ACUERDO General 27/2021 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al cambio de residencia y domicilio del Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Jalisco, con residencia en Zapopan; y que reforma el similar 3/2013, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los circuitos judiciales en que se divide la República Mexicana; y al número, a la jurisdicción territorial y especialización por materia de los Tribunales de Circuito y de los Juzgados de Distrito.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO GENERAL 27/2021, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO AL CAMBIO DE RESIDENCIA Y DOMICILIO DEL JUZGADO CUARTO DE DISTRITO DE AMPARO EN MATERIA PENAL EN EL ESTADO DE JALISCO, CON RESIDENCIA EN ZAPOPAN; Y QUE REFORMA EL SIMILAR 3/2013, RELATIVO A LA DETERMINACIÓN DEL NÚMERO Y LÍMITES TERRITORIALES DE LOS CIRCUITOS JUDICIALES EN QUE SE DIVIDE LA REPÚBLICA MEXICANA; Y AL NÚMERO, A LA JURISDICCIÓN TERRITORIAL Y ESPECIALIZACIÓN POR MATERIA DE LOS TRIBUNALES DE CIRCUITO Y DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO.
CONSIDERANDO
PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y noveno, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 73 y 86, fracciones II y XIX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus atribuciones y cambiar la residencia de los Juzgados de Distrito;
SEGUNDO. El artículo 17, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, lo cual hace necesario que los órganos jurisdiccionales se encuentren en condiciones físicas convenientes para garantizar la impartición de justicia pronta, completa, imparcial y gratuita, como lo ordena el precepto constitucional invocado. Por tal motivo, el Consejo de la Judicatura Federal estima conveniente realizar el cambio de residencia y domicilio del Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Jalisco, con la finalidad de que el mayor número de los Juzgados de Distrito de la especialización indicada se encuentren en la misma residencia, así como para contar con espacios para la instalación de diversos órganos jurisdiccionales; y
TERCERO. En términos del Acuerdo General 3/2013 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los Circuitos Judiciales en que se divide la República Mexicana; y al número, a la jurisdicción territorial y especialización por Materia de los Tribunales de Circuito y de los Juzgados de Distrito; el Juzgado de Distrito señalado en el considerando anterior ejerce jurisdicción territorial en el Estado de Jalisco, sin embargo, debido a su cambio de residencia y domicilio resulta necesario modificar el Acuerdo General antes citado.
Por lo anterior, se expide el siguiente
ACUERDO
Artículo 1. Se autoriza el cambio de residencia y domicilio del Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Jalisco, con residencia en Zapopan.
Artículo 2. El nuevo domicilio del Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Jalisco, es Km. 17.5 Carretera Libre a Zapotlanejo, Complejo Penitenciario de la Zona Metropolitana de Guadalajara, código postal 45427, Puente Grande, Jalisco.
Artículo 3. El Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Jalisco, con residencia en Puente Grande, iniciará funciones en su nueva sede y domicilio el 17 de enero de 2022.
Artículo 4. A partir del 17 de enero de 2022 toda la correspondencia, trámites y diligencias relacionados con los asuntos de la competencia del Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Jalisco, con residencia en Puente Grande, deberán dirigirse y realizarse en el domicilio precisado en el artículo 2 de este Acuerdo.
 
Artículo 5. La Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Jalisco, con residencia en Zapopan, continuará prestando servicio al Juzgado de Distrito que cambia de residencia y domicilio.
Artículo 6. El Pleno y las Comisiones de Creación de Nuevos Órganos; de Carrera Judicial; de Adscripción; y de Administración del Consejo de la Judicatura Federal, estarán facultados para interpretar y resolver las cuestiones administrativas que se susciten con motivo de la aplicación del presente Acuerdo en el ámbito de sus respectivas competencias.
Artículo 7. Se reforma el numeral SEGUNDO, fracción III, número 3, del Acuerdo General 3/2013 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los Circuitos Judiciales en que se divide la República Mexicana; y al número, a la jurisdicción territorial y especialización por materia de los Tribunales de Circuito y de los Juzgados de Distrito, para quedar como sigue:
"SEGUNDO. ...
I. a III. ...
1. a 2. ...
3. Treinta y un juzgados de Distrito especializados: nueve de amparo en materia penal, tres con residencia en Zapopan y seis con sede en Puente Grande; diecinueve en materias administrativa, civil y de trabajo, dieciocho con residencia en el municipio de Zapopan y uno con residencia en Guadalajara; y tres de procesos penales federales con residencia en Puente Grande.
4. ...
IV. a XXXII. ..."
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación; con excepción del transitorio CUARTO, el cual entrará en vigor al día siguiente de su aprobación.
SEGUNDO. Publíquese este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, y para su mayor difusión en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, así como en el portal del Consejo de la Judicatura Federal en Intranet e Internet.
TERCERO. El Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Jalisco, con residencia en Puente Grande y la Oficina de Correspondencia Común que le presta servicio, deberán colocar avisos en lugares visibles con relación al cambio de residencia y domicilio de que se trata.
CUARTO. La Secretaría Ejecutiva de Administración, por conducto de las unidades administrativas competentes que le están adscritas, deberá realizar las acciones necesarias para que el Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Jalisco, con residencia en Puente Grande, inicie funciones en su nuevo domicilio el 17 de enero de 2022. Asimismo instrumente los mecanismos para el envío de asuntos y demás documentos de la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Jalisco, con residencia en Zapopan, a la nueva residencia y domicilio del órgano jurisdiccional de que se trata.
QUINTO. La Coordinación de Administración Regional apoyará para el traslado de los asuntos que corresponda conocer al Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Jalisco, con residencia en Puente Grande.
EL LICENCIADO ARTURO GUERRERO ZAZUETA, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA: Que este Acuerdo General 27/2021, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al cambio de residencia y domicilio del Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Estado de Jalisco, con residencia en Zapopan; y que reforma el similar 3/2013, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los Circuitos Judiciales en que se divide la república mexicana; y al número, a la jurisdicción territorial y especialización por materia de los tribunales de Circuito y de los juzgados de Distrito, fue aprobado por el Pleno del propio Consejo, en sesión ordinaria de 8 de diciembre de 2021, por unanimidad de votos de los señores Consejeros: Presidente Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Bernardo Bátiz Vázquez, Eva Verónica de Gyvés Zárate, Alejandro Sergio González Bernabé, Sergio Javier Molina Martínez y Loretta Ortiz Ahlf.- Ciudad de México, a 3 de enero de 2022.- Conste.- Rúbrica.