Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Economía
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual
Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial
Coordinación Departamental de Nulidades
Fuchs Petrolub Se.
Vs.
Carlos Sacal Moussali
M. 1275730 Vitroil
Exped.: P.C. 2029/2021(C-934)22071
Folio: 10263
"2022, Año de Ricardo Flores Magón, Precursor de la Revolución Mexicana"
Carlos Sacal Moussali.
NOTIFICACIÓN POR EDICTOS.
 
Por escrito y anexos presentados en la Oficialía de Partes de esta Dirección, el día 12 de octubre de 2021, con folio de entrada 022071; por JUAN CARLOS AMARO ALVARADO, apoderado de FUCHS PETROLUB SE., solicitó la declaración administrativa de caducidad del registro marcario citado al rubro.
Por lo anterior, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a CARLOS SACAL MOUSSALI, el plazo de UN MES, contado a partir del día hábil siguiente, al día en que aparezca esta publicación, para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y presente dentro del mismo término su contestación, manifestando lo que a su derecho convenga; apercibido de que, de no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el término señalado, este Instituto emitirá la resolución administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 342 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
Para su publicación, por una sola vez, en uno de los periódicos de mayor circulación en la República y en el Diario Oficial de la Federación, en los términos y para los efectos establecidos en el artículo 369 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
 
Atentamente
11 de abril de 2022
La Coordinadora Departamental de Nulidades.
Paola Vanessa Batalla Nuño.
Rúbrica.
(R.- 522101)