CONVENIO de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios para el mantenimiento de las unidades médicas del primer nivel de atención, con cargo a los recursos del Programa Presupuestario E023 Atención a la Salud, para el ejercicio fiscal 2021, que celebran el Instituto de Salud para el Bienestar y el Estado de Nayarit.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SALUD.- Secretaría de Salud.- Instituto de Salud para el Bienestar.

CONVENIO: PM-E023-2021-NAYARIT-18
CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA EL MANTENIMIENTO DE LAS UNIDADES MÉDICAS DEL PRIMER NIVEL DE ATENCIÓN, CON CARGO A LOS RECURSOS DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO E023 "ATENCIÓN A LA SALUD", PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021, EN LO SUCESIVO "EL PROGRAMA", QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL INSTITUTO DE SALUD PARA EL BIENESTAR, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL "INSABI", REPRESENTADO POR EL MTRO. JUAN ANTONIO FERRER AGUILAR, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL, ASISTIDO POR ARQ. CARLOS SÁNCHEZ MENESES, TITULAR DE LA UNIDAD DE COORDINACIÓN NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA Y REHABILITACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD, Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE NAYARIT, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL MTRO. EN FISCAL JULIO CÉSAR LÓPEZ RUELAS, SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, Y POR EL DR. JOSÉ FRANCISCO MUNGUÍA PÉREZ, SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE NAYARIT, A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
1.     La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce en su artículo 4o, párrafo cuarto, el derecho humano que toda persona tiene en nuestro país a la protección de la salud, disponiendo que la Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud, así como un sistema de salud para el bienestar, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social.
2.     En términos de lo señalado en las fracciones I y II del artículo 2o de la Ley General de Salud, ordenamiento reglamentario del referido derecho humano, forman parte de las finalidades del derecho a la protección de la salud, el bienestar físico y mental de la persona, para contribuir al ejercicio pleno de sus capacidades, así como la prolongación y mejoramiento de la calidad de la vida humana.
3.     Conforme a lo señalado en el apartado II. Política Social del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2019, al abordarse el tema de salud para toda la población, el Gobierno Federal realizará las acciones necesarias para garantizar que hacia 2024 todas y todos los habitantes de México puedan recibir atención médica y hospitalaria gratuita, haciéndose énfasis en que la atención se brindará de conformidad con los principios de participación social, competencia técnica, calidad médica, pertinencia cultural, trato no discriminatorio, digno y humano, para lo cual se impulsaría la creación del "INSABI", a través del cual, el Gobierno Federal realizará las acciones necesarias para garantizar que hacia el 2024 todas y todos los habitantes de México puedan recibir atención médica y hospitalaria gratuita, incluidos el suministro de medicamentos y materiales de curación y los exámenes clínicos.
4.     El Programa Sectorial de Salud 2020-2024, publicado el 17 de agosto de 2020 en el Diario Oficial de la Federación, que parte de la necesidad de disponer de un sistema único, público, gratuito y equitativo de salud que garantice el acceso efectivo de toda la población a servicios de salud de calidad; establece entre sus objetivos prioritarios, garantizar los servicios públicos de salud a toda la población que no cuente con seguridad social y, el acceso gratuito a la atención médica y hospitalaria, así como exámenes médicos y suministro de los medicamentos incluidos en el Compendio Nacional de Insumos para la Salud.
5.     En este contexto, dentro de "EL PROGRAMA" se prevén como objetivos en lo que tiene intervención
el "INSABI", los relativos a (i) servicios de atención médica dirigidos a las personas sin seguridad social que asisten al primer nivel de atención médica, y (ii) acciones para la prestación de los servicios de atención médica dirigidos a las personas sin seguridad social que asisten al primer nivel de atención médica.
DECLARACIONES
I.      El "INSABI" declara que:
I.1.    De conformidad con los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o, párrafo tercero, 3o, fracción I y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 77 bis 35 de la Ley General de Salud es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal sectorizado en la Secretaría de Salud, cuyo objeto es proveer y garantizar la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados a las personas sin seguridad social, así como impulsar, en coordinación con la Secretaría de Salud en su calidad de órgano rector, acciones orientadas a lograr una adecuada integración y articulación de las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud.
I.2.    De conformidad con el artículo 77 bis 35, fracción II de la Ley General de Salud, tiene entre sus funciones celebrar y proponer convenios y demás instrumentos jurídicos de coordinación y colaboración con las instituciones de salud públicas, entidades federativas y municipios, para asegurar el cumplimiento de su objeto.
I.3.    El Mtro. Juan Antonio Ferrer Aguilar, en su carácter de Director General, cuenta con las facultades necesarias para la celebración del presente Convenio de Colaboración, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 77 bis 35 B, fracción II y 77 bis 35 G, párrafo segundo de la Ley General de Salud y 22 fracción I y 59, fracción I de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, quien acredita su cargo con copia del nombramiento respectivo. ANEXO A.
I.4.    Participa en la celebración del presente instrumento jurídico, en asistencia del Director General de "INSABI", el Arq. Carlos Sánchez Meneses, Titular de la Unidad de Coordinación Nacional de Infraestructura y Rehabilitación de Establecimientos de Salud, en virtud de las atribuciones que se le confieren en el artículo Cuadragésimo segundo del Estatuto Orgánico del Instituto de Salud para el Bienestar, quien acredita su cargo con copia del nombramiento respectivo. ANEXO B.
I.5.    Para los efectos legales relacionados con este Convenio de Colaboración, señala como domicilio el ubicado en calle Gustavo E. Campa número 54, colonia Guadalupe Inn, Demarcación Territorial Álvaro Obregón, Ciudad de México. C.P. 01020.
II.     "LA ENTIDAD" declara que:
II.1.   Forma parte de la Federación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 40, 42, fracción I, y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1, 2, 3, 4, y 5 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit.
II.2.   El Mtro. en Fiscal Julio César López Ruelas, Secretario de Administración y Finanzas, cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente Convenio de Colaboración, de conformidad con los artículos 1, 4, 17, 30, fracción X, 31, fracciones II y X de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit, cargo que acredita con copia del nombramiento respectivo. Anexo C.
II.3.   El Dr. José Francisco Munguía Pérez, Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud de Nayarit, acredita tener facultades para suscribir el presente Convenio de Colaboración, de conformidad con los artículos 15 y 26 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit; 1, 3 y 12, fracción VI de la Ley de Salud para el Estado de Nayarit; 11, fracción XII del Decreto 7979, publicado en el Periódico Oficial el 31 de agosto de 1996 y 20, fracción XVII del Reglamento Interior de los Servicios de Salud de Nayarit, cargos que quedan debidamente acreditados con las copias de sus nombramientos. Anexos D y E.
 
