CONVENIO Específico de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, para el ejercicio fiscal 2021, que celebran el Instituto de Salud para el Bienestar y el Estado de Oaxaca.

INSABI-FAM-CECTR-OAX-01/2021

CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021 EN ADELANTE "EL PROGRAMA", QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL INSTITUTO DE SALUD PARA EL BIENESTAR, AL QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "EL INSABI", POR CONDUCTO DE SU DIRECTOR GENERAL, MTRO. JUAN ANTONIO FERRER AGUILAR, ASISTIDO POR EL DR. VÍCTOR HUGO BORJA ABURTO, TITULAR DE LA UNIDAD DE COORDINACIÓN NACIONAL MÉDICA, Y POR EL MTRO. JOAQUÍN VALENTE PAREDES NARANJO, COORDINADOR DE FINANCIAMIENTO, Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL MTRO. VICENTE MENDOZA TÉLLEZ GIRÓN, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE FINANZAS, Y EL M.C. JUAN CARLOS MÁRQUEZ HEINE EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE OAXACA, A QUIENES CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

I. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 4o, párrafo cuarto, el derecho humano de toda persona a la protección de la salud, disponiendo que la Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud.

II. El artículo 7o, fracción II de la Ley General de Salud, establece que corresponde a la Secretaría de Salud, en su carácter de coordinadora del Sistema Nacional de Salud, coordinar los programas de servicios de salud de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como los agrupamientos por funciones y programas afines que, en su caso, se determinen, en el entendido de que tratándose de la prestación gratuita de los servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados que requieran las personas sin seguridad social, a que se refiere el Título Tercero Bis del referido ordenamiento, se auxiliará de “EL INSABI”.

III. "EL PROGRAMA" se alinea directamente con el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2019 el que en el apartado II Política Social establece el Eje Construir un país con bienestar, del que se destaca el siguiente objetivo prioritario:

Salud para toda la población.

IV. "EL PROGRAMA" interviene en la ejecución de los compromisos intersectoriales establecidos en el Programa Sectorial de Salud 2019-2024. Por ello, se alinea con sus Objetivos prioritarios, estrategias y acciones puntuales que a continuación se mencionan:

Objetivo prioritario 1.- Garantizar los servicios públicos de salud a toda la población que no cuente con seguridad social y, el acceso gratuito a la atención médica y hospitalaria, así como exámenes médicos y suministro de medicamentos incluidos en el Compendio Nacional de Insumos para la Salud.

Estrategia prioritaria 1.3 Brindar a la población sin seguridad social, especialmente a quienes habitan en regiones con alta o muy alta marginación, acciones integrales de salud que ayuden a prolongar su vida con calidad, evitar la ocurrencia de enfermedades o en su caso, detectarlas tempranamente a través de la participación de todas las instituciones del SNS, en las acciones puntuales.

Acción 1.3.3 Acercar los servicios de salud a la población, a través de Jornadas de Salud Pública y esquemas itinerantes para brindar acciones integrales de salud, especialmente en zonas con mayores dificultades de acceso a las instituciones del SNS.

Estrategia prioritaria 1.5 Fomentar la participación de comunidades en la implementación de programas y acciones, bajo un enfoque de salud comunitaria para salvaguardar los derechos de niñas, niños, adolescentes, jóvenes, personas adultas mayores, mujeres, comunidad LGBTTTI, personas con discapacidad, comunidades indígenas y afromexicanas, en las acciones puntuales.

Acción 1.5.5 Implementar Caravanas de la Salud y brigadas de atención ambulatoria para brindar servicios a población afectada por contingencias emergentes, que viven en localidades alejadas de las ciudades o que transitan en condición migrante.

V. El Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2021, en su Anexo 25 establece que “EL PROGRAMA” estará sujeto a Reglas de Operación.

VI. Con "EL PROGRAMA" se da continuidad a la estrategia federal que inicia en 2007 como Programa Caravanas de la Salud, el cual posteriormente cambia su denominación a Programa Unidades Médicas Móviles, para que a través de transferencias de recursos presupuestarios federales se coadyuve a que las entidades federativas proporcionen la atención primaria a la salud en aquellas localidades con menos de 2,500 personas y que se encuentren sin acceso a los servicios de salud por falta de infraestructura física.

VII. "EL PROGRAMA" tiene como misión ser un programa que coadyuve con las Entidades Federativas con la aportación de recursos presupuestarios federales destinados a la prestación de servicios de Atención Primaria a la Salud en las áreas de enfoque potencial identificadas como localidades que no cuentan con servicios de salud por falta de infraestructura, carentes de recursos para otorgar atención permanente, y con una población menor a 2,500 personas.

DECLARACIONES

I. DE "EL INSABI":

I.1. Es un Organismo Descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio sectorizado a la Secretaría de Salud en términos de los artículos 1o, párrafo tercero, 3o., fracción I y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 77 bis 35, párrafo primero de la Ley General de Salud, cuyo objeto en términos del segundo párrafo del precepto legal citado en último término es proveer y garantizar la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados a las personas sin seguridad social, así como impulsar, en coordinación con la Secretaría de Salud en su calidad de órgano rector, acciones orientadas a lograr una adecuada integración y articulación de las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud.

I.2. Su Director General tiene la facultad y legitimación para suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en los artículos 77 bis 35 B, fracción II, 77 bis 35 G, párrafo segundo y 77 bis 35 H de la Ley General de Salud, así como 22, fracciones I y II y 59, fracción I de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, cargo que se acredita con copia del nombramiento respectivo.

I.3. Cuenta con atribuciones para proveer y garantizar la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados a las personas sin seguridad social, así como impulsar en coordinación con la Secretaría de Salud en su calidad de Órgano Rector, acciones orientadas a lograr una adecuada integración y articulación de las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud.

I.4. El objetivo general de "EL PROGRAMA", es el de contribuir con las Entidades Federativas para brindar de forma efectiva acceso y prestación de los servicios de atención primaria a la salud en localidades menores a 2,500 personas, carentes de servicios de salud, mediante la transferencia de recursos federales, personal médico y unidades médicas móviles de diferente capacidad resolutiva, y dentro de sus objetivos específicos, se encuentra como uno de los más importantes, el de contribuir con las entidades federativas para que cuenten con unidades médicas móviles equipadas de conformidad con la tipología correspondiente y su respectivo personal capacitado, conforme a las Reglas de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, para el Ejercicio Fiscal 2021, en adelante las "REGLAS", publicadas en el Diario Oficial de la Federación en fecha 29 de diciembre del 2020,asi como el acuerdo por el que se modifican las "REGLAS" publicado en el Diario Oficial de la Federación en fecha19 de febrero del 2021.

I.5. Cuenta con recursos presupuestarios autorizados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para hacer frente a las obligaciones derivadas de la suscripción del presente instrumento jurídico.

I.6. Para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Específico de Colaboración señala como domicilio el ubicado en el número 54 de la Calle Gustavo E. Campa, Colonia Guadalupe Inn, Demarcación Territorial Álvaro Obregón, C.P. 01020, en la Ciudad de México.

II. DE "LA ENTIDAD":

II.1. El Mtro. Vicente Mendoza Téllez Girón, Secretario de Finanzas acredita tener facultades para suscribir el presente Convenio Específico de Colaboración, de conformidad con los artículos 82 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 3 fracción I, 27 fracción XII y 45 fracción LVI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca; 2, 5 y 7 fracción IX del Reglamento Interno de la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado publicado en el Periódico Oficial del Estado el 31 de mayo de 2018, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento de fecha 9 de enero de 2019, expedido por el Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

II.2. El M.C. Juan Carlos Márquez Heine, Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud de Oaxaca acredita tener facultades para suscribir el presente Convenio Específico de Colaboración, de conformidad con los artículos 3, fracción I; 6, último párrafo; 27, fracción III y 36 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca; 10, fracción II; 13, fracción I y 14, fracción I de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Oaxaca; 14, fracciones I y IX del Decreto número 27 del Ejecutivo Estatal publicado en el Periódico Oficial del Estado el 23 de septiembre de 1996 y sus reformas publicadas en el mismo medio el 28 de octubre y 02 de diciembre de 2006, 04 de diciembre de 2010 y 26 de septiembre de 2015; y 8, fracción XVII del Reglamento Interno de los Servicios de Salud de Oaxaca, cargos que quedan debidamente acreditados con las copias de los nombramientos de fecha 20 de enero de 2021, expedidos por el Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

II.3. Sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento jurídico son: Otorgar servicios de promoción y prevención de la salud, así como de atención médica y odontológica a la población de las localidades del área de enfoque de "EL PROGRAMA", que se especifica en el Anexo 5 del presente instrumento jurídico.

II.4. Para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Específico de Colaboración señala como su domicilio el ubicado en calle J. P. García número 103, Colonia Centro, C.P. 68000, en la Ciudad de Oaxaca de Juárez, Oaxaca.

Una vez expuesto lo anterior, y en virtud de que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en sus artículos 74 y 75, que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios y transferencias que con cargo a los presupuestos de las Dependencias y, en su caso de las Entidades, se aprueben en el Presupuesto de Egresos de la Federación; que éstos se otorgarán y ejercerán conforme a las disposiciones generales aplicables, así como a las reglas de operación que se emitan para el ejercicio fiscal correspondiente, y que dichos subsidios y transferencias se sujetarán a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en ella se señalan; "LAS PARTES" celebran el presente Convenio, al tenor de las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA. OBJETO.- El presente Convenio y sus Anexos, que firmados por "LAS PARTES", forman parte integrante del mismo, tienen por objeto transferir a "LA ENTIDAD" recursos presupuestarios federales, con el carácter de subsidios, para cubrir los gastos de operación de "EL PROGRAMA" en el ejercicio fiscal 2021, en los conceptos y con los alcances estipulados en este instrumento jurídico, y de manera específica para realizar algunos de los gastos que se deriven de la operación de las unidades médicas móviles de "EL PROGRAMA en "LA ENTIDAD", otorgadas mediante los contratos de comodato suscritos en años anteriores entre Secretaría de Salud y "LA ENTIDAD", así como los correspondientes convenios modificatorios por los que se prorroga la vigencia de éstos, para el desarrollo de "EL PROGRAMA"; de conformidad con los Anexos del presente instrumento jurídico, a efecto de coordinar su participación con el Ejecutivo Federal en la ejecución de este programa.

Para efecto de lo anterior, "LAS PARTES" convienen expresamente en sujetarse a lo previsto en los artículos 74, 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176 y 181 de su Reglamento y demás disposiciones aplicables, así como a lo estipulado en “LAS REGLAS” y en el presente Convenio.

SEGUNDA. TRANSFERENCIA. - Para la realización de las acciones objeto del presente instrumento jurídico, "EL INSABI" transferirá a "LA ENTIDAD", en una ministración, un importe de hasta $22,827,776.51 (Veintidós millones ochocientos veintisiete mil setecientos setenta y seis pesos 51/100 M.N.), conforme al capítulo de gasto y partida que se señalan en el Anexo 1 del presente Convenio.

Los recursos presupuestarios federales a que se refiere el párrafo anterior, serán transferidos por “EL INSABI" a "LA ENTIDAD", dentro del periodo que para tal efecto se precisa en el Anexo 2.

Para tal efecto, "LA ENTIDAD", a través de su Secretaría de Finanzas, procederá a abrir, en forma previa a su radicación, una cuenta bancaria productiva, única y específica para este Convenio, en la institución de crédito bancaria que determine, con la finalidad de que dichos recursos y sus rendimientos financieros estén debidamente identificados.

Una vez radicados los recursos presupuestarios federales en la Secretaría de Finanzas, ésta se obliga a ministrarlos íntegramente junto con los rendimientos financieros que se generen, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su recepción, a los Servicios de Salud del Estado de Oaxaca, que tendrá el carácter de Unidad Ejecutora para efectos del presente Convenio. La Unidad Ejecutora, deberá informar a "EL INSABI", a través de la Unidad de Coordinación Nacional Médica, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a aquél en que concluya el plazo anterior, el monto, la fecha y el importe de los rendimientos generados que le hayan sido ministrados. Para tal efecto, “EL INSABI”, a través de la Unidad de Coordinación Nacional Médica, dará aviso a la Unidad Ejecutora de esta transferencia.

La Unidad Ejecutora procederá a la apertura de una cuenta bancaria productiva única y específica a nombre del “Programa Fortalecimiento a la Atención Médica”, para recibir de la Secretaría de Finanzas los recursos señalados en este Convenio, lo que permitirá mantener los recursos plenamente identificados para la recepción, ejercicio, comprobación y cierre presupuestario; notificando por escrito a “EL INSABI”, a través de la Unidad de Coordinación Nacional Médica, los datos de identificación de dicha cuenta.

La no ministración de estos recursos a la Unidad Ejecutora en el plazo establecido en el párrafo cuarto de esta Cláusula, se considerará incumplimiento de este instrumento jurídico y será causa para solicitar el reintegro de los recursos transferidos, así como el de los rendimientos financieros obtenidos, a la Tesorería de la Federación.

La Secretaría de Finanzas, y la Unidad Ejecutora, deberán remitir a "EL INSABI", a través de la Unidad de la Coordinación Nacional Médica, la documentación correspondiente a la apertura de las cuentas a que se refiere esta Cláusula, en la que se especifique que el destino final de los recursos es el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200.

Los recursos presupuestarios federales que se transfieran en los términos de este Convenio Específico de Colaboración no pierden su carácter federal, por lo que en su asignación y ejecución deberán observarse las disposiciones jurídicas federales aplicables.

Queda expresamente acordado, que la transferencia presupuestaria otorgada en el presente Convenio garantiza la operación anual y no es susceptible de presupuestarse en los ejercicios siguientes, por lo que no implica el compromiso de transferencias posteriores ni en ejercicios fiscales subsecuentes con cargo al Ejecutivo Federal, para complementar cualquier otro gasto administrativo o de operación vinculado con el objeto del mismo.

Los recursos presupuestarios federales que "EL INSABI” se compromete a transferir a "LA ENTIDAD", estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria y a las autorizaciones correspondientes, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.

TERCERA. VERIFICACIÓN DEL DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES. - Para asegurar la transparencia en la aplicación y comprobación de los recursos federales ministrados, "LAS PARTES" convienen en sujetarse a lo siguiente:

I. "EL INSABI", por conducto de la Unidad de Coordinación Nacional Médica, dentro del marco de sus atribuciones y a través de los mecanismos que esta última implemente para tal fin, verificará (i) el cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores de desempeño a que se refiere la Cláusula Cuarta de este Convenio, y (ii) que los recursos presupuestarios federales señalados en la Cláusula Segunda sean destinados únicamente para cubrir el objeto del presente instrumento jurídico, de conformidad con los anexos 3, 7 y 7 A, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal.

II. Las acciones de verificación de la aplicación de los recursos que "EL INSABI" realice en los términos estipulados en el presente instrumento jurídico, no implicará en modo alguno que éste pueda participar en los procesos de aplicación de los mismos, en virtud de lo cual deberá abstenerse de intervenir en el procedimiento de asignación de los contratos o de cualquier otro instrumento jurídico que formalice "LA ENTIDAD" para cumplir con “EL PROGRAMA”, así como de interferir de forma alguna en el procedimiento y mecanismo de supervisión externo que defina "LA ENTIDAD" durante la aplicación de los recursos presupuestarios destinados a su ejecución y demás actividades que se realicen para el cumplimiento de las condiciones técnicas, económicas, de tiempo, de cantidad y de calidad contratadas a través de "LA ENTIDAD".

III-. "EL INSABI", a través de la Unidad de Coordinación Nacional Médica, considerando su disponibilidad de personal y presupuestaria, podrá practicar visitas de supervisión de acuerdo al Modelo de Supervisión y formatos que establezca el INSABI para este fin, conforme al periodo de visitas determinado en el Anexo 11, a efecto de verificar la correcta operación de “EL PROGRAMA”, el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente instrumento jurídico, así como el seguimiento del ejercicio de los recursos y la presentación de informes a "EL INSABI", a través de la Unidad de Coordinación Nacional Médica, tales como: los informes de avances financieros, los informes de rendimientos financieros generados con motivo de los recursos presupuestarios federales transferidos, conforme al Anexo 9, relaciones de gasto, estados de cuenta bancaria y las conciliaciones bancarias.

En caso de que, con motivo de las visitas de supervisión, "EL INSABI", a través de la Unidad de Coordinación Nacional Médica, detecte incumplimientos a los compromisos establecidos a cargo de "LA ENTIDAD", deberá dar vista a las instancias federales y locales competentes, para que procedan conforme a sus atribuciones.

IV. "EL INSABI", a través de la Unidad de Coordinación Nacional Médica, solicitará a "LA ENTIDAD" la entrega del reporte de indicadores de desempeño de prestación de servicio, así como la certificación de gasto, conforme al formato que se incluye en el Anexo 4, mediante los cuales se detallan las erogaciones del gasto y por los que "LA ENTIDAD" sustente y fundamente la correcta aplicación de los recursos a que se refiere la Cláusula Segunda del presente instrumento jurídico. Para los efectos de verificación anteriormente referidos, "LA ENTIDAD" deberá exhibir la documentación soporte (original en su caso) y archivos electrónicos que así lo acrediten.

V. "EL INSABI", a través de la Unidad de Coordinación Nacional Médica, podrá en todo momento verificar en coordinación con "LA ENTIDAD" la documentación que permita observar el ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos a "LA ENTIDAD", así como sus rendimientos financieros generados y podrá solicitar a esta última los documentos que justifiquen y comprueben el ejercicio de dichos recursos. El ejercicio de los recursos deberá reflejarse en el formato de certificación de gasto, conforme a lo establecido en el Anexo 4 del presente Convenio; la documentación soporte deberá adjuntarse en archivos electrónicos en la plataforma informática correspondiente.

CUARTA. OBJETIVOS, METAS E INDICADORES DE DESEMPEÑO. - Los recursos a que se refiere la Cláusula Segunda del presente Convenio, tendrán los objetivos, metas e indicadores de desempeño que a continuación se mencionan:

OBJETIVO: Transferir recursos a "LA ENTIDAD" para contribuir con ésta a que brinde en su circunscripción territorial, a través de la Unidad Ejecutora, de forma efectiva, acceso y prestación de los servicios de atención primaria a la salud en localidades menores a 2,500 personas, carentes de servicios de salud.

META: Atender a las localidades integradas en el Anexo 5 de este Convenio.

INDICADORES DE DESEMPEÑO: En el Anexo 6 se describen los indicadores y las variables a las que se compromete "LA ENTIDAD" que permitirán evaluar el desempeño y el cumplimiento de los compromisos descritos en este instrumento jurídico.

QUINTA. APLICACIÓN.- Los recursos presupuestarios federales a que alude la Cláusula Segunda de este instrumento jurídico, se destinarán en forma exclusiva para cubrir los conceptos de gasto mencionados en los Anexos 3 y 7 para la operación de "EL PROGRAMA" en el ejercicio fiscal 2021; no podrán destinarse a otros conceptos de gasto y se registrarán conforme a su naturaleza, como gasto corriente o gasto de capital; se devengarán conforme a lo establecido en el artículo 175, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; se registrarán por "LA ENTIDAD" en su contabilidad de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y se rendirán en su Cuenta Pública, sin que por ello pierdan su carácter federal.

Los rendimientos financieros que generen los recursos presupuestarios a que se refiere el párrafo anterior, podrán destinarse, previa autorización de "EL INSABI", a través de la Unidad de Coordinación Nacional Médica, a “EL PROGRAMA” objeto del presente Convenio, de conformidad con lo estipulado en el Anexo 7 (a excepción de la partida 12101), así como las partidas estipuladas en el Anexo 7A.

"LA ENTIDAD" presentará un informe de los rendimientos financieros que generen los recursos presupuestarios federales transferidos en virtud del presente instrumento, conforme al Anexo 9.

El seguimiento del ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos en virtud del presente instrumento, así como de los rendimientos financieros que éstos generen deberá hacerse conforme con los Anexos 4 y 10.

Los remanentes de (i) los recursos presupuestarios federales transferidos a "LA ENTIDAD", y (ii) de los rendimientos financieros generados, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación, al cierre del ejercicio fiscal, en los términos del artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, debiendo informarlo a "EL INSABI", por conducto de la Unidad de Coordinación Nacional Médica, de manera escrita y con los documentos soportes correspondientes.

SEXTA. GASTOS ADMINISTRATIVOS. - Los gastos administrativos diferentes a los que se mencionan en el Anexo 7 del presente Convenio, deberán ser erogados por "LA ENTIDAD" con cargo a sus recursos propios.

SÉPTIMA. OBLIGACIONES DE "LA ENTIDAD”. - "LA ENTIDAD" se obliga a:

I. Vigilar el cumplimiento estricto de las disposiciones legales aplicables en el ejercicio del gasto público federal, dando aviso ante las instancias respectivas por cualquier anomalía detectada al respecto, y conforme a lo establecido en las “REGLAS”, por conducto de la Unidad Ejecutora, responsable ante "EL INSABI" del adecuado ejercicio y comprobación de los recursos objeto del presente instrumento jurídico.

II. Responder por la integración y veracidad de la información técnica y financiera que presenten para el cumplimiento de los compromisos establecidos en el presente instrumento jurídico, particularmente, de aquélla generada con motivo de la aplicación, seguimiento, control, rendición de cuentas y transparencia de los recursos presupuestarios federales transferidos, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.

III. Aplicar los recursos presupuestarios federales transferidos y sus rendimientos financieros, sujetándose a los objetivos, metas e indicadores de desempeño a que se refiere el presente Convenio.

IV. Remitir por conducto de la Secretaría de Finanzas a "EL INSABI", a través de la Unidad de Coordinación Nacional Médica, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles posteriores a la recepción de la ministración de recursos que se detalla en los Anexos 1 y 2 del presente Convenio, los comprobantes que acrediten la recepción de dicha ministración, conforme a la normativa aplicable. La documentación comprobatoria a que se refiere este párrafo deberá remitirse en archivo electrónico con el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).

Así mismo, la Unidad Ejecutora deberá remitir a "EL INSABI", a través de la Unidad de Coordinación Nacional Médica, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles posteriores a la recepción de las ministraciones realizadas por parte de la Secretaría de Finanzas, los comprobantes que acrediten la recepción de dichas ministraciones, conforme a la normativa aplicable.

V. Mantener bajo su custodia la documentación comprobatoria original de los recursos presupuestarios federales erogados, hasta en tanto la misma le sea requerida por "EL INSABI" y, en su caso por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o de la Secretaría de la Función Pública y/o de los órganos fiscalizadores competentes, así como la información adicional que estas últimas le requieran.

VI. Verificar que la documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales objeto de este Convenio, cumpla con los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales aplicables, entre otros, aquéllos que determinan los artículos 29 y 29-A, del Código Fiscal de la Federación, los que deberán expedirse a nombre de "LA ENTIDAD". Para lo cual, se deberá remitir archivo electrónico CFDI, salvo en los casos de excepción establecidos en la legislación y normativa de la materia, en cuyo caso se deberán atender las disposiciones especiales para su comprobación. Así mismo, deberá remitir a "EL INSABI", a través de la Unidad de Coordinación Nacional Médica, el archivo electrónico con la verificación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

VII. Reintegrar a la Tesorería de la Federación dentro de los quince (15) días naturales siguientes en que los requiera "EL INSABI", los recursos presupuestarios federales transferidos y sus rendimientos financieros, que después de radicados a la Secretaría de Finanzas, no hayan sido ministrados a la Unidad Ejecutora, o que una vez ministrados a esta última, no sean ejercidos en los términos del presente Convenio o que se mantengan ociosos.

