Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Décimo Noveno de Distrito en Materias Administrativa, Civil y de Trabajo
en el Estado de Jalisco
EDICTO
 
En el juicio de amparo indirecto 16/2020, promovido por Comunidad Indígena Autónoma "Wixárika-Tepehuana", de San Lorenzo de Azqueltán, del Municipio de Villa Guerrero, Jalisco contra actos del Comité interinstitucional para la Regularización de Predios Rústicos de la Pequeña Propiedad del Estado de Jalisco y otras autoridades, con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso c) de la Ley de Amparo, emplácese al tercero interesado José Armando Escobedo Reyes y/o José Armando Reyes Escobedo, quien deberá presentarse dentro del plazo de treinta días, contado a partir del día siguiente al de la última publicación, a hacer valer sus derechos en el presente juicio de amparo, apercibido que de no hacerlo, se seguirá el procedimiento, haciéndole las subsecuentes notificaciones por lista, en términos de los artículos 26, fracción III, y 27, fracción III, de la Ley de Amparo. Quedan a su disposición en la secretaría de este juzgado, las copias de la demanda.
 
Atentamente
Guadalajara, Jalisco, 14 de octubre de 2021
El Secretario del Juzgado Decimonoveno de Distrito en Materias Administrativa,
Civil y de Trabajo en el Estado de Jalisco.
Mariano Barajas Cadena.
Rúbrica.
(R.- 513476)