II.4.   Sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento jurídico son contribuir, en el marco de "EL PROGRAMA", a garantizar el acceso efectivo y la continuidad en la prestación gratuita de servicios de salud correspondientes al primer nivel de atención, dirigidos a las personas sin seguridad social, a través de acciones de mantenimiento dirigidas a las unidades médicas de "LA ENTIDAD", correspondientes al referido nivel de atención.
II.5.   Para los efectos legales relacionados con este Convenio de Colaboración, señala como su domicilio el ubicado en calle Dr. Gustavo Baz número 33 sur, Fraccionamiento Fray Junípero Serra, C.P. 63169, de la ciudad de Tepic, Nayarit.
Una vez expuesto lo anterior, y en virtud de que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en sus artículos 74 y 75, que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios y transferencias con cargo en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2021; los cuales se ejercerán conforme a las disposiciones generales aplicables, están de acuerdo en celebrar el presente Convenio de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios para el desarrollo de acciones correspondientes a "EL PROGRAMA", conforme a las estipulaciones que se contienen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Colaboración tiene por objeto establecer los compromisos a que se sujetarán "LAS PARTES" para que el "INSABI" transfiera a "LA ENTIDAD" recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios, a efecto de que esta última, en el marco de "EL PROGRAMA" y con la finalidad de contribuir a garantizar el acceso efectivo y la continuidad en la prestación gratuita de servicios de salud correspondientes al primer nivel de atención, dirigidos a las personas sin seguridad social, los destine a realizar acciones de mantenimiento dirigidas a las unidades médicas de "LA ENTIDAD", en los términos previstos en este instrumento jurídico.
Para efectos de lo anterior, el ejercicio, comprobación y control de los recursos presupuestarios federales que se transfieran en virtud del presente instrumento jurídico, se realizarán de conformidad con lo previsto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, el Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y en las estipulaciones de este Convenio de Colaboración.
SEGUNDA. TRANSFERENCIA. Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio de Colaboración, el "INSABI" transferirá a "LA ENTIDAD", en una ministración, recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios hasta por la cantidad de $92,715,502.43.00 (noventa y dos millones setecientos quince mil quinientos dos pesos 43/100 M.N.), conforme al capítulo de gasto y partida que se señalan en el Anexo 1 del presente Convenio de Colaboración.
Los recursos presupuestarios federales a que se refiere el párrafo anterior serán transferidos por el "INSABI" a "LA ENTIDAD", dentro del periodo que para tal efecto se precisa en el Anexo 1 del presente Convenio de Colaboración.
Para los efectos anteriores, en términos de lo dispuesto por el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, "LA ENTIDAD", a través de la Secretaría de Administración y Finanzas, deberá abrir, en forma previa a la radicación de los recursos, una cuenta bancaria productiva, única y específica para este Convenio de Colaboración, en la institución bancaria que determine, con la finalidad de que dichos recursos y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados.
Una vez radicados los recursos presupuestarios federales en la Secretaria de Administración y Finanzas ésta se obliga a ministrarlos íntegramente junto con los rendimientos financieros que se generen, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su recepción, a los Servicios de Salud de Nayarit, que tendrá el carácter de Unidad Ejecutora para efectos del presente Convenio de Colaboración.
La Unidad Ejecutora, deberá informar al "INSABI", a través de la Unidad de Coordinación Nacional de Infraestructura y Rehabilitación de Establecimientos de Salud, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquél en que concluya el plazo a que se refiere el párrafo anterior, la recepción de los recursos transferidos, señalando el monto y fecha de la misma, así como el importe de los rendimientos financieros generados que le hayan sido ministrados. Para efecto de que la Unidad Ejecutora pueda verificar el cumplimiento de esta
obligación, el "INSABI" le dará aviso de la transferencia de recursos que realice a la Secretaría de Administración y Finanzas de "LA ENTIDAD". En caso de advertirse algún incumplimiento a lo anterior, el "INSABI" lo informará a la Auditoría Superior de la Federación, a la Secretaría de la Función Pública y al órgano de control interno estatal, para los efectos legales y administrativos que procedan.
Para efectos de lo señalado en el párrafo anterior, la Unidad Ejecutora deberá, previamente a la ministración de los recursos por parte de la Secretaría de Administración y Finanzas, abrir una cuenta bancaria productiva, única y específica para la recepción, ejercicio, comprobación y cierre presupuestario de los recursos referidos, a fin que éstos y sus rendimientos financieros estén en todo momento debidamente identificados.
La no ministración de estos recursos y sus rendimientos financieros por parte de la Secretaría de Administración y Finanzas a la Unidad Ejecutora en el plazo establecido en el párrafo cuarto de esta cláusula, se considerará incumplimiento de este instrumento jurídico, por lo que de actualizarse dicho supuesto, el "INSABI" podrá solicitar que se reintegren a la Tesorería de la Federación los recursos transferidos, así como los rendimientos financieros generados, obligándose "LA ENTIDAD" a realizar dicho reintegro dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha en que sea requerida para tal efecto.
La Secretaría de Administración y Finanzas y la Unidad Ejecutora, deberán remitir al "INSABI" la documentación correspondiente a la apertura de las cuentas a que se refiere esta cláusula, en la que se especifique que el destino final de los recursos que se transfieran en virtud del presente Convenio de Colaboración, es para el desarrollo de las acciones que corresponden a "EL PROGRAMA", de conformidad con los anexos de este instrumento jurídico.
Los recursos presupuestarios federales que se transfieran en los términos de este Convenio de Colaboración no pierden su carácter federal, por lo que en su asignación, ejercicio y comprobación deberán observarse las disposiciones jurídicas federales aplicables.
Asimismo, se acuerda que el monto de los recursos presupuestarios federales transferidos en virtud del presente Convenio de Colaboración no es susceptible de presupuestarse en los ejercicios siguientes, por lo que no implica el compromiso de transferencias posteriores ni en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo al Ejecutivo Federal, para complementar cualquier otro gasto administrativo o de operación vinculado con el objeto del mismo, que no esté expresamente considerado en sus anexos.
Los recursos presupuestarios federales que el "INSABI" se compromete a transferir a "LA ENTIDAD" en virtud del presente Convenio de Colaboración, estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria y a las autorizaciones correspondientes, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.
TERCERA. VERIFICACIÓN DEL DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES. Para asegurar la transparencia en la aplicación y comprobación de los recursos federales ministrados, "LAS PARTES" convienen en sujetarse a lo siguiente:
I.     El "INSABI", por conducto de la Unidad de Coordinación Nacional de Infraestructura y Rehabilitación de Establecimientos de Salud, dentro del marco de sus atribuciones y a través de los mecanismos que esta última implemente para tal fin, verificará (i) el cumplimiento del objetivo e indicadores a que se refiere la cláusula Cuarta de este Convenio de Colaboración, y (ii) que los recursos presupuestarios federales señalados en su cláusula Segunda sean destinados únicamente para cumplir el objeto del presente instrumento jurídico, de conformidad con sus Anexos 2 y 3, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal.
II.     Las acciones de verificación de la aplicación de los recursos que el "INSABI" realice en los términos estipulados en el presente instrumento jurídico, no implicará en modo alguno que éste pueda participar en los procesos de aplicación de los mismos, en virtud de lo cual deberá abstenerse de intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice la Unidad Ejecutora para cumplir con el objeto de este instrumento jurídico, así como de interferir de forma alguna en el procedimiento y mecanismo de supervisión externo que defina "LA ENTIDAD" durante la aplicación de los recursos presupuestarios destinados a su ejecución y demás actividades que se realicen para el cumplimiento de las condiciones técnicas, económicas, de tiempo, de cantidad y de calidad contratadas a través de "LA ENTIDAD".
III.    El "INSABI", a través de la Unidad de Coordinación Nacional de Infraestructura y Rehabilitación de
Establecimientos de Salud, considerando su disponibilidad de recursos humanos y presupuestaria, y apegándose para ello al apartado B del Manual de Comprobación y Supervisión del Programa E023 Atención a la Salud, para el ejercicio fiscal 2021, podrá practicar visitas de supervisión y verificación, a efecto de observar la correcta aplicación y seguimiento de los recursos federales transferidos para la operación y objeto del "PROGRAMA", y el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente instrumento jurídico, incluyendo la presentación de los informes que deba rendir "LA ENTIDAD" en los términos previstos en el presente instrumento jurídico. Los resultados derivados de las visitas de supervisión y verificación, se notificarán a la Unidad Ejecutora para que proceda conforme a sus atribuciones.
       Para efectos de lo señalado en el párrafo anterior, la Unidad Ejecutora estará obligada a otorgar al "INSABI", a través de su personal que designe; todas las facilidades que resulten necesarias.
IV.   Para los efectos de las acciones de supervisión y verificación referidas en las fracciones I y III de la presente cláusula, "LA ENTIDAD" al rendir los informes del ejercicio presupuestario, deberá exhibir en medio electrónico la documentación escaneada de su original que sustente la correcta aplicación de los recursos a que se refiere la cláusula Segunda del presente instrumento jurídico.
V.    El "INSABI", a través de la Unidad de Coordinación Nacional de Infraestructura y Rehabilitación de Establecimientos de Salud, podrá en todo momento verificar en coordinación con "LA ENTIDAD" la documentación que permita observar el ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos a "LA ENTIDAD", así como los rendimientos financieros generados y podrá solicitar a esta última que exhiba el original de los documentos que justifiquen y comprueben el ejercicio de dichos recursos.
VI.   En caso de presentarse (i) la falta de comprobación de los recursos presupuestarios federales transferidos a "LA ENTIDAD", así como de sus rendimientos financieros o, (ii) no sean ejercidos en los términos estipulados en el presente Convenio de Colaboración, el "INSABI" podrá solicitar a "LA ENTIDAD" su reintegro a la Tesorería de la Federación. En estos supuestos, "LA ENTIDAD" estará obligada a efectuar dicho reintegro dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha en que el "INSABI" se lo requiera.
CUARTA. OBJETIVO, META E INDICADORES. Los recursos a que se refiere la Cláusula Segunda del presente Convenio de Colaboración tendrán el objetivo, meta e indicadores que a continuación se mencionan:
OBJETIVO: los recursos que se transfieran a "LA ENTIDAD" en virtud del presente Convenio de Colaboración deberán destinarse a realizar acciones de mantenimiento dirigidas a las unidades médicas de "LA ENTIDAD", correspondientes al primer nivel de atención, que se detallan en el Anexo 2 de este instrumento jurídico, con la finalidad de contribuir a garantizar el acceso efectivo y la continuidad en la prestación gratuita de servicios de salud a las personas sin seguridad social, sujetándose para ello, exclusivamente al Catálogo de Conceptos que se incluye en el Anexo 3 de este Convenio de Colaboración.
META: La rehabilitación de la totalidad de las unidades médicas que se prevén en el Anexo 2 del presente instrumento jurídico, que permita contribuir a que "LA ENTIDAD" garantice el acceso efectivo y la continuidad en la prestación gratuita de servicios de salud a las personas sin seguridad social.
INDICADORES: En el Anexo 4 del presente instrumento jurídico se describen los indicadores aplicables al presente instrumento jurídico.
QUINTA. APLICACIÓN. Los recursos presupuestarios federales a que alude la cláusula Segunda de este instrumento jurídico serán destinados por "LA ENTIDAD" en forma exclusiva a realizar acciones de mantenimiento dirigidas a las unidades médicas de "LA ENTIDAD", correspondientes al primer nivel de atención, que se detallan en el Anexo 2 de este instrumento jurídico, y conforme al catálogo de conceptos que se prevé en el Anexo 3 de este Convenio de Colaboración, con la finalidad de contribuir a garantizar al acceso efectivo y la continuidad en la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados a las personas sin seguridad social.
Los recursos presupuestarios federales que se transfieran en virtud del presente Convenio de Colaboración se devengarán conforme a lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; se registrarán por "LA ENTIDAD" en su contabilidad de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y se rendirán en su Cuenta Pública, sin que por ello pierdan su carácter federal.
La Unidad Ejecutora podrá ejercer los rendimientos financieros generados en la cuenta bancaria productiva, única y específica en la que haya recibido los recursos presupuestarios federales objeto del presente instrumento jurídico, exclusivamente en las unidades médicas que se contienen en el Anexo 2 del presente instrumento jurídico, y conforme al Catálogo de Conceptos que se prevé en el Anexo 3 de este Convenio de Colaboración.
"LA ENTIDAD" presentará un reporte de los rendimientos financieros que generen los recursos presupuestarios federales transferidos en virtud del presente instrumento jurídico, conforme al Anexo 5 de este Convenio de Colaboración.
El seguimiento del ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos en virtud del presente instrumento, así como de los rendimientos financieros que éstos generen deberá hacerse conforme a las unidades médicas que se señalan en el Anexo 2 y al catálogo de conceptos que se prevé en el Anexo 3 de este Convenio de Colaboración.
Los remanentes de los recursos presupuestarios federales transferidos a "LA ENTIDAD", junto con los rendimientos financieros generados o los remanentes de éstos, según corresponda, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación, al cierre del ejercicio fiscal, en los términos del artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, debiendo informarlo a "EL INSABI", por conducto de la Unidad de Coordinación Nacional de Infraestructura y Rehabilitación de Establecimientos de Salud, de manera escrita y con los documentos soportes correspondientes.
SEXTA. GASTOS ADMINISTRATIVOS. Los gastos administrativos y demás erogaciones no previstas en el Catálogo de Conceptos que se contiene en el Anexo 3 del presente instrumento jurídico y exclusivamente respecto de las unidades que se señalan en el Anexo 2 de este Convenio de Colaboración, deberán ser realizados por "LA ENTIDAD" con cargo a sus recursos propios.
SÉPTIMA. OBLIGACIONES DE "LA ENTIDAD". Adicionalmente a los compromisos establecidos en otras cláusulas del presente Convenio de Colaboración, "LA ENTIDAD" se obliga a:
I.     Vigilar el estricto cumplimiento de las disposiciones jurídicas aplicables al ejercicio del gasto público federal, obligándose, en consecuencia, a dar aviso a las instancias competentes, respecto de cualquier anomalía detectada.
II.     Garantizar en todo momento, a través de la Unidad Ejecutora, que las contrataciones que efectúe en cumplimiento del objeto del presente Convenio de Colaboración, cumplan con las disposiciones jurídicas aplicable.
III.    Responder por la integración y veracidad de la información técnica y financiera que proporcione para el cumplimiento de los compromisos establecidos en el presente instrumento jurídico, particularmente, de aquélla generada con motivo de la aplicación, seguimiento, control, rendición de cuentas y transparencia de los recursos presupuestarios federales transferidos, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
IV.   Aplicar los recursos federales transferidos y sus rendimientos financieros conforme al objetivo, meta e indicadores previstos en el presente instrumento jurídico.
V.    Remitir por conducto de la Unidad Ejecutora al "INSABI", a través de la Unidad de Coordinación Nacional de Infraestructura y Rehabilitación de Establecimientos de Salud a, en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles posteriores a la recepción de la transferencia de los recursos presupuestarios federales referidos en la cláusula Segunda del presente Convenio de Colaboración, los comprobantes que acrediten la recepción de dicha transferencia, conforme a la normativa aplicable. La documentación comprobatoria a que se refiere éste párrafo, deberá remitirse en archivo electrónico con el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).
       Así mismo, la Unidad Ejecutora deberá remitir al "INSABI", a través de la Unidad de Coordinación Nacional de Infraestructura y Rehabilitación de Establecimientos de Salud, en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles posteriores a la recepción de la ministración realizada por parte de la
Secretaría de Administración y Finanzas, el comprobante que acredite la recepción de la ministración, conforme a la normativa aplicable.
VI.   Integrar la información financiera relativa a los recursos federales transferidos para la ejecución del objeto del presente Convenio de Colaboración, en los términos previstos en el artículo 70 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
VII.   Rendir al "INSABI", por conducto de la Unidad Ejecutora, los informes (i) del ejercicio del gasto de manera mensual, a más tardar el día quince (15) de diciembre de 2021, y (ii) de cierre del ejercicio, dentro de los (30) días siguientes a que ocurra el mismo, conforme a los Anexos 6 y 8 de este Convenio de Colaboración, respectivamente.
VIII.  Verificar, a través de la Unidad Ejecutora, que la documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales objeto de este Convenio de Colaboración, cumpla con los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales aplicables, entre otros, aquéllos que determinan los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, los que deberán expedirse a nombre de la Unidad Ejecutora. Conforme a lo anterior, dicha documentación deberá contar con el archivo electrónico CFDI correspondiente, salvo en los casos de excepción previstos por las leyes aplicables, en los que se deberán atender las disposiciones especiales para su comprobación. En tal virtud, la Unidad Ejecutora deberá remitir al "INSABI", a través de la Unidad de Coordinación Nacional de Infraestructura y Rehabilitación de Establecimientos de Salud, el archivo electrónico con la Verificación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
       En consecuencia, la autenticidad de la documentación justificatoria y comprobatoria de los recursos federales erogados, será responsabilidad de la Unidad Ejecutora.
IX.   Mantener bajo su custodia, a través de la Unidad Ejecutora, la documentación justificatoria y comprobatoria original que sustente la erogación de los recursos presupuestarios federales transferidos en virtud del presente Convenio de Colaboración, obligándose a exhibirla en cualquier momento que le sea requerida por "EL INSABI" y, en su caso, por los órganos fiscalizadores competentes, además de proporcionar la información adicional que estos últimos le requieran.
X.    Cancelar, conforme a lo señalado en la fracción II del artículo 70 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, la documentación justificatoria y comprobatoria de los recursos presupuestarios federales transferidos en virtud del presente Convenio de Colaboración, con la leyenda "Operado con recursos presupuestarios federales del programa E023 "Atención a la Salud" del ejercicio fiscal 2021".
XI.   Reportar al "INSABI", a través de la Unidad de Coordinación Nacional de Infraestructura y Rehabilitación de Establecimientos de Salud, y dar seguimiento, por conducto de la Unidad Ejecutora, dentro de los primeros quince (15) días del mes de diciembre, el avance en el cumplimiento del objetivo, meta e indicadores y el resultado de las acciones que lleve a cabo, en cumplimiento del objeto de este Convenio de Colaboración.
XII.   Mantener actualizada la información relativa al cumplimiento del objetivo, metas e indicadores para los que se destinen los recursos presupuestarios federales transferidos.
XIII.  Proporcionar, por conducto de la Unidad Ejecutora, la información y documentación que el "INSABI" le solicite en las visitas de supervisión y verificación que este último opte por realizar, para observar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente instrumento jurídico, así como que los recursos federales transferidos con motivo del mismo, sean destinados únicamente para el cumplimiento de su objeto.
XIV. Informar sobre la suscripción de este Convenio de Colaboración a los órganos de control y de fiscalización de "LA ENTIDAD" y entregarles copia del mismo.
XV.  Difundir en la página de Internet de la Unidad Ejecutora el presente Convenio de Colaboración, así como los conceptos financiados con los recursos federales transferidos en virtud del mismo, incluyendo los avances y resultados financieros, en los términos de las disposiciones aplicables.
XVI. Gestionar, por conducto de la Unidad Ejecutora, la publicación del presente instrumento jurídico en el
órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD".
OCTAVA. OBLIGACIONES DE EL "INSABI". Adicionalmente a los compromisos establecidos en otras cláusulas del presente Convenio de Colaboración, el "INSABI" se obliga a:
I.     Transferir a "LA ENTIDAD", con el carácter de subsidios, los recursos presupuestarios federales a que se refiere el presente Convenio de Colaboración, dentro del periodo previsto en su Anexo 1.
II.     Verificar que los recursos presupuestarios federales que en virtud de este instrumento jurídico se transfieran, sean aplicados únicamente para la realización del objeto del mismo, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes de la Federación y/o de "LA ENTIDAD".
III.    Practicar periódicamente, dependiendo de su disponibilidad de personal y presupuestaria, visitas de supervisión y verificación de acuerdo al programa que para tal efecto se establezca.
IV.   Solicitar a la Unidad Ejecutora, dentro de los primeros treinta (30) días del mes de enero del año 2022, la entrega del informe del cumplimiento del objetivo, meta e indicadores referidos en la cláusula Cuarta y en el Anexo 4 de este instrumento jurídico.
V.    Dar seguimiento al ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos y rendimientos financieros generados, con base en los informes que la Unidad Ejecutora rinda a través de los formatos establecidos en los Anexos 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 de este Convenio de Colaboración.
VI.   Solicitar la documentación justificatoria y comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales transferidos, que la Unidad Ejecutora debe presentar en términos de lo estipulado en el presente Convenio de Colaboración, a través de los formatos establecidos en sus Anexos 5, 6 y 8.
VII.   Verificar que "LA ENTIDAD" efectúe el reintegro de los recursos presupuestarios federales transferidos en virtud del presente Convenio de Colaboración, cuando (i) después de radicados a la Secretaría de Administración y Finanzas de "LA ENTIDAD", no hayan sido ministrados a la Unidad Ejecutora en el plazo convenido en este instrumento jurídico; (ii) una vez ministrados a la Unidad Ejecutora, el "INSABI" lo requiera por su falta de comprobación, o por no haber sido ejercidos en los términos del presente Convenio de Colaboración, (iii) al cierre del ejercicio fiscal, en los términos dispuestos en el artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y de los Municipios.
VIII.  Presentar el Informe de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal y los demás informes que sean requeridos, sobre la aplicación de los recursos transferidos con motivo del presente Convenio de Colaboración.
IX.   Dar seguimiento mensual, en coordinación con "LA ENTIDAD", sobre el avance en el cumplimiento de la realización de las acciones objeto del presente instrumento jurídico.
X.    Realizar, en el ámbito de su competencia, la supervisión, verificación, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales que en virtud de este instrumento sean ministrados a "LA ENTIDAD", de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables en materia del ejercicio del gasto público federal.
XI.   Realizar las gestiones necesarias para la publicación del presente instrumento jurídico en el Diario Oficial de la Federación.
XII.   Difundir, en la página de Internet del "INSABI", el presente Convenio de Colaboración y los recursos presupuestarios federales transferidos mediante el presente instrumento jurídico, en los términos de las disposiciones aplicables.
NOVENA. ACCIONES DE VERIFICACIÓN, SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN, CONTROL Y FISCALIZACIÓN. "LAS PARTES" acuerdan que la verificación, seguimiento y evaluación del ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos por el "INSABI" a "LA ENTIDAD" con motivo del presente instrumento jurídico, corresponderá a "LAS PARTES" en los términos estipulados en el mismo y de conformidad con lo establecido en las disposiciones jurídicas aplicables.
Asimismo, se obligan a que, cuando los servidores públicos que participen en la ejecución del presente Convenio de Colaboración detecten que los recursos presupuestarios federales transferidos han sido destinados a fines distintos a los estipulados en este instrumento jurídico, lo harán del conocimiento de manera inmediata de la Auditoría Superior de la Federación, de la Secretaría de la Función Pública, de la Secretaría de la Contraloría General de "LA ENTIDAD" y, en su caso, del ministerio público que resulte competente.
DÉCIMA. RESPONSABILIDAD LABORAL. Queda expresamente estipulado por "LAS PARTES", que el personal contratado, empleado o comisionado por cada una de ellas para dar cumplimiento al presente instrumento jurídico, guardará relación laboral únicamente con aquélla que lo contrató, empleó o comisionó, por lo que asumen plena responsabilidad por este concepto, sin que en ningún caso, la otra parte pueda ser considerada como patrón sustituto o solidario, obligándose en consecuencia, cada una de ellas, a sacar a la otra, en paz y a salvo, frente a cualquier reclamación o demanda, que su personal pretendiese interponer en su contra, deslindándose desde ahora de cualquier responsabilidad de carácter laboral, civil, penal, administrativa o de cualquier otra naturaleza jurídica que en ese sentido se les quiera fincar.
DÉCIMA PRIMERA. COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO. Para el adecuado desarrollo del objeto del presente instrumento, "LAS PARTES" constituyen, en este acto, una Comisión de Evaluación y Seguimiento integrada por un representante del "INSABI" y uno de "LA ENTIDAD", cuyas funciones serán las siguientes:
a)    Solucionar cualquier circunstancia no prevista en el presente instrumento jurídico.
b)    Resolver las controversias o conflictos que se susciten con motivo de la interpretación o cumplimiento de este Convenio.
c)    Establecer las medidas o mecanismos que permitan atender las circunstancias especiales, caso fortuito o de fuerza mayor, para la realización del objeto previsto en el presente instrumento jurídico.
d)    Las demás que acuerden "LAS PARTES".
El "INSABI" designa como integrante de la Comisión de Evaluación y Seguimiento al Titular de la Unidad de Coordinación Nacional de Infraestructura y Rehabilitación de Establecimientos de Salud.
"LA ENTIDAD" designa como integrante de la Comisión de Evaluación y Seguimiento al Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud de Nayarit.
DÉCIMA SEGUNDA. VIGENCIA. El presente Convenio de Colaboración surtirá sus efectos a partir de la fecha de su suscripción y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2021, sin perjuicio de las acciones de comprobación del ejercicio del gasto que se realicen con posterioridad en los términos convenidos en el mismo y de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.
DÉCIMA TERCERA. MODIFICACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que el presente Convenio de Colaboración podrá modificarse de común acuerdo para lo cual deberán formalizar el convenio modificatorio respectivo. Las modificaciones al Convenio de Colaboración obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD".
DÉCIMA CUARTA. CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR. En circunstancias especiales originadas por caso fortuito o fuerza mayor, para la realización del objeto previsto en este instrumento jurídico, "LAS PARTES" convienen en aplicar las medidas o mecanismos que se acuerden a través de la Comisión de Evaluación y Seguimiento señalada en la cláusula Décima Primera de este instrumento jurídico, mismas que de ser necesarias, darán lugar a suscribir el convenio modificatorio correspondiente en los términos que se señalan en la cláusula que antecede.
DÉCIMA QUINTA. CAUSAS DE TERMINACIÓN ANTICIPADA. El presente Convenio de Colaboración podrá darse por terminado anticipadamente por cualquiera de las causas siguientes:
I.     Por acuerdo de "LAS PARTES".
 
