Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Economía
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual
Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial
Coordinación Departamental de Cancelación y Caducidad
California Safe Soil, Llc.
Vs.
Juvenal Ramírez, S.A. de C.V.
M. 1497799 H2H Harvest to Harvest y Diseño
Exped.: P.C. 50/2022 (C-24) 366
Folio: 11710
"2022, Ano de Ricardo Flores Magón"
Juvenal Ramírez, S.A. de C.V.
NOTIFICACIÓN POR EDICTOS
 
Por escrito presentado en la oficialía de partes de esta Dirección el 06 de enero de 2022, con folio de entrada 000366, JAVIER EDUARDO LIZARDI CALDERÓN, apoderado de CALIFORNIA SAFE SOIL, LLC., solicitó la declaración administrativa de caducidad del registro marcario citado al rubro.
Por lo anterior, y con fundamento en los artículos 336, 367 fracción IV y 369 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a la parte demandada, JUVENAL RAMÍREZ, S.A. DE C.V., el plazo de UN MES, contado a partir del día hábil siguiente, para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y manifieste lo que a su derecho convenga, apercibido que de no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el término señalado, este Instituto emitirá la resolución administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 342 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
Para su publicación, por una sola vez, en uno de los periódicos de mayor circulación en la República y en el Diario Oficial de la Federación, en los términos y para los efectos establecidos en el artículo 336 último párrafo de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
 
Atentamente
26 de abril de 2022
El Coordinador Departamental de Cancelación y Caducidad
Roberto Díaz Ramírez
Rúbrica.
(R.- 523634)