Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de la Función Pública
Órgano Interno de Control en el Servicio de Administración Tributaria
Área de Responsabilidades
Expediente Administrativo No. RES-0109/2021
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
 
Con fundamento a lo dispuesto en los artículos 208, fracción II y 209 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en relación con el 1 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, por éste medio se practica la notificación por la cual se le emplaza a la C. Akatzin Tonalli Cruz López, para que comparezca a las 11:00 horas, dentro los treinta días hábiles siguientes, contados a partir de la última publicación del presente edicto, al desahogo de la Audiencia correspondiente que se realizará en el Procedimiento Administrativo de Responsabilidades RES-0109/2021, ante la suscrita, en las oficinas que ocupa esta Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el Servicio de Administración Tributaria, ubicadas en Avenida Hidalgo número 77, Modulo IV, 5° piso, Colonia Guerrero, C.P. 06300, en la Ciudad de México; para que manifieste lo que a su derecho convenga, respecto a las faltas administrativas calificadas como graves, presuntamente atribuibles durante su cargo como Asesor Fiscal Integral, adscrita a la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente del Distrito Federal "1", con sede en la Ciudad de México, del Servicio de Administración Tributaria, consistentes en realizar arbitrariamente trámites de generación y revocación de certificados de e.firma, así como de cancelación de Registro Federal de Contribuyentes por liquidación total del activos de diversos contribuyentes, sin que se cumpliera con los requisitos y procedimientos establecidos en las fichas de trámite "105/CFF Solicitud de generación del Certificado de e.firma", "107/CFF Solicitud de revocación de los Certificados" y "82/CFF Aviso de Cancelación en el RFC por liquidación total del activo", previstas en el Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para el ejercicio publicada en el Diario Oficial de la Federación, el veintiocho de diciembre de dos mil diecinueve, como se detalla en el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa de fecha 01 de junio de 2021, contenido en el oficio 101-04-2021-04483, con lo que podría infringir lo dispuesto por el artículo 57 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en tal virtud, se le informa que en el momento de la audiencia, deberá ofrecer las pruebas que considere necesarias; que tiene derecho a la asistencia de un defensor y de no contar con él, le será nombrado uno de oficio; deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en la Ciudad de México, de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal, se llevarán a cabo a través de los estrados de esta Autoridad; queda a su disposición copia certificada del Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa, el acuerdo por el que se admite el mismo, el expediente de investigación y demás constancias y pruebas ofrecidas por la autoridad investigadora en las oficinas de esta Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el Servicio de Administración Tributaria; podrá consultar el expediente de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 y de 15:00 a 17:00 horas, en las oficinas que ocupa esta Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en el Servicio de Administración Tributaria.
 
Ciudad de México, a 10 de noviembre de 2021.
Titular del Área de Responsabilidades del
Órgano Interno de Control en el Servicio de Administración Tributaria
Lic. Sandra Beatriz Sepúlveda Zamudio
Rúbrica.
(R.- 514828)