II.     Por no existir la disponibilidad presupuestaria para hacer frente a los compromisos que adquiere "EL INSABI".
III.    Por caso fortuito o fuerza mayor.
DÉCIMA SEXTA. CAUSAS DE RESCISIÓN. El presente Convenio de Colaboración podrá rescindirse por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en el presente instrumento jurídico.
DÉCIMA SÉPTIMA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. "LAS PARTES" manifiestan que el presente Convenio de Colaboración se celebra de buena fe por lo que, en caso de presentarse algún conflicto o controversia con motivo de su interpretación o cumplimiento, lo resolverán de común acuerdo mediante la Comisión de Evaluación y Seguimiento descrita en la cláusula Décima Primera del presente instrumento jurídico.
En caso de subsistir la controversia, "LAS PARTES" acuerdan someterse a la jurisdicción de los Tribunales Federales competentes con sede en la Ciudad de México, por lo que renuncian expresamente a cualquier fuero que pudiere corresponderles en razón de sus domicilios presentes o futuros.
DÉCIMA OCTAVA. AVISOS, COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES. "LAS PARTES" convienen en que todos los avisos, comunicaciones y notificaciones que se realicen con motivo del presente instrumento, se llevarán a cabo por escrito en los domicilios establecidos en el apartado de Declaraciones del mismo, así como en las direcciones electrónicas que las mismas designen para tales efectos, atendiendo los principios de inmediatez.
En caso de que las partes cambien de domicilio, se obligan a dar el aviso correspondiente a la otra, con quince (15) días hábiles de anticipación a que dicho cambio de ubicación se lleve a cabo, de lo contrario se tomará como válido el domicilio expresado en el apartado de Declaraciones del presente instrumento. Para el caso de cambio de dirección electrónica, dicho cambio deberá notificarlo por escrito y/o vía oficial signada por las "LAS PARTES".
DÉCIMA NOVENA. VICIOS DEL CONSENTIMIENTO. "LAS PARTES" manifiestan que en la celebración del presente convenio de colaboración no ha habido error, dolo o mala fe, lesión o vicios que afecten el consentimiento.
VIGÉSIMA. ANEXOS. "LAS PARTES" reconocen como parte integrante del presente Convenio de Colaboración los anexos que a continuación se indican. Dichos anexos tendrán la misma fuerza legal que el presente Convenio de Colaboración.
ANEXOS
Anexo 1.     MONTO DE LOS RECURSOS Y CALENDARIO DE TRANSFERENCIA
Anexo 2      CENTROS DE SALUD OBJETO DE APOYO
Anexo 3      CATÁLOGO DE CONCEPTOS AUTORIZADOS
Anexo 4      INDICADORES DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN
Anexo 5.     REPORTE DE RENDIMIENTOS FINANCIEROS
Anexo 6.     FORMATO PARA CERTIFICACIÓN DE GASTO
Anexo 7.     REPORTE DE ACCIONES DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN
Anexo 8.     CIERRE PRESUPUESTARIO DEL EJERCICIO FISCAL 2021
Leído el presente Convenio de Colaboración, estando debidamente enteradas las partes de su contenido y alcance legal, lo firman por cuadruplicado, en la Ciudad de México, al día 29 del mes de noviembre de 2021.- Por el INSABI: Director General, Mtro. Juan Antonio Ferrer Aguilar.- Rúbrica.- Titular de la Unidad de Coordinación Nacional de Infraestructura y Rehabilitación de Establecimientos de Salud, Arq. Carlos Sánchez Meneses.- Rúbrica.- Por la Entidad: Secretario de Administración y Finanzas, Mtro. en Fiscal Julio César López Ruelas.- Rúbrica.- Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud de Nayarit, Dr. José Francisco Munguía Pérez.- Rúbrica.
ANEXO 1
MONTO DE LOS RECURSOS Y CALENDARIO DE TRANSFERENCIA
 
(Capítulo 4000 "Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas)

Partida de Gasto
Importe Total
Periodo de Transferencia
43401
92,715,502.43
Noviembre Diciembre
 
ANEXO 1 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA LLEVAR A CABO ACCIONES PARA EL MANTENIMIENTO DE LAS UNIDADES MÉDICAS DEL PRIMER NIVEL DE ATENCIÓN EN EL EJERCICIO FISCAL 2021, CON CARGO A LOS RECURSOS DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO E023 "ATENCIÓN A LA SALUD", CELEBRADO ENTRE EL INSTITUTO DE SALUD PARA EL BIENESTAR Y EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE NAYARIT, EL 29 DE NOVIEMBRE DE 2021.
ANEXO 2
CENTROS DE SALUD OBJETO DEL APOYO


CLUE
NOMBRE UNIDAD
DIRECCIÓN
PRESUPUESTO
1
NTSSA001676
TEPIC, COL. PARAISO
CALLE GUAYABO S/N C.P. 63038
$        569,164.72
2
NTSSA001640
TEPIC, COL. 26 DE SEPTIEMBRE
CALLE TENEMAXTLE S/N C.P. 63196
$        569,164.72
3
NTSSA001652
TEPIC, COL. CUAUHTEMOC
CALLE CERRO DE LAS CAMPANA S/N C.P. 63180
$        569,164.72
4
NTSSA000841
CHILAPA
CALLE RAMON JARA BOBADILLA S/N C.P. 63637
$        440,951.00
5
NTSSA000894
SAN VICENTE
CALLE BERNARDO OROZCO S/N C.P. 63645
$      1,285,345.17
6
NTSSA001360
VADO DEL CORA
CALLE FLORES MAGON S/N C.P. 63558
$        604,207.19
7
NTSSA001553
QUIMICHIS
CALLE MÉXICO S/N C.P. 63460
$        915,257.00
8
NTSSA000911
ZOMATLAN
CALLE ALFREDO V. BONFIL S/N C.P. 63637
$        830,231.11
9
NTSSA002096
SAN JOSE DEL VALLE
CALLE MICHOACAN
$      2,225,946.83
10
NTSSA001384
LA PRESA
CALLE MÉXICO S/N C.P. 63555
$      1,072,900.20
11
NTSSA001232
LA LABOR
CALLE ROBLE 9 C.P. 63835
$        574,421.09
12
NTSSA016043
SANTIAGO IXCUINTLA (CESSA)
SALIDA A LOS CORCHOS
$      2,664,294.00
13
NTSSA001116
NAVARRETE
CALLE JOSE MARIA MERCADO
$      1,172,245.60
14
NTSSA000824
COFRADIA DE CUYUTLAN
CALLE DE CHAVEZ S/N C.P. 63635
$        659,508.00
15
NTSSA000416
SAN MARIA DE PICACHOS
DOMICILIO CONOCIDO S/N
$        832,421.26
16
NTSSA001483
YAGO
CALLE FRANCISCO I. MADERO
$        622,908.00
17
NTSSA001302
EL CAPOMAL
CALLE NIÑOS HÉROES S/N C.P. 63567
$        799,963.18
18
NTSSA001734
ATONALISCO
DOMICILIO CONOCIDO S/N
$        332,074.00
19
NTSSA002125
SAYULITA
AVENIDA REVOLUCIÓN S/N C.P. 63734
$        805,701.38
20
NTSSA002002
BUCERIAS
HEROES DE NACOZARI
$      1,263,531.23
21
NTSSA000095
SAN DIEGO DE ALCALÁ
NO DISPONIBLE C.P. 63408
$        559,615.65
22
NTSSA000054
LA GUÁSIMA
CALLE INSURGENTES S/N C.P. 63425
$        732,681.64
23
NTSSA001746
BELLA VISTA
CARRETERA TEPIC-BELLAVISTA
$        196,743.00
 
 
24
NTSSA001442
VALLE LERMA
CALLE PEÑASQUILLO
$        604,250.99
25
NTSSA001104
MECATAN
CALLE JUAN ALVAREZ
$        661,326.41
26
NTSSA001133
REFORMA AGRARIA
CALLE JUAREZ
$        799,568.95
27
NTSSA002183
EL TIZATE
CALLE MARIA DE JESUS N. GARCIA
$        825,160.50
28
NTSSA001051
LA GOMA
CALLE GUADALUPE VICTORIA
$        799,568.95
29
NTSSA000112
SANTA CRUZ
NO DISPONIBLE C.P. 63407
$        559,615.65
30
NTSSA001290
CAÑADA DEL TABACO
CALLE LAZARO CARDENAS
$        317,471.00
31
NTSSA001162
TEPETILTIC
DOMICILIO CONOCIDO S/N
$        559,615.65
32
NTSSA000141
EL CARRIZAL
NO DISPONIBLE C.P. 63409
$        594,395.30
33
NTSSA000165
HERIBERTO JARA
CALLE HIDALGO S/N C.P. 63905
$        519,623.43
34
NTSSA000170
SANTA ISABEL
CALLE PRIMERO DE MAYO 82 C.P. 63905
$        626,984.79
35
NTSSA000235
JESUS MARIA
CALLE EMILIO MANUEL GONZALEZ S/N C.P. 63969
$        455,276.70
36
NTSSA000240
MEZQUITES
NO DISPONIBLE C.P. 63975
$        701,231.02
37
NTSSA016096
5 DE MAYO
DOMICILIO CONOCIDO S/N
$        694,178.73
38
NTSSA002055
JARRETADERAS
CALLE MEXICO
$        816,082.71
39
NTSSA000491
EL TERRERO
CALLE REY NAYAR 32 C.P. 63944
$        584,495.80
40
NTSSA000520
COAPAN
CALLE JUÁREZ 6 C.P. 63897
$        562,243.83
41
NTSSA000556
SANTA FE
NO DISPONIBLE C.P. 63898
$        595,534.18
42
NTSSA000585
COFRADIA DE CHOCOLON
NO DISPONIBLE C.P. 63793
$        559,615.65
43
NTSSA000602
LA CURVA
CALLE NINGUNA S/N C.P. 63795
$        568,551.48
44
NTSSA000655
SAN ANTONIO
NO DISPONIBLE C.P. 63790
$        558,695.78
45
NTSSA000696
MESA DEL NAYAR
NO DISPONIBLE C.P. 63546
$        338,961.00
46
NTSSA001430
EL TAMBOR
CALLE BRASIL
$        799,963.18
47
NTSSA015384
SANTA BARBARA
CAMINO NINGUNO S/N C.P. 63533
$        446,449.00
48
NTSSA016113
LOS ARRAYANES
NO DISPONIBLE C.P. 63635
$        455,276.70
49
NTSSA000812
LA BOQUITA
CALLE FRANCISCO I. MADERO S/N C.P. 63640
$        569,164.72
50
NTSSA000836
COLONIA DIECIOCHO DE MARZO
CALLE 16 DE SEPTIEMBRE S/N C.P. 63637
$        458,956.16
51
NTSSA001990
VALLE DE BANDERAS
CALLE HIDALGO
$      1,320,825.67
52
NTSSA000310
EL MONTEON
CALLE 16 DE SEPTIEMBRE
$        853,884.78
 
 
53
NTSSA000906
EL TAMARINDO
CALLE JUSTO SIERRA S/N C.P. 63648
$        516,031.58
54
NTSSA000923
FRANCISCO VILLA
CALLE JUAN ESCUTIA S/N C.P. 63633
$        670,568.86
55
NTSSA001063
GUADALUPE VICTORIA
CALLE 5 DE FEBRERO
$      1,244,170.27
56
NTSSA001010
ATICAMA
CALLE MÉXICO S/N C.P. 63776
$        559,615.65
57
NTSSA001034
EL CORA
CALLE COLOSIO S/N C.P. 63773
$        600,615.34
58
NTSSA001046
CHACALILLA
CALLE AMERICAS S/N C.P. 63745
$        768,205.94
59
NTSSA001092
EL LLANO
CALLE NAYARIT S/N C.P. 63777
$        831,326.19
60
NTSSA001780
EL ESPINO
DOMICILIO CONOCIDO S/N
$        474,988.09
61
NTSSA001821
SAN LUIS DE LOZADA
CALLE MARGARITA ORTEGA S/N C.P. 63527
$        595,446.57
62
NTSSA001833
SALVADOR ALLENDE
NO DISPONIBLE C.P. 99999
$        455,276.70
63
NTSSA001886
PEÑAS
CALLE HIDALGO S/N C.P. 63660
$        604,207.19
64
NTSSA000375
HUAJICORI
CALLE PRISCILIANO SANCHEZ
$        892,431.49
65
NTSSA001956
POPOTA
CALLE NINGUNO S/N C.P. 63583
$        455,276.70
66
NTSSA002014
EL COATANTE
NO DISPONIBLE C.P. 63739
$        481,558.55
67
NTSSA002060
LO DE MARCOS
PASEO DE LAS PALMAS 3 C.P. 63729
$        559,615.65
68
NTSSA002130
FRACCIONAMIENTO EMILIANO ZAPATA
CALLE HIDALGO 22 C.P. 63734
$        564,302.58
69
NTSSA001903
LA YESCA
CALLE JUAREZ
$        800,445.01
70
NTSSA000713
SAN JUAN PEYOTAN
DOMICILIO CONOCIDO S/N
$        339,483.00
71
NTSSA001413
SAUTA
CALLE JUAN ESCUTIA
$      1,058,751.81
72
NTSSA002031
FORTUNA DE VALLEJO (LA GLORIA)
NO DISPONIBLE C.P. 63739
$        571,880.51
73
NTSSA001932
HUAJIMIC
CALLE HIDALGO 160 C.P. 63595
$        947,010.14
74
ntssa000025
EL AGUAJE
CALLE MÉXICO S/N C.P. 63410
$        576,304.62
75
NTSSA002026
CRUZ DE HUANACAXTLE
CALLE LA CRUZ
$        559,615.65
76
NTSSA000042
CERRO BOLA
NO DISPONIBLE C.P. 63412
$        559,615.65
77
NTSSA002072
MEZCALES
CALLE PRISCILIANO SANCHEZ
$        559,615.65
78
NTSSA000071
MOTAJE
NO DISPONIBLE C.P. 63429
$        459,788.42
79
NTSSA000083
EL RECODO
CALLE RÍO ACAPONETA S/N C.P. 63413
$        552,344.34
80
NTSSA000211
BARRANCA DEL ORO
NO DISPONIBLE C.P. 63970
$        851,694.62
81
NTSSA000952
CORDON DE JILGUERO
NO DISPONIBLE C.P. 63616
$        436,265.00
 
