Estados Unidos MexicanosX
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Decimotercero de Distrito en Materias Administrativa, Civil y de Trabajo en el Estado de Jalisco
EDICTO
 
Emplazamiento a juicio los terceros Interesados Hilda Riebeling Cordero, DBARDI, sociedad anónima de capital variable y Desarrolladora Patria, sociedad anónima de capital variable.
Amparo 609/2020-IX, promovido por Pedro Ochoa de Anda, contra los actos reclamados a la Octava Sala del Supremo Tribunal de Justicia, al Juez Quinto de lo Mercantil del Primer Partido Judicial y al Director del Registro Público de la Propiedad y de Comercio, todas las autoridades del Estado de Jalisco, que consisten en la sentencia interlocutoria que dictó la Octava Sala del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado de Jalisco, el día 21 de febrero de 2020 (publicada en el boletin judicial el día 24 del mismo mes y año y notificada al suscrito de manera personal el día 25 de febrero de 2020), al interior del toca de apelación 694/2014; en la que confirmó la sentencia interlocutoria de fecha 12 de febrero de 2014, pronunciada en el juicio mercantil ejecutivo radicado, en aquél entonces, bajo expediente 1513/2007 del índice del Juzgado Cuarto de Io Mercantil del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco, actualmente tramitado bajo expediente 825/2019, del índice del Juzgado Quinto de lo Mercantil del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco; en la que se declaró fundado el incidente de prescripción del derecho a ejecutar el convenio elevado a la categoría de sentencia ejecutoriada y ordena la cancelación del embargo o cualquier gravamen que se haya generado con motivo del juicio. Por acuerdo de veinticinco de enero de dos mil veintidós, se ordenó emplazar a juicio a los terceros interesados Hilda Riebeling Cordero, DBARDI, sociedad anónima de capital variable y Desarrolladora Patria, sociedad anónima de capital variable. Se señalaron las diez horas con nueve minutos del dieciocho de marzo de dos mil veintidós para la audiencia constitucional; quedan copias de ley a su disposición en este Juzgado. Hágaseles saber que deberán presentarse (si así es su voluntad) a deducir sus derechos ante este Juzgado y señalar domicilio, dentro de 30 días contados a partir del día siguiente al de la última publicación; apercíbaseles que, en caso contrario, las ulteriores notificaciones les serán practicadas por lista (esto último acorde a lo dispuesto por el inciso a) de la fracción III, del artículo 27, de la Ley de Amparo).
Para su publicación por 3 veces, de 7 en 7 días, en el Diario Oficial de la Federación, y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República, esto es, en El Universal o, en su caso, en El Excelsior, se expide en Zapopan, Jalisco, a 10 de febrero de 2022.
 
La Secretaria del Juzgado Decimotercero de Distrito en Materias Administrativa,
Civil y de Trabajo en el Estado de Jalisco
Ana Gabriel Toral Peralta.
Rúbrica.
(R.- 517193)