del mes de septiembre de dos mil veintidós.- El Director General Adjunto de la Dirección General de Asuntos Religiosos de la Secretaría de Gobernación, Lic. Jorge Lee Galindo.- Rúbrica.