 
82
NTSSA000293
IXTAPA DE LA CONCEPCION
CALLE JUAN ESCUTIA
$        987,484.19
83
NTSSA001121
PINTADEÑO
NO DISPONIBLE C.P. 63765
$        588,963.72
84
NTSSA001150
AMADO NERVO (EL CONDE)
CALLE NINGUNO S/N C.P. 63810
$        918,800.95
85
NTSSA015256
EL PORVENIR
CALLE LAZARO CARDENAS
$      1,025,811.89
86
NTSSA001285
EL BOTADERO
CALLE FRANCISCO I. MADERO S/N C.P. 63575
$        604,207.19
87
NTSSA001751
CALERAS DE COFRADOS
DOMICILIO CONOCIDO S/N
$        464,781.97
88
NTSSA001623
VENCEREMOS
CALLE 21 DE AGOSTO
$        619,494.47
89
NTSSA002253
EL LIMON
CALLE MÉXICO S/N C.P. 63556
$        472,359.90
90
NTSSA001792
FRANCISCO I. MADERO
CALLE AMAPA
$        603,068.31
91
NTSSA015903
ESTACION NANCHI (PEÑASQUILLO)
CALLE LOPEZ MATEOS S/N C.P. 63559
$        506,688.00
92
NTSSA001355
LOS OTATES
CALLE INDEPENDENCIA S/N C.P. 63578
$        776,616.13
93
NTSSA001372
PASO REAL DE CAHUIPA
NO DISPONIBLE C.P. 63407
$        763,256.19
94
NTSSA015244
LIMA DE ABAJO
DOMICILIO CONOCIDO S/N
$        893,307.55
95
NTSSA002195
PUERTA DE PALAPARES
CALLE SIN NOMBRE SIN NUMERO RANCHERÍA PUERTA DE PALAPARES C.P.63562
$      1,094,176.83
96
NTSSA016031
CESSA AMATLAN DE CAÑAS
CARRETERA AMATLÁN DE CAÑAS-LA ESTANCIA DE LOS LÓPEZ KM. 1 PUEBLO AMATLAN DE CAÑAS C.P.63960
$        989,983.28
97
NTSSA000223
LOS CERRITOS
CALLE SIN NOMBRE SIN NUMERO EJIDO LOS CERRITOS C.P.63974
$        899,983.28
98
NTSSA001273
BOCA DE CAMICHIN
CALLE MORELOS SIN NUMERO RANCHERÍA BOCA DE CAMICHÍN C.P.63573
$        599,983.28
99
NTSSA001693
TEPIC, COL. RESERVA TERRITORIAL
CALLE PLAN DE AYALA SIN NUMERO COLONIA 5 DE FEBRERO C.P.63197
$        562,983.28
10
0
NTSSA001541
NOVILLERO
CALLE NINGUNO SN PUEBLO NOVILLERO C.P.63467
$        562,983.28
10
1
NTSSA001816
SAN ANDRES
CALLE MÉXICO SIN NUMERO PUEBLO SAN ANDRÉS C.P.63502
$        434,983.28
10
2
NTSSA001005
SAN BLAS
CALLE TENIENTE AZUETA SIN NUMERO COLONIA SAN BLAS CENTRO C.P.63740
$        899,983.28
 
 
10
3
NTSSA015430
(CAPA COMPOSTELA)
CALLE ESCUADRON 201 30 B COLONIA LOMAS DE SAN CRISTÓBAL C.P.63702
$        534,983.28
10
4
NTSSA001722
EL AHUACATE
NO DISPONIBLE C.P. 63507
$        866,456.26
10
5
NTSSA001710
CESSA JUAN ESCUTIA, MUNICIPIO DE TEPIC
AVENIDA JUAN ESCUTIA SIN NUMERO COLONIA TEPIC CENTRO C.P.63000
$      5,643,927.37
10
6
NTSSA003550
CESSA JALCOCOTAN, MUNICIPIO SAN BLAS
CALLE JUÁREZ SIN NUMERO PUEBLO JALCOCOTÁN C.P.63770
$      1,044,822.42
10
7
NTSSA001536
MILPAS VIEJAS MUNICIPIO DE TECUALA
CALLE INSURGENTES SIN NUMERO EJIDO MILPAS VIEJAS C.P.63446
$        974,299.46
10
8
NTSSA001174
TEQUILITA
CALLE JOSÉ GUADALUPE AHUMADA SIN NUMERO RANCHERÍA TEQUILITA C.P.63810
$        455,276.70
10
9
NTSSA000264
COMPOSTELA
CALLE FRANCISCO JAVIER MINA 124 COLONIA COMPOSTELA CENTRO C.P.63700
$      2,732,821.17
11
0
NTSSA002294
CAMPO DE LOS LIMONES
CALLE BENITO JUÁREZ SIN NUMERO EJIDO CAMPO DE LOS LIMONES C.P.63565
$        742,518.14
11
1
NTSSA002113
SAN VICENTE
CALLE INDEPENDENCIA 386 EJIDO SAN VICENTE C.P.63737
$        550,069.85
11
2
NTSSA001186
CESSA SANTA MARIA DEL ORO
CALLE MANUEL PLAZOLA SIN NUMERO PUEBLO SANTA MARIA DEL ORO C.P.63830
$        990,000.00
11
3
NTSSA016125
MESA DE LOS HUICHOLES
CAMINO SIN NOMBRE SIN NUMERO RANCHERÍA MESA DE LOS HUICHOLES C.P.63543
$        296,354.66
11
4
NTSSA001314
EL CORTE
CALLE JOSÉ MARÍA MERCADO SIN NUMERO RANCHERÍA EL CORTE (EL TUCHI) C.P.63576
$        672,706.47
11
5
NTSSA015413
LAS HIGUERAS
CAMINO SIN NOMBRE SIN NUMERO RANCHERÍA LAS HIGUERAS C.P.63538
$        600,235.77
11
6
NTSSA015886
(SORID COMPOSTELA)
CALLE ESCUADRON 201 33 A COLONIA LOMAS DE SAN CRISTÓBAL C.P.63702
$        541,997.72
11
7
NTSSA000544
ROSA BLANCA
CALLE MÉXICO 87 PUEBLO ROSA BLANCA C.P.63885
$        499,110.86
 
 
11
8
NTSSA015396
ARROYO DE CAMARONES
CALLE SIN NOMBRE SIN NUMERO RANCHERÍA ARROYO DE CAMARONES C.P.63547
$        467,889.18
11
9
NTSSA000153
AHUACATLAN
CALLE 20 DE NOVIEMBRE 94 VILLA AHUACATLÁN C.P.63900
$        452,881.29
12
0
NTSSA001244
PLATANITOS
CALLE SIN NOMBRE SIN NUMERO PUEBLO SANTA MARIA DEL ORO C.P.63830
$        461,161.99
12
1
NTSSA015401
POTRERO DE LA PALMITA
CALLE SIN NOMBRE SIN NUMERO EJIDO POTRERO DE LA PALMITA C.P.63538
$        424,409.25
12
2
NTSSA000853
PERICOS
CALLE 16 DE SEPTIEMBRE SIN NUMERO EJIDO PERICOS C.P.63643
$        372,421.72
12
3
NTSSA001331
POZO DE IBARRA
CALLE MARIANO PINEDA SIN NUMERO EJIDO POZO DE IBARRA C.P.63556
$        377,430.66
12
4
NTSSA001891
UNION DE CORRIENTES
CALLE 16 DE SEPTIEMBRE SIN NUMERO EJIDO UNION DE CORRIENTES C.P.63670
$        367,083.38
12
5
NTSSA000100
SAN MIGUEL
CALLE GUANAJUATO SIN NUMERO RANCHERÍA SAN MIGUEL C.P.63427
$        324,883.41
 
 
 
 
$     92,715,502.43
 
ANEXO 2 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA LLEVAR A CABO ACCIONES PARA EL MANTENIMIENTO DE LAS UNIDADES MÉDICAS DEL PRIMER NIVEL DE ATENCIÓN EN EL EJERCICIO FISCAL 2021, CON CARGO A LOS RECURSOS DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO E023 "ATENCIÓN A LA SALUD", CELEBRADO ENTRE EL INSTITUTO DE SALUD PARA EL BIENESTAR Y EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE NAYARIT, EL 29 DE NOVIEMBRE DE 2021.
 
ANEXO 3
CATÁLOGO DE CONCEPTOS AUTORIZADOS

Clave
Concepto
Unidad
Cantidad
P.U.
 
PLANEACIÓN DEL MANTENIMIENTO
 
 
 
 
CAMBIO DE ACABADOS
 
 
 
DEM-001-000
Servicio de mantenimiento a piso de azulejo con espesor de 6 mm, incluye: desmontaje de azulejo y pegazulejo de desecho, su retiro fuera del lugar del servicio, limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución.
m2
1.00
$              58.35
DEM-002-000
Servicio de mantenimiento a piso a loseta con espesor de 6 mm, incluye: desmontaje de loseta y adhesivo de desecho, limpieza y su retiro fuera del lugar del servicio, limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución.
m2
1.00
$              48.14
DEM-003-000
Servicio de mantenimiento a piso de concreto de 8 a 10 cm de espesor, incluye: derribo de piso de concreto de desecho, retiro fuera del lugar del servicio, limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución.
m2
1.00
$              96.28
DEM-004-000
Servicio de mantenimiento a loseta en muros, con espesor de 1 cm promedio, incluye: desmontaje de loseta y adhesivo de desecho, retiro fuera del lugar del servicio, limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución.
m2
1.00
$              96.15
DEM-005-000
Servicio de mantenimiento a aplanado de mezcla en muro, con espesor de 2 cm promedio, incluye: derribo de aplanado de desecho, retiro fuera del lugar del servicio, limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución.
m2
1.00
$              50.48
DEM-006-000
Servicio de mantenimiento a aplanado de mezcla en plafón, con espesor de 2 cm promedio, incluye: derribo de aplanado de desecho, retiro fuera del lugar del servicio, limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución.
m2
1.00
$              56.08
DES-001-000
Servicio de mantenimiento a lavabo, incluye: desmontaje de lavabo, llaves y cespol de desecho, retiro fuera del lugar del servicio, limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución.
pza.
1.00
$             138.65
DES-002-000
Servicio de mantenimiento a W.C. de tanque bajo, incluye: demontaje de W.C. de desecho, retiro fuera del lugar del servicio, limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución.
pza.
1.00
$             207.97
DES-003-000
Servicio de mantenimiento a calentador de gas, incluye: desmontaje de calentador de desech,o retiro fuera del lugar del servicio, desconexión hidráulica, limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución.
pza.
1.00
$             369.73
DES-004-000
Servicio de mantenimiento a luminaria de plafón, hasta una altura de 6 m. incluye: desmontaje y desconexión de luminaria y soportería de desecho, limpieza, retiro fuera del lugar del servicio y todo lo necesario para su correcta ejecución.
pza.
1.00
$              87.23
DES-005-000
Servicio de mantenimiento a instalación eléctrica, incluye: desconexión de cables cal. 10, 12 y 14 hasta 20 m. de longitud, retiro de material de desecho fuera del lugar del servicio, limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución.
lote
1.00
$              87.23
DES-006-000
Servicio de mantenimiento a instalación eléctrica, incluye: desmontaje y desconexión de interruptor de seguridad de 2x30 A. con fusibles, desenergización y desconexión de tuberias y cables de desecho, retiro de materiales de desecho fuera del lugar del servicio, limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución.
pza.
1.00
$             138.65
DES-007-000
Servicio de mantenimiento a instalación eléctrica, incluye: desmontaje y desconexión de interruptor termo magnético de 1 polo, retiro de material de desecho, considerando su retiro fuera del lugar del servicio, limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución.
pza.
1.00
$              27.74
DES-008-000
Servicio de mantenimiento a cancelería metálica, incluye: desmontaje de cancelería metálica de desecho, retiro fuera del lugar del servicio, limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución.
m2
1.00
$             111.18
DES-009-000
Servicio de mantenimiento a cancelería de aluminio, incluye: desmontaje de cancelería de aluminio de desecho, retiro fuera del lugar del servicio, limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución.
m2
1.00
$             147.65
 
 
DES-010-000
Servicio de mantenimiento a vidrios en ventanas, con sección mayor a 0.50 m2, incluye: desmontaje de vidrio de desecho, retiro fuera del lugar del servicio, limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución.
m2
1.00
$              99.56
DES-011-000
Servicio de mantenimiento a protección metálica, incluye: desmontaje de protección metálica de desecho, retiro fuera del lugar del servicio, limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución.
m2
1.00
$              90.33
DES-012-000
Servicio de mantenimiento a puerta de madera tipo tambor (diferentes medidas) y cerrajería, incluye: desmontaje de puerta de madera de desecho, retiro fuera del lugar del servicio, limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución.
pza.
1.00
$             331.31
DES-013-000
Servicio de mantenimiento a impermeabilizante, hasta una altura de 4.00 m, incluye: retiro de impermeabilizante de desecho, retiro fuera del lugar del servicio, limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución.
m2
1.00
$              48.14
DES-014-000
Desmantelamiento de tarja, sin recuperación, incluye: cancelacion de la instalación hidráulica y sanitaria, mano de obra, herramienta, equipo, carga y acarreo manual, limpieza, retiro de material sobrante fuera de la obra y todo lo necesario para su correcta ejecucion
PZA
1.00
$             253.95
DES-015-000
Desmantelamiento de puertas de multypanel sin recuperacion, sin recuperacion, incluye: mano de obra, herramienta, equipo, andamios, acarreos y todo lo necesario para su correcta ejecucion.
PZA
1.00
$             109.81
DES-016-000
Desmantelamiento de puerta sin recuperacion, medida de 3.55x2.40m de aluminio anodizado natural compuesta en la parte central de dos hojas de abatimiento sencillo de 90,00x2,10m . Con dos tableros superior e inferior de 0,90x1,05 y barra de empuje de madera cada una. Un fijo lateral de cada lado de 0,88x2,10m. Compuestos por dos tableros de cristal de 6 mm de 0,88x1,05 cada uno. Y en la parte superior dos fijos de 1,78x0,40m. Sin recuperacion, incluye : mano de obra, herramienta, equipo, andamios, acarreos y todo lo necesario para su correcta ejecucion.
PZA
1.00
$             761.86
DES-017-000
Retiro de loseta de azotea con medios manuales, incluye: retiro de mortero suelto, limpieza de la superficie, retiro de material sobrante fuera de la obra, mano de obra, equipo, herramienta y todo lo necesario para su correcta ejecucion.
m2
1.00
$              35.60
 
