OFICIO 500-05-2022-6035 mediante el cual se comunica listado global definitivo en términos del artículo 69-B, párrafo cuarto del Código Fiscal de la Federación.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.- Administración General de Auditoría Fiscal Federal.- Administración Central de Fiscalización Estratégica.

Oficio: 500-05-2022-6035
Asunto:  Se comunica listado global definitivo en términos del artículo 69-B, párrafo cuarto del Código Fiscal de la Federación.
La Administración Central de Fiscalización Estratégica, adscrita a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 7, fracciones VII, XII y XVIII y 8, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 15 de diciembre de 1995, reformada por Decreto publicado en el propio Diario Oficial de la Federación del 12 de junio de 2003; 1, 2, párrafos primero, apartado B, fracción III, inciso e), y segundo, 5, párrafo primero, 13, fracción VI, 23, apartado E, fracción I, en relación con el artículo 22, párrafos primero, fracción VIII, y último, numeral 5, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2015, vigente a partir del 22 de noviembre de 2015, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero del Artículo Primero Transitorio de dicho Reglamento y reformado mediante Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, y por el que se expide el Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Aduanas de México, publicado en el mismo órgano oficial el 21 de diciembre de 2021, vigente a partir del 01 de enero de 2022, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo Primero Transitorio de dicho Decreto; Artículo Tercero, fracción I, inciso a), del Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a los Servidores Públicos del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 23 de junio de 2016, vigente a partir del 23 de julio de 2016, de conformidad con lo dispuesto en el artículo Transitorio Primero de dicho Acuerdo; así como en los artículos 33, último párrafo, 63 y 69-B, párrafos primero, cuarto y quinto del Código Fiscal de la Federación notifica lo siguiente:
Derivado del ejercicio de las atribuciones y facultades señaladas en el artículo 69-B, párrafos primero y segundo del Código Fiscal de la Federación, las autoridades fiscales que se citan en el Anexo 1 que es parte integrante del presente oficio, detectaron que los contribuyentes señalados en dicho Anexo 1 emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes.
Detectada tal situación, las citadas autoridades fiscales, a fin de dar cumplimiento al artículo 69-B, párrafo segundo del Código Fiscal de la Federación, así como al numeral 69 del Reglamento del citado Código, emitieron oficio de presunción individual a cada uno de los contribuyentes mencionados en el citado Anexo 1, y en dicho oficio se indicó los motivos y fundamentos por los cuales los contribuyentes se ubicaron en la hipótesis a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.
Ahora bien, los oficios individuales señalados en el párrafo que precede fueron notificados a cada contribuyente en los términos precisados en el Anexo 1, apartado A, del presente oficio, el cual es parte integrante del mismo.
Por otra parte, el listado global de presunción fue notificado en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria y mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en los términos precisados en el anexo 1, apartado B y C, del presente oficio, el cual es parte integrante del mismo, lo anterior de conformidad con la prelación establecida en el artículo 69, primer párrafo del Reglamento del Código Fiscal de la Federación vigente, en relación con el artículo 135 del Código Fiscal de la Federación.
 
