Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes
Telecomunicaciones de México
130 años 1891 2021
México
2021 Año de la Independencia
EDICTO
 
CONCESIONARIO: VIME COMEDORES EJECUTIVOS, S.A. DE C.V.
ACUERDO DE INICIO DE PROCEDIMIENTO DE REVOCACIÓN DE TÍTULO DE CONCESIÓNY RECUPERACIÓN DE INMUEBLE POR LA VÍA ADMINISTRATIVA
En la Ciudad de México a los 03 días del mes de septiembre del 2021, se reunieron en las oficinas de la Dirección de Administración la Licenciada Laiza Shiray Bueno Osorno, Gerente de Servicios al Personal en su carácter de concesionante de la concesión D.A. 001/2019 otorgada a la empresa VIME COMEDORES EJECUTIVOS S.A DE C.V...; el Licenciado Edmundo Julián Domínguez López Portillo, en su calidad de Director de Administración y Responsable Inmobiliario, así como la participación del .C. Héctor Amado López Álvarez, Subdirector de Administración de Personal y el Lic. Jesús Marcelo Castillo Ezeta, Gerente de Servicios Generales Mantenimiento y Seguros Patrimoniales como funcionarios de Telecomunicacionesde México, con domicilio en avenida de las Telecomunicaciones s/n, Colonia Leyes de Reforma, Alcaldía Iztapalapa, C.P. 09310, Ciudad de México, a efecto de llevar a cabo los trámites correspondientes a verificar la procedencia de la revocación de la concesión D.A. 001/2019 otorgada a la empresa VIME COMEDORES EJECUTIVOS S.A DE C.V. con motivo de su incumplimiento; así como proveer el acuerdo de inicio de procedimiento de revocación. ... artículos 18, 32, 74, 76, 110 y 111 de la Ley General de Bienes Nacionales y con fundamento en los artículos 21 fracción V, 27 fracción XIV, 24 fracción XXVIII del Estatuto Orgánico de Telecomunicaciones de México, publicado en el Diario Oficial de la Federación en fecha 14 de febrero de 2018.
Agréguese al expediente que ahora se forma el oficio 7130/0793/2020 de fecha 8 de julio de 2020 suscrito por la c. Xochitl Garcia Jaimes, Gerente de Servicios al Personal, en virtud del cual solicita se realice lo correspondiente para la cancelación de la concesión D.A. 001/2019 otorgada a la empresa VIME COMEDORES EJECUTIVOS S.A DE C.V. debido a diversas presuntas irregularidades en las que incurrió la concesionaria respecto al Título de Concesión D.A. 001/2019 otorgado en su favor, por tanto se dicta acuerdo de inicio de procedimiento de revocación de título concesión y recuperación de inmueble por vía administrativa, derivado del incumplimiento a lo establecido en las condiciones Sexta, Séptima y Decima Segunda del título de concesión, en virtud de lo cual, Fórmese el expediente que corresponda y tómese registro del mismo en virtud de los hechos y abstenciones señalados a continuación:
1.- En términos de lo dispuesto por en el artículo 28, fracción XXIV del Estatuto Orgánico de Telecomunicaciones de México, corresponde a la Dirección de Recursos Humanos administrar el servicio del comedor para el personal en área central en coordinación con la Dirección de Administración, para beneficio del personal y, en términos de lo establecido en la condición Vigésima Novena del título de concesión número D.A. 001/2019, corresponde a la Dirección de Administración y la concesionante administrar el comedor para el personal y verificar el cumplimiento del objeto de la concesión en cita, así mismo, en términos de lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley General de Bienes Nacionales corresponde a este Organismo Descentralizado realizar los trámites de revocación de las concesiones.
2.- Con base en lo dispuesto en la condición vigésima Novena de la concesión D.A. 001/2019 la Directora de Recursos Humanos de Telecomunicaciones de México, Mtra. Leticia Aguilar López, emitió oficio 7000.-0456/2021 de fecha 19 de julio de 2021, a efecto de hacer del conocimiento de Vime Comedores Ejecutivos S.A. de C.V. que la Lic. Laiza Shiray Bueno Osorno es la nueva persona designada como concesionante para los efectos señalados en la concesión D.A. 001/2019
3.- Mediante acta circunstanciada de fecha 20 de julio de 2021...acudieron al domicilio ...señalado por la concesionaria en la condición Vigésima Novena del título de concesión D.A. 001/2019, a notificar el oficio 7000.-0456/2021 mencionado en el inciso anterior a la concesionaria, sin embargo, no fue posible practicar dicha notificación ...