CONSERVACIÓN
 
 
 
 
MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE ÁREAS COMUNES
 
 
 
ALB-001-000
Servicio de mantenimiento a firme de 8 cm acabado común, incluye: suministro y aplicación de firme 8 cm acabado común de concreto F'c= 150 kg/cm2, limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
m2
1.00
$             278.83
ALB-002-000
Servicio de mantenimiento a rampa de acceso para discapacitados, mediente el suministro y aplicación de firme de concreto hecho en sitio F'c=150 kg/cm2, incluye: conformación de rampa, limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
pza.
1.00
$           1,539.20
ALB-003-000
Servicio de mantenimiento sobre muros, mediante mezcla cemento-arena en proporción de 1:4 (aplanado acabado fino de 1 hasta 2.5 cm de espesor) incluye: limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución.
m2
1.00
$             261.97
ALB-004-000
Servicio de mantenimiento sobre muros, con mezcla cemento-arena en proporción de 1:4 (boquilla acabado fino de 1 hasta 2.5 cm de espesor) incluye: limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución.
m2
1.00
$             106.06
ALB-005-000
Servicio de mantenimiento sobre muros, mediante el resane de grietas de hasta 1 x 1 cm. con poliuretano (cartucho) en muros con elevación hasta 4.00 m, incluye: limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución.
m
1.00
$             201.34
ALB-006-000
Servicio de mantenimiento a plafones, mediante mezcla cemento-arena en proporción de 1:4 (aplanado acabado fino de 1 hasta 2 cm de espesor) incluye: limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución.
m2
1.00
$             305.70
ALB-007-000
Servicio de mantenimiento a losa de azotea, mediente el resane de grietas de hasta 1 x 1 cm. en entortado con poliuretano (cartucho), incluye: limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución.
m
1.00
$             196.41
ALB-008-000
Servicio de mantenimiento a losa de azotea, mediante la impermeabilización con primario asfáltico Emultex TP, aplicación de una capa de impermeabilizante Emultex ASB, colocación de doble membrana de refuerzo Cristaflex, aplicación de segunda capa de Emultex ASB y acabado con pintura acrílica Solartex rojo, Protexa; con materiales equivalentes en calidad y/o costo, hasta una altura de 4.00 m, incuye: limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
m2
1.00
$             299.33
 
 
ALB-009-000
Relleno de hormigón en azotea con mortero cemento-arena-jal prop. 1:10:14, de 6 cms. De espesor promedio. Incluye vaciado, elevaciones de material, nivelacion para dar pendiente, suministro de materiales, mano de obra, herramienta todo lo necesario para su ejecución
m2
1.00
$             181.58
ALB-010-000
Impermeabilizante (sbs) prefabricado con espesor de 4.5 mm garantia de 8 años,a base de multicapa y asfalto modificado sbs con un minimo de polimero con refuerzo central de fibra de vidrio de 180 gr. Con resina termo adherida acabado aparente con gravilla color terracota, incluye: suministro, colocacion, sellado, elevacion, acarreos, material, limpieza, retiro de material sobrante fuera de la obra, recortes, desperdicios, fletes, material, mano de obra, equipo, herramienta y todo lo necesario para su correcta ejecucion.
m2
1.00
$             360.75
 
ACABADOS
 
 
 
ACA-001-000
Servicio de mantenimiento a sanitarios, mediante el suministro y colocación de piso de loseta, Interceramic o equivalente en calidad y/o costo, de medidas 0.40 x 0.40 m, según muestra aprobada en sitio, asentada con cemento Crest o equivalente en calidad y/o costo, incluye: limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
m2
1.00
$             444.95
ACA-002-000
Servicio de mantenimiento a las áreas comúnes, mediante el suministro y colocación en piso de loseta, Interceramic o equivalente en calidad y/o costo, de medidas 0.40 x 0.40 m, según muestra aprobada en sitio, asentada con cemento Crest o equivalente en calidad y/o costo, incluye: limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
m2
1.00
$             548.41
ACA-003-000
Servicio de mantenimiento a las áreas comunes, mediante el suministro y colocación de zoclo de 8 cm de loseta Interceramic o equivalente en calidad y/o costo, según muestra aprobada en sitio, asentada con cemento Crest o equivalente en calidad y/o costo, incluye: limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
m
1.00
$             142.20
ACA-004-000
Servicio de mantenimiento a sanitarios, mediante el suministro y colocación en muro de loseta marca Interceramic o equivalente en calidad y/o costo, de medidas 0.40 x 0.40 m, según muestra aprobada en sitio, asentada con cemento Crest o equivalente en calidad y/o costo, incluye: limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
m2
1.00
$             428.05
ACA-005-000
Servicio de mantenimiento a muros, mediante el suministro y aplicación de pintura vinílica marca Comex o equivalente en calidad y/o costo, línea vinimex 700, colores blanco ostión, rojo (Pantone 7421 C) y dorado (465 C), a cualquier altura, aplicando sellador 5 x 1 de Comex o equivalente en calidad y/o costo, de acuerdo al patron aprobada en sitio, suprimiendo los colores existentes, incluye: limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución.
m2
1.00
$             126.12
ACA-006-000
Servicio de mantenimiento a muros, mediante el suministro y aplicación de pintura de esmalte, marca Comex o equivalente en calidad y/o costo, línea Acqua 100, color blanco ostión, a dos manos a cualquier altura, aplicando sellador 5x1 de Comex o equivalente en calidad y/o costo, incluye: limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución.
m2
1.00
$             134.59
ACA-007-000
Servicio de mantenimiento a muros, mediante el suministro y aplicación de pasta textura cascara de naranja, marca Corev o equivalente en calidad y/o costo, aplicada sobre muros aplanados de mezcla, yeso y/o panel, en interior o exterior, aplicación de sotofondo para adherir y Vitrocorev o equivalente en calidad y/o costo como acabado final, incluye: limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución.
m2
1.00
$             247.97
ACA-008-000
Servicio de mantenimiento a Plafones, mediante el suministro y aplicación de pintura vinílica, marca Comex vinimex o equivalente en calidad y/o costo, a dos manos, aplicación de sellador, preparación de la superficie, incluye: limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución.
m2
1.00
$             104.87
ACA-009-000
Servicio de mantenimiento mediante el suministro y colocacion de recubrimiento chisa glass modelo t-500 o equivalente en calidad y precio, en muros existentes. Incluye: preparacion de superficie que costa de afine de área a recibir acabado, aplicacion de sellador vinilico, aplicacion de primer, aplicacion de recubrimiento chisa glas con equipo neumatico por aspersion de aire, proteccion de superficies con papel y masking tape a una altura 2.7 m., sellador y todo lo necesario para su correcta ejecucion y funcionamiento.
m2
1.00
$             219.95
ACA-010-000
Pintura de esmalte en protecciones de herreria en puertas y ventanas a dos manos, aplicada en ambas caras y cantos, aqua 100 mca. Comex o similar en calidad y precio, color indicado en el sitio de la obra, incluye: limpieza y preparacion de la superficie por medios mecanicos y/o manuales, aplicando removedor de pintura, cepillo de alambre y lija, una primera mano de esmalte anticorrosivo como fondo protector, material, mano de obra, herramientas, pintura aplicada con pistola de aspersión, limpieza del area de trabajo y todo lo necesario para su correcta ejecucion.
m2
1.00
$             114.92
 
 
ACA-011-000
Suministro y colocacion de tratamiento de fin-salitre en muros a base de limpieza de la superficie, aplicación de acido muriatico o cloro, lavado con agua caliente y aplicación de sellador con polimeros, mano de obra, equipo, herramienta y todo lo necesario para su correcta ejecucion.;
m2
1.00
$              43.19
ACA-012-000
Suministro y colocacion de plafon liso, a base tablacemento resistente al agua y al impacto marca permabase, de 12.7 mm de espesor formado con canal liston cal. 26 a cada 40.6 cms como maximo entre ellos, amarre con alambre galvanizado no. 18 doble, canaleta de carga calibre 22 a cada 1.22 mts, colgante a losa o elemento estructural por medio de anclas con alambre galvanizado no. 12 a cada 1.22 mts con un minimo de 3 vueltas en 1" maximo, incluye: buña perimetral, tornillos de 1" marca tablaroca a cada 20 cms maximo para fijar la tapa de tablero de yeso a canal liston, traslapes de canal liston por lo menos de 20cms, refuerzos para luminarias, rejillas y tuberias, tratamiento en juntas con compuesto marca redimix o pasta marca tablaroca, los accesorios necesarios para su instalacion y sellado (trabajo terminado), perfacinta, elevaciones, materiales, mermas, recortes, desperdicios, mano de obra, herramienta y todo lo necesario para su correcta instalacion.
m2
1.00
$             565.71
ACA-013-000
Suministro y colocacion de plafon reticular a base de placa olympia micro con orilla de sombra inclinada (slt) de 2'x2'x 5/8" espesor, mca. Usg, perfiles de suspension donn dx/dxl de 5/16"x1 ½" color blanco, colgantes de alambre galvanizado no. 14 @ 90 cms. Incluye: corte de vanos en plafond para intalacion de equipo electrico,aire acondicionado, extractores, placas, inyectores, anclas expansivas, alambre galvanizado no. 14, angulo de amarre, angulo perimetral donn dx mca. Usg color blanco (buña perimetral), anclas expansivas, clavo de impacto, tornillos ds 1 1/4", materiales, mano de obra, equipo, herramienta, andamios, elevaciones, limpieza de las areas de trabajo y todo lo necesario para su correcta instalacion.
m2
1.00
$             886.52
 
MANTENIMIENTO A CANCELERIA Y HERRERIA
 
 
 
CYH-001-000
Servicio de mantenimiento a herrería, mediante el suministro y colocación de ventana de un fijo, de perfiles de aluminio de 2'' pulgadas, color natural y vidrio claro de 6 mm., incluye: limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
m2
1.00
$           3,214.67
CYH-001-001
Servicio de mantenimiento a cancelería, mediante suministro y colocación de fijo de perfiles de aluminio color natural de 0.75x2.00 m, formada por dos partes iguales, la superior para recibir vidrio claro de 6 mm, y la inferior con duela de entre calles, incluye: limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
pza.
1.00
$           4,338.78
CYH-001-002
Servicio de mantenimiento a cancelería, mediante el suministro y colocación de fijo de perfiles de aluminio color natural, conformado por dos partes; la inferior de 1.06x2.20 m y un antepecho de 0.53x1.06 m, para recibir vidrio claro de 6 mm., incluye: limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
pza.
1.00
$           6,050.26
CYH-002-000
Servicio de mantenimiento a herrería, mediante suministro y colocación de ventana de un fijo y un corredizo de perfiles de aluminio de 2'' pulgadas, color natural y vidrio claro de 6 mm., incluye: limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
m2
1.00
$           3,924.07
CYH-003-000
Servicio de mantenimiento a cancelería, mediante el suministro y colocación de ventana de un fijo y dos corredizos de perfiles de aluminio de 2'' pulgadas, color natural, y vidrio claro de 6 mm., incluye: limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
m2
1.00
$           4,416.15
CYH-004-000
Servicio de mantenimiento a cancelería, mediante el suministro y colocación de puerta abatible de perfiles de aluminio color natural de 2" pulgadas, con vidrio claro de 6 mm., incluye: limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
pza.
1.00
$           6,337.87
CYH-004-001
Servicio de mantenimiento a cancelería, mediante el suministro y colocación de puerta doble batiente abatible de perfiles de aluminio color natural conformado por dos partes; la inferior de 2.00x2.20 m, formada por dos partes iguales y un antepecho de 0.53 de altura, vidrio claro de 6 mm., incluye: limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
pza.
1.00
$         17,332.29
CYH-005-000
Servicio de mantenimiento a cancelería, mediante el suministro y colocación de puerta abatible de perfiles de aluminio color natural, formada por dos partes iguales, la superior para recibir vidrio claro de 6 mm, y la inferior con duela de entre calles, incluye: limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
pza.
1.00
$           5,211.78
CYH-005-001
Servicio de mantenimiento a cancelería, mediante el suministro y colocación de puerta doble batiente abatible de perfiles de aluminio color natural de 1.40x2.00 m, formada por dos partes iguales, la superior para recibir vidrio claro de 6 mm, y la inferior con duela de entre calles, incluye: limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
pza.
1.00
$           7,776.11
 
