MANUAL de Integración y Funcionamiento del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de Aeropuertos y Servicios Auxiliares.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- COMUNICACIONES.- Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.- Aeropuertos y Servicios Auxiliares.- Coordinación de la Unidad de Servicios Corporativos.- Subdirección de Administración.- Gerencia de Licitaciones.
MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES.
· Aprobado por el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de Aeropuertos y Servicios Auxiliares, en la Sesión Extraordinaria No. I/2022, celebrada el 9 de febrero de 2022 en la Ciudad de México, y entró en vigor al día siguiente de su aprobación.
ÍNDICE
| No. | Descripción |
| | GLOSARIO DE TÉRMINOS |
| I. | GENERALIDADES |
| I.1. | ANTECEDENTES |
| I.2. | OBJETO DEL MANUAL |
| I.3. | MARCO JURÍDICO |
| II. | INTEGRACIÓN DEL COMITÉ |
| II.1. | OBJETO DEL COMITÉ |
| II.2. | INTEGRANTES DEL COMITÉ |
| II.3. | INTEGRANTES SUPLENTES |
| II.4. | RESPONSABILIDADES DE LOS INTEGRANTES |
| III. | FUNCIONES DEL COMITÉ Y DE LOS INTEGRANTES |
| III.1. | FUNCIONES DEL COMITÉ |
| III.2. | FUNCIONES GENERALES DE LOS INTEGRANTES |
| III.3. | FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL PRESIDENTE |
| III.4. | FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL SECRETARIO TÉCNICO |
| III.5. | FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS VOCALES |
| III.6. | FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS ASESORES |
| III.7. | FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS INVITADOS |
| III.8. | EXCLUSIONES |
| IV. | CLASIFICACIÓN DE LAS SESIONES DEL COMITÉ |
| IV.1. | CONVOCATORIAS |
| IV.2. | ASUNTOS MATERÍA DEL COMITÉ |
| IV.3. | INSTALACIÓN DE LAS SESIONES DEL COMITÉ |
| IV.4. | DESARROLLO DE LA SESIÓN |
| IV.5. | DELIBERACIÓN Y VOTACIÓN DE ASUNTOS |
| IV.6. | DOCUMENTACIÓN Y FORMALIZACIÓN DE LAS SESIONES Y ACUERDOS EMITIDOS POR EL COMITÉ |
| V. | DISPOSICIONES TRANSITORIAS |
| VI. | ANEXO |
GLOSARIO DE TÉRMINOS
Para los efectos de este manual se entenderá por:
| CONCEPTO | DESCRIPCIÓN |
| Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios | Las señaladas en el artículo 3 de la Ley. |
| ASA | Aeropuertos y Servicios Auxiliares. |
| Área requirente | El área de ASA que solicite formalmente la adquisición o arrendamiento de bienes o la prestación de servicios, o bien aquélla que los utilizará. |
| Área responsable de la contratación | El área facultada por el Estatuto Orgánico de Aeropuertos y Servicios Auxiliares, para realizar los procedimientos de contratación a efecto de, adquirir o arrendar bienes o contratar la prestación de servicios que requiera. |
| Área administradora del contrato | El área facultada por el Estatuto Orgánico de Aeropuertos y Servicios Auxiliares, en la que recae la responsabilidad de dar seguimiento y verificar el cumplimiento de los derechos y obligaciones establecidas en el contrato. |
| Área técnica | El área de ASA encargada de elaborar las especificaciones que se deberán incluir en los procedimientos de contratación, evaluación de aspectos eminentemente técnicos de las proposiciones y dar respuesta a los cuestionamientos que formulen los licitantes en la junta de aclaraciones. |
| Comité | El Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios. |
| Contrato | Acuerdo de voluntades para producir o transferir derechos y obligaciones. |
| Convenio | Acuerdo de voluntades para crear, trasferir, modificar o extinguir derechos y obligaciones. |
| DOF | El Diario Oficial de la Federación. |
| Ley | La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. |
| Manual | Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de Aeropuertos y Servicios Auxiliares. |
| OIC | El Órgano Interno de Control en Aeropuertos y Servicios Auxiliares. |
| Reglamento | El Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. |
| SFP | Secretaría de la Función Pública. |
| SHCP | Secretaría de Hacienda y Crédito Público. |
| Vocal | Servidor público con derecho a voz y voto, integrante del comité. |
I. GENERALIDADES
I.1. ANTECEDENTES
Aeropuertos y Servicios Auxiliares es un Organismo Descentralizado del Gobierno Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, conforme a lo dispuesto en los artículos 90 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 3 fracción I y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; del Decreto Presidencial publicado en el DOF del 22 de agosto de 2002, por el que se modifica el similar que creó al Organismo Público Descentralizado Aeropuertos y Servicios Auxiliares, publicado en el DOF el 12 de junio de 1965; 11, 12, 14 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; así como de la Relación de Entidades Paraestatales de la Administración Pública Federal.
