Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
"25 Aniversario Servicio de Administración Tributaria"
Servicio de Administración Tributaria
Administración General de Recursos y Servicios
Administración Central de Fideicomisos
Administración de Fideicomisos "1"
CONVOCATORIA PÚBLICA PARA OBTENER TÍTULO DE AUTORIZACIÓN
A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 16 DE LA LEY ADUANERA
No. SAT.AGRS-001/2022
 
El Servicio de Administración Tributaria (SAT), Órgano Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos 8, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria; 16 de la Ley Aduanera; 41, apartado H, en relación con el 40, fracción XXXVII, párrafo segundo, numeral 9, inciso a) del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria; convoca a las interesadas en obtener la autorización a que se refiere el citado artículo 16 de la Ley Aduanera, que cumplan con los requisitos establecidos en la presente convocatoria, de acuerdo a los servicios publicados en la página de Internet del SAT en la sección "Empresas" < "Otros trámites y Servicios" < "Autorizaciones" < "Obtén la autorización establecida en el artículo 16 de la Ley Aduanera".
 
REQUISITOS:
De conformidad con el artículo 16 de la Ley Aduanera, las interesadas en obtener la autorización a que se refiere el citado artículo, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
I.     Tener dos años de experiencia comprobables, prestando los servicios que se vayan a autorizar.
II.    Tener un capital social pagado de por lo menos $2,772,590.00, actualizado de conformidad con el Anexo 13 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022 o la que se encuentre vigente al momento de la solicitud de obtención del título de autorización.
III.    Cumplir con los requisitos de procedimiento que el SAT establezca en la convocatoria que para estos efectos se publique en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Conforme a los artículos 16, fracción III de la Ley Aduanera y 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, las interesadas deberán entregar la siguiente documentación:
A.- Para interesadas nacionales:
a)    Escrito libre con firma autógrafa del representante legal de la interesada dirigido a la Administración Central de Fideicomisos de la Administración General de Recursos y Servicios del SAT, en el cual se manifieste el interés de su representada, así como el servicio que desea prestar al SAT conforme a lo publicado en la página de Internet del citado órgano administrativo desconcentrado.
En caso de requerir dos o más servicios, deberá presentar solicitudes independientes con los mismos requisitos que exige la presente convocatoria.
El escrito de interés deberá señalar expresamente lo siguiente:
·     El número de convocatoria;
·     El nombre del servicio que pretende brindar al SAT por el que solicita la autorización, el cual deberá estar publicado en la página de Internet del SAT;
·     Monto del capital social efectivamente pagado;
·     Domicilio y correo(s) electrónico(s) para oír y recibir todo tipo de notificaciones;
·     Clave del Registro Federal de Contribuyentes, y
·     En su caso, señalar la(s) persona(s) autorizada(s) para oír y recibir notificaciones, realizar trámites gestiones o comparecencias que fueren necesarios para la tramitación del procedimiento previsto en esta convocatoria.
Además, el escrito a que se refiere el párrafo anterior deberá contener, bajo protesta de decir verdad, las siguientes manifestaciones:
i.     Que su representada no se encuentra inhabilitada para contratar con las dependencias, entidades, organismos descentralizados y órganos desconcentrados de la Administración Pública Federal, Fiscalía General de la República y gobiernos estatales, ni que por su conducto participan personas físicas o morales que se encuentren en dicho supuesto;
ii.    Que su representada no obtiene ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes a través de entidades o figuras jurídicas extranjeras en las que participen, directa o indirectamente, o de entidades extranjeras transparentes fiscales y que no sean declarados en el país;
iii.    El nombre de los socios o accionistas actuales de la interesada;
iv.    Que las facultades con las que actúa el representante legal no le han sido modificadas ni revocadas en modo alguno al momento de presentar la solicitud de autorización;
v.    Que los documentos ofrecidos adjuntos a su solicitud son auténticos y copia fiel de los originales;
 
vi.    Que su representada, se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y que, a la fecha de la presentación de la solicitud, no cuenta con créditos fiscales firmes a su cargo, y
vii.   Que acepta los requisitos y las condiciones de la presente convocatoria.
