REGLAS de Operación de los Programas de Apoyo de la Financiera para Fomentar la Inclusión Financiera y la Integración Económica en el Medio Rural.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero.
REGLAS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE APOYO DE LA FINANCIERA PARA FOMENTAR LA INCLUSIÓN FINANCIERA Y LA INTEGRACIÓN ECONÓMICA EN EL MEDIO RURAL
BALDEMAR HERNANDEZ MARQUEZ con fundamento en el Artículo 44 fracciones I y XIII de la Ley Orgánica de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, Artículos 10, 75 y 77, Segundo párrafo de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
1. Introducción
La Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero (la Financiera), es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, sectorizado en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con personalidad jurídica y patrimonio propio constituido conforme a la Ley Orgánica de la Financiera Rural (LOFR) publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre del 2002; y modificada mediante Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia financiera y se expide la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de enero de 2014; en específico al Artículo Décimo Noveno, donde se reforma la denominación de la Ley Orgánica de la Financiera Rural para quedar como Ley Orgánica de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, en cuyo artículo 1º se modifica el nombre de la Entidad conforme a lo señalado al principio del presente párrafo.
El Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2019-2024 contempla en su estructura 12 Principios Rectores y 3 Ejes Generales. El Programa Institucional 2020-2024 de la Financiera está alineado con dos de estos principios: "Economía para el Bienestar" y "No dejar a nadie atrás, no dejar a nadie fuera", a través de la política de proporcionar un mayor impulso al agro y el impulso a un modelo de desarrollo con inclusión e igualdad. Como se menciona en el PND, promover la "igualdad efectiva de derechos entre mujeres y hombres, entre indígenas y mestizos, entre jóvenes y adultos" con el compromiso de erradicar prácticas discriminatorias en el país; a su vez se hace hincapié en el avance del desarrollo integral de grupos vulnerables o que enfrentan dificultades para la Intermediación Financiera (IF), tales como las mujeres e indígenas y población afromexicana.
De igual forma, el Programa se encuentra alineado al Objetivo prioritario 6 del Programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo (PRONAFIDE) 2020-2024, el cual plantea ampliar y fortalecer el financiamiento y otros vehículos de financiamiento de la Administración Pública Federal, así como fomentar una mayor inclusión financiera de la población objetivo y una mayor participación del sector privado, para contribuir al desarrollo económico sostenido del país y al bienestar social, apoyándose en sus estrategias:
6.1: Promover el acceso a los servicios financieros de la banca de desarrollo, a través de esquemas y programas de financiamiento, así como otros productos financieros, que permitan una mayor inclusión de su población objetivo que enfrenta limitaciones de acceso al sistema financiero privado formal;
6.2: Impulsar un mayor financiamiento con la participación del sector privado en los sectores prioritarios para contribuir al desarrollo económico nacional, y
6.3. Impulsar y facilitar el uso y la contratación de los servicios financieros y de transacciones electrónicas que ofrece la banca de desarrollo para incrementar el acceso de la población y de los sectores objetivos.
Los Programas de Apoyo a cargo de la Financiera como coadyuvante de la Banca de Desarrollo, contribuyen al cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo, al Programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo 2020-2024 y el Programa Institucional de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, al aumentar el acceso de la población y las empresas a los servicios financieros, reconociendo su potencial productivo, como parte fundamental del desarrollo regional, facilitando el acceso a créditos asequibles, así como la integración de cadenas de valor, con el propósito de promover la competitividad, así como a elevar el contenido tecnológico y de valor agregado en la economía nacional, fomentando el desarrollo económico, a través de esquemas que permitan la inclusión financiera de grupos que enfrentan limitantes para ingresar al sistema financiero y que por su situación de vulnerabilidad, han sido históricamente relegados.
Los Programas de Apoyos a cargo de la Financiera, benefician directamente a los acreditados, promoviendo el quehacer financiero de los productores, así como de empresarios del sector, a través de la formación, asesoría, capacitación, desarrollo, asistencia técnica, así como la constitución de garantías e instrumentos que mitiguen los riesgos inherentes al financiamiento, con la finalidad de otorgar condiciones que
promuevan el mejor aprovechamiento de los recursos. Se persigue desarrollar de manera sostenible e incluyente los sectores económicos en los territorios rurales, particularmente en regiones con mayores rezagos económicos, además de promover la competencia e innovación en el sistema financiero y favorecer la entrada de nuevos participantes; así como brindar atención especial a las mujeres que desarrollan actividades en el medio rural y que permitan su desarrollo integral.
Asimismo, tienen la finalidad de contribuir a fortalecer e impulsar la inclusión financiera de Productores, Empresas Rurales (ER), Dispersoras y Empresas de Intermediación Financiera (EIF), que desarrollan actividades agropecuarias, forestales, pesqueras y todas las demás actividades económicas vinculadas al medio rural, mediante el otorgamiento de Apoyos y Servicios que promuevan el desarrollo de sus capacidades productivas, permitan la administración de riesgos crediticios, faciliten el acceso al crédito y fomenten la integración económica de cadenas productivas en el medio rural.
La Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, priorizará a través del otorgamiento de los Apoyos la atención a personas vulnerables pertenecientes a los sectores estratégicos de acuerdo a lo siguiente:
1. Mujeres
2. Adultos mayores
3. Jóvenes
4. Indígenas y población afromexicana
5. Población en zonas de alta y muy alta marginación
Con base en lo que establece el Artículo 77, Segundo párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, los Programas de Apoyo de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero para Acceder al Crédito y Fomentar la Integración Económica y Financiera para el Desarrollo Rural, deberán sujetarse a Reglas de Operación.
Los conceptos y definiciones utilizados en las presentes Reglas de Operación se detallan en el Glosario.
2. Glosario
Acreditado de la Financiera: Personas físicas o morales que tengan créditos otorgados directamente por la Financiera.
Acta Constitutiva: Documento donde consta el acuerdo de voluntades de dos o más personas reunidas con el objeto de constituir una persona moral, cumpliendo con los extremos del ordenamiento jurídico que rige a dicha persona moral y acatando los requisitos y formalidades contenidos en el mismo.
Acuerdo de Autorización de Crédito: Documento en el que consta el acuerdo generado por la instancia de autorización de la Financiera, donde se determinan los términos y condiciones del crédito autorizado.
Adulto Mayor: Población ocupada de 60 años o más, de conformidad al Programa Institucional de la Financiera.
Agencia: En plural o singular, a las agencias estatales, agencias de crédito rural o a los módulos para la atención de Apoyos y créditos que otorga la Financiera.
Apoyos: En plural o singular, a las aportaciones económicas que son autorizadas a favor de los Beneficiarios de cada Programa por parte de la Financiera, por haber cumplido con los requisitos que se establecen en las presentes Reglas de Operación.
Asociatividad: Proceso de cooperación mediante el cual los productores y empresas rurales se integran en un esfuerzo conjunto con otros participantes, con la finalidad de generar valor agregado, disminuir costos, adoptar nuevas tecnologías y reconversión productiva.
Beneficiario: Persona Física o Moral que cumple con los requisitos que se establecen en las presentes Reglas de Operación y cuenta con autorización para recibir los Apoyos descritos en los Programas.
Bono de Marginación: Se entiende como el incentivo que será otorgado a las personas vulnerables de los sectores estratégicos (mujeres, adultos mayores, jóvenes, indígenas y población afromexicana), cuyos proyectos se encuentren en municipios y localidades de Alta y Muy Alta Marginación dentro del territorio nacional.
Carta Satisfacción del Beneficiario: Escrito libre donde manifiesta su entera conformidad, respecto al servicio brindado por el prestador de servicios.
CLABE: Documento emitido por institución bancaria, que avala la Clave Bancaria Estandarizada compuesta por 18 dígitos.
CLUNI: Clave Unica de Inscripción al Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil.
CURP: Clave Unica de Registro de Población.
CNBV: Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
Comisión por Servicio de Garantía: Monto que cobrará la Financiera a sus Acreditados que accedan al Fondo de Garantías Líquidas Simples de la Financiera y que formará parte del patrimonio del mismo Fondo.
Comité de Capacitación: Comité de Capacitación y Asesoría a Productores y Empresas de Intermediación Financiera en el Medio Rural de la Financiera.
Componentes: A los diferentes grupos de Apoyos que integran los Programas que se establecen en las presentes Reglas de Operación.
Comprobante de domicilio: Documento que avala el domicilio actual del solicitante (Recibo Telefónico fijo, Agua, Predial, Luz, Constancia de Vecindad, Contrato de Arrendamiento y Contrato de Comodato).
Comprobante Fiscal Digital (Recibo de Honorarios o Factura): Emitidos por el Beneficiario, los proveedores o Prestadores de Servicios por el bien recibido, vendido o servicio prestado.
CONAPO: Consejo Nacional de Población.
Consejo Directivo de la Financiera: Órgano máximo de decisión Institucional.
Constancia de Situación Fiscal: Documento emitido por el SAT en el cual se hace constar las actividades económicas que se encuentran autorizadas a las Personas Físicas o Morales de conformidad al Régimen que tributa.
Contador Público Autorizado: Contador Público que cumple con lo establecido en el Código Fiscal de la Federación y que cuenta con registro vigente ante el SAT.
Contingencias de Mercado: Variaciones de precio fuera de los rangos esperados de los subyacentes o físicos agrícolas que representan un riesgo para la fuente de pago del financiamiento.
Contrato de Crédito: Instrumento legal, a través del cual se formalizan las operaciones de financiamiento regido por la normatividad de la materia que le aplica, que se elabora de acuerdo a las necesidades, características y productos de crédito, términos y condiciones de autorización, mismas que conllevan, derechos, obligaciones y sanciones para las partes.
Contrato de Prestación de Servicios: Escrito libre en el que constan los derechos y obligaciones de las partes, así como las características, metas y resultados del servicio objeto del contrato entre un determinado prestador de servicios y el beneficiario.
Convenio: Documento jurídico a través del cual se realiza el acuerdo de voluntades entre dos o más personas para crear, transferir, modificar o extinguir derechos y obligaciones, para los Convenios de Concertación, Colaboración o Coordinación que se establecen en las presentes Reglas de Operación, los cuales podrán ser modificados previa validación del Modelo de Convenio (Anexo 9) por parte de la Subdirección Corporativa Jurídica de Normatividad y Consulta de la Financiera, para adecuarlos a las necesidades operativas de los diferentes Programas a que refieren las Reglas de Operación.
Coordinaciones: Coordinaciones Regionales de la Financiera.
Cotización: Documento de carácter informativo el cuál deberá presentarse en papel membretado (Personas Morales), debidamente firmado y emitido por un proveedor o prestador de servicios con el objeto de establecer un valor de compra-venta de productos o servicios, mismo que deberá incluir costos unitarios, indicando el desglose de los impuestos aplicables y con antigüedad no mayor a 3 meses.
Crédito: Activo resultante del Financiamiento que otorga la Institución con base en el estudio de crédito aplicado a los Acreditados de la Financiera. Préstamo que concede la Financiera a través de sus Programas o productos de crédito, a favor de aquellas personas físicas o morales que son sujetos de crédito conforme a su normatividad.
Criterio Específico: Interpretación emitida por el Comité de Capacitación, respecto de un asunto particular que permite resolverlo con el propósito de ejecutar adecuadamente los Programas.
Criterio General: Interpretación de las presentes Reglas de Operación emitida por el Comité de Capacitación, respecto de asuntos de aplicación general, que permite resolverlos con el propósito de ejecutar adecuadamente los Programas, los cuales serán publicados en la página electrónica de la Financiera.
Currículum: Documento generado por el profesionista o persona moral, en donde se plasma de manera cronológica, la experiencia académica, profesional y laboral del prestador.
Dictamen de Siniestro: Documento emitido por la instancia competente, mediante el cual se describe y determina el grado de afectación provocado por el suceso.
Desarrollo de Capacidades: Técnica que busca la internalización de saberes y habilidades que permiten a las personas, grupos y organizaciones resolver problemas, desempeñar funciones, tomar decisiones y alcanzar objetivos relacionados con la productividad y competitividad de sus actividades rurales, agropecuarias, acuícolas, pesqueras y forestales para elevar su calidad de vida.
Desastre Natural: Contingencia ocurrida por un fenómeno natural que conlleva a la declaratoria de desastre natural emitida por parte de la Secretaría de Gobernación. Tratándose de cambios derivados en las condiciones de producción causados por cambios climatológicos o presencia atípica de plagas y enfermedades, contingencias sanitarias y epidemiológicas o de mercado, deberá existir un documento emitido por la Institución Competente.
DEAFOPOER: Dirección Ejecutiva de Atención y Fomento a Productores, Organizaciones y Empresas Rurales.
DGAPNCR: Dirección General Adjunta de Promoción de Negocios y Coordinación Regional.
Día Hábil: Los comprendidos entre lunes y viernes, excepto los no laborables por determinación de la ley o autoridad competente.
Diagnóstico: Identificación de los problemas, sus causas y valoración de la situación que realizan los sujetos con el concurso de un Prestador de Servicios, respecto a las Empresas Rurales, Intermediarios Financieros Rurales y Dispersoras, con el objeto de identificar sus fortalezas, oportunidades, debilidades y amenazas.
Dispersora: Personas morales que pueden recibir y otorgar financiamientos como parte complementaria de su actividad principal que, sin ser Intermediarios Financieros, individualizan los recursos de la operación para hacerlos llegar al acreditado final.
Ejercicio Fiscal: Es el periodo comprendido entre el 1º. de enero y el 31 de diciembre de cada año.
Empresas de Intermediación Financiera (EIF): Conformadas por las siguientes figuras: Uniones de Crédito, Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, Sociedades Financieras Populares, Almacenes Generales de Depósito, Sociedades Financieras de Objeto Múltiple Reguladas y No Reguladas, así como otras figuras determinadas en la legislación vigente.
Empresa Rural (ER): Figura jurídica que se dedica a la realización de funciones económicas lícitas en el medio rural, como la producción primaria, abasto de insumos, comercialización, acopio, maquila, transformación y otros servicios.
Estados Financieros: Son informes que se utilizan para conocer la situación económica financiera, así como los cambios que experimenta la empresa o institución a una fecha o periodo determinado. Comprende el balance de situación, pérdidas, ganancias y el estado de flujo de efectivo o historial financiero.
Estados Financieros Dictaminados: Son aquellos que han sido revisados por contador Público registrado ante las autoridades fiscales (SAT).
Evento Climatológico: Suceso que provoca un cambio en las condiciones climatológicas normales de una región o Estado.
Figura Jurídica: Agrupación de individuos y o empresas que, en el marco de las Leyes vigentes, se constituyen voluntaria y legalmente para satisfacer alguna necesidad o aspiración común.
En función de sus objetivos las Figuras Jurídicas pueden integrarse en:
- Figura Jurídica de Primer Nivel: conformadas por la asociación de personas físicas. Ejemplo: Ejido o comunidad, Sociedad de Producción Rural, Sociedad Cooperativa, Sociedad Anónima, Sociedad Civil.
- Figura Jurídica de Segundo Nivel: conformadas por la asociación de personas morales de primer nivel. Ejemplo: Unión de Ejidos, Sociedad Anónima (Físicas y morales), Unión de Asociaciones Agrícola y Ganadera, Unión de Sociedades de Producción Rural.
- Figura Jurídica de Tercer Nivel: integradas por Figuras de Primer y Segundo Nivel. Ejemplo: Asociación Rural de Interés Colectivo, Sociedad Anónima de Capital Variable, Confederación de Sociedades Cooperativas.
Fondo: Al Fondo de Garantías Líquidas Simples de la Financiera.
Fondo Mutual: Fondo de garantías constituidas para cubrir las posibles pérdidas de un portafolio de créditos de manera consolidada.
Grupo de Productores: Conjunto de productores que realizan actividades económicas vinculadas al medio rural, que se encuentran agrupados mediante un acta simple en la cual se designa a un miembro del mismo grupo para representar a la totalidad.
Identificación Oficial: Documento con el que una persona física puede acreditar su identidad; los documentos aceptables son: la Credencial para Votar vigente expedida por el Instituto Nacional Electoral, el Pasaporte vigente expedido por la Secretaria de Relaciones Exteriores, la Cartilla del Servicio Militar Nacional, expedida por la Secretaría de la Defensa Nacional y la Cédula Profesional, expedida por la Secretaría de Educación Pública. Tratándose de extranjeros documento migratorio que corresponda, emitido por autoridad competente (en su caso prórroga o refrendo migratorio).
Inclusión Financiera: La CNBV define la inclusión financiera como el acceso y usos de servicios financieros formales bajo una regulación apropiada que garantice esquemas de protección al consumidor y promueva la educación financiera para mejorar las capacidades financieras de todos los segmentos de la población. La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) la define como la promoción de un acceso asequible, oportuno y adecuado a una gama de productos y servicios financieros; así como la expansión de su uso por parte de todos los segmentos de la población, con el fin de promover el bienestar y la inclusión económica y social.
INEGI: Instituto Nacional de Estadística y Geografía.
INFONAVIT: Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
Instancia de Autorización: Unidades Administrativas u órganos colegiados de la Financiera encargados del análisis, dictamen, autorización o rechazo de las solicitudes de Apoyo.
Instancia de Ejecución o Recepción: Agencia de Crédito Rural, Agencia Estatal de Crédito Rural, Coordinaciones Regionales, Gerencias y Corporativo, facultadas para la recepción de las solicitudes de Apoyo.
Insumos Productivos: Todo elemento utilizado en el proceso productivo, tal como las materias primas, energía, maquinaria, capital de trabajo, etc.
IVA: Impuesto al Valor Agregado.
Jóvenes: Población que se ubica entre la edad de 18 y 30 años, con ingresos mayores a un salario mínimo de conformidad al Programa Institucional de la Financiera.
La Financiera: La Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero.
Línea de Crédito: Financiamientos autorizados por la Financiera, los cuales incluyen el monto y detalle de los tipos de créditos (incluyendo sus términos y condiciones).
Manual: En plural o singular es el documento que contiene la descripción de actividades que deben seguirse en la realización de las funciones de una unidad administrativa.
Marginación: Se expresa como carencia de oportunidades sociales y a la ausencia de capacidades para adquirirlas o generarlas, pero también a privaciones e inaccesibilidad a bienes y servicios fundamentales para el bienestar, de conformidad con el Consejo Nacional de Población (CONAPO).
Medio Rural: La FND considera como población objetivo los proyectos ubicados en localidades menores a 50,000 habitantes y es posible financiar cualquier actividad productiva licita. Se considera, además la posibilidad de financiar en localidades mayores a 50,000 habitantes los proyectos productivos y lícitos deberán estar vinculados con actividades agropecuarias, forestales y pesqueras.
Monto Máximo del Apoyo: Monto del Apoyo establecido en las presentes Reglas de Operación, sumado en su caso, al monto que corresponda por el Bono de Marginación que sea autorizado por la instancia correspondiente.
Mujeres: Población ocupada con ingresos mayores a un salario mínimo y mayores a 18 años, de conformidad al Programa Institucional de la Financiera.
Nuevos Clientes: Serán considerados nuevos clientes para la Financiera aquellos que hayan iniciado operaciones crediticias con la institución dentro del año calendario en curso, a partir de la fecha de presentación de la solicitud del Apoyo.
Organizaciones de Productores: Agrupaciones gremiales o económicas de productores rurales constituidas por acuerdo de sus integrantes en términos del ordenamiento jurídico que las rige.
Plan de negocios: Documento formal que describe un negocio o proyecto que está por realizarse y todo lo que esté relacionado con ello, tal como los objetivos del mismo, las estrategias, el estudio de mercado al cual se va a incursionar, la forma en que se van a comercializar los productos o servicios, la inversión que se va a realizar, el financiamiento requerido, la proyección de los ingresos y egresos, la evaluación financiera y la organización que coadyuve en la decisión sobre su viabilidad técnica y financiera.
Población Afromexicana: Mexicanos, hombres y mujeres de ascendencia africana. La condición de afromexicana podrá ser definida por la institución pública de atención a la misma.
Población Elegible: Personas físicas o morales que desarrollan actividades agropecuarias, forestales, pesqueras, financieras y demás actividades económicas vinculadas al medio rural.
Población Indígena: Población conformada por individuos de 18 años y más, que se ubican en localidades marginadas con ingresos mayores a un salario mínimo. La condición de población indígena podrá ser definida por la institución pública de atención a la misma, de conformidad al Programa Institucional de la Financiera.
Población Objetivo: Productores, Organizaciones debidamente formalizadas, Empresas Rurales, Dispersoras, Empresas de Intermediación Financiera y aquellos sujetos establecidos en cada uno de los Programas, susceptibles de obtener alguno de los Apoyos a que se refieren las presentes Reglas de Operación.
Prestador de Servicios: Personas físicas y personas morales, que facilitan procesos para el desarrollo de capacidades técnico-productivas y empresariales entre los diferentes participantes de las redes de valor para el desarrollo y consolidación de las empresas y figuras asociativas.
Presupuesto del Apoyo: Escrito libre firmado por el solicitante, en el que indica nombre del Apoyo, costos unitarios y desglose de los impuestos aplicables, aportación de la Financiera y, en su caso, del solicitante.
Productores: Personas físicas que realizan actividades productivas lícitas en el medio rural, incluyendo las agropecuarias, forestales y pesqueras.
Programa de Trabajo: Escrito libre debidamente firmado por el Solicitante y el Prestador de Servicios, el cual deberá contener como mínimo los objetivos, acciones, metas, resultados esperados y cronograma de trabajo.
Programa del Evento: Escrito libre descriptivo de las actividades que se realizarán durante el Evento Financiero o de Desarrollo Rural, incluyendo objetivos, metas, resultados esperados y cronograma.
Programas Especiales: Esquemas de financiamiento aprobados por la Financiera, para el cumplimiento de los objetivos estratégicos de la Banca de Desarrollo incluyendo los de la Financiera.
Proveedor: Persona física o moral que proporciona bienes o servicios a un tercero.
Proyecto Estratégico: Proceso de participación asociativa, resultado de la iniciativa y necesidades de productores para ejecutar un proyecto de desarrollo regional o territorial, mediante financiamiento seguro e integral, de coinversión, asesoría técnica y administración de riesgos, con participantes clave de las Redes de Valor.
Recibo Oficial del Beneficiario: Escrito donde manifiesta haber recibido a su entera satisfacción, el monto del Apoyo correspondiente, con cargo a los recursos de los Programas de Apoyo de la Financiera.
Red: Se refiere a la Red de Prestadores de Servicios o Red de Asesoría Técnica y Capacitación que se encuentran en el sistema web de la Financiera.
Región Sur-Sureste: Conformada por los municipios y localidades de los estados de Guerrero, Oaxaca, Chiapas, Veracruz, Tabasco, Campeche, Quintana Roo, Yucatán, Morelos, Hidalgo, Estado de México, Tlaxcala y Puebla, así como los estados que se determinen por políticas del Gobierno Federal.
Registro Público de la Propiedad (RPP): Se refiere a los registros públicos de la propiedad y del comercio de las Entidades Federativas, al Registro Agrario Nacional, al Registro de Crédito Agrícola, al Registro de Aeronáutica Civil y al Registro Marítimo Nacional, así como cualquier otro que se establezca en Ley Especial.
Reglas: Las presentes Reglas de Operación.
RFC: Registro Federal de Contribuyentes.
SADER: Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.
SAT: Servicio de Administración Tributaria.
Servicio de Capacitación: Actividades realizadas por Prestadores de Servicios que se encuentran acreditados por la Financiera, destinados al desarrollo de las Competencias Laborales requeridas por la Población Objetivo.