VIII. Realizar con recursos propios de "LA ENTIDAD", el aseguramiento de las unidades médicas móviles asignadas en comodato o adquiridas con recursos de Nuevas modalidades por "LA ENTIDAD" para el desarrollo de “EL PROGRAMA”. Para el caso de unidades médicas móviles otorgadas en comodato la póliza de aseguramiento respectiva deberá expedirse a favor de la Tesorería de la Federación.

Dicho aseguramiento deberá comprender, adicionalmente, a los ocupantes y equipamiento de las referidas unidades médicas móviles, con cobertura amplia y para casos de desastres naturales, garantizando que quede cubierto el presente ejercicio fiscal. Dentro de los quince (15) días naturales siguientes a la contratación del aseguramiento, "LA ENTIDAD" deberá enviar a “EL INSABI”, por conducto de la Unidad de Coordinación Nacional Médica, copia de las pólizas, conforme a los lineamientos que se emitan por "EL INSABI", a través de la Unidad de Coordinación Nacional Médica.

IX. Realizar las acciones necesarias para el mantenimiento preventivo y correctivo de las unidades médicas móviles. "LA ENTIDAD" deberá remitir trimestralmente, a “EL INSABI”, por conducto de la Unidad de Coordinación Nacional Médica, dentro de los quince (15) días naturales siguientes al trimestre que se reporte, el informe correspondiente que acredite el mantenimiento preventivo y correctivo de dichas unidades, resguardando la documentación comprobatoria.

X. Realizar con recursos propios de la "LA ENTIDAD", el pago de emplacamiento (placas de circulación), tenencia y/o derechos federales o locales que correspondan a las unidades médicas móviles.

XI. Brindar las facilidades para que "EL INSABI”, a través de la Unidad de Coordinación Nacional Médica, pueda verificar, el cumplimiento de las rutas aprobadas.

XII. Informar de manera trimestral a "EL INSABI", a través de la Unidad de Coordinación Nacional Médica, por conducto de la Unidad Ejecutora, dentro de los diez (10) primeros días hábiles siguientes al trimestre que se reporta, utilizando las plataformas electrónicas desarrolladas para tal fin, la aplicación y comprobación de los recursos transferidos, los rendimientos financieros, con base en los avances financieros, relaciones de gasto, estados de cuenta bancarios y conciliaciones bancarias, respecto de los recursos presupuestarios federales transferidos con motivo de este instrumento jurídico, conforme a los Anexos 4 y 9 del presente Convenio, debiendo adjuntar archivos electrónicos con la documentación soporte correspondiente.

XIII. Estampar en la documentación comprobatoria, el sello con la leyenda "Operado con recursos presupuestarios federales, para el Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200 del Ejercicio Fiscal 2021". En caso de la documentación comprobatoria del Capítulo 1000, dicha leyenda deberá ser incorporada dentro de la estructura del archivo XML del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).

XIV. Reportar y dar seguimiento trimestralmente, por conducto de la Unidad Ejecutora, dentro de los quince (15) primeros días hábiles de los meses de abril, julio y octubre correspondientes al ejercicio 2021 y enero del siguiente año, el avance en el cumplimiento de indicadores de desempeño y el resultado de las acciones que lleve a cabo, de conformidad con este instrumento jurídico.

XV. La Unidad Ejecutora realizará los trámites para la contratación del personal que se requiera para la operación de “EL PROGRAMA” y/o para el cumplimiento del objeto de este instrumento jurídico, durante el ejercicio fiscal 2021, conforme a los requisitos establecidos en las “REGLAS” y de conformidad con el Anexo 8 del presente Convenio Específico de Colaboración.

XVI. La Unidad Ejecutora deberá informar a "EL INSABI", a través de la Unidad de Coordinación Nacional Médica, sobre el cierre del ejercicio presupuestario de los recursos federales asignados a "LA ENTIDAD" para la operación de “EL PROGRAMA”, mediante el formato descrito en el Anexo 10, incluyendo como documentación soporte los estados de cuenta, conciliaciones bancarias y cancelación de las cuentas abiertas por ambas instancias. Dicho informe será entregado a "EL INSABI", a través de la Unidad de Coordinación Nacional Médica, dentro de los treinta (30) días hábiles posteriores al cierre del ejercicio fiscal vigente.

XVII. Establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores de desempeño, para los que se destinen los recursos presupuestarios federales transferidos, con base en los resultados y supervisiones realizadas.

XVIII. Informar sobre la suscripción de este Convenio, al órgano técnico de fiscalización de la legislatura local en "LA ENTIDAD", por conducto de la Secretaría de Salud y/o los Servicios de Salud del Estado de Oaxaca quien es la Unidad Ejecutora

XIX. Realizar las gestiones para la publicación del presente instrumento jurídico en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD", así como en su página de Internet, por conducto de la Secretaría de Salud y/o los Servicios de Salud del Estado de Oaxaca quien es la Unidad Ejecutora.

XX. Realizar las acciones necesarias para la promoción de la Contraloría Social de "EL PROGRAMA" con base en los documentos de Contraloría Social que la Secretaría de la Función Pública autorice, así como en las "REGLAS" de "EL PROGRAMA" y en los Lineamientos para la promoción y operación de la Contraloría Social en los programas federales de desarrollo social.

Al efecto, los mecanismos y acciones para impulsar y apoyar la implementación de la Contraloría Social que se utilizarán son:

a. Difusión. - Instancia Normativa y "LA ENTIDAD";

b. Capacitación y asesoría a servidores públicos - Instancia Normativa y "LA ENTIDAD";

c. Capacitación a integrantes de Comités "LA ENTIDAD"; y

d. Recopilación de Informes y Atención a quejas y denuncias.- "LA ENTIDAD".

OCTAVA. OBLIGACIONES DE "EL INSABI".- "EL INSABI" se obliga a:

I. Transferir a "LA ENTIDAD", a través de la Coordinación de Financiamiento, con el carácter de subsidios, los recursos presupuestarios federales a que se refiere el presente Convenio, conforme al periodo de ministración establecido en su Anexo 2.

II. Verificar, a través de la Unidad de Coordinación Nacional Médica, que los recursos presupuestarios federales que en virtud de este instrumento jurídico se transfieran, sean aplicados únicamente para la realización del objeto del mismo, sin perjuicio de las atribuciones que en la materia correspondan a otras instancias competentes del Ejecutivo Federal y/o de "LA ENTIDAD".

III. Practicar periódicamente, a través de la Unidad de Coordinación Nacional Médica, dependiendo de su disponibilidad de personal y presupuestaria, visitas de supervisión de acuerdo con el calendario y planeación que para tal efecto se establezca con "LA ENTIDAD", conforme al formato de visitas establecido en el Anexo 11, con el propósito de verificar el uso adecuado de los recursos y el estado general que guarden los bienes dados en comodato.

IV. Solicitar a "LA ENTIDAD", a través de la Unidad de Coordinación Nacional Médica, dentro de los primeros quince días hábiles de los meses de abril, julio y octubre correspondientes al ejercicio 2021 y enero del siguiente año, el avance en el cumplimiento de indicadores de desempeño Anexo 6 y el resultado de las acciones que lleve a cabo, de conformidad con este instrumento jurídico.

V. Dar seguimiento al ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos y rendimientos financieros, con base en lo reportado en el Anexo 9, así como en el Anexo 4.

VI. Solicitar la documentación comprobatoria del gasto de los recursos presupuestarios federales transferidos, que "LA ENTIDAD" debe presentar a "EL INSABI", en términos de lo estipulado en el presente Convenio.

VII. Presentar el Informe de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal y los demás informes que sean requeridos, sobre la aplicación de los recursos transferidos con motivo del presente Convenio.

VIII. Dar seguimiento trimestral, en coordinación con "LA ENTIDAD", sobre el avance en el cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico.

IX. Realizar, en el ámbito de su competencia, a través de la Unidad de Coordinación Nacional Médica, la verificación y seguimiento de los recursos presupuestarios federales que en virtud de este instrumento serán ministrados a "LA ENTIDAD", de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables en materia del ejercicio del gasto público federal.

X. Verificar a través de la Unidad de Coordinación Nacional Médica, de manera aleatoria, que las unidades médicas móviles estén cubriendo la totalidad de rutas previamente planeadas y avaladas, así como prestando los servicios establecidos en las “REGLAS”.

XI. Realizar las gestiones necesarias para la publicación del presente instrumento jurídico en el Diario Oficial de la Federación.

XII. Difundir en la página de Internet de “EL INSABI”, el presente instrumento jurídico en el que se señalan los recursos presupuestarios federales transferidos para la operación “EL PROGRAMA”, en los términos de las disposiciones aplicables.

XIII. Establecer medidas de mejora continua para el cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores de desempeño, para los que se destinen los recursos presupuestarios federales transferidos.

NOVENA. ACCIONES DE VERIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO. - La verificación y seguimiento al ejercicio de los recursos presupuestarios federales transferidos por "EL INSABI" a "LA ENTIDAD" con motivo del presente instrumento jurídico, corresponderá a "EL INSABI" a través de la Unidad de Coordinación Nacional Médica, en los términos de las disposiciones aplicables y estipulaciones del presente Convenio.

Cuando los servidores públicos que participen en la ejecución del Convenio, detecten que los recursos presupuestarios federales transferidos han sido utilizados para fines distintos a los que se señalan en el Convenio, deberán hacerlo del conocimiento, en forma inmediata, de la Auditoría Superior de la Federación y de la Secretaría de la Función Pública y, en su caso, del Ministerio Público de la Federación.

DÉCIMA. RELACIÓN LABORAL.- Queda expresamente estipulado por "LAS PARTES", que el personal contratado, empleado o comisionado por cada una de ellas para dar cumplimiento al presente instrumento jurídico, guardará relación laboral únicamente con aquélla que lo contrató, empleó o comisionó, por lo que asumen plena responsabilidad por este concepto, sin que en ningún caso, la otra parte pueda ser considerada como patrón sustituto o solidario, obligándose en consecuencia, cada una de ellas, a sacar a la otra, en paz y a salvo, frente a cualquier reclamación o demanda, que su personal pretendiese entablar en su contra, deslindándose desde ahora de cualquier responsabilidad de carácter laboral, civil, penal, administrativa o de cualquier otra naturaleza jurídica que en ese sentido se les quiera fincar.

DÉCIMA PRIMERA. VIGENCIA. - El presente Convenio surtirá sus efectos anuales a partir de la fecha de su suscripción y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2021.

DÉCIMA SEGUNDA. MODIFICACIONES AL CONVENIO ESPECÍFICO. - "LAS PARTES" acuerdan que el presente Convenio podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al Convenio obligarán a sus signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano de difusión oficial de "LA ENTIDAD".

En circunstancias especiales, caso fortuito o de fuerza mayor, para la realización del objeto previsto en este instrumento jurídico, "LAS PARTES" acuerdan tomar las medidas o mecanismos que permitan afrontar dichas eventualidades. En todo caso, las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del Convenio Modificatorio correspondiente.

DÉCIMA TERCERA. CAUSAS DE TERMINACIÓN. - El presente Convenio podrá darse por terminado de manera anticipada por cualquiera de las causas siguientes:

I. Por acuerdo de "LAS PARTES".

II. Por no existir la disponibilidad presupuestaria para hacer frente a los compromisos que adquiere "EL INSABI".

III. Por caso fortuito o fuerza mayor.

DÉCIMA CUARTA. CAUSA DE RESCISIÓN. - El presente Convenio podrá rescindirse por el incumplimiento de las obligaciones contraídas en el presente instrumento jurídico.

DÉCIMA QUINTA. INTERPRETACIÓN Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. “LAS PARTES” convienen en que las controversias que se originen con motivo de la interpretación o cumplimiento del presente Convenio serán resueltas por las mismas de común acuerdo. En el caso de subsistir la controversia, convienen en someterse a los tribunales federales competentes en la Ciudad de México, renunciando en consecuencia, a cualquier otra jurisdicción que pudiere corresponderles en razón de sus domicilios presentes o futuros.

Estando enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente Convenio Específico, lo firman por cuadruplicado, en la Ciudad de México, a los dos días del mes de marzo de dos mil veintiuno.- Por el INSABI : el Director General , Mtro. Juan Antonio Ferrer Aguilar .- Rúbrica.- El Titular de la Unidad de Coordinación Nacional Médica , Dr. Víctor Hugo Borja Aburto .- Rúbrica.- El Coordinador de Financiamiento , Mtro. Joaquín Valente Paredes Naranjo .- Rúbrica.- Por la Entidad : el Secretario de Finanzas , Mtro. Vicente Mendoza Téllez Girón .- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud de Oaxaca , M.C. Juan Carlos Márquez Heine .- Rúbrica.

ANEXO 1 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200

TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS

CAPÍTULO DE GASTO

APORTACIÓN FEDERAL

APORTACIÓN ESTATAL

TOTAL 2021

4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”

43801 “Subsidios a las Entidades Federativas y Municipios.

$22,827,776.51

$ -

$22,827,776.51

TOTAL

$22,827,776.51

$ -

$22,827,776.51

El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para cubrir los gastos de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $22,827,776.51 (Veintidós millones ochocientos veintisiete mil setecientos setenta y seis pesos 51/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, por conducto de la Secretaría de Finanzas, la Secretaría de Salud y los Servicios de Salud de Oaxaca.

ANEXO 2 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200

PERIODO PARA MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES

CONCEPTO

PERIODO:

01 ENE – 31 MZO

TOTAL

2021

4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” 43801 “Subsidios a las Entidades Federativas y Municipios.

$22,827,776.51

$22,827,776.51

TOTAL

$22,827,776.51

$22,827,776.51

El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para cubrir los gastos de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $22,827,776.51 (Veintidós millones ochocientos veintisiete mil setecientos setenta y seis pesos 51/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, por conducto de la Secretaría de Finanzas, la Secretaría de Salud y los Servicios de Salud de Oaxaca.

ANEXO 3 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200

DISTRIBUCIÓN DEL GASTO POR CAPÍTULO, CONCEPTO Y PARTIDA PRESUPUESTARIA

GASTOS DE OPERACIÓN ANUALES PARA 45 UMM

TOTAL 2021

1000 “SERVICIOS PERSONALES”

$21,924,189.84

12101 HONORARIOS

$19,731,770.76

13202 GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO

$2,192,419.08

3700 “SERVICIOS DE TRASLADO Y VIÁTICOS” (*)

$408,000.00

33604 IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO

DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS

DEPENDENCIAS Y ENTIDADES”

$495,586.67

TOTAL

$22,827,776.51

*Los recursos presupuestarios transferidos en el concepto de gasto 3700, podrán ser ejercidos por la entidad en cualquiera de las partidas presupuestarias señaladas en el Anexo 7 de este Convenio y los rendimientos financieros derivados de esta transferencia, podrán ser aplicados a las partidas presupuestarias señaladas en el Anexo 7A.

En caso de que personal de “EL PROGRAMA” en la entidad federativa, realice comisiones oficiales, en las cuales genere gastos por concepto de otros impuestos y derechos, podrá comprobar el gasto en la partida 39202.

El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para cubrir los gastos de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $22,827,776.51 (Veintidós millones ochocientos veintisiete mil setecientos setenta y seis pesos 51/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, por conducto de la Secretaría de Finanzas, la Secretaría de Salud y los Servicios de Salud de Oaxaca.

Imagen 1

INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL ANEXO 4 FORMATO DE CERTIFICACIÓN DE GASTO 2021 PARA "GASTOS DE OPERACIÓN"

INSTRUCTIVO

Se deberá anotar lo siguiente:

1

Entidad Federativa.

12

Especificar si es contrato o pedido

2

Monto por concepto de gasto

13

Proveedor o Prestador de Servicios

3

Concepto de Gasto de Aplicación

14

Importe del CFDI (incluye IVA) y/o ISR.

4

Nombre del Concepto de Gasto

15

Observaciones Generales

5

Fecha de elaboración del certificado

16

Total del gasto efectuado.

6

Partida Específica de gasto

17

Nombre del Responsable de elaborar la comprobación.

7

Número del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI)

18

Cargo del Responsable de elaborar la comprobación.

8

Número de la Clave Única de Establecimientos de Salud (CLUES)

Titular de la Dirección Administrativa de los

9

Póliza Cheque y/o Transferencia Electrónica del pago efectuado

19

Servicios de Salud (o equivalente).

10

Fecha de la Póliza de Cheque y/o Transferencia Electrónica

20

Titular de la Secretaría de Salud Estatal o Titular de los Servicios de Salud de la entidad (o su equivalente)

11

Siglas de la modalidad de adquisición (conforme a la LAASSP)

21

Mes en que se reporta

NOTA: ES IMPORTANTE MENCIONAR QUE DEBERÁ EMITIRSE UN FORMATO DE CERTIFICACIÓN DE GASTO POR CADA CONCEPTO DE GASTO COMPROBADO (EJERCIDO), ASÍ COMO PARA EL CASO DE LOS RENDIMIENTOS FINANCIEROS, DE ACUERDO AL EJERCICIO DE LOS RECURSOS ASIGNADOS A LA ENTIDAD FEDERATIVA.

LA DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA DEL GASTO DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES OBJETO DE ESTE CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN, DEBERÁ CUMPLIR CON LOS REQUISITOS FISCALES ESTABLECIDOS EN LAS DISPOSICIONES FEDERALES APLICABLES, COMO SON ENTRE OTROS LOS DISPUESTOS POR LOS ARTÍCULOS 29 Y 29-A DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, LOS CUALES DEBERÁN EXPEDIRSE A NOMBRE DE "LA ENTIDAD" (SEGÚN CORRESPONDA), ESTABLECIENDO DOMICILIO, REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (RFC), CONCEPTOS DE PAGO, ETC., PARA LO CUAL DEBERÁ REMITIR ARCHIVO ELECTRÓNICO DEL COMPROBANTE FISCAL DIGITAL POR INTERNET (CFDI), SALVO LOS CASOS DE EXCEPCIÓN ESTABLECIDOS EN LA LEGISLACIÓN Y NORMATIVA DE LA MATERIA QUE ASÍ LO ESTABLEZCA, EN CUYO CASO SE DEBERÁN ATENDER LAS DISPOSICIONES ESPECIALES PARA SU COMPROBACIÓN. ASIMISMO, DEBERÁ REMITIR ARCHIVO ELECTRÓNICO CON LA VERIFICACIÓN DE COMPROBANTES FISCALES DIGITALES POR INTERNET, EMITIDO POR EL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SAT).

POR OTRA PARTE, DAR CUMPLIMIENTO A LO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 66 DEL REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA.

El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para cubrir los gastos de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $22,827,776.51 (Veintidós millones ochocientos veintisiete mil setecientos setenta y seis pesos 51/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, por conducto de la Secretaría de Finanzas, la Secretaría de Salud y los Servicios de Salud de Oaxaca.

ANEXO 5 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200

ENTIDAD FEDERATIVA: OAXACA RUTAS 2021

No. de unidades Beneficiadas: 37 UMM-0, 1 UMM-1, 5 UMM-2 y 2 UMM-3.

Dirección General de Información en Salud

Localidades en ruta

Población Objetivo (INEGI)

Personal

Jornada de la Unidad Móvil

Red de Atención

CLUES

Nombre de la UMM

Tipo de UMM y año

Municipio

Centro de Salud ANCLA (para las Tipo 0)

Unidad de 2° Nivel (Emergencias Obstétricas)

Clave

Nombre

Clave

Nombre Localidad

CLUES

Nombre

CLUES

Nombre

OCSSA019045

Unidad Médica Móvil San Miguel Coatlán

UMM-0, 2013

263

San Miguel Coatlán

202630046

Llano de Ocote

104

Médico,

Enfermera,

Promotor

8:00 - 16:00 h

OCSSA003044

C.S San Miguel Coatlán

OCIMO000550

H.R.O. Miahuatlan de Porfirio Díaz

OCSSA019045

Unidad Médica Móvil San Miguel Coatlán

UMM-0, 2013

263

San Miguel Coatlán

202630017

Linda Vista

84

OCSSA003044

C.S San Miguel Coatlán

OCIMO000550

H.R.O. Miahuatlan de Porfirio Díaz

OCSSA019045

Unidad Médica Móvil San Miguel Coatlán

UMM-0, 2013

263

San Miguel Coatlán

202630005

Alta Florida del Sur

38

OCSSA003044

C.S San Miguel Coatlán

OCIMO000550

H.R.O. Miahuatlan de Porfirio Díaz

OCSSA019045

Unidad Médica Móvil San Miguel Coatlán

UMM-0, 2013

263

San Miguel Coatlán

202630032

Ranchería de los Pérez (Nueva Esperanza)

35

OCSSA003044

C.S San Miguel Coatlán

OCIMO000550

H.R.O. Miahuatlan de Porfirio Díaz

OCSSA019045

Unidad Médica Móvil San Miguel Coatlán

UMM-0, 2013

263

San Miguel Coatlán

202630018

Llano la Luna

66

OCSSA003044

C.S San Miguel Coatlán

OCIMO000550

H.R.O. Miahuatlan de Porfirio Díaz

OCSSA019045

Unidad Médica Móvil San Miguel Coatlán

UMM-0, 2013

263

San Miguel Coatlán

202630004

Llano Grande

145

OCSSA003044

C.S San Miguel Coatlán

OCIMO000550

H.R.O. Miahuatlan de Porfirio Díaz

OCSSA019045

Unidad Médica Móvil San Miguel Coatlán

UMM-0, 2013

263

San Miguel Coatlán

202630047

Altamira

24

OCSSA003044

C.S San Miguel Coatlán

OCIMO000550

H.R.O. Miahuatlan de Porfirio Díaz

OCSSA019045

Unidad Médica Móvil San Miguel Coatlán

UMM-0, 2013

263

San Miguel Coatlán

202630010

Unificación San Juan

27

OCSSA003044

C.S San Miguel Coatlán

OCIMO000550

H.R.O. Miahuatlan de Porfirio Díaz

OCSSA019045

Unidad Médica Móvil San Miguel Coatlán

UMM-0, 2013

263

San Miguel Coatlán

202630009

Loma Larga (Cerro Largo)