El día 03 de febrero de 2016 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo por el que se modifica el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, publicado el 9 de agosto de 2010, cuyas disposiciones en lo conducente deben reflejarse en el presente manual.
El día 20 de enero de 2021, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las reformas a
la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; que, en términos del artículo Primero Transitorio, entraron en vigor al día siguiente de su publicación.
De conformidad con los antecedentes señalados en el apartado anterior; acorde a lo dispuesto en el artículo 22 fracción VI de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; artículos 19, 20, 21, 22 y 23 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y del numeral 5.1 del Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, es necesario implementar el presente Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, mismo que debe ser aprobado por el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, así como por el Director General.
I.2. OBJETO DEL MANUAL
Constituir el marco de integración y funcionamiento del Comité, de acuerdo a las disposiciones vigentes en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
I.3. MARCO JURÍDICO
Son aplicables al presente Manual de manera enunciativa más no limitativa los siguientes ordenamientos normativos:
| No. | NORMATIVIDAD |
| 1 | Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. |
| 2 | Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. |
| 3 | Ley de Planeación. |
| 4 | Ley Federal de las Entidades Paraestatales. |
| 5 | Ley de Aeropuertos. |
| 6 | Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. |
| 7 | Ley General de Responsabilidades Administrativas. |
| 8 | Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública. |
| 9 | Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. |
| 10 | Ley Federal de Procedimiento Administrativo. |
| 11 | Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. |
| 12 | Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. |
| 13 | Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. |
| 14 | Reglamento de la Ley de Aeropuertos. |
| 15 | Código Civil Federal. |
| 16 | Código Federal de Procedimientos Civiles. |
| 17 | Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. |
| 18 | Decreto que crea el Organismo Público Descentralizado Aeropuertos y Servicios Auxiliares. |
| 19 | Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación del Ejercicio Fiscal de que se trate. |
| 20 | Estatuto Orgánico de Aeropuertos y Servicios Auxiliares. |
| 21 | Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de Aeropuertos y Servicios Auxiliares. |
Serán aplicables las demás disposiciones administrativas y complementarias tales como acuerdos, circulares, criterios y oficios que emitan en la materia la Secretaría de la Función Pública, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.
II. INTEGRACIÓN DEL COMITÉ
II.1. OBJETO DEL COMITÉ
Cumplir las funciones mandatadas en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento.
II.2. INTEGRANTES DEL COMITÉ
El Comité estará integrado de la siguiente manera:
MIEMBROS permanentes que participan con voz y con voto en las sesiones del Comité y/o vocales.
| No. | RESPONSABILIDAD | CARGO |
| 1 | Presidente | Coordinador de la Unidad de Servicios Corporativos |
| | Presidente Suplente | Subdirector de Administración |
| 2 | Vocal | Director de Combustibles |
| | Suplente | Supervisor Regional de Estaciones de Combustibles A2. |
| 3 | Vocal | Subdirector de Operaciones y Servicios |
| | Suplente | Gerente de Mantenimiento |
| 4 | Vocal | Subdirector de Finanzas |
| | Suplente | Gerente de Presupuesto |
| 5 | Vocal | Subdirector de Administración |
| | Suplente | Gerente de Recursos Materiales |
MIEMBRO permanente con voz, pero sin voto.
| No. | RESPONSABILIDAD | CARGO |
| 1 | Secretario Técnico | Gerente de Licitaciones |
| | Secretario Técnico Suplente | Jefe de Área Ejecutiva de Licitaciones de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios |
ASESORES permanentes que participan con voz, pero sin voto.