Servicio de Consultoría: Actividades realizadas por Prestadores de Servicios acreditados por la Financiera que están destinados al desarrollo de Soluciones Tecnológicas, incluyendo tecnologías productivas, administrativas, financieras, contables, comerciales y aquellas necesarias para los servicios, productos, procesos y sistemas de gestión empresarial de las Empresas Rurales y de Intermediación Financiera.
SFP: Secretaría de la Función Pública.
SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
SIIPP-G: Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales.
Sistema Informático: Conjunto de partes interrelacionadas: hardware y software.
El hardware incluye computadoras o cualquier tipo de dispositivo electrónico, que consisten en procesadores, memoria, sistemas de almacenamiento externo, etc. El software incluye al sistema operativo y aplicaciones, siendo especialmente importante los sistemas de gestión de bases de datos.
Soluciones Tecnológicas: Tecnologías de producto o de proceso diseñadas para resolver problemas específicos, a partir de las tecnologías disponibles y de las circunstancias de una unidad de producción o de servicios en un contexto determinado.
Sujetos de Crédito: Personas físicas o morales elegibles para acceder a los financiamientos que otorgue la Financiera.
UDI: Unidad de Inversión.
Unidades de Promoción de Crédito: Figura jurídica que fortalece la integración asociativa de los productores Agropecuarios, Rurales, Forestales y Pesqueros, para impulsar proyectos estratégicos de desarrollo económico.
3. Objetivo de las Reglas de Operación de los Programas
Las presentes Reglas de Operación tienen por objetivo, definir los criterios y requisitos que debe cumplir la población objetivo para ser beneficiarios de los Apoyos que se contemplan en los siguientes Programas: Programa de Capacitación para Productores e Intermediarios Financieros Rurales, Programa de Apoyo a Unidades de Promoción de Crédito, Programa de Garantías Líquidas y Programa de Reducción de Costos de Acceso al Crédito.
Las Reglas de Operación a través de los Apoyos buscan impulsar de manera prioritaria la inclusión financiera de mujeres, adultos mayores, jóvenes, indígenas, población afromexicana y población que habita en municipios o localidades de alta y muy alta marginación en igualdad de oportunidades, priorizando la región Sur-Sureste del país; y todas las demás actividades económicas vinculadas al medio rural, promoviendo el desarrollo de sus capacidades productivas.
El lenguaje empleado en las presentes Reglas de Operación no busca generar ninguna distinción ni marcar diferencias entre hombres y mujeres. Las referencias o alusiones en la redacción hechas hacia un género representan a ambos sexos, por lo que en la elaboración de las presentes Reglas de Operación se utiliza un lenguaje claro, incluyente y no sexista.
Se garantiza la participación de mujeres y hombres con equidad e igualdad de oportunidades, para su elegibilidad en la obtención de los Apoyos.
4. Requisitos que aplican para el trámite de los Apoyos
La población objetivo de cada Programa, interesada en recibir Apoyos de cualquiera de los Componentes, deberá presentar su solicitud en las Instancias de Recepción, utilizando los Formatos que se incluyen en este mismo documento como anexos.
Las solicitudes de los Apoyos deberán ser recibidas y autorizadas previo a la realización del servicio o adquisición del bien concepto del mismo, con excepción del Apoyo de Integración de Expedientes.
La elegibilidad de las solicitudes de Apoyo se determinará verificando:
a) Que el solicitante pertenezca a la población objetivo.
b) Que la solicitud de Apoyo no rebase los montos máximos establecidos en las presentes Reglas de Operación.
c) Que el solicitante cumpla con los requisitos específicos indicados para el Apoyo.
Previo a la autorización del Apoyo se deberá verificar que el solicitante haya cumplido con los compromisos derivados de los Créditos y Apoyos otorgados por la Financiera, ya sea en ejercicios anteriores o en el actual. En caso de que se detecte incumplimiento, el solicitante deberá demostrar su cumplimiento, de lo contrario el Apoyo no será autorizado o bien, en su caso pagado.
El otorgamiento de los Apoyos estará condicionado a que el Beneficiario no se encuentre en las listas de personas vinculadas con lavado de dinero y financiamiento al terrorismo o con otras actividades ilegales. La Financiera consultará las listas oficialmente reconocidas que le dé a conocer la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, organismos internacionales, agrupaciones intergubernamentales o autoridades de otros países.
El solicitante deberá estar al corriente con las obligaciones fiscales que le correspondan (SAT, IMSS, INFONAVIT) y todas aquellas aplicables conforme a la normatividad fiscal vigente.
Que el solicitante no haya ocasionado castigo o quebranto a las instituciones de banca de desarrollo, la Financiera o los fideicomisos públicos para el fomento económico constituidos por el Gobierno Federal derivado de alguna operación de crédito, para lo cual deberá realizarse la consulta de quebrantos.
Los solicitantes y beneficiarios de los Apoyos, que hayan generado un castigo o quebranto a las entidades señaladas en el párrafo anterior, cuyo saldo actual sea menor a 1,000 UDI´s podrán ser elegibles de recibir Apoyos y servicios.
Para el caso del Apoyo de Reducción de Costos de Acceso al Crédito en los que se cuente con la consulta positiva de las sociedades de información crediticia vigente, ésta podrá utilizarse como constancia de la consulta de quebrantos.
Para el trámite de los Apoyos en los cuales se suscriba convenio o se cuente con contrato de crédito con Financiera, el solicitante puede omitir la entrega del Acta Constitutiva y el Poder Notarial del Representante Legal (siempre y cuando no tenga modificaciones en los últimos seis meses), en virtud de que ya fueron presentados para la realización del Instrumento legal.
La simple presentación de la solicitud ante las Instancias de Recepción no crea obligación para el otorgamiento del Apoyo solicitado.
El trámite para la obtención de los Apoyos de los Programas y Componentes contemplados en estas Reglas de Operación será gratuito para los solicitantes.
5. De los derechos, sanciones y obligaciones de los Beneficiarios
La población objetivo tiene los siguientes derechos, sanciones y obligaciones:
5.1. Los Beneficiarios tienen derecho a:
a. Recibir un trato digno, respetuoso, oportuno, con calidad y equitativo, sin discriminación alguna.
b. Recibir Acuse de Recepción de la Solicitud debidamente sellada por la Instancia de Recepción.
c. Solicitar y recibir información sobre el estado que guardan las gestiones que hubieren realizado.
d. Recibir los Apoyos conforme a los requisitos y sujetos a disponibilidad presupuestal.
5.2. Son obligaciones de los Beneficiarios:
a. Estar al corriente con sus obligaciones fiscales y todas aquellas aplicables conforme a la normatividad vigente de la Financiera.
b. Cumplir con las disposiciones establecidas en las presentes Reglas de Operación, así como la documentación necesaria para el otorgamiento del Apoyo.
c. Aplicar los Apoyos para los fines autorizados.
d. Contratar al Prestador del Servicio o Proveedor, quedando la Financiera liberada de cualquier responsabilidad que se suscite por la prestación del servicio.
e. Entregar a la Financiera los comprobantes fiscales digitales que amparen el monto total del proyecto o servicio, así como la verificación de estos en el portal del SAT.
f. Abstenerse de recibir y solicitar ante diferentes Dependencias Gubernamentales, Apoyos destinados para el mismo fin.
g. Registrar la información que permita a la Financiera integrar de manera correcta y oportuna el padrón de Beneficiarios que establece el Decreto por el que se crea el Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales (SIIPP-G), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de enero de 2006, y de conformidad con los requisitos establecidos en el Acuerdo por el que se da a conocer el Manual de Operación del Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales publicado el 29 de junio de 2011, así como su actualización del 13 de septiembre de 2018, la cual se encuentra disponible en la página https://www.gob.mx/sfp/documentos/manual-de-operacion-del-siipp-g-13-09-2018?state=published
Generar y entregar la constancia de carga de padrón de beneficiarios emitida mediante el aplicativo, que para tal fin se ponga a disposición de los beneficiarios en la página https://www.gob.mx/fnd una vez integrado el padrón de acuerdo al párrafo anterior.
h. Otorgar facilidades a la Financiera y a cualquier instancia fiscalizadora para efectuar las visitas de supervisión que ésta considere necesarias a las instalaciones o lugares donde se lleven a cabo las acciones, esto con el fin de verificar la correcta aplicación de recursos del Apoyo para los fines autorizados.
i. Las Dispersoras e Intermediarios Financieros Rurales deberán otorgar la información que la Financiera les solicite en los términos requeridos acerca de las condiciones crediticias otorgadas a sus acreditados finales, así como cualquier otro tipo de información que permita conocer los gastos operativos que enfrente y el manejo del riesgo de su cartera crediticia; esta condición será aplicable cuando hayan recibido cualquiera de los Apoyos que conforman las presentes Reglas de Operación.
5.3. De las sanciones a los Beneficiarios.
En caso de incumplimiento por parte de los Beneficiarios a las obligaciones contenidas en las Reglas de Operación, Convenios o de los fines para los que fueron otorgados los Apoyos respectivos, se dará lugar a la suspensión inmediata del Apoyo y los Beneficiarios deberán reintegrar a la Financiera, el monto recibido total o parcialmente que corresponda al incumplimiento, incluyendo los rendimientos financieros, contados a partir de la fecha de su otorgamiento y hasta la fecha en que sean reintegrados totalmente a la Financiera, en un plazo que no exceda de 3 días hábiles, contados a partir de la fecha en que se realice la notificación. Los rendimientos a que se hace referencia serán calculados a la tasa anual de interés que resulte del promedio aritmético de las tasas de rendimiento equivalentes a las tasas de descuento de los Certificados de la Tesorería de la Federación a noventa y un días en colocación primaria que dé a conocer el Banco de México.
En el caso de que por cualquier motivo se deje de publicar la tasa de descuento de los Certificados de la Tesorería de la Federación a noventa y un días en colocación primaria, se utilizará la que la sustituya.
El monto de los intereses se determinará dividiendo la tasa anual a que se refiere el párrafo anterior, entre trescientos sesenta y el resultado hasta la centésima, se multiplicará por el número total de días transcurridos desde el día en que venció el plazo para realizar la devolución hasta el día hábil previo a aquél en que el monto a devolver se deposite en la cuenta bancaria señalada por el solicitante. El resultado obtenido se multiplicará por el importe no devuelto oportunamente, de conformidad a lo establecido en el Reglamento de la Ley de Tesorería de la Federación o la normatividad aplicable.
Lo anterior, sin perjuicio de las acciones civiles, administrativas y penales, que pudieran ejercerse a ese respecto. En caso de no restituir el recurso, se excluirá al Beneficiario de la Población Objetivo para todos los Apoyos de los Programas.
6. Solicitud de Apoyo
Para acceder a los Apoyos de los Programas, el solicitante deberá presentar el formato de solicitud que corresponda, de acuerdo a lo siguiente:
- Formato FN-RO-01: Para Productores, Organizaciones de Productores, Empresas Rurales, Dispersoras y Empresas de Intermediación Financiera, acreditadas o interesadas en obtener crédito con la Financiera, mismo que puede ser requisitado a través de la página https://www.gob.mx/fnd/documentos/fn-ro-01-solicitud-unica-de-apoyos-y-anexos-que-lo-acompanan-53083 o el Anexo 1 de las presentes Reglas de Operación.
- Formato FN-RO-02: Para la Financiera, Anexo 2 de las presentes Reglas de Operación.
Para acceder a los Apoyos de los Programas, con independencia de la documentación requerida para cada Apoyo, el solicitante deberá presentar ante la Instancia de Recepción la documentación que se describe a continuación, en cada una de las etapas del trámite:
| Etapa de Trámite | Documentación |
| Solicitud | *Solicitud de Apoyo FN-RO-01 o Solicitud de Apoyo FN-RO-02 |
| Solicitud | Identificación oficial del solicitante o del representante legal |
| Solicitud | *Aviso de Privacidad (Anexo 10) |
| Solicitud | **Comprobante de domicilio del solicitante, con antigüedad no mayor a 3 meses |
| Solicitud | **Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) 18 dígitos del solicitante o Prestador de Servicios o Proveedor, con antigüedad no mayor a 3 meses |
| Solicitud | **Clave Unica de Registro de Población (CURP) del solicitante o del representante legal |
| Solicitud | CLUNI (en caso de que el Beneficiario se encuentre obligado) |
| Solicitud | *Poder y autorización para verificar posibles quebrantos a instituciones de Banca de Desarrollo (Anexo 8) |
| Solicitud o Ministración | Cumplimiento de Obligaciones Fiscales |
| Ministración | *Constancia de carga del Padrón de Beneficiarios SIIPP-G |
| Ministración / Comprobación | **Comprobante fiscal digital del Prestador de Servicios o proveedor |
| Comprobación Final | **Comprobante fiscal digital del Beneficiario en la etapa de comprobación deberá entregarse en un lapso no mayor a 10 días hábiles a partir del otorgamiento del recurso (solo aplica cuando el solicitante es una persona moral) |
| Comprobación Final | **Recibo del Beneficiario aplica solo para persona física y cuando el solicitante es la Financiera (Anexo 4) en un lapso no mayor a 10 días hábiles a partir del otorgamiento del recurso |
| Adicional a la documentación señalada, en cada Apoyo se establecerá la documentación que en específico debe presentarse. |
* La documentación debe ser presentada en original.
** Este documento no aplica a los Apoyos del Programa de Garantías y Apoyo de Reducción del Costo Financiero.
La documentación señalada en el cuadro anterior, no le es aplicable al Fondo Mutual de Garantías Líquidas.
Cuando las solicitudes estén incompletas en datos o documentos, la Financiera informará lo correspondiente al solicitante, en un plazo no mayor a 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de recepción de la solicitud, para subsanar documentos o completar la solicitud en un plazo no mayor de 7 días hábiles a partir de que se le informe. En caso de que el solicitante no cumpla durante el plazo indicado, la solicitud será rechazada y el solicitante será notificado por algún medio de comunicación a su alcance. No obstante, lo anterior, el interesado podrá reiniciar el trámite.
La Financiera dará respuesta a las solicitudes de los Apoyos mediante oficio, correo electrónico o cualquier otro medio a su alcance, en un plazo no mayor a 20 días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de recepción de la solicitud, la cual deberá estar debidamente requisitada conforme a lo establecido en estas Reglas de Operación.
La autorización del Apoyo se realizará acorde a los montos y porcentajes establecidos de conformidad a las facultades de cada instancia de autorización, en apego a los procedimientos internos de la Financiera y se atenderán dependiendo del orden de entrada de la solicitud y de la disponibilidad presupuestal.
7. Programas
Las presentes Reglas de Operación establecen los objetivos, consideraciones y requisitos que debe cumplir la población objetivo para ser beneficiaria del otorgamiento de los Apoyos que se contemplan en los siguientes Programas:
- Programa de Capacitación para Productores e Intermediarios Financieros Rurales.
- Programa de Apoyo a Unidades de Promoción de Crédito.
- Programa de Garantías Líquidas.
- Programa de Reducción de Costos de Acceso al Crédito.
8. Programa de Capacitación para Productores e Intermediarios Financieros Rurales.
8.1. Objetivo
Facilitar el acceso, así como el aprovechamiento del crédito que la Financiera ofrece en el medio rural, a través del otorgamiento de Apoyos y se divide en los siguientes componentes:
√ Componente para el Desarrollo y Capacitación de Sujetos de Crédito.
√ Componente para Eventos Financieros o de Desarrollo Rural.
√ Componente de Capitalización.
8.2. Población Objetivo
Productores, ER, Dispersoras, EIF y la propia Financiera.
8.3. Componente para el Desarrollo y Capacitación de Sujetos de Crédito.
8.3.1. Objetivo
Este componente tiene como finalidad contribuir al diseño, desarrollo y fortalecimiento de los Productores, ER, Dispersoras y EIF, para promover el acceso al financiamiento, a través del mejor uso y aprovechamiento de los recursos crediticios, así como la inclusión a servicios financieros.
8.3.2. Apoyo para la Integración de Expedientes para la Solicitud de Crédito.
8.3.2.1. Objetivo Específico
Destinado al pago de la prestación del servicio para la integración exitosa de un expediente de financiamiento con la Financiera.
8.3.2.2. Población Objetivo
Productores, ER, Dispersoras y EIF, que sean Nuevos Clientes de la Financiera.
8.3.2.3. Consideraciones
El monto del Apoyo será conforme a lo siguiente:
| Tipo de crédito | Monto del Apoyo | Monto Máximo con Bono de Marginación |
| Créditos con análisis tradicional | Hasta $8,000.00 | Hasta $8,800.00 |
| Líneas de crédito para Operaciones de Segundo Piso | Hasta $25,000.00 | Hasta $27,500.00 |
La solicitud del Apoyo deberá ser por cada nuevo contrato de crédito con la Financiera.
El Apoyo deberá ser brindado a través de un Prestador de Servicios, mismo que deberá de estar inscrito en la Red de Prestadores de la Financiera.
La solicitud del Apoyo y el trámite de pago deberá presentarse dentro de los 20 días hábiles posteriores a la primera ministración del crédito ligado al Apoyo.
La aportación del Beneficiario será de al menos el 20% del costo total del proyecto y el resto será cubierto por la Financiera.
El Apoyo será pagado en una sola ministración por reembolso al Beneficiario.
8.3.2.4. Documentación Requerida
| Etapa de Trámite | Documentación |
| Además de la documentación citada en el numeral 6 de estas Reglas de Operación, se requiere la siguiente: |
| Solicitud | Contrato de Prestación de Servicios |
| Solicitud | Acuerdo de Autorización de Crédito |
*Los documentos deberán presentarse en original para el trámite del Apoyo.
8.3.3. Apoyo de Capacitación o Consultoría
8.3.3.1. Objetivo Específico
Destinado al pago de servicios de capacitación o consultoría.
8.3.3.2. Población Objetivo
Las ER, Dispersoras y EIF, que sean Nuevos Clientes o en proceso de ser clientes de la Financiera.
8.3.3.3. Consideraciones
El monto del Apoyo será conforme a lo siguiente:
| Solicitante | Monto del Apoyo | Monto Máximo con Bono de Marginación |
| ER y Dispersoras | Hasta $30,000.00 | Hasta $33,000.00 |
| EIF | Hasta $50,000.00 | Hasta $55,000.00 |
Los servicios de este Apoyo se proporcionan en dos fases:
- Diseño: pueden ser para Nuevos Clientes o en proceso de ser clientes de la Financiera y se destina a formular diagnósticos, planes de negocios, productos financieros para los planes de negocios y elaboración de manuales.
- Profesionalización: aplica solo para Nuevos Clientes y se destina a implementar manuales de operación, servicios financieros, control interno, gestión de riesgos, mercadotecnia, crédito, contabilidad, diseño de procesos operativos, etc.
Una misma ER, Dispersoras o EIF podrá contar con dos servicios simultáneos, siempre y cuando correspondan a necesidades diferentes.
El servicio deberá ser realizado por el Prestador de Servicios inscrito en la Red de Financiera, a través de una persona física, mismo que será intransferible el servicio y deberá garantizar la calidad del mismo. Cuando el Prestador de Servicios sea una persona moral, será la responsable de garantizar la calidad y conclusión del servicio brindado.
Los productos derivados de este Apoyo deberán ser realizados conforme al programa de trabajo y la Gerencia Regional de Fomento y Promoción de Negocios será la responsable de la validación de los mismos.
La aportación del Beneficiario será de al menos el 20% del costo total del proyecto y el resto será cubierto por la Financiera.
El Apoyo deberá ser solicitado y autorizado previo a la realización del servicio y deberá ser concluido en un período máximo de 90 días naturales, contados a partir de la autorización de este, de lo contrario, la solicitud será dada de baja por la Instancia de Recepción.
El Apoyo será pagado en una sola ministración por reembolso al Beneficiario.
8.3.3.4. Documentación Requerida
| Etapa de Trámite | Documentación |
| Además de la documentación citada en el numeral 6 de estas Reglas de Operación, se requiere la siguiente: |
| Solicitud | Acta constitutiva y, de las modificaciones a ésta y/o a sus estatutos, que en su caso haya tenido a la fecha de la solicitud, debidamente protocolizada ante Fedatario Público |
| Solicitud | *Presupuesto del Apoyo |
| Solicitud | Cotización |
| Solicitud | *Programa de Trabajo |
| Solicitud | Contrato de Prestación de Servicios |
| Ministración | *Documentos generados por el Servicio a través del otorgamiento del Apoyo |
| Ministración | *Carta Satisfacción del Beneficiario |
*Los documentos deberán presentarse en original para el trámite del Apoyo.
8.3.4. Apoyo para el Equipamiento
8.3.4.1. Objetivo Específico
Destinado para la adquisición e instalación de equipo nuevo (no ensamblado) y sistemas, con el propósito de mejorar la administración de cartera de los clientes de la Financiera.
8.3.4.2. Población Objetivo
ER, Dispersoras y EIF, acreditados de la Financiera.
8.3.4.3. Consideraciones
El monto del Apoyo será conforme a lo siguiente:
| Solicitante | Monto del Apoyo | Monto Máximo con Bono de Marginación |
| ER y Dispersoras | Hasta $80,000.00 | Hasta $88,000.00 |
| EIF | Hasta $160,000.00 | Hasta $176,000.00 |
El pago del Apoyo será conforme al tabulador de montos máximos establecidos en el Anexo 3.
Para el trámite del Apoyo se requerirá que se entreguen 2 cotizaciones por cada concepto de gasto que desee cubrir, mismos que deberán apegarse a precios actuales de los productos cotizados, a fin de elegir la cotización que asegure las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento y oportunidad.
Los artículos que pueden ser adquiridos a través del Apoyo no deben corresponder a bienes suntuarios o de lujo.
La aportación del Beneficiario será de al menos el 20% del costo total del proyecto y el resto será cubierto por la Financiera.
El Apoyo deberá ser solicitado y autorizado previo a la adquisición de los artículos y deberá ser pagado en una sola ministración por reembolso al Beneficiario.
Equipamiento de ER y Dispersoras
Las ER y Dispersoras podrán solicitar la adquisición de equipo (establecido en el Anexo 3 de las presentes Reglas de Operación) o sistemas informáticos vinculados a la actividad de la empresa.
Para el trámite del Apoyo, se deberá presentar Análisis FODA realizado por un Prestador de Servicios cuya vigencia no debe ser mayor a un año, el cual deberá detallar los artículos que forman parte de la necesidad del Equipamiento que se solicita.
El pago del Apoyo se efectuará una vez que haya sido ministrado al menos el 30% del crédito autorizado y vigente.
Equipamiento de EIF
Las EIF podrán solicitar la adquisición de equipo (establecido en el Anexo 3 de las presentes Reglas de Operación) y renta o adquisición de sistemas informáticos, siempre y cuando su capital contable vigente sea de hasta $20'000,000.00 M.N.
Las EIF que cuenten con capital contable vigente mayor a $20,000,000.00 únicamente podrán solicitar la adquisición o renta de sistemas informáticos vinculados a la actividad de la EIF, los cuales podrán ser:
- Facturación electrónica
- Página web
- Administración de operaciones Financieras
Este Apoyo podrá otorgarse sin exceder un monto histórico de $300,000.00 M.N.
El pago del Apoyo se efectuará una vez que haya sido ministrado al menos el 30% de la línea(s) de crédito que fue asociada al Apoyo o en su caso al crédito que sustituya a la línea original, considerando lo ejercido en ambos créditos para cumplir con el porcentaje señalado.
Para el otorgamiento del Apoyo será necesario contar con Plan de Fortalecimiento o Análisis FODA realizado por un Prestador de Servicios o mediante la Herramienta de Evaluación o Seguimiento, los cuales deberán tener una antigüedad no mayor a un año y deberán detallar los artículos que forman parte de la necesidad del Equipamiento que se solicita.