Atendiendo lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, en los oficios de presunción individual las autoridades fiscales otorgaron a cada contribuyente un plazo de quince días hábiles contados a partir de la última de las notificaciones antes efectuadas, para que realizaran las manifestaciones y aportaran las pruebas que consideraran pertinentes para desvirtuar los hechos dados a conocer mediante los citados oficios, apercibidos que si transcurrido el plazo concedido no aportaban la documentación e información y/o la que exhibieran, una vez valorada, no desvirtuaba los hechos señalados en los oficios de mérito, se procedería por parte de dichas autoridades, en términos del cuarto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, primero a notificarles la resolución individual definitiva, así como a la publicación de sus nombres, denominaciones o razones sociales en el listado de contribuyentes que no desvirtuaron los hechos dados a conocer y por tanto, se encontrarían en forma definitiva en la situación a que se refiere el primer párrafo del citado artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.
Una vez transcurrido el plazo señalado en el párrafo anterior, y en virtud de que los contribuyentes durante el plazo establecido en el segundo párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, no se apersonaron ante la autoridad fiscal correspondiente no obstante estar debidamente notificados y, por lo tanto, no presentaron ninguna documentación tendiente a desvirtuar los hechos dados a conocer mediante los citados oficios individuales, se hizo efectivo el apercibimiento y por lo tanto las autoridades fiscales procedieron a emitir las resoluciones individuales definitivas en las que se determinó que al no haberse apersonado ante la autoridad no desvirtuaron los hechos que se les imputan, y, por tanto, que se actualiza definitivamente la hipótesis prevista en el primer párrafo de este artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, ello por las razones expuestas en dichas resoluciones definitivas.
Cabe señalar que las resoluciones definitivas señaladas en el párrafo anterior fueron debidamente notificadas en los términos señalados en los párrafos que anteceden a cada uno de los contribuyentes señalados en el Anexo 1, apartado D del presente oficio.
Por lo anteriormente expuesto y, tomando en cuenta que el cuarto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, señala que en ningún caso se publicará el listado antes de los treinta días hábiles posteriores a la notificación de la resolución y que, a la fecha ha transcurrido dicho plazo desde la notificación de la resolución y, además, las citadas autoridades no han sido notificadas de alguna resolución o sentencia concedida a favor de esos contribuyentes que ordene la suspensión o declare la nulidad o revocación del procedimiento previsto en el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, que se les tiene iniciado; por tanto, con la finalidad de dar cabal cumplimiento al Resolutivo Tercero contenido en las citadas resoluciones definitivas, esta Administración Central de Fiscalización Estratégica adscrita a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria, en apoyo a las autoridades fiscales señaladas en el Anexo 1 del presente, procede a agregar los nombres, denominaciones o razones sociales de los contribuyentes señalados en el Anexo 1 del presente oficio, en el listado de contribuyentes que no desvirtuaron los hechos que se les imputaron y por tanto, se encuentran en forma definitiva en la situación a que se refiere el primer párrafo del citado artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, por los motivos y fundamentos señalados en las resoluciones definitivas notificadas a cada uno de ellos, listado que se publicará en la página de internet del Servicio de Administración Tributaria (www.sat.gob.mx) así como en el Diario Oficial de la Federación, a efecto de considerar, con efectos generales, que los comprobantes fiscales expedidos por dichos contribuyentes no producen ni produjeron efecto fiscal alguno, tal y como lo declara el quinto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación; lo anterior, toda vez que es de interés público que se detenga la facturación de operaciones inexistentes, así como que la sociedad conozca quiénes son aquéllos contribuyentes que llevan a cabo este tipo de operaciones.
Atentamente
Ciudad de México, a 18 de abril de 2022.- En suplencia por ausencia del Administrador Central de Fiscalización Estratégica, del Coordinador de Fiscalización Estratégica y de los Administradores de Fiscalización Estratégica "1", "2", "3", "4", "5" y "6" con fundamento en los artículos 4, cuarto párrafo, y 22, último párrafo, numeral 5 inciso h), del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria vigente, Firma: La Administradora de Fiscalización Estratégica "7", Lic. Cintia Aidee Jáuregui Serratos.- Rúbrica.
 
Anexo 1 del oficio número 500-05-2022-6035 de fecha 18 de abril de 2022 correspondiente a contribuyentes que, NO aportaron argumentos ni pruebas para desvirtuar el motivo por el que se les notificó el oficio de presunción, motivo por el cual se actualizó DEFINITIVAMENTE la situación a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.
Apartado A.- Notificación del OFICIO DE PRESUNCIÓN conforme a los párrafos primero y segundo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, en relación con el artículo 69 de su Reglamento.
 
R.F.C.
Nombre,
denominación o
razón social del
Contribuyente
No. y fecha
del oficio de
presunción
Autoridad
emisora del oficio
de presunción
Medio de notificación al contribuyente
Estrados de la autoridad
Notificación Personal
Notificación por Buzón
Tributario
Fecha de
fijación en
los estrados
de la
Autoridad
Fiscal
Fecha en que
surtió efectos
la notificación
Fecha de
notificación
Fecha en que
surtió efectos
la notificación
Fecha de
notificación
Fecha en que
surtió efectos
la notificación
1
AIHA690912L10
ARVIZU HERNANDEZ
AIDE ZULEMA
500-19-00-05-
01-2019-
10943 de
fecha 29 de
agosto de
2019
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Chiapas "1"
 
 
 
 
4 de
septiembre de
2019
5 de
septiembre de
2019
2
AVS150707PY8
ATENCION, VIDA Y
SALUD, S.C.
500-05-2020-
28731 de
fecha 26 de
noviembre de
2020
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
 
