CONVENIO de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Chiapas, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidios para el fortalecimiento del Centro de Justicia para las Mujeres en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, que permita planear, elaborar e impulsar estrategias y acciones en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres y las niñas víctimas de violencia.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBERNACIÓN.- Secretaría de Gobernación.- Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA"; A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y MIGRACIÓN, REPRESENTADA POR SU TITULAR, EL SUBSECRETARIO DE DERECHOS HUMANOS, POBLACIÓN Y MIGRACIÓN, ALEJANDRO DE JESÚS ENCINAS RODRÍGUEZ, Y LA COMISIÓN NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, REPRESENTADA POR SU TITULAR, LA COMISIONADA NACIONAL PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, MA FABIOLA ALANÍS SÁMANO; Y POR OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR DEL ESTADO DE CHIAPAS, RUTILIO CRUZ ESCANDÓN CADENAS, ASISTIDO POR LA SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO, VICTORIA CECILIA FLORES PÉREZ, EL SECRETARIO DE HACIENDA, JAVIER JIMÉNEZ JIMÉNEZ, Y EL FISCAL GENERAL DEL ESTADO DE CHIAPAS, OLAF GÓMEZ HERNÁNDEZ, A QUIENES EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LES DENOMINARÁ "EL GOBIERNO DEL ESTADO", Y CUANDO ACTÚEN CONJUNTAMENTE COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
ANTECEDENTES
El 7 de agosto de 2012, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, órgano supervisor de la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), después de examinar los informes periódicos séptimo y octavo combinados (CEDAW/C/MEX/7-8) en sus reuniones 1051ª y 1052ª, recomendó al Estado mexicano, en el documento de las observaciones finales, que se debería: i) Adoptar medidas para fomentar la denuncia de los casos de violencia contra la mujer y garantizar que existan procedimientos adecuados y armonizados para investigar, enjuiciar y sancionar a los autores de actos de violencia contra la mujer; ii) Garantizar el acceso de las mujeres a la justicia, entre otras cosas mejorando la capacidad de los Centros de Justicia para las Mujeres y poniendo estos centros al alcance de las mujeres y las muchachas que son víctimas de la violencia; iii) Adoptar medidas para mejorar los servicios de apoyo para las mujeres y las muchachas que son víctimas de la violencia, entre otras cosas garantizando su acceso a centros de atención y refugios establecidos, entre otras.
De conformidad con lo antes expuesto, el Gobierno de México y las entidades federativas reconocen la necesidad de actuar para eliminar contextos de violencia social contra las mujeres en todo el país, por ello estiman necesario disponer de los medios legales y materiales a su alcance para coadyuvar en la prevención y eventual erradicación del fenómeno, así como en la promoción de los derechos humanos de las mujeres en el Estado de Libre y Soberano de Chiapas.
El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2022, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre de 2021 establece en su artículo 21 las acciones que se deberán observar en el diseño, elaboración, aplicación, seguimiento y evaluación de resultados de los programas de la Administración Pública Federal, contemplados en el Anexo 13. Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres y en el Anexo 33. Ampliaciones al Ramo 4 Gobernación, en los cuales se señalan los montos autorizados para cada uno de los programas y actividades para promover la atención y prevención de la violencia contra las mujeres.
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), los subsidios deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberá, entre otros aspectos: i) Identificar con precisión la población objetivo; ii) Incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación; iii) Prever la temporalidad en su otorgamiento, y iv) reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
De conformidad con los artículos 175 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (RLFPRH), los subsidios cuyos beneficiarios sean los gobiernos de las entidades federativas y, en su caso, de los municipios, se considerarán devengados a partir de la entrega de los recursos a dichos órdenes de gobierno. No obstante, deberán reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquéllos que al cierre del ejercicio fiscal de que se trate, no se hayan devengado.
 
De conformidad con el oficio número FGE/0861/2021 de fecha 20 de diciembre de 2021, suscrito por Olaf Gómez Hernández, en su carácter de Fiscal General del Estado de Chiapas, se solicitó en tiempo y forma a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM), recursos federales para el acceso a los subsidios destinados para el Fortalecimiento del Centro de Justicia para las Mujeres en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Derivado del cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos señalados en los "Criterios que rigen el proceso para acceder a los subsidios destinados a la Creación y el Fortalecimiento de los Centros de Justicia para las Mujeres para el Ejercicio Fiscal 2022" ("CRITERIOS"), publicados el 14 de diciembre de 2021, por la CONAVIM, el Comité de Evaluación de Proyectos (COMITÉ) determinó viable el proyecto presentado, por lo que autorizó la cantidad de $3,500,000.00 (Tres millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.) exclusivamente para el Fortalecimiento del Centro de Justicia para las Mujeres en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Dicha situación se notificó al Gobierno del Estado de Chiapas mediante oficio número CNPEVM/60-13/2022, de fecha 04 de marzo de 2022.
El Centro de Justicia para las Mujeres está ubicado en el Libramiento Norte Poniente esquina calle Real de Catorce, número exterior 1795, Colonia CRD Comercial, Código Postal 29038, Municipio de Tuxtla Gutiérrez del Estado de Chiapas.
La dependencia responsable del proyecto se compromete a concluir la única etapa del Fortalecimiento del Centro de Justicia para las Mujeres en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, que se construye en el 2022. En caso de que la totalidad del proyecto (obra pública) se haya programado para su desarrollo en varias etapas, se obliga a conseguir los recursos presupuestales necesarios para asegurar su conclusión y adecuado funcionamiento, así como apegarse al Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 y programas que deriven del mismo.
Así, "LAS PARTES" manifiestan formalizar el presente instrumento al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I. "LA SECRETARÍA" declara que:
I.1.   Es una dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1o., 2o., fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF) y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (RISEGOB).
I.2.   De conformidad con el artículo 27, fracción VII de la LOAPF, en el ámbito de su competencia, tiene a su cargo la responsabilidad de vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país, especialmente en lo que se refiere a derechos humanos y la de dictar las medidas necesarias para tal efecto.
I.3.   El Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez, tiene facultades para suscribir el presente instrumento jurídico de conformidad con los artículos 2, Apartado A, fracción II, y 6, fracción IX del RISEGOB.
I.4.   La CONAVIM es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, de conformidad con los artículos 2, apartado C, fracción V y 151 del RISEGOB, y Primero del Decreto por el que se crea como Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 1 de junio de 2009 ("DECRETO").
I.5.   La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Ma Fabiola Alanís Sámano, cuenta con las atribuciones para la suscripción del presente convenio, con fundamento en el artículo Cuarto fracción XIII del Decreto y 115, fracción V del RISEGOB.
I.6.   Para dar cumplimiento al presente Convenio, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal número 43801, relativa a Subsidios a Entidades Federativas y Municipios, y con el Reporte General de Suficiencia Presupuestaria número 00048.
I.7.   Señala como su domicilio el ubicado en la calle Bucareli número 99, Colonia Juárez, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06600, en la Ciudad de México.
II. "EL GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
II.1.  Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 y 16 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, es un estado libre y soberano en todo lo concerniente a su régimen interior y forma parte integrante de la
Federación.
II.2.  El Poder Ejecutivo del Estado conforma y constituye parte integrante del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Chiapas, cuyo ejercicio se deposita en el Gobernador del Estado de Chiapas, Rutilio Cruz Escandón Cadena, quien cuenta con capacidad para obligarse, en términos de lo prescrito en los artículos 51 y 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; 6 y 8 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas.
II.3.  Asiste a la suscripción del presente convenio la Titular de la Secretaría General de Gobierno, Victoria Cecilia Flores Pérez, quien cuenta con capacidad para obligarse en términos de los artículos 60 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; 2, fracción I, 7, 11, 21, 28 fracción I y 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas, y el artículo 14 fracción XXIV del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno.
II.4.  De conformidad con lo dispuesto en los artículos 60 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; 2, 7, fracción I,11, 21, 28, fracción II y 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas; 13, fracción VI del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda, Javier Jiménez Jiménez, en su carácter de Secretario de Hacienda, se encuentra facultado para suscribir el presente Convenio.
II.5.  La Fiscalía General del Estado de Chiapas a la que está adscrito el Centro de Justicia para las Mujeres, forma parte integrante de la Administración Pública Estatal, Organismo Público Autónomo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 92 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; 3 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Chiapas, y su Titular, Olaf Gómez Hernández, asiste en la suscripción del presente Convenio, de conformidad con el artículo 13, fracción XXIV de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado.
II.6.  No cuenta con la capacidad económica presupuestal para aportar recursos de forma complementaria al proyecto denominado "Fortalecimiento del Centro de Justicia para las Mujeres en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas" materia del presente Convenio, que se describe en el Anexo Técnico, en los términos de las disposiciones administrativas y presupuestales.
II.7.  Es propietario del terreno ubicado en el Libramiento Norte Poniente esquina Calle Real de Catorce, número exterior 1795 Colonia CRD Comercial, Código Postal 29038, Municipio Tuxtla Gutiérrez, Estado de Chiapas, el cual tiene una superficie de 2,039.52 m2, y cuenta con los permisos y requerimientos técnicos necesarios para el fortalecimiento del Centro de Justicia para las Mujeres descrito en el Anexo Técnico.
       Acredita la propiedad del bien inmueble objeto del antes referido proyecto, bajo el Folio Real 259064, Registro 39640, Sección Civil, Donación, Protocolo Especial número 111, pasada ante la fe de del Notario Público número 47, Fernando Rodríguez Narváez, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Judicial de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
II.8.  Para los efectos del presente instrumento, tiene como domicilio fiscal el ubicado en Boulevard Andrés Serra Rojas número 1090, Piso 14, Colonia Paso Limón, Tuxtla Gutiérrez, Código Postal 29049, Estado de Chiapas.
III. "LAS PARTES" declaran que:
III.1. Reconocen en forma recíproca la personalidad con la que se ostentan y comparecen a la suscripción de este Convenio de Coordinación.
III.2. Es su voluntad conjuntar esfuerzos en sus respectivos ámbitos de gobierno, para impulsar y ejecutar acciones que tengan como eje central garantizar el derecho de acceso a la justicia para las mujeres.
III.3. Están convencidas de la importancia de atender el fenómeno de la violencia contra las mujeres y niñas en el Estado Libre y Soberano de Chiapas, para lo cual reconocen la utilidad de instrumentar medidas preventivas y de sanción a quienes incumplen la ley, particularmente la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Libre y Soberano de Chiapas.
III.4. Consideran como acciones para prevenir y disminuir la violencia contra las mujeres, las encaminadas a garantizar el acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencia, así como las dirigidas a sancionar a quienes perpetran la violencia de género, en particular en los delitos de violencia sexual, trata de personas, violencia familiar y feminicidios u homicidios de mujeres con características de violencia de género.
III.5. Se obligan al cumplimiento de los preceptos establecidos en los "CRITERIOS", que regulan el presente convenio.
 