56

OCSSA003044

C.S San Miguel Coatlán

OCIMO000550

H.R.O. Miahuatlan de Porfirio Díaz

OCSSA019045

Unidad Médica Móvil San Miguel Coatlán

UMM-0, 2013

263

San Miguel Coatlán

202630020

El Progreso

105

OCSSA003044

C.S San Miguel Coatlán

OCIMO000550

H.R.O. Miahuatlan de Porfirio Díaz

OCSSA019045

Unidad Médica Móvil San Miguel Coatlán

UMM-0, 2013

159

San Jerónimo Coatlán

201590014

San Lucas

76

OCSSA003044

C.S San Miguel Coatlán

OCIMO000550

H.R.O. Miahuatlan de Porfirio Díaz

OCSSA019045

Unidad Médica Móvil San Miguel Coatlán

UMM-0, 2013

159

San Jerónimo Coatlán

201590035

La Juquilita

117

OCSSA003044

C.S San Miguel Coatlán

OCIMO000550

H.R.O. Miahuatlan de Porfirio Díaz

OCSSA019045

Unidad Médica Móvil San Miguel Coatlán

UMM-0, 2013

366

Santa Catarina Loxicha

203660015

La Nueva Esperanza

34

OCSSA003044

C.S San Miguel Coatlán

OCIMO000550

H.R.O. Miahuatlan de Porfirio Díaz

OCSSA019045

Unidad Médica Móvil San Miguel Coatlán

UMM-0, 2013

366

Santa Catarina Loxicha

203660005

Arroyo Lodo

20

OCSSA003044

C.S San Miguel Coatlán

OCIMO000550

H.R.O. Miahuatlan de Porfirio Díaz

OCSSA019045

Unidad Médica Móvil San Miguel Coatlán

UMM-0, 2013

366

Santa Catarina Loxicha

203660018

Río Carrizo

37

OCSSA003044

C.S San Miguel Coatlán

OCIMO000550

H.R.O. Miahuatlan de Porfirio Díaz

OCSSA019045

Unidad Médica Móvil San Miguel Coatlán

UMM-0, 2013

366

Santa Catarina Loxicha

203660014

Linda Vista

89

OCSSA003044

C.S San Miguel Coatlán

OCIMO000550

H.R.O. Miahuatlan de Porfirio Díaz

OCSSA019045

Unidad Médica Móvil San Miguel Coatlán

UMM-0, 2013

366

Santa Catarina Loxicha

203660012

Jardines del Sur

6

OCSSA003044

C.S San Miguel Coatlán

OCIMO000550

H.R.O. Miahuatlan de Porfirio Díaz

OCSSA019045

Unidad Médica Móvil San Miguel Coatlán

UMM-0, 2013

366

Santa Catarina Loxicha

203660016

Nueva Luz

13

OCSSA003044

C.S San Miguel Coatlán

OCIMO000550

H.R.O. Miahuatlan de Porfirio Díaz

OCSSA019045

Unidad Médica Móvil San Miguel Coatlán

UMM-0, 2013

366

Santa Catarina Loxicha

203660017

La Primavera

*

OCSSA003044

C.S San Miguel Coatlán

OCIMO000550

H.R.O. Miahuatlan de Porfirio Díaz

OCSSA019045

Unidad Médica Móvil San Miguel Coatlán

UMM-0, 2013

254

San Mateo Río Hondo

202540025

Río Cuapinol

35

OCSSA003044

C.S San Miguel Coatlán

OCIMO000550

H.R.O. Miahuatlan de Porfirio Díaz

OCSSA019045

Unidad Médica Móvil San Miguel Coatlán

UMM-0, 2013

4

20

1,111

3

1

1

1

1

OCSSA019050

Caravana San Miguel Mixtepec

UMM-0, 2009

271

San Miguel Mixtepec

202710004

Agua Fría Campanario

405

Médico,

Enfermera,

Promotor

8:00 - 16:00 h

OCSSA003172

C.S San Miguel Mixtepec

OCSSA003406

H.G. San Pablo Huixtepec Dr. Manuel Velasco Suárez

OCSSA019050

Caravana San Miguel Mixtepec

UMM-0, 2009

271

San Miguel Mixtepec

202710002

Rancho Frutal

156

OCSSA003172

C.S San Miguel Mixtepec

OCSSA003406

OCSSA019050

Caravana San Miguel Mixtepec

UMM-0, 2009

271

San Miguel Mixtepec

202710011

Tierra Colorada

156

OCSSA003172

C.S San Miguel Mixtepec

OCSSA003406

OCSSA019050

Caravana San Miguel Mixtepec

UMM-0, 2009

271

San Miguel Mixtepec

202710008

Llano Verde

148

OCSSA003172

C.S San Miguel Mixtepec

OCSSA003406

OCSSA019050

Caravana San Miguel Mixtepec

UMM-0, 2009

378

Santa Cruz Mixtepec

203780003

San Mateo Mixtepec

651

OCSSA003172

C.S San Miguel Mixtepec

OCSSA003406

OCSSA019050

Caravana San Miguel Mixtepec

UMM-0, 2009

2

5

1,516

3

1

1

1

1

OCSSA014181

PFAM T-0 Piedra del Tambor

UMM-0, 2013

450

Santiago Amoltepec

204500015

Piedra del Tambor

911

Médico,

Enfermera,

Promotor

8:00 - 16:00 h

OCSSA005074

C.S El Mamey

OCSSA000343

H.B.C. Chalcatongo de Hidaldo

OCSSA014181

PFAM T-0 Piedra del Tambor

UMM-0, 2013

450

Santiago Amoltepec

204500002

Barranca Cosida

437

OCSSA005074

C.S El Mamey

OCSSA000343

OCSSA014181

PFAM T-0 Piedra del Tambor

UMM-0, 2013

450

Santiago Amoltepec

204500016

Pueblo Viejo

340

OCSSA005074

C.S El Mamey

OCSSA000343

OCSSA014181

PFAM T-0 Piedra del Tambor

UMM-0, 2013

450

Santiago Amoltepec

204500039

La Lucerna

93

OCSSA005074

C.S El Mamey

OCSSA000343

OCSSA014181

PFAM T-0 Piedra del Tambor

UMM-0, 2013

450

Santiago Amoltepec

204500037

El Aguacate

147

OCSSA005074

C.S El Mamey

OCSSA000343

OCSSA014181

PFAM T-0 Piedra del Tambor

UMM-0, 2013

450

Santiago Amoltepec

204500035

El Platanar

126

OCSSA005074

C.S El Mamey

OCSSA000343

OCSSA014181

PFAM T-0 Piedra del Tambor

UMM-0, 2013

1

6

2,054

3

1

1

1

1

OCSSA019091

Unidad Médica Móvil El Huamúchil

UMM-0, 2009

450

Santiago Amoltepec

204500008

El Huamúchil

374

Médico,

Enfermera,

Promotor

8:00 - 16:00 h

OCSSA005074

C.S El Mamey

OCSSA000343

H.B.C. Chalcatongo de Hidaldo

OCSSA019091

Unidad Médica Móvil El Huamúchil

UMM-0, 2009

450

Santiago Amoltepec

204500054

San Antonio

97

OCSSA005074

C.S El Mamey

OCSSA000343

OCSSA019091

Unidad Médica Móvil El Huamúchil

UMM-0, 2009

450

Santiago Amoltepec

204500055

Santa María Naranjo

65

OCSSA005074

C.S El Mamey

OCSSA000343

OCSSA019091

Unidad Médica Móvil El Huamúchil

UMM-0, 2009

450

Santiago Amoltepec

204500045

Llano Conejo (El Macahuite)

54

OCSSA005074

C.S El Mamey

OCSSA000343

OCSSA019091

Unidad Médica Móvil El Huamúchil

UMM-0, 2009

450

Santiago Amoltepec

204500042

La Cofradía

154

OCSSA005074

C.S El Mamey

OCSSA000343

OCSSA019091

Unidad Médica Móvil El Huamúchil

UMM-0, 2009

450

Santiago Amoltepec

204500022

El Laurel

288

OCSSA005074

C.S El Mamey

OCSSA000343

OCSSA019091

Unidad Médica Móvil El Huamúchil

UMM-0, 2009

1

6

1,032

3

1

1

1

1

OCSSA019021

Unidad Médica Móvil Colonia Cuauhtémoc

UMM-0, 2009

515

Santo Domingo Tehuantepec

205150018

Santa Clara

356

Médico,

Enfermera,

Promotor

8:00 - 16:00 h

OCSSA002880

C.S Colonia Juárez

OCSSA001183

H.G. de Especialidades de Salina Cruz

OCSSA019021

Unidad Médica Móvil Colonia Cuauhtémoc

UMM-0, 2009

052

Magdalena Tequisistlán

200520003

El Ciprés

109

OCSSA002880

C.S Colonia Juárez

OCSSA001183

OCSSA019021

Unidad Médica Móvil Colonia Cuauhtémoc

UMM-0, 2009

515

Santo Domingo Tehuantepec

205150050

San Juan Zaragoza

32

OCSSA002880

C.S Colonia Juárez

OCSSA001183

OCSSA019021

Unidad Médica Móvil Colonia Cuauhtémoc

UMM-0, 2009

515

Santo Domingo Tehuantepec

205150002

Aguascalientes de Mazatán

144

OCSSA002880

C.S Colonia Juárez

OCSSA001183

OCSSA019021

Unidad Médica Móvil Colonia Cuauhtémoc

UMM-0, 2009

282

San Miguel Tenango

202820032

Loma atravesada

46

OCSSA002880

C.S Colonia Juárez

OCSSA001183

OCSSA019021

Unidad Médica Móvil Colonia Cuauhtémoc

UMM-0, 2009

515

Santo Domingo Tehuantepec

205150077

Santa Cruz Miramar

51

OCSSA002880

C.S Colonia Juárez

OCSSA001183

OCSSA019021

Unidad Médica Móvil Colonia Cuauhtémoc

UMM-0, 2009

248

San Mateo del Mar

202480002

Colonia Cuauhtémoc

791

OCSSA002880

C.S Colonia Juárez

OCSSA001183

OCSSA019021

Unidad Médica Móvil Colonia Cuauhtémoc

UMM-0, 2009

248

San Mateo del Mar

202480005

La Reforma

217

OCSSA002880

C.S Colonia Juárez

OCSSA001183

OCSSA019021

Unidad Médica Móvil Colonia Cuauhtémoc

UMM-0, 2009

248

San Mateo del Mar

202480012

El Pacífico

386

OCSSA002880

C.S Colonia Juárez

OCSSA001183

OCSSA019021

Unidad Médica Móvil Colonia Cuauhtémoc

UMM-0, 2009

079

Salina Cruz

200790017

Colonia Santita

508

OCSSA002880

C.S Colonia Juárez

OCSSA001183

OCSSA019021

Unidad Médica Móvil Colonia Cuauhtémoc

UMM-0, 2009

5

10

2,640

3

1

1

1

1

OCSSA019016

Unidad Médica Móvil San José Tenango 1

UMM-0, 2009

171

San José Tenango

201710034

Agua Platanillo

82

Médico,

Enfermera, Promotor

8:00 - 16:00 h

OCIMO001426

UMR San José Tenango

OCIMO000352

H.R.O. de Huautla de Jimenez

OCSSA019016

Unidad Médica Móvil San José Tenango 1

UMM-0, 2009

171

San José Tenango

201710100

Patio Viejo

45

OCIMO001426

UMR San José Tenango

OCIMO000352

H.R.O. de Huautla de Jimenez

OCSSA019016

Unidad Médica Móvil San José Tenango 1

UMM-0, 2009

171

San José Tenango

201710096

Agua Iglesia

113

OCIMO001426

UMR San José Tenango

OCIMO000352

H.R.O. de Huautla de Jimenez

OCSSA019016

Unidad Médica Móvil San José Tenango 1

UMM-0, 2009

171

San José Tenango

201710098

Cerro Grande

47

OCIMO001426

UMR San José Tenango

OCIMO000352

H.R.O. de Huautla de Jimenez

OCSSA019016

Unidad Médica Móvil San José Tenango 1

UMM-0, 2009

171

San José Tenango

201710057

Agua Sótano (Puerto Buenavista)

43

OCIMO001426

UMR San José Tenango

OCIMO000352

H.R.O. de Huautla de Jimenez

OCSSA019016

Unidad Médica Móvil San José Tenango 1

UMM-0, 2009

171

San José Tenango

201710097

Agua Murciélago

54

OCIMO001426

UMR San José Tenango

OCIMO000352

H.R.O. de Huautla de Jimenez

OCSSA019016

Unidad Médica Móvil San José Tenango 1

UMM-0, 2009

171

San José Tenango

201710092

Cerro Palmaje

89

OCIMO001426

UMR San José Tenango

OCIMO000352

H.R.O. de Huautla de Jimenez

OCSSA019016

Unidad Médica Móvil San José Tenango 1

UMM-0, 2009

171

San José Tenango

201710091

Cerro Frío

58

OCIMO001426

UMR San José Tenango

OCIMO000352

H.R.O. de Huautla de Jimenez

OCSSA019016

Unidad Médica Móvil San José Tenango 1

UMM-0, 2009

171

San José Tenango

201710087

Cañada Grande

90

OCIMO001426

UMR San José Tenango

OCIMO000352

H.R.O. de Huautla de Jimenez

OCSSA019016

Unidad Médica Móvil San José Tenango 1

UMM-0, 2009

1

9

621

3

1

1

1

1

OCSSA018980

Unidad Médica Móvil Mazatlán Villa de Flores (Agua Mosquito)

UMM-2, 2007

058

Mazatlán Villa de Flores

200580026

Llano Guadalupe

59

Médico,

Enfermera,

Odontólogo,

Promotor

8:00 - 16:00 h

 

 

OCSSA021080

H.B.C. Teotitlan de Flores Magon

OCSSA018980

Unidad Médica Móvil Mazatlán Villa de Flores (Agua Mosquito)

UMM-2, 2007

058

Mazatlán Villa de Flores

200580079

Llano de Fresno

149

 

 

OCSSA021080

H.B.C. Teotitlan de Flores Magon

OCSSA018980

Unidad Médica Móvil Mazatlán Villa de Flores (Agua Mosquito)

UMM-2, 2007

058

Mazatlán Villa de Flores

200580103

San Salvador

69

 

 

OCSSA021080

H.B.C. Teotitlan de Flores Magon

OCSSA018980

Unidad Médica Móvil Mazatlán Villa de Flores (Agua Mosquito)

UMM-2, 2007

058

Mazatlán Villa de Flores

200580039

Cacahuatlán

216

 

 

OCSSA021080

H.B.C. Teotitlan de Flores Magon

OCSSA018980

Unidad Médica Móvil Mazatlán Villa de Flores (Agua Mosquito)

UMM-2, 2007

058

Mazatlán Villa de Flores

200580030

El Relámpago

239

 

 

OCSSA021080

H.B.C. Teotitlan de Flores Magon

OCSSA018980

Unidad Médica Móvil Mazatlán Villa de Flores (Agua Mosquito)

UMM-2, 2007

058

Mazatlán Villa de Flores

200580019

Piedra de León

207

 

 

OCSSA021080

H.B.C. Teotitlan de Flores Magon

OCSSA018980

Unidad Médica Móvil Mazatlán Villa de Flores (Agua Mosquito)

UMM-2, 2007

058

Mazatlán Villa de Flores

200580131

Los Reyes

113

 

 

OCSSA021080

H.B.C. Teotitlan de Flores Magon

OCSSA018980

Unidad Médica Móvil Mazatlán Villa de Flores (Agua Mosquito)

UMM-2, 2007

058

Mazatlán Villa de Flores

200580098

Llano Largo

172

 

 

OCSSA021080

H.B.C. Teotitlan de Flores Magon

OCSSA018980

Unidad Médica Móvil Mazatlán Villa de Flores (Agua Mosquito)

UMM-2, 2007

058

Mazatlán Villa de Flores

200580126

Agua de Cerro

133

 

 

OCSSA021080

H.B.C. Teotitlan de Flores Magon

OCSSA018980

Unidad Médica Móvil Mazatlán Villa de Flores (Agua Mosquito)

UMM-2, 2007

1

9

1,357

4

0

0

1

1

OCSSA019284

Unidad Médica Móvil Llano Manteca (Tipo 2)

UMM-2, 2007

426

Santa María Peñoles

204260021

Tierra Caliente Tepantepec

278

Médico, Enfermera, Odontólogo, Promotor

8:00 - 16:00 h

 

 

OCSSA000985

H.G. Dr. Aurelio Valdivieso

OCSSA019284

Unidad Médica Móvil Llano Manteca (Tipo 2)

UMM-2, 2007

426

Santa María Peñoles

204260026

Morelos Uno Tepantepec

143

 

 

OCSSA000985

H.G. Dr. Aurelio Valdivieso

OCSSA019284

Unidad Médica Móvil Llano Manteca (Tipo 2)

UMM-2, 2007

292

San Pablo Cuatro Venados

202920007

El Esponjado

71

 

 

OCSSA000985

H.G. Dr. Aurelio Valdivieso

OCSSA019284

Unidad Médica Móvil Llano Manteca (Tipo 2)

UMM-2, 2007

292

San Pablo Cuatro Venados

202920003

Río Minas

75

 

 

OCSSA000985

H.G. Dr. Aurelio Valdivieso

OCSSA019284

Unidad Médica Móvil Llano Manteca (Tipo 2)

UMM-2, 2007

292

San Pablo Cuatro Venados

202920002

Río Jalapilla

317

 

 

OCSSA000985

H.G. Dr. Aurelio Valdivieso

OCSSA019284

Unidad Médica Móvil Llano Manteca (Tipo 2)

UMM-2, 2007

494

Santiago Tlazoyaltepec

204940011

Cañada de Hierba Santa

25

 

 

OCSSA000985

H.G. Dr. Aurelio Valdivieso

OCSSA019284

Unidad Médica Móvil Llano Manteca (Tipo 2)

UMM-2, 2007

494

Santiago Tlazoyaltepec

204940041

Ciénega de Tierra Colorada

46

 

 

OCSSA000985

H.G. Dr. Aurelio Valdivieso

OCSSA019284

Unidad Médica Móvil Llano Manteca (Tipo 2)

UMM-2, 2007

494

Santiago Tlazoyaltepec

204940032

Loma de Zacatón

72

 

 

OCSSA000985

H.G. Dr. Aurelio Valdivieso

OCSSA019284

Unidad Médica Móvil Llano Manteca (Tipo 2)

UMM-2, 2007

494

Santiago Tlazoyaltepec

204940021

Loma Larga

212

 

 

OCSSA000985

H.G. Dr. Aurelio Valdivieso

OCSSA019284

Unidad Médica Móvil Llano Manteca (Tipo 2)

UMM-2, 2007

494

Santiago Tlazoyaltepec

204940022

La Lobera

49

 

 

OCSSA000985

H.G. Dr. Aurelio Valdivieso

OCSSA019284

Unidad Médica Móvil Llano Manteca (Tipo 2)

UMM-2, 2007

3

10

1,288

4

0

0

1

1

OCSSA019004

Unidad Médica Móvil San Francisco Chapulapa

UMM-2, 2007

139

San Francisco Chapulapa

201390004

Guadalupe Siete Cerros

314

Médico, Enfermera, Odontólogo, Promotor

8:00 - 16:00 h

 

 

OCSSA002052

H.G. de Cuicatlan Dr. Alberto Vargas Merino

OCSSA019004

Unidad Médica Móvil San Francisco Chapulapa

UMM-2, 2007

139

San Francisco Chapulapa

201390007

Santo Tomás

155

 

 

OCSSA002052

OCSSA019004

Unidad Médica Móvil San Francisco Chapulapa

UMM-2, 2007

438

Santa María Tlalixtac

204380002

Tlalixtac Viejo

462

 

 

OCSSA002052

OCSSA019004

Unidad Médica Móvil San Francisco Chapulapa

UMM-2, 2007

139

San Francisco Chapulapa

201390006

El Ocotal

116

 

 

OCSSA002052

OCSSA019004

Unidad Médica Móvil San Francisco Chapulapa

UMM-2, 2007

139

San Francisco Chapulapa

201390005

Agua Neblina

75

 

 

OCSSA002052

OCSSA019004

Unidad Médica Móvil San Francisco Chapulapa

UMM-2, 2007

2

5

1,122

4

0

0

1

1

OCSSA019074

Unidad Médica Móvil Santiago Tlazoyaltepec

UMM-2, 2007

277

Villa Sola de Vega

202770016

Nachihuí

120

Médico, Enfermera, Odontólogo, Promotor

8:00 - 16:00 h

 

 

OCSSA003406

H.G. San Pablo Huixtepec Dr. Manuel Velasco Suárez

OCSSA019074

Unidad Médica Móvil Santiago Tlazoyaltepec

UMM-2, 2007

277

Villa Sola de Vega

202770002

Agua Fría

95

 

 

OCSSA003406

OCSSA019074

Unidad Médica Móvil Santiago Tlazoyaltepec

UMM-2, 2007

398

Ayoquezco de Aldama

203980002

Guegovela

277

 

 

OCSSA003406

OCSSA019074

Unidad Médica Móvil Santiago Tlazoyaltepec

UMM-2, 2007

570

Zimatlán de Álvarez

205700008

Santa María Vigallo

835

 

 

OCSSA003406

OCSSA019074

Unidad Médica Móvil Santiago Tlazoyaltepec

UMM-2, 2007

3

4

1,327

4

0

0

1

1

OCSSA018975

Unidad Médica Móvil Sta. Catarina B.V.

UMM-2, 2007

043

Heroica Ciudad de Juchitán de Zaragoza

200430025

Playa San Vicente

126

Médico, Enfermera, Odontólogo, Promotor

8:00 - 16:00 h

 

 

OCSSA007693

H.G. Juchitán. Dr. Macedonio Benitez Fuentes

OCSSA018975

Unidad Médica Móvil Sta. Catarina B.V.

UMM-2, 2007

043

Heroica Ciudad de Juchitán de Zaragoza

200430030

Emiliano Zapata

443

 

 

OCSSA007693

OCSSA018975

Unidad Médica Móvil Sta. Catarina B.V.

UMM-2, 2007

043

Heroica Ciudad de Juchitán de Zaragoza

200430031

Charis

530

 

 

OCSSA007693

OCSSA018975

Unidad Médica Móvil Sta. Catarina B.V.

UMM-2, 2007

043

Heroica Ciudad de Juchitán de Zaragoza

200430083

Rancho de Los Vásquez (Colonia Palomar)

160

 

 

OCSSA007693

OCSSA018975

Unidad Médica Móvil Sta. Catarina B.V.

UMM-2, 2007

418

Santa María Jalapa del Marqués

204180003

Guichiquero

126

 

 

OCSSA007693

OCSSA018975

Unidad Médica Móvil Sta. Catarina B.V.