| No. | RESPONSABILIDAD | CARGO |
| 1 | Asesor | Director de Asuntos Jurídicos |
| | Asesor suplente | Gerente de lo Consultivo |
| 2 | Asesor | Titular del Órgano Interno de Control |
| | Asesor suplente | Titular del Área de Auditoria Interna, de Desarrollo y Mejora de la Gestión Pública |
Cuando el OIC considere necesaria su presencia, convocará a un representante de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
INVITADOS que asisten con voz y sin voto.
| No. | RESPONSABILIDAD | CARGO |
| 1 | Invitados | Personas o servidores públicos, convocados por el Presidente del Comité, cuya intervención se considere necesaria, para aclarar aspectos técnicos o administrativos relacionados con los asuntos sometidos a la consideración del Comité. |
II.3. INTEGRANTES SUPLENTES
En caso de que no puedan asistir los integrantes titulares o sus respectivos suplentes, indicados en el punto II.2, el integrante titular deberá designar mediante escrito dirigido al Presidente, otro suplente, quien deberá contar con un nivel jerárquico inmediato inferior.
Los servidores públicos que participen en calidad de suplentes, deberán tener pleno conocimiento de los asuntos a tratar en la reunión a la que asistan con tal carácter, a fin de aportar soluciones y tomar las decisiones que en su ámbito de responsabilidad requiera llevar a cabo en beneficio de la gestión administrativa de los asuntos.
La acreditación de los suplentes tendrá vigencia en la(s) sesión(es) para la(s) cual(es) fueron designados.
II.4. RESPONSABILIDADES DE LOS INTEGRANTES DEL COMITÉ
· Los integrantes del Comité, deberán tener pleno conocimiento de los asuntos a tratar en la reunión a la que asistan con tal carácter, a fin de aportar soluciones y tomar las decisiones que en su ámbito de responsabilidad requiera llevar a cabo en beneficio de la gestión administrativa de los asuntos.
· Los invitados deberán contar con los conocimientos necesarios en los aspectos técnicos y administrativos relacionados con los asuntos del área de su competencia que serán sometidos a dictamen de procedencia por parte del Comité.
· Los asesores e invitados que asistan para orientar o aclarar la información de los asuntos a tratar, deberán firmar el acta de la reunión como constancia de su participación.
· La responsabilidad de los integrantes del Comité quedará limitada al voto que emita con respecto al asunto sometido a su consideración, con base en la documentación que le sea presentada, debiendo emitir expresamente el sentido de su voto en todos los casos.
· En caso de que el presidente lo considere necesario, los integrantes suscribirán un documento en el que se obliguen a guardar la debida reserva y confidencialidad en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
III. FUNCIONES DEL COMITÉ Y DE LOS INTEGRANTES
III.1. FUNCIONES DEL COMITÉ
a) Revisar el programa anual de adquisiciones, arrendamientos y servicios, y el presupuesto de adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como sus modificaciones y formular las observaciones y recomendaciones convenientes.
Dicho programa debe presentarse a este Comité, previo a su publicación en CompraNet y en la página de Internet de ASA, de acuerdo con el presupuesto aprobado para el ejercicio correspondiente.
b) Dictaminar previamente a la iniciación del procedimiento, sobre la procedencia de la excepción a la licitación pública por encontrarse en alguno de los supuestos a que se refieren las fracciones I, III, VIII, IX segundo párrafo, X, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII y XIX del artículo 41 de la Ley.
c) Dictaminar los proyectos y modificaciones de políticas, bases y lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios que le presenten, así como someterlas a la consideración del Director General, y en su caso autorizar los supuestos no previstos en las mismas.
d) Analizar trimestralmente el informe de la conclusión y resultados generales de las contrataciones que se realicen y, en su caso, recomendar las medidas necesarias para verificar que el programa y presupuesto de adquisiciones, arrendamientos y servicios, se ejecuten en tiempo y forma, así como proponer medidas tendientes a mejorar o corregir sus procesos de contratación y ejecución.
e) Autorizar cuando se justifique, la creación de subcomités de adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como aprobar la integración y funcionamiento de los mismos.
f) Aprobar las modificaciones o actualizaciones al Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de adquisiciones, arrendamientos y servicios.
g) Coadyuvar al cumplimiento de la Ley y demás disposiciones aplicables.
h) Establecer su calendario de sesiones ordinarias del ejercicio inmediato posterior, que podrán ser quincenales, mensuales o bimestrales.
