NOTA Aclaratoria a los Lineamientos para la instalación/rehabilitación, equipamiento y operación de las sedes educativas del Programa Universidades para el Bienestar Benito Juárez García en el Programa Presupuestal U083, correspondiente al Organismo Coordinador de Universidades para el Bienestar Benito Juárez García, publicado el 18 de febrero de 2022.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- EDUCACIÓN.- Secretaría de Educación Pública.- Organismo Coordinador de las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García.
NOTA ACLARATORIA A LOS LINEAMIENTOS PARA LA INSTALACIÓN/REHABILITACIÓN, EQUIPAMIENTO Y OPERACIÓN DE LAS SEDES EDUCATIVAS DEL PROGRAMA UNIVERSIDADES PARA EL BIENESTAR BENITO JUÁREZ GARCÍA EN EL PROGRAMA PRESUPUESTAL U083, CORRESPONDIENTE AL ORGANISMO COORDINADOR DE UNIVERSIDADES PARA EL BIENESTAR BENITO JUÁREZ GARCÍA, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DÍA 18 DE FEBRERO DE 2022.
Que con fundamento en lo establecido en el artículo 22 y 59 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, corresponde a la Directora General del Organismo Descentralizado lo tocante a la representación legal del Organismo Coordinador.
Que el día 18 de febrero de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación los "Lineamientos para la instalación/rehabilitación, equipamiento y operación de las sedes educativas del Programa Universidades para el Bienestar Benito Juárez García en el Programa Presupuestal U083, correspondiente al Organismo Coordinador de Universidades para el Bienestar Benito Juárez García."
Por lo expuesto y fundado anteriormente, se emite la nota aclaratoria para su publicación en el Diario Oficial de la Federación, en los términos siguientes:
DICE:
"2.5. Comisión de supervisión: Un/a representante del Organismo Coordinador de las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García, un padre o madre de estudiantes activos en la sede y un/a estudiante activo/a en la sede, sin vínculo familiar con los padres o madres de la Comisión de Administración o de Supervisión. En el caso de inmuebles en rehabilitación con valor patrimonial histórico y cultural, se invitará a las autoridades del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura a formar parte de la Comisión de Supervisión. El apoyo de todos los integrantes de esta Comisión será indispensable para garantizar la adecuada y eficiente utilización de recursos y el cumplimiento de las metas previstas de instalación/rehabilitación, equipamiento y operación de cada sede. La participación de los integrantes de la Comisión de Supervisión será honorífica."
DEBE DECIR:
2.5. Comisión de supervisión: Un/a representante del Organismo Coordinador de las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García, un/a funcionario/a designado/a por el/la Presidente/a Municipal, un padre o madre de estudiantes activos en la sede y un/a estudiante activo/a en la sede, sin vínculo familiar con los padres o madres de la Comisión de Administración o de Supervisión. En el caso de inmuebles en rehabilitación con valor patrimonial histórico y cultural, se invitará a las autoridades del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura a formar parte de la Comisión de Supervisión. El apoyo de todos los integrantes de esta Comisión será indispensable para garantizar la adecuada y eficiente utilización de recursos y el cumplimiento de las metas previstas de instalación/rehabilitación, equipamiento y operación de cada sede. La participación de los integrantes de la Comisión de Supervisión será honorífica.
DICE:
7.2.2. Comisión de supervisión: Un/a representante del Organismo Coordinador de las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García, un padre o madre de estudiantes activos en la sede y un/a estudiante activo/a en la sede, sin vínculo familiar con los padres o madres de la Comisión de Administración o de Supervisión. En el caso de inmuebles en rehabilitación con valor patrimonial histórico y cultural, se invitará a las autoridades del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura a formar parte de la Comisión de Supervisión. El apoyo de todos los integrantes de esta Comisión será indispensable para garantizar la adecuada y eficiente utilización de recursos y el cumplimiento de las metas previstas de instalación/rehabilitación, equipamiento y operación de cada sede. La participación de los integrantes de la Comisión de Supervisión será honorífica.
DEBE DECIR:
7.2.2. Comisión de supervisión: Un/a representante del Organismo Coordinador de las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García, un/a funcionario/a designado/a por el/la Presidente/a Municipal, un padre o madre de estudiantes activos en la sede y un/a estudiante activo/a en la sede, sin vínculo familiar con los padres o madres de la Comisión de Administración o de Supervisión. En el caso de inmuebles en rehabilitación con valor patrimonial histórico y cultural, se invitará a las autoridades del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura a formar parte de la Comisión de Supervisión. El apoyo de todos los integrantes de esta Comisión será indispensable para garantizar la adecuada y eficiente utilización de recursos y el cumplimiento de las metas previstas de instalación/rehabilitación, equipamiento y operación de cada sede. La participación de los integrantes de la Comisión de Supervisión será honorífica.
TRANSITORIO
ÚNICO. La presente Nota Aclaratoria estará en vigor durante el ejercicio fiscal de 2022.
En la Ciudad de México, a los 23 días de febrero de dos mil veintidós.- Directora General del Organismo Coordinador de las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García, Raquel de la Luz Sosa Elízaga.- Rúbrica.
(R.- 518678)