El SAT se reserva el derecho de verificar la veracidad de las manifestaciones realizadas por las interesadas en obtener la autorización a que se refiere la presente convocatoria. En caso de que se proporcione información o documentación inexacta o falsa, no se otorgará el título de autorización;
b)    Documento que acredite la personalidad del representante legal:
·     Original o copia certificada, además de copia simple para cotejo, del poder notarial del representante legal de la interesada, en el que acredite tener facultades generales para actos de administración o poder especial para el trámite en específico a que se refiere esta convocatoria, y
·     Original o copia certificada, además de copia simple para cotejo, de la identificación oficial vigente con fotografía;
c)    Original o copia certificada, además de copia simple para cotejo, del testimonio de la escritura pública, de ser el caso, con los datos de inscripción del Registro Público correspondiente para aquellos supuestos en que la Ley de la materia así lo prevea, que contenga el acta constitutiva, compulsa e instrumentos otorgados ante fedatario público de las principales reformas a su objeto social, estatutos sociales, al capital social, transformación, fusión, escisión o cambio de denominación social;
d)    En relación a la situación financiera, las interesadas en obtener la autorización deberán presentar en original o copia certificada, además de copia simple para cotejo, lo siguiente:
·     Último estado financiero interno de la interesada del mes inmediato anterior a la presentación de la solicitud o, de ser el caso, del último trimestre, debidamente certificado por el contador público designado por la propia empresa y por el Presidente o Secretario del Consejo de Administración, que acredite el monto del capital social pagado actualizado a que se refiere el artículo 16, fracción II de la Ley Aduanera.
·     Copia de la última declaración anual del impuesto sobre la renta del ejercicio; con el acuse correspondiente de su presentación ante el SAT;
e)    Original de la opinión del cumplimiento de las obligaciones fiscales en sentido positivo, para efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación con fecha de expedición no mayor a 5 días naturales anteriores a la fecha de la presentación de la solicitud;
f)     Original del currículum de la interesada con nombre y firma autógrafa del representante legal, con el que acredite la experiencia de, al menos, dos años en la prestación de servicios similares para los que solicita la autorización, y
g)    Original o copia certificada, además de copia simple para cotejo, de contratos celebrados por la interesada con sus respectivos anexos, convenios, pedidos, facturas, carta finiquito, liberación de la póliza de fianza o cualquier otro documento, en los que se describa y haga constar de forma expresa el servicio ofrecido por el que solicita la autorización.
Las interesadas podrán acreditar el cumplimiento de los requisitos antes señalados con documentación distinta si, debido a su naturaleza jurídica, no cuentan con los documentos indicados en este apartado, debiendo precisar el fundamento y motivo de tal circunstancia.
En caso de que se entregue información que considere confidencial, se deberán señalar los documentos que la contengan, con el fin de dar cumplimiento a las disposiciones legales aplicables.
Los documentos y sus anexos podrán presentarse en idioma diferente al español, en cuyo caso deberán estar debidamente apostillados o legalizados y traducidos al idioma español por perito traductor autorizado, con excepción de los referidos en el inciso a).
Las interesadas, además de los originales o copias certificadas, deberán proporcionar todos los documentos precisados en el orden señalado debidamente identificados de manera individual en archivo electrónico en formato PDF en dispositivo USB; por lo que es responsabilidad de las interesadas verificar que los documentos contenidos no se encuentren dañados, incompletos o ilegibles.
B.- Para interesadas extranjeras:
a)    Escrito libre con firma autógrafa del representante legal de la interesada dirigido a la Administración Central de Fideicomisos de la Administración General de Recursos y Servicios del SAT, en el cual se manifieste el interés de su representada, así como el servicio que desea prestar al SAT, conforme a lo publicado en la página de Internet del citado órgano desconcentrado.
En caso de requerir autorización para prestar dos o más servicios, deberá presentar solicitudes independientes con los mismos requisitos que exige la presente convocatoria.
El escrito de interés deberá señalar expresamente:
·     El número de convocatoria;
·     El nombre del servicio que pretende brindar al SAT por el que solicita la autorización, el cual deberá
estar vigente y publicado en la página de Internet del SAT;
·     Monto del capital social efectivamente pagado, tanto en moneda extranjera como su equivalencia en pesos mexicanos;
·     Domicilio en los Estados Unidos Mexicanos y correo(s) electrónico(s) para oír y recibir todo tipo de notificaciones, así como señalar si cuenta con establecimiento permanente en territorio nacional conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta;
·     Cédula o número de identificación fiscal o su equivalente, expedida por la autoridad fiscal competente en su país de origen, señalando el país de residencia fiscal y su domicilio en dicho país, y
·     En su caso, señalar la(s) persona(s) autorizada(s) para oír y recibir notificaciones, realizar trámites gestiones o comparecencias que fueren necesarios para la tramitación del procedimiento previsto en esta convocatoria.