 
 
 
3 de diciembre
de 2020
4 de diciembre
de 2020
3
BULI900602GP4
BURGOS LOPEZ
ILSE BRICEIDA
500-27-00-08-
02-2021-
01893 de
fecha 23 de
febrero de
2021
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Guerrero "1"
10 de junio
de 2021
22 de junio de
2021
 
 
 
 
4
DCO160226DH4
DUBAXA
CONSTRUCTORA,
S.A. DE C.V.
500-27-00-07-
01-2021-1672
de fecha 14 de
abril de 2021
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Guerrero "1"
14 de mayo
de 2021
26 de mayo de
2021
 
 
 
 
5
GES140410354
GESTUM, S.C.
500-19-00-05-
01-2020-
12878 de
fecha 27 de
octubre de
2020
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Chiapas "1"
 
 
 
 
4 de noviembre
de 2020
5 de
noviembre de
2020
6
LOVT901213RZ9
LOPEZ VALLADARES
TONANTZIN ROCIO
500-27-00-08-
02-2021-
04495 de
fecha 25 de
mayo de 2021
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Guerrero "1"
3 de junio de
2021
15 de junio de
2021
 
 
 
 
7
OAG160129NM3
OPERADORA DE
ALIMENTOS EN
GRUPO GURU, S.A.
DE C.V.
500-74-06-02-
03-2020-9883
de fecha 12 de
junio de 2020
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Distrito Federal "4"
 
 
 
 
18 de junio de
2020
19 de junio de
2020
8
SEVA8811036NA
SEGURA VARGAS
ARMANDO
500-27-00-08-
02-2021-
04269 de
fecha 28 de
abril de 2021
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Guerrero "1"
30 de junio
de 2021
12 de julio de
2021
 
 
 
 
9
SVA140207MQ3
SECTOR VAGO, S.A.
DE C.V.
500-19-00-05-
01-2020-
13132 de
fecha 19 de
noviembre de
2020
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Chiapas "1"
 
 
 
 
25 de
noviembre de
2020
26 de
noviembre de
2020
 
Apartado B.- Notificación en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria
 
R.F.C.
Nombre, denominación o razón
social del Contribuyente
Número y fecha de oficio
global de presunción
Autoridad emisora del
oficio global de
presunción
Fecha de notificación en la
página de internet del
Servicio de Administración
Tributaria
Fecha en que surtió
efectos la notificación
1
AIHA690912L10
ARVIZU HERNANDEZ AIDE ZULEMA
500-05-2019-27980 de
fecha 1 de octubre de 2019
Administración Central de
Fiscalización Estratégica
1 de octubre de 2019
2 de octubre de 2019
2
AVS150707PY8
ATENCION, VIDA Y SALUD, S.C.
500-05-2021-26189 de
fecha 03 de noviembre de
2021
Administración Central de
Fiscalización Estratégica
3 de noviembre de 2021
4 de noviembre de
2021
3
BULI900602GP4
BURGOS LOPEZ ILSE BRICEIDA
500-05-2021-15394 de
fecha 1 de julio de 2021
Administración Central de
Fiscalización Estratégica
1 de julio de 2021
2 de julio de 2021
4
DCO160226DH4
DUBAXA CONSTRUCTORA, S.A. DE
C.V.
500-05-2021-15394 de
fecha 1 de julio de 2021
Administración Central de
Fiscalización Estratégica
1 de julio de 2021
2 de julio de 2021
5
GES140410354
GESTUM, S.C.
500-05-2021-5117 de fecha
18 de febrero de 2021
Administración Central de
Fiscalización Estratégica
18 de febrero de 2021
19 de febrero de 2021
6
LOVT901213RZ9
LOPEZ VALLADARES TONANTZIN
ROCIO
500-05-2021-15394 de
fecha 1 de julio de 2021
Administración Central de
Fiscalización Estratégica
1 de julio de 2021
2 de julio de 2021
7
OAG160129NM3
OPERADORA DE ALIMENTOS EN
GRUPO GURU, S.A. DE C.V.
500-05-2020-13742 de
fecha 1 de julio de 2020
Administración Central de
Fiscalización Estratégica
1 de julio de 2020
2 de julio de 2020
8
SEVA8811036NA
SEGURA VARGAS ARMANDO
500-05-2021-25837 de
fecha 2 de agosto de 2021
Administración Central de
Fiscalización Estratégica
2 de agosto de 2021
3 de agosto de 2021
9
SVA140207MQ3
SECTOR VAGO, S.A. DE C.V.
500-05-2021-5332 de fecha
8 de marzo de 2021
Administración Central de
Fiscalización Estratégica
8 de marzo de 2021
9 de marzo de 2021
 
Apartado C.- Notificación en el Diario Oficial de la Federación.
 