III.6. Se obligan a apegarse al Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 y programas que se deriven del mismo.
Expuesto lo anterior, "LAS PARTES" sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio tiene por objeto el otorgamiento de subsidios para el Fortalecimiento del Centro de Justicia para las Mujeres en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, que permita planear, elaborar e impulsar estrategias y acciones en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres y las niñas víctimas de violencia.
"EL PROYECTO" se realizará de conformidad a lo especificado en el Anexo Técnico aprobado previamente por el COMITÉ, el cual establece las características y objetivos del mismo, así como el cronograma de avance físico-financiero de "EL PROYECTO" en su numeral 9 que permitirá vigilar sus avances, ejecución y la correcta aplicación de los recursos otorgados.
En caso de que "EL PROYECTO" descrito en el numeral 1 del Anexo Técnico presente variaciones en cuanto a las necesidades técnicas o materiales durante su ejecución, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a informar a "LA SECRETARIA" de cualquier diferencia que altere la estimación de la obra de referencia.
SEGUNDA. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto señalado en la Cláusula anterior, "LA SECRETARÍA" asignará la cantidad de $3,500,000.00 (Tres millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.), exclusivamente para el Fortalecimiento del Centro de Justicia para las Mujeres en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Los recursos federales se transferirán a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" en una ministración, a través de su Secretaría de Finanzas (o su equivalente) en la cuenta productiva específica aperturada previamente, en la que se manejarán exclusivamente los recursos federales a los que refiere la presente CLÁUSULA y sus rendimientos, y no podrá incorporar recursos locales ni las aportaciones que realicen, en su caso, los beneficiarios de "El Proyecto" de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Dicha cuenta se identifica con los siguientes datos:
Nombre del beneficiario:
Gobierno del Estado de Chiapas
Nombre de la institución financiera:
Banco Mercantil del Norte, S.A, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BANORTE.
Nombre del proyecto:
Secretaría de Hacienda Fortalecimiento del Centro de Justicia para las Mujeres en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Clave bancaria estandarizada (CLABE):
072 100 01178051199 8
Número de cuenta bancaria a once posiciones:
01178051199
Tipo de cuenta:
Productiva
Número de sucursal:
3123.-Tuxtla Grande
Número de plaza:
08001.-Tuxtla Gutiérrez
Fecha de apertura:
10 de marzo de 2022.
Nombre de las personas autorizadas para el manejo de la cuenta:
Javier Baltazar Alejo.
María Elizabeth Montesinos Álvarez.
Cecilio de Jesús Díaz Rincón.
 
Es un requisito indispensable para la transferencia de los recursos que "EL GOBIERNO DEL ESTADO" haya remitido a "LA SECRETARÍA" la factura electrónica (Comprobante Fiscal Digital por Internet "CFDI") prevista en el numeral Vigésimo Segundo, apartado X de los "CRITERIOS", que regulan el presente convenio.
Para "LA SECRETARÍA", la radicación de los recursos federales genera los momentos contables del gasto devengado, ejercido y pagado, en términos del artículo 4 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Por su parte, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" deberá registrar en su contabilidad, de acuerdo con las
disposiciones jurídicas federales aplicables, los recursos federales recibidos y rendir informes de su aplicación en su Cuenta Pública, con independencia de los que sobre el particular deban rendirse por conducto de "LA SECRETARÍA".
Los recursos que el Comité asigne a las entidades federativas se encuentran sujetos a la disponibilidad de los mismos en términos del Presupuesto de Egresos de la Federación, por lo que "LA SECRETARÍA" no será responsable por el retraso en la transferencia o la cancelación de los recursos, derivado de disposiciones administrativas presupuestarias ajenas a ella. La CONAVIM, comunicará mediante oficio a las entidades federativas cualquier eventualidad relacionada con la ministración de los recursos.
"LA SECRETARÍA" será ajena a los procedimientos de adjudicación, contratación, orden de pago y/o facturación que lleven a cabo las entidades federativas para la ejecución de los proyectos aprobados, por lo que cualquier controversia que en su caso derive de estas contrataciones estará sujeta a las disposiciones jurídicas aplicables.
TERCERA. COMPROMISOS DE "LAS PARTES". Además de lo previsto en los "CRITERIOS", para la realización del objeto del presente Convenio, "LAS PARTES" se comprometen a lo siguiente:
a.     Apegarse a lo establecido en la LFPRH, el RLFPRH, y demás legislación aplicable en materia de subsidios;
b.    Dar todas las facilidades para la rendición de cuentas respecto a la utilización de los recursos aportados por el Gobierno de México, así como para la planeación y asistencia técnica aportada por el Gobierno Estatal, y
c.     Revisar conjuntamente los informes mensuales que se presenten respecto del avance de "EL PROYECTO" del Centro de Justicia para las Mujeres en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
CUARTA. COMPROMISOS DE "LA SECRETARÍA". Además de lo previsto en los "CRITERIOS", "LA SECRETARÍA", a través de la CONAVIM, se obliga a:
a.     Otorgar los recursos públicos federales por concepto de subsidios objeto del presente Convenio de Coordinación, exclusivamente para la ejecución del proyecto a que se refieren las CLÁUSULAS PRIMERA y SEGUNDA;
b.    Realizar los registros correspondientes en la Cuenta Pública Federal y en los demás informes sobre el ejercicio del gasto público, a efecto de reportar la aplicación de los subsidios otorgados en el marco del presente instrumento;
c.     Realizar el seguimiento de la aplicación del subsidio, así como el monitoreo del objetivo y meta establecida en el numeral 1 del Anexo Técnico, a través de los informes mensuales en donde se reporta el avance físico y financiero del proyecto;
d.    Informar sobre los resultados obtenidos con la aplicación de los recursos presupuestarios federales que se proporcionarán en el marco de este instrumento, y
e.     Realizar visitas aleatorias de seguimiento a los Centros de Justicia para las Mujeres de Chiapas una vez que se encuentren en operación, con la finalidad de verificar su correcto funcionamiento y emitir observaciones y comentarios que deberán ser atendidas por "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
QUINTA. COMPROMISOS DE "EL GOBIERNO DEL ESTADO". Además de lo previsto en los "CRITERIOS", "EL GOBIERNO DEL ESTADO" se compromete a:
a.     Destinar por conducto de la Secretaría de Hacienda del Estado, los recursos asignados vía subsidio exclusivamente para los fines previstos en la CLÁUSULA PRIMERA, SEGUNDA y en el Anexo Técnico del presente Convenio;
b.    Erogar el recurso federal de conformidad con lo establecido en el Anexo Técnico, a más tardar el 31 de diciembre de 2022.
c.     Iniciar las acciones para dar cumplimiento a "EL PROYECTO", dentro de los 15 días naturales siguientes a la fecha del depósito que indica el recibo Cuenta por Liquidar Certificada (CLC) a nombre del Estado de Libre y Soberano de Chiapas, expedido por la Dirección General de Programación y Presupuesto de la "SECRETARÍA", derivado de la transferencia de los recursos federales a los que hace referencia la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio;
d.    Realizar las acciones y las adquisiciones necesarias para la consecución de los fines de "EL PROYECTO", en estricto apego a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, a sus respectivos reglamentos, y demás normatividad federal aplicable en la materia;
 