i) Determinar en apego al presupuesto autorizado a Aeropuertos y Servicios Auxiliares, los umbrales de contratación aplicables en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios.
j) Adoptar criterios que promuevan la modernización y el desarrollo administrativo, la descentralización de funciones y la efectiva delegación de funciones.
k) Fomentar la transparencia en la asignación de contratos de adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como actuar con oportunidad y agilidad en todos los asuntos que se sometan a su consideración.
l) Promover la integración de grupos de trabajo para la atención de asuntos que requieran soluciones específicas, coordinando las acciones y atribuciones de estos grupos, verificando que funcionen con apego a la normatividad vigente y para los fines que fueron creados.
m) Promover la optimización y uso de los recursos financieros destinados a adquisiciones, arrendamientos y servicios, para su aprovechamiento en otros conceptos.
n) Constatar el seguimiento de los acuerdos emanados del Comité, y que los compromisos adquiridos se cumplan oportunamente.
o) Evaluar el avance y cumplimiento de las metas programadas.
p) Propiciar la programación oportuna de los procedimientos de contratación.
q) Suscribir las actas de las sesiones a las que hubiese asistido y los listados de casos dictaminados a incluirse en los informes trimestrales al Comité.
r) Revisar y analizar los informes trimestrales del secretario técnico, relativos a:
· Una síntesis sobre la conclusión y los resultados generales de las contrataciones realizadas con fundamento en los artículos 41 y 42 de la Ley, así como de las derivadas de licitaciones públicas.
· Una relación de los siguientes contratos:
ü Aquéllos en los que los proveedores entregaron con atraso los bienes adquiridos o prestaron con atraso los servicios contratados;
ü Los que tengan autorizado diferimiento del plazo de entrega de bienes adquiridos o prestación de los servicios contratados;
ü Aquéllos en los que se les haya aplicado alguna penalización;
ü Aquéllos en que se hubiere agotado el monto máximo de penalización previsto en las políticas, bases y lineamientos, detallando el estado actual en que se encuentren dichos contratos a la fecha de elaboración del informe;
ü Los que hayan sido rescindidos, concluidos anticipadamente o suspendidos temporalmente, y
ü Los que se encuentren terminados sin que se hayan finiquitado y extinguido los derechos y obligaciones de las partes;
· Una relación de las inconformidades presentadas, precisando los argumentos expresados por los inconformes y, en su caso, el sentido de la resolución emitida.
· El estado que guardan las acciones para la ejecución de las garantías por la rescisión de los contratos, por la falta de reintegro de anticipos o por los defectos y vicios ocultos de los bienes o de la calidad de los servicios, así como, el estado que guarda el trámite para hacer efectivas las garantías correspondientes en términos de los artículos 143 y 144 del Reglamento de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación, y
· El porcentaje acumulado de las contrataciones formalizadas de acuerdo con los procedimientos de contratación a que se refiere el artículo 42 de la Ley, y de las que se hayan adjudicado a las MIPYMES, sin que sea necesario detallar las contrataciones que integran los respectivos porcentajes.
III.2. FUNCIONES GENERALES DE LOS INTEGRANTES
a) Analizar el orden del día y los documentos de los asuntos que se sometan a su consideración en el Comité.
b) Conforme a la convocatoria, asistir puntualmente en el lugar y hora señalados a cada una de las sesiones del Comité.
c) Preparar previamente su participación, y en la sesión, emitir su opinión y en su caso su voto sobre cada uno de los asuntos sometidos a consideración del Comité.
d) Proporcionar toda información que tenga a su alcance para propiciar una mejor toma de decisiones.
e) Proponer al pleno del Comité, acciones y estrategias que permitan mejorar su funcionamiento.
f) Cumplir todos los acuerdos adoptados en el pleno del Comité.
g) Informar al Comité sobre las irregularidades y problemas que se detecten, en los procesos de contratación.
h) Promover las acciones que estime convenientes para mejorar los procesos de la contratación.
i) Mantener completa discreción y confidencialidad respecto de los asuntos tratados en el Comité, y en los casos que se tienen reservados conforme a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
j) En caso de que el presidente lo considere necesario, suscribirán un documento en el que se obliguen a guardar la debida reserva y confidencialidad en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la información Pública.