 
CYH-006-000
Servicio de mantenimiento a cancelería, mediante el retiro de cristal en mal estado, reposición de vidrio claro de 6 mm de espesor en ventanas y puertas de aluminio, desde 0.00 a 5.00 m2, incluye: limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
m2
1.00
$           1,499.20
CYH-007-000
Servicio de mantenimiento a herrería, mediante el suministro y colocación de protección a base de fierro comercial cuadrado de 1/2", marco a base de ángulo de 3/4" por 3/16", figura decorativa según diseño aprobado, incluye: limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
m2
1.00
$           1,009.19
CYH-008-000
Suministro y colocación de ventana de 0.50x0.40m compuesta por 1 secciones y cristal de celocias de 10 cms. De ancho cada una de perfiles de aluminio anodizado natural marca cuprum o similar linea 2000 (2") y cristal filtrasol de 6mm de espesor, hecha en taller de 10cm , incluye: mecanismo de operación, mano de obra, herramienta, equipo, andamios, acarreos y todo lo necesario para su correcta ejecucion.
pza
1.00
$           1,113.84
CYH-009-000
Puerta lisa desde 0.70 a 0.90 mts de ancho y hasta 2.20 mts de altura, de multipanel color beige, con marco de acero, incluye: suministro y colocacion, bisagras de laton de 3", cerradura tipo pomo, amacizado, elementos de fijacion, ajuste de bano, resanes, emboquillado, materiales, mano de obra, herramienta, andamios, limpieza de las areas de trabajo y todo lo necesario para su correcta ejecucion.
pza
1.00
$           3,794.50
CYH-010-000
Suministro e instalacion de puerta, medida de 3.55x2.40m. De alto, de aluminio anodizado natural compuesta en la parte central de dos hojas de abatimiento sencillo de 1.00,00x2,10m. De alto. Y 4 barras de empuje de madera cada una de 0.95 cms. De largo y 0.12 cms. De alto, acabado con barniz marino, dos fijos laterales de 0,75x2,10m. Antepecho a base de dos tableros de aluminio anodizado natural y cristal de 6 mm. Filtrasol,con medidas de 1,75 x 0,30m. Incluye : mano de obra, herramienta, equipo, andamios, acarreos y todo lo necesario para su correcta ejecucion.
pza
1.00
$         25,347.00
CYH-011-000
V-1 ventana de 1.50x1.15 m de 2 secciones una fija de 0.75x1.15 m y una seccion corrediza de 0.75 x1.15 m cada una, con mosquitero corredizo de tela de fibra de vidrio, con aluminio de 3" marca cuprum en color anodizado natural, con cristal tintex verde de 6 mm. Incluye: mosquitero, tela de mosquitero, riel cabezal, jamba, cerco, zoclo-cabezal, traslape, adaptador mosquitero, jaladera de embutir, tapa dren, tapon desagüe, contra y gancho, carretilla ajustable, sello de hermeticidad, tapa traslape, felpa con plastico, sellado perimetral con acrilastik , empaque para cristal en ambos lados
pza
1.00
$           6,037.50
CYH-012-000
V-2 ventana de 0.50x0.40 m de 2 secciones una fija de 0.25x0.40 m y una seccion corrediza de 0.25 x0.40 m cada una, con mosquitero corredizo de tela de fibra de vidrio, con aluminio de 3"marca cuprum en color anodizado natural, con cristal tintex verde de 6 mm. Incluye: mosquitero, tela de mosquitero, riel cabezal, jamba, cerco, zoclo-cabezal, traslape, adaptador mosquitero, jaladera de embutir, tapa dren, tapon desagüe, contra y gancho, carretilla ajustable, sello de hermeticidad, tapa traslape, felpa con plastico, sellado perimetral con acrilastik , empaque para cristal en ambos lados
pza
1.00
$             740.00
CYH-013-000
P-01 puerta de 3.55 x 2.40 m compuesta de dos puertas de 0.90 x 2.10 mts cada una de abatimiento sencillo, 2 fijos laterales de 0.88x2.10 mts y un fijo superior de 3.55 x0.30 mts, de aluminio marca cuprum de 3" color anonizado natural con cristal de 6mm, con barra de empuje de pvc, incluye: marco batiente colonias, bisagra hidraulica de piso, tapon tpc, cerco chapa, junquillo gran vista, junquillo respaldo, vinil v5, tensor 137, batiente colonial 9243, escuadro, moldura union, escalon curvo descentrado, junquillo curvo, vinil interior, felpas fl6, f12p y f11p, barra de armado va107, cabezal, intermedio y zoclo sello de hermeticidad 36 felpas, y canal bisagra hidraulica, tope para puerta marca philips mod. 54, cierrapuertas mca. Philips mod. 1404
pza
1.00
$         31,524.00
CYH-014-000
Suministro y colocación de puerta de una hoja de abatimiento sencillo de herreria tubular, de 0.85 a 0.90 de ancho y de 2.10 a 2.14 mts. De alto, compuesta en la parte superior por 2 fijos de 0.40 ancho x 1.05 m. De alto, incluye: cristal filtrasol de 6mm de espesor y protecciones en marcos a base de solera de 1/8" x 1/2", en la parte inferior tablero zt-147 chapa marca phillips o similar modelo 715 cl, pata de cabra modelo 59 acabado an marca phillips o similar, jaladera hecha en taller, pintura alquidalico a dos manos aplicada con pistola de aspersión por ambos lados en color indicado por supervision, marca berelinte o similar y acarreo al sitio de la obra, anclajes y todo lo necesario para su correcta colocación.
pza
1.00
$           6,960.00
 
 
CYH-015-000
Barandal formado por secciones tubulares de 2" de diámetro cal. 16, para personas con discapacidad, con las siguientes características: pasamanos doble uno a 75.0 cm y otro a 90.0 cm de altura del nivel de piso, postes del mismo material @ 200 cm de separación, dos manos de pintura esmalte base agua color plata, incluye: mano de obra, herramienta, equipo, acarreos, tubería, materiales, primario con cromato de zinc, soldadura, solera, cortes, desperdicios, anclaje a piso a base de placa cuadrada de tres pulgadas por cada lado y 4 varillas de 0.20 cms.de alto, soldadas de 1/4", (colocadas en cada poste), dado de concreto para recibir placa de anclaje de 0.15 x 0.15 cms y 0.25 cms. De profundidad de f´c = 150 kg/cm2., esmerilado de rebabas,formación de curva para union entre barra superior e inferior, retiro dedesperdicios, limpieza de área de trabajo y todo lo necesario para su correcta ejecucion.
ml
1.00
$           2,005.15
CYH-016-000
Suministro y colocación de herreria en barandal ubicado en fachadas y/ó puertas de acceso elaborado con ptr rectangular verde de 3" x 1 1/2"; secciones verticales de 2.10 mts. De alto con separación de 15 cms. Y dos secciones superior e inferiorde 3" x 2", verde, incluye primera capa de primer anticorrosico como fondo protector y dos manos de pintura esmalte base agua color indicado en obra, incluye: mano de obra, herramienta, equipo, materiales de anclajes a piso y bisagras, picaporte al piso, portacandado en caso necesario, acarreos, materiales, primario con cromato de zinc, soldadura, solera, cortes, desperdicios, esmerilado de rebabas, retiro de desperdicios, limpieza de área de trabajo y todo lo necesario para su correcta ejecucion.
ml
1.00
$           2,005.15
CYH-017-000
Suministro y colocacion de puerta de herreria, de 1.00x2.10 mts, en la parte superior un fijo de de cristal de 6" de 0.50x1.00 mts. Y una ventana de 0.50x1.00mts. Incluye: acarreos, colocación, tornilleria, chapa phillips modelo 715, 3 bisagras tubulares soldables 1/2", plomeado, nivelado, calafateo con acrilastick color blanco, amacizado, limpieza, color indicado por supervision mod. 902 de la linea velmar mca. Comex, retiro de material sobrante, equipo, herramienta, mano de obra y todo lo necesario para su correcta ejecucion.
pza
1.00
$           6,300.00
CYH-018-000
Barandal bt-01 a base de perfil tubular de 4" ahogado en dala @ 20 cms de separación de 1.50 mts de altura, , incluye: suministro, fabricacion, montaje de materiales, cortes, soldadura, conexiones, fondeo con pintura esmalte anticorrosivo estructural, 2 capas de pintura de esmalte base agua color blanco semi mate (aplicacion por aspercion), nivelacion, plomeo, mano de obra, fletes, herramienta y equipo necesario para su correcta ejecucion.
ml
1.00
$           3,824.25
 
MANTENIMIENTO A CARPINTERIA Y CERRAJERIA
 
 
 
CYC-001-000
Servicio de mantanimiento a carpintería y cerrajería, mediante el suministro y colocación de puerta de madera tipo tambor de 0.80 hasta 1.20 m de ancho por 2.10 m de altura, con triplay de pino de 6 mm y bastidor de madera de pino de primera con peinazos a cada 30 cm. en ambos sentidos, marco sencillo de madera de pino con chambranas, bisagras latonadas, cerradura Brandy modelo MX5345 de acero inoxidable, marca Phillips o equivalente en calidad y/o costo, acabado liso, color laca blanco ostión o equivalente en calidad y/o costo, incluye: limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
pza.
1.00
$           5,098.77
CYC-002-000
Servicio de mantanimiento a carpintería y cerrajería, mediante el suministro y colocación de tope de piso marca Philips modelo 56, color cromo satinado o equivalente en calidad y/o costo, incluye: limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
pza.
1.00
$             119.31
 
MANTENIMIENTO A SEÑALIZACIÓN
 
 
 
SEÑ-001-000
Servicio de mantenimiento al señalamiento en piso para personas discapacitadas, mediante el suministro y colocación de piso podo táctil de poliuretano ligado con polímeros totalmente inocuos, en placas de 0.30 x 0.30 x 0.03 m, color amarillo, incluye: limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
m
1.00
$           1,080.12
 
 
SEÑ-002-000
Servicio de mantenimiento al señalamiento para personas discapacitadas, mediante el retiro de directorio existente, sustitución de directorio médico de 0.61 x 1.22 m a base de lámina de acrílico transparente de 6 mm de espesor, letras de vinil, en idioma español, fijada con 4 chapetones separadores de aluminio de 19 mm de diámetro x 30 mm de largo, incluye: limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
pza.
1.00
$           2,155.98
SEÑ-003-000
OPCIÓN A
Servicio de mantenimiento a la Fachada, mediante la reposición de imagen institucional de las unidades según especificaciones proporcionadas por el administrador del contrato en el INSABI, incluye:
- Logotipo de la Secretaría de Salud Federal, con la leyenda "Secretaría de Salud". Colores: Escudo (Pantone 465 C),Logo (Pantone 7420 C), leyenda (Pantone 465 C)
- Logotipo del INSABI con la leyenda "Instituto de Salud para el Bienestar". Colores: Logo (Pantone 424 C), leyenda (Pantone 424 C)
- Logotipo del gobierno del estado, con la leyenda "Gobierno del Estado de xxxxxxxxxxxx". Colores: Logo (colores institucionales), leyenda (Pantone 7420 C)
- Rótulo de la unidad "Centro de Salud de "xx" núcleos básicos, nombre unidad y municipio". Color: Pantone 7420 C
Sobre fachada (muro), con medidads de 0.48 x 6.33 m, en base a pintura tipo esmalte. Las dimensiones descritas con anterioridad están expresadas a detalle en el anexo correspondiente. Incluye: suministro de materiales, andamios, equipo de seguridad, resanes necesarios, desperdicios, retiro de sobrantes fuera del lugar de trabajo, limpieza, trazo, personal, equipo y/o herramienta.
pza.
1.00
$           3,822.83
SEÑ-004-000
Servicio de mantenimiento a la señalitica, mediante el suministro y colocación de señalamiento sobre muro, con medidas de 20 X 60 cm. elaborado en base de panel de aluminio, conformada por un compuesto de Polietileno de baja densidad no tóxico, cubierto (inferior y superior) por láminas de aluminio de alta calidad en un espesor de 4mm color plateado terminado rayado. Rotulado por computadora en vinyl color Burgundy semi brillante, tipografía Montserrat Bold altas con logotipo según muestra aprobada. Colocado con cinta doble y Patex. Incluye: limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
pza.
1.00
$             686.20
OEX-001-000
Servicio de mantenimiento a andadores, mediante el suministro y conformación de banquetas de 8 cm de espesor de concreto de F'c=150 kg/cm2, T.M.A. 1 1/2" acabado escobillado, cimbrado con cimbra metálica, colado, juntas con volteador a cada 1.50 m. curado, incluye: limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
m2
1.00
$             394.33
OEX-002-000
Servicio de mantenimiento en andadores, mediante el suministro y conformación de guarnición de 15x20x40 cm de concreto de F'c=200 kg/cm2 T.M.A. 1 1/2", cimbrado con cimbra metálica, incluye: limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
m
1.00
$             246.60
OEX-003-000
Servicio de mantenimiento en andadores, mediante el suministro y aplicación de pintura para tráfico base solvente color amarillo, con micro esferas de cristal, en guarniciones de concreto con desarrollo de 0.35 m., incluye: limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
m
1.00
$              64.59
OEX-004-000
Servicio de mantenimiento en estacionamiento, mediante el retiro de pintura anterior, reposición de rotulo en piso para personas discapacitadas, en rampa de concreto con pintura alquidalica acabado mate, incluye: dibujo de emblema y rótulo en color azul, limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución.
m2
1.00
$             981.64
OEX-005-000
Servicio de mantenimiento en explanada, mediante el retiro de pintura anterior, reposición de logo en piso del punto de reunión de 2.00 x 2.00 m. con pintura Comex o equivalente en calidad y precio, de secado rápido, colores verde y blanco, punto, flechas y leyenda "punto de reunión". Incluye: limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
pza.
1.00
$           1,136.43
 
 
 
INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTO
 
 
 
 
MANTENIMIENTO A INSTALACIÓN HIDRÁULICA
 
 
 
KIH-001-000
Servicio de mantenimiento a instalación hidráulica, mediente el suministro e instalación de Línea hidráulica de sección de 1 1/4", reducción bushing de CPVC de 32 mm a 19 mm (1 1/4" a 3/4"), tuerca unión, 2 conectores de cuerda exterior de CPVC y bronce de 19 mm (3/4"), codo de CPVC 90° de 19 mm (3/4) de diámetro, tubo de CPVC de 19 mm (3/4) de diámetro y 3 m de longitud y pichancha de bronce de 19 mm (3/4) de diámetro. Incluye: limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
lote
1.00
$           1,788.79
KIH-002-000
Servicio de mantenimiento a la instalación hidráulica, mediente el suministro e instalación de línea hidráulica de llenado a tinaco, conector cuerda exterior de cobre de 1" de diámetro, reducción bushing de cobre de 25 mm a 19 mm (1" a 3/4"), tubo de cobre tipo "m" de 19 mm (3/4) de diámetro y 1 m de longitud, "Tee" de 19 mm (3/4) de diámetro, válvula de compuerta de cobre de 19 mm de diámetro, válvula check cobre de 19 mm (3/4), tuerca unión cobre a CPVC de 19 mm (3/4"), tubo de CPVC de 19 mm (3/4) de diámetro y 10 m de longitud, codo de CPVC 90° de 19 mm (3/4), codo de CPVC 45° de 19 mm (3/4), con respectivas conexiones. Incluye: limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
lote
1.00
$           4,691.79
KIH-003-000
Servicio de mantenimiento a la instalación hidráulica, mediente el suministro e instalación, en caso de ser necesario, de bomba centrifuga para agua limpia de 3/4 HP, 127 v., modelo Mot0.75-2, marca Munich o equivalente en calidad y/o costo, con un diámetro de succión de 1 1/4" y 1" de descarga y un alcance de hasta 28 m. de altura. Incluye: de ser el caso, retiro de bomba de desecho, limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
pza.
1.00
$           2,600.40
KIH-004-000
Servicio de mantenimiento a la instalación hidráulica, mediente el suministro e instalación, en caso de ser necesario, de tinaco 1100 l. tricapa filtro y acc. Rotoplas o equivalente en calidad y/o costo. Incluye: de ser el caso, elevación, colocación, fijación, armado de válvulas y conexión a tuberías con tubo de 3/4" de CPVC, instalación y pruebas; hasta una altura de hasta 4.00 m, limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
pza.
1.00
$           3,246.55
KIH-007-000
Servicio de mantenimiento a red hidráulica para el aseguramiento en el suministro de agua caliente en la residencia médica y el lavado de utencilios médicos en sitios con facilidad en el abastecimiento de gas, mediante el suministro e instalación de calentador para agua a base de gas, de 38 L de capacidad, modelo G-10 STD LP marca Calorex o equivalente en calidad y/o costo, con soporte metálico o similar, tubería de cobre de 3/4", conexiones, válvulas. Incluye: limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
pza.
1.00
$           6,109.27
KIH-007-002
Servicio de matenimiento a red hidráulica para el aseguramiento en el suministro de agua caliente en la residencia médica y el lavado de utencilios médicos en sitios con facilidad en el abastecimiento de gas, mediante el suministro e instalación de calentador para agua a base de gas de 72 L de capacidad, modelo G-20 STD LP marca Calorex o equivalente en calidad y/o costo, con soporte metálico o similar, tubería de cobre de 3/4", conexiones válvulas. Incluye: limpieza y todo lo necesario para su correcto funcionamiento.
pza.
1.00
$           9,021.05
 