UMM-2, 2007

2

5

1,385

4

0

0

1

1

OCSSA019330

Unidad Médica Móvil La Cordillera

UMM-0, 2009

058

Mazatlán Villa de Flores

200580015

Santiago Mirador

169

Médico, Enfermera, Promotor

8:00 - 16:00 h

OCSSA002834

C.S. San Martin Toxpalan

OCSSA021080

H.B.C. Teotitlan de Flores Magón

OCSSA019330

Unidad Médica Móvil La Cordillera

UMM-0, 2009

058

Mazatlán Villa de Flores

200580016

San Vicente

86

OCSSA002834

C.S. San Martin Toxpalan

OCSSA021080

H.B.C. Teotitlan de Flores Magón

OCSSA019330

Unidad Médica Móvil La Cordillera

UMM-0, 2009

434

Santa María Teopoxco

204340006

Los Duraznos

107

OCSSA002834

C.S. San Martin Toxpalan

OCSSA021080

H.B.C. Teotitlan de Flores Magón

OCSSA019330

Unidad Médica Móvil La Cordillera

UMM-0, 2009

434

Santa María Teopoxco

204340004

Cinco Flores

78

OCSSA002834

C.S. San Martin Toxpalan

OCSSA021080

H.B.C. Teotitlan de Flores Magón

OCSSA019330

Unidad Médica Móvil La Cordillera

UMM-0, 2009

545

Teotitlán de Flores Magón

205450006

Cerro Verde

122

OCSSA002834

C.S. San Martin Toxpalan

OCSSA021080

H.B.C. Teotitlan de Flores Magón

OCSSA019330

Unidad Médica Móvil La Cordillera

UMM-0, 2009

058

Mazatlán Villa de Flores

200580068

Caracol II (Barrio Caracol)

104

OCSSA002834

C.S. San Martin Toxpalan

OCSSA021080

H.B.C. Teotitlan de Flores Magón

OCSSA019330

Unidad Médica Móvil La Cordillera

UMM-0, 2009

058

Mazatlán Villa de Flores

200580054

Cerro de Lluvia

34

OCSSA002834

C.S. San Martin Toxpalan

OCSSA021080

H.B.C. Teotitlan de Flores Magón

OCSSA019330

Unidad Médica Móvil La Cordillera

UMM-0, 2009

058

Mazatlán Villa de Flores

200580055

Naranjo

61

OCSSA002834

C.S. San Martin Toxpalan

OCSSA021080

H.B.C. Teotitlan de Flores Magón

OCSSA019330

Unidad Médica Móvil La Cordillera

UMM-0, 2009

058

Mazatlán Villa de Flores

200580046

Caracol

66

OCSSA002834

C.S. San Martin Toxpalan

OCSSA021080

H.B.C. Teotitlan de Flores Magón

OCSSA019330

Unidad Médica Móvil La Cordillera

UMM-0, 2009

058

Mazatlán Villa de Flores

200580031

El Trapiche Viejo

335

OCSSA002834

C.S. San Martin Toxpalan

OCSSA021080

H.B.C. Teotitlan de Flores Magón

OCSSA019330

Unidad Médica Móvil La Cordillera

UMM-0, 2009

3

10

1,162

3

1

1

1

1

OCSSA019342

Unidad Médica Móvil Dividida Santa María Chilchotla

UMM-0, 2009

406

Santa María Chilchotla

204060068

Loma Limón

139

Médico, Enfermera, Promotor

8:00 - 16:00 h

OCSSA001936

C.S San Jerónimo Tecoalt

OCIMO000352

H.R.O. de Huautla de Jiménez

OCSSA019342

Unidad Médica Móvil Dividida Santa María Chilchotla

UMM-0, 2009

406

Santa María Chilchotla

204060075

5 de Mayo

48

OCSSA001936

C.S San Jerónimo Tecoalt

OCIMO000352

H.R.O. de Huautla de Jiménez

OCSSA019342

Unidad Médica Móvil Dividida Santa María Chilchotla

UMM-0, 2009

406

Santa María Chilchotla

204060106

El Nuevo Pacífico

30

OCSSA001936

C.S San Jerónimo Tecoalt

OCIMO000352

H.R.O. de Huautla de Jiménez

OCSSA019342

Unidad Médica Móvil Dividida Santa María Chilchotla

UMM-0, 2009

406

Santa María Chilchotla

204060105

Ricardo Flores Magón

127

OCSSA001936

C.S San Jerónimo Tecoalt

OCIMO000352

H.R.O. de Huautla de Jiménez

OCSSA019342

Unidad Médica Móvil Dividida Santa María Chilchotla

UMM-0, 2009

406

Santa María Chilchotla

204060120

El Naranjo

105

OCSSA001936

C.S San Jerónimo Tecoalt

OCIMO000352

H.R.O. de Huautla de Jiménez

OCSSA019342

Unidad Médica Móvil Dividida Santa María Chilchotla

UMM-0, 2009

406

Santa María Chilchotla

204060059

Pueblo Nuevo

124

OCSSA001936

C.S San Jerónimo Tecoalt

OCIMO000352

H.R.O. de Huautla de Jiménez

OCSSA019342

Unidad Médica Móvil Dividida Santa María Chilchotla

UMM-0, 2009

406

Santa María Chilchotla

204060048

Santa Herminia

140

OCSSA001936

C.S San Jerónimo Tecoalt

OCIMO000352

H.R.O. de Huautla de Jiménez

OCSSA019342

Unidad Médica Móvil Dividida Santa María Chilchotla

UMM-0, 2009

406

Santa María Chilchotla

204060092

Loma Verde

93

OCSSA001936

C.S San Jerónimo Tecoalt

OCIMO000352

H.R.O. de Huautla de Jiménez

OCSSA019342

Unidad Médica Móvil Dividida Santa María Chilchotla

UMM-0, 2009

041

Huautla de Jiménez

200410059

Agua de Yerba Santa

116

OCSSA001936

C.S San Jerónimo Tecoalt

OCIMO000352

H.R.O. de Huautla de Jiménez

OCSSA019342

Unidad Médica Móvil Dividida Santa María Chilchotla

UMM-0, 2009

041

Huautla de Jiménez

200410095

Agua de Flor

81

OCSSA001936

C.S San Jerónimo Tecoalt

OCIMO000352

H.R.O. de Huautla de Jiménez

OCSSA019342

Unidad Médica Móvil Dividida Santa María Chilchotla

UMM-0, 2009

041

Huautla de Jiménez

200410096

Agua de Hueso (1ra. Sección)

105

OCSSA001936

C.S San Jerónimo Tecoalt

OCIMO000352

H.R.O. de Huautla de Jiménez

OCSSA019342

Unidad Médica Móvil Dividida Santa María Chilchotla

UMM-0, 2009

2

11

1,108

3

1

1

1

1

OCSSA019354

PFAM T-0 El Perdiz

UMM-0, 2009

253

San Mateo Piñas

202530033

El Perdiz

201

Médico, Enfermera, Promotor

8:00 - 16:00 h

OCSSA001084

Rural de 02 Núcleos Básicos Pluma Hidalgo

OCSSA003715

H.G. de San Pedro Pochutla

OCSSA019354

PFAM T-0 El Perdiz

UMM-0, 2009

253

San Mateo Piñas

202530044

Santa Catarina

21

OCSSA001084

Rural de 02 Núcleos Básicos Pluma Hidalgo

OCSSA003715

H.G. de San Pedro Pochutla

OCSSA019354

PFAM T-0 El Perdiz

UMM-0, 2009

253

San Mateo Piñas

202530036

Río Culebra

89

OCSSA001084

Rural de 02 Núcleos Básicos Pluma Hidalgo

OCSSA003715

H.G. de San Pedro Pochutla

OCSSA019354

PFAM T-0 El Perdiz

UMM-0, 2009

253

San Mateo Piñas

202530038

Río Gijón

29

OCSSA001084

Rural de 02 Núcleos Básicos Pluma Hidalgo

OCSSA003715

H.G. de San Pedro Pochutla

OCSSA019354

PFAM T-0 El Perdiz

UMM-0, 2009

253

San Mateo Piñas

202530032

Ojo Venado

46

OCSSA001084

Rural de 02 Núcleos Básicos Pluma Hidalgo

OCSSA003715

H.G. de San Pedro Pochutla

OCSSA019354

PFAM T-0 El Perdiz

UMM-0, 2009

253

San Mateo Piñas

202530007

Rancho Cañada de Minas

54

OCSSA001084

Rural de 02 Núcleos Básicos Pluma Hidalgo

OCSSA003715

H.G. de San Pedro Pochutla

OCSSA019354

PFAM T-0 El Perdiz

UMM-0, 2009

253

San Mateo Piñas

202530048

Sulfato

94

OCSSA001084

Rural de 02 Núcleos Básicos Pluma Hidalgo

OCSSA003715

H.G. de San Pedro Pochutla

OCSSA019354

PFAM T-0 El Perdiz

UMM-0, 2009

253

San Mateo Piñas

202530010

Cerro León

36

OCSSA001084

Rural de 02 Núcleos Básicos Pluma Hidalgo

OCSSA003715

H.G. de San Pedro Pochutla

OCSSA019354

PFAM T-0 El Perdiz

UMM-0, 2009

253

San Mateo Piñas

202530014

Copalita de Cerro León

42

OCSSA001084

Rural de 02 Núcleos Básicos Pluma Hidalgo

OCSSA003715

H.G. de San Pedro Pochutla

OCSSA019354

PFAM T-0 El Perdiz

UMM-0, 2009

253

San Mateo Piñas

202530028

Mira León

40

OCSSA001084

Rural de 02 Núcleos Básicos Pluma Hidalgo

OCSSA003715

H.G. de San Pedro Pochutla

OCSSA019354

PFAM T-0 El Perdiz

UMM-0, 2009

253

San Mateo Piñas

202530034

Piedra Hueca

67

OCSSA001084

Rural de 02 Núcleos Básicos Pluma Hidalgo

OCSSA003715

H.G. de San Pedro Pochutla

OCSSA019354

PFAM T-0 El Perdiz

UMM-0, 2009

253

San Mateo Piñas

202530022

Loma Limón

107

OCSSA001084

Rural de 02 Núcleos Básicos Pluma Hidalgo

OCSSA003715

H.G. de San Pedro Pochutla

OCSSA019354

PFAM T-0 El Perdiz

UMM-0, 2009

1

12

826

3

1

1

1

1

OCSSA020882

Unidad Médica Móvil Sierra Sur Loxicha (El Aguacate)

UMM-3, 2009

254

San Mateo Río Hondo

202540024

Rancho Nuevo

16

Médico, Enfermera, Odontólogo, Promotor

8:00 - 16:00 h

 

 

OCIMO000550

H.R.O. de Miahuatlán de Porfirio Díaz

OCSSA020882

Unidad Médica Móvil Sierra Sur Loxicha (El Aguacate)

UMM-3, 2009

254

San Mateo Río Hondo

202540004

La Doncella

81

 

 

OCIMO000550

H.R.O. de Miahuatlán de Porfirio Díaz

OCSSA020882

Unidad Médica Móvil Sierra Sur Loxicha (El Aguacate)

UMM-3, 2009

059

Miahuatlán de Porfirio Díaz

200590003

Agua de Sol

737

 

 

OCIMO000550

H.R.O. de Miahuatlán de Porfirio Díaz

OCSSA020882

Unidad Médica Móvil Sierra Sur Loxicha (El Aguacate)

UMM-3, 2009

028

Heroica Ciudad de Ejutla de Crespo

200280002

El Arrogante Justo Benítez

325

 

 

OCIMO000550

H.R.O. de Miahuatlán de Porfirio Díaz

OCSSA020882

Unidad Médica Móvil Sierra Sur Loxicha (El Aguacate)

UMM-3, 2009

3

4

1,159

4

0

0

1

1

OCSSA007763

PFAM Tierra Blanca

UMM-0, 2017

327

San Pedro Tapanatepec

203270010

Pesquería Guadalupe

354

Médico, Enfermera, Promotor

8:00 - 16:00 h

OCSSA005996

C.S Yerba Santa

OCSSA003826

H.B.C San Pedro Tapanatepec

OCSSA007763

PFAM Tierra Blanca

UMM-0, 2017

143

San Francisco Ixhuatán

201430063

Cachimbo

126

OCSSA005996

C.S Yerba Santa

OCSSA003826

H.B.C San Pedro Tapanatepec

OCSSA007763

PFAM Tierra Blanca

UMM-0, 2017

265

San Miguel Chimalapa

202650066

5 de Noviembre (La Cristalina)

34

OCSSA005996

C.S Yerba Santa

OCSSA003826

H.B.C San Pedro Tapanatepec

OCSSA007763

PFAM Tierra Blanca

UMM-0, 2017

525

Santo Domingo Zanatepec

205250093

Sol y Luna

27

OCSSA005996

C.S Yerba Santa

OCSSA003826

H.B.C San Pedro Tapanatepec

OCSSA007763

PFAM Tierra Blanca

UMM-0, 2017

407

Santa María Chimalapa

204070023

Nuevo San Juan

52

OCSSA005996

C.S Yerba Santa

OCSSA003826

H.B.C San Pedro Tapanatepec

OCSSA007763

PFAM Tierra Blanca

UMM-0, 2017

407

Santa María Chimalapa

204070071

Pilares Espinoza de León

33

OCSSA005996

C.S Yerba Santa

OCSSA003826

H.B.C San Pedro Tapanatepec

OCSSA007763

PFAM Tierra Blanca

UMM-0, 2017

407

Santa María Chimalapa

204070011

Río Frío

29

OCSSA005996

C.S Yerba Santa

OCSSA003826

H.B.C San Pedro Tapanatepec

OCSSA007763

PFAM Tierra Blanca

UMM-0, 2017

407

Santa María Chimalapa

204070003

Tierra Blanca

246

OCSSA005996

C.S Yerba Santa

OCIMO000475

H.R.O. de Matias Romero

OCSSA007763

PFAM Tierra Blanca

UMM-0, 2017

057

Matías Romero Avendaño

200570244

Rancho Nuevo

143

OCSSA005996

C.S Yerba Santa

OCIMO000475

H.R.O. de Matias Romero

OCSSA007763

PFAM Tierra Blanca

UMM-0, 2017

057

Matías Romero Avendaño

200570174

Monte Oscuro

43

OCSSA005996

C.S Yerba Santa

OCIMO000475

H.R.O. de Matias Romero

OCSSA007763

PFAM Tierra Blanca

UMM-0, 2017

010

El Barrio de la Soledad

200100016

Ocotal Grande

47

OCSSA005996

C.S Yerba Santa

OCIMO000475

H.R.O. de Matias Romero

OCSSA007763

PFAM Tierra Blanca

UMM-0, 2017

7

11

1,134

3

1

1

2

2

OCSSA019412

Unidad Médica Móvil Cerro Rabón

UMM-0, 2013

171

San José Tenango

201710016

Sitio Caballero

219

Médico, Enfermera, Promotor

8:00 - 16:00 h

OCSSA002011

C.S Cerro Central

OCSSA002146

H.G. San Juan Bautista Tuxtepec

OCSSA019412

Unidad Médica Móvil Cerro Rabón

UMM-0, 2013

171

San José Tenango

201710015

Santa Catarina

93

OCSSA002011

C.S Cerro Central

OCSSA002146

H.G. San Juan Bautista Tuxtepec

OCSSA019412

Unidad Médica Móvil Cerro Rabón

UMM-0, 2013

171

San José Tenango

201710048

Agua Pumarosa

64

OCSSA002011

C.S Cerro Central

OCSSA002146

H.G. San Juan Bautista Tuxtepec

OCSSA019412

Unidad Médica Móvil Cerro Rabón

UMM-0, 2013

171

San José Tenango

201710074

Rancho Nuevo Pescadito

76

OCSSA002011

C.S Cerro Central

OCSSA002146

H.G. San Juan Bautista Tuxtepec

OCSSA019412

Unidad Médica Móvil Cerro Rabón

UMM-0, 2013

171

San José Tenango

201710021

Agua de Cedro

400

OCSSA002011

C.S Cerro Central

OCSSA002146

H.G. San Juan Bautista Tuxtepec

OCSSA019412

Unidad Médica Móvil Cerro Rabón

UMM-0, 2013

171

San José Tenango

201710020

Cerro Rabón

211

OCSSA002011

C.S Cerro Central

OCSSA002146

H.G. San Juan Bautista Tuxtepec

OCSSA019412

Unidad Médica Móvil Cerro Rabón

UMM-0, 2013

171

San José Tenango

201710044

Rancho Hernández

236

OCSSA002011

C.S Cerro Central

OCSSA002146

H.G. San Juan Bautista Tuxtepec

OCSSA019412

Unidad Médica Móvil Cerro Rabón

UMM-0, 2013

134

San Felipe Jalapa de Díaz

201340018

Camino de Ixcatlán

796

OCSSA002011

C.S Cerro Central

OCSSA002146

H.G. San Juan Bautista Tuxtepec

OCSSA019412

Unidad Médica Móvil Cerro Rabón

UMM-0, 2013

2

8

2,095

3

1

1

1

1

OCSSA007891

PFAM Colonia Buena Vista

UMM-0, 2017

169

San José Independencia

201690011

Cerro Laguna

195

Médico, Enfermera, Promotor

8:00 - 16:00 h

OCSSA003551

C.S San Pedro Ixcatlán

OCSSA002146

H.G. San Juan Bautista Tuxtepec

OCSSA007891

PFAM Colonia Buena Vista

UMM-0, 2017

309

San Pedro Ixcatlán

203090004

La Cabeza de Tílpam

472

OCSSA003551

C.S San Pedro Ixcatlán

OCSSA002146

H.G. San Juan Bautista Tuxtepec

OCSSA007891

PFAM Colonia Buena Vista

UMM-0, 2017

278

San Miguel Soyaltepec

202780064

Loma Bonita

274

OCSSA003551

C.S San Pedro Ixcatlán

OCSSA002146

H.G. San Juan Bautista Tuxtepec

OCSSA007891

PFAM Colonia Buena Vista

UMM-0, 2017

309

San Pedro Ixcatlán

203090026

Loma Coyol San Martín

418

OCSSA003551

C.S San Pedro Ixcatlán

OCSSA002146

H.G. San Juan Bautista Tuxtepec

OCSSA007891

PFAM Colonia Buena Vista

UMM-0, 2017

309

San Pedro Ixcatlán

203090021

San Fernando

136

OCSSA003551

C.S San Pedro Ixcatlán

OCSSA002146

H.G. San Juan Bautista Tuxtepec

OCSSA007891

PFAM Colonia Buena Vista

UMM-0, 2017

309

San Pedro Ixcatlán

203090016

Colonia Buena Vista

86

OCSSA003551

C.S San Pedro Ixcatlán

OCSSA002146

H.G. San Juan Bautista Tuxtepec

OCSSA007891

PFAM Colonia Buena Vista

UMM-0, 2017

309

San Pedro Ixcatlán

203090023

La Luna

83

OCSSA003551

C.S San Pedro Ixcatlán

OCSSA002146

H.G. San Juan Bautista Tuxtepec

OCSSA007891

PFAM Colonia Buena Vista

UMM-0, 2017

232

San Lucas Ojitlán

202320011

Laguna Arroyo Grande

613

OCSSA003551

C.S San Pedro Ixcatlán

OCSSA002146

H.G. San Juan Bautista Tuxtepec

OCSSA007891

PFAM Colonia Buena Vista

UMM-0, 2017

4

8

2,277

3

1

1

1

1

OCSSA007780

PFAM El Corozal

UMM-0, 2017

085

San Agustín Loxicha

200850055

Río Grande

153

Médico, Enfermera, Promotor

8:00 - 16:00 h

OCSSA004946

C.S Santa María Tonameca

OCSSA003715

H.G. de San Pedro Pochutla

OCSSA007780

PFAM El Corozal

UMM-0, 2017

085

San Agustín Loxicha

200850049

El Corozal

455

OCSSA004946

C.S Santa María Tonameca

OCSSA003715

H.G. de San Pedro Pochutla

OCSSA007780

PFAM El Corozal

UMM-0, 2017

085

San Agustín Loxicha

200850074

Cerro Clanes Magdalena

122

OCSSA004946

C.S Santa María Tonameca

OCSSA003715

H.G. de San Pedro Pochutla

OCSSA007780

PFAM El Corozal

UMM-0, 2017

085

San Agustín Loxicha

200850047

Cerro Ciego

135

OCSSA004946

C.S Santa María Tonameca

OCSSA003715

H.G. de San Pedro Pochutla

OCSSA007780

PFAM El Corozal

UMM-0, 2017

117

San Bartolomé Loxicha

201170007

El Tamarindo

133

OCSSA004946

C.S Santa María Tonameca

OCSSA003715

H.G. de San Pedro Pochutla

OCSSA007780

PFAM El Corozal

UMM-0, 2017

117

San Bartolomé Loxicha

201170009

Llano Ocote

13

OCSSA004946

C.S Santa María Tonameca

OCSSA003715

H.G. de San Pedro Pochutla

OCSSA007780

PFAM El Corozal

UMM-0, 2017

439

Santa María Tonameca

204390107

Yonguina

117

OCSSA004946

C.S Santa María Tonameca

OCSSA003715

H.G. de San Pedro Pochutla

OCSSA007780

PFAM El Corozal

UMM-0, 2017

439

Santa María Tonameca

204390081

El Gavilán

17

OCSSA004946

C.S Santa María Tonameca

OCSSA003715

H.G. de San Pedro Pochutla

OCSSA007780

PFAM El Corozal

UMM-0, 2017

509

Santo Domingo de Morelos

205090022

Barrio del Río

348

OCSSA004946

C.S Santa María Tonameca

OCSSA003715

H.G. de San Pedro Pochutla

OCSSA007780

PFAM El Corozal

UMM-0, 2017

439

Santa María Tonameca

204390069

Paso Ocote

213

OCSSA004946

C.S Santa María Tonameca

OCSSA003715

H.G. de San Pedro Pochutla

OCSSA007780

PFAM El Corozal

UMM-0, 2017

509

Santo Domingo de Morelos

205090027

Macahuitera

746

OCSSA004946

C.S Santa María Tonameca

OCSSA003715

H.G. de San Pedro Pochutla

OCSSA007780

PFAM El Corozal

UMM-0, 2017

4

11

2,452

3

1

1

1

1

OCSSA019366

Unidad Médica Móvil La Victoria

UMM-0, 2009

085

San Agustín Loxicha

200850004

Cerro Cantor

667

Médico, Enfermera, Promotor

8:00 - 16:00 h

OCSSA004946

C.S Santa María Tonameca

OCSSA003715

H.G. de San Pedro Pochutla

OCSSA019366

Unidad Médica Móvil La Victoria

UMM-0, 2009

509

Santo Domingo de Morelos

205090004

Cerro Campana

654

OCSSA004946

C.S Santa María Tonameca

OCSSA003715

H.G. de San Pedro Pochutla

OCSSA019366

Unidad Médica Móvil La Victoria

UMM-0, 2009

509

Santo Domingo de Morelos

205090032

Cerro Campana Alto

66

OCSSA004946

C.S Santa María Tonameca

OCSSA003715

H.G. de San Pedro Pochutla

OCSSA019366

Unidad Médica Móvil La Victoria

UMM-0, 2009

509

Santo Domingo de Morelos

205090015

Piedra del Sol

780

OCSSA004946

C.S Santa María Tonameca

OCSSA003715

H.G. de San Pedro Pochutla

OCSSA019366

Unidad Médica Móvil La Victoria

UMM-0, 2009

509

Santo Domingo de Morelos

205090020

Piedra del Descanso

59

OCSSA004946

C.S Santa María Tonameca

OCSSA003715

H.G. de San Pedro Pochutla

OCSSA019366

Unidad Médica Móvil La Victoria

UMM-0, 2009

509

Santo Domingo de Morelos

205090016

Cerro San Antonio

424

OCSSA004946

C.S Santa María Tonameca

OCSSA003715

H.G. de San Pedro Pochutla

OCSSA019366

Unidad Médica Móvil La Victoria

UMM-0, 2009

2

6

2,650

3

1

1

1

1

OCSSA007792

PFAM La Mesilla

UMM-0, 2017

450

Santiago Amoltepec

204500013

La Mesilla

520

Médico, Enfermera, Promotor

8:00 - 16:00 h

OCSSA005074

C.S El Mamey

OCSSA000343

H.B.C. Chalcatongo de Hidalgo

OCSSA007792

PFAM La Mesilla

UMM-0, 2017

450

Santiago Amoltepec

204500011

Llano Nuevo

961

OCSSA005074

C.S El Mamey

OCSSA000343

OCSSA007792

PFAM La Mesilla

UMM-0, 2017

450

Santiago Amoltepec

204500061

Unión Linda Vista

209

OCSSA005074

C.S El Mamey

OCSSA000343

OCSSA007792

PFAM La Mesilla

UMM-0, 2017

450

Santiago Amoltepec

204500047

Barranca Nueva

174

OCSSA005074

C.S El Mamey

OCSSA000343

OCSSA007792

PFAM La Mesilla

UMM-0, 2017

450

Santiago Amoltepec

204500031

Llano Metate

85

OCSSA005074

C.S El Mamey

OCSSA000343

OCSSA007792

PFAM La Mesilla

UMM-0, 2017

1

5

1,949

3

1

1

1

1

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

217

San Juan Tamazola

202170005

San Juan Monte Flor

292

Médico, Enfermera, Promotor

8:00 - 16:00 h

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

H.B.C. de Asunción Nochixtlán

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

511

Santo Domingo Nuxaá

205110043

Río Blanco

31

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

511

Santo Domingo Nuxaá

205110039

La Muralla

124

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

511

Santo Domingo Nuxaá

205110029

Cerro de León

13

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

511

Santo Domingo Nuxaá

205110044

Río Comal

187

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

511

Santo Domingo Nuxaá

205110031

Loma Timbre

52

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

217

San Juan Tamazola

202170019

Joya Ladera de Plaza

4

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

217

San Juan Tamazola

202170020

Río de Ratón

2

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

217

San Juan Tamazola

202170021

Cañada Palo de Águila

5

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

217

San Juan Tamazola

202170022

Río de Sal

20

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

217

San Juan Tamazola

202170023

Ladera de Encino Amarillo

23

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

217

San Juan Tamazola

202170025

Arroyo de Estaca

5

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

217

San Juan Tamazola

202170027

Cañada Tierra Blanca

6

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

217

San Juan Tamazola

202170029

Río de Lobo

4

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

217

San Juan Tamazola

202170030

Loma de Cuchara

4

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

217

San Juan Tamazola

202170031

Río Blanco

8

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

217

San Juan Tamazola

202170032

Pueblo Viejo

10

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

217

San Juan Tamazola

202170033

Loma de Dolor

4

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

217

San Juan Tamazola

202170035

Ladera de Ceniza

8

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

217

San Juan Tamazola

202170040

Cañada de Espina Negra

2

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

217

San Juan Tamazola

202170044

Loma de Corral

11

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

217

San Juan Tamazola

202170049

Río Hondo

7

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

217

San Juan Tamazola

202170050

Peña de Pájaro

13

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

217

San Juan Tamazola

202170051

Río Venado

22

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

217

San Juan Tamazola

202170052

Loma del Temblor

2

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

217

San Juan Tamazola

202170054

Cerro de Jarrito

20

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

217

San Juan Tamazola

202170056

Loma de Laguna

18

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

217

San Juan Tamazola

202170057

Joya de Platanal

7

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

217

San Juan Tamazola

202170059

Cañada de Duraznal

6

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

217

San Juan Tamazola

202170060

Cañada de Lobo

1

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

217

San Juan Tamazola

202170062

Joya Grande

9

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

217

San Juan Tamazola

202170063

Loma del Palmar

23

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

217

San Juan Tamazola

202170067

Río Ocote

4

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

511

Santo Domingo Nuxaá

205110032

Cerro Negro

30

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

511

Santo Domingo Nuxaá

205110049

Loma Cañada Verde

40

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

511

Santo Domingo Nuxaá

205110060

Río Águila (Río de Enmedio)