4.- Las condiciones vigésima Cuarta y Vigésima Quinta de la concesión D.A. 001/2019 otorgada por Telecomunicaciones de México a Vime Comedores Ejecutivos S.A. de C.V. señalan:
"Vigésima Cuarta.- El incumplimiento de las obligaciones asumidas por "El Concesionario", a cualquiera de las obligaciones determinadas en el presente Título de concesión, será causa de revocación del mismo, de conformidad con el artículo 74, fracción VII, en concordancia con el artículo 76, fracciones I, II, III, IV, V, VI y VII de la Ley General de Bienes Nacionales, independientemente de las consecuencia legales que prevean otras Leyes por el incumplimiento.
 
Vigésima Quinta.- "El Concesionante" podrá llevar a cabo el procedimiento administrativo,tendiente a recuperar la posesión del inmueble de propiedad federal, objeto de esta Concesión, cuando"El Concesionario" incurra en los siguientes supuestos legales:
(...)
III.- Cuando "El Concesionario" no cumpla cualquier otra obligación consignada en la Concesión, permiso o autorización respectivo."
5.- En ejercicio de las facultades conferidas en la condición Vigésima Novena de la concesión D.A. 001/2019 la representante designada por la concesionante, C. Xochitl García Jaimes, entonces Gerente de Servicios al Personal, informó a la C.P. Mónica de León Perea entonces Subdirectora de Recursos Materiales y Servicios Generales, mediante oficio 7130.-968/2021 de fecha 16 de junio de 2021 que derivado del incumplimiento a las obligaciones derivadas de la concesión por parte del concesionario Vime Comedores Ejecutivos S. A. de C. V., se le solicitó mediante oficios 7130.-0014/2020 y 7130.-0361/2020 de fechas 8 de enero y 5 de marzo del 2020, que debía de hacer la entrega de la Póliza de Responsabilidad Civil, así como el comprobante de pago de uso y aprovechamiento del espacio concesionado de los meses de octubre, noviembre y diciembre del 2019, de acuerdo a lo establecido en la Condición Sexta...
6.- Mediante oficio número 7130/0489/2020 de fecha 26 de marzo de 2020, la entonces Gerente de Servicios al Personal, C. Xóchitl García Jaimes... la cancelación de la concesión otorgada a Vime Comedores Ejecutivos S.A. de C.V...
7.- En seguimiento al oficio número 7130/0489/2020 suscrito por la c. Xóchitl Garcia Jaimes,... reiteró la necesidad de la revocación de la concesión debido a su incumplimiento conforme a lo siguiente:
Condición Sexta. "De igual forma "El Concesionario" deberá presentar una Póliza, de Responsabilidad Civil...".
Condición Séptima. "Por el uso y aprovechamiento del espacio del Título de Concesión "El Concesionario" de conformidad con lo establecido en los artículos 232 fracción IX de la Ley Federal de Derechos, se obliga a cubrir una cuota fija mensual por metro cuadrado o fracción de $316.00 (trescientos dieciséis pesos 00/100 m.n.).".
Condición Décima Segunda. "El Concesionario" asumirá los costos por el suministro de agua y suministro de energía eléctrica acorde a los consumos registrado en los medidores respectivos..."
8.- Mediante oficio 6000.- 1591/2021 de fecha 1° de octubre del 2021, el Lic. Julián Domínguez López Portillo hace constar que con motivo de la concesión D.A. 001/2019, la empresa Vime ComedoresEjecutivos S.A. de C.V. tiene un adeudo al día de la fecha referida, a razón de $228,192.00 (doscientos veintiocho mil ciento noventa y dos pesos 00/100 M.N.), por uso y aprovechamiento del espacio concesionado y de $1,764.60 (un mil setecientos sesenta y cuatro pesos 60/100 M.N.) por suministro de agua;y de $ 15,199.55 (Quince mil ciento noventa y nueve pesos 55/100 M.N.) por energía eléctrica, ambos conceptos del 18 de octubre del 2019 al 28 de febrero del 2020, por tanto resulta procedente la revocación de la concesión referida.
...se ordena notificar a Vime Comedores Ejecutivos S.A. de C.V. para los efectos siguientes:
A) Hacer de su conocimiento que con base en lo dispuesto en la condición Vigésima Novena de la concesión D.A. 001/2019 la Directora de Recursos Humanos de telecomunicaciones de México, Mtra. Leticia Aguilar López, emitió oficio 7000.-0456/2021 de fecha 19 de julio de 2021, a efecto de hacer del conocimiento de Vime Comedores Ejecutivos S.A. de C.V. la sustitución de la concesionante designada en la concesión D.A. 001/2019, pues la servidora pública C. Xochitl García Jaimes, dejó de ocupar el cargo de Gerente de Servicios al Personal el día 15 de julio de 2021, ocupando el cargo de Gerente de Servicios al Personal la Lic. Laiza Shiray Bueno Osorno, por lo que a partir del día 16 de julio de 2021 se sustituyó al concesionante quedando designada la Lic. Laiza Shiray Bueno Osorno.
