Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio, con competencia en la República Mexicana
y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México
Juicio de Extinción de Dominio 11/2022
PARA SU PUBLICACIÓN EN EL EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, ASÍ COMO EN LA GACETA O PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE TAMAULIPAS, Y POR INTERNET, EN LA PÁGINA DE LA FISCALÍA.
EDICTO
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
INSERTO: "Se comunica a cualquier persona que tenga un derecho sobre el numerario objeto de la acción de extinción de dominio, y a quien le pueda revertir el carácter de parte demanda, así como a quien pueda tener calidad de persona afectada, que en este Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio, con Competencia en la República Mexicana y Especializada en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México, mediante proveído de tres de agosto de dos mil veintidós, se admitió a trámite la demanda de extinción de dominio, promovida por Edgar Vera Hernández, Serghio Agustín Posadas Bernal, Jessica Montero Guzmán, José Luis Cruz Hernández y Rodrigo Ricardo Figueroa Reyes, Agentes del Ministerio Público de la Federación adscritos a la Unidad Especializada en Materia de Extinción de Dominio, dependiente de la Unidad para la Implementación del Sistema Procesal Penal Acusatorio en la Fiscalía General de la República, contra cualquier persona que tenga un derecho sobre el numerario objeto de la acción de extinción de dominio, en razón de los efectos universales del presente juicio, se registró con el número de expediente 11/2022, consistente esencialmente en: SE ADMITE LA DEMANDA, en la cual se ejerce la acción de extinción de dominio (vía y forma propuesta por la parte actora), cuyas pretensiones, son: la declaratoria de extinción de dominio respecto del numerario consistente en: "la cantidad de $57,020.00 USD (cincuenta y siete mil veinte dólares americanos) y $74,200.00 (setenta y cuatro mil doscientos pesos 00/100), más los rendimientos e interés ordinarios y extraordinarios que se generen o que pudieran generarse hasta en tanto el Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado (INDEP) lo administre y realice la aplicación de los recursos; declaración judicial de extinción de dominio consistente en la pérdida de los derechos de propiedad con todo lo que en derecho y por derecho le corresponda para el posible propietario y/o poseedor del numerario materia de la litis, sin contraprestación ni compensación alguna para el demandado, bien que se aplicará a favor del Gobierno" Asimismo, en cumplimiento al auto de TRES DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTIDÓS, con fundamento en los artículos 86 y 193, de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se ordena el emplazamiento al presente juicio, por medio de edictos, a cualquier persona que tenga un derecho sobre el numerario objeto de la acción de extinción de dominio, en razón de los efectos universales del presente juicio, los cuales deberán publicarse por tres veces consecutivas en el Diario Oficial de la Federación, así como en la Gaceta o Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tamaulipas, y por Internet, en la página de la Fiscalía, para lo cual se procederá a realizar una relación sucinta de la demanda y del presente auto, a fin de hacer accesible el conocimiento de la notificación a quien le revista el carácter de demandada o persona afectada, así como a cualquier persona que considere tener interés jurídico sobre el numerario materia de la acción de extinción de dominio; quien deberá comparecer presentarse ante este Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio, con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México, ubicado en Edificio sede del Poder Judicial de la Federación, en San Lázaro, Eduardo Molina No. 2, Colonia del Parque, Alcaldía Venustiano Carranza, Ciudad de México, código postal 15960, dentro del término de treinta días hábiles siguientes, contado a partir de cuando haya surtido efectos la publicación del último edicto, a efecto de dar contestación a la demanda, acreditar su interés jurídico y expresar lo que a su derecho convenga.--- COPIAS DE TRASLADO. Se hace del conocimiento de toda persona afectada, que las copias de traslado correspondientes quedan a su disposición en la Secretaría de este Juzgado.---. ESTRADOS. Fíjese en los estrados de este órgano jurisdiccional una reproducción sucinta del auto que admitió a trámite la demanda por
todo el tiempo que dure el emplazamiento ordenado en el presente acuerdo--- (...) PORTAL DE INTERNET DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. Asimismo, la parte actora, deberá llevar a cabo la publicación de la notificación por medio de edicto, a cualquier persona que tenga un derecho sobre el numerario objeto de la acción de extinción de dominio, en razón de los efectos universales del presente juicio, a través del sitio especial habilitado en el portal de internet que para el efecto ha fijado la Fiscalía General de la República; esto es, en la página de internet http://www.gob.mx/fgr; (...) ATENCIÓN EXCEPCIONAL DE MANERA PRESENCIAL Y CON PREVIA CITA. Hágase del conocimiento de las partes que la presencia física de personas ajenas a este órgano jurisdiccional únicamente será posible cuando: a) el órgano jurisdiccional lo determine; y, b) cuando las partes gestionen y obtengan la cita respectiva. ---Se informa a los interesados que la cita para acudir a revisar expedientes físicos o para cualquier otro trámite ante el órgano jurisdiccional, podrá generarse para un máximo de dos personas por cita y deberá agendarse previamente en la página web: https://www.serviciosenlinea.pjf.gob.mx/ServiciosJurisdiccionales/home, debiendo seleccionar las siguientes opciones:
· Estado: Ciudad de México.
· Tipo de órgano: Juzgado de Distrito.
· Materia: Mercantil.
· Órgano: Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio, con Competencia en la República Mexicana y Especializada en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México.--- Asimismo, deberán proporcionar los datos del o los expedientes a consultar, nombre y el carácter que tienen en el proceso, así como los demás datos requeridos por el sistema. En la inteligencia que, si el motivo de la comparecencia de las partes es a efecto de recoger copias, oficios, comunicaciones oficiales o documentos de valor, con motivo de la tramitación de este asunto, el horario para tal efecto será de lunes a viernes, en un horario de 09:15 y las 11:15 horas. A fin de preservar el principio de imparcialidad, en ningún caso se agendará cita para exponer privadamente a la titular alegatos o puntos de vista sobre los asuntos, por lo que todo lo relacionado con aspectos procesales deberá tener lugar en diligencia o audiencia a la que concurran todos los interesados.".
En la Ciudad de México, a doce de agosto de dos mil veintidós.
Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio,
con competencia en la República Mexicana y Especializada en Juicios Orales Mercantiles
en el Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México.
Jessica González Solís.
Rúbrica.
(E.- 000221)