DECLARATORIA de vigencia de la Norma Mexicana NMX-FF-022-SCFI-2020.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.- Unidad de Normatividad, Competitividad y Competencia.- Dirección General de Normas.

DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LA NORMA MEXICANA NMX-FF-022-SCFI-2020, PRODUCTOS ALIMENTICIOS NO INDUSTRIALIZADOS PARA USO HUMANO-TUBÉRCULO-PAPA (Solanum tuberosum L.)-ESPECIFICACIONES Y MÉTODO DE PRUEBA (CANCELA A LA NMX-FF-022-SCFI-2002).
La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3 fracción X, 39 fracciones III y XII, 51-A, 51-B y 54 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 45, 46 y 47 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; Tercero y Cuarto Transitorios del Decreto por el que se expide la Ley de Infraestructura de la Calidad y se abroga la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; y 36 fracciones I, IX y XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, publica la Declaratoria de Vigencia de la Norma Mexicana que se enlista a continuación, misma que ha sido elaborada bajo la responsabilidad del Comité Técnico de Normalización Nacional para Productos Agrícolas y Pecuarios (CTNN-PAP), lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general.
El texto completo del documento puede ser consultado en la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Calle Pachuca número 189, Piso 7, Colonia Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06140, Ciudad de México, a través de una cita gestionada al correo electrónico dgn.alimentaria@economia.gob.mx o puede ser adquirido en la sede de dicho Comité ubicado en Avenida Ejército Nacional número 223, décimo sexto piso ala "B", Colonia Anáhuac, Demarcación Territorial Miguel Hidalgo, Código Postal 11320, Ciudad de México, o al correo electrónico: gabriela.jimenez@agricultura.gob.mx.
La Norma Mexicana NMX-FF-022-SCFI-2020 entrará en vigor a los 60 días naturales posteriores a la publicación de esta declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación. SINEC: 20211213194953061.
CLAVE O CÓDIGO
TÍTULO DE LA NORMA MEXICANA
NMX-FF-022-SCFI-2020
PRODUCTOS ALIMENTICIOS NO INDUSTRIALIZADOS PARA USO HUMANO-TUBÉRCULO-PAPA (Solanum tuberosum L.)-ESPECIFICACIONES Y MÉTODO DE PRUEBA (CANCELA A LA NMX-FF-022-SCFI-2002).
Objetivo y campo de aplicación
La presente Norma Mexicana establece las especificaciones mínimas de calidad que deben cumplir los tubérculos de papa (Solanum tuberosum L.) pertenecientes a la familia de las Solanáceas, en todas las variedades cultivadas para ser comercializadas en estado fresco en el territorio nacional, después de su acondicionamiento y envasado.
Concordancia con Normas Internacionales
La presente Norma Mexicana es Modificada de la Norma CODEX CXS 339-2020. Norma Codex para papa de consumo, adicionándose los capítulos de Términos y definiciones, Muestreo, Métodos de Prueba, Concordancia con Normas Internacionales y Bibliografía.
 
Bibliografía
·  Ley de Productos Orgánicos. Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de febrero de 2006.
·  NOM-025-FITO-2000, Para el establecimiento de zonas bajo protección y zonas libres de plagas cuarentenarias de la papa, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de junio de 2000.
·  NOM-040-FITO-2002, Requisitos y especificaciones para la producción y movilización nacional de papa comercial, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de febrero de 2003.
·  NOM-041-FITO-2002, Requisitos y especificaciones fitosanitarios para la producción de material propagativo asexual de papa, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de marzo de 2003.
·  NOM-002-SCFI-2011, Productos preenvasados-Contenido neto-Tolerancias y métodos de verificación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de agosto de 2012.
·  NOM-008-SCFI-2017, Sistema General de Unidades de Medida, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de julio de 2018.
·  CXS 339-2020. Norma Codex para papa de consumo. Adoptada durante la 43ª Sesión de la Comisión del Codex Alimentarius. REP20/CAC septiembre-noviembre de 2020.
·  ACUERDO por el que se declara como zona libre del nematodo dorado de la papa (Globodera rostochiensis) al Estado de Sonora, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2005.
·  ACUERDO por el que se declara zona libre de nematodo dorado de la papa (Globodera rostochiensis) y nematodo agallador (Meloidogyne chitwoodi) al Estado de Baja California Sur, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de septiembre de 2006.
·  ACUERDO por el que se declara zona libre de nematodo agallador (Meloidogyne chitwoodi) al Estado de Sonora, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de enero de 2011.
·  ACUERDO por el que se declara zona libre del nematodo dorado de la papa (Globodera rostochiensis) y nematodo agallador (Meloidogyne chitwoodi) a los municipios de Ahome, El Fuerte, Choix, Guasave y Sinaloa de Leyva del Estado de Sinaloa, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de mayo de 2010.
·  ACUERDO por el que se modifica el similar por el que se da a conocer el Distintivo Nacional de los Productos Orgánicos y se establecen las reglas generales para su uso en el etiquetado de los productos certificados como orgánicos, publicado el 25 de octubre de 2013. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2021.
 
Atentamente
Ciudad de México, a 12 de enero de 2022.- Director General de Normas y Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Infraestructura de la Calidad, Lic. Alfonso Guati Rojo Sánchez.- Rúbrica.