Estados Unidos Mexicanos
Estado de Guanajuato
Poder Judicial
Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Gto.,
Sexta Sala Civil
Secretaría
EDICTO
 
Publíquese tres veces de siete en siete días en Tablero de avisos de esta Sala, Diario Oficial de la Federación y Diario de mayor circulación en la República Mexicana, haciéndose saber a Juan Espinoza Montenegro, que por este conducto se le corre traslado con la demanda de amparo promovido por Ma. Irma Aguilar Cano, a través de su apoderado legal Gustavo Zapatero Hernández, contra la sentencia de 17 de agosto de 2021, dictada en Toca 470/2020 formado por la apelación interpuesta por Sergio y Timoteo de apellidos Meléndez Chávez, Juana Rojas Arriaga y Juan Rangel, a través de su mandatario judicial Arturo Puente López contra la sentencia del 24 de agosto de 2020, dictada por la Juez Único Civil de partido de Cortazar, Guanajuato, en el expediente C556/2018, juicio ordinario civil promovido por la quejosa en contra de Juan Espinoza Montenegro y de los apelantes, reconviniendo estos últimos y ampliación en contra de Irma Josefina y Norma Yolanda Patricia, ambas de apellidos Erdozaín Chapa, ésta última como representante de Irma Chapa de Erdozain, también conocida como María Refugio Irma Chapa de Labra o María Refugio Irma Chapa viuda de Erdozain. Lo anterior para que comparezca, de estimarlo conveniente, al Tribunal Colegiado del Decimosexto Circuito en Materia Civil en turno con sede en esta ciudad, a defender sus derechos dentro del término máximo de treinta días, contados a partir del día siguiente a la última publicación en el Diario Oficial de la Federación. Se le requiere señale domicilio procesal en el lugar del juicio y se apercibe que de no hacerlo las subsecuentes notificaciones se harán por lista publicada en estrados. Se deja a disposición copia de la demanda de amparo en la Secretaría de esta Sala.
 
"2021. Año de la Independencia."
Guanajuato, Guanajuato, veinticuatro de noviembre de dos mil veintiuno.
Secretaria de la Sexta Sala Civil del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado.
Licenciada Rosalina del Carmen Rodríguez Sánchez.
Rúbrica.
(R.- 515251)