Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Consejo de la Judicatura Federal
Oficialía de Partes Común
Juzgado Cuarto de Distrito en Materias Civil y de Trabajo en el Estado de Nuevo León
Monterrey, Nuevo león
EDICTO
 
Dentro del expediente 51/2020-VI-A, relativo al concurso mercantil promovido por "MCRF P", Sociedad Anónima de Capital Variable, Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad no Regulada, por conducto de su apoderado Favio Camilo Vázquez López, en contra de "T.T. Blues Jeans", Sociedad Anónima de Capital Variable, el Juez Cuarto de Distrito en Materias Civil y de Trabajo en el Estado de Nuevo León, el día veintinueve de noviembre de dos mil veintiuno dictó sentencia en la que se declaró en concurso mercantil a la comerciante "T.T. Blues Jeans", Sociedad Anónima de Capital Variable, señalando como fecha de retroacción al cuatro de marzo de dos mil veintiuno; a su vez, declaró abierta la etapa de conciliación por ciento ochenta y cinco días naturales, contados a partir del día en que se haga la última publicación en el Diario Oficial de la Federación de dicha sentencia; el fallo tiene efectos de arraigo de los integrantes del Consejo de Administración de la persona moral declarada en concurso, para el solo efecto de que no puedan separarse del lugar de su domicilio sin dejar, mediante mandato general o especial con facultades para actos de dominio, actos de administración y para pleitos y cobranzas, apoderado suficientemente instruido y expensado; asimismo se ordenó que durante la etapa de conciliación sea suspendido todo mandamiento de embargo o ejecución contra los bienes y derechos de la concursada, con las excepciones a que se refiere el artículo 65 de la Ley de Concursos Mercantiles, es decir, el mandamiento de embargo o ejecución de carácter laboral, en términos de lo dispuesto en la fracción XXIII, del apartado A, del artículo 123 constitucional y sus disposiciones reglamentarias, considerando los salarios de los dos años anteriores al concurso mercantil.
El Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles designó como conciliador a Fernando Martínez de Velasco Molina, y éste señaló como domicilio para efecto de oír y recibir notificaciones el sito en Cerro de las Mitras 2535, colonia Obispado, en Monterrey, Nuevo León, código postal 64060; a quien se ordenó que inicie el procedimiento de reconocimiento de créditos en los términos establecidos por los artículos 121 y 123 de la Ley de Concursos Mercantiles, debiendo elaborar la lista de créditos a cargo del comerciante que proponga reconocer; no obstante lo anterior, se hace del conocimiento de los acreedores residentes en la República Mexicana que aquellos que así lo deseen, presenten al conciliador en el domicilio que señaló para el cumplimiento de sus obligaciones, ubicado en Campana 50, colonia Insurgentes Mixcoac, alcaldía Benito Juárez, código postal 03920, ciudad de México, o en el indicado para oír y recibir notificaciones, sus solicitudes de reconocimiento de crédito conforme a lo dispuesto por el artículo 125 de la citada legislación concursal; si existieran acreedores residentes en el extranjero podrán presentar dichas solicitudes, si a sus intereses conviene, ante la persona y lugar indicados, dentro de un plazo de cuarenta y cinco días naturales conforme el artículo 291 de la ley de la materia.
Se precisa que el nueve de diciembre de dos mil veintiuno, se tuvo a la promovente acreditando su nueva denominación esto es, se reconoció como actual actora a la persona moral "OPCR", Sociedad Anónima de Capital Variable, Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad No Regulada, antes "MCRF P", Sociedad Anónima de Capital Variable, Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad No Regulada.
La publicación de este edicto surte efectos de notificación para quienes aún no hayan sido notificados en alguna forma diferente, ordenada en la propia sentencia.
 
 
Monterrey, Nuevo León, nueve de febrero de dos mil veintidós.
Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en Materias Civil y de Trabajo en el Estado de Nuevo León.
Lic. Elsa del Rosario Plata González
Rúbrica.
(R.- 518440)