III.3. FUNCIONES ESPECIFICAS DEL PRESIDENTE
a) Aprobar las convocatorias y órdenes del día de las sesiones ordinarias y extraordinarias. Así como presidir las sesiones del Comité y dirigir su desarrollo, procurando asegurar la participación activa de todos los miembros.
b) Hacer del conocimiento del Comité, las modificaciones o implantación de nuevos sistemas y procedimientos de contratación.
c) Hacer del conocimiento del Comité, las políticas, acuerdos y disposiciones en general, que, en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios se determinen.
d) Establecer junto con el secretario técnico la calendarización de las sesiones ordinarias, para someter a consideración del pleno.
e) Emitir su voto para cada uno de los asuntos que deban decidirse en cada una de las sesiones. Cuando en alguna sesión ordinaria o extraordinaria exista empate en las
votaciones, deberá emitir su voto de calidad.
f) Una vez que un asunto es analizado y dictaminado por el Comité, firmar el formato en el que se presentan los asuntos.
III.4. FUNCIONES ESPECIFICAS DEL SECRETARIO TÉCNICO
a) Elaborar las convocatorias, órdenes del día y los listados de los asuntos que se tratarán; incluir en las carpetas correspondientes los soportes documentales necesarios, así como remitir dichos documentos a los integrantes del Comité.
b) Levantar la lista de asistencia a las sesiones del Comité para verificar que exista el quórum necesario.
c) Supervisar que los acuerdos del Comité se asienten en los formatos respectivos, elaborar el acta de cada una de las sesiones, recabar la firma de los asistentes y dar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos.
d) Vigilar que el archivo de documentos esté completo y se mantenga actualizado.
e) Recibir la información de las diferentes áreas, analizarla, seleccionarla e integrarla a la orden del día.
f) Integrar la carpeta en forma impresa y/o, formato electrónico, de cada sesión y enviarla a los integrantes del Comité, con una anticipación de 3 días hábiles para sesiones ordinarias y un mínimo de un día hábil para las extraordinarias.
g) Someter a consideración del pleno, los montos máximos de adjudicación directa y los de invitación a cuando menos tres personas, de las adquisiciones, arrendamientos y servicios, con base en el presupuesto anual de adquisiciones y los rangos establecidos en el Presupuesto de Egresos de la Federación para cada ejercicio.
h) Elaborar y acordar con el Presidente del Comité la propuesta del calendario de las sesiones ordinarias.
i) Señalar en el listado de casos, el dictamen de cada asunto que se someta a consideración del Comité.
j) Recabar las firmas de los acuerdos tomados, mismos que deberán ser elaborados en los formatos anexos.
k) Organizar sesiones previas con las áreas que tengan asuntos para someterlos a la autorización del Comité sobre casos de excepción o de emergencia según la Ley.
l) Elaborar el informe trimestral de la conclusión de los asuntos dictaminados conforme lo establece la Ley; así como la referencia de las inconformidades recibidas, el estado que guardan los procedimientos de aplicación de garantías por la rescisión de los contratos o por el no reintegro de anticipos, así como los resultados de la gestión del Comité realizados en ASA.
m) Gestionar en forma ágil y oportuna, a solicitud del Comité, el trámite de asuntos ante las diferentes instancias normativas externas.
n) Participar en la Sesión con derecho a voz, pero sin voto.
III.5. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS VOCALES
a) Emitir su opinión fundada y motivada, sobre los diversos asuntos ventilados en el seno del Comité, de acuerdo con las facultades que tenga conferidas, haciendo las observaciones y aclaraciones que juzgue pertinentes.
b) Analizar el orden del día y los documentos de los asuntos que se sometan a su consideración en el Comité, a efecto de emitir el voto correspondiente.
c) Una vez que un asunto es analizado y dictaminado por el Comité, firmar el formato en el que se presentan los asuntos.
III.6. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS ASESORES
a) Emitir su opinión fundada y motivada, sin derecho a voto, sobre los diversos asuntos ventilados en el seno del Comité, de acuerdo con las facultades que tenga conferidas, haciendo las observaciones y aclaraciones que juzgue pertinentes.
b) Proporcionar la información que considere importante al pleno del Comité.
c) Informar al Comité de los problemas relevantes que se observen en las revisiones, tratando de evitar su recurrencia.
