EXTRACTO de la solicitud de registro de la agrupación denominada Ministerios Sendero de la Cruz en México, para constituirse en asociación religiosa.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Subsecretaría de Desarrollo Democrático Participación Social y Asuntos Religiosos.- Unidad de Asuntos Religiosos, Prevención y la Reconstrucción del Tejido Social.- Dirección General de Asuntos Religiosos.

EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ EL C. ABENAMAR MORALES GONZÁLES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA MINISTERIOS SENDERO DE LA CRUZ EN MÉXICO.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7° de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; 8° y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la agrupación denominada MINISTERIOS SENDERO DE LA CRUZ EN MÉXICO, para constituirse en asociación religiosa; solicitud presentada en la Dirección General de Asuntos Religiosos, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: Carretera Principal sin número, Ranchería Reforma Segunda Sección, Municipio de Jalpa de Méndez, Tabasco, C.P. 86216.
II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble, denominado Cristo Rompe las Cadenas, ubicado en Carretera Principal, sin número, Ranchería Reforma Segunda Sección, Municipio de Jalpa de Méndez, Tabasco, C.P. 86216, manifestado de manera unilateral bajo contrato de comodato.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministros de culto y representante, mismos que señalan como objeto, el siguiente: "La predicacción del Evangelio conforme a la Biblia, enseñando los valores morales para la integración de las familias".
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorio arraigo entre la población.
V.- Representante: Abenamar Morales Gonzáles.
VI.- Exhiben Relación de asociados, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la fracción VI del artículo 8° del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VIII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina "Consejo de Administración", integrado por las personas y cargos siguientes: Abenamar Morales Gonzáles, Presidente; Sandra Viera Olive, Secretaria; y Adarmina Selvan Olan, Tesorera.
IX.- Ministros de culto: Abenamar Morales Gonzáles, Sandra Viera Olive y Adarmina Selvan Olan.
X.- Credo religioso: Cristiano Evangélico Pentecostés.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación, a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta, solamente durante el término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, a los doce días del mes de septiembre de dos mil veintidós.- El Director General Adjunto de la Dirección General de Asuntos Religiosos, de la Secretaría de Gobernación, Lic. Jorge Lee Galindo.- Rúbrica.