DECLARATORIA de vigencia de la Norma Mexicana NMX-J-149-1-ANCE-2021.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.- Unidad de Normatividad, Competitividad y Competencia.- Dirección General de Normas.

DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LA NORMA MEXICANA NMX-J-149-1-ANCE-2021, FUSIBLES DE ALTA TENSIÓN-PARTE 1: CORTACIRCUITOS-FUSIBLE LIMITADORES DE CORRIENTE (CANCELA A LA NMX-J-149/1-ANCE-2014).
La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción X, 39 fracciones III y XII, 51-A, 54 y 66 fracción V de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 45 y 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; Tercero y Cuarto Transitorios del Decreto por el que se expide la Ley de Infraestructura de la Calidad y se abroga la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; y 36 fracciones I, IX y XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, publica la Declaratoria de Vigencia de la Norma Mexicana que se enuncia a continuación, misma que ha sido elaborada, aprobada y publicada como Proyecto de Norma Mexicana bajo la responsabilidad del Organismo Nacional de Normalización denominado "Asociación de Normalización y Certificación, A. C." (ANCE), a través del Comité de Normalización de la Asociación de Normalización y Certificación, A.C. (CONANCE), lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general.
El texto completo del documento puede ser consultado gratuitamente en la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Calle Pachuca número 189, Piso 7, Colonia Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06140, Ciudad de México, a través de una cita gestionada al correo electrónico: consultapublica@economia.gob.mx o puede ser adquirido o consultado en la sede de dicho Organismo, ubicado en Av. Lázaro Cárdenas No. 869, Colonia Nueva Industrial Vallejo, Demarcación Territorial Gustavo A. Madero, C.P. 07700, Ciudad de México, teléfono: 55 5747 4564, correo electrónico: vnormas@ance.org.mx.
La presente Norma Mexicana NMX-J-149-1-ANCE-2021 entrará en vigor 180 días naturales posteriores de la publicación de esta Declaratoria de Vigencia en el Diario Oficial de la Federación. SINEC-20210823103116782.
CLAVE O CÓDIGO
TÍTULO DE LA NORMA MEXICANA
NMX-J-149-1-ANCE-2021
FUSIBLES DE ALTA TENSIÓN-PARTE 1: CORTACIRCUITOS-FUSIBLE LIMITADORES DE CORRIENTE (CANCELA A LA NMX-J-149/1-ANCE-2014)
Objetivo y campo de aplicación
Esta Norma Mexicana es aplicable a todos los tipos de cortacircuitos-fusible limitadores de corriente de alta tensión que se destinan para uso exterior o interior para sistemas de corriente alterna de 60 Hz, con tensiones asignadas mayores que 1 000 V.
Concordancia con Normas Internacionales
Esta Norma Mexicana NMX-J-149-1-ANCE-2021, Fusibles de alta tensión-Parte 1: Cortacircuitos-fusible limitadores de corriente, tiene concordancia MODIFICADA con la Norma Internacional "IEC 60282-1, High-voltage fuses-Part 1: Current-limiting fuses, ed8.0 (2020-04)" y difiere en los puntos siguientes:
Capítulo/Inciso al que aplica
la diferencia
Desviación Técnica/Justificación
1, 5.2.6, 5.2.10, 6.1.2, 7.5.1.3, 7.6.1.4 y 7.7.1.1
Para esta Norma Mexicana se considera una frecuencia de operación y prueba de 60 Hz, por lo cual, se elimina la frecuencia de 50 Hz y sus tolerancias. De acuerdo con la infraestructura del Sistema Eléctrico Nacional y considerando que una frecuencia de operación y prueba diferente puede comprometer la seguridad y el desempeño de los equipos
5.1, Tabla 6, 5.3.2, 5.3.3, 7.4.3, 7.4.4, 7.4.5, 7.4.6, 7.6.1.4, 8.2 y 8.3.2.5.2
Para esta Norma Mexicana se elimina la referencia a las Normas Internacionales que se mencionan, en tanto se desarrolla la Norma Mexicana correspondiente.
Lo anterior para cumplir con la normativa nacional de acuerdo con lo que se indica en el artículo 28 fracción IV y en el artículo 46 fracción V del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
5.3.5.2 y 7.4.4
Para esta Norma Mexicana debe sustituirse la cita a la Norma Internacional, por la Norma Mexicana correspondiente.
Lo anterior con objeto de cumplir con la normativa nacional de acuerdo con lo que se indica en el artículo 28 fracción IV y en el artículo 46 fracción V del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, haciendo referencia a las Normas Mexicanas que se relacionan.
7.7.2.1
Para esta Norma Mexicana se modifica el tiempo en el que se produce una característica corriente-tiempo de 0,010 s a 0,008 s, lo anterior porque es más factible realizar el cálculo del tiempo no virtual utilizando corrientes no simétricas con un tiempo menor que 0,008 s.
Bibliografía
IEC 60282-1 ed8.0 (2020-04)        High-voltage fuses-Part 1: Current-limiting fuses.
 
Atentamente
Ciudad de México, a 11 de enero de 2022.- Director General de Normas y Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Infraestructura de la Calidad, Lic. Alfonso Guati Rojo Sánchez.- Rúbrica.