Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito
en Colima, Col.
EDICTO
 
Al margen el Escudo Nacional que dice Estados Unidos Mexicanos, Poder Judicial de la Federación, Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Colima.
En el juicio especial marítimo de remuneración de salvamento número 175/2021-V, formado con motivo de la demanda presentada por Juan Carlos Castillo Cervantes y Agnes Cristina Celis Ochoa Roca, apoderados generales para pleitos y cobranzas de la persona moral Servicios Integrales Marítimos y Portuarios, Sociedad Anónima de Capital Variable, radicado en este Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Colima, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 104, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 49, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, 264, 265, 300, 301 y 303 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos; 1049, 1051, 1054, 1055, 1056, 1057, 1061, 1063, 1067, 1090, 1092, 1377 y 1378 del Código de Comercio, se dictó el auto que admite a trámite dicho procedimiento, el cual contiene a) Nombre, denominación o razón social de la persona presuntamente responsable, así como el nombre de la Embarcación: persona moral MARATÚN S.A. DE C.V., embarcación "María Verónica"; b) la orden de emplazamiento a la parte demandada por despacho en razón del domicilio fuera de la residencia de este órgano jurisdiccional, c) la solicitud de declaración de reconocimiento de acreedor a la actora de privilegios marítimos, y d) la orden de girar oficio al Registro Público Marítimo Nacional, para inscribir el auto de radicación del juicio en comento.
Lo que se manda publicar en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de circulación en esta ciudad, por tres veces, debiendo mediar entre una y otra publicación diez días hábiles, la cual se fijara también en tableros de avisos de este Juzgado, a efecto de que cualquier interesado que se considere con derecho sobre el fondo constitucional pueda presentar a examen sus créditos dentro del término de treinta días, el cual comenzara a correr a partir del día siguiente de la última publicación de edictos de conformidad con lo establecido por el artículo 313 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos.
 
Atentamente
Colima, Colima, a 23 de diciembre de 2021
Por acuerdo del Secretario encargado del Despacho
del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Colima
Lic. José Cruz Orozco Llamas
Firma Electrónica.
El Secretario
Lic. Arturo Loya Sánchez
Firma Electrónica.
(R.- 515792)