R.F.C.
Nombre, denominación o razón
social del Contribuyente
Número y fecha de oficio
global de presunción
Autoridad emisora del
oficio global de
presunción
Fecha de notificación en
el Diario Oficial de la
Federación
Fecha en que surtió
efectos la notificación
1
AIHA690912L10
ARVIZU HERNANDEZ AIDE ZULEMA
500-05-2019-27980 de fecha 1
de octubre de 2019
Administración Central de
Fiscalización Estratégica
18 de octubre de 2019
21 de octubre de 2019
2
AVS150707PY8
ATENCION, VIDA Y SALUD, S.C.
500-05-2021-26189 de fecha 03
de noviembre de 2021
Administración Central de
Fiscalización Estratégica
15 de diciembre de 2021
16 de diciembre de
2021
3
BULI900602GP4
BURGOS LOPEZ ILSE BRICEIDA
500-05-2021-15394 de fecha 1
de julio de 2021
Administración Central de
Fiscalización Estratégica
13 de septiembre de 2021
14 de septiembre de
2021
4
DCO160226DH4
DUBAXA CONSTRUCTORA, S.A. DE
C.V.
500-05-2021-15394 de fecha 1
de julio de 2021
Administración Central de
Fiscalización Estratégica
13 de septiembre de 2021
14 de septiembre de
2021
5
GES140410354
GESTUM, S.C.
500-05-2021-5117 de fecha 18
de febrero de 2021
Administración Central de
Fiscalización Estratégica
9 de marzo de 2021
10 de marzo de 2021
6
LOVT901213RZ9
LOPEZ VALLADARES TONANTZIN
ROCIO
500-05-2021-15394 de fecha 1
de julio de 2021
Administración Central de
Fiscalización Estratégica
13 de septiembre de 2021
14 de septiembre de
2021
7
OAG160129NM3
OPERADORA DE ALIMENTOS EN
GRUPO GURU, S.A. DE C.V.
500-05-2020-13742 de fecha 1
de julio de 2020
Administración Central de
Fiscalización Estratégica
17 de julio de 2020
3 de agosto de 2020
8
SEVA8811036NA
SEGURA VARGAS ARMANDO
500-05-2021-25837 de fecha 2
de agosto de 2021
Administración Central de
Fiscalización Estratégica
8 de septiembre de 2021
9 de septiembre de
2021
9
SVA140207MQ3
SECTOR VAGO, S.A. DE C.V.
500-05-2021-5332 de fecha 8
de marzo de 2021
Administración Central de
Fiscalización Estratégica
25 de marzo de 2021
26 de marzo de 2021
 
Apartado D.- Notificación del oficio de RESOLUCIÓN DEFINITIVA conforme al cuarto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.
 
R.F.C.
Nombre,
denominación o
razón social del
Contribuyente
No. y fecha del
oficio de
resolución
Autoridad
emisora del oficio
de resolución
Medio de notificación al contribuyente
Estrados de la autoridad
Notificación Personal
Notificación por Buzón
Tributario
Fecha de
fijación en los
estrados de la
Autoridad
Fiscal
Fecha en que
surtió efectos
la
notificación
Fecha de
notificación
Fecha en que
surtió efectos
la
notificación
Fecha de
notificación
Fecha en que
surtió efectos
la
notificación
1
AIHA690912L10
ARVIZU
HERNANDEZ AIDE
ZULEMA
500-19-00-05-
01-2019-15189
de fecha 28 de
noviembre de
2019
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Chiapas "1"
 
 
 
 
4 de
diciembre de
2019
5 de diciembre
de 2019
2
AVS150707PY8
ATENCION, VIDA Y
SALUD, S.C.
500-05-2022-
6536 de fecha 9
de febrero de
2022
Administración
Central de
Fiscalización
Estratégica
 
 
 
 
15 de febrero
de 2022
16 de febrero
de 2022
3
BULI900602GP4
BURGOS LOPEZ
ILSE BRICEIDA
500-27-00-08-
02-2021-13981
de fecha 22 de
octubre de 2021
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Guerrero "1"
30 de
noviembre de
2021
10 de
diciembre de
2021
 
