DECLARATORIA de vigencia de la Norma Mexicana NMX-J-577-1-ANCE-2021.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.- Unidad de Normatividad, Competitividad y Competencia.- Dirección General de Normas.

DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LA NORMA MEXICANA NMX-J-577-1-ANCE-2021, INTERRUPTORES PARA APARATOS ELECTRODOMÉSTICOS-PARTE 1: REQUISITOS GENERALES (CANCELA A LA NMX-J-577/1-ANCE-2006).
La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34, fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3, fracción X, 39, fracciones III y XII, 51-A, 54 y 66, fracción V de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 45 y 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; Tercero y Cuarto Transitorios del Decreto por el que se expide la Ley de Infraestructura de la Calidad y se abroga la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y; 36, fracciones I, IX y XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, publica la Declaratoria de Vigencia de la Norma Mexicana que se enuncia a continuación, misma que ha sido elaborada, aprobada y publicada como Proyecto de Norma Mexicana bajo la responsabilidad del Organismo Nacional de Normalización denominado "Asociación de Normalización y Certificación, A. C." (ANCE), a través del Comité de Normalización de la Asociación de Normalización y Certificación, A.C. (CONANCE), lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general.
El texto completo del documento puede ser consultado en la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Calle Pachuca número 189, Piso 7, Colonia Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06140, Ciudad de México, a través de una cita gestionada al correo electrónico: consultapublica@economia.gob.mx o puede ser adquirido o consultado en la sede de dicho Organismo, ubicado en Av. Lázaro Cárdenas No. 869, Colonia Nueva Industrial Vallejo, Demarcación Territorial Gustavo A. Madero, C.P. 07700, Ciudad de México, teléfono: 55 5747 4564, correo electrónico: vnormas@ance.org.mx.
La presente Norma Mexicana NMX-J-577-1-ANCE-2021 entrará en vigor 180 días naturales posteriores de la publicación de esta Declaratoria de Vigencia en el Diario Oficial de la Federación. SINEC-20211117200841426.
 
CLAVE O CÓDIGO
TÍTULO DE LA NORMA MEXICANA
NMX-J-577-1-ANCE-2021
INTERRUPTORES PARA APARATOS ELECTRODOMÉSTICOS-PARTE 1: REQUISITOS GENERALES (CANCELA A LA NMX-J-577/1-ANCE-2006).
Objetivo y campo de aplicación
Esta Norma Mexicana establece los requisitos generales para los interruptores para los aparatos, los interruptores que se destinan para controlar aparatos eléctricos y otros equipos para uso doméstico o propósitos similares con una tensión asignada no mayor que 480 V y una corriente asignada no mayor que 63 A.
Los interruptores para aparatos que se destinan para operarse por:
           a)     Una persona a través de un elemento de accionamiento;
           b)     El accionamiento indirecto; y
           c)     Una unidad de detección de accionamiento.
La transmisión de una señal entre el elemento de accionamiento o la unidad de detección y el interruptor puede conectarse por medio de una conexión óptica, acústica, térmica, eléctrica u otra conexión correspondiente y puede incluir unidades que se controlan a distancia.
Esta Norma Mexicana aplica a los interruptores para dispositivos provistos de funciones de control adicionales que se rigen por el interruptor que se proporciona con circuitos electrónicos y dispositivos que son necesarios para la operación prevista y/o correcta del interruptor.
Esta Norma Mexicana aplica a los circuitos cuando se evalúan con un interruptor y es necesaria para la función de conmutación.
Esta Norma Mexicana aplica en general a interruptores para aparatos junto con las partes siguientes:
           a)     Parte 1-1: Requisitos para interruptores mecánicos; y/o
           b)     Parte 1-2: Requisitos para interruptores electrónicos.
Esta Norma Mexicana no aplica a los dispositivos siguientes:
           a)     Interruptores para instalaciones eléctricas fijas domésticas y similares; y
           b)     Controles eléctricos automáticos.
Esta Norma Mexicana no contiene requisitos para interruptores de aislamiento de seguridad.
NOTA 1: Para interruptores que se utilizan en climas tropicales, pueden ser necesarios requisitos adicionales.
NOTA 2: Se llama la atención el hecho de que las normas de producto final para aparatos, pueden contener requisitos adicionales o alternativos para interruptores.
NOTA 3: En esta Norma Mexicana la palabra "aparato" significa "aparato o equipo".
 
 
Concordancia con Normas Internacionales
Esta Norma Mexicana NMX-J-577-1-ANCE-2021, Interruptores para aparatos electrodomésticos-Parte 1: Requisitos generales, tiene concordancia MODIFICADA con la Norma Internacional IEC 61058-1, Switches for appliances-Part 1: General requirements, ed4.0 (2016-07) y difiere en los puntos siguientes:
Capítulo/Inciso al que aplica la
diferencia
Desviación Técnica/Justificación
5.4, 11.5, 11.8.3, 13.1, 14.2, 17, 20.5, 23, 24.2.4, 24.2.7 y L.3.2
Para esta Norma Mexicana las referencias a las Normas Internacionales que se mencionan, se consideran citas de carácter informativo en tanto se desarrolla la Norma Mexicana correspondiente. Lo anterior para cumplir con la normativa nacional de acuerdo con lo que se indica en el artículo 28 fracción IV y en el artículo 46 fracción V del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
5.2.8, Tabla 3, 15.3 y 25.2.7
Para esta Norma Mexicana la frecuencia de prueba es de 60 Hz. De acuerdo con la infraestructura del Sistema Eléctrico Nacional y considerando que una frecuencia de prueba diferente puede comprometer la seguridad y el desempeño de los equipos.
8.2
Para esta Norma Mexicana los símbolos correspondientes de las Normas Internacionales IEC 60417 e IEC 60617 se reemplazan por los que se establecen en la Norma Mexicana NMX-J-136-ANCE-2019.
21.2, 24.2.2, 24.2.4, 24.2.5, 24.2.6, 24.2.7, 24.3, 25.2.2, 25.2.5, 25.2.7, 25.3.1 y 25.3.2
Para esta Norma Mexicana debe sustituirse la cita a la Norma/Lineamiento Internacional por la Norma Mexicana correspondiente. Lo anterior con objeto de cumplir con la normativa nacional de acuerdo con lo que se indica en el artículo 28 fracción IV y en el artículo 46 fracción V del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, haciendo referencia a las Normas Mexicanas que se relacionan.
Bibliografía
                   IEC 61058-1 ed4.0 (2016-07), Switches for appliances-Part 1: General requirements.
 
Atentamente
Ciudad de México, a 26 de abril de 2022.- Director General de Normas y Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Infraestructura de la Calidad, Lic. Alfonso Guati Rojo Sánchez.- Rúbrica.