75

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

511

Santo Domingo Nuxaá

205110061

Río León

17

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

511

Santo Domingo Nuxaá

205110046

Río Hormiga

29

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

511

Santo Domingo Nuxaá

205110025

Cañada de Chiquihuite

30

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

511

Santo Domingo Nuxaá

205110051

Cañada de Iglesia

10

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

511

Santo Domingo Nuxaá

205110024

Arroyo de Ceniza (Loma del Palmar)

21

OCSSA005815

C.S. Santo Domingo Nuxaa

OCSSA000121

OCSSA007804

PFAM San Juan Monte Flor

UMM-0, 2017

2

41

1,199

3

1

1

1

1

OCSSA019511

PFAM T-0 San Pedro Acatllán El Grande

UMM-0, 2013

207

San Juan Mazatlán

202070034

La Nueva Esperanza

174

Médico, Enfermera, Promotor

8:00 - 16:00 h

OCSSA005996

C.S Yerba Santa

OCSSA002320

H.G. María Lombardo

OCSSA019511

PFAM T-0 San Pedro Acatllán El Grande

UMM-0, 2013

207

San Juan Mazatlán

202070011

San Pedro Acatlán Grande

629

OCSSA005996

C.S Yerba Santa

OCSSA002320

H.G. María Lombardo

OCSSA019511

PFAM T-0 San Pedro Acatllán El Grande

UMM-0, 2013

207

San Juan Mazatlán

202070089

Los Valles

176

OCSSA005996

C.S Yerba Santa

OCSSA002320

H.G. María Lombardo

OCSSA019511

PFAM T-0 San Pedro Acatllán El Grande

UMM-0, 2013

057

Matías Romero Avendaño

200570233

Tierra Nueva

442

OCSSA005996

C.S Yerba Santa

OCSSA002320

H.G. María Lombardo

OCSSA019511

PFAM T-0 San Pedro Acatllán El Grande

UMM-0, 2013

207

San Juan Mazatlán

202070039

San Antonio Tutla

250

OCSSA005996

C.S Yerba Santa

OCSSA002320

H.G. María Lombardo

OCSSA019511

PFAM T-0 San Pedro Acatllán El Grande

UMM-0, 2013

207

San Juan Mazatlán

202070044

Nuevo Centro

82

OCSSA005996

C.S Yerba Santa

OCSSA002320

H.G. María Lombardo

OCSSA019511

PFAM T-0 San Pedro Acatllán El Grande

UMM-0, 2013

207

San Juan Mazatlán

202070007

Monte Águila

669

OCSSA005996

C.S Yerba Santa

OCSSA002320

H.G. María Lombardo

OCSSA019511

PFAM T-0 San Pedro Acatllán El Grande

UMM-0, 2013

207

San Juan Mazatlán

202070079

La Palestina

183

OCSSA005996

C.S Yerba Santa

OCSSA002320

H.G. María Lombardo

OCSSA019511

PFAM T-0 San Pedro Acatllán El Grande

UMM-0, 2013

207

San Juan Mazatlán

202070025

El Pípila

255

OCSSA005996

C.S Yerba Santa

OCSSA002320

H.G. María Lombardo

OCSSA019511

PFAM T-0 San Pedro Acatllán El Grande

UMM-0, 2013

190

San Juan Cotzocón

201900008

Eva Samano de López Mateos

27

OCSSA005996

C.S Yerba Santa

OCSSA002320

H.G. María Lombardo

OCSSA019511

PFAM T-0 San Pedro Acatllán El Grande

UMM-0, 2013

3

10

2,887

3

1

1

1

1

OCSSA019523

Unidad Médica Móvil Agua Tabaco

UMM-0, 2009

526

Santos Reyes Nopala

205260044

El Zanate

203

Médico, Enfermera, Promotor

8:00 - 16:00 h

OCSSA001866

C.S. San Gabriel Mixtepec

OCSSA020445

H.B.C. Santos Reyes Nopala

OCSSA019523

Unidad Médica Móvil Agua Tabaco

UMM-0, 2009

433

Santa María Temaxcaltepec

204330008

San José Pie del Cerro

267

OCSSA001866

C.S. San Gabriel Mixtepec

OCSSA020445

H.B.C. Santos Reyes Nopala

OCSSA019523

Unidad Médica Móvil Agua Tabaco

UMM-0, 2009

526

Santos Reyes Nopala

205260047

San José Atotonilco

604

OCSSA001866

C.S. San Gabriel Mixtepec

OCSSA020445

H.B.C. Santos Reyes Nopala

OCSSA019523

Unidad Médica Móvil Agua Tabaco

UMM-0, 2009

433

Santa María Temaxcaltepec

204330004

El Ocote

388

OCSSA001866

C.S. San Gabriel Mixtepec

OCSSA020445

H.B.C. Santos Reyes Nopala

OCSSA019523

Unidad Médica Móvil Agua Tabaco

UMM-0, 2009

433

Santa María Temaxcaltepec

204330003

Cañada de Guadalupe

603

OCSSA001866

C.S. San Gabriel Mixtepec

OCSSA020445

H.B.C. Santos Reyes Nopala

OCSSA019523

Unidad Médica Móvil Agua Tabaco

UMM-0, 2009

526

Santos Reyes Nopala

205260031

Cañada las Flores

138

OCSSA001866

C.S. San Gabriel Mixtepec

OCSSA020445

H.B.C. Santos Reyes Nopala

OCSSA019523

Unidad Médica Móvil Agua Tabaco

UMM-0, 2009

433

Santa María Temaxcaltepec

204330002

La Soledad (La Arena)

146

OCSSA001866

C.S. San Gabriel Mixtepec

OCSSA020445

H.B.C. Santos Reyes Nopala

OCSSA019523

Unidad Médica Móvil Agua Tabaco

UMM-0, 2009

433

Santa María Temaxcaltepec

204330005

Las Delicias

112

OCSSA001866

C.S. San Gabriel Mixtepec

OCSSA020445

H.B.C. Santos Reyes Nopala

OCSSA019523

Unidad Médica Móvil Agua Tabaco

UMM-0, 2009

202

San Juan Lachao

202020013

Portillo Limón

35

OCSSA001866

C.S. San Gabriel Mixtepec

OCSSA020445

H.B.C. Santos Reyes Nopala

OCSSA019523

Unidad Médica Móvil Agua Tabaco

UMM-0, 2009

526

Santos Reyes Nopala

205260021

El Sinaí

24

OCSSA001866

C.S. San Gabriel Mixtepec

OCSSA020445

H.B.C. Santos Reyes Nopala

OCSSA019523

Unidad Médica Móvil Agua Tabaco

UMM-0, 2009

202

San Juan Lachao

202020023

San José

37

OCSSA001866

C.S. San Gabriel Mixtepec

OCSSA020445

H.B.C. Santos Reyes Nopala

OCSSA019523

Unidad Médica Móvil Agua Tabaco

UMM-0, 2009

202

San Juan Lachao

202020040

San Martín

53

OCSSA001866

C.S. San Gabriel Mixtepec

OCSSA020445

H.B.C. Santos Reyes Nopala

OCSSA019523

Unidad Médica Móvil Agua Tabaco

UMM-0, 2009

433

Santa María Temaxcaltepec

204330052

Santa Cruz Rancho (Escondido)

68

OCSSA001866

C.S. San Gabriel Mixtepec

OCSSA020445

H.B.C. Santos Reyes Nopala

OCSSA019523

Unidad Médica Móvil Agua Tabaco

UMM-0, 2009

4

13

2,678

3

1

1

1

1

OCSSA007816

PFAM Santa Cruz Rancho Viejo

UMM-0, 2017

286

San Miguel Tlacotepec

202860005

Xinitioco

119

Médico, Enfermera, Promotor

8:00 - 16:00 h

OCSSA003341

C.S San Miguel Tlacotepec

OCIMO004050

H.R.O. de Santiago Juxtlahuaca

OCSSA007816

PFAM Santa Cruz Rancho Viejo

UMM-0, 2017

286

San Miguel Tlacotepec

202860006

Yosondalla

88

OCSSA003341

C.S San Miguel Tlacotepec

OCIMO004050

OCSSA007816

PFAM Santa Cruz Rancho Viejo

UMM-0, 2017

286

San Miguel Tlacotepec

202860002

Guadalupe Nucate

135

OCSSA003341

C.S San Miguel Tlacotepec

OCIMO004050

OCSSA007816

PFAM Santa Cruz Rancho Viejo

UMM-0, 2017

286

San Miguel Tlacotepec

202860004

Santiago Nuxaño

489

OCSSA003341

C.S San Miguel Tlacotepec

OCIMO004050

OCSSA007816

PFAM Santa Cruz Rancho Viejo

UMM-0, 2017

348

San Sebastián Tecomaxtlahuaca

203480013

Los Rendón

28

OCSSA003341

C.S San Miguel Tlacotepec

OCIMO004050

OCSSA007816

PFAM Santa Cruz Rancho Viejo

UMM-0, 2017

348

San Sebastián Tecomaxtlahuaca

203480028

Tecomaxtlahuaca el Viejo

74

OCSSA003341

C.S San Miguel Tlacotepec

OCIMO004050

OCSSA007816

PFAM Santa Cruz Rancho Viejo

UMM-0, 2017

348

San Sebastián Tecomaxtlahuaca

203480007

San José el Espinal

107

OCSSA003341

C.S San Miguel Tlacotepec

OCIMO004050

OCSSA007816

PFAM Santa Cruz Rancho Viejo

UMM-0, 2017

348

San Sebastián Tecomaxtlahuaca

203480009

La Joya del Gavilán

31

OCSSA003341

C.S San Miguel Tlacotepec

OCIMO004050

OCSSA007816

PFAM Santa Cruz Rancho Viejo

UMM-0, 2017

348

San Sebastián Tecomaxtlahuaca

203480026

El Palmarillo

16

OCSSA003341

C.S San Miguel Tlacotepec

OCIMO004050

OCSSA007816

PFAM Santa Cruz Rancho Viejo

UMM-0, 2017

348

San Sebastián Tecomaxtlahuaca

203480025

La Tortolita

48

OCSSA003341

C.S San Miguel Tlacotepec

OCIMO004050

OCSSA007816

PFAM Santa Cruz Rancho Viejo

UMM-0, 2017

348

San Sebastián Tecomaxtlahuaca

203480018

Santa Cruz Yosondica

146

OCSSA003341

C.S San Miguel Tlacotepec

OCIMO004050

OCSSA007816

PFAM Santa Cruz Rancho Viejo

UMM-0, 2017

348

San Sebastián Tecomaxtlahuaca

203480057

Yosocú

15

OCSSA003341

C.S San Miguel Tlacotepec

OCIMO004050

OCSSA007816

PFAM Santa Cruz Rancho Viejo

UMM-0, 2017

348

San Sebastián Tecomaxtlahuaca

203480017

Santa Cruz Rancho Viejo

160

OCSSA003341

C.S San Miguel Tlacotepec

OCIMO004050

OCSSA007816

PFAM Santa Cruz Rancho Viejo

UMM-0, 2017

2

13

1,456

3

1

1

1

1

OCSSA007821

PFAM La Divina Providencia

UMM-0, 2017

152

San Francisco Tlapancingo

201520003

Barrio del Carmen (La Piedra Chimeca)

171

Médico, Enfermera, Promotor

8:00 - 16:00 h

OCSSA003341

C.S San Miguel Tlacotepec

OCIMO004050

H.R.O. de Santiago Juxtlahuaca

OCSSA007821

PFAM La Divina Providencia

UMM-0, 2017

242

San Martín Peras

202420016

La Divina Providencia

96

OCSSA003341

C.S San Miguel Tlacotepec

OCIMO004050

OCSSA007821

PFAM La Divina Providencia

UMM-0, 2017

242

San Martín Peras

202420019

El Palmar

16

OCSSA003341

C.S San Miguel Tlacotepec

OCIMO004050

OCSSA007821

PFAM La Divina Providencia

UMM-0, 2017

242

San Martín Peras

202420017

San Isidro la Raya

140

OCSSA003341

C.S San Miguel Tlacotepec

OCIMO004050

OCSSA007821

PFAM La Divina Providencia

UMM-0, 2017

242

San Martín Peras

202420003

Chiñón

342

OCSSA003341

C.S San Miguel Tlacotepec

OCIMO004050

OCSSA007821

PFAM La Divina Providencia

UMM-0, 2017

242

San Martín Peras

202420008

Las Minas

292

OCSSA003341

C.S San Miguel Tlacotepec

OCIMO004050

OCSSA007821

PFAM La Divina Providencia

UMM-0, 2017

242

San Martín Peras

202420031

El Cacalote

14

OCSSA003341

C.S San Miguel Tlacotepec

OCIMO004050

OCSSA007821

PFAM La Divina Providencia

UMM-0, 2017

242

San Martín Peras

202420039

Santa Cruz

140

OCSSA003341

C.S San Miguel Tlacotepec

OCIMO004050

OCSSA007821

PFAM La Divina Providencia

UMM-0, 2017

242

San Martín Peras

202420036

San Isidro el Chiñón

85

OCSSA003341

C.S San Miguel Tlacotepec

OCIMO004050

OCSSA007821

PFAM La Divina Providencia

UMM-0, 2017

242

San Martín Peras

202420037

San Jorge el Chiñón

96

OCSSA003341

C.S San Miguel Tlacotepec

OCIMO004050

OCSSA007821

PFAM La Divina Providencia

UMM-0, 2017

2

10

1,392

3

1

1

1

1

OCSSA007903

PFAM Llano Grande

UMM-0, 2017

447

Santa María Zacatepec

204470036

Santa Cruz Tutiahua

644

Médico, Enfermera, Promotor

8:00 - 16:00 h

OCSSA006223

C.S Teotongo

OCSSA020655

H.G. Putla Amigo del Niño y de la Madre

OCSSA007903

PFAM Llano Grande

UMM-0, 2017

447

Santa María Zacatepec

204470009

La Culebra

365

OCSSA006223

C.S Teotongo

OCSSA020655

OCSSA007903

PFAM Llano Grande

UMM-0, 2017

540

Villa de Tamazulápam del Progreso

205400008

Xatán

43

OCSSA006223

C.S Teotongo

OCSSA000524

OCSSA007903

PFAM Llano Grande

UMM-0, 2017

540

Villa de Tamazulápam del Progreso

205400012

La Raya

30

OCSSA006223

C.S Teotongo

OCSSA000524

OCSSA007903

PFAM Llano Grande

UMM-0, 2017

464

Santiago Ihuitlán Plumas

204640002

La Mexicana

71

OCSSA006223

C.S Teotongo

OCSSA000524

OCSSA007903

PFAM Llano Grande

UMM-0, 2017

018

Concepción Buenavista

200180003

Río de las Palmas

45

OCSSA006223

C.S Teotongo

OCSSA000524

OCSSA007903

PFAM Llano Grande

UMM-0, 2017

151

San Francisco Teopan

201510002

Llano Grande

66

OCSSA006223

C.S Teotongo

OCSSA000524

OCSSA007903

PFAM Llano Grande

UMM-0, 2017

321

San Pedro Nopala

203210002

Yosocuno

173

OCSSA006223

C.S Teotongo

OCSSA000524

OCSSA007903

PFAM Llano Grande

UMM-0, 2017

6

8

1,437

3

1

1

1

1

OCSSA007862

PFAM Colonia La Central

UMM-0, 2017

134

San Felipe Jalapa de Díaz

201340024

Los Zarates

575

Médico, Enfermera, Promotor

8:00 - 16:00 h

OCSSA001620

C.S.San Felipe Jalapa de Díaz

OCSSA002146

H.G. San Juan Bautista Tuxtepec

OCSSA007862

PFAM Colonia La Central

UMM-0, 2017

134

San Felipe Jalapa de Díaz

201340022

Los Hernández (Sección Los Hernández)

72

OCSSA001620

C.S.San Felipe Jalapa de Díaz

OCSSA002146

H.G. San Juan Bautista Tuxtepec

OCSSA007862

PFAM Colonia La Central

UMM-0, 2017

134

San Felipe Jalapa de Díaz

201340043

Sección los Roques

619

OCSSA001620

C.S.San Felipe Jalapa de Díaz

OCSSA002146

H.G. San Juan Bautista Tuxtepec

OCSSA007862

PFAM Colonia La Central

UMM-0, 2017

134

San Felipe Jalapa de Díaz

201340032

Colonia la Central

1,274

OCSSA001620

C.S.San Felipe Jalapa de Díaz

OCSSA002146

H.G. San Juan Bautista Tuxtepec

OCSSA007862

PFAM Colonia La Central

UMM-0, 2017

134

San Felipe Jalapa de Díaz

201340013

Camino Zacatal

678

OCSSA001620

C.S.San Felipe Jalapa de Díaz

OCSSA002146

H.G. San Juan Bautista Tuxtepec

OCSSA007862

PFAM Colonia La Central

UMM-0, 2017

1

5

3,218

3

1

1

1

1

OCSSA019033

Unidad Médica Móvil San José Tenango 3

UMM-0, 2009

171

San José Tenango

201710039

Cerro Liquidámbar

193

Médico, Enfermera, Promotor

8:00 - 16:00 h

OCSSA004490

C.S Santa María La Asunción

OCIMO000352

H.R.O. de Huautla de Jiménez

OCSSA019033

Unidad Médica Móvil San José Tenango 3

UMM-0, 2009

171

San José Tenango

201710155

Rancho Meseta

52

OCSSA004490

C.S Santa María La Asunción

OCIMO000352

H.R.O. de Huautla de Jiménez

OCSSA019033

Unidad Médica Móvil San José Tenango 3

UMM-0, 2009

171

San José Tenango

201710129

Llano Nuevo de la Cruz

126

OCSSA004490

C.S Santa María La Asunción

OCIMO000352

H.R.O. de Huautla de Jiménez

OCSSA019033

Unidad Médica Móvil San José Tenango 3

UMM-0, 2009

171

San José Tenango

201710053

Agua Pared

102

OCSSA004490

C.S Santa María La Asunción

OCIMO000352

H.R.O. de Huautla de Jiménez

OCSSA019033

Unidad Médica Móvil San José Tenango 3

UMM-0, 2009

171

San José Tenango

201710157

Agua Canoa

49

OCSSA004490

C.S Santa María La Asunción

OCIMO000352

H.R.O. de Huautla de Jiménez

OCSSA019033

Unidad Médica Móvil San José Tenango 3

UMM-0, 2009

171

San José Tenango

201710058

Agua Dulce

161

OCSSA004490

C.S Santa María La Asunción

OCIMO000352

H.R.O. de Huautla de Jiménez

OCSSA019033

Unidad Médica Móvil San José Tenango 3

UMM-0, 2009

171

San José Tenango

201710055

Agua Caballo

49

OCSSA004490

C.S Santa María La Asunción

OCIMO000352

H.R.O. de Huautla de Jiménez

OCSSA019033

Unidad Médica Móvil San José Tenango 3

UMM-0, 2009

171

San José Tenango

201710056

Agua Vista

95

OCSSA004490

C.S Santa María La Asunción

OCIMO000352

H.R.O. de Huautla de Jiménez

OCSSA019033

Unidad Médica Móvil San José Tenango 3

UMM-0, 2009

171

San José Tenango

201710064

Piedra Ancha

88

OCSSA004490

C.S Santa María La Asunción

OCIMO000352

H.R.O. de Huautla de Jiménez

OCSSA019033

Unidad Médica Móvil San José Tenango 3

UMM-0, 2009

1

9

915

3

1

1

1

1

OCSSA007775

PFAM Santa Cecilia de Madero

UMM-0, 2017

460

Santiago Choápam

204600002

La Ermita o Maninaltepec

186

Médico, Enfermera, Promotor

8:00 - 16:00 h

OCSSA005185

C.S San Juan del Río

OCSSA002146

H.G. San Juan Bautista Tuxtepec

OCSSA007775

PFAM Santa Cecilia de Madero

UMM-0, 2017

460

Santiago Choápam

204600008

La Carmelita

70

OCSSA005185

C.S San Juan del Río

OCSSA002146

H.G. San Juan Bautista Tuxtepec

OCSSA007775

PFAM Santa Cecilia de Madero

UMM-0, 2017

205

San Juan Lalana

202050023

San Pedro Tres Arroyos

197

OCSSA005185

C.S San Juan del Río

OCSSA002146

H.G. San Juan Bautista Tuxtepec

OCSSA007775

PFAM Santa Cecilia de Madero

UMM-0, 2017

205

San Juan Lalana

202050030

San Juan Evangelista

393

OCSSA005185

C.S San Juan del Río

OCSSA002146

H.G. San Juan Bautista Tuxtepec

OCSSA007775

PFAM Santa Cecilia de Madero

UMM-0, 2017

205

San Juan Lalana

202050017

San Jorge el Porvenir

199

OCSSA005185

C.S San Juan del Río

OCSSA002146

H.G. San Juan Bautista Tuxtepec

OCSSA007775

PFAM Santa Cecilia de Madero

UMM-0, 2017

205

San Juan Lalana

202050037

Santa Cecilia de Madero

336

OCSSA005185

C.S San Juan del Río

OCSSA002146

H.G. San Juan Bautista Tuxtepec

OCSSA007775

PFAM Santa Cecilia de Madero

UMM-0, 2017

205

San Juan Lalana

202050022

San Miguel (La Paz)

241

OCSSA005185

C.S San Juan del Río

OCSSA002146

H.G. San Juan Bautista Tuxtepec

OCSSA007775

PFAM Santa Cecilia de Madero

UMM-0, 2017

205

San Juan Lalana

202050015

Cerro Progreso

326

OCSSA005185

C.S San Juan del Río

OCSSA002146

H.G. San Juan Bautista Tuxtepec

OCSSA007775

PFAM Santa Cecilia de Madero

UMM-0, 2017

205

San Juan Lalana

202050026

La Soledad

145

OCSSA005185

C.S San Juan del Río

OCSSA002146

H.G. San Juan Bautista Tuxtepec

OCSSA007775

PFAM Santa Cecilia de Madero

UMM-0, 2017

205

San Juan Lalana

202050009

La Esperanza

629

OCSSA005185

C.S San Juan del Río

OCSSA002146

H.G. San Juan Bautista Tuxtepec

OCSSA007775

PFAM Santa Cecilia de Madero

UMM-0, 2017

2

10

2,722

3

1

1

1

1

OCSSA020906

Unidad Médica Móvil Juxtlahuaca (Río Metates)