e.     Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, estatales o municipales que correspondan, la asesoría técnica, autorizaciones, licencias o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas del proyecto previsto en este instrumento;
f.     Garantizar que el proyecto que será financiado con los recursos federales a los que se refiere el presente Convenio, cuente con la documentación legal y oficial vigente que resulte necesaria para su ejecución;
g.    Recabar, resguardar y conservar por conducto de la Fiscalía General del Estado de Chiapas la documentación justificativa y probatoria de las erogaciones cubiertas con los recursos presupuestarios federales que le sean entregados por concepto de subsidios; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local, conforme sean devengados y ejercidos los recursos, y dar cumplimiento a las disposiciones federales aplicables respecto de la administración de los mismos;
h.    Integrar y resguardar por conducto de la Fiscalía General del Estado de Chiapas, los expedientes relacionados con la ejecución y comprobación de "EL PROYECTO" financiado con los recursos otorgados objeto del presente instrumento;
i.     Equipar el inmueble, capacitar al personal y operar el Centro de Justicia para las Mujeres de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, por conducto de la Fiscalía General del Estado de Chiapas;
j.     Entregar mensualmente un informe de conformidad con la cláusula Séptima del presente convenio.
k.     Entregar los comprobantes de la ejecución del subsidio para la rendición de cuentas, dentro de los diez días hábiles siguientes a la conclusión del 2022;
l.     Presentar a "LA SECRETARÍA" dentro de los siete días hábiles siguientes a la atención de todas las observaciones del último informe presentado o en su caso, a la conclusión del Ejercicio Fiscal 2022, un Acta de Cierre firmada por el Fiscal General del Estado, Titular de la Fiscalía General del Estado de Chiapas, en la que se incluyan datos generales, meta, objetivo y descripción de "EL PROYECTO"; los antecedentes de su ejecución; los compromisos asumidos por "LAS PARTES"; los trabajos ejecutados con el subsidio asignado por la CONAVIM y los alcances logrados; memoria fotográfica del antes, durante y después de la construcción del Centro de Justicia para las Mujeres; relación de las facturas que comprueben la erogación del subsidio otorgado; cronología de los hechos, acciones y observaciones realizadas a los informes mensuales; estados de cuenta bancarios donde radicó el subsidio desde la fecha de transferencia hasta el cierre de "EL PROYECTO" el 31 de diciembre de 2022; documento que emita la institución bancaria donde radicó el subsidio en el que conste la cancelación de dicha cuenta, al que se deberá adjuntar el correspondiente estado de cuenta comprobatorio de que en la misma no existe recurso.
m.    Una vez que el Centro de Justicia para las Mujeres comience a operar, deberá llevar un registro puntual de todas las usuarias y servicios prestados en el mismo, mediante el reporte denominado "Informe de Mujeres Atendidas", el cual será remitido mensualmente a "LA SECRETARÍA", a través de la CONAVIM, en el formato que se proporcione para ello, de forma impresa y electrónica.
n.    Señalar expresamente la participación y apoyo del Gobierno de México, a través de "LA SECRETARÍA", por conducto de la CONAVIM, en las acciones de difusión, divulgación y promoción del Centro de Justicia para las Mujeres, y
o.    Cumplir y observar en todo momento las disposiciones y lineamientos descritos en la LFPRH y su Reglamento, el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2022, Anexo Técnico que se suscriba y demás disposiciones federales aplicables a la materia.
SEXTA. ENLACES. Las servidoras públicas que fungirán como enlaces entre "LAS PARTES" serán, para "EL GOBIERNO DEL ESTADO" Flor de Rocío García Cadenas designada mediante el oficio número FGE/0864/2021, firmado por el Fiscal General del Estado de Chiapas, y para "LA SECRETARÍA" la persona en quien recaiga la titularidad de la Coordinación de Vinculación Estratégica Interinstitucional de la CONAVIM a cargo del proyecto de los Centros de Justicia para las Mujeres.
A través de las personas designadas como enlaces se efectuarán todas las comunicaciones derivadas de la operación del presente Convenio de Coordinación. Además, serán las y los responsables internos de las actividades encomendadas.
 
Asimismo, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" deberá notificar a la CONAVIM, cualquier cambio de la persona enlace y del personal responsable del seguimiento del subsidio y de "EL PROYECTO" aprobado, en un plazo de 15 días hábiles contados a partir del cambio correspondiente, proporcionando los datos de contacto de quien asumirá dichas funciones.
SÉPTIMA. INFORME DE RESULTADOS. "EL GOBIERNO DEL ESTADO", por conducto de la Fiscalía General del Estado de Chiapas deberá rendir de manera física y/o electrónica un informe de resultados a "LA SECRETARÍA", por conducto de la persona Titular de la Coordinación de Vinculación Estratégica Interinstitucional Erika Marisol Troncoso Saavedra, Responsable de los Centros de Justicia de la CONAVIM, sobre los avances físicos y financieros de "EL PROYECTO", obra o acción autorizadas y relacionadas con el objeto de este Convenio, en los términos previstos en el apartado IX del numeral Cuadragésimo Tercero de los "CRITERIOS", con la documentación probatoria que acredite dicho progreso, en el cual se deberá reflejar el avance en el cumplimiento del objeto del presente Convenio, el objetivo y meta establecido en el numeral 1 del Anexo Técnico y, en su caso, los resultados de las acciones que se lleven a cabo de conformidad con este instrumento, dentro de los diez días naturales siguientes a la conclusión de cada mes, contados a partir de la fecha de pago que indica el recibo Cuenta por Liquidar Certificada (CLC) a nombre del Estado de Chiapas, expedido por la Dirección General de Programación y Presupuesto de "LA SECRETARÍA", derivado de la transferencia de los recursos federales a los que hace referencia la CLÁUSULA SEGUNDA del presente Convenio.
OCTAVA. APLICACIÓN DE LOS RECURSOS. Los recursos federales que se entregarán a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" en los términos del presente instrumento y su Anexo Técnico, no pierden su carácter federal, por lo que su administración, compromiso, devengo, justificación, comprobación, pago, ejercicio y contabilización, deberá realizarse de conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación federal vigente.
Los rendimientos financieros que se obtengan en la cuenta productiva específica a la cual se trasferirá el subsidio en el 2022, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación en los términos que establece la LFPRH.
NOVENA. DESTINO DE LOS RECURSOS. "LAS PARTES" convienen que los recursos federales que se entregarán a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", se destinarán exclusivamente para el fortalecimiento del Centro de Justicia para las Mujeres en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
DÉCIMA. DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA Y PROBATORIA. El resguardo y conservación de la documentación original justificativa y probatoria correspondiente a la aplicación de los recursos a que se refiere el presente Convenio, estará a cargo de "EL GOBIERNO DEL ESTADO" a través de la Fiscalía General del Estado de Chiapas.
En el caso de "LA SECRETARÍA", la documentación justificativa es la que se señala en los capítulos VI, VII, VIII, IX y X, de los "CRITERIOS" y estará a cargo del Titular de la Coordinación de Vinculación Estratégica Interinstitucional Erika Marisol Troncoso Saavedra, de la CONAVIM.
DÉCIMA PRIMERA. REINTEGRO DE LOS RECURSOS. En caso de que "EL GOBIERNO DEL ESTADO" no erogue los recursos federales asignados, los recursos remanentes o saldos disponibles, incluyendo los rendimientos financieros, que presente al 31 de diciembre de 2022 deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre del Ejercicio Fiscal 2022, de conformidad con lo establecido en los artículos 54 tercer párrafo, de la LFPRH y 85 del RLFPRH.
El reintegro a la Tesorería de la Federación de los recursos se deberá realizar conforme a las disposiciones legales federales aplicables, siendo responsabilidad de "EL GOBIERNO DEL ESTADO" dar aviso por escrito y solicitar a "LA SECRETARÍA" la línea de captura para realizar el reintegro correspondiente. Una vez que "LA SECRETARÍA" otorgue la línea de captura a la entidad, ésta deberá remitir a la CONAVIM copia de la documentación comprobatoria del reintegro realizado.
Asimismo, "EL GOBIERNO DEL ESTADO" estará obligado a reintegrar a la Tesorería de la Federación aquellos recursos que no sean aplicados a los fines para los que le fueron autorizados. La misma obligación surgirá cuando se hayan detectado desviaciones o incumplimientos en el ejercicio de los recursos de conformidad con este instrumento jurídico y el Anexo Técnico, incluyendo los importes equivalentes a las cargas financieras que se generen desde la fecha en que los mismos se hayan ejercido para cubrir gastos no autorizados, así como los rendimientos generados en el ejercicio fiscal inmediato posterior al que se otorgó el recurso.
 