MANTENIMIENTO A INSTALACIÓN ELÉCTRICA
 
 
 
KIE-002-000
Servicio de mantenimiento a red eléctrica, mediante el suministro e instalación de alimentación, desde el medidor y hasta el centro de carga, con 12 m. de tubo flexible de 1/2", 24 m. cable thw cal. 10 y 10 m. de cable desnudo cal. 10; base para medidor, mufa de 32 mm de diámetro y tubo galvanizado, incluye: retiro fuera del lugar del servicio de las conexiones y piezas de desecho, limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
pza.
1.00
$           1,585.78
KIE-003-000
Servicio de mantenimiento a red eléctricica, mediente el suministro e instalación de centro de carga doméstico 2 polos, 1F-2H qod2s de sobreponer, en gabinete nema 4, de la marca Square'd o equivalente en calidad y/o costo. Incluye: desmantelamiento de piezas y conexiones de desecho, retiro fuera del lugar del servicio, limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
pza.
1.00
$             696.70
 
 
KIE-004-000
Servicio de mantenimiento a red eléctricica, mediente el suministro e instalación de interruptor termo magnético de 1x15 a, QOW115 de la marca Square'd o equivalente en calidad y/o costo. Incluye: desmantelamiento de piezas y conexiones de desecho, retiro fuera del lugar del servicio, limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
pza.
1.00
$             175.43
KIE-005-000
Servicio de mantenimiento a red eléctrica, mediante el suministro e instalación de interruptor termomagnético de 1x20 a, QOW120 de la marca Square'd o equivalente en calidad y/o costo. Incluye: retiro de conexiones y piezas existentes, materiales de descho y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
pza.
1.00
$             185.99
KIE-006-000
Servicio de mantenimiento a red eléctrica, mediante el suministro e instalación de unidades de iluminación tipo BOP modelo YD-140, marca Gupo IEBSA o equivalente en calidad y/o costo, potencia 7 watts. Incluye: retiro de conexiones y piezas de desecho y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
pza.
1.00
$           1,242.82
KIE-007-000
Servicio de mantenimiento a red eléctrica, mediante el suministro e instalación de unidades de iluminación tipo BOP modelo Alto Brillo, marca Grupo IEBSA o equivalente en calidad y/o costo, potencia 15 watts. Incluye: retiro de materiales, piezas y conexiones de desecho y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
pza.
1.00
$           1,348.40
KIE-008-000
Servicio de mantenimiento a red eléctrica exterior para el aseguramiento de iluminación nocturna en el establecimiento de salud, mediante el suministro e instalación de luminaria solar con poste cónico de sección circular construido en una sola pieza en lámina de acero calibre 115ae1010 con registro de 100 x 65 mm. colocado a 400 mm. de la base con tapa atornillada, de 3.5 m de altura y juego de anclas, sobre dado de concreto de dado de 40 x 40 x 40 cm, conformado de concreto premezclado f'c = 200 kg/cm2 y armado con varilla; luminaria solar mega luz c50w01u ip 65 resistente a climas húmedos, iluminación de 3000 lm, consumo mínimo 30w, ángulo 120°, irc 85 o equivalente en calidad y/o costo; panel fotovoltaico; controlador, soportería metálica y batería. Incluye: retiro de luminaria de desecho, conexión de nueva luminaria, pruebas, limpieza y todo lo necesario para su correcta instalación y funcionamiento.
pza.
1.00
$         10,832.98
KIE-009-000
Servicio de mantenimiento a instalación eléctrica, mediante la revisión de centro de carga. Incluye: peinado y revisión de circuitos, desmantelamiento de piezas y conexiones de desecho, retiro fuera del lugar del servicio, limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
pza.
1.00
$             753.81
KIE-010-000
Sistema de aire acondicionado tipo minisplit hi-wall 12,000 btuh (1 ton), magnum 17, inverter, mca mirage, incluye: conexiones, mano de obra, drenaje, cinta aislante, ranuras, enjarres, material en el sitio de ejecucion de los trabajos, equipo, herramientas, acarreos, andamios, elevaciones, equipo de seguridad, acarreos de material sobrante fuera de la obra, pruebas y todo lo necesario para su correcta ejecucion y buen funcionamiento.
pza
1.00
$         14,678.65
KIE-011-000
Rehabilitacion y mantenimiento de apagador sencillo, doble o triple, incluye: desmantelamiento de tapa, apagador, caja chalupa, incluye: suministro y colocacion de apagador duplex polarizado para usos generales apagador sencillo mca. Bticino mod. E2001bn y tapa bticino mod. E5n1bn color blanco caja de 2x4" de pvc mca conduit, cable necesario para hacer conexiones dentro de la caja chalupa ( cable cal # 14thw), mano de obra, ranurado, resanes, soportes de fijación, nivelación de tapa, trabajos de conexiones, cinta aislante, material puesto en el sitio de ejecucion de los trabajos, equipo, acarreos, andamios, elevaciones, equipo de seguridad, pruebas y todo lo necesario para su correcta ejecucion y buen funcionamiento.
pza
1.00
$             386.77
KIE-012-000
Rehabilitacion y mantenimiento de contacto duplex, incluye: desmantelamiento de tapa, contacto , caja chalupa, incluye: colocacion de contacto duplex polarizado para usos generales mod. Am5115ds, linea matix, mca. Bticino, tapa color blanco linea matix, mca. Bticino, caja de 2x4" de pvc mca conduit, cable necesario para hacer la conexión dentro de la caja chalupa ( cable cal # 12 thw), instalación de cable desnudo necesario para puesta de tierra física, mano de obra, ranurado, resanes, soportes de fijación, trabajos necesarios para conexiones, cinta aislante, material en el sitio de ejecucion de los trabajos, equipo, andamios, elevaciones, equipo de seguridad, pruebas y todo lo necesario para su correcta ejecucion y buen funcionamiento.
pza
1.00
$             271.59
 
 
 
MANTENIMIENTO A INSTALACIÓN SANITARIA
 
 
 
KIS-001-000
Servicio de mantenimiento a instalación sanitaria, mediante el suministro y colocación de WC habitat 01475_01057 de la marca American Standard o equivalente en calidad y/o costo. Incluye: conexión a descarga y alimentador con manguera flexible de acero inoxidable de 13 x 13 mm. y 40 cm, instalación de válvula, amacizado con pijas al piso, sellado de juntas con cemento blanco y pruebas de operación, limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
pza.
1.00
$           2,293.70
KIS-002-000
Servicio de mantenimiento a instalación sanitaria, mediante el suministro y colocación de lavabo habitat 01488 de la marca American Standard o equivalente en calidad y/o costo, conectado con dos mangueras flexible de acero inoxidable para alimentación de 13 x 13 mm. y 40 cm. de longitud. Incluye: colocación, conexión y pruebas, limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
pza.
1.00
$           1,307.78
KIS-003-000
Servicio de mantenimiento a instalación sanitaria, mediante el suministro e instalación de coladera PVC sanitaria de 100 mm (4"), marca Rexolit o equivalente en calidad y/o costo. Incluye: colocación, conexión y pruebas, limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
pza.
1.00
$             197.16
KIS-004-000
Servicio de mantenimiento a instalación sanitaria, mediante el suministro e instalación de regadera con brazo y chapetón modelo 3026B marca Urrea o equivalente en calidad y/o costo, Incluye: conexión y pruebas, limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
pza.
1.00
$             873.66
KIS-005-000
Servicio de mantenimiento a instalación sanitaria, mediante el suministro e instalación de cespol para lavabo modelo 206L, línea clásica, marca Urrea o equivalente en calidad y/o costo, y contra TH-058. Incluye: conexión y pruebas, limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
pza.
1.00
$           1,745.61
KIS-006-000
Servicio de mantenimiento a instalación sanitaria, mediante el suministro e instalación de llave individual para lavabo, abs, maneral hexagonal Basic Foset mp-142 o equivalente en calidad y/o costo. Incluye: conexión y pruebas, limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
pza.
1.00
$             310.38
KIS-007-000
Servicio de mantenimiento a instalación sanitaria, mediante el suministro e instalación de cespol completo para tarja de acero inoxidable, modelo 207 cromado, marca Urrea o equivalente en calidad y/o costo. Incluye: considerando su retiro fuera del lugar del servicio, limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución.
pza.
1.00
$           1,384.87
KIS-008-000
Servicio de mantenimiento a instalación sanitaria, mediante la revisión de instalaciones sanitarias, sondeo y limpieza. Incluye sondeo, revisión de fugas, limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
sal
1.00
$             856.13
KIS-009-000
Bajante de agua pluvial en azotea con tubo de pvc sanitario de 4" de diam, hasta 13 mts. De altura, mca. Duralon o equivalente en especificación, calidad y precio, incluye: cargo directo por el costo de los materiales y mano de obra que intervengan, flete, acarreo en obra, desperdicios, tubería de pvc , conexiones de pvc, ranuras, resanes, codos, maniobras, pruebas, limpieza y retiro de sobrantes fuera de obra, equipo de seguridad, instalaciones especificas, depreciacion y demas cargos derivados del uso de equipo y herramienta.
pza
11.00
$           1,737.34
 
MANTENIMIENTO A MOBILIARIO
 
 
 
KMO-001-000
Servicio de mantenimiento en zonas restringidas para resguardo de pacientes y personal médico mediante el suministro e instalción de cortina antibacterial confeccionada con malla de nylon de ½" nacional y tela importada Sure Chek o equivalente en calidad y/o costo, con tratamiento antibacterial, resistente a fuego y hongos, antiestática. Incluye: retiro fuera del lugar de los servicios de rieles y accesorios de desecho, suministro y colocación de rieles rectos y curvos de aluminio electro pintado (blanco), remates de riel, carretillas con ruedas inclinadas de rin auto-lubricante y gancho integrado de PVC y ajustes, así como todo lo necesario para su correcta instalación y funcionamiento.
pza.
1.00
$           2,538.14
KMO-002-000
Servicio de mantenimiento a accesorios de baño, mediante el suministro e instalación de despachador higiénico jumbo sr. humo modelo 94205 color humo, marca Kimberly Clark o equivalente en calidad y/o costo. Incluye: desmontaje de despachador de desecho, retiro fuera del lugar del servicio, limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
pza.
1.00
$             896.70
 
 
KMO-003-000
Servicio de mantenimiento a accesorios de baño, mediante el suministro e instalación de jabonera de empotrar a granel, capacidad de 900 ml, modelo 94236, color humo, línea Profesional, marca Kimberly-Clark o equivalente en calidad y/o costo. Incluye: desmontaje de jabonera de desecho, retiro fuera del lugar del servicio, limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
pza.
1.00
$             712.99
KMO-004-000
Servicio de mantenimiento a accesorios de baño, mediante el suministro y instalación de despachador de toalla interdoblada, modelo 92260 color humo, marca Kimberly Clark o equivalente en calidad y/o costo. Incluye: desmontaje de despachador de toalla de desecho, retiro fuera del lugar del servicio, limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
pza.
1.00
$             638.34
KMO-005-000
Servicio de mantenimiento a accesorios de baño, mediante el suministro e instalación de barra de sujeción recta, de acero inoxidable, diámetro de 38 mm (1 1/2") largo de 61 cm (24"), modelo B-6806x24, marca Bobrick o equivalente en calidad y/o costo. para discapacitados en sanitarios. Incluye:desmontaje de barra de sujeción de desecho, retiro fuera del lugar del servicio, limpieza y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
pza.
1.00
$           1,741.18
 
MANTENIMIENTO
 
 
 
 
INSTALACIÓN ELÉCTRICA
 
 
 
KMA-001-000
Servicio de mantenimiento a red eléctrica (transformador de 500 kVA en 4160 480/277-128 volts) mediente: a.- limpieza de boquillas de alta y baja tensión, b.- reapriete de conexiones en terminales de alta y baja tensión, c.- pruebas eléctricas, d.- relación de transformación únicamente en el tap de operación, e - resistencia de aislamiento en devanados , f.- resistencia óhmica de devanados, g.- factor de potencia de devanados, h.- índice de absorción y polarización, i.- factor de potencia a boquillas (tap capacitivo), j.- corriente de excitación, k.- verificación de instrumentos, l.- indicador de nivel, m.- válvula de sobrepresión, n.- ventiladores de enfriamiento, o.-verificación de indicador de temperatura de aceite, incluye: limpieza general y retiro fuera del lugar del servicio de los materiales de desecho y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
lote
1.00
$           9,354.35
KMA-002-000
Servicio de mantenimiento a red eléctrica (seccionador en 4.16 kV.) mediente 1.- a.- reapriete general de conexiones en bus y cables, b.-limpieza y lubricación del mecanismo de operación, d.- accionamiento y verificación del correcto funcionamiento del seccionador, c.- verificación de las terminales de los cables de energía que alimentan a los transformadores, d.- verificación de conexiones al sistema de tierras, e.- alineación de las cámaras de extinción a los ganchos de arqueo, f.- ajuste del mecanismo del seccionador y cuchillas en caso de ser necesario, 2.- transformador de 1500 kVA en 4160 v, a.- limpieza de boquillas de alta y baja tensión, b.- reapriete de conexiones en terminales de alta y baja tensión, c.- pruebas eléctricas, d.- relación de transformación únicamente en el tap de operación, e.- resistencia de aislamiento en devanados , f- resistencia óhmica de devanados, g.- factor de potencia de devanados, h.- índice de absorción y polarización, i.- factor de potencia a boquillas (tap capacitivo), j.- corriente de excitación, k.- verificación de instrumentos, l.- indicador de nivel, m.- válvula de sobrepresión, n.- ventiladores de enfriamiento, o.-verificación de indicador de temperatura de aceite, 3.- mantenimiento a tablero de baja tensión, a.- limpieza de gabinete exterior e interior, b.- reapriete de conexiones de cada elemento que integran el tablero, c.- sujeción y peinado de cables donde se requiera, d.- revisión y fijación del sistema de tierras del tablero, incluye: limpieza y retiro fuera del lugar del servicio de los materiales de desecho y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
lote
1.00
$         20,569.41
 
 

