Estados Unidos Mexicanos
Fiscalía General de la República
Delegación Estatal Guanajuato
NOTIFICACIÓN POR EDICTOS
En cumplimiento a los acuerdos dictados dentro de los autos de las diversas averiguaciones previas, de las cuales se decretó el aseguramiento ministerial de diversos bienes; y con fundamento en los artículos 16, 21 y 102 apartado "A" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 40 y 41 del Código Penal Federal; 182-A, 182-B fracción II, 182 Ñ del Código Federal de Procedimientos Penales; Oficio Circular C/002/2019 emitido por el Fiscal General de la República; 1 fracción 1, 3, 5, 6, 7, 8, 14 y 15 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Publico; se notifica a través del presente edicto, a quien o quienes resulten ser propietarios, representantes legales o personas con interés legal y/o quienes acrediten la propiedad, de los siguientes bienes afectos a las indagatorias que a continuación se describen:1.-Averiguación Previa AP/PGR/GTO/IRPTO-I/2948/2014, iniciada por el delito de Posesión Ilícita de Hidrocarburo, previsto y sancionado en el artículo 368 Quater, fracción I, párrafo tercero, del Código Penal Federal, en contra de quien resulte responsable, en la cual el 22 de septiembre de 2014, se decretó el aseguramiento de vehículo marca Dodge, modelo 1984, tipo chasis cabina con caja tipo seca montada, línea D-350, color café, color blanco, número de identificación vehicular l4-07151, placa trasera de circulación GE-25-642 del Estado de Guanajuato; por ser instrumento del delito investigado;2.- Averiguación Previa AP/PGR/GTO/SAL-II/1016-B/2015, iniciada por el delito de Posesión Ilícita de Hidrocarburo, previsto y sancionado en el artículo 368 Quater, fracción I, en relación con el 105 y 110del Código Penal Federal, en contra de quien resulte responsable, en la cual el 15 de mayo de 2014, se decretó el aseguramiento de un vehículo marca Ford, línea Econoline 150, tipo van, color café, con placas de circulación PSH74R del Estado de Texas de los Norteamérica., con número de serie 1FTDE14F3EHB63080, vehículo de origen extranjero, modelo 1984; por ser instrumento del delito investigado; 3.- Averiguación Previa AP/PGR/GTO/IRPTO-III/1342B/2015, iniciada por el delito de Posesión Ilícita de Hidrocarburo, previsto y sancionado en el artículo 368 Quater, fracción I, párrafo tercero, del Código Penal Federal, en contra de quien resulte responsable, en la cual el 05 de junio de 2015, se decretó el aseguramiento de un vehículo marca Chevrolet tipo GMC, modelo estacas, color azul, con placas de circulación GH-73-594, particulares del Estado de Guanajuato con número de identificación vehicular 3GCJC44KXMM142275, modelo 1991; por ser instrumento del delito investigado; 4.- Averiguación Previa AP/PGR/GTO/IRPTO-I/1101B/2015, iniciada por el delito de Posesión Ilícita de Hidrocarburo, previsto y sancionado en el artículo 368 Quater, fracción I, tercer párrafo, del Código Penal Federal, en contra de quien resulte responsable, en la cual el 21 de mayo 2015, se decretó el aseguramiento de un vehículo marca Nissan, línea altima, tipo sedán, color rojo, con placa de circulación JFP-89-85 del estado de Jalisco, con número de serie 1N4BU31F0PC158130, de origen extranjero, modelo 1993; por ser instrumento del delito investigado; 5.- Averiguación Previa AP/PGR/GTO/IRPTO-I/921/2014, iniciada por el delito de Sustracción Ilícita de Hidrocarburo, previsto y sancionado en los artículos 368 Quater, fracción IV, del Código Penal Federal, en contra de quien resulte responsable, en la cual el 01 de abril de 2014, se decretó el aseguramiento de un vehículo marca GMC, línea 3500, tipo estacas color café, sin placas de circulación, con número de serie 3GCJC44X0NM108780, de origen nacional modelo 1992; por ser instrumento del delito investigado; 6.