Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Sonora
Hermosillo, Sonora
EDICTO
 
1.    René Machado Mendivil
2.    Alba Cecilia Romanos Martínez
3.    René Machado Romanos
4.    Jesús Salvador Moreno Ramos
En el juicio de amparo 1239/2021, D. I. Q. Q. y L. A. C. V. por propio derecho, reclaman al Juez Oral de lo Penal del Distrito Judicial Uno, en su carácter de Juez de Control en Hermosillo, Sonora, la resolución dictada en el causa penal 281/2019, en la que rechazo la solicitud de sobreseimiento que le fue planteado respecto del delito de secuestro exprés, por el cual se vinculó a proceso en audiencia de doce de agosto de dos mil veintiuno. El veintidós de abril de dos mil veintidós, se ordenó emplazar al tercero interesado por medio de edictos que se publicarán por tres veces de siete en siete días, en Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la república e igualmente en estrados de este juzgado, en términos del artículo 27, fracción III, inciso b) de la Ley de Amparo, se ordena la publicación de los edictos correspondientes en el Diario Oficial de la Federación sin costo para el quejoso. Asimismo, se les hace de su conocimiento que deberá presentarse ante el Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Sonora ubicado en calle Doctor Paliza esquina con Londres número 44, colonia Centenario, en Hermosillo, Sonora, dentro del término de treinta días contados a partir del día siguiente al de la última publicación, para hacer valer sus derechos y señalar domicilio para recibir notificaciones personales en el lugar de residencia de este juzgado, apercibido que de no hacerlo se continuará el juicio y las subsecuentes notificaciones, aún las personales, se le hará por medio de lista. Queda a su disposición en este órgano jurisdiccional copia simple de la demanda de amparo.
 
Atentamente
Hermosillo, Sonora, nueve de mayo de dos mil veintidós.
El Secretario del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Sonora.
Ricardo Froylán Yépiz Rosas
Rúbrica.
(R.- 522003)