B) Que se le concede el derecho de ofrecer pruebas y alegar lo que a su derecho convenga respecto a las omisiones que le son atribuidas, debiendo acreditar en la audiencia respectiva de manera fehaciente y sustentada el cumplimiento dado a las obligaciones a su cargo derivadas de las condiciones Sexta, Séptima y Décima Segunda de la concesión D.A. 001/2019 otorgada por Telecomunicaciones de México, es decir, debe acreditar haber entregado (i) una Póliza de Responsabilidad Civil por una suma asegurada mínima de $500,000.00 (quinientos mil pesos 00/100 M.N.) por evento con una vigencia de 3 años dentro de los 10 días naturales siguientes al de la firma del título de concesión; (ii) haber cubierto la cantidad de $ 228,192.00 (doscientos veintiocho mil ciento noventa y dos pesos 00/100 M.N.) correspondiente al uso y aprovechamiento del espacio del Título de Concesión por el periodo comprendido del 1° de octubre del 2019 al 31 de diciembre del 2021 y (iii) haber realizado el pago de los costos por el suministro de agua y suministro de energía eléctrica por el periodo del 18 de octubre del 2019 al 28 de febrero del 2020 acorde a los consumos registrado a razón de $1,764.60 (un mil setecientos sesenta y cuatro pesos 60/100 M.N.) por suministro de agua; y de
$15,199.55 (quince mil ciento noventa y nueve pesos 55/100 M.N.) por energía eléctrica.
En virtud de lo anterior, se señala el día 16 de diciembre del 2021 a las diecisiete horas para que tenga verificativo la audiencia señalada en el inciso B) anterior, la cual se llevará a cabo en la oficina de la Gerencia de Servicios Generales, Mantenimiento y Seguros Patrimoniales ubicada en el edificio "C" del Centro Telecomm I en Av. de las Telecomunicaciones, sin número, colonia Leyes de Reforma, Alcaldía Iztapalapa, C.P. 09310 de esta Ciudad de México, por lo que deberá comparecer el administrador único C. Miguel Angel Morales Morales o quien legalmente acredite su representación.
Se apercibe al concesionario que en caso de declararse la revocación de la concesión como consecuencia de las omisiones que le son atribuidas implicará la RECUPERACIÓN inmediata del inmueble.
En términos de lo dispuesto en la condición Vigésima, se ordena notificar a Vime Comedores Ejecutivos, S.A. de C.V., y Miguel Angel Morales Morales en el domicilio ubicado en Andrés Molina Enríquez número 4353 planta baja, colonia Viaducto Piedad, C.P. 08200, Alcaldía Iztacalco, Ciudad de México, ...
Asimismo se deberá notificar por correo electrónico... se deberán publicar por edictos un resumen del acto del presente acuerdo por 3 días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en el territorio nacional, con base en lo dispuesto en el artículo 111 de la Ley de Bienes Nacionales y 35 fracción III, 37 y 38 de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo...
En este sentido, hágase saber a Vime Comedores Ejecutivos, S.A. de C.V., y Miguel Ángel Morales Morales que tiene derecho a aportar pruebas y alegar en la audiencia por sí o por medio de su representante legal lo que estime conveniente, sin embargo, se le apercibe que en caso de no presentarse a la audiencia, se le tendrá por contestado en sentido afirmativo de las omisiones al cumplimiento de las obligaciones contenidas en el titulo concesión que le son atribuidas, así como por precluido su derecho para hacerlo posteriormente;
Asimismo, se hace del conocimiento de Vime Comedores Ejecutivos, S.A. de C.V., y Miguel Ángel Morales Morales que el respectivo expediente queda a su disposición para su consulta en el lugar en el que tendrá verificativo la audiencia y una copia del mismo. ...
Finalmente el responsable Inmobiliario hará del conocimiento del Sistema de Administración Tributaria (SAT) el inicio del procedimiento y su conclusión a fin de que se deje constancia por parte de Telecomunicaciones de México, que se han iniciado los trámites ante el SAT para hacer efectivos los montos que adeuda VIME COMEDORES EJECUTIVOS, S.A. DE C.V., por concepto de uso y aprovechamiento del espacio que se le destinara con motivo del Título de Concesión que nos ocupa y a la Dirección de Asuntos Jurídicos, para el cobro del adeudo por concepto de pago de servicios de energía eléctrica y agua, que dejara pendiente la empresa Vime Comedores Ejecutivos, S.A. de C.V. Lo proveyeron y firman en unión, los C.C. responsable Inmobiliario Lic. Edmundo Julián Domínguez López Portillo, Director de Administración y Lic. Laiza Shiray Bueno Osorno, Gerente de Servicios al Personal y Administradora del Título de Concesión D.A. 001/2019.
 
Atentamente
Ciudad de México a 30 de noviembre de 2021.
Director de Administración y Responsable Inmobiliario
Mtro. Julián Domínguez López Portillo
Rúbrica.
(R.- 514572)