ACUERDO por el que se emite la Convocatoria específica para la solicitud y asignación de apoyos del Concepto MFCCV.7 Becas para el alumnado CECFOR, del Componente I. Manejo Forestal Comunitario y Cadenas de Valor para el Bienestar, del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2022.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- MEDIO AMBIENTE.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.- Comisión Nacional Forestal.

La Comisión Nacional Forestal, en lo sucesivo CONAFOR, a través del Director General, Luis Meneses Murillo, con fundamento en los artículos 9 fracción I, del Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional Forestal, publicado el 30 de abril de 2021 en el Diario Oficial de la Federación; 17, 27 fracción VI, y 41 fracción I, de las Reglas de Operación del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2022 publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2021, en lo sucesivo Reglas de Operación 2022; y, 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, tiene a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE EMITE LA CONVOCATORIA ESPECÍFICA PARA LA SOLICITUD Y
ASIGNACIÓN DE APOYOS DEL CONCEPTO "MFCCV.7 BECAS PARA EL ALUMNADO CECFOR", DEL
COMPONENTE I. MANEJO FORESTAL COMUNITARIO Y CADENAS DE VALOR PARA EL BIENESTAR,
DEL PROGRAMA APOYOS PARA EL DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE 2022
1. Personas solicitantes: Son elegibles para obtener apoyos del Programa Apoyos para el Desarrollo Forestal Sustentable 2022, el alumnado inscrito en los Centros de Educación y Capacitación Forestal (CECFOR) que cumplan con los criterios de elegibilidad, los requisitos y demás disposiciones relativas para solicitar apoyos, señaladas en las Reglas de Operación 2022 y sus Anexos.
2. Apoyos a solicitar: Las personas interesadas podrán solicitar los siguientes conceptos de apoyo:
Componente I. Manejo Forestal Comunitario y Cadenas de Valor para el Bienestar (MFCCV)
Concepto de apoyo
Monto máximo de
apoyo semestral
Número máximo de
actividades por Persona
Beneficiaria
MFCCV.7 Becas para el alumnado CECFOR
$18,500*
1
* Corresponde al monto por semestre, de acuerdo con en el Anexo Técnico del Componente I. Manejo Forestal Comunitario y Cadenas de Valor para el Bienestar de las Reglas de Operación 2022.
3. Plazos para la recepción y asignación de apoyos: Las personas interesadas deberán presentar la solicitud y requisitos para solicitar apoyos, conforme a lo dispuesto en los artículos 18 y 19 de las Reglas de Operación 2022 y sus Anexos, en los plazos siguientes:
 
Actividad
Plazo
Recepción de solicitudes y requisitos para solicitar apoyos.
Dentro de los 10 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de la Federación.
Notificación por parte de la CONAFOR de documentación faltante o incorrecta.
Al momento de la recepción de la solicitud de apoyo, o dentro de los 5 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la recepción de la solicitud de apoyo.
Presentación de la información y documentación faltante por parte de la persona solicitante.
Dentro de los 5 días hábiles siguientes a partir de la notificación de la documentación faltante o incorrecta.
Emisión de dictámenes de factibilidad y asignación de apoyos.
Dentro de los 10 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente al cierre de la recepción de solicitudes.
Publicación de resultados de asignación de apoyos.
Dentro de los 5 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la asignación de apoyos.
 
4. Recepción de solicitudes: La recepción de solicitudes inicia a partir del día hábil siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de la Federación, conforme a lo establecido en los artículos 19 y 20 de las Reglas de Operación 2022. En caso de optar por el registro presencial, las solicitudes de apoyo de las personas interesadas se recibirán en la Promotoría de la CONAFOR más cercana a su domicilio, de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 15:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas en días hábiles, o bien, en los domicilios de los CECFOR en un horario de 9:00 a 14:00 horas, en días hábiles.
Los domicilios de las Promotorías y CECFOR antes referidos se encuentran publicados en el Anexo 7 de las Reglas de Operación 2022, en la siguiente liga electrónica:
https://www.conafor.gob.mx/apoyos/index.php/inicio/app_apoyos#/detalle/2022/98
La presentación de solicitudes y el cumplimiento de los requisitos no garantizan que la persona solicitante resulte beneficiaria, ni generará derechos adquiridos para la obtención del apoyo solicitado, en tanto que únicamente se encuentra acreditando el cumplimiento de aquellos requisitos como parte del procedimiento establecido para el otorgamiento de recursos.
5. Selección, dictaminación, asignación de apoyos y publicación de resultados: La selección, dictaminación, asignación de apoyos y publicación de resultados se realizará conforme a lo establecido en los artículos 22 y 23 de las Reglas de Operación 2022, así como las demás disposiciones que resulten aplicables para el concepto de apoyo MFCCV.7 Becas para el alumnado CECFOR.
De conformidad con el artículo 11 de las Reglas de Operación 2022, los recursos de la presente convocatoria se asignarán de acuerdo a la disponibilidad presupuestal de la CONAFOR.
6. Observancia de las Reglas de Operación 2022 y sus Anexos: La presente convocatoria, las Reglas de Operación 2022 y sus Anexos son de observancia obligatoria, por lo que una vez que la persona interesada ingrese su solicitud, se entenderá que conoce el contenido total de las mismas, su alcance jurídico y administrativo; en consecuencia, no se admitirá incumplimiento a las disposiciones y obligaciones ahí contenidas, alegando su desconocimiento.
7. Quejas y denuncias: Cualquier persona podrá presentar quejas y denuncias por presuntas faltas administrativas, derivadas de la indebida aplicación de la presente Convocatoria y su instrumento regulatorio, ante cualquiera de las instancias señaladas en el artículo 43 de las Reglas de Operación 2022.
"Los apoyos de la CONAFOR son de carácter público, no son patrocinados ni promovidos por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de estos apoyos con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de estos apoyos deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante autoridad competente. Estos apoyos están financiados con recursos públicos aprobados por la Cámara de Diputados y queda prohibido su uso para fines partidistas, electorales o de promoción personal de los funcionarios".
Atentamente
Zapopan, Jalisco, a 29 de julio de 2022.- El Director General, Luis Meneses Murillo.- Rúbrica.