UMM-0, 2013

469

Santiago Juxtlahuaca

204690059

Cerro Viejo (Pino Suárez)

93

Médico, Enfermera, Promotor

8:00 - 16:00 h

OCSSA007401

C.S.U. 4NB Putla Villa de Guerrero

OCSSA020655

H.G. Putla Amigo del Niño y de la Madre

OCSSA020906

Unidad Médica Móvil Juxtlahuaca (Río Metates)

UMM-0, 2013

469

Santiago Juxtlahuaca

204690063

Lázaro Cárdenas Copala

410

OCSSA007401

C.S.U. 4NB Putla Villa de Guerrero

OCSSA020655

OCSSA020906

Unidad Médica Móvil Juxtlahuaca (Río Metates)

UMM-0, 2013

469

Santiago Juxtlahuaca

204690010

Cruz Chiquita

202

OCSSA007401

C.S.U. 4NB Putla Villa de Guerrero

OCSSA020655

OCSSA020906

Unidad Médica Móvil Juxtlahuaca (Río Metates)

UMM-0, 2013

469

Santiago Juxtlahuaca

204690109

Cruz Lengua

42

OCSSA007401

C.S.U. 4NB Putla Villa de Guerrero

OCSSA020655

OCSSA020906

Unidad Médica Móvil Juxtlahuaca (Río Metates)

UMM-0, 2013

469

Santiago Juxtlahuaca

204690023

Río Metates

519

OCSSA007401

C.S.U. 4NB Putla Villa de Guerrero

OCSSA020655

OCSSA020906

Unidad Médica Móvil Juxtlahuaca (Río Metates)

UMM-0, 2013

1

5

1,266

3

1

1

1

1

OCSSA019581

Unidad Médica Móvil Candelaria La Estancia (Palo de Lima)

UMM-1, 2009

277

Villa Sola de Vega

202770055

El Cocoyul

63

Médico, Enfermera, Promotor

8:00 - 16:00 h

 

 

OCSSA003406

H.G. San Pablo Huixtepec Dr. Manuel Velasco Suárez

OCSSA019581

Unidad Médica Móvil Candelaria La Estancia (Palo de Lima)

UMM-1, 2009

277

Villa Sola de Vega

202770011

Lazo

110

 

 

OCSSA003406

OCSSA019581

Unidad Médica Móvil Candelaria La Estancia (Palo de Lima)

UMM-1, 2009

277

Villa Sola de Vega

202770091

El Sargento

34

 

 

OCSSA003406

OCSSA019581

Unidad Médica Móvil Candelaria La Estancia (Palo de Lima)

UMM-1, 2009

277

Villa Sola de Vega

202770003

El Anís

114

 

 

OCSSA003406

OCSSA019581

Unidad Médica Móvil Candelaria La Estancia (Palo de Lima)

UMM-1, 2009

277

Villa Sola de Vega

202770180

Guayabo

174

 

 

OCSSA003406

OCSSA019581

Unidad Médica Móvil Candelaria La Estancia (Palo de Lima)

UMM-1, 2009

277

Villa Sola de Vega

202770006

Candelaria la Estancia

230

 

 

OCSSA003406

OCSSA019581

Unidad Médica Móvil Candelaria La Estancia (Palo de Lima)

UMM-1, 2009

277

Villa Sola de Vega

202770020

Potrerillo

189

 

 

OCSSA003406

OCSSA019581

Unidad Médica Móvil Candelaria La Estancia (Palo de Lima)

UMM-1, 2009

277

Villa Sola de Vega

202770044

La Yerba Santa

94

 

 

OCSSA003406

OCSSA019581

Unidad Médica Móvil Candelaria La Estancia (Palo de Lima)

UMM-1, 2009

277

Villa Sola de Vega

202770070

El Huazán

49

 

 

OCSSA003406

OCSSA019581

Unidad Médica Móvil Candelaria La Estancia (Palo de Lima)

UMM-1, 2009

277

Villa Sola de Vega

202770159

Las Peñas

64

 

 

OCSSA003406

OCSSA019581

Unidad Médica Móvil Candelaria La Estancia (Palo de Lima)

UMM-1, 2009

1

10

1,121

3

0

0

1

1

OCSSA019593

Unidad Médica Móvil La Paz

UMM-0, 2013

430

Santa María Tataltepec

204300001

Santa María Tataltepec

333

Médico, Enfermera, Promotor

8:00 - 16:00 h

OCSSA003143

C.S.U. 1NB San Miguel el Grande.

OCIMO005573

H.R.O. de Heroica Ciudad de Tlaxiaco

OCSSA019593

Unidad Médica Móvil La Paz

UMM-0, 2013

088

San Andrés Cabecera Nueva

200880040

San Cosme de la Paz

129

OCSSA003143

C.S.U. 1NB San Miguel el Grande.

OCIMO005573

H.R.O. de Heroica Ciudad de Tlaxiaco

OCSSA019593

Unidad Médica Móvil La Paz

UMM-0, 2013

088

San Andrés Cabecera Nueva

200880088

La Cieneguilla

*

OCSSA003143

C.S.U. 1NB San Miguel el Grande.

OCSSA000343

H.C Chalcatongo de Hidalgo

OCSSA019593

Unidad Médica Móvil La Paz

UMM-0, 2013

088

San Andrés Cabecera Nueva

200880009

Santiago el Mesón

131

OCSSA003143

C.S.U. 1NB San Miguel el Grande.

OCSSA000343

H.C Chalcatongo de Hidalgo

OCSSA019593

Unidad Médica Móvil La Paz

UMM-0, 2013

392

Santa Lucía Monteverde

203920004

La Paz

269

OCSSA003143

C.S.U. 1NB San Miguel el Grande.

OCSSA000343

H.C Chalcatongo de Hidalgo

OCSSA019593

Unidad Médica Móvil La Paz

UMM-0, 2013

133

San Esteban Atatlahuca

201330003

Independencia

476

OCSSA003143

C.S.U. 1NB San Miguel el Grande.

OCSSA000343

H.C Chalcatongo de Hidalgo

OCSSA019593

Unidad Médica Móvil La Paz

UMM-0, 2013

269

San Miguel el Grande

202690009

Ignacio Zaragoza

519

OCSSA003143

C.S.U. 1NB San Miguel el Grande.

OCSSA000343

H.C Chalcatongo de Hidalgo

OCSSA019593

Unidad Médica Móvil La Paz

UMM-0, 2013

088

San Andrés Cabecera Nueva

200880043

Villa Alta (San Cosme la Paz)

127

OCSSA003143

C.S.U. 1NB San Miguel el Grande.

OCSSA000343

H.C Chalcatongo de Hidalgo

OCSSA019593

Unidad Médica Móvil La Paz

UMM-0, 2013

088

San Andrés Cabecera Nueva

200880048

Cabatú (San Cosme La Paz)

5

OCSSA003143

C.S.U. 1NB San Miguel el Grande.

OCSSA000343

H.C Chalcatongo de Hidalgo

OCSSA019593

Unidad Médica Móvil La Paz

UMM-0, 2013

392

Santa Lucía Monteverde

203920011

Cabeza de Río

88

OCSSA003143

C.S.U. 1NB San Miguel el Grande.

OCSSA000343

H.C Chalcatongo de Hidalgo

OCSSA019593

Unidad Médica Móvil La Paz

UMM-0, 2013

392

Santa Lucía Monteverde

203920032

Yucunitoso (La Paz)

35

OCSSA003143

C.S.U. 1NB San Miguel el Grande.

OCSSA000343

H.C Chalcatongo de Hidalgo

OCSSA019593

Unidad Médica Móvil La Paz

UMM-0, 2013

392

Santa Lucía Monteverde

203920040

Loma Sucila

29

OCSSA003143

C.S.U. 1NB San Miguel el Grande.

OCSSA000343

H.C Chalcatongo de Hidalgo

OCSSA019593

Unidad Médica Móvil La Paz

UMM-0, 2013

5

12

2,141

3

1

1

1

1

OCSSA019605

Unidad Médica Móvil La Sabana

UMM-0, 2013

469

Santiago Juxtlahuaca

204690073

Santa Cruz Tilapa

357

Médico, Enfermera, Promotor

8:00 - 16:00 h

OCSSA001142

C.S.R. 1NB. -San Andres Chicahuaxtla

OCIMO004050

H.R.O. de Santiago Juxtlahuaca

OCSSA019605

Unidad Médica Móvil La Sabana

UMM-0, 2013

469

Santiago Juxtlahuaca

204690040

Tierra Blanca

813

OCSSA001142

C.S.R. 1NB. -San Andres Chicahuaxtla

OCIMO004050

OCSSA019605

Unidad Médica Móvil La Sabana

UMM-0, 2013

469

Santiago Juxtlahuaca

204690025

La Sabana

606

OCSSA001142

C.S.R. 1NB. -San Andres Chicahuaxtla

OCIMO004050

OCSSA019605

Unidad Médica Móvil La Sabana

UMM-0, 2013

073

Putla Villa de Guerrero

200730065

Miguel Hidalgo Chicahuaxtla

92

OCSSA001142

C.S.R. 1NB. -San Andres Chicahuaxtla

OCIMO005573

H.R.O. de Heroica Ciudad de Tlaxiaco

OCSSA019605

Unidad Médica Móvil La Sabana

UMM-0, 2013

073

Putla Villa de Guerrero

200730023

San Isidro de Morelos

349

OCSSA001142

C.S.R. 1NB. -San Andres Chicahuaxtla

OCIMO005573

OCSSA019605

Unidad Médica Móvil La Sabana

UMM-0, 2013

240

San Martín Itunyoso

202400002

La Concepción

195

OCSSA001142

C.S.R. 1NB. -San Andres Chicahuaxtla

OCIMO004050

H.R.O. de Santiago Juxtlahuaca

OCSSA019605

Unidad Médica Móvil La Sabana

UMM-0, 2013

073

Putla Villa de Guerrero

200730056

La Cañada Tejocote

67

OCSSA001142

C.S.R. 1NB. -San Andres Chicahuaxtla

OCIMO005573

H.R.O. de Heroica Ciudad de Tlaxiaco

OCSSA019605

Unidad Médica Móvil La Sabana

UMM-0, 2013

469

Santiago Juxtlahuaca

204690009

Concepción Carrizal

841

OCSSA001142

C.S.R. 1NB. -San Andres Chicahuaxtla

OCIMO004050

OCSSA019605

Unidad Médica Móvil La Sabana

UMM-0, 2013

3

8

3,320

3

1

1

2

1

OCSSA019610

Unidad Médica Móvil San Francisco de Las Flores

UMM-0, 2013

529

Santos Reyes Yucuná

205290004

Santiago el Jazmín

71

Médico, Enfermera, Promotor

8:00 - 16:00 h

OCSSA006054

C.S.R. 01NB Santos Reyes Yucuna

OCSSA000524

H.G. Huajuapan Enf. María del Pilar Sánchez Villavicencio

OCSSA019610

Unidad Médica Móvil San Francisco de Las Flores

UMM-0, 2013

529

Santos Reyes Yucuná

205290003

Coxcatepec

239

OCSSA006054

C.S.R. 01NB Santos Reyes Yucuna

OCSSA000524

OCSSA019610

Unidad Médica Móvil San Francisco de Las Flores

UMM-0, 2013

529

Santos Reyes Yucuná

205290002

San Francisco de las Flores

151

OCSSA006054

C.S.R. 01NB Santos Reyes Yucuna

OCSSA000524

OCSSA019610

Unidad Médica Móvil San Francisco de Las Flores

UMM-0, 2013

183

San Juan Bautista Tlachichilco

201830002

Guadalupe la Libertad

142

OCSSA006054

C.S.R. 01NB Santos Reyes Yucuna

OCSSA000524

OCSSA019610

Unidad Médica Móvil San Francisco de Las Flores

UMM-0, 2013

183

San Juan Bautista Tlachichilco

201830004

Santiago Guadalupe

300

OCSSA006054

C.S.R. 01NB Santos Reyes Yucuna

OCSSA000524

OCSSA019610

Unidad Médica Móvil San Francisco de Las Flores

UMM-0, 2013

537

Silacayoápam

205370028

Barrio San Miguelito

492

OCSSA006054

C.S.R. 01NB Santos Reyes Yucuna

OCSSA000524

OCSSA019610

Unidad Médica Móvil San Francisco de Las Flores

UMM-0, 2013

567

Zapotitlán Lagunas

205670009

San José el Huamúchil

152

OCSSA006054

C.S.R. 01NB Santos Reyes Yucuna

OCSSA000524

OCSSA019610

Unidad Médica Móvil San Francisco de Las Flores

UMM-0, 2013

567

Zapotitlán Lagunas

205670002

Guadalupe Buenos Aires

104

OCSSA006054

C.S.R. 01NB Santos Reyes Yucuna

OCSSA000524

OCSSA019610

Unidad Médica Móvil San Francisco de Las Flores

UMM-0, 2013

567

Zapotitlán Lagunas

205670006

San Pedro Cuaxoxocatla

186

OCSSA006054

C.S.R. 01NB Santos Reyes Yucuna

OCSSA000524

OCSSA019610

Unidad Médica Móvil San Francisco de Las Flores

UMM-0, 2013

4

9

1,837

3

1

1

1

1

OCSSA019634

Unidad Médica Móvil Loma Naranja

UMM-0, 2013

232

San Lucas Ojitlán

202320099

Cacahuatal

309

Médico, Enfermera, Promotor

8:00 - 16:00 h

OCSSA001620

C.S.San Felipe Jalapa de Díaz

OCSSA002146

H.G. San Juan Bautista Tuxtepec

OCSSA019634

Unidad Médica Móvil Loma Naranja

UMM-0, 2013

134

San Felipe Jalapa de Díaz

201340019

Arroyo Espuma

932

OCSSA001620

C.S.San Felipe Jalapa de Díaz

OCSSA002146

OCSSA019634

Unidad Médica Móvil Loma Naranja

UMM-0, 2013

134

San Felipe Jalapa de Díaz

201340007

Loma Naranja

509

OCSSA001620

C.S.San Felipe Jalapa de Díaz

OCSSA002146

OCSSA019634

Unidad Médica Móvil Loma Naranja

UMM-0, 2013

134

San Felipe Jalapa de Díaz

201340026

Loma Cafetal

294

OCSSA001620

C.S.San Felipe Jalapa de Díaz

OCSSA002146

OCSSA019634

Unidad Médica Móvil Loma Naranja

UMM-0, 2013

134

San Felipe Jalapa de Díaz

201340030

Arroyo Guaje

166

OCSSA001620

C.S.San Felipe Jalapa de Díaz

OCSSA002146

OCSSA019634

Unidad Médica Móvil Loma Naranja

UMM-0, 2013

134

San Felipe Jalapa de Díaz

201340025

Agua de Olla

201

OCSSA001620

C.S.San Felipe Jalapa de Díaz

OCSSA002146

OCSSA019634

Unidad Médica Móvil Loma Naranja

UMM-0, 2013

232

San Lucas Ojitlán

202320034

El Mirador

378

OCSSA001620

C.S.San Felipe Jalapa de Díaz

OCSSA002146

OCSSA019634

Unidad Médica Móvil Loma Naranja

UMM-0, 2013

2

7

2,789

3

1

1

1

1

OCSSA020894

Unidad Médica Móvil Cañada Cuenca

UMM-3, 2007

058

Mazatlán Villa de Flores

200580001

Mazatlán Villa de Flores

894

Médico, Enfermera, Odontólogo, Promotor

8:00 - 16:00 h

 

 

OCIMO000352

H.R.O. de Huautla de Jiménez

OCSSA020894

Unidad Médica Móvil Cañada Cuenca

UMM-3, 2007

040

Huautepec

200400001

Huautepec

1,850

 

 

OCIMO000352

H.R.O. de Huautla de Jiménez

OCSSA020894

Unidad Médica Móvil Cañada Cuenca

UMM-3, 2007

2

2

2,744

4

0

0

1

1

OCSSA021010

Unidad Médica Móvil Altamira

UMM-0, 2011

431

Santa María Tecomavaca

204310002

Buena Vista

99

Médico, Enfermera, Promotor

8:00 - 16:00 h

OCSSA002834

C.S San Martín Toxpalan

OCSSA021080

H.B.C. Teotitlán de Flores Magón

OCSSA021010

Unidad Médica Móvil Altamira

UMM-0, 2011

244

San Martín Toxpalan

202440006

Vista Hermosa

152

OCSSA002834

C.S San Martín Toxpalan

OCSSA021080

OCSSA021010

Unidad Médica Móvil Altamira

UMM-0, 2011

109

San Antonio Nanahuatípam

201090002

San Gabriel Casa Blanca

365

OCSSA002834

C.S San Martín Toxpalan

OCSSA021080

OCSSA021010

Unidad Médica Móvil Altamira

UMM-0, 2011

024

Cuyamecalco Villa de Zaragoza

200240019

Bajo la Peña

72

OCSSA002834

C.S San Martín Toxpalan

OCSSA002052

H.G. de Cuicatlan Dr. Alberto Vargas Merino

OCSSA021010

Unidad Médica Móvil Altamira

UMM-0, 2011

024

Cuyamecalco Villa de Zaragoza

200240006

Agua Tabaco

167

OCSSA002834

C.S San Martín Toxpalan

OCSSA002052

OCSSA021010

Unidad Médica Móvil Altamira

UMM-0, 2011

024

Cuyamecalco Villa de Zaragoza

200240010

La Ciénega (Guadalupe la Ciénega)

188

OCSSA002834

C.S San Martín Toxpalan

OCSSA002052

OCSSA021010

Unidad Médica Móvil Altamira

UMM-0, 2011

024

Cuyamecalco Villa de Zaragoza

200240031

Río San Miguel (Llano Nopal)

32

OCSSA002834

C.S San Martín Toxpalan

OCSSA002052

OCSSA021010

Unidad Médica Móvil Altamira

UMM-0, 2011

024

Cuyamecalco Villa de Zaragoza

200240017

Llano San Antonio

8

OCSSA002834

C.S San Martín Toxpalan

OCSSA002052

OCSSA021010

Unidad Médica Móvil Altamira

UMM-0, 2011

024

Cuyamecalco Villa de Zaragoza

200240008

Chorro de Agua

55

OCSSA002834

C.S San Martín Toxpalan

OCSSA002052

OCSSA021010

Unidad Médica Móvil Altamira

UMM-0, 2011

024

Cuyamecalco Villa de Zaragoza

200240009

San Felipe de Jesús

56

OCSSA002834

C.S San Martín Toxpalan

OCSSA002052

OCSSA021010

Unidad Médica Móvil Altamira

UMM-0, 2011

024

Cuyamecalco Villa de Zaragoza

200240026

Loma del Viento

111

OCSSA002834

C.S San Martín Toxpalan

OCSSA002052

OCSSA021010

Unidad Médica Móvil Altamira

UMM-0, 2011

024

Cuyamecalco Villa de Zaragoza

200240004

Santa María Buenos Aires

226

OCSSA002834

C.S San Martín Toxpalan

OCSSA002052

OCSSA021010

Unidad Médica Móvil Altamira

UMM-0, 2011

4

12

1,531

3

1

1

2

2

OCSSA007833

PFAM San Miguel Yogovana

UMM-0, 2017

028

Heroica Ciudad de Ejutla de Crespo

200280012

Rinconada de San Diego

26

Médico, Enfermera, Promotor

8:00 - 16:00 h

OCSSA000360

Heroica Ciudad de Ejutla de Crespo

OCIMO000550

H.R.O. de Miahuatlán de Porfirio Díaz

OCSSA007833

PFAM San Miguel Yogovana

UMM-0, 2017

015

Coatecas Altas

200150015

Pochotlillo

73

OCSSA000360

Heroica Ciudad de Ejutla de Crespo

OCIMO000550

OCSSA007833

PFAM San Miguel Yogovana

UMM-0, 2017

015

Coatecas Altas

200150014

Agua de Guaje

49

OCSSA000360

Heroica Ciudad de Ejutla de Crespo

OCIMO000550

OCSSA007833

PFAM San Miguel Yogovana

UMM-0, 2017

211

San Juan Ozolotepec

202110005

San Bartolo Lapaguía

97

OCSSA000360

Heroica Ciudad de Ejutla de Crespo

OCIMO000550

OCSSA007833

PFAM San Miguel Yogovana

UMM-0, 2017

154

San Ildefonso Amatlán

201540003

La Reforma

537

OCSSA000360

Heroica Ciudad de Ejutla de Crespo

OCIMO000550

OCSSA007833

PFAM San Miguel Yogovana

UMM-0, 2017

154

San Ildefonso Amatlán

201540002

Santo Domingo Amatlán

156

OCSSA000360

Heroica Ciudad de Ejutla de Crespo

OCIMO000550

OCSSA007833

PFAM San Miguel Yogovana

UMM-0, 2017

059

Miahuatlán de Porfirio Díaz

200590014

San Miguel yogovana

644

OCSSA000360

Heroica Ciudad de Ejutla de Crespo

OCIMO000550

OCSSA007833

PFAM San Miguel Yogovana

UMM-0, 2017

095

San Andrés Paxtlán

200950023

Cerro Santiago

177

OCSSA000360

Heroica Ciudad de Ejutla de Crespo

OCIMO000550

OCSSA007833

PFAM San Miguel Yogovana

UMM-0, 2017

424

Santa María Ozolotepec

204240016

El Tabadío

64

OCSSA000360

Heroica Ciudad de Ejutla de Crespo

OCIMO000550

OCSSA007833

PFAM San Miguel Yogovana

UMM-0, 2017

236

San Marcial Ozolotepec

202360035

Llano Pared (El Anonal)