Además, dicho escrito presentado deberá contener expresamente y bajo protesta de decir verdad, lo siguiente:
i.     Que su representada no se encuentra inhabilitada para contratar con las dependencias, entidades, organismos descentralizados y órganos desconcentrados de la Administración Pública Federal, Fiscalía General de la República y gobiernos estatales, ni que por su conducto participan personas físicas o morales que se encuentren en dicho supuesto;
ii.    Que su representada no obtiene ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes a través de entidades o figuras jurídicas en las que participen, directa o indirectamente, o de entidades extranjeras transparentes fiscales y que no sean declarados en su país de origen;
iii.    Que designó un representante legal en los Estados Unidos Mexicanos para la tramitación de la autorización;
iv.    El nombre de los socios o accionistas actuales de la interesada;
v.    Que las facultades con las que actúa el representante legal no le han sido modificadas ni revocadas en modo alguno al momento de presentar la solicitud de autorización;
vi.    Que su representada se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en su país de residencia fiscal, de conformidad con las leyes fiscales aplicables;
vii.   Que los documentos ofrecidos adjuntos a su solicitud son auténticos y copia fiel de los originales, y
viii.  Que acepta los requisitos y las condiciones de la presente convocatoria.
El SAT se reserva el derecho de verificar la veracidad de las manifestaciones realizadas por las interesadas en obtener la autorización a que se refiere la presente convocatoria. En caso de que se proporcione información o documentación inexacta o falsa, no se otorgará el título de autorización;
b)    Documento que acredite la personalidad del representante legal:
·     Original o copia certificada, además de copia simple para cotejo, del instrumento otorgado ante fedatario público o equivalente del representante legal de la interesada en su país de origen;
·     Original o copia certificada, además de copia simple para cotejo, del pasaporte o formularios FM2 y FM3, según sea el caso, del representante legal;
·     Original o copia certificada, además de copia simple para cotejo, del instrumento otorgado ante fedatario público del representante legal designado en México, en el que acredite tener facultades generales para actos de administración o poder especial para el trámite en específico, y
·     Original o copia certificada, además de copia simple para cotejo de la identificación oficial vigente con fotografía del representante legal designado en México;
c)    Original o copia certificada, además de copia simple para cotejo, del testimonio de la escritura pública o equivalente que contenga el acta constitutiva e instrumentos otorgados ante fedatario público de las principales reformas a su objeto social, al capital social, transformación, fusión, escisión, cambio de denominación social o sus equivalentes;
d)    En relación a la situación financiera, las interesadas en obtener la autorización deberán presentar en original o copia certificada, además de copia simple para cotejo, lo siguiente:
·     Estados financieros anuales internos o dictaminados del año inmediato anterior, forma oficial 10-K o su equivalente, según sea el caso;
·     Último estado financiero interno de la interesada del mes inmediato anterior a la presentación de la solicitud o, de ser el caso, el del último trimestre, debidamente certificado por el contador público designado por la propia empresa y por el Presidente, Secretario del Consejo de Administración o equivalente, y
·     Declaración jurada realizada ante el fedatario público del país en el que se encuentra constituida la interesada, señalando la cantidad del capital social pagado del último ejercicio, así como del mes inmediato anterior a la fecha de la solicitud;
e)    Documento expedido por la autoridad fiscal competente del país de origen en donde se señale que la
interesada se encuentra en cumplimiento de sus obligaciones fiscales;
f)     Original del currículum de la interesada, con nombre y firma autógrafa del representante legal con el que acredite la experiencia de al menos dos años en la prestación de servicios similares para los que solicita la autorización, y
g)    Original o copia certificada, además de copia simple para cotejo, de contratos celebrados por la interesada con sus respectivos anexos, convenios, pedidos, facturas, carta finiquito, liberación de la póliza de fianza o cualquier otro documento, en los que se describa y haga constar de forma expresa el servicio por el que solicita la autorización con los que se compruebe dicha experiencia.
En caso de que se entregue información que considere confidencial, se deberán señalar los documentos que la contengan, con el fin de dar cumplimiento a las disposiciones legales aplicables.
Los documentos y sus anexos podrán presentarse en idioma diferente al español, en cuyo caso deberán estar debidamente apostillados, legalizados, protocolizados ante fedatario público y traducidos al idioma español por perito traductor autorizado.