DÉCIMA SEGUNDA. RELACIÓN LABORAL. El personal de cada una de "LAS PARTES" que interviene en la realización de las acciones materia de este Convenio de Coordinación, mantendrá su adscripción, relación y dependencia laboral en cada una de sus respectivas áreas, por lo que en ningún caso se considerarán patrones solidarios, sustitutos, ni de ninguna otra índole.
DÉCIMA TERCERA. DE LA SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN DE RECURSOS. "LA SECRETARÍA" podrá solicitar el reintegro de los recursos que con motivo de este instrumento se asignen a "EL GOBIERNO DEL ESTADO", cuando se determine que los mismos se destinaron a fines distintos a los previstos en este Convenio o por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en el mismo, previa audiencia de "EL GOBIERNO DEL ESTADO", de conformidad con lo previsto en el artículo 83 del RLFPRH.
DÉCIMA CUARTA. FISCALIZACIÓN. Los subsidios asignados para la creación o fortalecimiento de los Centros de Justicia para las Mujeres no son regularizables y no pierden su carácter federal al ser transferidos a las entidades federativas, por lo que su asignación, ejercicio, comprobación, registro, vigilancia y control se sujetarán a lo dispuesto en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2022; a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento; a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su Reglamento; a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento; al Decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal; a los Criterios y demás disposiciones aplicables en la materia.
Las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública, así como la Auditoría Superior de la Federación, los Órganos Internos de Control de las entidades federativas y los Órganos Técnicos de Fiscalización Federales y Estatales, podrán realizar actividades de fiscalización y auditoría, correspondientes al ejercicio del subsidio en el ámbito de sus respectivas competencias, sujetándose a la legislación aplicable en la materia.
Las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de afectaciones a la Hacienda Pública Federal en que incurran los servidores públicos federales, estatales o locales, así como los particulares que intervengan en la administración, ejercicio o aplicación de los recursos públicos a que se refiere este instrumento, serán sancionadas en los términos de la legislación aplicable.
DÉCIMA QUINTA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Queda expresamente pactado que "LAS PARTES" no tendrán responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, por lo que una vez que desaparezcan las causas que suscitaron su interrupción, se reanudarán las tareas pactadas.
DÉCIMA SEXTA. MODIFICACIONES O ADICIONES. El presente Convenio de Coordinación podrá adicionarse o modificarse en cualquier tiempo durante su vigencia de común acuerdo entre "LAS PARTES", de conformidad con los numerales Trigésimo Octavo, párrafos tercero y quinto; y Trigésimo Noveno de los "CRITERIOS", mediante los convenios modificatorios correspondientes que formarán parte integrante del presente instrumento, y surtirán efecto a partir de la fecha de suscripción de los mismos, los cuales deberán ser publicados en el DOF en un plazo de 15 días hábiles a partir de su suscripción.
DÉCIMA SÉPTIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Coordinación podrá darse por terminado cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
a.     Por estar cumplido el objeto para el que fue celebrado, siempre que no existan obligaciones pendientes de cumplir por "LAS PARTES" y, en su caso, se haya realizado el reintegro de los recursos y rendimientos financieros que procedan, y
b.    En los casos previstos en el capítulo XIX de los "CRITERIOS".
Para tales efectos se levantará una minuta en que se hagan constar las circunstancias específicas que: i) se presenten y establezcan los términos en que se dará por concluida su ejecución; ii) se identifiquen los responsables del resguardo y conservación de la documentación justificativa y probatoria que se haya generado hasta ese momento, y iii) se señale lo procedente respecto del reintegro de los recursos y rendimientos financieros que, en su caso, procedan.
DÉCIMA OCTAVA. VIGENCIA. El presente Convenio entrará en vigor a partir del día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2022. Lo anterior, no exime a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" de presentar la comprobación de los gastos efectuados y reintegrar los recursos remanentes y/o no aplicados a los fines para los que fueron autorizados, junto con los rendimientos financieros correspondientes o, en su caso, las cargas
financieras que se hubiesen generado.
DÉCIMA NOVENA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" están de acuerdo en que el presente instrumento es producto de la buena fe, en razón de lo cual los conflictos que llegasen a presentarse por cuanto hace a su interpretación, formalización, ejecución y cumplimiento, serán resueltos de mutuo acuerdo por "LAS PARTES".
En el supuesto de que subsista discrepancia, "LAS PARTES" están de acuerdo en someterse a la jurisdicción de los Tribunales Federales con residencia en la Ciudad de México, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o legislación que pudiera corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra causa.
VIGÉSIMA. INCUMPLIMIENTO. En el supuesto de que exista algún incumplimiento del presente convenio y/o los acuerdos que del mismo se deriven, "LA SECRETARÍA" a través de la CONAVIM, lo hará del conocimiento de los órganos fiscalizadores competentes sobre las acciones u omisiones que afecten el correcto ejercicio del subsidio otorgado, de conformidad con los numerales Vigésimo Cuarto; Cuadragésimo fracción III, penúltimo párrafo; Cuadragésimo Cuarto fracción VIII y Cuadragésimo Quinto, inciso h de los "CRITERIOS".
VIGÉSIMA PRIMERA. CONFIDENCIALIDAD Y TRANSPARENCIA. "LAS PARTES" Se comprometen a cumplir con las disposiciones que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, sus Reglamentos y las demás disposiciones aplicables.
Asimismo, a efecto de dar cabal cumplimiento al objeto del presente Convenio, y "LAS PARTES" llegaren a tener acceso a datos personales cuya responsabilidad recaiga en la otra Parte, por este medio se obligan a: (i) tratar dichos datos personales únicamente para efectos del desarrollo del Convenio; (ii) abstenerse de tratar los datos personales para finalidades distintas a las instruidas por la otra Parte; (iii) implementar las medidas de seguridad conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, sus Reglamentos y las demás disposiciones aplicables; (iv) guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados; (v) suprimir los datos personales objeto de tratamiento una vez terminado el Convenio y (vi) abstenerse de transferir los datos personales.
En caso de que alguna de "LAS PARTES" llegare a tener conocimiento de datos personales diversos a los señalados en el párrafo anterior, que obren en registros, bases de datos o cualquier otro medio que pertenezca a la otra Parte, en este acto ambas se obligan a respetar las disposiciones que sobre los mismos establece la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, según sea el caso, así como los avisos de privacidad de cada una de ellas, en el entendido de que ante la ausencia de consentimiento de los titulares de tales datos personales, deben abstenerse de llevar a cabo cualquier tipo de tratamiento sobre los mismos.
VIGÉSIMA SEGUNDA. PUBLICACIÓN. Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley de Planeación, el presente instrumento será publicado en el DOF, y el "GOBIERNO DEL ESTADO" lo publicará de conformidad con su normatividad aplicable.
VIGÉSIMA TERCERA. DIFUSIÓN. "LAS PARTES" acuerdan que en la publicidad y difusión del programa se deberá incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa", de conformidad con lo establecido en el artículo 27, fracción II, inciso a del Presupuesto de Egresos de la Federación 2022. De igual manera, todo gasto en la comunicación y divulgación se deberá señalar en forma expresa e idéntica, que se realiza con los recursos federales aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2022.
VIGÉSIMA CUARTA. NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que cualquier comunicación o notificación que se deba efectuar con motivo del presente instrumento será vía correo electrónico, o mediante oficio signado por la autoridad competente remitido por servicio de mensajería en los domicilios señalados en el capítulo de DECLARACIONES, de las comunicaciones telefónicas la CONAVIM deberá levantar constancia de la comunicación. Cualquier cambio de domicilio que "LAS PARTES" efectúen en lo sucesivo, lo deberán notificar por escrito y en forma indubitable a la otra parte, por lo menos con diez días hábiles de anticipación.