III.7. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS INVITADOS
a) Aclarar aspectos técnicos, administrativos o de cualquier otra naturaleza relacionada con los asuntos sometidos a la consideración del Comité, sólo permanecerán en la sesión durante la presentación y discusión del tema para el cual fueron invitados.
b) Asesorar al Comité en cuestiones técnicas propias del área de su competencia.
III.8. EXCLUSIONES
El Comité no dictaminará los siguientes asuntos:
· La procedencia de la contratación en los casos de excepción a que se refiere el penúltimo párrafo del artículo 41 de la Ley.
· Los procedimientos de contratación por monto que se fundamenten en el artículo 42 de la Ley.
· Los asuntos cuyos procedimientos de contratación se hayan iniciado sin dictamen previo del Comité.
· Los contratos que celebren las dependencias con las entidades, o entre entidades y los actos jurídicos que se celebren entre dependencias, o bien, los que se lleven a cabo entre alguna dependencia o entidad de la Administración Pública Federal con alguna perteneciente a la administración pública de una entidad federativa.
· En ningún caso el Comité podrá emitir su dictamen condicionado a que se cumplan determinados requisitos o a que se obtenga documentación que sustente o justifique la contratación que se pretenda realizar.
IV. CLASIFICACIÓN DE LAS SESIONES DEL COMITÉ
Las sesiones del Comité se celebrarán en los términos siguientes:
a) Ordinarias
Aquellas que estén programadas en el calendario anual de sesiones, se llevarán a cabo por lo menos una vez al mes, salvo que no existan asuntos a tratar, en cuyo caso deberá darse aviso oportunamente a los miembros del Comité de su cancelación.
b) Extraordinarias
Se llevarán a cabo para tratar asuntos de carácter urgente debidamente justificados, convocándolas con el tiempo mínimo de un día hábil de anticipación.
La sesión sólo podrá llevarse a cabo cuando se cumplan los plazos indicados.
IV.1.- CONVOCATORIAS
La convocatoria estará dirigida en forma personal a cada uno de los miembros, se hará mediante oficio firmado por el Presidente del Comité, señalando el número de la sesión, su carácter y el lugar, día y hora en que ésta se llevará a cabo, o en su caso, si se realizará utilizando los medios electrónicos de comunicación.
El orden del día de las sesiones ordinarias contendrá un apartado correspondiente al seguimiento de los acuerdos emitidos en las sesiones anteriores. En el punto correspondiente a asuntos generales sólo podrán incluirse asuntos de carácter informativo.
El contenido de la información y documentación que se someta a la consideración del Comité serán de la exclusiva responsabilidad del área que las formule y que firma la información remitida.
El orden del día de las sesiones extraordinarias no incluirá la presentación de actas, el seguimiento de acuerdos, ni de asuntos generales.
IV.2.- ASUNTOS MATERIA DEL COMITÉ
Los asuntos a tratar en las sesiones del Comité serán presentados al secretario técnico del mismo por las áreas ejecutoras de presupuestos de adquisiciones, arrendamientos y servicios; y serán revisados en su debida integración incorporándolos una vez sancionados al orden del día.
Los asuntos se remitirán al secretario técnico cuando menos con 6 días naturales de anticipación a la fecha en que habrá de celebrarse la sesión.
Los asuntos que se sometan a consideración del Comité, deberán presentarse en el formato previsto en el anexo de este Manual, y tratándose de las solicitudes de excepción a la licitación pública, invariablemente deberá contener la información prevista en el artículo 71 del Reglamento y la relación de la documentación soporte que se adjunte para cada caso.
La solicitud de excepción a la licitación pública y la documentación soporte que quede como constancia de la contratación, deberán ser firmadas por el titular del área requirente o área técnica, según corresponda.
Cuando de la solicitud de excepción a la licitación pública o documentación soporte presentada por el área requirente, o bien del asunto presentado, no se desprendan, a juicio del Comité, elementos suficientes para dictaminar el asunto de que se trate, éste deberá ser rechazado, lo cual quedará asentado en el acta respectiva, sin que ello impida que el asunto pueda ser presentado en una subsecuente ocasión a consideración del Comité, una vez que se subsanen las deficiencias observadas o señaladas por éste.
En la última sesión de cada ejercicio fiscal se presentará a consideración del Comité el calendario de sesiones ordinarias del siguiente.