8.3.4.4. Documentación Requerida
| Etapa de Trámite | Documentación |
| Además de la documentación citada en el numeral 6 de estas Reglas de Operación, se requiere la siguiente: |
| Solicitud | *Presupuesto del Apoyo |
| Solicitud | Cotizaciones |
| Solicitud | Estados Financieros entregados para la solicitud de crédito |
| Solicitud | Plan de Fortalecimiento o Análisis FODA o Herramienta de Evaluación o de Seguimiento |
*Los documentos deberán presentarse en original para el trámite del Apoyo.
8.3.5. Apoyo para el Desarrollo de Cadenas de Valor.
8.3.5.1. Objetivo Específico
Destinado al pago de servicios de asistencia técnica con el fin de agregar valor a las cadenas productivas, relacionadas con créditos otorgados por la Financiera.
8.3.5.2. Población Objetivo
Grupos de Productores y ER acreditados de la Financiera.
8.3.5.3. Consideraciones
El monto del Apoyo será conforme a lo siguiente:
| Monto del Apoyo | Monto Máximo con Bono de Marginación |
| Hasta $150,000.00 M.N. | Hasta $165,000.00 M.N. |
La asistencia técnica comprende al menos, las siguientes fases:
- Diseño: En esta etapa el Prestador de Servicios deberá entregar un Programa de Trabajo indicando las necesidades y la mecánica a través de la cual se llevará a cabo la asistencia técnica, así como los resultados y metas esperadas.
- Implementación y Evaluación: En estas etapas el Prestador de Servicios deberá presentar evidencia fotográfica y documental de los resultados y metas logradas a través de la asistencia técnica, así como el informe de resultados de la implementación, mediante el cual se deberán corroborar los resultados y metas indicados en la fase de diseño.
El servicio deberá ser realizado por un Prestador de Servicios inscrito en la Red de la Financiera.
Los entregables de este Apoyo deberán ser realizados conforme al programa de trabajo y la Gerencia Regional de Fomento y Promoción de Negocios será la responsable de la validación de los productos.
La aportación del Beneficiario será de al menos el 20% del costo total del proyecto y el resto será cubierto por la Financiera.
El Apoyo deberá ser solicitado y autorizado previo a la realización del servicio y deberá ser concluido en un período máximo de 90 días naturales, contados a partir de la autorización de este, de lo contrario, la solicitud será dada de baja por la Instancia de Recepción.
El Apoyo deberá ser pagado en una sola ministración por reembolso al Beneficiario.
8.3.5.4. Documentación Requerida
| Etapa de Trámite | Documentación |
| Además de la documentación citada en el numeral 6 de estas Reglas de Operación, se requiere la siguiente: |
| Solicitud | *Presupuesto del Apoyo |
| Solicitud | Cotización |
| Solicitud | Contrato de Prestación de Servicios |
| Solicitud | Programa de Trabajo |
| Ministración | Evidencia fotográfica y documental de los resultados y metas logradas |
| Ministración | Informe de resultados de la implementación |
*Los documentos deberán presentarse en original para el trámite del Apoyo.
8.3.6. Apoyo para la certificación o evaluación de proyectos de desarrollo sostenible.
8.3.6.1. Objetivo Específico
Destinado a cubrir el pago de servicios para certificar o evaluar proyectos que generen desarrollo sostenible, relacionados con créditos otorgados por la Financiera.
8.3.6.2. Población Objetivo
Grupo de Productores, ER, Dispersoras y EIF acreditadas de la Financiera.
8.3.6.3. Consideraciones
El monto del Apoyo será conforme a lo siguiente:
| Certificación | Evaluación | Monto Máximo con Bono de Marginación |
| Hasta $150,000.00 | Hasta $100,000.00 | Certificación | Hasta $165,000.00 |
| Evaluación | Hasta $110,000.00 |
Con este Apoyo se podrá pagar lo correspondiente a certificaciones o evaluaciones relacionados con la realización de proyectos, que generen desarrollo sostenible vinculadas al medio rural, los cuales pueden ser:
√ Proyectos en energía renovable, eficiencia energética (incluidos los edificios energéticamente eficientes), gestión sostenible de residuos, uso sostenible de la tierra (incluidas la silvicultura, ganadería y la agricultura), conservación de la biodiversidad, transporte limpio, gestión sostenible de las aguas (incluida el agua limpia o potable y las residuales) y adaptación al cambio climático entre otras actividades.
√ Proyectos de infraestructura, por ejemplo, sistemas de captación de agua, sistemas de riego, sistemas de crianza sostenible, seguridad alimentaria, fortalecimiento y avance socioeconómico, entre otros.
La aportación del Beneficiario será de al menos el 20% del costo total del proyecto y el resto será cubierto por la Financiera.
El Apoyo deberá ser solicitado y autorizado previo a la realización del servicio y deberá ser concluido en un período máximo de 90 días naturales, contados a partir de la autorización de este, de lo contrario, la solicitud será dada de baja por la Instancia de Recepción.
El Apoyo deberá ser pagado en una sola ministración por reembolso al Beneficiario.
8.3.6.4. Documentación Requerida
| Etapa de Trámite | Documentación |
| Además de la documentación citada en el numeral 6 de estas Reglas de Operación, se requiere la siguiente: |
| Solicitud | *Presupuesto del Apoyo |
| Solicitud | Cotización |
| Ministración | Contrato de Prestación de Servicios |
| Ministración | Informe de la Evaluación o Certificación obtenida |
*Los documentos deberán presentarse en original para el trámite del Apoyo.
8.4. Componente para Eventos Financieros o de Desarrollo Rural.
8.4.1. Objetivo
La Financiera podrá organizar eventos que permitan el desarrollo de las capacidades de sus empleados o de sus acreditados. También podrá participar en eventos organizados por terceros para la promoción de su oferta crediticia, a través de stands y artículos promocionales.
8.4.2. Población Objetivo
La propia Financiera.
8.4.3. Consideraciones
El monto del Apoyo será el siguiente:
| Monto del Apoyo |
| Hasta $500,000.00 M.N. |
Este Apoyo está destinado para el pago de los siguientes conceptos:
- Hospedaje y alimentación
- Servicios de transporte Nacional
- Renta de stands y servicios relacionados con los mismos, aulas, salones, equipo audiovisual y mobiliario, promocionales y material didáctico.
El servicio deberá ser proporcionado directamente por los proveedores o prestadores de servicios sin utilizar intermediarios a excepción del concepto de transportación aérea. Cuando el proveedor sea una dependencia o entidad, federal, estatal o municipal podrá utilizar el servicio de terceros dando cumplimiento a las políticas y normatividad que les apliquen.
Los eventos se podrán llevar a cabo de manera presencial o virtual, cuando se trate de esta última modalidad, se podrán pagar únicamente los conceptos de diseño de una plataforma virtual, así como el pago
de ponentes sin rebasar los montos máximos establecidos en el Tabulador de Montos Máximos de Apoyo (Anexo 3).
Se requerirá que se entreguen al menos dos cotizaciones por cada concepto de gasto que desee cubrir, que deberán apegarse a precios actuales de los productos cotizados a fin de elegir la cotización que asegure las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento y oportunidad.
La solicitud del Apoyo deberá ser recibida y registrada con 7 días hábiles de anticipación a la fecha de inicio del evento.
El pago del Apoyo será conforme al Tabulador de Montos Máximos, establecido en el Anexo 3 y no aplicará una vez iniciado el evento, por reembolso ni por retroactividad. En caso de que no se lleve a cabo el evento deberán restituir a la Financiera el pago realizado, así como los rendimientos que se hubieren generado, dentro de los siguientes 5 días hábiles contados a partir de la fecha programada para la realización del evento.
En caso de que a los proveedores no les sea posible desglosar en los comprobantes fiscales los conceptos pagados de acuerdo a lo presentado en la cotización, justificarán por escrito las causas que lo impiden.
Para el trámite del Apoyo deberá entregar la documentación requerida a excepción del Acta Constitutiva, Poder notarial, Comprobante de Domicilio, Identificación Oficial y CURP del Solicitante, y el poder para verificar posibles quebrantos a la banca de desarrollo.
Cuando el concepto de pago corresponda a honorarios por instrucción, el Prestador de Servicios deberá presentar Curriculum y evidencia documental que acredite el grado de estudios del ponente o instructor, mismo que deberá tener carrera afín sobre el tema a impartir.
Los comprobantes fiscales deberán ser emitidos una vez que Financiera realice el pago del Apoyo al proveedor o prestador de servicios y deberán ser entregados en un lapso no mayor a 10 días hábiles una vez concluido el evento.
El Apoyo se pagará en una sola ministración por cuenta y orden del beneficiario a los proveedores o Prestadores de Servicios elegidos.
8.4.4. Documentación Requerida
| Etapa de Trámite | Documentación |
| Además de la documentación citada en el numeral 6 de estas Reglas de Operación, se requiere la siguiente: |
| Solicitud | Constancia de Situación fiscal del Proveedor (Persona Física y/o Persona Moral) |
| Solicitud | *Presupuesto del Apoyo |
| Solicitud | Cotización |
| Solicitud | Programa del Evento incluido cronograma |
| Solicitud | Curriculum del ponente o instructor cuando el concepto de pago corresponda a honorarios por instrucción |
| Comprobación Final | Recibo del Beneficiario (Anexo 4) en un lapso no mayor a 10 días hábiles una vez concluido el evento |
| Comprobación Final | Pases de abordar cuando el concepto de pago corresponda a transportación área |
| Comprobación Final | Presentaciones o documentos generados para el evento en un lapso no mayor a 10 días hábiles una vez concluido el evento |
| Comprobación Final | *Informe del Evento con evidencia fotográfica de la realización del mismo en un lapso no mayor a 10 días hábiles una vez concluido el evento |
*Los documentos deberán presentarse en original para el trámite del Apoyo.
8.5. Componente de Capitalización.
8.5.1. Objetivo
Destinado a incrementar el capital social necesario para solicitar una línea de crédito con la Financiera.
8.5.2. Población Objetivo
EIF que hayan recibido o estén interesados en recibir financiamiento con la Financiera.
8.5.3. Consideraciones
El monto del Apoyo será conforme a lo siguiente:
| Monto del Apoyo |
| Hasta $200,000.00 M.N. |
El monto del Apoyo constituye hasta el 50% del capital requerido para la contratación de la línea, sin rebasar el monto máximo del mismo, el complemento será aportado por la EIF.
El Apoyo y los recursos aportados por los socios o accionistas, serán depositados en un fideicomiso contratado con la Financiera, sin derecho a retiro por al menos un periodo de dos años contados a partir de la fecha del depósito y una vez cumplido este plazo el beneficiario tendrá un periodo máximo de 1 año para realizar la liberación de recursos y extinción del fideicomiso, en caso contrario los recursos del apoyo serán reintegrados al Programa.
El Beneficiario deberá entregar copia simple del Instrumento Notarial en el que se refleje su aportación al capital social fijo o patrimonio, dicha aportación deberá realizarse durante el trámite de la solicitud.
Una vez depositados los recursos del Apoyo en el fideicomiso, el Beneficiario deberá ejercer la primera ministración del crédito, en un plazo no mayor a tres meses. En caso contrario la Financiera reintegrará los recursos del Apoyo al Programa y la devolución al cliente de su aportación.
Los honorarios fiduciarios se pagarán con los rendimientos generados por la inversión del propio fideicomiso y el remanente de los rendimientos generados por el Apoyo, una vez descontados los honorarios fiduciarios, deberán depositarse a la cuenta del Programa.
Para la entrega de los recursos del fideicomiso, deberá transcurrir el plazo de inversión señalado y el Beneficiario deberá entregar copia simple del Instrumento Notarial que contemple el incremento en capital social fijo o patrimonio con los recursos recibidos por el Apoyo, en proporción a la suma de las disposiciones del crédito asociado o en su caso a la línea de crédito que sustituya al crédito original y que no existan adeudos vencidos con la Financiera.
En caso de que el Beneficiario incumpla con alguno de los créditos contratados con la Financiera, está reintegrará a su favor, los recursos del Apoyo correspondiente, así como los rendimientos generados por el Apoyo, los cuales se depositarán a la cuenta del Programa.
El Apoyo podrá ser solicitado nuevamente, una vez que hayan transcurrido al menos 12 meses a partir de la fecha de pago de la última solicitud.
El Apoyo será pagado en una sola ministración.
8.5.4. Documentación Requerida
| Etapa de Trámite | Documentación |
| Además de la documentación citada en el numeral 6 de estas Reglas de Operación, se requiere la siguiente: |
| Solicitud | Estados Financieros entregados para la solicitud de crédito |
| Ministración | Instrumento Notarial inscrito ante el RPPC en el que obre la aportación del beneficiario para acceder al Apoyo |
| Ministración | Comprobante de aportación del beneficiario al fideicomiso |
*Los documentos deberán presentarse en original para el trámite del Apoyo.
9. Programa de Apoyo a Unidades de Promoción de Crédito.
9.1. Objetivo.
Fortalecer la integración asociativa de los productores Agropecuarios, Rurales, Forestales y Pesqueros mediante la constitución de figuras jurídicas para impulsar proyectos estratégicos de desarrollo económico, que favorezcan la operación de Unidades de Promoción de Crédito para la población objetivo.
9.2. Población Objetivo.
Productores, Grupo de Productores y Empresas Rurales.
9.2.1 Componente de Servicios Profesionales para la constitución de Figuras Jurídicas como Unidades de Promoción de Crédito.
9.2.2 Objetivo Específico.
Impulsar la integración formal de productores Agropecuarios, Rurales, Forestales y Pesqueros, mediante la constitución de figuras jurídicas, con el propósito de promover el otorgamiento de créditos, para favorecer los proyectos estratégicos de carácter regional.
9.2.3 Población Objetivo
Productores, Grupos de Productores y Empresas Rurales interesados en constituirse en sujetos de crédito de la Financiera y que requieran integrarse en figuras jurídicas de primero, segundo o tercer nivel para acceder a financiamiento.
9.3.3 Consideraciones
El monto del Apoyo será el siguiente, siempre y cuando la Financiera cuente con suficiencia presupuestal.
| Figuras Jurídicas | Monto del Apoyo |
| Primer nivel | Hasta 35 mil pesos o 5 mil pesos por socioproductor |
| Segundo nivel | Hasta 50 mil pesos o 5 mil pesos por socioproductor |
| Tercer nivel | Hasta 70 mil pesos o 5 mil pesos por socioproductor |
El pago se realizará en una ministración vía rembolso una vez que se autorice el crédito.
Los servicios que se requieran o reciban los beneficiarios de este Apoyo deberán ser proporcionados directamente por los Prestadores de Servicios, siendo responsabilidad del Beneficiario entregar a la Financiera los comprobantes fiscales que les expidan los Proveedores o Prestadores de Servicios por los montos establecidos o al menos, por el Apoyo que la Financiera les ministró por cuenta y orden del Beneficiario. Los citados comprobantes serán verificados a fin de comprobar su legitimidad en el portal que el SAT destina para este efecto.
9.3.4 Documentación Requerida
| Etapa de Trámite | Documentación |
| Además de la documentación citada en el numeral 6 de estas Reglas de Operación, se requiere la siguiente: |
| Solicitud | Proyecto Productivo que incluya la estrategia de integración asociativa de la población objetivo del Apoyo |
| Solicitud | Acta Constitutiva Protocolizada de la Figura Jurídica (en caso de personas morales) |
| Solicitud | Contrato de Prestación de Servicio acordado entre el Prestador de Servicios y el Beneficiario |
| Solicitud | Programa de Trabajo |
| Solicitud | Contrato de Crédito |
| Ministración | Acta Constitutiva Protocolizada de la nueva Figura Jurídica |
| Ministración | *Oficio solicitando a la Financiera la ministración del Apoyo |
| Comprobación Final | *Informe Final del beneficiario (Resultados del Programa de Trabajo) |
| Comprobación Final | *Acta de Entrega y/o Finalización del Servicio |
*Los documentos deberán presentarse en original para el trámite del Apoyo.
10. Programa de Garantías Líquidas
10.1. Objetivo
Facilitar el acceso al crédito y generar mecanismos que mitiguen los riesgos inherentes al financiamiento de proyectos productivos mediante la constitución de garantías. Se integra por el siguiente componente:
√ Componente de Fondos de Garantías Líquidas
10.2. Población Objetivo
Productores, ER, Dispersoras y EIF.
10.3. Componente de Fondos de Garantías Líquidas.
10.3.1. Objetivo
Destinado a promover el acceso al financiamiento a través de la constitución de garantías, mediante Fondos que podrán complementarse con recursos de la Financiera y con recursos aportados por otras Dependencias y Entidades gubernamentales.
10.3.2. Fondo de Garantías Líquidas Simples
10.3.2.1. Objetivo Específico
Dirigido a solicitantes que no tengan la posibilidad de constituir garantías o que sus recursos no sean suficientes para completar las garantías requeridas por la Financiera.
10.3.2.2. Población Objetivo
Productores, ER, Dispersoras y EIF.
10.3.2.3. Consideraciones
El monto del Apoyo será el siguiente:
| Monto del Apoyo | % Aportación Beneficiario | Bono de Marginación |
| Hasta 20% del monto del crédito | Comisión del 3% más IVA del monto de la garantía autorizada | Comisión del 1% más IVA del monto de la garantía autorizada |
Este Fondo cubre únicamente el acceso al crédito y no constituye derecho del beneficiario para que la garantía otorgada sirva como fuente alterna de pago ante el incumplimiento del crédito asociado al Apoyo.
La autorización del Apoyo podrá otorgarse por línea de crédito o por cada apertura de la línea y la constitución de la garantía se realizará conforme se ministre el crédito en el mismo porcentaje de autorización del Apoyo, mismas que estarán sujetas a suficiencia presupuestal.
Para acceder al Apoyo del Fondo de Garantías Líquidas Simples, se deberá pagar una comisión del 3% más IVA respecto del monto de la garantía correspondiente a la disposición que se realice del crédito asociado, debiendo ser cubierta previamente a cada disposición.
Las garantías líquidas simples otorgadas con recursos aportados por parte de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública, así como por los Gobiernos Estatales y Municipales, las cuales quedaron establecidas mediante la suscripción de los Convenios de Colaboración y Coordinación; podrán quedar exentas del cobro de comisión o con un porcentaje menor al indicado, de acuerdo a lo convenido por las partes.
La comisión por el acceso al Fondo de Garantías Líquidas no será devuelta al beneficiario una vez ministrado el crédito.
La Financiera podrá exceptuar o disminuir en su caso, el costo de acceso a los recursos del Fondo de Garantías Líquidas Simples, para solicitudes cuyos proyectos hayan sido afectados por eventos naturales, climatológicos, sanitarios y/o contingencias epidemiológicas o de mercado, conforme al Programa Especial autorizado.
Para los proyectos que atiendan en su mayoría a personas vulnerables pertenecientes a los sectores estratégicos ubicados en zonas de alta y muy alta marginación (mujeres, adultos mayores, jóvenes, indígenas y población afromexicana) la excepción del costo de acceso al Fondo será autorizado por el Subcomité de Capacitación, a solicitud expresa del beneficiario a través de la Instancia de Recepción.
Los recursos no devengados, los recuperados y los no ejecutados, así como los ingresos por rendimientos y comisiones, se mantendrán en los Fondos para el otorgamiento de Apoyos futuros.
El ser Beneficiario del servicio de garantías el mismo, no exime al Acreditado de la responsabilidad de cubrir las obligaciones contraídas en el Contrato de Crédito. En caso de incumplimiento en el pago del crédito asociado al Apoyo del Fondo de Garantías Líquidas Simples, la Financiera deberá aplicar las garantías constituidas a través del fondo, una vez realizadas las acciones de recuperación del crédito en el orden de prelación que establezca la Financiera. Las garantías aplicadas del Fondo de Garantías Líquidas Simples serán integradas en el monto de la demanda del crédito para su recuperación y reintegro al Fondo.
Los Acreditados que afecten cualquiera de los fondos de este Programa, no podrán acceder nuevamente a los Apoyos, excepto en aquellos casos en que la Financiera lo autorice siempre y cuando el beneficiario haya resarcido el monto afectado.
Una vez liquidado el crédito que dio origen al Apoyo o vencido el plazo de disposición del crédito, los recursos serán reintegrados al Fondo.
10.3.2.4. Documentación Requerida
| Etapa de Trámite | Documentación |
| Además de la documentación citada en el numeral 6 de estas Reglas de Operación, se requiere la siguiente: |
| Solicitud | *Escrito libre donde se manifieste la falta de recursos para constituir garantías |
| Ministración | Comprobante bancario del pago de la comisión por acceso al fondo |
*Los documentos deberán presentarse en original para el trámite del Apoyo.
10.3.3. Fondo Mutual de Garantías Líquidas
10.3.3.1. Objetivo Específico
Administrar el riesgo de la cartera crediticia de la Financiera y mejorar las condiciones del crédito, mediante un fondo mutual de garantías.
10.3.3.2. Población Objetivo
Los acreditados de la Financiera.
10.3.3.3. Consideraciones del Fondo Mutual de Garantías Líquidas
El monto del Apoyo será el siguiente:
| Monto del Apoyo |
| Hasta 30% del monto del crédito |
Los recursos no devengados, los recuperados y los no ejecutados, así como los ingresos por rendimientos y comisiones, se mantendrán en los Fondos para el otorgamiento de Apoyos futuros.
Los Acreditados que afecten cualquiera de los fondos de este Programa, no podrán acceder nuevamente a los Apoyos, excepto en aquellos casos en que la Financiera lo autorice.
Para el Apoyo de Fondo Mutual de Garantías Líquidas no se requiere solicitud, por lo que la documentación señalada en el numeral 6, no le es aplicable al Fondo Mutual de Garantías Líquidas.
11. Programa de Reducción de Costos de Acceso al Crédito.
11.1. Objetivo
Reducir los costos de acceso al crédito y las pérdidas presentadas por eventos naturales, climatológicos, sanitarios y contingencias epidemiológicas o de mercado.
Se integra por los siguientes componentes:
√ Componente para la Disminución de Costos de Acceso al Crédito.
√ Componente para la Atención de Contingencias.
11.2. Población Objetivo
Productores, ER, Dispersoras y EIF acreditados o elegibles para ser sujetos de crédito de la Financiera.
11.3. Componente para la Disminución de Costos de Acceso al Crédito.
11.3.1. Objetivo
Destinado a promover el acceso al financiamiento mediante la disminución de los costos asociados a las diferentes etapas del proceso crediticio.
11.3.2. Apoyo para la Reducción del Costo Financiero.
11.3.2.1. Objetivo Específico
Destinado a disminuir el costo de financiamiento mediante la bonificación equivalente a puntos porcentuales en la tasa de interés de los créditos que se contraten con la Financiera.
11.3.2.2. Población Objetivo
Productores, ER, Dispersoras y EIF acreditados de la Financiera.
11.3.2.3. Consideraciones
El monto del Apoyo será el siguiente:
| Apoyo | Apoyo Máximo con Bono de Marginación |
| Hasta 2 puntos porcentuales para Productores, Empresas Rurales y Dispersoras | Hasta 3 puntos porcentuales para Productores, Empresas Rurales y Dispersoras |
| Hasta 1 punto porcentual para EIF | Hasta 2 puntos porcentuales para EIF |
| Hasta 4 puntos porcentuales para créditos afectados por eventos naturales, climatológicos, sanitarios o contingencias epidemiológicas o de mercado | No aplica |
Los acreditados que cuenten con beneficios en tasa conforme a los esquemas establecidos por la Financiera, no serán elegibles para el otorgamiento de este Apoyo.
