Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Zacatecas
EDICTO
 
Por ignorarse el domicilio de los terceros interesados Jaime Muñoz Muñoz, Ma. Guadalupe Rentería Pereira y/o Ma. Guadalupe Rentería Pereyda, Ricardo y David, ambos de apellidos Muñoz Rentería, con fundamento en el artículo 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, el Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Zacatecas, en este fecha se ordenó emplazar por edictos a Jaime Muñoz Muñoz, Ma. Guadalupe Rentería Pereira y/o Ma. Guadalupe Rentería Pereyda, Ricardo y David, ambos de apellidos Muñoz Rentería, haciéndoles saber que en este Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Zacatecas, se ventila juicio de amparo 367/2020-I, promovido por Ma. Esther Flores Cortés y otro, contra actos de la Primera Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Zacatecas, que hizo consistir en la resolución de primero de junio de dos mil veinte, dictada dentro del toca de apelación 35/2020, que confirma la negativa de la orden de aprehensión resuelto por la Jueza de Control del Distrito Judicial de Jalpa, Zacatecas; se les previene para que comparezcan en el término de treinta días, que contará a partir del siguiente de la última publicación, apercibidos que de no hacerlo o no imponerse de los autos, las siguientes notificaciones se les harán por medio de lista que se publica en este juzgado. Asimismo, se ordena fijar en la puerta de este Tribunal una copia del presente edicto hasta en tanto se tenga por legalmente notificados a los citados terceros interesados.
 
Atentamente
Zacatecas, Zac., catorce de diciembre de dos mil veintiuno.
La Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Zacatecas
Lic. Ma. de los Ángeles Huerta Vázquez.
Rúbrica.
(R.- 515995)