Leído por las partes y enteradas del contenido y alcance legal de sus cláusulas, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México, a los 30 días del mes de marzo de 2022.- Por la Secretaría: el
Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez.- Rúbrica.- La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Ma Fabiola Alanís Sámano.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador del Estado de Chiapas, Rutilio Cruz Escandón Cadenas.- Rúbrica.- La Secretaria General de Gobierno, Victoria Cecilia Flores Pérez.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda, Javier Jiménez Jiménez.- Rúbrica.- El Fiscal General del Estado de Chiapas, Olaf Gómez Hernández.- Rúbrica.
ANEXO TÉCNICO DEL CONVENIO DE COORDINACIÓN PARA EL FORTALECIMIENTO DEL CENTRO
DE JUSTICIA PARA LAS MUJERES EN TUXTLA GUTIERREZ, CHIAPAS
1.    Nombre, objetivo, descripción y meta de "El Proyecto":
Nombre o denominación: Fortalecimiento del Centro de Justicia para las Mujeres en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
Objetivo: El Centro de Justicia proporciona una serie de servicios integrales de atención exclusiva a mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, sus hijas e hijos, bajo un mismo techo, estos son: acompañamiento psicológico, asesoría y acompañamiento jurídico, atención médica, trabajo social, área lúdica para niños y niñas, fortalecimiento de la autonomía y casa de tránsito.
Descripción del proyecto y meta que se estima alcanzar en el 2022:
Fortalecimiento del Centro de Justicia para las Mujeres de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas Ubicado en Libramiento Norte Poniente Esquina Calle Real de Catorce # 1795, Colonia CRD Comercial, Municipio Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; financiado con recurso de la Comisión para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (CONAVIM).
De acuerdo al servicio que brindan los Centros de Justicia a las usuarias y a sus hijos e hijas víctimas de violencia se ha propuesto fortalecer el Centro de Justicia para las Mujeres en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, mediante espacios amplios y seguros, mecanismos que permitan facilitar a los visitantes el servicio, ya que el objetivo principal es mejorar el acceso a la justicia y atención integral a las Mujeres que viven situaciones de violencia siendo primordial a la hora de prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres.
Al mejorar esta estructura permitirá que el Centro de Justicia brinde atención de calidad, para sentirse tranquilas al momento de llevar a cabo el proceso jurídico, mediante ayuda psicológica y atención médica para garantizar su seguridad durante toda su estadía.
El mejoramiento consistirá en lo siguiente:
-      Contar con equipamiento que permita a las usuarias ingresar con facilidad así mismo para las personas con capacidades diferentes para ser atendidas e iniciar el proceso jurídico, (suministro y colocación de un elevador con capacidad para 8 personas).
-      Derivado al crecimiento que ha tenido la infraestructura del CEJUM se analizó y se ve la necesidad de dividir cargas eléctricas para el buen funcionamiento del inmueble esto debido a que la demanda de espacios es mayor, y la atención es constante, el quedarse sin energía alentaría los procesos de atención que estos influirían de forma psicológica de la usuaria.
-      En relación al punto anterior es primordial contar con una planta de emergencia que abastezca el área jurídica, para que en el momento de algún siniestro o inconveniente ajeno al edificio las usuarias y el personal que ahí laboren tengan energía eléctrica para desplazarse de un punto a otro.
-      Para el caso del área lúdica se pretende ampliar el espacio para que en el tengan mejor movilidad y hacer más amena la estancia de los niños ya que son los usuarios más vulnerables así mismo se mejoraran los servicios sanitarios infantiles para brindarles seguridad a los niños que se encuentran en espera; Los trabajos consistirán en demolición de loseta y azulejos desmantelamiento de muebles sanitarios en malas condiciones, colocando materiales más resistentes que evitaran el desprendimiento de piezas que originen algún accidente a los niños.
-      Mejoramiento para la casa de tránsito consistirá en demolición de loseta y azulejos para que las usuarias con sus hijos e hijas se encuentren más seguras y poder evitar accidentes posteriores por desprendimiento de las piezas.
Meta de proyecto:
Fortalecer e independizar los accesos con el suministro y colocación de un elevador, una subestación y planta de emergencia necesarios para el buen funcionamiento de los espacios, así mismo con el mejoramiento de baños tanto área lúdica como casa de tránsito que permitan brindar un mejor servicio y seguridad a las usuarias así también como a sus hijos e hijas víctimas de
violencia.
2.    Justificación de la Fortalecimiento del Centro de Justicia para las Mujeres:
El desarrollo del presente proyecto fortalece la coordinación interinstitucional entre el estado y la federación, siempre en la búsqueda de la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres.
Como ha quedado expuesto, también se fortalecerá la atención integral, profesional e interdisciplinaria que brinda el Centro de Justicia para las Mujeres en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, a través del otorgamiento de servicios con mayor calidad y calidez; además de la adecuación y conformación de espacios que brinden comodidad a las víctimas respondiendo a sus necesidades puntuales mediante espacios dignos y confortables, que le permitan reconocer que se encuentran en un lugar que les transmite confianza y seguridad.
Es bien sabido que el proceso de orientación y acompañamiento a las mujeres, sus hijas e hijos, a través de las áreas psicológica, lúdica, médica, de trabajo social, de fortalecimiento de la autonomía de las mujeres y jurídica, implica que éstas permanezcan en las instalaciones del Centro de Justicia para las Mujeres en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas por un lapso de tiempo considerable, por lo que la estancia deberá ser lo más armónica y confortable posible durante toda la atención integral.
3.    Datos de contacto:
Titular de la Fiscalía General del Estado de Chiapas o Dependencia Estatal responsable de "El Proyecto":
-     Nombre: Olaf Gómez Hernández.
-     Cargo: Fiscal General del Estado.
-     Área de adscripción: Fiscalía General del Estado de Chiapas.
-     Número de teléfono: 961 61 72 300, Ext. 17258
-     Correo electrónico que de conformidad con el numeral Décimo Segundo, fracción VII, inciso e) de los Criterios 2022, es el correo en el que acepta recibir todas las notificaciones: staff_secretarial@fge.chiapas.gob.mx
Datos de la persona enlace del Estado:
-     Nombre: Flor de Rocío García Cadenas
-     Cargo: Directora de los Centros de Justicia para las Mujeres en el Estado de Chiapas
-     Área de adscripción: Centro de Justicia para las Mujeres en el Estado de Chiapas
-     Número de Teléfono: 961 617 23 00, Ext. 17594
-     Correo electrónico: cejum.chiapas@fge.chiapas.gob.mx
-     Oficio de designación: FGE/0864/2021
3.1 Descripción de las funciones del enlace estatal:
-     Las establecidas en la cláusula quinta del Convenio de Coordinación que regula el presente Anexo Técnico (Convenio).
-     Será la encargada de responder oportunamente a las solicitudes emitidas por la Secretaría de Gobernación a través de la CONAVIM.
-     Dará seguimiento a la documentación e informes que se soliciten para dar cumplimiento al Convenio.
4.    Fiscalía General o Dependencia Estatal responsable de "El Proyecto":
Nombre: Fiscalía General del Estado de Chiapas.
4.1 Descripción de las responsabilidades:
La Fiscalía General del Estado de Chiapas será la encargada de realizar los procesos de licitación y adjudicación necesarios para la contratación de la empresa constructora que llevará a cabo la ejecución de Fortalecimiento del Centro de Justicia para las Mujeres en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, así mismo, será la responsable de la supervisión de la obra, la entrega de informes y la justificación del ejercicio de los recursos.
Lo anterior será realizado en estricto apego a la normatividad aplicable en todas las etapas de la ejecución del proyecto.
5.    Descripción y ubicación del inmueble:
 
