EXTRACTO de la solicitud de registro de la entidad interna denominada Parroquia Nuestra Señora de Guadalupe, en La Paz, Estado de México para constituirse en asociación religiosa; derivada de Diócesis de Nezahualcóyotl, A.R.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.

EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA DE UNA ENTIDAD INTERNA DE DIÓCESIS DE NEZAHUALCÓYOTL, A.R., DENOMINADA PARROQUIA NUESTRA SEÑORA DE GUADALUPE, EN LA PAZ, ESTADO DE MÉXICO.
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7° de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público 8° y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extracto de la solicitud de registro de la entidad interna denominada PARROQUIA NUESTRA SEÑORA DE GUADALUPE, EN LA PAZ, ESTADO DE MÉXICO para constituirse en asociación religiosa; derivada de DIÓCESIS DE NEZAHUALCÓYOTL, A.R., solicitud presentada en la Dirección General de Asuntos Religiosos, para su trámite respectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: Calle 18 de marzo, S/N, Col. Emiliano Zapata, La Paz, Estado de México, Código Postal 56490.
II.- Bienes inmuebles: Se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble, ubicado en Calle 18 de marzo, S/N, Col. Emiliano Zapata, La Paz, Estado de México, Código Postal 56490, manifestado de manera unilateral como un inmueble propiedad de la Nación.
III.- Estatutos: Presentó estatutos, los que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinación de los asociados, ministro de culto y representante, mismos que señalan como objeto, el siguiente: "la propagación de la verdad Evangélica en todo su territorio, con pleno respeto a la libertad de conciencia de todos los hombres, así como la enseñanza y práctica de sus creencias y la difusión de las mismas en cualquier lugar, por cualquier medio y en cualquier forma permitida por la Ley, así como el sostenimiento, la asistencia y la formación de los Ministros de Culto".
IV.- Representante: Carlos Mendoza González.
V.- Exhiben Relación de asociados, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la fracción VI del artículo 8° del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.
VI.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VII.- Órgano de Dirección o Administración: De conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina "Administración Interna", integrada por la persona y cargo siguiente: Carlos Mendoza González, Párroco.
VIII.- Ministro de Culto: Carlos Mendoza González.
IX.- Credo Religioso: Cristiano Católico Apostólico Romano.
En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se notifica lo anterior, a efecto de que las personas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarse afectadas en su esfera jurídica, comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante esta Dirección General. Asimismo, se comunica que el expediente de la solicitud de referencia, estará a la vista de los interesados para su consulta solamente durante el término señalado.
Expedido en la Ciudad de México, a los doce días del mes de agosto de dos mil veintidós.- El Director General Adjunto de la Dirección General de Asuntos Religiosos, de la Secretaría de Gobernación, Lic. Jorge Lee Galindo.- Rúbrica.