Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado
San Luis Potosí, S.L.P.
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EDICTO
 
En cumplimiento a lo ordenado en proveído de catorce de diciembre de dos mil veintiuno, dictado en el juicio de amparo 233/2019-I, promovido por Nubia Larraga Rodríguez, contra actos del Juez Primero de Primera Instancia de lo Familiar en el Segundo Distrito Judicial del Estado de Campeche son sede en Ciudad del Carmen, y otras autoridades, de acuerdo a lo dispuesto en la fracción III, inciso b), segundo párrafo, del artículo 27 de la Ley de Amparo, se emplaza a la parte tercera interesada, María Guadalupe de la Cruz García, por medio de edictos, los cuales deberán publicarse por tres veces, de siete en siete días, para lo cual, se procede a hacer una relación sucinta de la demanda de garantías con que se formó este juicio, en cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, en los términos siguientes: El presente juicio lo promueve Nubia Larraga Rodríguez, contra actos del Juez Primero de Primera Instancia de lo Familiar en el Segundo Distrito Judicial del Estado de Campeche son sede en Ciudad del Carmen, y otras autoridades, de quienes reclama todo lo actuado dentro del juicio de nulidad de matrimonio promovido en contra de la quejosa por María Guadalupe de la Cruz García, en virtud de la omisión de emplazamiento dentro de dicho procedimiento, así como todas las consecuencias que se deriven del mismo, entre ellas la cancelación de la pensión por viudez que venía disfrutando la aquí quejosa, como cónyuge supérstite de Bernardo Pacheco Espinoza. Se hace saber por este medio a María Guadalupe de la Cruz García, que deberá presentarse ante este Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado, dentro del término de treinta días contado a partir del siguiente al de la última publicación; haciéndose saber que queda a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia de la demanda de amparo y que, en caso de no comparecer, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se les practicarán por medio de lista que se fije en los estrados de este tribunal.
 
San Luis Potosí, S.L.P., 14 de diciembre de 2021.
Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado
Luis Bradis Salda Alonso
Rúbrica.
(R.- 515714)