29

OCSSA000360

Heroica Ciudad de Ejutla de Crespo

OCIMO000550

OCSSA007833

PFAM San Miguel Yogovana

UMM-0, 2017

236

San Marcial Ozolotepec

202360015

Cerro León

40

OCSSA000360

Heroica Ciudad de Ejutla de Crespo

OCIMO000550

OCSSA007833

PFAM San Miguel Yogovana

UMM-0, 2017

347

San Sebastián Río Hondo

203470021

La Fábrica

44

OCSSA000360

Heroica Ciudad de Ejutla de Crespo

OCIMO000550

OCSSA007833

PFAM San Miguel Yogovana

UMM-0, 2017

254

San Mateo Río Hondo

202540010

San Pablo

27

OCSSA000360

Heroica Ciudad de Ejutla de Crespo

OCIMO000550

OCSSA007833

PFAM San Miguel Yogovana

UMM-0, 2017

254

San Mateo Río Hondo

202540019

El Cuachepil

83

OCSSA000360

Heroica Ciudad de Ejutla de Crespo

OCIMO000550

OCSSA007833

PFAM San Miguel Yogovana

UMM-0, 2017

10

14

2,046

3

1

1

1

1

OCSSA007845

PFAM El Temascal

UMM-0, 2017

273

San Miguel Peras

202730010

El Temascal

423

Médico, Enfermera, Promotor

8:00 - 16:00 h

OCSSA004461

C.S. Santa Ines del Monte

OCSSA000985

H.G. Oaxaca Dr. Aurelio Valdivieso

OCSSA007845

PFAM El Temascal

UMM-0, 2017

388

Santa Inés del Monte

203880009

La Guadalupe

181

OCSSA004461

C.S. Santa Ines del Monte

OCSSA000985

H.G. Oaxaca Dr. Aurelio Valdivieso

OCSSA007845

PFAM El Temascal

UMM-0, 2017

048

Magdalena Mixtepec

200480004

Santa Catalina Mixtepec

753

OCSSA004461

C.S. Santa Ines del Monte

OCSSA000985

H.G. Oaxaca Dr. Aurelio Valdivieso

OCSSA007845

PFAM El Temascal

UMM-0, 2017

108

San Antonio Huitepec

201080044

La Plazuela

65

OCSSA004461

C.S. Santa Ines del Monte

OCSSA000985

H.G. Oaxaca Dr. Aurelio Valdivieso

OCSSA007845

PFAM El Temascal

UMM-0, 2017

108

San Antonio Huitepec

201080048

Loma de Timbre

94

OCSSA004461

C.S. Santa Ines del Monte

OCSSA000985

H.G. Oaxaca Dr. Aurelio Valdivieso

OCSSA007845

PFAM El Temascal

UMM-0, 2017

108

San Antonio Huitepec

201080047

Tierra Caliente

66

OCSSA004461

C.S. Santa Ines del Monte

OCSSA000985

H.G. Oaxaca Dr. Aurelio Valdivieso

OCSSA007845

PFAM El Temascal

UMM-0, 2017

388

Santa Inés del Monte

203880010

La Cañada

225

OCSSA004461

C.S. Santa Ines del Monte

OCSSA000985

H.G. Oaxaca Dr. Aurelio Valdivieso

OCSSA007845

PFAM El Temascal

UMM-0, 2017

292

San Pablo Cuatro Venados

202920018

El Zacatón

124

OCSSA004461

C.S. Santa Ines del Monte

OCSSA000985

H.G. Oaxaca Dr. Aurelio Valdivieso

OCSSA007845

PFAM El Temascal

UMM-0, 2017

292

San Pablo Cuatro Venados

202920013

La Nevería

98

OCSSA004461

C.S. Santa Ines del Monte

OCSSA000985

H.G. Oaxaca Dr. Aurelio Valdivieso

OCSSA007845

PFAM El Temascal

UMM-0, 2017

292

San Pablo Cuatro Venados

202920023

Santa Bárbara

24

OCSSA004461

C.S. Santa Ines del Monte

OCSSA000985

H.G. Oaxaca Dr. Aurelio Valdivieso

OCSSA007845

PFAM El Temascal

UMM-0, 2017

5

10

2,053

3

1

1

1

1

OCSSA007886

PFAM Palo De Lima

UMM-0, 2017

229

San Lorenzo Texmelúcan

202290003

El Palo de Lima

592

Médico, Enfermera, Promotor

8:00 - 16:00 h

OCSSA007396

C.S. Juan Elotepec

OCSSA003406

H.G. San Pablo Huixtepec Dr. Manuel Velasco Suárez

OCSSA007886

PFAM Palo De Lima

UMM-0, 2017

229

San Lorenzo Texmelúcan

202290007

El Súchil

439

OCSSA007396

C.S. Juan Elotepec

OCSSA003406

OCSSA007886

PFAM Palo De Lima

UMM-0, 2017

277

Villa Sola de Vega

202770032

San Felipe Zapotitlán

172

OCSSA007396

C.S. Juan Elotepec

OCSSA003406

OCSSA007886

PFAM Palo De Lima

UMM-0, 2017

277

Villa Sola de Vega

202770196

La Unión

122

OCSSA007396

C.S. Juan Elotepec

OCSSA003406

OCSSA007886

PFAM Palo De Lima

UMM-0, 2017

277

Villa Sola de Vega

202770121

El Cocoyuche

47

OCSSA007396

C.S. Juan Elotepec

OCSSA003406

OCSSA007886

PFAM Palo De Lima

UMM-0, 2017

277

Villa Sola de Vega

202770128

Yuchía

19

OCSSA007396

C.S. Juan Elotepec

OCSSA003406

OCSSA007886

PFAM Palo De Lima

UMM-0, 2017

277

Villa Sola de Vega

202770170

El Porvenir

25

OCSSA007396

C.S. Juan Elotepec

OCSSA003406

OCSSA007886

PFAM Palo De Lima

UMM-0, 2017

277

Villa Sola de Vega

202770135

La Labor

29

OCSSA007396

C.S. Juan Elotepec

OCSSA003406

OCSSA007886

PFAM Palo De Lima

UMM-0, 2017

277

Villa Sola de Vega

202770124

Las Cuevas

27

OCSSA007396

C.S. Juan Elotepec

OCSSA003406

OCSSA007886

PFAM Palo De Lima

UMM-0, 2017

277

Villa Sola de Vega

202770129

Río Peña

16

OCSSA007396

C.S. Juan Elotepec

OCSSA003406

OCSSA007886

PFAM Palo De Lima

UMM-0, 2017

277

Villa Sola de Vega

202770108

El Duraznillo

21

OCSSA007396

C.S. Juan Elotepec

OCSSA003406

OCSSA007886

PFAM Palo De Lima

UMM-0, 2017

277

Villa Sola de Vega

202770123

Las Trancas

52

OCSSA007396

C.S. Juan Elotepec

OCSSA003406

OCSSA007886

PFAM Palo De Lima

UMM-0, 2017

277

Villa Sola de Vega

202770133

San Juan Viejo

50

OCSSA007396

C.S. Juan Elotepec

OCSSA003406

OCSSA007886

PFAM Palo De Lima

UMM-0, 2017

277

Villa Sola de Vega

202770131

Las Juntas (El Puente)

73

OCSSA007396

C.S. Juan Elotepec

OCSSA003406

OCSSA007886

PFAM Palo De Lima

UMM-0, 2017

277

Villa Sola de Vega

202770072

El Nido

31

OCSSA007396

C.S. Juan Elotepec

OCSSA003406

OCSSA007886

PFAM Palo De Lima

UMM-0, 2017

277

Villa Sola de Vega

202770014

Llano Monte

181

OCSSA007396

C.S. Juan Elotepec

OCSSA003406

OCSSA007886

PFAM Palo De Lima

UMM-0, 2017

2

16

1,896

3

1

1

1

1

OCSSA007850

PFAM El Vergel

UMM-0, 2017

171

San José Tenango

201710102

Barrio San Jerónimo

89

Médico, Enfermera, Promotor

8:00 - 16:00 h

OCSSA001936

C.S San Jerónimo Tecoalt

OCIMO000352

H.R.O. de Huautla de Jiménez

OCSSA007850

PFAM El Vergel

UMM-0, 2017

406

Santa María Chilchotla

204060040

La Chicharra

60

OCSSA001936

C.S San Jerónimo Tecoalt

OCIMO000352

OCSSA007850

PFAM El Vergel

UMM-0, 2017

406

Santa María Chilchotla

204060057

Cerro Potrero

34

OCSSA001936

C.S San Jerónimo Tecoalt

OCIMO000352

OCSSA007850

PFAM El Vergel

UMM-0, 2017

406

Santa María Chilchotla

204060007

Cerro Ocote

81

OCSSA001936

C.S San Jerónimo Tecoalt

OCIMO000352

OCSSA007850

PFAM El Vergel

UMM-0, 2017

406

Santa María Chilchotla

204060026

San Juan

121

OCSSA001936

C.S San Jerónimo Tecoalt

OCIMO000352

OCSSA007850

PFAM El Vergel

UMM-0, 2017

406

Santa María Chilchotla

204060049

Amatlán de los Reyes

83

OCSSA001936

C.S San Jerónimo Tecoalt

OCIMO000352

OCSSA007850

PFAM El Vergel

UMM-0, 2017

406

Santa María Chilchotla

204060071

Emiliano Zapata

52

OCSSA001936

C.S San Jerónimo Tecoalt

OCIMO000352

OCSSA007850

PFAM El Vergel

UMM-0, 2017

406

Santa María Chilchotla

204060025

San José Lindavista

108

OCSSA001936

C.S San Jerónimo Tecoalt

OCIMO000352

OCSSA007850

PFAM El Vergel

UMM-0, 2017

406

Santa María Chilchotla

204060011

Santa María Guadalupe

106

OCSSA001936

C.S San Jerónimo Tecoalt

OCIMO000352

OCSSA007850

PFAM El Vergel

UMM-0, 2017

406

Santa María Chilchotla

204060042

El Vergel

132

OCSSA001936

C.S San Jerónimo Tecoalt

OCIMO000352

OCSSA007850

PFAM El Vergel

UMM-0, 2017

406

Santa María Chilchotla

204060043

Villa Azueta

131

OCSSA001936

C.S San Jerónimo Tecoalt

OCIMO000352

OCSSA007850

PFAM El Vergel

UMM-0, 2017

2

11

997

3

1

1

1

1

OCSSA014085

Unidad Médica Móvil Cuauhtemoc Guadalupe

UMM-0, 2012

265

San Miguel Chimalapa

202650005

Cuauhtémoc Guadalupe

407

Médico, Enfermera, Promotor

8:00 - 16:00 h

OCSSA006001

C.S Pascual Fuentes Jicaró

OCSSA003826

H.B.C. San Pedro Tapanatepec

OCSSA014085

Unidad Médica Móvil Cuauhtemoc Guadalupe

UMM-0, 2012

265

San Miguel Chimalapa

202650040

El Palmar

111

OCSSA006001

C.S Pascual Fuentes Jicaró

OCSSA003826

OCSSA014085

Unidad Médica Móvil Cuauhtemoc Guadalupe

UMM-0, 2012

265

San Miguel Chimalapa

202650038

Río Grande

34

OCSSA006001

C.S Pascual Fuentes Jicaró

OCSSA003826

OCSSA014085

Unidad Médica Móvil Cuauhtemoc Guadalupe

UMM-0, 2012

265

San Miguel Chimalapa

202650044

La Compuerta

51

OCSSA006001

C.S Pascual Fuentes Jicaró

OCSSA003826

OCSSA014085

Unidad Médica Móvil Cuauhtemoc Guadalupe

UMM-0, 2012

265

San Miguel Chimalapa

202650015

Las Cruces

67

OCSSA006001

C.S Pascual Fuentes Jicaró

OCSSA003826

OCSSA014085

Unidad Médica Móvil Cuauhtemoc Guadalupe

UMM-0, 2012

066

Santiago Niltepec

200660008

La Represa

30

OCSSA006001

C.S Pascual Fuentes Jicaró

OCSSA003826

OCSSA014085

Unidad Médica Móvil Cuauhtemoc Guadalupe

UMM-0, 2012

143

San Francisco Ixhuatán

201430008

Cerro Grande

581

OCSSA006001

C.S Pascual Fuentes Jicaró

OCSSA003826

OCSSA014085

Unidad Médica Móvil Cuauhtemoc Guadalupe

UMM-0, 2012

327

San Pedro Tapanatepec

203270045

Revolución 20 de Noviembre

295

OCSSA006001

C.S Pascual Fuentes Jicaró

OCSSA003826

OCSSA014085

Unidad Médica Móvil Cuauhtemoc Guadalupe

UMM-0, 2012

525

Santo Domingo Zanatepec

205250032

Colonia Buena Vista

85

OCSSA006001

C.S Pascual Fuentes Jicaró

OCSSA003826

OCSSA014085

Unidad Médica Móvil Cuauhtemoc Guadalupe

UMM-0, 2012

525

Santo Domingo Zanatepec

205250002

Cabresteada

194

OCSSA006001

C.S Pascual Fuentes Jicaró

OCSSA003826

OCSSA014085

Unidad Médica Móvil Cuauhtemoc Guadalupe

UMM-0, 2012

525

Santo Domingo Zanatepec

205250003

Carlos Ramos

93

OCSSA006001

C.S Pascual Fuentes Jicaró

OCSSA003826

OCSSA014085

Unidad Médica Móvil Cuauhtemoc Guadalupe

UMM-0, 2012

5

11

1,948

3

1

1

1

1

OCSSA014145

Unidad Médica Móvil Tierra Blanca

UMM-0, 2014

439

Santa María Tonameca

204390042

Frutilla

117

Médico, Enfermera, Promotor

8:00 - 16:00 h

OCSSA004946

C.S Santa María Tonameca

OCSSA003715

H.G. de San Pedro Pochutla

OCSSA014145

Unidad Médica Móvil Tierra Blanca

UMM-0, 2014

439

Santa María Tonameca

204390090

Rincón Bonito

326

OCSSA004946

C.S Santa María Tonameca

OCSSA003715

H.G. de San Pedro Pochutla

OCSSA014145

Unidad Médica Móvil Tierra Blanca

UMM-0, 2014

439

Santa María Tonameca

204390109

El Tigrero

275

OCSSA004946

C.S Santa María Tonameca

OCSSA003715

H.G. de San Pedro Pochutla

OCSSA014145

Unidad Médica Móvil Tierra Blanca

UMM-0, 2014

439

Santa María Tonameca

204390080

Charco de Agua

254

OCSSA004946

C.S Santa María Tonameca

OCSSA003715

H.G. de San Pedro Pochutla

OCSSA014145

Unidad Médica Móvil Tierra Blanca

UMM-0, 2014

439

Santa María Tonameca

204390087

Piedra Sepultura Miramar

153

OCSSA004946

C.S Santa María Tonameca

OCSSA003715

H.G. de San Pedro Pochutla

OCSSA014145

Unidad Médica Móvil Tierra Blanca

UMM-0, 2014

439

Santa María Tonameca

204390085

Piedra Ancha

138

OCSSA004946

C.S Santa María Tonameca

OCSSA003715

H.G. de San Pedro Pochutla

OCSSA014145

Unidad Médica Móvil Tierra Blanca

UMM-0, 2014

439

Santa María Tonameca

204390096

Yerba Santa

288

OCSSA004946

C.S Santa María Tonameca

OCSSA003715

H.G. de San Pedro Pochutla

OCSSA014145

Unidad Médica Móvil Tierra Blanca

UMM-0, 2014

439

Santa María Tonameca

204390130

Agua Dulce

97

OCSSA004946

C.S Santa María Tonameca

OCSSA003715

H.G. de San Pedro Pochutla

OCSSA014145

Unidad Médica Móvil Tierra Blanca

UMM-0, 2014

509

Santo Domingo de Morelos

205090012

Yerba Santa

610

OCSSA004946

C.S Santa María Tonameca

OCSSA003715

H.G. de San Pedro Pochutla

OCSSA014145

Unidad Médica Móvil Tierra Blanca

UMM-0, 2014

439

Santa María Tonameca

204390139

Barranca Honda

72

OCSSA004946

C.S Santa María Tonameca

OCSSA003715

H.G. de San Pedro Pochutla

OCSSA014145

Unidad Médica Móvil Tierra Blanca

UMM-0, 2014

509

Santo Domingo de Morelos

205090006

Las Cuevas

612

OCSSA004946

C.S Santa María Tonameca

OCSSA003715

H.G. de San Pedro Pochutla

OCSSA014145

Unidad Médica Móvil Tierra Blanca

UMM-0, 2014

2

11

2,942

3

1

1

1

1

OCSSA014130

Unidad Médica Móvil Santo Domingo Ticú

UMM-0, 2013

016

Coicoyán de las Flores

200160014

Cerro de Aire (yucutachi)

165

Médico, Enfermera, Promotor

8:00 - 16:00 h

OCSSA019115

C.S Lazáro Cardenas Yucunicoco

OCIMO004050

H.R.O. de Santiago Juxtlahuaca

OCSSA014130

Unidad Médica Móvil Santo Domingo Ticú

UMM-0, 2013

016

Coicoyán de las Flores

200160003

El Jicaral

1,494

OCSSA019115

C.S Lazáro Cardenas Yucunicoco

OCIMO004050

H.R.O. de Santiago Juxtlahuaca

OCSSA014130

Unidad Médica Móvil Santo Domingo Ticú

UMM-0, 2013

016

Coicoyán de las Flores

200160017

yutiotoso

127

OCSSA019115

C.S Lazáro Cardenas Yucunicoco

OCIMO004050

H.R.O. de Santiago Juxtlahuaca

OCSSA014130

Unidad Médica Móvil Santo Domingo Ticú

UMM-0, 2013

016

Coicoyán de las Flores

200160002

Coyul

897

OCSSA019115

C.S Lazáro Cardenas Yucunicoco

OCIMO004050

H.R.O. de Santiago Juxtlahuaca

OCSSA014130

Unidad Médica Móvil Santo Domingo Ticú

UMM-0, 2013

016

Coicoyán de las Flores

200160012

Río Alumbrado

367

OCSSA019115

C.S Lazáro Cardenas Yucunicoco

OCIMO004050

H.R.O. de Santiago Juxtlahuaca

OCSSA014130

Unidad Médica Móvil Santo Domingo Ticú

UMM-0, 2013

1

5

3,050

3

1

1

1

1

45

45

45

97

437

81,850

142

29

29

23

23

*Notas: En el ejercicio 2021, las UMM-3 operarán como UMM-2, de conformidad con lo establecido en el numeral 5.9, fracción IV de las Reglas de Operación vigentes.

El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para cubrir los gastos de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $22,827,776.51 (Veintidós millones ochocientos veintisiete mil setecientos setenta y seis pesos 51/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, por conducto de la Secretaría de Finanzas, la Secretaría de Salud y los Servicios de Salud de Oaxaca.

ANEXO 6 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200

INDICADORES DE DESEMPEÑO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS 2021

Entidad Federativa

Consultas de primera vez por diagnóstico y/o tratamiento reportadas en IG* en el periodo

Consultas de primera vez por diagnóstico y/o tratamiento reportadas en DGIS*

Consultas subsecuentes reportadas en IG* en el periodo

Consultas subsecuentes reportadas en DGIS*

Acciones al individuo + acciones a la comunidad reportadas en IG* en el periodo

Acciones al individuo + acciones a la comunidad reportadas en DGIS*

Muertes maternas por lugar de origen en el periodo

Trimestre:

TABLA 1. PIRÁMIDE POBLACIONAL (COBERTURA OBJETIVO UNIDADES MÉDICAS MÓVILES)

Cobertura Operativa por trimestre

Hombres

Rango de Edad

Mujeres

Hombres+Mujeres

70 y más

1er

65 a 69

2do

60 a 64

3er

55 a 59

4to

50 a 54

Total

45 a 49

40 a 44

Causa de diferencia entre cifras de IG* (Informe Gerencial) y plataforma de la DGIS* (Dirección General de Información en Salud)

35 a 39

Consultas de 1ra vez por diagnóstico o tratamiento

30 a 34

25 a 29

20 a 24

Consultas subsecuentes

15 a 19

10 a 14

5 a 9

Acciones al individuo y acciones a la comunidad

2 a 4 años

1 año

< de 1 año

Fecha de la consulta en DGIS (ddmmaa):

Total

Otros comentarios

Población de Anexo 5

Supervisor Estatal (nombre y firma)

Responsable de Integración

Coordinador Estatal (nombre y firma)

Responsable de Validación

El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para cubrir los gastos de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $22,827,776.51 (Veintidós millones ochocientos veintisiete mil setecientos setenta y seis pesos 51/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, por conducto de la Secretaría de Finanzas, la Secretaría de Salud y los Servicios de Salud de Oaxaca.

ANEXO 6 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200

INDICADORES DE DESEMPEÑO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS 2021

Entidad Federativa:

Trimestre :

Fecha de revisión: INSABI

I. Control Nutricional

ALCANZADO AL PERIODO

REALIZADO

1er. Trimestre

2do. Trimestre

3er. Trimestre

4to. Trimestre

(N/D) *100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D) *100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D) *100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D) *100

Numerador (N)

Denominador (D)

1.1

Porcentaje de niños con obesidad y sobrepeso

1.2

Porcentaje de niños con peso para la talla normal

1.3

Porcentaje de niños con desnutrición leve

1.4

Porcentaje de niños con desnutrición moderada

1.5

Porcentaje de niños con desnutrición grave

1.6

Porcentaje de niños con recuperados de desnutrición

II. Enfermedades Diarreicas Agudas en menores de cinco años

ALCANZADO AL PERIODO

REALIZADO

1er. Trimestre

2do. Trimestre

3er. Trimestre

4to. Trimestre

(N/D)

*100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D)

*100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D)

*100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D) *100

Numerador (N)

Denominador (D)

2.1

Porcentaje de enfermedades diarreicas agudas de primera vez en menores de cinco años

2.2

Porcentaje de casos de enfermedades diarreicas agudas en menores de cinco años que requirieron plan A

2.3

Porcentaje madres capacitadas en enfermedades diarreicas agudas

III. Enfermedades Respiratoria Agudas en menores de cinco años

ALCANZADO AL PERIODO

REALIZADO

1er. Trimestre

2do. Trimestre

3er. Trimestre

4to. Trimestre

(N/D) *100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D)*100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D)*100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D) *100

Numerador (N)

Denominador (D)

3.1

Porcentaje de infecciones respiratorias agudas en menores de cinco años

3.2

Porcentaje de casos de infecciones respiratorias agudas en menores de cinco años que requirieron antibiótico

3.3

Porcentaje madres capacitadas en infecciones respiratorias agudas

IV. Diabetes Mellitus

ALCANZADO AL PERIODO

REALIZADO

1er. Trimestre

2do. Trimestre

3er. Trimestre

4to. Trimestre

(N/D) *100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D)*100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D)*100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D) *100

Numerador (N)

Denominador (D)

4.1

Porcentaje de pacientes con Diabetes Mellitus en tratamiento

4.2

Porcentaje de pacientes con Diabetes Mellitus controlados

4.3

Porcentaje de casos nuevos de Diabetes Mellitus

4.4

Porcentaje de detecciones para Diabetes Mellitus

V. Hipertensión Arterial Sistémica

ALCANZADO AL PERIODO

REALIZADO

1er. Trimestre

2do. Trimestre

3er. Trimestre

4to. Trimestre

(N/D) *100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D) *100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D) *100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D) *100

Numerador (N)

Denominador (D)

5.1

Porcentaje de pacientes con Hipertensión Arterial Sistémica en tratamiento

5.2

Porcentaje de pacientes con Hipertensión Arterial Sistémica controlados

5.3

Porcentaje de casos nuevos de Hipertensión Arterial Sistémica

5.4

Porcentaje de detecciones para Hipertensión Arterial Sistémica

VI. Obesidad

ALCANZADO AL PERIODO

REALIZADO

1er. Trimestre

2do. Trimestre

3er. Trimestre

4to. Trimestre

(N/D)

*100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D)

*100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D)

*100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D) *100

Numerador (N)

Denominador (D)

6.1

Porcentaje de pacientes con Obesidad en tratamiento

6.2

Porcentaje de pacientes con Obesidad controlados

6.3

Porcentaje de casos nuevos de Obesidad

6.4

Porcentaje de detecciones para Obesidad

VII. Dislipidemias

ALCANZADO AL PERIODO

REALIZADO

1er. Trimestre

2do. Trimestre

3er. Trimestre

4to. Trimestre

(N/D)*100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D)*100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D)*100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D)

*100

Numerador (N)

Denominador (D)

7.1

Porcentaje de pacientes con Dislipidemias en tratamiento

7.2

Porcentaje de pacientes con Dislipidemias controlados

7.3

Porcentaje de casos nuevos de Dislipidemias

7.4

Porcentaje de detecciones para Dislipidemias

VIII. Síndrome Metabólico

ALCANZADO AL PERIODO

REALIZADO

1er. Trimestre

2do. Trimestre

3er. Trimestre

4to. Trimestre

(N/D)*100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D)*100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D)*100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D)

*100

Numerador (N)

Denominador (D)

8.1

Porcentaje de pacientes con Síndrome metabólico en tratamiento

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

8.2

Porcentaje de pacientes con Síndrome metabólico controlados

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

8.3

Porcentaje de casos nuevos de Síndrome metabólico

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

IX. Cáncer Cervicouterino

ALCANZADO AL PERIODO

REALIZADO

1er. Trimestre

2do. Trimestre

3er. Trimestre

4to. Trimestre

(N/D)

*100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D)

*100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D)

*100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D) *100

Numerador (N)

Denominador (D)

9.1

Porcentaje de detecciones oportunas de cáncer cérvico uterino

9.2

Porcentaje de detecciones de Virus de Papiloma Humano

9.3

Cobertura de tamizaje en mujeres de 25 a 64 años con citología o prueba de VPH

9.4

Porcentaje de casos nuevos de Displasia (leve, moderada y severa)

9.5

Tasa de detección de cáncer cérvico uterino

X. Cáncer de Mama

ALCANZADO AL PERIODO

REALIZADO

1er. Trimestre

2do. Trimestre

3er. Trimestre

4to. Trimestre

(N/D) *100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D) *100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D) *100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D) *100

Numerador (N)

Denominador (D)

10.1

Cobertura de tamizaje en mujeres de 25 a 39 años con exploración clínica de mama

10.2

Tasa de detección de cáncer de mama

XI. Control Prenatal y Puerperio

ALCANZADO AL PERIODO

REALIZADO

1er. Trimestre

2do. Trimestre

3er. Trimestre

4to. Trimestre

(N/D)

*100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D)

*100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D)

*100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D) *100

Numerador (N)

Denominador (D)

11.1

Porcentaje de detecciones de mujeres embarazadas en el primer trimestre de gestación

11.2

Proporción de consultas a mujeres embarazadas

11.3

Porcentaje de mujeres con embarazo de alto riesgo de primera vez

11.4

Porcentaje de mujeres con embarazo de alto riesgo de primera vez referidas a segundo o tercer nivel

11.5

Proporción de consultas de seguimiento a puérperas

XII. Prevención de defectos al nacimiento

ALCANZADO AL PERIODO

REALIZADO

1er. Trimestre

2do. Trimestre

3er. Trimestre

4to. Trimestre

(N/D)*100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D)*100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D)*100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D)

*100

Numerador (N)

Denominador (D)

12.1

Porcentaje de mujeres en edad fértil que recibieron Ácido Fólico

XIII. Planificación Familiar

ALCANZADO AL PERIODO

REALIZADO

1er. Trimestre

2do. Trimestre

3er. Trimestre

4to. Trimestre

(N/D)*100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D)*100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D)*100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D)

*100

Numerador (N)

Denominador (D)

13.1

Porcentaje de usuarios activos de planificación familiar

13.2

Porcentaje de puérperas aceptantes de planificación familiar

XIV. Atención Odontológica

ALCANZADO AL PERIODO

REALIZADO

1er. Trimestre

2do. Trimestre

3er. Trimestre

4to. Trimestre

(N/D)

*100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D)

*100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D)

*100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D) *100

Numerador (N)

Denominador (D)

14.1

Proporción del uso de consultorios dentales

14.2

Porcentaje de acciones preventivas odontológicas

14.3

Porcentaje de acciones curativas odontológicas

XV. Vacunación

ALCANZADO AL PERIODO

REALIZADO

1er. Trimestre

2do. Trimestre

3er. Trimestre

4to. Trimestre

(N/D) *100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D) *100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D) *100

Numerador (N)

Denominador (D)

(N/D) *100

Numerador (N)

Denominador (D)

15.1

Porcentaje de vacunación en embarazadas

15.2

Porcentaje de vacunación en menores de 9 años

El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para cubrir los gastos de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $22,827,776.51 (Veintidós millones ochocientos veintisiete mil setecientos setenta y seis pesos 51/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, por conducto de la Secretaría de Finanzas, la Secretaría de Salud y los Servicios de Salud de Oaxaca.

