Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito
Pachuca, Hidalgo
Sección Amparo
EDICTOS
Héctor Gerardo Zamacona García y Silvia Patricia Barrios Hernández de Zamacona, donde se encuentren.
En acatamiento al acuerdo de nueve de noviembre de dos mil veintiuno, dictado en el juicio de amparo 684/2021-VI-B, del índice de este Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Hidalgo, promovido por Sara Corina Chávez Bedoy, contra actos del Juez Segundo Civil y Familiar del Distrito Judicial de Actopan, Hidalgo, y actuario de su adscripción, consistente en la falta de emplazamiento dentro del expediente 185/2019, y todo lo actuado; juicio de amparo en el cual fueron señalados como terceros interesados y se ordena su emplazamiento por medio de edictos por ignorarse su domicilio, en términos del artículo 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, a efecto de que se apersonen al mismo y señalen domicilio para oír y recibir notificaciones en Pachuca de Soto, o en el municipio de Mineral de la Reforma, Hidalgo, apercibidos que de no hacerlo así, las ulteriores y aun las de carácter personal, se le harán por medio de lista que se fije en los estrados de este juzgado, en el entendido que se deja a su disposición las copias de traslado de la demanda de amparo en la secretaria correspondiente de este juzgado. Se hace de su conocimiento que deben presentarse dentro del término de treinta días, contado a partir del siguiente al de la última publicación y que fueron señaladas las diez horas con dieciséis minutos del siete de diciembre de dos mil veintiuno, para que tenga verificativo la audiencia constitucional.
Este edicto debe publicarse por tres veces consecutivas, de siete en siete días, en el diario oficial de la federación y en un periódico diario de mayor circulación en la República Mexicana.
Pachuca de Soto, Hidalgo; 17 de noviembre de 2021.
Secretario del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Hidalgo.
Lic. René Fuentes Martínez.
Rúbrica.
(R.- 514394)