Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Amparo Indirecto 163/2021
EDICTO.
 
AUTOMOTRIZ TLAHUAC, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE.
En el juicio de amparo número 163/2021, promovido por Hugo Javier Nieto de la Torre, en su carácter de apoderado legal de la moral quejosa Nippon Automotores, Sociedad Anónima de Capital Variable; contra actos del Juez Décimo Noveno de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia en la Ciudad de México; en el que se reclamó el auto de veintisiete de abril de dos mil dieciocho, dictado por el Juez Décimo Noveno de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia en la Ciudad de México en los autos del juicio ejecutivo mercantil expediente 497/2016, que aprueba el convenio celebrado entre AUTOMOTRIZ TLAHUAC, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE; y RIVERO HERNÁNDEZ Y ASOCIADOS CONTADORES PUBLICOS SOCIEDAD CIVIL; Y PÉREZ COLLADO BERNARDO RAMON ANTONIO, para la entrega en dación de pago de las acciones embargadas; y toda vez que no se cuenta con un domicilio cierto y actual en donde pudiera ser emplazado a éste, la tercera interesada AUTOMOTRIZ TLAHUAC, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, pese a que, agotaron todas las investigaciones y gestiones a las que este juzgado tiene acceso para localizar el domicilio de dicha tercera interesada; en consecuencia, se ha ordenado emplazarlo por medio de edictos, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo; quedando a disposición de dicha tercera interesada, en la Secretaria de este JUZGADO SEXTO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO, copia simple de la demanda respectiva; asimismo, se hace de su conocimiento que cuenta con un término de treinta días, que se computarán a partir de la última publicación de los edictos de mérito, para que ocurra ante este órgano de control constitucional a hacer valer sus derechos si a sus intereses conviniere y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad de México, apercibido de que en caso de no hacerlo, las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal se le harán por medio de lista de acuerdos que se publica en este órgano jurisdiccional.
 
Atentamente.
Ciudad de México, 25 de noviembre de 2021.
La Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México.
Lic. Iraís Arlet Iracheta Albarrán.
Rúbrica.
(R.- 515077)