- Averiguación Previa AP/PGR/GTO/IRPTO-I/921/2015, iniciada por el delito de Sustracción Ilícita de Hidrocarburo, previsto y sancionado en los artículos 368 Quater, fracción IV, del Código Penal Federal, en contra de quien resulte responsable, en la cual el 01 de abril de 2014, se decretó el aseguramiento de un vehículo marca Gmc, línea 3500, tipo estacas, color negro, sin placas de circulación, con número de serie 3GCJC44L1LM111343, es un vehículo de origen nacional, modelo 1990; por ser instrumento del delito investigado; 7.- Averiguación Previa AP/PGR/GTO/IRPTO-II/1372B/2015, iniciada por el delito de Sustracción Ilícita de Hidrocarburo, previsto y sancionado en los artículos 368 Quater, fracción I, tercer párrafo del Código Penal Federal, en contra de quien resulte responsable, en la cual el 05 de junio de 2015, se decretó el aseguramiento de un vehículo marca Ford, tipo estacas, modelo f-350 versión XL Custom, color rojo con estacas color gris, con placas de circulación GM-85-869 del estado de Guanajuato, con número de identificación vehicular AC3JFK67255, modelo 1988; por ser instrumento del delito investigado; 8.- Averiguación Previa AP/PGR/GTO/IRPTO-II/6269/2013, iniciada por el delito de Contrabando Presunto, previsto y sancionado en los artículos 103, fracción II, 104 Fracción I del Código Penal Federal, en contra de Adrian Cuellar Mendoza, en la cual el 13 de septiembre de 2013, se decretó el
aseguramiento de un vehículo marca Ford, línea f-150, tipo pick up, color guinda, con placas de circulación 44DXL3, del estado de Texas, con número de serie 1FTZX0769WKA59090 de origen extranjero, modelo 1998; por ser objeto del delito investigado; 9.- Averiguación Previa AP/PGR/GTO/SAL-II/3355/2014, iniciada por el delito de Sustracción Ilícita de Hidrocarburo, previsto y sancionado en los artículos 368 Quater, fracción IV, del Código Penal Federal, en contra de quien resulte responsable, en la cual el 18 de diciembre de 2014, se decretó el aseguramiento de un vehículo marca Ford, línea f-150, tipo pick up, color azul claro, sin placas de circulación, con número de serie 1FTEX15N6MKA76697, vehículo de origen extranjero, modelo 1991; por ser instrumento del delito investigado; 10.- Averiguación Previa AP/PGR/GTO/SAL-II/333/2015, iniciada por el delito de Posesión Ilícita de Hidrocarburo, previsto y sancionado en los artículos 368 Quater, fracción I, párrafo tercero del Código Penal Federal, en contra de quien resulte responsable, en la cual el 04 de febrero de 2015, se decretó el aseguramiento de un vehículo marca Chevrolet, línea Custom Delux, tipo estacas de color verde, sin placas de circulación, con número de chasis izquierdo 3003GFM101165, modelo 1976; por ser instrumento del delito investigado;11.- Averiguación Previa AP/PGR/GTO/IRPTO-I/3836/2014, iniciada por el delito de Sustracción Ilícita de Hidrocarburo, previsto y sancionado en los artículos 368 Quater, fracción I, párrafo tercero del Código Penal Federal, en contra de quien resulte responsable, en la cual el 12 de Diciembre de 2014, se decretó el aseguramiento de un vehículo marca Dodge, con siglas Quialis, año se desconoce, placas GM-86-116 del estado de Guanajuato; por ser instrumento del delito investigado; 12.- Averiguación Previa AP/PGR/GTO/IRPTO-I/1514B/2014, iniciada por el delito de Posesión Ilícita de Hidrocarburo, previsto y sancionado en los artículos 368 Quater, fracción I, párrafo tercero del Código Penal Federal, en contra de quien resulte responsable, en la cual el 12 de julio de 2015, se decretó el aseguramiento de un vehículo marca Dina, clase camión, tipo pipa, modelo chasis-cabina, color blanco, con placas de circulación 585CD8 del servicio público federal, transmisión estándar, motor Cuminns, número de identificación vehicular 1683321C1, año modelo 1991; por ser instrumento del delito investigado; 13.