Las interesadas, además de los originales o copias certificadas, deberán proporcionar todos los documentos precisados en el orden señalado debidamente identificados de manera individual en archivo electrónico en formato PDF en dispositivo USB; por lo que, es responsabilidad de las interesadas verificar que los documentos contenidos no se encuentren dañados incompletos o ilegibles.
El procedimiento para el otorgamiento del título de autorización será el siguiente:
1. Solicitar cita para la entrega de documentos en el correo electrónico titulos@sat.gob.mx; en el cual, adicionalmente, se podrán formular preguntas con el objeto de aclarar posibles dudas.
La entrega de documentación se llevará a cabo en la Administración Central de Fideicomisos de la Administración General de Recursos y Servicios del SAT, sita en Calle Valerio Trujano, número 15, Módulo VIII, Piso 3, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, C.P. 06300, en días hábiles, en un horario de 9:00 a 14:30 horas.
2. Llegada la cita, el personal competente realizará una revisión cuantitativa de los documentos exhibidos por el representante o apoderado legal de la interesada, conforme a los requerimientos establecidos en la presente convocatoria.
3. Posterior a la entrega de documentos, tanto la Administración Central de Fideicomisos de la Administración General de Recursos y Servicios del SAT, como el área técnica requirente del servicio realizarán una revisión cualitativa del cumplimiento de los requisitos señalados en la convocatoria.
Si del resultado de la revisión cualitativa se advierte que la información o documentación presentada está incompleta, con fundamento en los artículos 17-A y 32 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se prevendrá a la interesada vía correo electrónico para que presente la información o documentación faltante dentro del plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de la fecha de notificación.
Cuando no se atienda la prevención dentro del término antes citado o no se presente toda la información y/o documentación requerida, la solicitud será desechada y se notificará la resolución correspondiente, de acuerdo a lo establecido en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
La prevención tendrá como efecto la interrupción del plazo legal para el otorgamiento del título de autorización, reiniciándose éste a partir del día hábil inmediato siguiente a aquél en el que se conteste el requerimiento de información.
4. Una vez recibida la documentación completa para la obtención del título de autorización, tanto la Administración Central de Fideicomisos de la Administración General de Recursos y Servicios del SAT, como el área técnica requirente del servicio, emitirán un dictamen que verificará el cumplimiento del artículo 16 de la Ley Aduanera.
Si el resultado de alguna de las evaluaciones jurídica o técnica no es favorable, la solicitud será rechazada.
En el supuesto de que el resultado de ambas evaluaciones (jurídica y técnica) sea favorable, se emitirá el título de autorización correspondiente.
La notificación de la resolución del trámite respectivo se realizará a través del(los) correo(s) electrónico(s) que haya señalado para tal efecto el representante o apoderado de la interesada, conforme a lo previsto en el artículo 35, fracción II de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
5. Los casos no previstos en el procedimiento antes descrito serán resueltos por la Administración Central de Fideicomisos de la Administración General de Recursos y Servicios del SAT, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables y los principios de legalidad, economía procesal, equidad, imparcialidad y celeridad.
La resolución en la que se determinará el otorgamiento del título de autorización o su rechazo, se emitirá en un plazo que no podrá exceder de los 45 días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción de la documentación.
 
En caso de que la resolución no sea favorable a la interesada, podrá volver a presentar una nueva solicitud, siempre y cuando la convocatoria se encuentre vigente y los servicios por los que se solicitó se encuentren publicados en la página de Internet del SAT.
Para efectos de transparencia, el SAT publicará en su página de Internet el otorgamiento del título de autorización a los particulares.
Los efectos y alcances del título de autorización se establecerán en el mismo y no eximen a los autorizados de la obligación de sujetarse a los requisitos establecidos en los procedimientos de contratación que se instrumenten para la prestación de los servicios que sean autorizados.
La presente, deja sin efectos la convocatoria SAT.AGRS-001/2019, publicada en el DOF el 28 de junio de 2019.
La presente convocatoria estará vigente a partir del día de su publicación en el DOF y hasta en tanto no se expida otra nueva.
Las solicitudes de autorización que se encuentren en trámite a la entrada en vigor de la presente convocatoria, serán resueltas de conformidad con los criterios, procedimientos y plazos establecidos en la Convocatoria vigente al momento en que se ingresó la misma.
 
Atentamente.
Ciudad de México, a 20 de julio de 2022
Administrador de Fideicomisos "1"
Lic. Geovanni Guzmán de Anda
Rúbrica.
(R.- 523583)