ANEXO 6 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200

INDICADORES DE DESEMPEÑO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS 2021

CAUSAS POR LAS QUE SE OBTUVIERON LOS RESULTADOS

ACCIONES PARA MEJORAR RESULTADOS OBTENIDOS

I

1.1

1.2

1.3

1.4

1.5

1.6

II

2.1

2.2

2.3

III

3.1

3.2

3.3

IV

4.1

4.2

4.3

4.4

V

5.1

5.2

5.3

5.4

VI

6.1

6.2

6.3

6.4

VII

7.1

7.2

7.3

7.4

VIII

8.1

8.2

8.3

IX

9.1

9.2

9.3

9.4

9.5

X

10.1

10.2

XI

11.1

11.2

11.3

11.4

11.5

XII

12.1

XIII

13.1

13.2

XIV

14.1

14.2

14.3

XV

15.1

15.2

El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para cubrir los gastos de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $22,827,776.51 (Veintidós millones ochocientos veintisiete mil setecientos setenta y seis pesos 51/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, por conducto de la Secretaría de Finanzas, la Secretaría de Salud y los Servicios de Salud de Oaxaca.

ANEXO 7 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200

GASTOS ADMINISTRATIVOS POR PARTIDA PRESUPUESTARIA

PARTIDA DE GASTO

ASIGNACIONES DESTINADAS A CUBRIR LOS GASTOS POR CONCEPTO DE:

12101

HONORARIOS

Asignaciones destinadas a cubrir el pago por la prestación de servicios contratados con personas físicas, como profesionistas, técnicos, expertos y peritos, entre otros, por estudios, obras o trabajos determinados que correspondan a su especialidad. Honorarios asimilados a salarios derivado de la prestación de servicios del personal gerencial y operativo del programa FAM.

13202

GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO

Asignaciones por concepto de gratificación de fin de año al personal operativo y gerencial del Programa FAM en las entidades federativas.

33604

IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES

Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios de impresión y elaboración de material informativo (folletos, calcomanías, trípticos, carteles, manuales, reglas de operación, etc.) que forma parte de los instrumentos de apoyo para la realización de los programas presupuestarios de las dependencias y entidades distintos a los de comunicación social y publicidad.

37101*

PASAJES ÁEREOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN

Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo en comisiones oficiales temporales dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, derivado de la realización de labores en campo o de supervisión e inspección en lugares distintos a los de su adscripción, en cumplimiento de la función pública. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades de los servidores públicos. Excluye los arrendamientos de vehículos aéreos, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.

37103*

PASAJES ÁEREOS NACIONALES ASOCIADOS A DESASTRES NATURALES

Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales. Excluye los arrendamientos de vehículos aéreos comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.

37104*

PASAJES ÁEREOS NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS DE MANDO EN EL DESEMPEÑO DE COMISIONES Y FUNCIONES OFICIALES

Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte aéreo en comisiones oficiales temporales dentro del país en lugares distintos a los de su adscripción de servidores públicos de mando de las dependencias y entidades, en cumplimiento de la función pública, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37101 Pasajes aéreos nacionales para labores en campo y de supervisión, 37102 Pasajes aéreos nacionales asociados a los programas de seguridad pública y nacional y 37103 Pasajes aéreos nacionales asociados a desastres naturales, de este Clasificador. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades y el pago de pasajes para familiares en los casos previstos por las disposiciones generales aplicables. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, aéreos, marítimos, lacustres y fluviales, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.

37201 *

PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN

Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre en comisiones oficiales temporales dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, derivado de la realización de labores en campo o de supervisión e inspección en lugares distintos a los de su adscripción, en cumplimiento de la función pública. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades de los servidores públicos. Incluye los gastos para pasajes del personal operativo que realiza funciones de reparto y entrega de mensajería, y excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.

37203 *

PASAJES TERRESTRES NACIONALES ASOCIADOS A DESASTRES NATURALES

Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre dentro del país de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento.

37204 *

PASAJES TERRESTRES NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS DE MANDO EN EL DESEMPEÑO DE COMISIONES Y FUNCIONES OFICIALES

Asignaciones destinadas a cubrir los gastos de transporte terrestre en comisiones oficiales temporales dentro del país en lugares distintos a los de su adscripción de servidores públicos de mando de las dependencias y entidades, en cumplimiento de la función pública, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37201 Pasajes terrestres nacionales para labores en campo y de supervisión, 37202 Pasajes terrestres nacionales asociados a los programas de seguridad pública y nacional y 37203 Pasajes terrestres nacionales asociados a desastres naturales, de este Clasificador. Incluye el pago de guías para facilitar las funciones o actividades y el pago de pasajes para familiares en los casos previstos por las disposiciones generales aplicables. Excluye los arrendamientos de vehículos terrestres, comprendidos en el concepto 3200 Servicios de arrendamiento

37501 *

VIÁTICOS NACIONALES PARA LABORES EN CAMPO Y DE SUPERVISIÓN

Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, derivado de la realización de labores de campo o supervisión e inspección, en lugares distintos a los de su adscripción. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos. Excluye los gastos contemplados en las partidas 37101 y 37201.

37503 *

VIÁTICOS NACIONALES ASOCIADOS A DESASTRES NATURALES

Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en caso de desastres naturales, en lugares distintos a los de su adscripción. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos. Excluye los gastos contemplados en las partidas 37103 y 37203.

37504 *

VIÁTICOS NACIONALES PARA SERVIDORES PÚBLICOS EN EL DESEMPEÑO DE FUNCIONES OFICIALES

Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por concepto de alimentación y hospedaje de servidores públicos de las dependencias y entidades, en el desempeño de comisiones temporales dentro del país, en lugares distintos a los de su adscripción, cuando las comisiones no correspondan con las previstas en las partidas 37501, 37502, 37503, 37104 y 37204. Esta partida incluye los gastos de camino aplicándose las cuotas diferenciales que señalen tabuladores respectivos.

37901 *

GASTOS PARA OPERATIVOS Y TRABAJOS DE CAMPO EN ÁREAS RURALES

Asignaciones destinadas a cubrir los gastos que realizan las dependencias y entidades, por la estadía de servidores públicos que se origina con motivo del levantamiento de censos, encuestas, y en general trabajos en campo para el desempeño de funciones oficiales, cuando se desarrollen en localidades que no cuenten con establecimientos que brinden servicios de hospedaje y alimentación, y no sea posible cumplir con los requisitos de otorgamiento de viáticos y pasajes previstos en las partidas del concepto 3700.

39202

OTROS IMPUESTOS Y DERECHOS

Asignaciones destinadas a cubrir otra clase de impuestos y derechos tales como gastos de escrituración, legislación de exhortos notariales, de registro público de la propiedad, tenencias y canje de placas de vehículos oficiales, diligencias judiciales, derechos y gastos de navegación de aterrizaje y despegue de aeronaves, de verificación, certificación y demás impuestos y derechos conforme a las disposiciones aplicables. Excluye el impuesto sobre la renta que las dependencias retienen y registran contra las partidas correspondientes del Capítulo 1000 “Servicios Personales”.

* PARTIDAS DEL CONCEPTO 3700 SERVICIOS DE TRASLADO Y VIÁTICOS, SE AUTORIZA LA APLICACIÓN DE RECURSOS PARA CUBRIR LOS GASTOS DE ESTAS PARTIDAS PARA COORDINADOR, SUPERVISORES Y ENLACE ADMINISTRATIVO.

EN EL CASO DEL PERSONAL OPERATIVO, SE PODRÁ HACER USO DE ESTAS PARTIDAS, SIEMPRE Y CUANDO SEA CONVOCADO POR "EL INSABI" (UCNM)

El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para cubrir los gastos de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $22,827,776.51 (Veintidós millones ochocientos veintisiete mil setecientos setenta y seis pesos 51/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, por conducto de la Secretaría de Finanzas, la Secretaría de Salud y los Servicios de Salud de Oaxaca.

ANEXO 7A DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200

APLICACIÓN DE RENDIMIENTOS FINANCIEROS POR PARTIDA PRESUPUESTARIA

PARTIDA DE GASTO

ASIGNACIONES DESTINADAS A CUBRIR LOS GASTOS POR CONCEPTO DE:

21101

MATERIALES Y ÚTILES DE OFICINA

Asignaciones destinadas a la adquisición de materiales y artículos diversos de oficina, para el uso en las unidades médicas móviles federales, tales como: artículos papelería, libretas, carpetas, útiles de escritorio como engrapadoras, perforadoras, sacapuntas, entre otros.

26102

COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS

Asignaciones destinadas a la adquisición de gasolina para vehículos federales (unidades médicas móviles) del Programa FAM.

27101

VESTUARIO Y UNIFORMES

Asignaciones destinadas a la adquisición de prendas y accesorios de vestir: camisas, pantalones, calzado; uniformes e insignias para el personal de las unidades médicas móviles federales del Programa FAM.

29501

REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO

Asignaciones destinadas a la adquisición de refacciones y accesorios para todo tipo de aparatos e instrumentos médicos y de laboratorio (electrocardiógrafos, ultrasonido, piezas de mano de alta y baja velocidad dentales, esterilizadores (autoclave), equipo de rayos x dental, baumanómetro, fonodetectores de latidos fetales, estuche de diagnóstico), entre otros correspondientes a las unidades médicas móviles federales del Programa FAM.

29601

REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE

Asignaciones destinadas a la adquisición de autopartes de equipo de transporte tales como: llantas, suspensiones, sistemas de frenos, partes eléctricas, alternadores, distribuidores, partes de suspensión y dirección, marchas, embragues, retrovisores, tapetes, limpiadores, volantes, gatos hidráulicos o mecánicos de las unidades médicas móviles federales del Programa FAM.

33401

SERVICIOS PARA CAPACITACIÓN A SERVIDORES PÚBLICOS

Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios profesionales que se contraten con personas físicas y morales por concepto de preparación e impartición de cursos de capacitación y/o actualización de los servidores públicos, en territorio nacional, en cumplimiento de los programas anuales de capacitación que establezcan en el Programa conforme al numeral 6.5.3 de la Reglas de Operación 2021.

33604

IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES

Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios de impresión y elaboración de material informativo (folletos, calcomanías, trípticos, carteles, manuales, reglas de operación, etc.) que forma parte de los instrumentos de apoyo para la realización de los programas presupuestarios de las dependencias y entidades distintos a los de comunicación social y publicidad.

35401

INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO.

Asignaciones destinadas a cubrir los gastos por servicios de instalación, reparación y mantenimiento de equipo e instrumental médico y de laboratorio (electrocardiógrafos, ultrasonido, piezas de mano de alta y baja velocidad dentales, esterilizadores (autoclave), equipo de rayos x dental, baumanómetro, fonodetectores de latidos fetales, estuche de diagnóstico, entre otros), de las unidades médicas móviles federales del Programa FAM.

35501

MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES.

Asignaciones destinadas a cubrir el costo de los servicios de mantenimiento y conservación de unidades médicas móviles federales del Programa FAM y su planta de luz o de emergencia.

El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para cubrir los gastos de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $22,827,776.51 (Veintidós millones ochocientos veintisiete mil setecientos setenta y seis pesos 51/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, por conducto de la Secretaría de Finanzas, la Secretaría de Salud y los Servicios de Salud de Oaxaca.

ANEXO 8 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200

PERSONAL EN EL ESTADO DE OAXACA

PERSONAL AUTORIZADO PARA CONTRATACIÓN POR HONORARIOS ASIMILADOS A SALARIOS, DERIVADO DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL PERSONAL GERENCIAL Y OPERATIVO DEL PROGRAMA.

DESCRIPCIÓN

No.

PAGO DE HONORARIOS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS (BRUTO MENSUAL)

PARTE PROPORCIONAL DE GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO

SUBTOTAL

PERIODO DE CONTRATACIÓN

TOTAL DE PERCEPCIONES

COORDINADOR (DIR. ÁREA "A")

1

$ 47,973.69

$5,330.41

$ 53,304.10

12

$639,649.20

SUPERVISOR (JEFE DE DEPTO. RAMA MÉDICA "A")

4

$ 33,531.45

$ 3,725.72

$ 37,257.17

12

$1,788,344.16

ENLACE ADMINISTRATIVO

1

$ 17,500.00

$ 1,944.44

$ 19,444.44

12

$233,333.28

 

$2,661,326.64

UNIDAD MÓVIL TIPO 0

DESCRIPCIÓN

No.

PAGO DE HONORARIOS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS (BRUTO MENSUAL)

PARTE PROPORCIONAL DE GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO

SUBTOTAL

PERIODO DE CONTRATACIÓN

TOTAL DE PERCEPCIONES

ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"

37

$ 15,475.99

$ 1,719.55

$ 17,195.54

12

$7,634,819.76

PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO “A”)

37

$ 12,918.11

$ 1,435.35

$ 14,353.46

12

$6,372,936.24

 

$14,007,756.00

UNIDAD MÓVIL TIPO 1

DESCRIPCIÓN

No.

PAGO DE HONORARIOS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS (BRUTO MENSUAL)

PARTE PROPORCIONAL DE GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO

SUBTOTAL

PERIODO DE CONTRATACIÓN

TOTAL DE PERCEPCIONES

ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"

1

$ 15,475.99

$ 1,719.55

$ 17,195.54

12

$206,346.48

PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO “A”)

1

$ 12,918.11

$ 1,435.35

$ 14,353.46

12

$172,241.52

 

$378,588.00

UNIDAD MÓVIL TIPO 2

DESCRIPCIÓN

No.

PAGO DE HONORARIOS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS (BRUTO MENSUAL)

PARTE PROPORCIONAL DE GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO

SUBTOTAL

PERIODO DE CONTRATACIÓN

TOTAL DE PERCEPCIONES

ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"

5

$ 15,475.99

$ 1,719.55

$ 17,195.54

12

$1,031,732.40

PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO “A”)

5

$ 12,918.11

$ 1,435.35

$ 14,353.46

12

$861,207.60

CIRUJANO DENTISTA "A"

5

$ 23,854.32

$ 2,650.48

$ 26,504.80

12

$1,590,288.00

 

$3,483,228.00

UNIDAD MÓVIL TIPO 3 (En el ejercicio 2021 estas unidades operarán como UMM-2.)

DESCRIPCIÓN

No.

PAGO DE HONORARIOS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS (BRUTO MENSUAL)

PARTE PROPORCIONAL DE GRATIFICACIÓN DE FIN DE AÑO

SUBTOTAL

PERIODO DE CONTRATACIÓN

TOTAL DE PERCEPCIONES

ENFERMERA GENERAL TITULADA "A"

2

$ 15,475.99

$ 1,719.55

$ 17,195.54

12

$412,692.96

PROMOTOR (SOPORTE ADMINISTRATIVO “A”)

2

$ 12,918.11

$ 1,435.35

$ 14,353.46

12

$344,483.04

CIRUJANO DENTISTA "A"

2

$ 23,854.32

$ 2,650.48

$ 26,504.80

12

$636,115.20

 

$1,393,291.20

 

 

TOTAL

$21,924,189.84

El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para cubrir los gastos de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $22,827,776.51 (Veintidós millones ochocientos veintisiete mil setecientos setenta y seis pesos 51/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, por conducto de la Secretaría de Finanzas, la Secretaría de Salud y los Servicios de Salud de Oaxaca.

ANEXO 9 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200

REPORTE DE RENDIMIENTOS FINANCIEROS 2021

ENTIDAD FEDERATIVA: TRIMESTRE:

MES:

SECRETARIA DE FINANZAS

SERVICIOS DE SALUD

TOTAL

RENDIMIENTOS GENERADOS NETOS

No. CUENTA PRODUCTIVA

No. DE CUENTA PRODUCTIVA

ENERO

FEBRERO

MARZO

ABRIL

MAYO

JUNIO

JULIO

AGOSTO

SEPTIEMBRE

OCTUBRE

NOVIEMBRE

DICIEMBRE

MONTO TRIMESTRAL

$ -

$ -

$ -

MONTO TOTAL ACUMULABLE

$ -

$ -

$ -

*ENVIAR DENTRO DE LOS 10 DÍAS HÁBILES POSTERIORES AL TÉRMINO DEL TRIMESTRE CORRESPONDIENTE.

RESPONSABLE DE LA ELABORACIÓN

DIRECTOR ADMINISTRATIVO DE LOS SERVICIOS DE SALUD (O SU EQUIVALENTE)

SECRETARIO DE SALUD O DIRECTOR DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE LA ENTIDAD (O SU EQUIVALENTE)

El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para cubrir los gastos de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $22,827,776.51 (Veintidós millones ochocientos veintisiete mil setecientos setenta y seis pesos 51/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, por conducto de la Secretaría de Finanzas, la Secretaría de Salud y los Servicios de Salud de Oaxaca.

ANEXO 10 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200

CIERRE PRESUPUESTARIO EJERCICIO 2021

Capítulo de gasto

Presupuesto autorizado

Presupuesto modificado

Presupuesto ejercido (comprobado)

Reintegro TESOFE (1)

No. Cuenta

Rendimientos generados

Rendimientos ejercidos

Rendimientos reintegrados a TESOFE (2)

1000

No. Cuenta Secretaría de Finanzas

3000

No. Cuenta Servicios de Salud

Total

Total

RESPONSABLE DE LA ELABORACIÓN

DIRECTOR ADMINISTRATIVO DE LOS SERVICIOS DE SALUD (O SU EQUIVALENTE)

SECRETARIO DE SALUD O DIRECTOR DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE LA ENTIDAD (O SU EQUIVALENTE)

NOTAS:

(1) Deberá especificar el número de línea de captura TESOFE de reintegro presupuestal y anexar copia del recibo de pago correspondiente al monto reintegrado.

(2) Deberá especificar el número de línea de captura TESOFE de reintegro de rendimientos financieros y anexar copia del recibo de pago correspondiente al monto reintegrado.

El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para cubrir los gastos de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $22,827,776.51 (Veintidós millones ochocientos veintisiete mil setecientos setenta y seis pesos 51/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, por conducto de la Secretaría de Finanzas, la Secretaría de Salud y los Servicios de Salud de Oaxaca.

ANEXO 11 DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS, PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA S200

PROGRAMA DE VISITAS DE SUPERVISIÓN A REALIZAR EN EL ESTADO DE OAXACA

PERIODO DE VISITA:

DEL MES DE: ABRIL A DICIEMBRE 2021

De conformidad con el Modelo de Supervisión Federal se podrán realizar visitas, en cumplimiento de lo especificado en las Cláusulas TERCERA fracciones I, III y V y Octava fracción III del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, que celebran el Instituto de Salud para el Bienestar y el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca con el propósito de verificar la operación y el uso adecuado de los recursos presupuestarios transferidos con carácter de subsidios por la cantidad de $22,827,776.51 (Veintidós millones ochocientos veintisiete mil setecientos setenta y seis pesos 51/100 M.N.), así como el estado general que guarden los bienes dados en comodato del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200. Por lo que, con tal finalidad, las autoridades de “LA ENTIDAD” se comprometen a proporcionar toda la documentación necesaria y permitir el acceso a los archivos correspondientes al Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200.

El presente Anexo forma parte integrante del Convenio Específico de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el carácter de subsidios, para cubrir los gastos de Operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200, por la cantidad de $22,827,776.51 (Veintidós millones ochocientos veintisiete mil setecientos setenta y seis pesos 51/100 M.N.), que celebran por una parte el Instituto de Salud para el Bienestar y por la otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, por conducto de la Secretaría de Finanzas, la Secretaría de Salud y los Servicios de Salud de Oaxaca.

Firmas de los anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 7A, 8, 9, 10 y 11 del Convenio Específico de Colaboración en materia de transferencia de recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios, para la operación del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica S200.- Por el INSABI : el Director General , Mtro. Juan Antonio Ferrer Aguilar .- Rúbrica.- El Titular de la Unidad de Coordinación Nacional Médica , Dr. Víctor Hugo Borja Aburto .- Rúbrica.- El Coordinador de Financiamiento , Mtro. Joaquín Valente Paredes Naranjo .- Rúbrica.- Por la Entidad : el Secretario de Finanzas , Mtro. Vicente Mendoza Téllez Girón .- Rúbrica.- El Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud de Oaxaca , M.C. Juan Carlos Márquez Heine .- Rúbrica.