5.1 Descripción:
  Escritura Pública número: Protocolo Especial número 111
  Clave Catastral del inmueble: 0101000133183001
  Superficie en m2: 2,039.52 m2
  Medidas y colindancias: ubicado en latitud: 16°46'14.57"N longitud: - 93°07'56.09"W.
  Certificado de Libertad de Gravamen: 3778630
  Valor catastral en moneda nacional: $14, 404,244.00 (Catorce millones cuatrocientos cuatro mil doscientos cuarenta y cuatro pesos 00/100 M.N.)
5.2 Ubicación:
  Calle: Libramiento Norte Poniente esquina Calle Real de Catorce
  Número Interior: 1795
  Colonia: CRD Comercial
  Código Postal: 29038
  Municipio: Tuxtla Gutiérrez
  Entidad Federativa: Chiapas
5.3 Croquis:

6.     Monto total del proyecto en todas sus etapas, el número de etapas proyectadas hasta su conclusión y el monto de la aportación federal autorizada por el Comité en el ejercicio fiscal 2022:
-     Monto Total de "El Proyecto" en todas sus Etapas de construcción:
$3,500,000.00 (Tres millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.)
-     Número de etapas proyectadas hasta su conclusión:
Una etapa para su conclusión (actualmente no se cuenta con ningún avance físico de la obra), por lo que se inicia y concluye al 100% durante el ejercicio fiscal 2022.
Aportación Federal otorgada por la CONAVIM:
Monto: $3,500,000.00 (Tres millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.)
En su caso (eliminar si no aplica):
 
6.1 Aportación Estatal a "El Proyecto":
El Estado libre y soberano de Chiapas aportará el terreno donde actualmente se encuentra el Centro de Justicia para las Mujeres en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; ubicado en tramo el Libramiento Norte Poniente esquina Calle Real de Catorce número 1795 en el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; con latitud: 16°46'14.57"N longitud: - 93°07'56.09"W; cuyo valor asciende a $14,404,244.00 (Catorce millones cuatrocientos cuatro mil doscientos cuarenta y cuatro pesos 00/100 M.N.) de acuerdo con la Cédula-Avalúo Catastral del 24 de noviembre de 2021, con número de Folio CVF-796742/2021.
7.     Fecha estimada del inicio de la obra, en la Etapa que se construye en 2022: (Los trabajos de construcción previstos en el 2022 se ejecutarán a partir de la transferencia del subsidio asignado. Una vez transferido dicho subsidio, la Fiscalía General del Estado de Chiapas, responsable de "El Proyecto" será la encargada de ajustar la programación de dicha obra, con la finalidad de que éstos sean devengados y comprobados a más tardar el 31 de diciembre de 2022).
-     Fecha: de julio de 2022
8.     Fecha estimada para la conclusión de la etapa que se construye en el 2022 y fecha estimada de conclusión de la obra en su totalidad (en su caso de considerar varias etapas en diferentes ejercicios fiscales):
       Fecha estimada para la conclusión de la etapa que se construye en el 2022:
-     Fecha: 31 de diciembre de 2022.
       Fecha estimada de conclusión de la obra en su totalidad, en caso de que rebase el ejercicio fiscal 2022:
       No aplica.
9.     Cronograma de avance físico-financiero de "El Proyecto", exclusivamente de la aportación que otorgue la CONAVIM, en el que se señale mes a mes la duración de la obra y los conceptos de obra que se hayan programado con el subsidio otorgado.
a)   Catálogo de Conceptos de la Etapa que se construye en el 2022:
FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE CHIAPAS

Dependencia:
FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE CHIAPAS
 
SUBDIRECCIÓN DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO
 
Obra:
FORTALECIMIENTO DEL CENTRO DE JUSTICIA PARA LAS
 
MUJERES DE TUXTLA GUTIÉRREZ
Ciudad
TUXTLA GUTIÉRREZ, CHIAPAS.
CATÁLOGO DE CONCEPTOS
 
 
Código
Concepto
Unidad
Cantidad
P. Unitario
Importe
%
LUDOTECA
 
BAÑOS
 
 
 
 
 
P.UA. 009
MEJORA DE BAÑOS (BAÑO HOMBRES Y BAÑO MUJERES) QUE CONSISTE EN: DESMONTAR 4 MUEBLES SANITARIOS, DEMOLICIÓN DE 3.96 M2 DE PISO DE LOSETA, DEMOLICIÓN DE 17.72 M2 DE RECUBRIMIENTO DE AZULEJO EN MUROS, ACARREO EN CAMIÓN CON CARGA MANUAL DE 0.85 M3 EN PRIMER KM S/PAVIMENTO Y 3.40 M3 EN KM SUBSECUENTES DEL KM 2 AL 20 S/PAVIMENTO DE MATERIAL PRODUCTO DE LAS DEMOLICIONES, SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE 2 COLADERAS No. 24 (PISO), 2 WC INFANTIL CON DESCARGA DIRECTA A BASE DE VÁLVULA DE COMPUERTA, 2 LAVABO INFANTIL CON CENEXIONES, 2 MESETAS PARA LAVABO DE SECCIÓN DE 0.80X0.60 Y 10 CM DE ESPESOR ARAMADO CON VRS. No3 A CADA 20 CM A/S, SOPORTADO POR 2 MURETES DE 60 CM. ALTURA A BASE DE BLOCK SOLIDO DE 15X20X40 CM ACABADO CON REVESTIMIENTO DE MORTERO CEMENTO ARENA 1:5, ACABADO PULIDO CON COLOR, 3.96 M2 DE PISO A BASE DE CONCRETO F'C=150 KG/CM2 DE 6 CM DE ESPESOR ACABADO PULIDO O TEXTURA CON COLOR INCLUIDO, 17.72 M2 DE RECUBRIMIENTO EN MURO A BASE DE MORTERO CEMENTO-ARENA EN PROPORCION 1:5 ACABADO PULIDO CON COLOR INTEGRADO; INCLUYE: MATERIALES, ACARREOS, HERRAMIENTA MENOR, MANO DE OBRA Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN.
LOTE
1.00
$37,702.66
$37,702.66
 
 
 
AREA LUDICA
P.U.A. 010
 
DESMANTELAMIENTO DE CANCELERÍA DE ALUMINIO CON CRISTAL CON RECUPERACIÓN DEL MATERIAL, PARA SU REUBICACIÓN EN EL ÁREA DE AMPLIACIÓN. INCLUYE: SILICON, MATERIAL PARA SU FIJACIÓN, ACARREO, HERRAMIENTA MENOR, MANO DE OBRA Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN.
M2
13.02
$205.04
$2,669.62
 
P.U.A. 003
SUMINISTRO, FABRICACIÓN Y MONTAJE DE MURO DE TABLAROCA, DOS CARAS; INCLUYE: SU TRAZO, BASTIDOR FORMADO POR CANAL GALVANIZADO ANCLADO A PISO Y/O MURO Y POSTE GALVANIZADO @ 61CM, FIJACIÓN DE HOJAS CON TORNILLOS AUTOROSCABLES, SELLO Y CALAFATEO DE JUNTAS CON PERFACINTA Y REDIMIX, BOQUILLAS Y ESQUINEROS GALVANIZADOS, CORTES, AJUSTES, DESPERDICIOS, LIMPIEZA. CON TABLAROCA DE 13 MM. DE ESPESOR, PINTURA VINÍLICA, Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN. (P.U.A.)
M2
10.32375
$607.67
$6,273.43
 