Este Apoyo no se otorgará a clientes que hayan presentado incumplimientos o atraso en sus vencimientos de capital e intereses, con el crédito autorizado o con cualquier otro crédito contratado con la Financiera, ni para créditos restructurados, ni para microcréditos.
La solicitud y autorización del Apoyo se realizará dentro de los 20 días hábiles posteriores a la fecha de la ministración del crédito y deberá ser pagado en un periodo no mayor a 40 días hábiles posteriores a la liquidación o al aniversario del crédito.
Este Apoyo podrá autorizarse hasta por un plazo de 360 días y para el caso de las líneas de crédito se dará por apertura.
Para créditos con vigencia mayor a 360 días, el acreditado deberá presentar la solicitud del Apoyo para cada uno de los aniversarios.
El Apoyo será depositado en la cuenta bancaria en la que se ministró el crédito.
En aquellos casos en los que la cuenta a que se refiere el párrafo anterior no corresponda al beneficiario, o no se encuentre activa o vigente, éste deberá notificar por escrito libre el número de cuenta al que será depositado el Apoyo de la cual deberá de ser el titular.
El otorgamiento del Apoyo, para créditos asociados a proyectos productivos afectados por eventos naturales, climatológicos, sanitarios o contingencias epidemiológicas o de mercado se otorgará al amparo de los Programas Especiales y los aprobados por la Financiera. El diseño de estos Programas incluirá las condiciones de otorgamiento de este Apoyo.
A través del Bono de Marginación un acreditado podrá acceder a un porcentaje máximo total de hasta 3 puntos porcentuales.
Al momento de la solicitud del Apoyo las Dispersoras y las EIF deberán presentar carta compromiso de que extenderán a sus acreditados, o socios acreditados, el beneficio de reducción del costo financiero incluyendo el Bono.
En créditos directos quedarán excluidos de este beneficio:
a) Los proyectos con montos mayores a 15 millones de UDI´s.
b) Los acreditados cuya suma de responsabilidades totales o las del grupo al que pertenece sea mayor a 15 millones de UDI´s.
c) Los esquemas de cofinanciamiento y créditos sindicados.
d) Créditos prendarios y operaciones de reporto.
11.3.2.4. Documentación Requerida
| Etapa de Trámite | Documentación |
| Además de la documentación citada en el numeral 6 de estas Reglas de Operación, se requiere la siguiente: |
| Solicitud | Carta compromiso de las Dispersoras e EIF que deberán extender a sus acreditados o socios acreditados, el beneficio de reducción del costo financiero, del crédito fondeado con recursos de la Financiera |
| Ministración | *Formato único para la aplicación y recepción de recursos (Anexo 5) |
*Los documentos deberán presentarse en original para el trámite del Apoyo.
11.3.3. Apoyo para la Reducción del costo de Servicios Legales, Normativos y Contables.
11.3.3.1. Objetivo Específico
Destinado al pago de servicios para cubrir los requerimientos legales, normativos y contables.
11.3.3.2. Población Objetivo
ER, Dispersoras y EIF.
11.3.3.3. Consideraciones
El monto del Apoyo será conforme a lo siguiente:
| Monto del Apoyo |
| Hasta $40,000.00 M.N. |
El Apoyo puede otorgarse para los siguientes servicios:
- Modificaciones estatutarias, cambios de naturaleza jurídica o razón social, emisión o ratificación de poderes notariales, etc.
- Pago de derechos ante la CNBV por la certificación de responsable de cumplimiento en Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo, hasta por dos empleados de las Empresas de Intermediación Financiera.
- Pago de servicios para dictaminar los estados financieros requeridos por la Financiera.
El Apoyo deberá ser solicitado y autorizado previo a la realización del servicio.
El pago del Apoyo se realizará conforme a lo siguiente:
√ Cuando el concepto de Apoyo corresponda a requerimientos legales (Modificaciones estatutarias, cambios de naturaleza jurídica o razón social, emisión o ratificación de poderes notariales, etc.) será pagado por reembolso al Beneficiario una vez realizado el servicio dentro del ejercicio fiscal en el cual solicite el Apoyo.
√ Cuando el concepto de Apoyo corresponda al pago de derechos ante la CNBV, será pagado por reembolso al Beneficiario, una vez acreditada y presentada la certificación del personal.
√ Cuando el concepto de Apoyo corresponda al pago de servicios para dictaminar los Estados Financieros, será pagado por reembolso al Beneficiario, posterior a la ministración del crédito que realice en el ejercicio fiscal en el cual solicite el Apoyo.
La aportación del Beneficiario será de al menos el 20% del costo total del proyecto y el resto será cubierto por la Financiera.
11.3.3.4. Documentación Requerida
| Etapa de Trámite | Documentación |
| Además de la documentación citada en el numeral 6 de estas Reglas de Operación, se requiere la siguiente: |
| Solicitud | *Presupuesto del Apoyo |
| Solicitud | Cotización |
| Solicitud | Constancia de autorización del Contador Público emitida por el SAT (Aplica solo cuando el concepto de Apoyo corresponda a Dictaminación de Estados Financieros) |
| Ministración | Evidencia del servicio realizado |
*Los documentos deberán presentarse en original para el trámite del Apoyo.
11.4. Componente para la Atención de Contingencias.
11.4.1. Objetivo
Reducir los riesgos que puedan presentarse por eventos naturales, climatológicos, sanitarios y contingencias epidemiológicas o de mercado que afecten el ingreso de los Acreditados de la Financiera.
11.4.2. Apoyo para la Reactivación de la Capacidad Productiva
11.4.2.1. Objetivo Específico
Destinado a financiar nuevos proyectos que permitan reactivar la actividad económica de la zona afectada por eventos naturales, climatológicos, sanitarios y contingencias epidemiológicas o de mercado que afecten el ingreso de los acreditados de la Financiera.
11.4.2.2. Población Objetivo
Acreditados de la Financiera cuya finalidad sea la adquisición de insumos productivos autorizados conforme la Normatividad vigente, Esquemas y/o a Programas Especiales de Financiamiento para proyectos nuevos en zonas afectadas.
11.4.2.3. Consideraciones
El monto del Apoyo será el siguiente:
| Monto del Apoyo | % del Apoyo | % Aportación Beneficiario |
| Hasta $1,000,000.00 M.N. | Hasta 25% del costo de la inversión | Por lo menos el 10% del costo de la inversión |
Los acreditados que cuenten con beneficios en tasa conforme a los esquemas establecidos por la Financiera, no serán elegibles para el otorgamiento de este Apoyo.
Este Apoyo sólo podrá otorgarse conforme al Programa Especial de Financiamiento que autorice la Financiera.
Para el otorgamiento de este Apoyo se deberá contar con un crédito nuevo autorizado con la Financiera para un proyecto y el productor deberá aportar cuando menos el 10% del total del proyecto.
Los montos y conceptos de Apoyo se otorgarán como complemento de las inversiones realizadas por el solicitante. En ningún caso se podrán ocupar para la construcción de oficinas, realizar otros pagos, abonos, o fines diferentes a los establecidos en el contrato de crédito.
Los créditos asociados a este Apoyo deberán contar con seguro vigente durante toda la vida del crédito o en su caso justificar la inexistencia del mismo en el mercado de seguros.
La aplicación del Apoyo se efectuará de conformidad al calendario de ministración del crédito a la cuenta bancaria donde sea ministrado el mismo.
A través de este Apoyo se podrá apoyar para un mismo beneficiario, proyectos de inversión de activos fijos y capital de trabajo, siempre y cuando la suma de los Apoyos no rebase $1'000,000.00 M.N.
Para la disposición de este Apoyo, el crédito asociado debe estar autorizado y vigente en el sistema de crédito de la Financiera.
11.4.2.4 Documentación Requerida
| Etapa de Trámite | Documentación |
| Además de la documentación citada en el numeral 6 de estas Reglas de Operación, se requiere la siguiente: |
| Solicitud | *Formato de la Problemática (Anexo 6) |
| Ministración | * Formato único para la aplicación y recepción de recursos (Anexo 5) |
*Los documentos deberán presentarse en original para el trámite del Apoyo.
11.4.3. Apoyo para la Reducción del Remanente del Saldo de Crédito Afectado.
11.4.3.1 Objetivo Específico
Destinado a reducir el saldo del crédito afectado por eventos naturales, climatológicos, sanitarios y contingencias epidemiológicas o de mercado.
11.4.3.2 Población Objetivo
El Acreditado de la Financiera.
11.4.3.3. Consideraciones
El monto del Apoyo será el siguiente:
| Monto del Apoyo | % del Apoyo | % Aportación Beneficiario |
| Hasta $1,000,000.00 M.N. | Hasta el 50% del saldo insoluto del crédito | No Aplica |
Los acreditados que cuenten con beneficios en tasa conforme a los esquemas establecidos por la Financiera, no serán elegibles para el otorgamiento de este Apoyo.
Este Apoyo solo podrá otorgarse, conforme a la normatividad vigente, a los Esquemas y/o Programas Especiales de Financiamiento que autorice la Financiera.
El Apoyo no podrá ser superior al 50% del saldo del crédito vigente que tenga el Acreditado a la fecha de la solicitud del Apoyo y este porcentaje dependerá de la disponibilidad presupuestal.
Los créditos asociados a este Apoyo, deberán contar con seguro vigente durante toda la vida del crédito o en su caso justificar la inexistencia del mismo en el mercado de seguros.
En caso de contar con seguros contratados, se requiere obtener el dictamen y aplicación de las pólizas emitidas por la institución aseguradora. Para determinar el monto del Apoyo, se le restará al saldo insoluto del crédito el monto de la indemnización de la institución aseguradora.
Este Apoyo se aplicará en su totalidad al saldo del crédito.
El crédito deberá encontrase vigente activo a la fecha del evento.
11.4.3.4 Documentación Requerida
| Etapa de Trámite | Documentación |
| Además de la documentación citada en el numeral 6 de estas Reglas de Operación, se requiere la siguiente: |
| Solicitud | Dictamen de Siniestro emitido por la aseguradora, en su caso |
| Solicitud | Comprobante de aplicación de la Póliza de Seguro |
| Solicitud | Formato de la Problemática (Anexo 6) |
| Solicitud | Escrito libre en el que se manifieste la problemática y los daños provocados |
| Ministración | * Formato único para la aplicación y recepción de recursos (Anexo 5) |
*Los documentos deberán presentarse en original para el trámite del Apoyo.
12. Red de Prestadores de Servicios de la Financiera o Red de Asesoría Técnica y Capacitación (RED).
La Financiera creará y administrará un nuevo registro de la Red, quedando sin efecto el anterior registro de la Red Prestadores de Servicios a partir de la publicación de estas Reglas de Operación.
La contratación de Prestadores de Servicios se realizará directamente por el solicitante del Apoyo, considerando que su perfil cumpla con las capacidades técnicas que requiera y quedando la Financiera liberada de cualquier responsabilidad que se suscite por la prestación del servicio.
Los Prestadores de Servicios inscritos en el registro podrán consultarse en la página de internet http://www.gob.mx.
13. Proceso
El proceso de operación de los Programas de Apoyo de la Financiera para Acceder al crédito y Fomentar la Integración Económica y Financiera para el Desarrollo Rural se describe en forma general en el siguiente diagrama:
El período de recepción de solicitudes es durante todo el ejercicio, en apego a lo establecido en las presentes Reglas de Operación.
14. Disposiciones Generales
Las Reglas de Operación contienen diversos anexos. Todos y cada uno de estos anexos forman parte integral de las mismas.
La Financiera a través del Comité de Capacitación, podrá variar los montos originales asignados, así como los saldos de los diferentes Programas, en función de la demanda que presente la población objetivo, la disponibilidad presupuestal, los Programas Especiales determinados por acuerdo de la Dirección General de la Financiera, la demanda de Apoyos conforme a los ciclos agrícolas y la urgencia por entregar los recursos a Beneficiarios afectados por desastres naturales.
El Comité de Capacitación es la instancia facultada para autorizar la normatividad que contenga los procedimientos internos derivados de las presentes Reglas de Operación, al interior de la Financiera.
Aquellos solicitantes a los que se les hubiera autorizado algún Apoyo en el ejercicio inmediato anterior y que al cierre del ejercicio no pudieron recibir total o parcialmente el Apoyo, serán pagados conforme a las consideraciones establecidas en cada uno de los apoyos siempre y cuando exista disponibilidad presupuestal.
El solicitante de los Apoyos deberá recibir respuesta a su solicitud de trámite dentro de los plazos
establecidos en las presentes Reglas de Operación, de no cumplirse lo anterior, se aplicará la negativa ficta y deberá de reiniciar el trámite correspondiente ante la Instancia de Recepción correspondiente.
15. Unidad Responsable e Instancias Ejecutoras, Receptoras y Normativas de los Programas
a. Unidad Responsable: La Dirección General Adjunta de Promoción de Negocios y Coordinación Regional.
b. Instancia Ejecutora o de Recepción: La Dirección Ejecutiva de Promoción de Negocios con Intermediarios Financieros Rurales, la Dirección Ejecutiva de Atención y Fomento a Productores, Organizaciones y Empresas Rurales, Agencias de Crédito Rural, Agencias Estatales de Crédito Rural, Coordinaciones Regionales, Gerencias Regionales de Fomento, así como Subdirecciones o Gerencias Corporativas.
La Instancia de Recepción que reciba la solicitud del Apoyo, será la responsable de verificar que el solicitante pertenezca a la población objetivo, y que haya cumplido con los compromisos derivados del otorgamiento de Apoyos otorgados por la Financiera, ya sea en ejercicios anteriores o actuales.
La Instancia de Recepción será responsable también de dar el debido seguimiento al Apoyo, verificando la correcta aplicación de los recursos otorgados para el fin acordado, la forma y términos establecidos en las presentes Reglas de Operación y los procedimientos internos de la Financiera.
c. Instancia Normativa: La Financiera, a través del Comité de Capacitación, es la instancia facultada para interpretar las presentes Reglas de Operación, así como resolver los casos no previstos en las mismas. Asimismo, podrá emitir criterios específicos para la resolución de asuntos particulares y generales que se planteen y que permitan la mejor ejecución de los Programas establecidos en las Reglas de Operación. Los criterios generales se publicarán en la página electrónica de La Financiera.
16. De la Coordinación Interinstitucional
La Financiera podrá convenir la aportación conjunta de recursos con Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, con la finalidad de homogenizar criterios y complementar Apoyos a la población del medio agropecuario, rural, forestal y pesquero, cada una en su respectivo ámbito de su competencia. De igual forma, se podrán convenir con los gobiernos estatales y municipales, la suscripción de los Convenios correspondientes (Anexo 9), las acciones que se deberán realizar en el marco de dichos Convenios, los cuales se apegarán a la naturaleza, enfoque y condiciones de acceso establecidos en las presentes Reglas de Operación.
17. De los Convenios
La Financiera podrá celebrar Convenios (Anexo 9) con las Dependencias o Entidades Federales, Gobiernos Estatales y Municipales u Organizaciones debidamente formalizadas, así como con Instituciones o Particulares cuando conforme a las presentes Reglas de Operación, se requiera o el alcance de las acciones lo justifique.
18. Avances Físico-Financieros
Las Coordinaciones Regionales de la Financiera, formularán mensualmente el Reporte de los Avances Físicos y Financieros de las acciones que se encuentran bajo su responsabilidad, mismos que deberán remitir a la Dirección General Adjunta de Promoción de Negocios y Coordinación Regional, durante los 5 días hábiles posteriores a la terminación del mes que se trate, de acuerdo al formato que para tal efecto se autorice. Será responsabilidad de la Dirección General Adjunta Promoción de Negocios y Coordinación Regional, concentrar, analizar dicha información para la toma oportuna de decisiones. La DEAFOPOER, realizará lo conducente respecto del Programa de Apoyo a Unidades de Promoción de Crédito, a que se refiere el numeral 9 de las presentes Reglas de Operación.
De conformidad con lo establecido en el Artículo 177, Fracción VII y 181 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la Financiera en caso de recibir asignación presupuestal para el ejercicio fiscal correspondiente, enviará a través de la dependencia coordinadora de sector, los informes trimestrales sobre el presupuesto ejercido entregado a los Beneficiarios a nivel de capítulo y concepto de gasto, los padrones de Beneficiarios como personas físicas o personas morales, la distribución territorial de los recursos por municipio, así como informes sobre el cumplimiento de las metas y objetivos con base en indicadores de desempeño previstos en las Reglas de Operación, a la Cámara de Diputados por conducto de las comisiones correspondientes, turnando copia a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Secretaría de la Función Pública.
19. Cierre del ejercicio y recursos no devengados
La Financiera en su caso, integrará el cierre de ejercicio programático presupuestal anual. Será responsabilidad de la Dirección General Adjunta de Promoción de Negocios y Coordinación Regional, a través
de sus diferentes Direcciones Ejecutivas, el concentrar y analizar dicha información, así como solicitar a las Coordinaciones Regionales y Agencias de la Financiera, las aclaraciones a que haya lugar. En caso de incumplimiento de este informe, se deberá notificar a la Secretaría de la Función Pública o la Entidad o Dependencia que absorba dichas funciones a más tardar, el último día hábil de febrero del año inmediato posterior. La DEAFOPOER, realizará lo conducente respecto del Programa de Apoyo a Unidades de Promoción de Crédito, a que se refiere el numeral 9 de las presentes Reglas de Operación.
En virtud de que los recursos fiscales asignados a los Programas de Apoyo de la Financiera para Acceder al Crédito y Fomentar la Integración Económica y Financiera para el Desarrollo Rural de las presentes Reglas de Operación son transferencias para inversión Financiera se consideran recursos patrimoniales, por lo que no aplica su reintegro a la Tesorería de la Federación.
20. Naturaleza de los Recursos
Los Recursos de los Programas de Apoyo de la Financiera son federales, por lo tanto, no pierden tal carácter cuando son ejecutados, por lo que su ejercicio está sujeto a las disposiciones federales aplicables.
21. De la auditoría, control y seguimiento
Los recursos que la Financiera otorga a través de los Programas de Apoyo comprendidos en las presentes Reglas de Operación, podrán ser revisados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría de la Función Pública, la Auditoría Superior de la Federación y demás instancias que en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes.
La DGAPNCR, las Direcciones Ejecutivas adscritas a la DGAPNCR, las Coordinaciones Regionales, las Agencias Estatales y las Agencias de Crédito Rural, brindarán todas las facilidades a dichas instancias de revisión, para realizar en el momento en que lo juzguen pertinente, las auditorías que consideren necesarias y deberán efectuar el seguimiento y solventación de las observaciones planteadas por las instancias de fiscalización respecto de los asuntos de su competencia y conocimiento. La inobservancia de esta disposición independientemente de las sanciones a que hubiere lugar, limitará en su caso, la ministración de los recursos federales en el siguiente ejercicio presupuestal.
22. Verificación de Cumplimiento
Para realizar el seguimiento y supervisión de la debida aplicación de los recursos otorgados a los Beneficiarios, la DGAPNCR, a través de sus Direcciones Ejecutivas, las Coordinaciones Regionales y las Agencias Estatales de Crédito Rural y a través del personal que designe, realizarán las acciones necesarias de verificación respecto de los Apoyos que hayan tramitado, promoviendo el blindaje en materia de control interno, tales como revisión de solicitudes, firmas, cumplimiento de montos, destino, así como todos los requerimientos establecidos en las presentes Reglas de Operación; cuando los trámites hayan sido realizados por la Agencia de Crédito Rural, las responsabilidades señaladas quedarán a cargo de la Agencia Estatal de Crédito Rural a que estén adscritas. La DEAFOPOER, realizará lo conducente respecto del Programa de Apoyo a Unidades de Promoción de Crédito, a que se refiere el numeral 9 de las presentes Reglas de Operación.
Lo anterior sin perjuicio de que la DGAPNCR, a través de sus Direcciones Ejecutivas y a través del personal que designe pueda ordenar la práctica de visitas de supervisión; para ello, las Direcciones Ejecutivas determinarán mediante procedimiento aleatorio o focalizado, la verificación y supervisión de los Apoyos otorgados al amparo de cada Componente. Así mismo, podrán conducir acciones de seguimiento físico para verificar la eficacia, eficiencia, calidad y oportunidad de los Apoyos. De igual forma, la DEAFOPOER, realizará lo conducente respecto del Programa de Apoyo a Unidades de Promoción de Crédito, a que se refiere el numeral 9 de las presentes Reglas de Operación.
Con la finalidad de dar transparencia al ejercicio de los recursos federales, la Financiera podrá convocar a instancias no gubernamentales con reconocimiento, prestigio, experiencia y compromiso social, a efecto de comprobar que los reportes generados por las instancias ejecutoras, contengan la información que demuestre que los recursos públicos fueron administrados con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que fueron destinados, y que los Beneficiarios de los Apoyos, fueron seleccionados conforme a las presentes Reglas de Operación y los mecanismos de selección o asignación de cada Programa o Componente, así como a las demás disposiciones legales aplicables.
23. De la evaluación
Al interior de la Financiera se inducirá el mejoramiento de los procesos administrativos y de los sistemas de control interno para que los Programas de subsidios se realicen con transparencia y la Financiera pueda rendir cuentas de los recursos canalizados de manera satisfactoria.
La evaluación interna de los Programas consistirá en la evaluación de la eficiencia y eficacia, economía y oportunidad y calidad de los Apoyos y servicios otorgados, misma que incluirá indicadores desagregados por sexo, de forma que se demuestre el acceso equitativo y no discriminatorio de las mujeres, indígenas y
población afromexicana a los beneficios de los Programas, así como propiciar la protección del medio ambiente y los recursos naturales (Anexo 7).
El Órgano Interno de Control en la Financiera, con base en sus atribuciones, podrá verificar el cumplimiento a las disposiciones de estas Reglas de Operación.
24. Evaluación de resultados
Conforme a lo establecido en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, las dependencias o entidades a través de su respectiva dependencia coordinadora de sector, en caso de recibir asignación presupuestal para el ejercicio fiscal correspondiente, deberán realizar una evaluación de resultados de carácter externo de los Programas sujetos a las presentes Reglas de Operación.
Las acciones para la realización de las evaluaciones externas que se realicen a los Programas, y en el caso de recibir asignación presupuestal para el ejercicio fiscal correspondiente, serán coordinadas por la Dirección General Adjunta de Promoción de Negocios y Coordinación Regional, a través de sus Direcciones Ejecutivas y deberán efectuarse de acuerdo con lo establecido por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, así como el Programa Anual de Evaluación que emita junto con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. La DEAFOPOER, realizará lo conducente respecto del Programa de Apoyo a Unidades de Promoción de Crédito, a que se refiere el numeral 9 de las presentes Reglas de Operación.
La DGAPNCR, a través de sus Direcciones Ejecutivas, presentará los resultados en caso de que se realicen las evaluaciones externas de acuerdo con los plazos y términos previstos en la normatividad vigente y los difundirá a través de la página de Internet de la Financiera. La DEAFOPOER, realizará lo conducente respecto del Programa de Apoyo a Unidades de Promoción de Crédito, a que se refiere el numeral 9 de las presentes Reglas de Operación.
Adicionalmente a las evaluaciones establecidas en el Programa Anual de Evaluación, se podrán llevar a cabo las evaluaciones que se consideren apropiadas conforme a las necesidades del Programa y los recursos disponibles, las cuales serán coordinadas por la Dirección General Adjunta de Promoción de Negocios y Coordinación Regional. La DEAFOPOER, realizará lo conducente respecto del Programa de Apoyo a Unidades de Promoción de Crédito, a que se refiere el numeral 9 de las presentes Reglas de Operación.
