Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
EDICTO
 
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, cuatro de enero de dos mil veintidós.
Tercera interesada: Vallarta 55, Sociedad Anónima de Capital Variable.
En el juicio de amparo 592/2021-II, promovido por Julio Jaime Hernández Gandy, por conducto de su apoderado legal Pedro Adrián Arriaga Calzada, contra actos de la Décima Sala de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México; se señaló como ACTO RECLAMADO: la resolución de catorce de junio de dos mil veintiuno, dictada por la Décima Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, en el toca 144/2021/1, que confirmó el auto de uno de diciembre de dos mil veinte, emitido en el juicio ordinario civil 611/2018, seguido por Julio Jaime Hernández Gandy, en contra de Vallarta 55, Sociedad Anónima de Capital Variable, del índice del Juzgado Décimo Cuarto de lo Civil de esta ciudad, por el que no se decretó la adjudicación directa en favor del actor, toda vez que el inmueble embargado no se encuentra bajo la titularidad del demandado, en virtud de que no se ha dado cumplimiento al resolutivo cuarto de la sentencia definitiva, en donde se dispuso que el demandado tiene la obligación de otorgar la escritura pública de la compraventa de quince de febrero de dos mil dieciséis, a favor del actor, lo que constituye una condición jurídica previa a lo solicitado por el actor aquí quejoso; con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27, fracción III, inciso b) y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria de la Ley de Amparo, se ordena emplazar a juicio a la tercera interesada Vallarta 55, Sociedad Anónima de Capital Variable, a fin de que comparezca a deducir sus derechos en el término de treinta días contado a partir del día siguiente en que se efectúe la última publicación, quedando a su disposición en la secretaría de este juzgado copia simple del escrito inicial de demanda, así como del auto admisorio de treinta de septiembre de dos mil veintiuno, edictos que serán publicados por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación de la República, apercibido que en caso de no apersonarse a este juicio de amparo, las ulteriores notificaciones se les harán por medio de lista, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 26, fracción III de la Ley de Amparo.
 
Atentamente.
Ciudad de México, 4 de enero de 2022.
El Secretario del Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México.
Salvador Damián González.
Rúbrica.
(R.- 515924)