1108000061
ACARREOS EN CAMIÓN CON CARGA MANUAL, DEL PRODUCTO DE LAS DEMOLICIONES DE MAMPOSTERÍA, ROCA SUELTA, CARPETAS, EMPEDRADOS Y SIMILARES. MEDIDO SUELTO PRIMER KILÓMETRO PAVIMENTO Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN. (SOPyC 2018)
M3
1.68
$156.94
$263.66
 
1108000032
ACARREOS EN CAMIÓN DE TIERRA Y MATERIAL MIXTO, PRODUCTO DE LAS EXCAVACIONES QUE NO SEAN ROCA, MEDIDO SUELTO, DEMOLICIONES DE MAMPOSTERIA, DEMOLICIONES DE CONCRETO, TALA DE ARBOLES. KM 2 AL KM 20 EN PAVIMENTO Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN. (SOPyC 2018)
M3-KM
6.72
$13.51
$90.79
 
00
SUBTOTAL LUDOTECA
 
 
 
$47,000.16
1.56%
 
 
CASA DE TRÁNSITO
 
BAÑOS DORMITORIOS
 
 
 
 
 
P.U.A. 024
MEJORA DE BAÑOS QUE CONSISTE EN: DESMONTAR 6 MUEBLES SANITARIOS, DEMOLICIÓN DE 12.16 M2 DE PISO DE LOSETA, DEMOLICIÓN DE 39.67 M2 DE RECUBRIMIENTO DE AZULEJO EN MUROS, DESMANTELAMIENTO DE 6.92 M2 DE CANCEL PARA BAÑO, SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE 6.92 M2 DE MAMPARA A BASE DE PERFIL DE ALUMINIO BLANCO DE 2" Y POLYACRÍLICO, ACARREO EN CAMION CON CARGA MANUAL DE 2.02 M3 EN PRIMER KM S/PAVIMENTO Y 8.08 M3 EN KM SUBSECUENTES DEL KM 2 AL 20 S/PAVIMENTO DE MATERIAL PRODUCTO DE LAS DEMOLICIONES, SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE 3 COLADERAS No. 24 (PISO), 3 WC CON DESCARGA DIRECTA A BASE DE VÁLVULA DE COMPUERTA, 3 LAVABO CON CONEXIONES, 3 MESETAS PARA LAVABO DE SECCION DE 0.80X0.60 Y 10 CM DE ESPESOR ARAMADO CON VRS. No3 A CADA 20 CM A/S, SOPORTADO POR 2 MURETES DE 80 CM. ALTURA A BASE DE BLOCK SOLIDO DE 15X20X40 CM ACABADO CON REVESTIMIENTO DE MORTERO CEMENTO ARENA 1:5, ACABADOPULICO CON COLOR, 12.6 M2 DE PISO A BASE DE CONCRETO F'C=150 KG/CM2 DE 6 CM DE ESPESOR ACABADO PULIDO O TEXTURA CON COLOR INCLUIDO, 39.67 M2 DE RECUBRIMIENTO EN MURO A BASE DE MORTERO CEMENTO-ARENA EN PROPORCION 1:5 ACABADO PULIDO CON COLOR INTEGRADO; INCLUYE: MATERIALES, ACARREOS, HERRAMIENTA MENOR, MANO DE OBRA Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN.
LOTE
1.00
$93,731.08
$93,731.08
 
 
SUBTOTAL CASA DE TRÁNSITO
 
 
 
$93,731.08
3.42%
 
 
ELEVADOR, PLANTA DE EMERGENCIA Y SUBESTACIÓN
 
ELEVADOR
 
 
 
 
 
P.U.A. 051
SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE ELEVADOR ELÉCTRICO MARCA FUJITZY, CON CAPACIDAD PARA 8 PERSONAS (CAPACIDAD MÁXIMA DE 650 KG.), CON PARO EN 3 ESTACIONES, EL PRECIO INCLUYE: MATERIALES NECESARIO PARA SU INSTALACIÓN, POLEAS, CADENAS, FRENADO CON ZAPATAS ELÉCTRICAS Y SENSORES DE POSICIÓN, PUERTAS DE ACERO INOXIDABLE, CON UN DESARROLLO MÁXIMO DE HASTA 12 METROS. TARJETAS INTELIGENTES, MODULOS DE CONTROL Y SUPRESORES DE VOLTAJE, SENSORES EN PUERTAS, DISPOSITIVOS DE ANCLAJE POR FALTA DE ENERGIA ELÉCTRICA, MOTOR TRIFÁSICO ELÉCTRICO ULTRA SILENCIOSO, MANO DE OBRA ESPECIALIZADA. INCLUYE OBRA CIVIL.
PZA
1.0000
1,522,916.48
$1,522,916.48
 
 
SUBTOTAL ELEVADOR
 
 
 
$1,522,916.48
50.47%
SUBESTACION 45 KVA Y PLANTA DE EMERGENCIA 77 KVA
P.U.A. 052
SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE PLANTA DE EMERGENCIA PLANELEC FABRICADA CON MOTOR CUMMINS Y GENERADOR STAMFORD MODELO: 033G12D0062B0200, TIPO DE ARRANQUE AUTOMÁTICO, CON CASETA ACÚSTICA. CON LAS CARACTERÍSTICAS SIGUIENTES: 62 KW / 77 KVA DE EMERGENCIA, VOLTAJE DE SALIDA
PZA
1.0000
698,209.32
$698,209.32
 
 
120 /220 VOLTS, 3F 4H, BATERIA, TRANSFORMADOR TIPO DONA, TUBERIA PARA SALIDA DE GASES, MOTOR DIESEL 4 CILINDROS EN LÍNEA MARCA CUMMINS, TANQUE DE COMBUSTIBLE DE 137 LITROS INTEGRADO, TURBO CARGADO, RADIADOR DE ENFRIADO, SISTEMA DE ARRANQUE A 12 VOLTS,
 
 
 
 
 
 
 
 
GENERADOR STAMFORD MODELO UCI 224 D, CUMPLE CON LAS NORMAS ASA Y NEMA. TABLERO DE TRANSFERENCIA, GABINETE AUTO SOPORTADO CON SWITCH DE TRANSFERENCIA DE 400 AMPERES 127/220 VOLTS Y MODULO DE CONTROL DSE 4520 Y CASETA ACÚSTICA, EL PRECIO INCLUYE: BASE DE CONCRETO ARMADO, ANCLAS PARA SU FIJACIÓN, DUCTOS Y REGISTROS ELÉCTRICO POR PISO, CABLES ALIMENTADORES, CONEXIÓN A LA RED DE CFE Y VICEVERSA.
 
 
 
 
 
P.U.A. 053
TRAMITE Y PAGO DE LA UNIDAD DE VERIFICACIÓN DE LAS INSTALACIONES ELECTRICAS Y EFICIENCIA ENERGÉTICA EN MEDIA TENSIÓN, PARA UNA SUBESTACIÓN ELÉCTRICA TIPO PEDESTAL DE 45 KVA TRIFÁSICO. INCLUYE; REVISIÓN, COMPROBACIÓN Y APROVACIÓN DEL PROYECTO Y TÉCNICA.
LOTE
1.0000
191,750.00
$191,750.00
 
 
SUPERVISIÓN FÍSICA DE LAS INSTALACIONES DURANTE Y DESPUÉS DE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS, PRUEBAS DE FUNCIONAMIENTO EN SITIO, LIBERACIÓN DEL DICTAMEN TÉCNICO DE LOS TRABAJOS ELÉCTRICOS, APLICANDO LAS CORRESPONDIENTES NORMAS: NOM-001-SEDE-2012
 
 
 
 
 
 
MEMORIA (INSTALACIONES ELÉCTRICAS-UTILIZACIÓN), NOM-007-ENER-2004 (EFICIENCIA ENERGÉTICA PARA SISTEMAS DE ALUMBRADO EN EDIFICIOS NO RESIDENCIALES), NOM -013-ENER-2004 (EFICIENCIA ENERGÉTICA EN SISTEMAS EXTERIORES DE EDIFICIOS). ADEMÁS, EL ASPIRANTE DE UNIDAD
 
 
 
 
 
 
DE VERIFICACIÓN ELÉCTRICA DEBERA DE CONTAR CON LO SIGUIENTE: 1.- CON UNA ACREDITACIÓN VIGENTE POR PARTE DE UNA ENTIDAD DE ACREDITACIÓN Y UNA APROBACIÓN VIGENTE DE LA SECRETARÍA DE ENERGÍA. 2.- EL DOCUMENTO SERA FOLIADO Y ELABORADO EN PAPEL
 
 
 
 
 
 
 
 
SEGURIDAD QUE EMITE Y FIRMA BAJO SU RESPONSABILIDAD LA UNIDAD DE VERIFICACIÓN VIGENTE, ESTO CON EL OBJETO DE QUE DICHAS INSTALACIONES OFREZCAN CONDICIONES, ADECUADAS DE SEGURIDAD PARA LAS PERSONAS Y SUS PROPIEDADES. ADEMÁS, DEBERA DE ENTREGAR A ESTE INSTITUTO COPIA IMPRESA Y DIGITAL Y/O CUALQUIER OTRA FORMA DE CERTIFICACIÓN DE LOS TRÁMITES REALIZADOS.
 