25. De la transparencia
Para garantizar la transparencia en el ejercicio de los recursos de la Financiera, se instrumentará la siguiente acción:
Estas Reglas de Operación, además de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, estarán disponibles para su consulta en la página electrónica de la Financiera.
Se dará amplia difusión a los Programas a nivel nacional y se promoverán acciones similares por parte de las Agencias y Coordinaciones Regionales de la Financiera y autoridades locales. La información del Programa se dará a conocer de forma pormenorizada en la página de Internet de la Financiera, por entidad, tipo de Apoyo y nombre del Beneficiario. Las copias de los expedientes técnicos de los proyectos estarán disponibles oportunamente para su consulta en las Agencias o en la unidad administrativa correspondiente de la Financiera.
La publicidad y la información relativa a los Programas deberán identificarse con el Escudo Nacional en los términos que establece la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales e incluir la siguiente leyenda "Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa".
La información de los Beneficiarios, en caso de recibir asignación presupuestal para el ejercicio fiscal correspondiente, deberá ser publicada en los términos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y demás disposiciones aplicables en la materia.
La Financiera adecuará sus Sistemas de Control y Operación de los Programas Sujetos a Reglas de Operación, a efecto de adoptar lo referente a la homologación de la información de domicilios geográficos con las disposiciones contenidas en la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos, emitida por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2010 y al Oficio Circular Conjunto Números 801.1.-271 y SSFP/400/118/2010 emitido por las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública el 18 de noviembre de 2010.
Los trámites relacionados con el otorgamiento de los Apoyos a que se refieren las presentes Reglas de Operación se encuentran inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios de la Comisión Nacional de
Mejora Regulatoria.
26. De los Padrones de Beneficiarios
De conformidad con lo establecido en el Artículo 177, Fracciones II y III del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en caso de recibir asignación presupuestal para el ejercicio fiscal correspondiente, se integrará un Padrón de los Beneficiarios directos y de los intermediarios que participan en la distribución de los Apoyos Gubernamentales de los Programas, que formará parte del Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales creado a partir de Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de enero de 2006 y de conformidad a los requisitos establecidos en el Acuerdo por el que se da a conocer el Manual de Operación del Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales publicado el 29 de junio de 2011, así como su actualización del 13 de septiembre de 2018, la cual se encuentra disponible en la página https://www.gob.mx/sfp/documentos/manual-de-operacion-del-siipp-g-13-09-2018?state=published
El padrón de Beneficiarios y sus actualizaciones serán integrados al Informe Trimestral, con base en lo que se establece en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en su modificación publicada en el Diario Oficial el 1 de octubre de 2007.
Todas aquellas entidades cuya función sea la de contribuir a la dispersión de créditos para efectos del presente Programa, serán considerados como Empresas de Intermediación Financiera. Cuando dichas entidades sean los Beneficiarios directos de los Apoyos, estarán obligados a cumplir con la entrega de la información para integrar los padrones de beneficiarios directos e indirectos correspondientes.
Para consolidar la transparencia en el destino de los recursos de los Programas, la DGAPNCR deberá mantener actualizado el padrón de Beneficiarios e integrará en los informes trimestrales los cambios que se hayan registrado durante el periodo que comprendan dichos informes. La DEAFOPOER, realizará lo conducente respecto del Programa de Apoyo a Unidades de Promoción de Crédito, a que se refiere el numeral 9 de las presentes Reglas de Operación.
27. Quejas y denuncias
Las quejas y denuncias de la ciudadanía en general, así como las quejas o denuncias por responsabilidad de los servidores públicos de la Financiera, las recibirá el Órgano Interno de Control en la Financiera o el organismo que asuma las funciones de éste, vía personal, escrita, Internet https://sidec.funcionpublica.gob.mx/ o al teléfono 55 2000 2000.
28. Asuntos no previstos en las presentes Reglas de Operación
Los asuntos relativos a los Programas y Componentes que no hayan sido previstos en las presentes Reglas de Operación, serán resueltos por el Comité de Capacitación de la Financiera en el marco de sus respectivas facultades, mediante la integración sistemática de las mismas a efecto de se puedan ejecutar adecuadamente los Programas. En el caso de que se emitan criterios generales, se publicarán en la página electrónica de la Financiera.
TRANSITORIOS
PRIMERO. - Las presentes Reglas de Operación dejan sin efecto a las publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2017 y entrarán en vigor a partir del día siguiente de su publicación y permanecerán vigentes hasta en tanto no se modifiquen o se emitan nuevas Reglas de Operación.
SEGUNDO. - Los Apoyos autorizados previo a la publicación de las presentes Reglas de Operación y que se encuentren en proceso, serán resueltos conforme a lo establecido en las Reglas de Operación vigentes y demás instrumentos aplicables al momento de la autorización del Apoyo respectivo.
TERCERO. - El Modelo de Convenio de las presentes Reglas de Operación podrá ajustarse de conformidad con las necesidades operativas de los Programas de las presentes Reglas de Operación, previo visto bueno de la Dirección General Adjunta Jurídica y Fiduciaria o la Subdirección Corporativa Jurídica de Normatividad y Consulta, emitiendo la validación correspondiente.
CUARTO. - El otorgamiento de Apoyos al amparo de las presentes Reglas de Operación, podrá adecuarse a Iniciativas del Gobierno Federal.
Ciudad de México, a 07 de septiembre de 2021.- El Director General de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, Baldemar Hernández Márquez.- Rúbrica.
Anexo 1
Instructivo de llenado
Se entiende por solicitante a toda persona física o moral que pretenda obtener los beneficios del Programa de la FND.
El solicitante deberá entregar conjuntamente con la solicitud, la documentación requerida al funcionario de la FND.
Este documento deberá ser llenado a máquina o letra de molde clara y legible, cuando se cometa un error en el llenado del documento, se deberá elaborar uno nuevo.
No utilizar abreviaturas.
Espacios para llenar en el formato:
Fecha de elaboración: Se indicará el día y año, utilizando números arábigos. (Ej. 31 de marzo de 2001)
Coordinación regional: Anotar el nombre de la Coordinación regional a la que pertenezca la Agencia en la que presentará el trámite. Ejemplo: Coordinación Regional Noroeste.
Agencia o Modulo: Se anotará el nombre de la Agencia o Modulo, en donde presentará su solicitud.
1. TIPO DE PERSONA: Indique con una "X" si es persona física o moral.
2. REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (RFC): Anote la clave RFC, incluyendo homoclave y dígito verificador; CLAVE UNICA DE REGISTRO DE POBLACION (CURP): Anote la Clave Única de Registro de Población de la persona física.
3. NOMBRE(S): Anote el nombre o nombres del Solicitante, siempre y cuando este sea persona física.
4. PRIMER APELLIDO: Anote el primer apellido del Solicitante, siempre y cuando este sea persona física.
5. SEGUDNO APELLIDO: Anote el segundo apellido del Solicitante, siempre y cuando este sea persona física.
6. RAZON SOCIAL: Anote la razón social completa del Solicitante, siempre y cuando este sea persona moral.
7. TELEFONO Y EXTENCION: Anotar el número telefónico donde pueda ser localizado el solicitante, anexar la extensión en su caso, incluir clave lada.
8. TELEFONO MOVIL: Anotar el número teléfono móvil donde pueda ser localizado el solicitante, incluir clave lada.
9. CORREO ELECTRONICO: Se anotará la dirección de correo electrónico, en caso de contar con él.
10. TIPO DE VIALIDAD: Indique la clasificación que se le da a la vialidad, en función del tránsito vehicular o peatonal en el recuadro correspondiente. (Otro): Ampliación, Andador, Cerrada, Circuito, Circunvalación, Continuación, Corredor, Diagonal, Eje vial, Pasaje, Peatonal, Prolongación, Retorno, Viaducto.
11. NOMBRE DE VIALIDAD: Nombre propio que identifica a la vialidad. Ejemplo: Licenciado Benito Juárez, Las Flores, etc.
EN CASO DE QUE EL TIPO DE VIALIDAD SEA CARRETERA
12. TIPO DE ADMINISTRACION: Anote con una "X", el tipo de administración de la carretera.
13. DERECHO DE TRANSITO: Anote con una "X", el tipo de derecho de transito de la carretera.
14. CODIGO DE LA CARRETERA: Anote el código de la carretera, Ej. Carretera 95D
15. TRAMO DE LA CARRETERA: Anote el tramo de la carretera, Ej. Salina Cruz Huatulco
16. CADENAMIENTO: Anote el cadenamiento de la carretera: Ej. Km 85 +200 (Kilometro 85 con 200 metros)
EN CASO DE QUE EL TIPO DE VIALIDAD SEA CAMINO, BEREDA, BRECHA, TERRASERIA
17. TIPO DE ADMINISTRACION: Anote con una "X", el tipo de administración del camino.
18. TRAMO DEL CAMINO: Anote el tramo del camino, Ej. El arroyito San Juan
19. MARGEN: Marque con una "X", el margen del camino.
20. CADENAMIENTO: Anote el cadenamiento del camino: Ej. Km 5 +125 (Kilometro 5 con 125 metros)
21. NO. EXTERIOR 1: Indique los caracteres numéricos que identifican una dirección en una vialidad.
22. NO. EXTERIOR 2: Indique los caracteres numéricos que identifican una dirección en una vialidad.
23. CODIGO POSTAL: Indique el número de código postal, constituido por 5 dígitos.
24. NO. INTERIOR 1: Indique los caracteres numéricos que identifican una dirección en una vialidad.
25. NO. EXTERIOR ALFANUMERICO: Indique los caracteres alfanuméricos y símbolos que identifican una dirección en una vialidad, en los casos que hay doble numeración (oficial o no) se indica en primer lugar el de mayor reconocimiento.
26. NO. INTERIOR ALFANUMERICO: Indique los caracteres alfanuméricos y símbolos que identifican una dirección en una vialidad, en los casos que hay doble numeración (oficial o no) se indica en
primer lugar el de mayor reconocimiento.
27. TIPO DE ASENTAMIENTO Y NOMBRE: Indique la clasificación que se da al asentamiento humano en el recuadro correspondiente. (Otro): Aeropuerto, Ampliación, Cantón, Ciudad, Ciudad Industrial, Condominio, Conjunto Habitacional, Corredor Industrial, Coto, Cuartel, Ex hacienda, Fracción, Granja, Ingenio, Manzana, Paraje, Parque Industrial, Privada, Prolongación, Pueblo, Puerto, Rancho, Región, Residencial, Rinconada, Sección, Sector, Supermanzana, Unidad Habitacional, Villa, Zona Federal, Zona Industrial, Zona Militar, Zona Naval y el nombre de este.
28. NOMBRE DEL ESTADO: Anote el nombre del estado de acuerdo a INEGI, donde radica el Solicitante.
29. NOMBRE DEL MUNICIPIO: Anote el nombre del municipio de acuerdo a INEGI, donde radica el Solicitante.
30. NOMBRE DE LA LOCALIDAD: Anote el nombre de la localidad de acuerdo a INEGI, donde radica el Solicitante.
31. TIPO DE VIALIDAD 1: Indique la clasificación que se le da a la vialidad, en función del tránsito vehicular o peatonal en el recuadro correspondiente. (Otro): Ampliación, Andador, Cerrada, Circuito, Circunvalación, Continuación, Corredor, Diagonal, Eje vial, Pasaje, Peatonal, Prolongación, Retorno, Viaducto.
32. NOMBRE DE LA VIALIDAD 1: Nombre propio que identifica a la vialidad. Ejemplo: Licenciado Benito Juárez, Las Flores, etc.
33. TIPO DE VIALDIAD 2: Indique la clasificación que se le da a la vialidad, en función del tránsito vehicular o peatonal en el recuadro correspondiente. (Otro): Ampliación, Andador, Cerrada, Circuito, Circunvalación, Continuación, Corredor, Diagonal, Eje vial, Pasaje, Peatonal, Prolongación, Retorno, Viaducto.
34. NOMBRE DE LA VIALIDAD 2: Nombre propio que identifica a la vialidad. Ejemplo: Licenciado Benito Juárez, Las Flores, etc.
35. TIPO DE VIALIDAD 3: Indique la clasificación que se le da a la vialidad, en función del tránsito vehicular o peatonal en el recuadro correspondiente. (Otro): Ampliación, Andador, Cerrada, Circuito, Circunvalación, Continuación, Corredor, Diagonal, Eje vial, Pasaje, Peatonal, Prolongación, Retorno, Viaducto.
36. NOMBRE DE LA VIALIDAD 3: Nombre propio que identifica a la vialidad. Ejemplo: Licenciado Benito Juárez, Las Flores, etc.
37. DESCRIPCION DEL DOMICILIO: Se refiere a rasgos naturales o culturales (edificaciones) que aportan información adicional para facilitar la ubicación del domicilio, es importante en vialidades sin nombre y sin número exterior, en caminos, terracerías, brechas, veredas, localidades rurales de difícil acceso, elementos del territorio insular (isla), cadenamiento original y que ha sido sustituido por la numeración oficial, derivado del crecimiento de una zona urbana y "domicilios conocidos". Ejemplo: A 200 metros al norte de la Plaza Central.
38. CLUNI: Anote la Clave Única de Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil
39. FECHA DE NACIMIENTO O CONSTITUCION: Anote la fecha de nacimiento del Solicitante persona física o fecha de constitución del Beneficiario persona moral.
40. ESTADO CIVIL: Anote el estado civil del Solicitante persona física.
41. SEXO: Anote el sexo del Solicitante persona física.
42. NACIONALIDAD: Anote la nacionalidad del Solicitante persona física.
43. CLAVE ACTIVIDAD ECONOMICA: Indique la calve de la actividad preponderante que realiza, de acuerdo al catálogo de la SHCP
44. NUMERO DE CREDITO: Número de crédito ante la FND, del Solicitante.
45. NUMERO DE ACREDITADO: Número de cliente ante la FND, del Solicitante.
46. MONTO DEL CREDITO: Monto de crédito que tiene con la FND, del Solicitante.
DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA PERSONA MORAL
47. RFC: Anote el número del RFC del Representante Legal, incluyendo homoclave y dígito verificador.
48. CURP: Anote la Clave Única de Registro de Población del representante legal.
49. FECHA DE NACIMIENTO: Anotar la fecha de nacimiento del representante legal
50. NOMBRE(S): Anote el nombre o nombres del representante legal.
51. PRIMER APELLIDO: Anote el primer apellido del representante legal.
52. SEGUNDO APELLIDO: Anote el segundo apellido del representante legal.
53. PROGRAMA DE APOYO: Anote el Programa de Apoyo.
54. COMPONENTE DE APOYO: Anote el componente de Apoyo.
55. CONCEPTO DE APOYO: Anote el concepto de Apoyo.
56. POBLACION OBJETIVO: Anote la población objetivo relacionado con el concepto de Apoyo.
57. TIPO DE SOLICITUD: Seleccionar con una "X" en el recuadro del extremo izquierdo el tipo de Apoyo o servicio que solicita.
58. PORCENTAJE APOYADO: Indique el porcentaje que apoyara la FND.
59. PLAZO MAXIMO DE APOYO: Indique el máximo de días en los que el Solicitante recibirá Apoyo por parte de la FND.
60. COSTO TOTAL DEL PROYECTO, EVENTO O SERVICIO: Indique el presupuesto total incluyendo impuestos.
61. MONTO DE APOYO AL QUE PUEDE ACCEDER: Indicar el monto del Apoyo o servicio solicitado.
62. PORCENTAJE DEL APOYO QUE EN SU CASO APORTARA EL BENEFICIARIO: Indicar el porcentaje total que cubrirá el Beneficiario.
63. DESGLOCE DE LA APORTACION DEL BENEFICIARIO: Desglosar el porcentaje total que cubrirá el Beneficiario en cada uno de los rubros indicados.
64. OBJETIVO Y POSIBLE IMPACTO SOCIAL O ECONOMICO DEL APOYO SOLICITADO: Anote brevemente el objetivo y posible impacto social o económico que quiera alcanzar.
65. BENEFICIARIOS DEL PROYECTO: Anote el número de personas morales y físicas que se beneficiaran con lo solicitado y desglose el número de personas físicas en los rubros indicados.
66. LOCALIDAD DEL PROYECTO: Indicar el Estado, Municipio y Localidad donde recaerá el proyecto, de acuerdo a INEGI.
67. GRADO DE MARGINACION: Seleccionar con una "X" en el recuadro el nivel de marginación presente en la localidad o municipio donde recaerá el Apoyo.
EN CASO DE QUE EL APOYO SEA FONDO DE GARANTIAS LIQUIDAS SIMPLES
68. HA TENIDO CREDITOS CON LA FINANCIERA U OTRA INSTITUCION: Seleccionar con una "X" si ha tenido créditos con la Financiera u otras instituciones.
69. TIPO DE CREDITO SOLICITADO A LA FINANCIERA Y MONTO: Indique el tipo y monto de los créditos solicitados a la Financiera.
70. CUENTA CON GARANTIAS PARA RESPALDAR EL CREDITO ACTUAL: Indicar con una "X" si cuenta con garantías para respaldar su crédito actual.
71. APOYOS RECIBIDOS DEL GOBIERNO FEDERAL O LOCAL PARA EL PROYECTO SUJETO DE FINANCIAMIENTO: Indicar, en su caso, los Apoyos recibidos del Gobierno Federal o Local para el Proyecto
72. DE QUE TIPO: Indicar el tipo de garantías con las que se cuenta.
Anexo 2
Instructivo de llenado
Se entiende por solicitante a toda persona física o moral que pretenda obtener los beneficios del Programa de la FND
El solicitante deberá entregar conjuntamente con la solicitud, la documentación requerida al funcionario de la FND
Este documento deberá ser llenado a máquina o letra de molde clara y legible, cuando se cometa un error en el llenado del documento, se deberá elaborar uno nuevo.
No utilizar abreviaturas.
Espacios para llenar en el formato:
Fecha de elaboración: Se indicará el día y año, utilizando números arábigos. (Ej. 31 de marzo de
2001)
Coordinación regional: Anotar el nombre de la Coordinación regional a la que pertenezca la Agencia en la que presentará el trámite. Ejemplo: Coordinación Regional Noroeste.
Agencia o Modulo: Se anotará el nombre de la Agencia o Modulo, en donde presentará su solicitud.
1. Beneficiario del apoyo: Seleccionar con una "X" el tipo de Beneficiario del Apoyo
2. CURP: Anote la Clave Única de Registro de Población del solicitante
3. RFC: Anote el Registro Federal del Contribuyente del solicitante
4. Nombre (s): Anote el nombre o nombres del solicitante
5. Primer apellido: Anote el primer apellido del solicitante
6. Segundo Apellido: Anote el segundo apellido del solicitante
7. Teléfono y extensión: Anote el teléfono con lada seguido de la extensión de ser necesario del solicitante
8. Teléfono móvil: Anote el teléfono móvil del solicitante
9. Correo electrónico: Anote el correo electrónico del solicitante
10. Área de adscripción: En caso de que el Apoyo sea solicitado para un empleado de la FND o su personal de Apoyo, anote el área de la FND a la que está adscrito
11. Nombre del Área de la FND: En caso de que el Apoyo se destine a un área de la FND, anote el nombre de esta área
12. Tipo Vialidad: Seleccione o anote el tipo vial donde reside el solicitante de acuerdo al catálogo vigente INEGI
13. Nombre vialidad: Anote el nombre de la vialidad donde reside el solicitante
14. Tipo de administración: En caso de que el tipo Vial sea "Carretera", coloque el tipo de administración de la carretera donde reside el solicitante
15. Derecho de transito: En caso de que el tipo Vial sea "Carretera", coloque el tipo de transito de la carretera donde reside el solicitante
16. Código de carretera: En caso de que el tipo Vial sea "Carretera", anote el código de la carretera, Ej. Carretera D 95
17. Tramo de la carretera: En caso de que el tipo Vial sea "Carretera", anote el tramo de la carretera donde reside el solicitante, Ej. Querétaro Celaya
18. Cadenamiento: En caso de que el tipo Vial sea "Carretera", anote el Cadenamiento donde se asienta el solicitante, Ej. Km 25+500 (antes del signo + son kilómetro, después del signo + son metros)
19. Tipo de administración: En caso de que el tipo Vial sea "Camino, Brecha, Terracería y Vereda", coloque el tipo de administración del camino donde reside el solicitante
20. Tramo del camino: En caso de que el tipo Vial sea "Camino, Brecha, Terracería y Vereda", anote el tramo de la carretera donde reside el solicitante, Ej. Querétaro Celaya
21. Margen: En caso de que el tipo Vial sea "Camino, Brecha, Terracería y Vereda", coloque el tipo de transito de la carretera donde reside el solicitante
22. Cadenamiento: En caso de que el tipo Vial sea "Camino, Brecha, Terracería y Vereda", anote el Cadenamiento donde se asienta el solicitante, Ej. Km 25+500 (antes del signo + son kilómetro, después del signo + son metros)
23. Número exterior 1: Anote el número exterior del domicilio del solicitante
24. Número exterior 2: Anote el número exterior del domicilio del solicitante, en caso de que el domicilio del solicitante cuente con este número
25. Número exterior alfanumérico: Anote el número exterior alfanumérico del domicilio del solicitante, en caso de que el domicilio del solicitante cuente con este número
26. Número interior 1: Anote el número interior del domicilio del solicitante, en caso de que el domicilio del solicitante cuente con este número
27. Número interior alfanumérico: Anote el número interior alfanumérico del domicilio del solicitante, en caso de que el domicilio del solicitante cuente con este número
28. Código Postal: Anote el código postal del solicitante
29. Nombre de la colonia o asentamiento humano: Anote el nombre de la colonia o asentamiento humano donde reside del solicitante
30. Nombre del estado: Seleccione o anote el estado donde reside el solicitante
31. Nombre del Municipio o delegación: Seleccione o anote el municipio o delegación donde reside el solicitante
32. Nombre de la localidad: Seleccione o anote la localidad donde reside el solicitante
33. Tipo de Vialidad 1: Seleccione o anote el tipo de vialidad (entre vialidades) donde reside el solicitante
34. Nombre de la vialidad 1: Anote el nombre de la vialidad (entre vialidades) donde reside el solicitante, Ej. Cerrada Plátanos
35. Tipo de Vialidad 2: Seleccione o anote el tipo de vialidad (entre vialidades) donde reside el solicitante
36. Nombre de la vialidad 2: Anote el nombre de la vialidad (entre vialidades) donde reside el solicitante, Ej. Avenida Tláhuac
37. Tipo de Vialidad 3: Seleccione o anote el tipo de vialidad (vialidad posterior) donde reside el solicitante
38. Nombre de la vialidad 3: Anote el nombre de la vialidad (vialidad posterior) donde reside el solicitante, Ej. Eje central
39. Descripción del domicilio: Anote los rasgos naturales o culturales (edificaciones) que aportan información adicional para facilitar la ubicación del domicilio, es importante en vialidades sin nombre y sin número exterior, en caminos, terracerías, brechas, veredas, localidades rurales de difícil acceso, elementos del territorio insular (isla), cadenamiento original y que ha sido sustituido por la numeración oficial, derivado del crecimiento de una zona urbana y "domicilios conocidos". Ejemplo: A 200 metros al norte de la Plaza Central
40. Fecha de nacimiento: Anote la fecha de nacimiento del solicitante
41. Nacionalidad: Anote la nacionalidad del solicitante
42. Estado civil: Seleccione o anote el estado civil del solicitante
43. Sexo: Marque con una "X" el sexo del solicitante
44. Monto solicitado: Anote el monto solicitada a la FND en moneda nacional
45. Objetivo del Apoyo: Anote brevemente el objetivo que quiera alcanzar con este Apoyo
46. Programa de Apoyo: Seleccione o anote el Programa de Apoyo solicitado a la FND
47. Componente de Apoyo: Seleccione o anote el componente de Apoyo solicitado a la FND
48. Concepto de Apoyo: Seleccione o anote el concepto Apoyo solicitado a la FND
49. Población objetivo: Seleccione o anote la población objetivo del Apoyo solicitado a la FND
50. Nombre y firma del solicitante: Anotar la firma y nombre completo del empleado que solicita el Apoyo o del responsable del área de que solicita el Apoyo a nombre de la FND anotando con puño y letra que firma en su carácter de Representante de acuerdo al cargo que ostenta.