En la primera sesión ordinaria del ejercicio fiscal se analizará, previo a su difusión en CompraNet y en la página de Internet de ASA, el programa anual de adquisiciones, arrendamientos y servicios autorizado y se determinará la ubicación de ASA en los rangos de los montos máximos a que alude el artículo 42 de la Ley, a partir del presupuesto autorizado a ASA.
IV.3.- INSTALACIÓN DE LAS SESIONES DEL COMITÉ
· El Comité sesionará cuando asistan como mínimo la mitad más uno de los miembros con derecho a voto.
· Las sesiones sólo podrán llevarse a cabo cuando esté presente su presidente o su suplente, de no ser así, deberán reprogramarse y efectuarse en un plazo no mayor a cinco días hábiles.
IV.4.- DESARROLLO DE LA SESIÓN
Las sesiones del Comité se desarrollarán siguiendo la secuencia de actividades que a continuación se mencionan:
1. Previo al inicio de la sesión, los miembros del Comité se registrarán en la lista de asistencia que se elabore para tal fin.
2. El Secretario Técnico verificará la lista de asistencia e informará al presidente si existe quórum para sesionar.
3. El Presidente declarará formalmente si procede o se cancela la sesión.
4. El Presidente del Comité o su suplente, someterá a consideración de los miembros el acta de la sesión anterior, de no haber observaciones se procederá a declararla aprobada, de haberlas, pedirá al Secretario Técnico se tome nota de las observaciones para que se efectúen las precisiones o adiciones correspondientes, las cuales se integrarán al acta de la sesión en curso.
5. El Presidente del Comité o su suplente, procederá a exponer únicamente los asuntos considerados en el orden del día; cada asunto se tratará en forma individual y será objeto de análisis, evaluación, deliberación y resolución.
6. El Presidente del Comité o su suplente, será el único facultado para ceder, limitar o suspender el uso de la palabra y procurará, en todo momento que la exposición de los puntos de vista sea seria, responsable y congruente con el asunto en análisis; asimismo, tendrá la facultad de compilar, resumir, sintetizar y precisar las propuestas de acuerdo correspondientes.
7. El Presidente del Comité o su suplente, deberá someter a votación la propuesta de cada caso y procederá a cuantificar los votos, a favor y en contra, para determinar la resolución del asunto.
8. Desahogado el orden del día y registrados los hechos, opiniones y resoluciones, se preguntará a los miembros del Comité si existe algún asunto general que se estime necesario o conveniente informar, de haberlo, se procederá a su desahogo, considerando que en el punto correspondiente a asuntos generales solo podrán incluirse asuntos de carácter informativo, en caso contrario se procederá a declarar formalmente terminada la sesión, precisando, para efectos del registro en el acta, la hora en que se concluye.
9. El Secretario Técnico elaborará el proyecto de acta de cada sesión, misma que se enviará a los miembros del Comité a más tardar en quince días naturales posteriores a la fecha de su celebración: los integrantes del Comité, en un plazo no mayor a tres días hábiles, harán llegar al Secretario Técnico sus comentarios y observaciones al respecto, para que de ser procedentes se inserten en dicha acta.
IV.5.- DELIBERACIÓN Y VOTACIÓN DE ASUNTOS
Los asuntos serán expuestos y los miembros deliberarán al respecto.
El Comité deberá dictaminar en la misma sesión los asuntos que se presenten a su consideración, pudiendo ser favorable o desfavorable.
Cuando de la solicitud de excepción a la licitación pública o documentación soporte presentada por el área requirente, o bien del asunto presentado, no se desprendan, a juicio del Comité, elementos suficientes para dictaminar el asunto de que se trate, éste deberá ser rechazado.
Las decisiones y acuerdos del Comité se tomarán de manera colegiada por mayoría de votos de los miembros con derecho a voz y voto presentes en la sesión correspondiente y, en caso de empate, su presidente tendrá voto de calidad.
Al efecto se considerarán las siguientes definiciones:
· Unanimidad: La votación favorable o desfavorable de todos los miembros presentes con derecho a voto.