KMA-003-000
Servicio de mantenimiento a red eléctrica (subestación eléctrica secundaría 115 kV) mediente 1.- mantenimiento a interruptores en 4.16kV en tablero Metal-Clad., a.- limpieza general de sección de tablero, b.- retiro de tapas para revisión y reapriete de acuerdo al torque del bus del tablero Metal-Clad., c.- limpieza del gabinete de control, d.- limpieza y lubricación del mecanismo de operación, e.- prueba de accionamiento mecánico de apertura, cierre y disparo, f.- prueba de factor de potencia, g.- prueba de resistencia de aislamiento, h.- prueba de resistencia de contactos, i.- prueba de inserción y extracción de interruptor, j.- verificación de botella de vacío, k.- suministro e instalación de tornillería de las tapas principales, 2.- banco de capacitores, a.- limpieza general del equipo, b.- prueba de resistencia de aislamiento, c.- medición de capacitancia, 3.- mantenimiento de tablero dúplex, a.- limpieza de gabinete exterior e interior, b.- reapriete de conexiones de cada elemento que integra el tablero, c.- sujeción y peinado de cables donde se requiera, d.-revisión y fijación del sistema de tierras del tablero, 4.-análisis cromatógrafo para detectar gases disueltos en aceite dieléctrico, 5.- análisis físico-químico-eléctrico al aceite dieléctrico, 6.- mantenimiento preventivo a celda principal de 4.16 kV con seccionador en aire, a.- limpieza general interior y exterior con solvente dieléctrico, b.- reapriete general de conexiones en bus y cables, c.-limpieza y lubricación del mecanismo de operación, d.- accionamiento y verificación del correcto funcionamiento del seccionador, e.- verificación de las terminales de los cables de energía que alimentan a los transformadores, f.- verificación de conexiones a tierra, g.- alineación de las cámaras de extinción a los ganchos de arqueo, h.- ajuste del mecanismo del seccionador y cuchillas en caso de ser necesario, 7.- mantenimiento preventivo a interruptor electromagnético, a.- limpieza general, b.- lubricación general, c.- verificación de contactos principales , d.- pruebas mecánicas de cierre y apertura manual y automático, e.- prueba de resistencia de aislamiento, f.- pruebas de resistencia de contactos, incluye: limpieza y retiro fuera del lugar del servicio de los materiales de desecho y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
lote
1.00
$         43,596.74
KMA-004-000
Servicio de mantenimiento a red eléctrica (subestación principal de energía eléctrica 115 kV-225 kV). mediente 1.- bus principal de 115 kV-225 kV, a- revisión y reapriete de conexiones en bus, b.- verificación del estado físico de los aisladores, c.- limpieza general de los aisladores cadena, d.- limpieza de aisladores soporte tipo pedestal, e.- revisión reapriete de tornillería de conectores, f.- resistencia de los aisladores, 2.- apartar rayos instalados en 115-225 kVA, a.- limpieza de aisladores de porcelana, b.- reapriete de conexiones, c.- prueba de resistencia de aislamiento, d.- prueba de factor de potencia, e.- revisión e inspección de la potencia, 3.- transformadores de potencia en 115-225 kVA, a.- limpieza de aisladores de porcelana, b.- reapriete de conexiones, c.- prueba de resistencia de aislamiento, d.- prueba de factor de potencia, e.- revisión e inspección de la potencia, 4.-transformadores de corriente en 115-225 kV, a- limpieza de aisladores de porcelana, b.- reapriete de conexiones, c.- prueba de resistencia de aislamiento, d.- prueba de factor de potencia, e.- revisión e inspección de la potencia, 5.- interruptor principal en SF6 de 115-225 KV, a- limpieza de aislamientos de porcelana, b.- limpieza y apriete de conexiones de gabinete de control, c.- revisión y lubricación del mecanismo de apertura y cierre, d.- pruebas de resistencia de aislamiento, e, pruebe de factor de potencia del aislamiento, f.- prueba de resistencia de contactos, g.- prueba disparidad de polos o simultaneidad, h.- prueba de disparo mediante
lote
1.00
$        167,754.83
 
 
 
protección, i.- revisión de fuga de gas SF6, j.- revisión de las resistencias calefactoras, k.- revisión de la correcta operación del mando mecánico, l.- aplicación de compuesto antioxidante en conexiones, m.- prueba de tiempo de apertura y cierre, 6.- cuchillas desconectadoras en 115.-225 KV, a- limpieza de los aislamientos, b.- verificación del mecanismo de apertura y cierre, c.-ajuste y lubricación del mecanismo de contactos, d.- reapriete de conexiones en las terminales a tierra, e.- prueba de resistencia de aislamiento, f.- prueba de resistencia a contactos, g.- prueba de factor de potencia, h.- revisión de porcelana, i.- limpieza de contactos fijos y móviles, j.- ajuste del mecanismo de apertura y cierre, 7.- transformador de potencia trifásico de 22.5 MVA en 225 KV, a- limpieza de boquillas de alta y baja tensión, b.- reapriete de conexiones en terminales de alta y baja tensión, c.- pruebas eléctricas, d.- relación de transformación únicamente en el tap de operación, e.- resistencia de aislamiento en devanados , f.- resistencia óhmica de devanados, g.- factor de potencia de devanados, h.- índice de absorción y polarización, i.- factor de potencia a boquillas (tap capacitivo), j.- corriente de excitación, k.- verificación de instrumentos, l.- indicador de nivel, m.- válvula de sobrepresión, n.- ventiladores de enfriamiento, o.- relevador de buchholz, p.- hot spot, q.- verificación de indicador de temperatura de aceite, r.- verificación de componentes del gabinete de control, 8.- interruptores en 1460 v, a.- limpieza de gabinete, b.- limpieza y lubricación del mecanismo de operación, c.- prueba de accionamiento mecánico de apertura, cierre y disparo, d.- prueba de factor de potencia, e.- prueba de resistencia de aislamiento, f.- prueba de resistencia de contactos , g.- prueba de disparidad de polos o simultaneidad, h.- revisión e inspección de aislamiento, i.- apriete de conexiones, verificación por torque, j.- prueba de inserción y extracción de interruptor, k.- verificación de botella de vacío, 9.- verificación de la lógica de señalización y disparo de las protecciones de la subestación principal de 115-225 kV, a- operación de los instrumentos de protección para su verificación en el panel de alarma, b.- simulación de corriente de fallas para la verificación del disparo de los interruptores de alta y baja tensión, 10.- medición del sistema de tierras de las subestación eléctrica principal en 115-225 kV, a- limpieza y reapriete de tornillería y conectores mecánicos, b.- prueba de resistencia de aislamiento y continuidad, 11.- revisión y calibración de relevadores 50/51, 50/51n, 87, 50g.27, etc., de un transformador en 115-225 kV, a cada relevador de tiempo se le revisara la calibración en cuatro puntos de la curva de calibración especificada por el fabricante del relevador, se verificara la corriente mínima de disparo (pick up), de cada relevador la unidad instantánea, previa a la calibración será necesario efectuar la limpieza del relevador poniendo especial énfasis en los contactos fijos y móvil, con lo que se evitaran falsas operaciones y falta de presión también se harán las pruebas de operación bandera, los ajustes de operación normal no serán cambiados de su posición original es decir este trabajo no incluye estudio de coordinación de protecciones, cualquier ajuste de relevador se realizará solo con la autorización del responsable por parte del cliente, incluye: limpieza y retiro fuera del lugar del servicio de los materiales de desecho y todo lo necesario para su correcta ejecución y funcionamiento.
 
 
 
 
ANEXO 3 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA LLEVAR A CABO ACCIONES PARA EL MANTENIMIENTO DE LAS UNIDADES MÉDICAS DEL PRIMER NIVEL DE ATENCIÓN EN EL EJERCICIO FISCAL 2021, CON CARGO A LOS RECURSOS DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO E023 "ATENCIÓN A LA SALUD", CELEBRADO ENTRE EL INSTITUTO DE SALUD PARA EL BIENESTAR Y EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE NAYARIT, EL 29 DE NOVIEMBRE DE 2021.
ANEXO 4
INDICADORES DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN PROGRAMA E023
Entidad Federativa:
Fecha de Elaboración:                                                                                                                                                                        Reporte:
 
"INDICADORES DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN"
N°.
Nombre del Indicador
Numerador /
Denominador
Multiplicado
Resultado (%)
1
Porcentaje de recurso ejercido
Monto ejercido
Monto transferido
100
2
Porcentaje de mantenimiento de Unidades Médicas
Terminadas
Unidades Medicas Con Mantenmiento Concluido
Unidades Médicas Con
Mantenimiento Programado
100
 
 
Elaboró
 
 
Revisó
 
Autorizó
Nombre y cargo
 
Director Administrativo (o equivalente)
 
Titular de la Unidad Ejecutora (o su
equivalente)
 
ANEXO 4 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA LLEVAR A CABO ACCIONES PARA EL MANTENIMIENTO DE LAS UNIDADES MÉDICAS DEL PRIMER NIVEL DE ATENCIÓN EN EL EJERCICIO FISCAL 2021, CON CARGO A LOS RECURSOS DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO E023 "ATENCIÓN A LA SALUD", CELEBRADO ENTRE EL INSTITUTO DE SALUD PARA EL BIENESTAR Y EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE NAYARIT, EL 29 DE NOVIEMBRE DE 2021.

ANEXO 5
REPORTE DE RENDIMIENTOS FINANCIEROS

ANEXO 5 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA LLEVAR A CABO ACCIONES PARA EL MANTENIMIENTO DE LAS UNIDADES MÉDICAS DEL PRIMER NIVEL DE ATENCIÓN EN EL EJERCICIO FISCAL 2021, CON CARGO A LOS RECURSOS DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO E023 "ATENCIÓN A LA SALUD", CELEBRADO ENTRE EL INSTITUTO DE SALUD PARA EL BIENESTAR Y EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE NAYARIT, EL 29 DE NOVIEMBRE DE 2021.

ANEXO 6
FORMATO PARA CERTIFICACIÓN DE GASTO

ANEXO 6
FORMATO PARA CERTIFICACIÓN DE GASTO
(INSTRUCTIVO)
       Se deberá anotar lo siguiente:
1     Nombre de la Entidad Federativa.
2     Fecha en que se elaboró en formato de certificación de gasto.
3     Mes que reporta.
4     Partida de gasto ejercida.
5     Número del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).
6     Monto erogado por CFDI.
7.     Concepto específico del monto erogado.
8     Número de Póliza Cheque y/o Transferencia Electrónica del pago efectuado.
9     Fecha de elaboración de la Póliza de Cheque y/o Transferencia Electrónica.
 
10    Clave de la CLUES de la unidad médica en la que se ejerció el concepto de gasto.
11    Nombre de la unidad médica en la que se ejerció el concepto de gasto.
12    Observaciones: Aclaración o señalamiento por parte de la Entidad Federativa.  
13    Nombre, cargo y firma del Responsable de la elaboración del formato.
14    Nombre, cargo y firma del Director de Administración (o equivalente).
15    Nombre, cargo y firma del Titular de la Unidad Ejecutora.
ANEXO 6 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA LLEVAR A CABO ACCIONES PARA EL MANTENIMIENTO DE LAS UNIDADES MÉDICAS DEL PRIMER NIVEL DE ATENCIÓN EN EL EJERCICIO FISCAL 2021, CON CARGO A LOS RECURSOS DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO E023 "ATENCIÓN A LA SALUD", CELEBRADO ENTRE EL INSTITUTO DE SALUD PARA EL BIENESTAR Y EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE NAYARIT, EL 29 DE NOVIEMBRE DE 2021.

ANEXO 7
REPORTE DE ACCIONES DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN

 
ANEXO 7
REPORTE DE ACCIONES DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN
(INSTRUCTIVO)
Se deberá anotar lo siguiente:
1.     Nombre de la Entidad Federativa.
2.     Nombre del Programa que reporta.
3.     Mes que reporta.
4.     Nombre de:
-     Entidad Federativa: ej. Aguascalientes
-     Municipio: ej. Aguascalientes
-     Localidad: ej. Aguascalientes
5.     Clave de la CLUES
6.     Nombre de la unidad médica
7.     Registrar el presupuesto ejercido por unidad médica para acciones del programa a reportar
8.     Registrar la acción realizada por unidad médica.
9.     Registrar aclaraciones o señalamientos adicionales por parte de la Entidad Federativa.
10.   Registrar el total del presupuesto ejercido en la Entidad Federativa.
11.   Nombre, cargo y firma del Responsable de la elaboración del formato.
12.   Nombre, cargo y firma del Director de Administración o equivalente.
13.   Nombre, cargo y firma del Titular de la Unidad Ejecutora (o su equivalente).
ANEXO 7 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA LLEVAR A CABO ACCIONES PARA EL MANTENIMIENTO DE LAS UNIDADES MÉDICAS DEL PRIMER NIVEL DE ATENCIÓN EN EL EJERCICIO FISCAL 2021, CON CARGO A LOS RECURSOS DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO E023 "ATENCIÓN A LA SALUD", CELEBRADO ENTRE EL INSTITUTO DE SALUD PARA EL BIENESTAR Y EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE NAYARIT, EL 29 DE NOVIEMBRE DE 2021.

ANEXO 8
CIERRE PRESUPUESTARIO DEL EJERCICIO FISCAL 2021

NOTAS:
(1)   Deberá especificar el número de línea de captura TESOFE de reintegro presupuestal y anexar copia del recibo de pago correspondiente al monto reintegrado.
(2)   Deberá especificar el número de línea de captura TESOFE de reintegro de rendimientos financieros y anexar copia del recibo de pago correspondiente al monto reintegrado.
ANEXO 8
CIERRE PRESUPUESTARIO DEL EJERCICIO FISCAL 2021
(INSTRUCTIVO)
       Se deberá anotar lo siguiente:
1.     Nombre de la Entidad Federativa.
2.     Fecha en que se elaboró el cierre presupuestario del ejercicio fiscal 2021
3.     Registrar la clave de la partida de gasto autorizada para la operación del programa
4.     Registrar el importe total autorizado para la operación del Programa E023.
5.     Registrar el importe total modificado autorizado, resultado de las adecuaciones presupuestarias (aumentos y reducciones por transferencia de recursos entre partidas de gasto, por aumentos y reducciones liquidas al presupuesto y por reintegros a la Tesorería de la Federación), por partida de gasto al cierre del ejercicio fiscal 2021
6.     Registrar el Importe de las erogaciones realizadas y respaldadas por los documentos comprobatorios, CFDI (PDF y XML), una vez autorizadas y pagadas con cargo al presupuesto 2021,
por partida de gasto
7.     Registrar el importe de las provisiones de recursos para atender los compromisos derivados de la operación del Programa E023 2021 (contratos de servicios o cualquier otra figura que signifique una obligación de realizar una erogación), siempre que se hubieren contabilizado debida y oportunamente las operaciones correspondientes y hayan sido contemplas en su presupuesto.
8.     Registrar el importe del reintegro de los recursos financieros a la Tesorería de la Federación, derivado de la transferencia de recursos federales que, al 31 de diciembre del ejercicio fiscal presente, no fueron ejercidos y devengados por la Unidad Ejecutora
9.     Registrar el importe total que resulte de la sumatoria por cada columna de presupuesto y reintegro de recursos financieros
10.   Nombre y cargo del Responsable de la elaboración del formato
11.   Nombre del Director Administrativo (o equivalente).
12.   Titular de la Unidad Ejecutora (o su equivalente).
ANEXO 8 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA LLEVAR A CABO ACCIONES PARA EL MANTENIMIENTO DE LAS UNIDADES MÉDICAS DEL PRIMER NIVEL DE ATENCIÓN EN EL EJERCICIO FISCAL 2021, CON CARGO A LOS RECURSOS DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO E023 "ATENCIÓN A LA SALUD", CELEBRADO ENTRE EL INSTITUTO DE SALUD PARA EL BIENESTAR Y EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE NAYARIT, EL 29 DE NOVIEMBRE DE 2021.
Por el INSABI: Director General, Mtro. Juan Antonio Ferrer Aguilar.- Rúbrica.- Titular de la Unidad de Coordinación Nacional de Infraestructura y Rehabilitación de Establecimientos de Salud, Arq. Carlos Sánchez Meneses.- Rúbrica.- Por la Entidad: Secretario de Administración y Finanzas, Mtro. en Fiscal Julio César López Ruelas.- Rúbrica.- Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud de Nayarit, Dr. José Francisco Munguía Pérez.- Rúbrica.