51. Nombre y firma del funcionario facultado: Anotar la firma y nombre completo del funcionario responsable, Director General Adjunto, Director Ejecutivo, Coordinador Regional, Subdirector, Gerente o Agente Estatal, según corresponda
52. Documentación que debe acompañar la solicitud: Reúna los documentos señalados con las copias respectivas entregándolos al funcionario de la FND, según el orden en que se encuentran enlistados
CUANDO EL SOLICITANTE SEA LA PROPIA FND, NO SE DEBERÁ ENTREGAR COPIA DE LA IDENTIFICACIÓN OFICIAL Y COMPROBANTE DE DOMICILIO.
Anexo 3
Tabulador de Montos Máximos de Apoyo
El siguiente tabulador define los montos máximos, incluyendo impuestos aplicables a los conceptos de Apoyo:
| Concepto | Monto máximo | Apoyo para el que aplica |
| Informática | Equipo: Comprende los gastos relacionados a la adquisición de equipo de cómputo, hardware, periféricos y otros conceptos relacionados tales como copiadora, escáner, multifuncional, cañón, etc., así como los dispositivos para habilitar los servicios de banca móvil. (La instancia de autorización deberá verificar la congruencia de los precios de los equipos a adquirir). | $40,000.00 / por unidad | Equipamiento |
| Sistema: Se entiende por sistema al equipamiento o soporte lógico de un sistema informático, puede ser de programación o de aplicación. | $300,000.00 |
| Pueden incluirse para su creación, modificación o actualización: sistemas informáticos para facturación electrónica o página web. |
| Y los sistemas informáticos para administración de operaciones Financieras. |
| Equipo de Seguridad: Comprende la adquisición de circuito cerrado, cajas de seguridad, alarmas, extintores, puertas blindadas, etc. | $25,000.00 / por unidad |
| Renta | Aula: Se considera aula para un evento de 1 a 49 personas | $20,000.00 / día | Eventos Financieros o de Desarrollo Rural |
| Salones: Se considera salón para un evento de 50 personas en adelante. En caso de encuentros, seminarios o expos nacionales o internacionales, donde exista la mezcla de recursos de otras dependencias se podrá apoyar hasta con $200,000 por día. | $100,000.00 / día |
| Equipo audiovisual: Cubre los conceptos de bocinas, micrófonos, pantalla, laptop, proyector, cableado, iluminación, amplificador entre otros relacionados. | $50,000.00 / evento |
| Mobiliario: Cubre los conceptos de mesas, sillas, estrados o tarima, lonas, entre otros relacionados. | $50,000.00 / evento |
| Hospedaje | Ciudades menos económicas: | $1,500.00 / persona / día |
| Acapulco e Ixtapa Zihuatanejo, Guerrero |
| Cancún, Quintana Roo |
| Ciudad Victoria, Tamaulipas |
| Los Cabos, Baja California Sur |
| Saltillo, Coahuila |
| Resto del país | $1,400.00 / persona / día |
| Alimentación | Desayuno | $200.00 / persona / día | |
| Comida | $250.00 / persona / día |
| Cena | $230.00 / persona / día |
| Servicio de café | $150.00 / persona / día |
| Honorarios | Por Grado de Estudios: 1.- Maestría o superior 2.- Licenciatura 3.- Otros estudios (Bachillerato, Carrera Técnica o Pasante) Incluye honorarios por instrucción, transporte, hospedaje y alimentación del Instructor. | $30,000.00 $20,000.00 $10,000.00 ponente / día |
| Material didáctico | $400.00 / persona / evento |
| Módulos y Espacios promocionales | Stands y servicios relacionados con los mismos. | $40,000.00 / evento |
| Diseño de una página virtual de stand | $40,000.00 / evento |
| Promocionales | $100,000.00 / evento |
| Transporte | Aéreo Nacional | $10,000.00 / persona / evento / viaje redondo |
| Terrestre Nacional | $1,000.00 / persona / evento / viaje redondo |
"Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el Programa".
Anexo 4
(HOJA MEMBRETADA DEL BENEFICIARIO, DEBE SER FIRMADO POR EL SOLICITANTE O SU
REPRESENTANTE LEGAL Y TENER EL SELLO DEL BENEFICIARIO) .................................
RECIBO DE LOS PROGRAMAS DE APOYO DE LA FINANCIERA PARA FOMENTAR LA INCLUSION FINANCIERA Y LA INTEGRACION ECONOMICA EN EL MEDIO RURAL.
Fecha:_______________________________
Nombre del Programa:
________________________________________________________________________________
Nombre del Apoyo:
________________________________________________________________________________
Bueno por $ _________________________
Nombre o Razón Social del Beneficiario
________________________________________________________________________________
| RFC del Beneficiario | |
| Domicilio del Beneficiario | |
| Número de autorización del Apoyo (SIPRO) | |
| Nombre del proveedor o prestador del servicio | |
| RFC del proveedor o prestador del servicio | |
| CLABE Interbancaria del proveedor o prestador del servicio | |
| Recibí de la Financiera el importe de | |
Con letra:
_____________________________________________________________________________________
Bajo protesta de decir verdad manifiesto haber recibido a mi entera satisfacción el Apoyo con cargo a los recursos de los Programas de Apoyo de la Financiera, quedando liberada la Financiera de cualquier responsabilidad, por el cumplimiento en el otorgamiento de este Apoyo.
Corresponde a la Ministración:
| Primera o Unica | ( ) |
| Segunda | ( ) |
| ------------------------------ | (...) |
| ------------------------------- | (...) |
____________________________________________________
Nombre y Firma del Beneficiario o su Representante Legal
"Este Programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el Programa"
Anexo 5
Anexo 6
Formato de Problemática
Anexo 7
Indicadores de Evaluación
1) Programa de Capacitación para Productores e Intermediarios Financieros Rurales:
√ Porcentaje del crédito autorizado asociado a los Apoyos del Programa de Capacitación para Productores e Intermediarios Financieros Rurales.
√ Porcentaje de Empresas de Intermediación Financiera (EIF) beneficiadas con el Programa de Capacitación para Productores e Intermediarios Financieros Rurales.
√ Porcentaje de beneficiarios satisfechos que reciben apoyos del programa de Capacitación para Productores e Intermediarios Financieros Rurales.
√ Porcentaje de atención a mujeres apoyadas con el Programa de Capacitación para Productores
e Intermediarios Financieros Rurales.
√ Porcentaje de atención a municipios marginados.
2) Programa de Apoyo a Unidades de Promoción de Crédito:
√ Porcentaje de atención a la demanda de los Apoyos recibidos del Programa de Apoyo a Unidades de Promoción de Crédito
√ Nivel de satisfacción de los beneficiarios del Programa de Apoyo a Unidades de Promoción de Crédito
√ Porcentaje de atención a mujeres apoyadas con el Programa de Apoyo a Unidades de Promoción de Crédito
√ Porcentaje de atención a municipios marginados
3) Programa de Garantías Líquidas:
√ Porcentaje del Crédito Asociado por el Programa de Garantías Líquidas respecto del Crédito otorgado por la Financiera
√ Nivel de satisfacción de los beneficiarios que constituyen garantías líquidas
√ Porcentaje de atención a mujeres apoyadas con el Programa de Garantías Liquidas
√ Porcentaje de atención a municipios marginados
4) Programa de Reducción de Costos de Acceso al Crédito:
√ Porcentaje de disminución del costo financiero del crédito.
√ Porcentaje de Crédito Asociado con el Programa de Reducción de Costos de Acceso al Crédito.
√ Nivel de satisfacción de los beneficiarios respecto al Apoyo recibido del Programa de Reducción de Costos de Acceso al Crédito.
√ Porcentaje de mujeres con apoyos otorgados por el Programa para la Reducción de Costos de Acceso al Crédito.
√ Porcentaje de apoyos otorgados por el Programa en municipios marginados.
Anexo 8
PODER Y AUTORIZACION PARA VERIFICAR POSIBLES QUEBRANTOS O CASTIGOS A LA BANCA DE DESARROLLO, FIDEICOMISOS PUBLICOS PARA EL FOMENTO ECONOMICO CONSTITUIDOS POR EL GOBIERNO FEDERAL Y FINANCIERA NACIONAL DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL, FORESTAL Y PESQUERO.
___________ a ________________ de ___________
(Oficina de Financiera en la que se solicita Apoyo o Servicio)
Presente
(Nombre, RFC y datos de identificación del solicitante del Apoyo y de su representante legal, en su caso), por medio del presente otorgo poder y autorizo a la Financiera para que solicite y obtenga de las instituciones de banca de desarrollo, la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero y los fideicomisos públicos para el fomento económico constituidos por el Gobierno Federal, a través de la página de Internet que para tal efecto establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la información que permita verificar que (el que suscribe o mi representada, según el caso) no ha ocasionado quebranto o castigo a las referidas entidades Financieras derivado de alguna operación de crédito. Asimismo, otorgo poder y autorizo a las instituciones de banca de desarrollo, la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero y los fideicomisos públicos para el fomento económico constituidos por el Gobierno Federal, para que proporcionen la mencionada información a la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero.
Lo anterior, para acreditar los requisitos previstos en los Programas:
· Programa de Capacitación para Productores e Intermediarios Financieros Rurales.
· Programa de Apoyo a Unidades de Promoción de Crédito.
· Programa de Garantías Líquidas.
· Programa de Reducción de Costos de Acceso al Crédito.
De las presentes Reglas de Operación de los Programas de Apoyo de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero para Fomentar la Inclusión Financiera y la Integración Económica en el Medio Rural.
Atentamente
____________________
Anexo 9
MODELOS DE CONVENIO PARA APOYOS
CONVENIO DE CONCERTACIÓN, EN LO SUCESIVO, "EL CONVENIO" QUE CON FECHA (DIA, MES Y AÑO) CELEBRAN LA FINANCIERA NACIONAL DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL, FORESTAL Y PESQUERO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO LA "FND", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL/LA (INDICAR EL NOMBRE DE QUIEN COMPARECERA COMO REPRESENTANTE O APODERADO Y CARGO DEL MISMO), Y POR LA OTRA PARTE LA (NOMBRE DE LA PERSONA FISICA, DENOMINACION O RAZON SOCIAL DE LA PERSONA MORAL, EJIDO/COMUNIDAD, EMPRESA RURAL, EMPRESA DE INTERMEDIACION FINANCIERA, DEPENDENCIA O ENTIDAD QUE SUSCRIBE EL CONVENIO), EN LO SUCESIVO (SEÑALAR NOMBRE CORTO PARA EFECTOS DEL PRESENTE CONVENIO), REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL/LA C. (NOMBRE(S) DEL REPRESENTANTE(S) LEGAL(ES), EN SU CARÁCTER DE (CARGO DEL REPRESENTANTE), AMBAS PARTES EN SU CONJUNTO SERAN DESIGNADAS COMO "LAS PARTES", Y EN LO INDIVIDUAL COMO LA "LA PARTE"), CONFORME A LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES
I.- La "FND" declara que:
I.1. Es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, sectorizado en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1o. de la Ley Orgánica de la "FND", publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre del 2002 y modificada mediante Decreto publicado en el DOF el 10 de enero 2014; así como los Artículos 1o., 3o. Fracción I, y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
I.2. Tiene como objeto "coadyuvar a realizar la actividad prioritaria del Estado de impulsar el desarrollo de las actividades agropecuarias, forestales, pesqueras y todas las demás actividades económicas vinculadas al medio rural, con la finalidad de elevar la productividad, así como de mejorar el nivel de vida de su población para lo cual otorgará crédito de manera sustentable y prestará otros servicios financieros, los cuales estarán sujetos a la suficiencia presupuestal correspondiente y a la normatividad aplicable a la "FND".
I.3. Para el cumplimiento de su objeto, podrá apoyar actividades de capacitación y asesoría a los productores para la mejor utilización de sus recursos crediticios, así como a los productores que decidan constituirse como Intermediarios Financieros Rurales, con fundamento en las fracciones XVI y XVII del artículo 7o. de la Ley Orgánica de la "FND".
I.4. Con fecha ______de _______de ____, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación las Reglas de Operación de los Programas de Apoyo de la Financiera para Fomentar la Inclusión Financiera y la Integración Económica en el Medio Rural (en lo sucesivo, las "Reglas de Operación"), en las que se especifican en el (indicar el (los) programa (s)), los requisitos, procedimientos de selección de los Apoyos, características, montos y especificaciones para la obtención del Apoyo o Crédito (indicar el (los) programa (s)), entre otros (en lo sucesivo, el (los) "Programa(s)").
I.5. El Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2019, tiene como estrategia la Autosuficiencia Alimentaria y el Rescate al Campo, a efecto de que la producción agropecuaria en general alcance niveles históricos y la balanza comercial del sector sea superavitaria.
I.6. De conformidad con el numeral 17 de las Reglas de Operación, la "FND" podrá celebrar Convenios de concertación y demás instrumentos jurídicos con integrantes del sector público, social o privado, atendiendo los requerimientos, alcances o compromisos de ejecución incluidos que se encuentren acordes con los Programas de Apoyo, contenidos de las Reglas de Operación.
I.7. Su representante legal, el C.____________________________________, en su carácter de ___________cuenta con las facultades legales suficientes para celebrar el presente "CONVENIO", según consta mediante la Escritura Pública No. _____, de fecha ____ de ____________ de ________, otorgada ante la fe del Licenciado __________, Notario Público No. ______ de la Ciudad de México, inscrita en el Registro Público de Organismos Descentralizados (REPODE), bajo el folio No._________ de fecha ______de _________de _______, con fundamento en los artículos 24 y 25 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales, así como en los artículos 40, 41, 45 y 46 de su Reglamento, mismas que a la fecha del presente "CONVENIO", no le han sido revocadas o limitadas de forma alguna y las mismas se encuentran vigentes.
I.8. Señala como domicilio para oír y recibir todo tipo de avisos y notificaciones el ubicado en (Señalar el domicilio completo indicado en el documento que exhiben como comprobante de domicilio).
(EN CASO DE QUE EL FIRMANTE DEL CONVENIO SEA UNA PERSONA FÍSICA, DEBERÁ EMPLEARSE EL TEXTO DE DECLARACIONES SIGUIENTE, EN CASO CONTRARIO DEBERÁ ELIMINARSE)
II.- El (La) C. (Señalar el nombre de la Persona Física) declara que:
II.1. Es una persona física que cuenta con capacidad jurídica para la celebración del presente "CONVENIO" y para asumir y dar cumplimiento a las obligaciones que en el mismo se establecen. Asimismo, en su carácter de beneficiario, se identifica con documento oficial vigente mismo que obra en el expediente.
II.2. Su principal actividad consiste en: (Señalar la actividad que realiza el beneficiario que tiene que estar relacionada con el objeto del convenio).
II.3. Conoce las Reglas de Operación y demás normatividad aplicable por lo que no tiene impedimento alguno para celebrar el presente "CONVENIO".
II.4. El presente "CONVENIO" no viola disposición alguna, legal o contractual, autorización, licencia de cualquier naturaleza, que le sea aplicable o la vincule, y las obligaciones que deriven del mismo, son válidas y exigibles en su contra, de conformidad con sus términos.
II.5. Cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes con la clave No. de fecha ___ de _________de ____.
II.6. No se encuentra en las listas de personas vinculadas con el terrorismo o su financiamiento o con otras actividades ilegales, de conformidad con la legislación Penal o Fiscal, que pudieran imposibilitarlo a firmar el presente "CONVENIO".
II.7. Forma parte de la Población Objetivo del Programa, y, por tanto, es elegible para recibir los Apoyos que contemplan en los numerales (Indicar El (Los) numerales de apoyo correspondiente), específicamente para los Apoyos de (Indicar el nombre completo del o de los apoyos correspondientes), siempre y cuando exista suficiencia presupuestal por parte de la "FND".
II.8. Se abstiene de recibir y solicitar a Dependencia o Entidad Gubernamental alguna, subsidios o apoyos que tengan que ver con el mismo fin y objeto del presente "CONVENIO".
II.9. Señala como domicilio para oír y recibir todo tipo de avisos y notificaciones el ubicado en (Señalar el domicilio completo indicado en el documento que exhiben como comprobante de domicilio, señalar correo electrónico y número de teléfono).
(EN CASO DE QUE EL FIRMANTE DEL CONVENIO SEA UNA PERSONA FÍSICA Y COMPAREZCA A LA FIRMA DEL PRESENTE CONVENIO A TRAVÉS DE REPRESENTANTE, DEBERÁ EMPLEARSE EL TEXTO DE DECLARACIONES SIGUIENTE, EN CASO CONTRARIO DEBERÁ ELIMINARSE)
II.-EL (LA) C. (señalar el nombre de la persona física) declara a través de su Apoderado Legal, que:
II.1. Es una persona física que cuenta con capacidad jurídica para la celebración del presente "CONVENIO" y para asumir y dar cumplimiento a las obligaciones que en el mismo se establecen.
II.2. Su principal actividad consiste en: (Señalar la actividad que realiza el beneficiario que tiene que estar relacionada con el objeto del convenio).
II.3. Su(s) representante(s) legal(es) [o apoderado(s)], el/los (Nombre(s) del (de los) representante(s)), en su carácter de___________, cuenta(n) con las facultades suficientes para celebrar el presente "CONVENIO", según consta en (describir documento, Escritura Pública, Póliza, Acta de Asamblea), otorgada ante la fe del Notario Público número (señalar nombre, número y ubicación del Fedatario Público), inscrita en el (Señalar Registro Público de la Propiedad, Agrario Nacional o el que corresponda e incluir los datos de inscripción: tales como No. de Folio, Sección, Libro, Tomo, Volumen. Foja, Partida, Ciudad, fecha o algún otro que se considere relevante), las cuales no le han sido revocadas o limitadas en forma alguna y que se encuentran vigentes a la fecha de firma del presente "CONVENIO". Asimismo, en su carácter de representantes legal(es) (o apoderado(s) el(los) (nombres de el/los representante(s), se identifica(n) con documento oficial vigente, mismo que obra en el expediente.
II.4. Conoce las Reglas de Operación de la "FND" y demás normatividad aplicable por lo que no tiene impedimento alguno para celebrar el presente "CONVENIO".
II.5. El presente "CONVENIO" no viola disposición alguna, legal o contractual, autorización, licencia de cualquier naturaleza, que le sea aplicable o la vincule, y las obligaciones que deriven del mismo, son válidas en términos del presente "CONVENIO" y le pueden ser revisadas y exigibles en cualquier momento en su contra, de conformidad con sus términos.
II.6. Cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes con la clave No. ___, de fecha de _______de_____.
II.7. No se encuentra en las listas de personas vinculadas con el terrorismo o su financiamiento o con otras actividades ilegales, de conformidad con la legislación Penal o Fiscal, que pudieran imposibilitarlo a firmar el presente "CONVENIO".
II.8. Forma parte de la Población Objetivo del Programa, y, por tanto, es elegible para recibir los Apoyos que contemplan en los numerales (Indicar El (Los) numerales de apoyo correspondiente), específicamente para los apoyos de (indicar el nombre completo del o de los apoyos correspondientes) siempre y cuando exista suficiencia presupuestal por parte de la "FND".
II.9. Se abstiene de recibir y solicitar a Dependencia o Entidad Gubernamental alguna, subsidios o apoyos que tengan que ver con el mismo fin y objeto del presente "CONVENIO".
II.10. Señala como domicilio para oír y recibir todo tipo de avisos y notificaciones el ubicado en (Señalar el domicilio completo indicado en el documento que exhiben como comprobante de domicilio).
(EN CASO DE QUE EL FIRMANTE DEL CONVENIO SEA UNA PERSONA MORAL CON CARÁCTER DE PRODUCTOR O EMPRESA RURAL O EIF, DEBERÁ EMPLEARSE EL TEXTO DE DECLARACIONES SIGUIENTE, EN CASO CONTRARIO TENDRÁ QUE ELIMINARSE)
II.- (Señalar el nombre con el que se le denominará a la persona moral con carácter de productor o empresa rural o EIF) declara a través de su Representante o apoderado legal, que:
II.1. Es una (Tipo de persona moral), legalmente constituida y debidamente autorizada según consta en
(describir documento, Escritura Pública, Póliza, Acta de Asamblea), otorgada ante (señalar nombre, número y ubicación del Fedatario Público), inscrita en el (Señalar Registro Público de la Propiedad, Agrario Nacional o el que corresponda e incluir los datos de inscripción: tales como No. de Folio, Sección, Libro, Tomo, Volumen, Foja, Partida, Ciudad, fecha o algún otro que se considere relevante).
(EN CASO DE QUE EXISTAN REFORMAS A LOS ESTATUTOS SOCIALES, TALES COMO CAMBIO DE RÉGIMEN JURÍDICO, MODIFICACIÓN A LA DENOMINACIÓN SOCIAL, AMPLIACIÓN O MODIFICACIÓN AL OBJETO SOCIAL U OTRA QUE SE CONSIDERE RELEVANTE, SE DEBERÁ INCLUIR LA DECLARACIÓN CON LOS DATOS QUE DETALLEN EL ACTA RESPECTIVA, SU PROTOCOLIZACIÓN ANTE FEDATARIO PÚBLICO, ASÍ COMO LOS DATOS DE INSCRIPCIÓN ANTE EL REGISTRO PÚBLICO CORRESPONDIENTE Y SE RECORRERÁN LOS NUMERALES DEL PRESENTE CAPITULO).
II.2. Dentro de su objeto social se contempla que puede realizar entre otras las actividades siguientes: (Indicar en forma literal, los aspectos de objeto social que se encuentren vinculados con el objeto del convenio y de la FND).
II.3. Su(s) representante(s) legal(es) [o apoderado(s)], el/los (Nombre(s) del (de los) representante(s)), en su carácter de____________, cuenta(n) con las facultades suficientes para celebrar el presente "CONVENIO", según consta en (describir documento, Escritura Pública, Póliza, Acta de Asamblea), otorgada ante la fe del Notario Público (señalar nombre, número y ubicación del Fedatario Público), inscrita en el (Señalar Registro Público de la Propiedad, Agrario Nacional o el que corresponda e incluir los datos de inscripción: tales como No. de Folio, Sección, Libro, Tomo, Volumen. Foja, Partida, Ciudad, fecha o algún otro que se considere relevante), las cuales no le han sido revocadas o limitadas en forma alguna y que se encuentran vigentes a la fecha de firma del presente "CONVENIO". Asimismo, en su carácter de representantes legal(es) (o apoderado(s) el(los) (nombre(s) de el/los representante(s), se identifica(n) con documento oficial vigente, mismo que obra en el expediente.
II.4. Conoce las Reglas de Operación y demás normatividad aplicable, por lo que no tiene impedimento alguno para celebrar el presente "CONVENIO".
II.5. No se encuentra en las listas de personas vinculadas con el terrorismo o su financiamiento o con otras actividades ilegales, de conformidad con la legislación Penal o Fiscal, que pudieran imposibilitarlo a firmar el presente "CONVENIO".