· Mayoría de votos: La votación favorable o desfavorable de la mitad más uno de los miembros presentes con derecho a voto
IV.6.- DOCUMENTACIÓN Y FORMALIZACIÓN DE LAS SESIONES Y ACUERDOS EMITIDOS POR EL COMITÉ
Las sesiones del Comité tienen un carácter formal por lo que deberán ser documentadas por parte del Secretario Técnico, tanto en su realización como en el análisis de los asuntos, la deliberación y los acuerdos tomados.
De cada sesión se elaborará acta que será aprobada y firmada por todos los que hubieran asistido a ella, a más tardar en la sesión inmediata posterior. En dicha acta se deberá señalar el sentido de los acuerdos tomados por los miembros con derecho a voto y, en su caso, los comentarios relevantes de cada asunto. Los asesores y los invitados firmarán únicamente el acta como constancia de su asistencia o participación y como validación de sus comentarios.
Asimismo, una vez que un asunto es analizado y dictaminado por el Comité, los miembros con derecho a voto, deberán firmar el formato en el que se presentan los asuntos.
La copia del acta debidamente firmada deberá ser integrada en la carpeta de la siguiente sesión.
El Secretario Técnico vigilará que se registren claramente en el acta correspondiente, todos y cada uno de los acuerdos vertidos en torno a los asuntos tratados por el Comité en las sesiones.
Las resoluciones con respecto a los asuntos tratados, tendrán el carácter de acuerdo y serán irrevocables, solo mediante nueva resolución del propio Comité se podrá suspender, modificar o cancelar su contenido y efectos.
V. DISPOSICIONES TRANSITORIAS
PRIMERA. El presente Manual entrará en vigor una vez que sea aprobado por el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, así como por el Director General.
Con la entrada en vigor de este Manual se abroga cualquier otro similar publicado con anterioridad.
SEGUNDA. De acuerdo a lo dispuesto por la normatividad aplicable, el presente Manual deberá publicarse en la Normateca Interna, en la página de Internet de ASA y el Sistema de administración de Normas Internas de la Administración Pública Federal (SANI APF).
VI. ANEXO
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO
| No. | DESCRIPCIÓN DEL CONTENIDO | OBSERVACIONES |
| 1 | Se anotará el tipo de sesión que corresponda | Ordinaria o extraordinaria |
| 2 | Se indicará el número de sesión de que se trata | Consecutivo |
| 3 | Se anotará la fecha en que se celebre la sesión | Indicando día, mes y año |
| 4 | En este apartado se indicará el área de ASA que presenta el asunto | Ya sea de Oficinas Generales, Aeropuertos o Estaciones de Combustibles |
| 5 | La presentación de asuntos en el Orden del día, llevará un número consecutivo, en esta parte se indicará el que corresponda al asunto que se presenta | |
| 6 | Se describirá en forma sintetizada el asunto que se presenta | |
| 7 | En este recuadro se anotará el monto del contrato que se presenta | El monto se presentará con IVA desglosado |
| 8 | Se indicará el tipo de Contratación propuesta | Licitación pública, Invitación a cuando menos tres personas o Adjudicación directa |
| 9 | El responsable de la contratación fundamentará y motivará el asunto que se presente | Con base a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios |
| 10 | Se enlistarán los anexos que servirán como soporte | Oficios, Currículum vitae, Nota informativa, etc. |
| 11 | Es necesario se especifique el origen de los recursos y el monto autorizado de los mismos | |
| 12 | En caso de existir antecedentes o de ser necesario aclarar algún aspecto se mencionará en este recuadro | |
| 13 | Acuerdo, el secretario técnico tomará nota del acuerdo que se tome por los miembros del Comité y lo anotará en este recuadro | En caso de que no sea aprobado el que se lleve en la carpeta a la firma de la minuta se presentará el actualizado |
| 14 | Todos los integrantes del Comité con derecho a voto firmarán cada asunto que se presente, en caso de que la decisión que se tome no sea unánime en el recuadro inferior marcará el sentido de su voto | F: Favorable NF: No Favorable O: Se omite |
APROBÓ
DE ACUERDO A LO INDICADO EN EL ARTÍCULO 25 FRACCIÓN XX DEL ESTATUTO ORGÁNICO DE AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES, PUBLICADO EN EL DOF DEL 23 DE DICIEMBRE DE 2011
"MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS"
Director General de Aeropuertos y Servicios Auxiliares, Ingeniero Oscar Artemio Arguello Ruiz.- Rúbrica.
(R.- 519683)