 
 
 
4
DCO160226DH4
DUBAXA
CONSTRUCTORA,
S.A. DE C.V.
500-27-00-07-
01-2021-15325
de fecha 23 de
noviembre de
2021
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Guerrero "1"
30 de
noviembre de
2021
10 de
diciembre de
2021
 
 
 
 
5
GES140410354
GESTUM, S.C.
500-19-00-05-
01-2021-5164 de
fecha 27 de
mayo de 2021
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Chiapas "1"
 
 
 
 
2 de junio de
2021
3 de junio de
2021
6
LOVT901213RZ9
LOPEZ
VALLADARES
TONANTZIN
ROCIO
500-27-00-08-
02-2021-13982
de fecha 22 de
octubre de 2021
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Guerrero "1"
25 de
noviembre de
2021
7 de diciembre
de 2021
 
 
 
 
7
OAG160129NM3
OPERADORA DE
ALIMENTOS EN
GRUPO GURU,
S.A. DE C.V.
500-74-06-02-
03-2022-11085
de fecha 31 de
enero de 2022
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Distrito Federal "4"
 
 
 
 
4 de febrero
de 2022
8 de febrero
de 2022
8
SEVA8811036NA
SEGURA VARGAS
ARMANDO
500-27-00-08-
02-2021-11015
de fecha 12 de
octubre de 2021
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Guerrero "1"
1 de diciembre
de 2021
13 de
diciembre de
2021
 
 
 
 
9
SVA140207MQ3
SECTOR VAGO,
S.A. DE C.V.
500-19-00-05-
01-2021-5165 de
fecha 27 de
mayo de 2021
Administración
Desconcentrada de
Auditoría Fiscal de
Chiapas "1"
 
 
 
 
2 de junio de
2021
3 de junio de
2021
 
Apartado E.- Datos adicionales de los contribuyentes.
 
R.F.C.
Nombre, denominación o
razón social del
Contribuyente
Domicilio Fiscal
Actividad preponderante
Motivo del Procedimiento
1
AIHA690912L10
ARVIZU HERNANDEZ AIDE
ZULEMA
Tecpatán, Chiapas
Comercio al por menor de gasolina y Diesel
Ausencia de Activos
2
AVS150707PY8
ATENCION, VIDA Y SALUD,
S.C.
Cuauhtémoc, Ciudad de México
Otros consultorios del sector privado para el
cuidado de la salud
Ausencia de Activos
3
BULI900602GP4
BURGOS LOPEZ ILSE
BRICEIDA
Taxco de Alarcón, Guerrero
Comercio al por mayor de joyería, orfebrería,
piezas artísticas u ornamentales de oro
Ausencia de Activos
4
DCO160226DH4
DUBAXA CONSTRUCTORA,
S.A. DE C.V.
Acapulco de Juárez, Guerrero
Otras construcciones de ingeniería civil u
obra pesada", así como enajenar,
comercializar o entregar los bienes y prestar
los servicios, y rentar de maquinaria
Ausencia de Activos
5
GES140410354
GESTUM, S.C..
Cuauhtémoc, Ciudad de México
Servicios de contabilidad y auditoria,
servicios de consultoría en administración,
bufetes jurídicos
Ausencia de Activos
6
LOVT901213RZ9
LOPEZ VALLADARES
TONANTZIN ROCIO
Taxco de Alarcón, Guerrero
Comercio al por mayor de joyería, orfebrería,
piezas artísticas u ornamentales de oro, etc.
Ausencia de Activos
7
OAG160129NM3
OPERADORA DE
ALIMENTOS EN GRUPO
GURU, S.A. DE C.V.
Cuauhtémoc, Ciudad de México
Restaurante Bar con servicios de meseros
Ausencia de Activos
8
SEVA8811036NA
SEGURA VARGAS
ARMANDO
Taxco de Alarcón, Guerrero
Orfebrería y joyería de metales y piedras
preciosos distintos al oro y comercio al por
mayor de joyería, orfebrería, piezas artísticas
u ornamentales de oro
Ausencia de Activos
9
SVA140207MQ3
SECTOR VAGO, S.A. DE C.V.
Azcapotzalco, Ciudad de México
Servicio al por menor de computadoras y sus
accesorios
Ausencia de Activos
_____________________