II.6. Forma parte de la Población Objetivo del Programa, y, por tanto, es elegible para recibir los Apoyos que contemplan en los numerales (indicar el(los) numerales de apoyo correspondiente de las Reglas de Operación), específicamente para los Apoyos de (Indicar el nombre completo del o de los apoyos correspondientes), siempre y cuando exista suficiencia presupuestal por parte de la "FND".
II.7. Que el presente instrumento jurídico no contiene cláusula alguna contraria a la ley, moral o buenas costumbres y que para su celebración no ha mediado coacción alguna, por lo que, carece de dolo, error, mala fe o cualquier otro vicio del consentimiento que pudiera afectar, en todo o en parte, su validez; aunado al hecho de que el mismo no viola autorización o licencia de cualquier naturaleza que le aplique o vincule con su naturaleza u objeto.
II.8. Cuenta con las autorizaciones corporativas necesarias para celebrar el presente "CONVENIO" y cumplir con las obligaciones derivadas del mismo.
(EN CASO DE QUE CUENTE CON CLAVE ÚNICA DE INSCRIPCIÓN ANTE EL REGISTRO FEDERAL DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL SE DEBERÁ INCORPORAR LA DECLARACIÓN SIGUIENTE, DE LO CONTRARIO DEBERÁ ELIMINARSE Y RECORRERSE LA NUMERACIÓN):
II.9. Cuenta con la Clave Única de Inscripción ante el Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil (CLUNI), No.__ de fecha__ de ________de____.
II.10. Cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes con clave No. ______ de fecha _____ de _______ de _______.
II.11. Se abstiene de recibir y solicitar a Dependencia o Entidad Gubernamental alguna, subsidios o apoyos que tengan que ver con el mismo fin y objeto del presente "CONVENIO".
II.12. Señala como domicilio para oír y recibir todo tipo de avisos y notificaciones el ubicado en (Señalar el domicilio completo indicado en el documento que exhiben como comprobante de domicilio, señalar correo electrónico y número de teléfono).
(EN CASO DE QUE EL FIRMANTE DEL CONVENIO SEA UN EJIDO/COMUNIDAD, DEBERÁ EMPLEARSE EL TEXTO DE DECLARACIONES SIGUIENTE, EN CASO CONTRARIO DEBERÁ ELIMINARSE)
II.- (Señalar el nombre con el que se le denominará al Ejido/Comunidad) declara a través de su Apoderado Legal, que:
II.1. Es un (Ejido/Comunidad), con personalidad jurídica y patrimonio propio según consta en su reglamento interno, protocolizado conforme a lo establecido por el artículo 90 de la Ley Agraria, en Escritura Pública No., Volumen No._____, Folios _____, de fecha ____ de ____de _____, otorgada ante la fe del/la Lic. _________, Notario Público No. _______ del _____________, inscrita en el (Señalar Registro Agrario Nacional e incluir datos de inscripción tales como No. de Folio, Sección, Libro, Tomo, Volumen, Foja, Partida, Ciudad, fecha o algún otro que se considere relevante).
II.2. Su actividad principal consiste en: (indicar en forma detallada los aspectos de sus actividades que se encuentren vinculados con el objeto del presente Convenio y de la FND).
II.3. El presente "CONVENIO" no viola disposición alguna, legal o contractual, autorización, licencia de cualquier naturaleza, que le sea aplicable o la vincule, y las obligaciones que deriven del mismo, son válidas, en términos del presente "CONVENIO" y le pueden ser revisadas y exigibles en cualquier momento.
II.4. Cuenta con las autorizaciones y permisos corporativos y gubernamentales necesarios para celebrar el presente "CONVENIO" y cumplir con las obligaciones derivadas del mismo.
II.5. Sus representantes legales los C(C).en su carácter de miembros del Comisariado Ejidal, cuentan con las facultades suficientes para celebrar el presente "CONVENIO", según consta en (describir la Escritura Pública) otorgada ante el Notario Público número (señalar nombre, número y ubicación del Notario Público), inscrita en el (Señalar Registro, Agrario Nacional e incluir datos de inscripción tales como ciudad, número de folio, fecha o algún otro que se considere relevante en su caso), las cuales no les han sido revocadas o limitadas en forma alguna hasta la fecha. Asimismo, en su carácter de representantes legal(es) (o apoderado(s) el(los) (nombre (s) de el/los representante(s), se identifica(n) con documento oficial vigente, mismo que obra en el expediente.
II.6. Conoce las Reglas de Operación de la "FND" y demás normatividad aplicable por lo que no tiene impedimento alguno para celebrar el presente "CONVENIO".
II.7. No se encuentra en las listas de personas vinculadas con el terrorismo o su financiamiento o con otras actividades ilegales, de conformidad con la legislación Penal o Fiscal, que pudieran imposibilitarlo a firmar el presente "CONVENIO".
II.8. Forma parte de la población objeto del Programa, y, por tanto, es elegible para recibir los apoyos que contemplan los numerales (Indica el/los numerales de el o los apoyo(s) correspondiente), específicamente para los Apoyos de (Indicar el nombre completo del o de los apoyos correspondientes), siempre y cuando exista suficiencia presupuestal por parte de la "FND".
II.9. Se abstiene de recibir y solicitar a Dependencia o Entidad Gubernamental alguna, subsidios o apoyos que tengan que ver con el mismo fin y objeto del presente "CONVENIO".
II.10. Señala como domicilio para avisos y notificaciones el ubicado en (Señalar el domicilio completo indicado en el documento que exhiben como comprobante de domicilio, señalar correo electrónico u número de teléfono).
CLÁUSULAS
PRIMERA.- DEFINICIONES.- Los términos que inicien con mayúscula inicial en este "CONVENIO" tienen los significados indicados en el Glosario de las Reglas de Operación.
SEGUNDA.- OBJETO.- El presente "CONVENIO", tendrá como finalidad establecer las bases generales entre "LAS PARTES" para formalizar la entrega del financiamiento por parte de la "FND", o bien en su caso, de(l) (los) Apoyo(s) siguiente(s) descrito(s) en (el) (los) numeral(es) ______________ (señalar el numeral y nombre del apoyo que corresponda) de las Reglas de Operación, siempre y cuando exista suficiencia presupuestal por parte de la "FND".
TERCERA.- OBJETIVOS GENERALES. Los objetivos generales a desarrollar por "LAS PARTES" son los siguientes:
(DENTRO DEL RUBRO DE OBJETIVOS GENERALES SE PODRÁN ELEGIR, MODIFICARSE O ADICIONARSE PARA EFECTOS DE AJUSTAR EL CONVENIO A LO QUE SE PRETENDA OPERAR EN TÉRMINOS DEL CONTENIDO DE LA CLÁUSULA SEGUNDA Y DEL PROGRAMA DE LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE QUE SE TRATE)
a) La identificación, diseño, desarrollo y consolidación de Proyectos Estratégicos, así como procesos de integración económica enfocados al sector rural.
b) Promover entre (Las personas físicas, personas morales, ejidos/comunidades, empresas rurales, dependencias o entidades que suscriben el presente convenio) la participación en los Apoyos y servicios del o los Programa(s).
c) Identificar entre (Las personas físicas, personas morales, ejidos/comunidades, empresas rurales,
dependencias o entidades que suscriben el presente convenio) clientes potenciales que pudieran llegar a ser sujetos de crédito de la "FND" y promover entre los mismos, la creación, incubación y fortalecimiento de Empresas Rurales, así como el aprovechamiento y uso eficiente de los recursos crediticios.
d) Identificar entre los agremiados de (Señalar el nombre corto indicado en el proemio), aquellas personas físicas y morales interesadas en constituirse como Intermediarios Financieros Rurales, e impulsar la creación, incubación y fortalecimiento de los mismos, a fin de conformar una Red de Intermediarios Financieros Rurales que operen con la "FND".
d) Promover entre (Las personas físicas, personas morales, ejidos/comunidades, empresas rurales, dependencias o entidades que suscriben el presente convenio), la constitución y operación de Unidades de Promoción del Crédito, siempre y cuando exista suficiencia presupuestal por parte de la "FND", a fin de impulsar el acceso al crédito y el buen uso y aprovechamiento de los recursos crediticios.
e) Impulsar acciones que permitan ampliar y potencializar la oferta de Apoyos y servicios que establecen las Reglas de Operación y en estricto apego al sistema de aseguramiento de la calidad para la prestación de los servicios establecidos en las Reglas de Operación y en la Mecánica Operativa que emita el Comité de Capacitación y Asesoría a Productores e Intermediarios Financieros Rurales de la "FND".
f) Colaborar en la prestación de los servicios de capacitación, asesoría y consultoría a los Productores para el mejor uso de sus recursos crediticios, así como a aquellas personas físicas y morales interesadas en constituirse como Empresas de Intermediación Financiera
g) Dentro del marco de la normatividad aplicable, establecer vínculos para el intercambio de información, que contribuya al mejor cumplimiento de los objetivos.
i) Identificar aquellas personas físicas y morales interesadas en constituirse como Empresas de Intermediación Financiera e impulsar la creación, incubación y fortalecimiento de las mismas, a fin de conformar una Red de Intermediarios Financieros Rurales que operen con la "FND".
h) Dentro del marco de la normatividad aplicable, establecer vínculos para el intercambio de información, que contribuya al mejor cumplimiento de los objetivos.
i) Diseñar o desarrollar procesos de integración económica en el sector rural, conforme a las políticas y estrategias de desarrollo regional aplicables.
j) Evaluar y estructurar esquemas conjuntos de financiamiento que permitan elevar la productividad del medio rural de la Entidad.
k) Identificar, diseñar o desarrollar Proyectos Estratégicos, e instrumentar los mecanismos necesarios para su canalización a la "FND".
l) Analizar alternativas que permitan realizar previamente una evaluación y dictamen técnico de los Proyectos Estratégicos presentados para su financiamiento, con el propósito de hacer más expedito el otorgamiento de crédito por parte de la "FND".
m) Identificar entre la población del medio rural a los potenciales sujetos de crédito de la "FND".
n) Promover entre los sujetos de crédito, la creación, diseño e incubación y fortalecimiento de empresas rurales.
o) Impulsar la constitución, diseño, incubación, desarrollo y fortalecimiento de Empresas de Intermediación Financiera.
p) En general, llevar a cabo el Programa y acciones que faciliten el desarrollo de las actividades de "LAS PARTES" relacionadas con el objeto del presente "CONVENIO".
CUARTA.- APOYOS A OTORGAR POR LA "FND".- La (Señalar el nombre corto indicado en el proemio) forma parte de la Población Objetivo del Programa, y, por tanto, la "FND" podrá otorgarle los Apoyos que se mencionan en los (indicar el (los) numeral(es) y nombre del(los) apoyo(s) contenidos en las reglas de operación que corresponda, una vez que se haya dado cumplimiento a los requisitos exigidos por las mismas y se cuente con la disponibilidad presupuestal suficiente.
QUINTA.- FORMA DE PAGO.- Los montos de los Apoyos se establecerán en los términos que al efecto contenga la autorización de los mismos, en estricto cumplimiento a lo contenido en las Reglas de Operación, y cuyos recursos serán depositados de conformidad a lo señalado en los Programas de Apoyo de la "FND", así como la carta instrucción correspondiente al Apoyo respectivo, misma que forma parte del presente "CONVENIO", como Anexo.
Los pagos de los Apoyos se realizarán previo cumplimiento de las obligaciones que al respecto prevea cada uno de los Apoyos a que refieren las Reglas de Operación.
SEXTA. - DERECHOS Y OBLIGACIONES.
La (Las personas físicas, personas morales, ejidos/comunidades, empresas rurales, dependencias o entidades que suscriben el presente convenio) se obligan ante la "FND" a:
a) Cumplir con las disposiciones establecidas en las presentes Reglas de Operación, así como la documentación necesaria para el otorgamiento del apoyo.
b) Entregar a la "FND" el recibo y documentación oficial, en el que se indique el monto y tipo de Apoyo recibido.
b) Recibir, aplicar y ejercer bajo su responsabilidad, los Recursos otorgados por la "FND", exclusivamente para cumplir con la finalidad del Apoyo autorizado, en términos de lo que establecen las Reglas de Operación, la legislación y la normatividad aplicable.
c) En el caso de que el Apoyo se destine para contratación de los servicios que se encuentran establecidos por las Reglas de Operación, éstos se realizarán en los términos contemplados en las mismas.
d) Entregar, a solicitud previa de la "FND" y de cualquier otra instancia fiscalizadora, cualquier información referente a su situación financiera, Planes de Negocios, Programa de Operación, o cualquier otra información relacionada con la operación y manejo de los Recursos.
e) Estar al corriente con sus obligaciones fiscales y todas aquellas aplicables conforme a la normatividad vigente de la "FND".
f) Abstenerse de recibir y solicitar ante diferentes Dependencias Gubernamentales, Apoyos destinados para el mismo fin.
g) Otorgar facilidades a la "FND" y a cualquier instancia fiscalizadora para efectuar las visitas de supervisión que ésta considere necesarias a las instalaciones o lugares donde se lleven a cabo las acciones, esto con el fin de verificar la correcta aplicación de recursos del Apoyo para los fines autorizados.
h) En caso de contravenir o incumplir cualquiera de las disposiciones del presente "CONVENIO", la (Las personas físicas, personas morales, ejidos/comunidades, empresas rurales, dependencias o entidades que suscriben el presente convenio), se compromete a restituir a la "FND" el monto original del Apoyo proporcionado, así como los rendimientos que se hubiesen generado hasta la fecha de la devolución a la "FND" en términos de lo que establece la cláusula de Sanciones del presente "CONVENIO".
i) Entregar las solicitudes de Apoyo que marcan las Reglas de Operación, así como cumplir con los plazos establecidos en la normatividad aplicable emitida por la "FND", para la operación de los Apoyos. En caso de incumplimiento, la "FND" se reserva el derecho de recibirlas o en su caso de cancelarlas.
Por su parte, la "FND" se compromete a otorgar a la (Las personas físicas, personas morales, ejidos/comunidades, empresas rurales, dependencias o entidades que suscriben el presente convenio) los Apoyos señalados en la Cláusula Cuarta una vez que (Señalar el nombre corto indicado en el proemio) haya satisfecho los requisitos que para tal efecto exija la legislación aplicable, las Reglas de Operación y demás normativa aplicable y cuente con suficiencia presupuestal que permita la entrega de los apoyos.
En caso de que la (Las personas físicas, personas morales, ejidos/comunidades, empresas rurales, dependencias o entidades que suscriben el presente convenio) no exhiba la documentación requerida por las Reglas de Operación, La "FND" podrá solicitar documentos adicionales en (los) que conste(n) la información de los documentos no exhibidos.
Los montos de dichos Apoyos serán por las cantidades y los plazos previstos en las referidas Reglas de Operación y el Programa de Trabajo Específico.
SÉPTIMA. - PROGRAMAS DE TRABAJO.- "LAS PARTES" convienen que para el desarrollo eficiente de todos y cada uno de los objetivos mencionados en la Cláusula Tercera, elaborarán Programas de Trabajos Específicos, orientados a elevar la eficacia y eficiencia de los recursos aplicados al desarrollo económico y financiero de (Señalar el nombre corto indicado en el proemio). En dicho instrumento se especificarán los objetivos, la estrategia de articulación económica y financiera, los Proyectos Estratégicos, la aportación de recursos, así como los Apoyos y servicios requeridos para el desarrollo de esos Proyectos Estratégicos; dichos Apoyos y servicios se apegarán en todo momento a la normatividad prevista en las Reglas de Operación de la "FND" y en la mecánica operativa que determine o se implemente a través del Comité de Capacitación y Asesoría a Productores e Intermediarios Financieros Rurales de la "FND". La coordinación, supervisión, control y evaluación de los Apoyos y servicios realizados en el marco de estos Programas de Trabajo estará a cargo de la Dirección General Adjunta de Promoción de Negocios y Coordinación Regional de la "FND".
OCTAVA. - SUBSIDIO.- "LAS PARTES" reconocen que los Apoyos a que hace referencia la Cláusula Cuarta, tienen el carácter de subsidio. Asimismo, las relaciones contractuales que se deriven del presente instrumento, y que sean solventadas con los recursos provenientes del subsidio mencionado, se darán directamente a la (Nombre de la persona física, Denominación o razón social de la persona moral, ejido/comunidad, empresa rural), siempre y cuando se cuente con suficiente presupuestal.
NOVENA.- PERSONAL DESIGNADO.- Cada "PARTE" designa como responsable de la coordinación, control, seguimiento, ejecución y evaluación de las acciones derivadas del presente instrumento, así como de su Programa de Trabajo a las personas siguientes:
Por la "FND":
Por: (Señalar el nombre corto indicado en el proemio):
DÉCIMA. - RELACIÓN LABORAL.- "LAS PARTES" acuerdan que este "CONVENIO" y cada uno de los instrumentos que deriven del mismo, no podrán interpretarse de manera alguna como la existencia o surgimiento de una asociación o vínculo de carácter laboral entre "LAS PARTES", funcionarios o representantes, por lo que las relaciones laborales se mantendrán en todos los casos entre "LA PARTE" contratante y sus respectivos trabajadores o colaboradores, aún en los casos de los trabajos realizados conjuntamente y que se efectúen en las instalaciones o con equipo de cualquiera de "LAS PARTES". En ningún caso podrá considerarse a la otra "PARTE" como patrón sustituto, quedando esta última, liberada de toda responsabilidad civil, penal, fiscal, laboral o de seguridad social, en asuntos relacionados con dicho personal, debiendo "LA PARTE" que designe al trabajador de que se trate, sacar en paz y a salvo a la otra "PARTE", en caso de cualquier conflicto provocado por el personal de la primera a su cargo.
DÉCIMA PRIMERA. - MODIFICACIÓN DE TÉRMINOS.- Los términos y condiciones de este "CONVENIO" sólo podrán ser modificados mediante instrumento por escrito firmado por "LAS PARTES", excepto por los datos relativos a los apoderados de "LAS PARTES" y domicilios, que podrán ser modificados por medio de una notificación por escrito a la otra. Tratándose del domicilio especificado por cada una de "LAS PARTES" en el rubro de declaraciones, cada "PARTE" se obliga a notificar por escrito a la otra cualquier modificación dentro de los 8 (ocho) días hábiles siguientes al cambio respectivo, y las mismas formaran parte integrante del presente "CONVENIO".
DÉCIMA SEGUNDA. - SANCIONES.- La violación o incumplimiento por parte de la (Nombre de la persona Física, Denominación o razón social de la persona moral, ejido/comunidad, empresa rural) a las obligaciones contenidas en el presente "CONVENIO", así como a las Reglas de Operación o en cualquier otra disposición normativa aplicable, dará lugar a la suspensión inmediata del Apoyo en marcha, la restitución a la "FND" de los Apoyos recibidos así como de los rendimientos que se hubieren generado desde la fecha de su entrega al Beneficiario, hasta la fecha que sean reintegrados a la "FND" y la exclusión de la (Nombre de la persona física, Denominación o razón social de la persona moral, ejido/comunidad, empresa rural, dependencia o entidad que suscribe el convenio) de la Población Objetivo para todos los Apoyos previstos en el Programa o los Programas de Apoyo, incluso en el año fiscal inmediato posterior a la comisión u omisión de la falta respectiva.
Los rendimientos a que se hace referencia en el párrafo anterior serán calculados conforme a la tasa ponderada de fondeo bancario dada a conocer diariamente por el Banco de México en su página de Internet durante el periodo que dure la falta de devolución. En caso de que por cualquier motivo se deje de publicar dicha tasa, se utilizará la tasa de interés obtenida por la Tesorería en su Cuenta Corriente en el Banco de México. El monto de los intereses se determinará dividiendo la tasa anual a que se refiere el párrafo anterior entre trescientos sesenta, y el resultado hasta la centésima, se multiplicará por el número total de días transcurridos desde el día en que venció el plazo para realizar la devolución hasta el día hábil previo a aquél en que el monto a devolver se deposite en la cuenta bancaria señalada por el solicitante. El resultado obtenido se multiplicará por el importe no devuelto oportunamente, lo anterior de conformidad al Reglamento de la Ley de la Tesorería de la Federación.
DÉCIMA TERCERA. - VIGENCIA.- Este "CONVENIO" estará en vigor a partir de la fecha de su firma y hasta el 31 de diciembre de 202_. Sin embargo, podrá darse por terminado de manera anticipada, en cualquier tiempo y sin responsabilidad alguna para "LAS PARTES", mediante notificación por escrito a la otra con por lo menos 30 (treinta) días naturales de anticipación a la fecha de terminación propuesta, en el domicilio señalado en este "CONVENIO", pero cualquier obligación pendiente de cumplimiento se seguirá rigiendo por este Instrumento y no se podrán adquirir nuevas obligaciones posteriores a la fecha de terminación indicada.
DÉCIMA CUARTA. - CONFIDENCIALIDAD. - "LAS PARTES" acuerdan que para el desarrollo del objeto del presente "CONVENIO", utilizarán la información confidencial que les sea entregada o divulgada sólo con respecto al desempeño de sus obligaciones bajo este "CONVENIO", entendiéndose como información confidencial todo tangible e intangible propiedad de "LAS PARTES", así como toda aquella información externa o de terceros que se dé a conocer de forma escrita, verbal o gráfica a través de cualquier tipo de
medio, así como la contenida en medios electrónicos o electromagnéticos.
Asimismo, respecto al tratamiento de datos personales, en todo momento se sujetarán a lo dispuesto por la legislación federal y estatal, según corresponda, en materia de protección de datos personales, transparencia y acceso a la información pública. De Igual forma, "LAS PARTES" deberán guardar absoluta confidencialidad respecto a la información que la "FND" llegare a proporcionar del (Señalar el nombre corto indicado en el proemio), con relación a los financiamientos que ésta llegare a otorgar.
Igualmente, el (Señalar el nombre corto indicado en el proemio) deberá guardar absoluta confidencialidad respecto a la información que la "FND" le proporcione, con relación a los créditos que ésta llegare a otorgar, observando en todo momento lo establecido en el artículo 142 de la Ley de Instituciones de Crédito y en ningún caso podrá difundir, dar noticias o información en forma alguna, de los depósitos, operaciones o servicios, incluyendo los previstos en la fracción XV del artículo 46 de la citada disposición normativa.
DÉCIMA QUINTA.- CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.- "LAS PARTES" en el supuesto de caso fortuito o de fuerza mayor o por causas que no le resulten imputables, podrán a su entera libertad y discreción, suspender el presente instrumento jurídico, de forma temporal o definitiva.
Ninguna de "LAS PARTES" será responsable de las obligaciones contenidas en el presente "CONVENIO", cuando existan causas de caso fortuito o fuerza mayor, incluyendo órdenes de autoridades civiles y militares.
DÉCIMA SEXTA.- ACUERDOS VERBALES O CONVENIOS ANTERIORES.- El presente "CONVENIO" constituye el acuerdo entre "LAS PARTES" en relación con el objeto del mismo, y sustituye cualquier otro "CONVENIO" entre ambas, ya sea verbal o escrito, realizado con anterioridad a la fecha en que se firme el presente instrumento jurídico.
DÉCIMA SÉPTIMA.- SUPLENCIA DEL CONVENIO.- Los aspectos no previstos en el presente "CONVENIO" serán resueltos en términos de lo que establece el numeral 28 de las Reglas de Operación, por el Comité de Capacitación de la Financiera en el marco de sus respectivas facultades o en su caso, en las Unidades Administrativas en las cuales se delega dicha función y deberán instrumentarse mediante acuerdo por escrito de "LAS PARTES", mismo que formará parte integrante del presente "CONVENIO".