- Averiguación Previa AP/PGR/GTO/SAL-IV/1854B/2015, iniciada por el delito de Posesión Ilícita de Hidrocarburo, previsto y sancionado en los artículos 368 Quater, fracción I, párrafo tercero del Código Penal Federal, en contra de quien resulte responsable, en la cual el 17 de julio de 2015, se decretó el aseguramiento de un vehículo marca Chevrolet, modelo expréss, color gris, número de serie 1GBF1SR9Y1187896, con placas de circulación 44356B1, del Estado de Texas de Norteamérica, modelo 2000, por ser instrumento del delito investigado; 14.- Averiguación Previa AP/PGR/GTO/IRPTO-II/1219B/2015, iniciada por el delito de Contrabando Presunto, previsto y sancionado en los artículos 103, fracción II, 104 Fracción I del Código Penal Federal, en contra de quien resulte responsable, en la cual el 31 de mayo de 2015, se decretó el aseguramiento de un vehículo marca Ford, modelo Explorer, tipo mpv de color azul, con placa de circulación R96TZG del estado de Texas de Norteamérica con número de serie 1FMZU63E32ZB98086, de origen extranjero, modelo 2002, por ser objeto del delito investigado; 15.- Averiguación Previa AP/PGR/GTO/IRPTO-II/6218B/2009, iniciada por el delito de Contrabando Presunto, previsto y sancionado en los artículos 103, fracción II, 104 Fracción I del Código Penal Federal, en contra de quien resulte responsable, en la cual el 06 de octubre de 2009, se decretó el aseguramiento de un vehículo marca Ford, línea Explorer, tipo multiusos, color negro, con placas de circulación cfd-194 particulares del estado de Texas, con número de serie 1FMCU22X2TUB16901., de procedencia extranjera, modelo 1996, por ser objetodel delito investigado; 16.- Averiguación Previa AP/PGR/GTO/SAL/3775/2005, iniciada por el delito de Contrabando Presunto, previsto y sancionado en los artículos 103, fracción II, 104 Fracción I del Código Penal Federal, en contra de quien resulte responsable, en la cual el 26 de julio de 2005, se decretó el aseguramiento de un vehículo marca jeep, tipo Cherokee, de color blanco, con placas de circulación GHT394, particulares del estado de Minnesota con número de VIN 1J4GZ78S8RC12972, y con número de serie 1J4GZ78S5SC702832, modelo 1995, por ser objeto del delito investigado; 17.- Averiguación Previa AP/PGR/GTO/SAL-II/2423/2008, iniciada por el delito de Daño en propiedad ajena, previsto y sancionado en el artículo 399 del Código Penal Federal, en contra de quien resulte responsable, en la cual el 21 de noviembre de 2008, se decretó el aseguramiento de un vehículo marca Ford, tipo pickup, modelo 1993, de color verde, con número de identificación AC2LM44468, por ser instrumento del delito investigado; - - - - - Lo anterior a efecto de que manifiesten lo que a su derecho corresponda y se apercibe, para que se abstengan de ejercer actos de dominio sobre dichos bienes asegurados y de no manifestar lo que a su interés convenga, en un término de noventa días naturales siguientes al de la publicación, dichos bienes causarán abandono a favor del Gobierno Federal, haciendo del conocimiento que los referidos bienes se encuentran a disposición jurídica y material del Agente del Ministerio Público de la Federación, Delegación en el Estado de Guanajuato, con domicilio calle Aviadores N° 103,
esquina con Maquiladores, colonia Ciudad Industrial,C.P. 37490, León, Guanajuato.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
Atentamente
En la ciudad de León, Guanajuato; a 15 de julio de 2022.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 21 de la Ley de la Fiscalía General de la República
y 137 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República
El C. Encargado del Despacho de la Delegación de la
Fiscalía General de la República en el Estado de Guanajuato
Licenciado David Eugenio Carmona Álvarez
Rúbrica.
(R.- 524381)