 
 
 
 
P.U.A. 054
SISTEMA DE TIERRA FISICA PARA SUBESTACIÓN DE 45 A 150 KVA, TIPO DELTA CON TIERRA ARMADA Y SALIDA A PARA RAYOS INCLUYE: DISEÑO, CÁLCULO DE LA RESISTIVIDAD, DISEÑO DEL SISTEMA DE TIERRA, INCLUYE: EXCAVACIÓN, RELLENOS, MEJORAMIENTO DEL TERRENO (CON BENTONITA U OTRO MATERIAL NO CORROSIVO), CONCRETOS, ACEROS, MALLAS DE ACERO, VARILLAS COPPERWELD, CABLES DE COBRE, CONECTORES, REGISTROS, MATERIALES, MANO DE OBRA, HERRAMIENTA Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN. CON UN VALOR DE RESISTENCIA MÁXIMA EN EL SISTEMA DE TIERRAS DE 25 OHMS.
PZA
1.0000
77,125.23
$77,125.23
 
P.U.A. 055
SUMINISTRO, INSTALACION, COLOCACIÓN, CONEXIÓN DEL TABLERO TIPO I-LINE INT 3X200 AMP. INCLUYE INTERRUPTOR GENERAL, SINCRONIZADO CON EL TABLERO DE TRANSFERENCIA. INCLUYE: MATERIELALES, MANO DE OBRA, HERRAMIENTA Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN.
PZA
1.0000
103,708.41
$103,708.41
 
P.U.A. 056
SUMUNISTRO E INSTALACIÓN DE SISTEMA PARA RAYOS COMPLETO CON LA CAPACIDAD PARA TODO EL SISTEMA. INCLUYE: MATERIALES, MANO DE OBRA, HERRAMIENTA Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN.
PZA
1.0000
46,012.67
$46,012.67
 
 
 
P.U.A. 057A
SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE TRANSFORMADOR TRIFÁSICO TIPO PEDESTAL NORMA "J" DE 45 KVA CON RELACIÓN DE TRANSFORMACIÓN DE 13200-220/127 VOLTS, NMX, MARCA ZETRAK; INCLUYE: ACARREO, FLETE AL LUGAR DE LA OBRA, MANIOBRAS DE COLOCACIÓN CON EQUIPO HIDRÁULICO,
PZA
1.0000
134,537.58
$134,537.58
 
 
CONEXIONES, PRUEBAS, HERRAMIENTA MENOR, MANO DE OBRA Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN.INCLUYE (EN SU CASO): 3 CUCHILLAS. 3 APARTARRAYOS, BASE PARA TRANSFORMADOR, POSTE DE 9-450, PARRILLA, SOPORTES, SISTEMA DE TIERRA (HERRAJES NECESARIOS), INCLUYE: ACARREOS FUERA Y DENTRO DE LA OBRA, TRAMITES DE FACTIBILIDAD, PROTOCOLO, PLANOS FIRMADOS POR PERITO AUTORIZADO, SEGÚN NORMAS C.F.E.
 
 
 
 
 
P.U.A. 058
CONVERSIÓN Y ADECUACIÓN DE CABLEADO DE ALIMENTADORES DE LA RED DE BAJA TENSIÓN EXISTENTE, EL PRECIO INCLUYE: DESCONECTAR EL TRANSFORMADOR GENERAL, RETIRO Y BAJADA DEL TRANSFORMADOR DEL POSTE, LIBRANZA POR PARTE DE LA CFE NO INCLUYE PAGOS ANTE CFE,
LOTE
1.0000
102,250.45
$102,250.45
 
 
ACONDICIONAR LA RED DE BAJA TENSION AL NUEVO TRANSFORMADOR DE 150 KVA, IDENTIFICACIÓN DE CIRCUITOS Y AMPLIACION DE LAS CONEXIONES HACIA EL TABLERO GENERAL, PARA PODER SWICHEAR CON EL TABLERO DE TRANSFERENCIA Y PODER ABASTECER DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR MEDIO DE LA PLANTA DE EMERGENCIA A TODO EL EDIFICIO.
 
 
 
 
 
SUBTOTAL SUBESTACIÓN 45 KVA Y PLANTA DE EMERGENCIA
$1,353,593.66
44.86%
SUBTOTAL
$3,017,241.38
100.00%
IVA
$482,758.62
 
TOTAL
$3,500,000.00
 
b)    Cronograma de avance físico-financiero del proyecto:
 
FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO
Coordinación General de Administración y Finanzas
Subdirección de Conservación y Mantenimiento
 
FORTALECIMIENTO DEL CENTRO DE JUSTICIA PARA LAS MUJERES EN TUXTLA GUTIÉRREZ, CHIAPAS
Fiscalía General del Estado de Chiapas
FORTALECIMIENTO DEL CENTRO DE JUSTICIA PARA LAS MUJERES EN TUXTLA GUTIÉRREZ, CHIAPAS
Duración de la Obra (06) meses.
Descripción del
concepto de obra
Total del monto
a ejecutar
Avance
Mes 1
Mes 2
Mes 3
Mes 4
Mes 5
Mes 6
 
 
 
 
 
 
 
 
 
LUDOTECA
$47,000.16
 
$47,000.16
 
 
 
 
 
1.56%
 
1.56%
 
 
 
 
 
CASA DE
TRÁNSITO
$93,731.08
 
$93,731.08
 
 
 
 
 
3.11%
 
3.11%
 
 
 
 
 
ELEVADOR
$1,522,916.48
 
$152,291.65
$304,583.30
$380,729.12
$395,958.28
$137,062.48
$152,291.65
50.47%
 
5.05%
10.09%
12.62%
13.12%
4.54%
5.05%
SUBESTACIÓN Y
PLANTA DE
EMERGENCIA
$1,353,593.66
 
 
$257,182.80
$324,862.48
$351,934.35
$284,254.67
$135,359.36
44.86%
 
 
8.52%
10.77%
11.66%
9.42%
4.49%
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
TOTALES
$3,017,241.38
 
 
 
 
 
 
 
100.00%
 
 
 
 
 
 
 
 
$293,022.89
$561,766.10
$705,591.60
$747,892.63
$421,317.15
$287,651.01
Porcentaje de avance físico acumulado de la obra
100.00%
9.72%
18.61%
23.39%
24.78%
13.96%
9.54%
Subtotal del costo de la obra
$3,017,241.38
16% IVA
$482,758.62
Total del costo de la obra
$3,500,000.00
 
Leído por las partes y enteradas del contenido y alcance legal del Anexo Técnico, lo firman en cuatro ejemplares en la Ciudad de México, a los __________ días del mes de ___________ de 2022.- Por la Secretaría: el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez.- Rúbrica.- La Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Ma Fabiola Alanís Sámano.- Rúbrica.- Por el Gobierno del Estado: el Gobernador del Estado de Chiapas, Rutilio Cruz Escandón Cadenas.- Rúbrica.- La Secretaria General de Gobierno, Victoria Cecilia Flores Pérez.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda, Javier Jiménez Jiménez.- Rúbrica.- El Fiscal General del Estado de Chiapas, Olaf Gómez Hernández.- Rúbrica.