DÉCIMA OCTAVA. - LEYES APLICABLES Y JURISDICCIÓN.- "LAS PARTES" manifiestan que las obligaciones y derechos contenidos en este instrumento, son producto de la buena fe, por lo que realizarán todas las acciones necesarias para su debido cumplimiento a través de la amigable composición; únicamente para el caso de que "LAS PARTES" no logren conciliar alguna diferencia derivada de la operación del "CONVENIO", acuerdan someterse a la competencia de los Tribunales Federales con circunscripción en la Ciudad de México, renunciando a la competencia y jurisdicción que pudiera corresponder en razón de su domicilio presente o futuro.
Previa lectura y debidamente enteradas "LAS PARTES" del contenido, alcance y fuerza legal del presente "CONVENIO", lo firman en cuatro ejemplares, en la Ciudad de ___________, a los __________ (_________) días del mes de _____________del año dos mil ________ (202__).
| LA "FND" | (SEÑALAR EL NOMBRE CORTO INDICADO EN EL PROEMIO). |
| NOMBRE DE SU REPRESENTANTE LEGAL | NOMBRE DE LA PERSONA FÍSICA O REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO LEGAL |
CONVENIO DE COLABORACIÓN EN LO SUCESIVO EL "CONVENIO", QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL DENOMINADO________________________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO "__________", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR ______________________________________________, EN SU CARÁCTER DE _________________________________________________Y, POR LA OTRA PARTE, LA FINANCIERA NACIONAL DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL, FORESTAL, Y PESQUERO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO LA "FND", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C. (SEÑALAR EL NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA FINANCIERA), EN SU CARÁCTER DE (SEÑALAR EL CARGO COMO LO ES: DIRECTOR GENERAL, COORDINADOR REGIONAL (SEÑALAR DE QUE REGIONAL); Y QUIENES ACTUANDO EN FORMA CONJUNTA SERÁN REFERIDAS COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
I. DE "_______________":
I.1. Que es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad con los artículos (SEÑALAR LA FUNDAMENTACIÓN DEL ENTE PÚBLICO).
I.2. Que tiene como objeto, (SEÑALAR EL OBJETO DEL ENTE PÚBLICO).
I.3. Que dentro de sus atribuciones se encuentra (SEÑALAR LAS ATRIBUCIONES DEL ENTE PÚBLICO).
I.4. (SEÑALAR EL NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL ENTE PÚBLICO), EN SU CARÁCTER DE (SEÑALAR EL CARGO) (SEÑALAR LAS ATRIBUCIONES PARA PODER SUSCRIBIR EL CONVENIO DE COLABORACIÓN)
I.5. Que su Registro Federal de Contribuyentes es ______________________.
I.6. Que, para los efectos legales derivados del presente instrumento, señala como su domicilio el ubicado en ________________________.
II. DE LA "FND":
II.1 Que es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, sectorizado en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley Orgánica de la "FND", publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre del 2002; así como en los artículos 1, 3, fracción I y 45, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
II.2. Que el 10 de enero de 2014, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el "Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia financiera y se expide la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras" y en cuyo Artículo Décimo Noveno se modificó la denominación de la Ley Orgánica de la Financiera Rural para quedar como "Ley Orgánica de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero".
II.3 Que, tiene como objeto coadyuvar a realizar la actividad prioritaria del Estado de impulsar el desarrollo de las actividades agropecuarias, forestales, pesqueras y todas las demás actividades económicas vinculadas al medio rural, con la finalidad de elevar la productividad, así como de mejorar el nivel de vida de su población.
(EN CASO DE QUE FIRME EL DIRECTOR GENERAL SE DEBERÁ INCORPORAR LA DECLARACIÓN SIGUIENTE, DE LO CONTRARIO DEBERÁ ELIMINARSE Y RECORRERSE LA NUMERACIÓN E INCLUIR LA DECLARACIÓN SIGUIENTE):
1.4. Su Director General, el _____________________________, cuenta con las facultades amplias y suficientes para obligarse en los términos que se señalan en el presente instrumento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44, fracción I de la Ley Orgánica de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero.
1.5. El C. (NOMBRE DEL SERVIDOR PÚBLICO QUE VA A SUSCRIBIR EL PRESENTE CONVENIO) quien funge como (SEÑALAR EL CARGO: COORDINADOR REGIONAL cuenta con las facultades legales suficientes para celebrar el presente "CONVENIO", según consta en la Escritura Pública No. _______, de fecha _______, otorgada ante la fe del Lic. _______, Notario Público No. ______, de la Ciudad de ____________, inscrita en el Registro Público de Organismos Descentralizados (REPODE), bajo el folio No. (SEÑALAR EL NÚMERO DE FOLIO QUE APARECE EN LA CONSTANCIA), de fecha (SEÑALAR DÍA, MES Y AÑO), con fundamento en los artículos 24 y 25 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales, así como en los artículos 40, 41, 45 y 46 de su Reglamento, las cuales no le han sido revocadas o limitadas en forma alguna,
1.6. Señala como su domicilio para oír y recibir todo tipo de avisos y notificaciones el ubicado en (SEÑALAR EL DOMICILIO COMPLETO QUE ESTÉ INDICADO EN EL COMPROBANTE QUE EXHIBAN).
II.8. Que su Registro Federal de Contribuyentes es FRU021226V91.
III. DE "LAS PARTES":
III.1. Que el presente instrumento jurídico no tiene cláusula alguna contraria a la ley, moral o buenas costumbres y que para su celebración no ha mediado coacción alguna, por lo que, carece de dolo, error, mala fe o cualquier otro vicio del consentimiento que pudiera afectar, en todo o en parte, su validez.
III.2. Que conocen, comprenden y aceptan cumplir con las obligaciones contenidas en el presente "CONVENIO", sujetándose en todo momento en el ámbito de sus respectivas atribuciones y a su legislación
aplicable.
III.3. Que las acciones estipuladas en el presente instrumento jurídico no persiguen lucro o beneficio económico alguno.
III.4. Que se reconocen mutuamente la personalidad jurídica y aceptan la capacidad legal con que ostentan cada una de ellas y manifiestan su voluntad en celebrar el presente "CONVENIO", conforme al siguiente:
F U N D A M E N T O
En virtud de lo anterior y, con fundamento en el artículo 90, de la Constitución Política de Estados Unidos Mexicanos; 1, 3, y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 11, 14, 17, 22 y 59 y demás relativos y aplicables de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; (INCLUIR FUNDAMENTACIÓN DEL ENTE PÚBLICO); 1, 2, y 44 fracción I de la Ley Orgánica de la "FND"; "LAS PARTES" celebran el presente "CONVENIO" y están de acuerdo en sujetarse a las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO.- El presente "CONVENIO" tiene como finalidad establecer las bases y mecanismos de colaboración entre "LAS PARTES" a fin de conjuntar acciones y esfuerzos en el ámbito de sus respectivas competencias y conforme a su disponibilidad presupuestal, para desarrollar _____________________________________________, los cuales podrán promoverse y vincularse a la oferta crediticia, los servicios financieros, así como la capacitación en materia financiera, rural, agropecuaria, forestal y pesquera de la "FND", apoyándose mediante las actividades de promoción, a fin de impulsar y mejorar al sector rural.
Para lo anterior, "LAS PARTES" brindarán todas las facilidades necesarias para la adecuada operación y cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico, sin que su celebración constituya una obligación para "LAS PARTES" de otorgarse financiamiento; en caso de otorgarse por parte de la "FND", el mismo estará sujeto a su suficiencia presupuestal.
SEGUNDA.- ACCIONES CONJUNTAS.- Para el cumplimiento del objeto del presente "CONVENIO", "LAS PARTES" podrán llevar a cabo las siguientes acciones:
(SEÑALAR MEDIANTE INCISOS LAS ACCIONES QUE ACUERDEN LAS PARTES EN TÉRMINOS DEL OBJETO DEL PRESENTE CONVENIO DE COLABORACIÓN)
TERCERA.- PROGRAMA DE TRABAJO.- "LAS PARTES" convienen que, para lograr el objeto que se menciona en la Cláusula Primera se elaboraran de manera conjunta Programas de Trabajo que contenga las propuestas de colaboración para llevar a cabo los proyectos académicos de interés para las mismas.
En los Programas de Trabajo se precisarán las estrategias, actividades a desarrollar y obligaciones, el personal involucrado, el cronograma de actividades, plazos de ejecución, derechos de autor, la suficiencia presupuestal disponible y las fuentes de financiamiento en su caso, así como todo lo necesario para determinar con exactitud los fines y alcances de cada uno de ellos, apegándose siempre a la normatividad aplicable para cada una de "LAS PARTES".
Para el debido cumplimiento de los Programas de Trabajo, "LAS PARTES" celebrarán de común acuerdo, Convenios Específicos mediante la cual se detallarán las acciones que habrán de llevarse a cabo de conformidad con el Programa de Trabajo acordado entre "LAS PARTES", los cuales serán suscritos por quienes tengan facultades para ello.
CUARTA.- CONVENIOS ESPECÍFICOS.- Para el cumplimiento del objeto del presente "CONVENIO", "LAS PARTES" suscribirán Convenios Específicos mediante los cuales se deberá precisar el objetivo del proyecto; las obligaciones, alcances, resultados y especificaciones técnicas; así como en su caso, el financiamiento o monto del proyecto, el esquema de distribución, el personal involucrado, los calendarios de realización; los términos de propiedad intelectual, confidencialidad; vigencia y las que resulten necesarias para la realización de los Proyectos Estratégicos.
Los Convenios Específicos serán suscritos dentro de la vigencia del presente "CONVENIO" y por los servidores públicos que cuenten con las facultades para ello, los cuales serán considerados como instrumentos operativos del presente "CONVENIO".
QUINTA.- DEL SEGUIMIENTO, EJECUCIÓN Y EVALUACIÓN.- Para el adecuado desarrollo del objeto y las acciones a que se refiere el presente "CONVENIO", "LAS PARTES" integrarán un Grupo de Trabajo o Comité de Evaluación y Seguimiento, encabezados por los siguientes servidores públicos, los cuales podrán apoyarse del personal técnico especializado que consideren conveniente:
| Por la "FND": __________________. | Titular de la _____________________________. |
| Por "____________": | Titular de la _____________________________. |
Dichos servidores públicos serán los responsables del seguimiento, interpretación, ejecución y evaluación del presente "CONVENIO" y tendrán las funciones siguientes:
a) Apoyar y dar seguimiento a las actividades previstas en este instrumento.
b) Proponer la celebración de Convenios Específicos en el marco del presente instrumento.
c) Reunirse por lo menos una vez al año para revisar el desarrollo del presente instrumento, así como de los Convenios Específicos que al efecto se hayan celebrado.
d) Facilitar los canales de comunicación entre "LAS PARTES" para la realización de actividades conjuntas.
e) Formular las recomendaciones que permitan el buen funcionamiento del presente "CONVENIO" y de los Convenios Específicos que de él se deriven.
f) Resolver toda controversia e interpretación que se derive del presente instrumento, respecto a su operación, formalización y cumplimiento.
g) Tomar o considerar, según el caso, los acuerdos complementarios pertinentes, mismos que se harán constar por escrito y formarán parte integrante de este "CONVENIO".
h) Las demás que acuerden "LAS PARTES".
"LAS PARTES" acuerdan que en el supuesto de que se den cambios en sus respectivas estructuras, los responsables serán las personas que ocupen los cargos descritos con anterioridad, sin necesidad de que se modifique el presente "CONVENIO", bastando únicamente la comunicación escrita entre "LAS PARTES".
SEXTA.- RELACIÓN LABORAL.- El personal de cada una de "LAS PARTES", que sea designado para la realización de cualquier actividad relacionada con este "CONVENIO", permanecerá en forma absoluta bajo la dirección, supervisión y dependencia de la entidad con la cual tiene establecida su relación laboral, mercantil, civil, administrativa o de cualquier otra índole, por la que no se creará una subordinación de ninguna especie con la parte opuesta, ni operará la figura jurídica de patrón sustituto o solidario; lo anterior, con independencia de estar prestando sus servicios fuera de la instalaciones de la entidad por la que fue contratada. Por lo que cada una de "LAS PARTES" es responsable individualmente de su personal en materia civil, laboral, penal, administrativa, patrimonial, cuotas obrero patronales y sindicales, vivienda, seguridad social, impuestos y demás relativos.
SÉPTIMA.- PROPIEDAD INTELECTUAL.- "LAS PARTES" acuerdan reconocerse mutuamente los derechos de propiedad intelectual que cada una de ellas tiene para la ejecución del presente "CONVENIO".
La titularidad de los derechos de propiedad intelectual que se generen, produzcan o deriven de las actividades objeto del presente instrumento o de sus Convenios Específicos, serán de la parte cuyo personal lo haya realizado; pudiendo en consecuencia, explotarlos por sí o por conducto de terceros, en cualquier modalidad conocida o por conocerse y sin limitación alguna en tiempo y forma, con la obligación de mencionar el crédito que les corresponda a los colaboradores que hubiesen participado en su creación. Para las actividades que realicen "LAS PARTES" conjuntamente, la propiedad intelectual corresponderá proporcionalmente en función del porcentaje de colaboración que realice cada una de ellas y su explotación, uso, transferencia o licenciamiento debe ser establecido de común acuerdo, estipulando en forma clara la distribución del mismo en los instrumentos jurídicos que para tal efecto se suscriban.
Ninguna de "LAS PARTES" podrá utilizar la marca, logotipo o emblema de la otra parte en publicaciones, programas o cualquier otro, sí antes no está autorizado expresamente por escrito por la otra parte.
OCTAVA.- CONFIDENCIALIDAD.- "LAS PARTES" guardarán absoluta confidencialidad respecto a la información que conozcan de las acciones pactadas en este instrumento, la que será divulgada únicamente de mutuo consentimiento y por escrito. Asimismo, instruirán a su personal en lo conducente para el debido cumplimiento de esta Cláusula, sin perjuicio de las obligaciones a que se encuentran sujetas "LAS PARTES", con motivo de las disposiciones contenidas en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento, Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, y demás disposiciones aplicables en la materia.
Se entiende por información confidencial toda aquella información escrita, gráfica o contenida en documentos,
medios electromagnéticos, discos ópticos, microfilmes u otros instrumentos similares, incluyendo de manera enunciativa más no limitativa la información técnica, social, administrativa, financiera y de negocios, reportes, planes, proyecciones, datos, investigaciones y cualquier otra información propiedad de "LAS PARTES".
Igualmente, "______________" deberá guardar absoluta confidencialidad respecto a la información que la "FND" le proporcione, con relación a los créditos que ésta llegase a otorgar, observando en todo momento lo establecido en el artículo 142 de la Ley de Instituciones de Crédito, y en ningún caso podrá difundir, dar noticias o información en forma alguna, de los depósitos, operaciones o servicios, incluyendo los previstos en la fracción XV del artículo 46 de la citada disposición normativa.
NOVENA.- CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.- Ninguna de "LAS PARTES" tendrán responsabilidad civil por los daños y perjuicios que pudieran causarse por cualquier retraso o incumplimiento de los compromisos establecidos como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor.
Para efectos del presente "CONVENIO" se entenderá por caso fortuito o fuerza mayor, a los sucesos de la naturaleza o hechos del hombre respectivamente, que siendo extraños a "LAS PARTES" , les impiden temporal o definitivamente el cumplimiento parcial o total de sus obligaciones; asimismo los hechos deberán de ser imprevisibles y que estos se produzcan fuera de su esfera de control, por lo que de no contar con estas características el acontecimiento no será liberatorio de responsabilidad por incumplimiento.
En estos supuestos se comprometen a informar por escrito a la "PARTE" afectada a la brevedad posible sobre la suspensión de las actividades de que se trate, en la inteligencia de que, una vez superados estos eventos, se reanudarán las actividades en la forma y términos que ambas partes determinen, en caso de que "LAS PARTES" determinen que las actividades suspendidas no sean posibles de reanudarse, se fijarán las bases para la terminación anticipada del presente instrumento.
DÉCIMA.- VIGENCIA.- El presente instrumento tendrá vigencia a partir de la fecha de su firma, hasta el 30 de septiembre de 2024, sin embargo, podrá darse por terminado de manera anticipada, en cualquier tiempo y sin responsabilidad alguna para "LAS PARTES", mediante notificación por escrito a la otra parte con por lo menos 30 (treinta) días naturales de anticipación a la fecha de terminación propuesta, en el domicilio señalado en este "CONVENIO", pero cualquier obligación pendiente de cumplimiento se seguirá rigiendo por este Instrumento y no se podrán adquirir nuevas obligaciones posteriores a la fecha de terminación indicada.
DÉCIMA PRIMERA.- MODIFICACIONES.- Las situaciones no previstas en el presente "CONVENIO", así como las modificaciones o adiciones que se realicen al mismo, serán pactadas de común acuerdo entre "LAS PARTES" y se harán constar por escrito mediante la celebración del Convenio Modificatorio respectivo, mismo que deberá ser celebrado dentro de la vigencia del presente instrumento y surtirá los efectos a que haya lugar, a partir del momento de su suscripción y formará parte integrante del presente instrumento.
DÉCIMA SEGUNDA.- AVISOS, COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES.- "LAS PARTES" convienen que todos los avisos, comunicaciones y notificaciones que se realicen con motivo del presente instrumento, se llevarán a cabo con acuse de recibo a través de los medios electrónicos que definan de común acuerdo, así como a través de los medios que establezcan en los Convenios Específicos que se suscriban; las comunicaciones que se generen deberán suscribirse por las personas que se encuentren debidamente facultadas y acreditadas para tal fin.
DÉCIMA TERCERA.- INTERPRETACIÓN, JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.- "LAS PARTES" convienen que el presente instrumento es producto de la buena fe, por lo que toda controversia e interpretación que se derive respecto de su cumplimiento será resuelta por "LAS PARTES" de común acuerdo.
En caso de no llegarse a algún acuerdo, "LAS PARTES" se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales con sede en la Ciudad de México, renunciando al fuero que le pudiera corresponder en razón de su domicilio presente o futuro.
Leído que fue el presente instrumento y enteradas "LAS PARTES" de su contenido, alcance y fuerza legal del presente "CONVENIO", lo firman al margen y ratifican por cuadruplicado, en la Ciudad de México; a los ____días del mes de _____del año 202__.
| POR "_________" | | POR LA "FND" |
CONVENIO DE COORDINACIÓN EN LO SUCESIVO EL "CONVENIO", QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE _________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL "GOBIERNO DEL ESTADO", REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE _____________________, EL ____________________________, ASISTIDO POR ______________________________, EN SU CARÁCTER DE ___________________________________; Y POR OTRA PARTE, LA FINANCIERA NACIONAL DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL, FORESTAL Y PESQUERO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO LA "FINANCIERA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C. (SEÑALAR EL NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA FINANCIERA), EN SU CARÁCTER DE (SEÑALAR EL CARGO COMO LO ES: DIRECTOR GENERAL, COORDINADOR REGIONAL (SEÑALAR DE QUE REGIONAL); Y A
QUIÉNES EN FORMA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
1. Declara la "FINANCIERA" que:
1.1. Es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, sectorizado en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 1o. de la Ley Orgánica de la Financiera, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre del 2002; así como los Artículos 1o., 3o. Fracción I y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
1.2. El 10 de enero de 2014 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el "Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia financiera y se expide la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras" y en su artículo décimo noveno se modificó la denominación de la Ley Orgánica de la Financiera Rural para quedar como "Ley Orgánica de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero". Asimismo, en el artículo vigésimo primero fracción VI de las disposiciones transitorias se estableció que cuando en cualquier decreto, código, ley, reglamento o disposiciones jurídicas emitidas con anterioridad a la entrada en vigor del decreto de reforma, así como todos los contratos, convenios y demás actos jurídicos celebrados por la Institución, hagan referencia a la Financiera Rural, se entenderá que hacen referencia a la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero.
1.3. Tiene como objeto "coadyuvar a realizar la actividad prioritaria del Estado de impulsar el desarrollo de las actividades agropecuarias, forestales, pesqueras y todas las demás actividades económicas vinculadas al medio rural, con la finalidad de elevar la productividad, así como de mejorar el nivel de vida de su población".
1.4. Para el cumplimiento de su objeto, podrá apoyar actividades de capacitación y asesoría a los productores rurales para la mejor utilización de sus recursos crediticios, así como a los productores que decidan constituirse como Intermediarios Financieros Rurales, con fundamento en las fracciones XVI y XVII del Artículo 7 de la Ley Orgánica de la Financiera.
1.5. En términos de lo dispuesto por el artículo 7º fracción XXII de la Ley Orgánica de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, podrá coordinarse, en el ámbito de sus atribuciones, con las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, responsables de fomentar el desarrollo tecnológico del campo que cuenten con programas orientados al desarrollo tecnológico y capacitados del medio rural e indígena.
(EN CASO DE QUE FIRME EL DIRECTOR GENERAL SE DEBERÁ INCORPORAR LA DECLARACIÓN SIGUIENTE, DE LO CONTRARIO DEBERÁ ELIMINARSE Y RECORRERSE LA NUMERACIÓN E INCLUIR LA DECLARACIÓN SIGUIENTE):
1.6. Su Director General, el ________________________, cuenta con las facultades amplias y suficientes para obligarse en los términos que se señalan en el presente instrumento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44, fracción I de la Ley Orgánica de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero.
1.7. El C. (NOMBRE DEL SERVIDOR PÚBLICO QUE VA A SUSCRIBIR EL PRESENTE CONVENIO) quien funge como (SEÑALAR EL CARGO: COORDINADOR REGIONAL cuenta con las facultades legales suficientes para celebrar el presente "CONVENIO", según consta en la Escritura Pública No. _______, de fecha _______, otorgada ante la fe del Lic. _______, Notario Público No. ______, de la Ciudad de ____________, inscrita en el Registro Público de Organismos Descentralizados (REPODE), bajo el folio No. (SEÑALAR EL NÚMERO DE FOLIO QUE APARECE EN LA CONSTANCIA), de fecha (SEÑALAR DÍA, MES Y AÑO), con fundamento en los artículos 24 y 25 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales, así como en los artículos 40, 41, 45 y 46 de su Reglamento, las cuales no le han sido revocadas o limitadas en forma alguna,
(EN CASO DE QUE FIRME EL DIRECTOR GENERAL SE DEBERÁ INCORPORAR LA DECLARACIÓN SIGUIENTE, DE LO CONTRARIO DEBERÁ ELIMINARSE Y RECORRERSE LA NUMERACIÓN E INCLUIR LA DECLARACIÓN SIGUIENTE):
1.8 Señala como su domicilio para oír y recibir todo tipo de avisos y notificaciones el ubicado en Agrarismo No. 227, Piso 7, Colonia Escandón, Alcaldía, Miguel Hidalgo, C. P. 11800, en la Ciudad de México.
1.9 Señala como su domicilio para oír y recibir todo tipo de avisos y notificaciones el ubicado en (SEÑALAR EL DOMICILIO COMPLETO QUE ESTÉ INDICADO EN EL COMPROBANTE QUE
EXHIBAN).
2. El "GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
2.1. De conformidad con lo establecido en los artículos 40, 42 fracción I y 43 de la "CONSTITUCIÓN"; _____________ de la Constitución Política del Estado ______________, es un Estado Libre y Soberano que forma parte integrante de la Federación, cuyo Poder Ejecutivo lo ejerce el Gobernador del Estado.
2.2. Es su interés suscribir el presente "CONVENIO" para Impulsar el Desarrollo del Medio Rural en el Estado de _____________, y participar en el "Programa de Financiamiento Concurrente con Entidades Federativas", con la "FINANCIERA", a fin establecer las bases y el marco general entre "LAS PARTES", para conjuntar esfuerzos y recursos dentro de las facultades que la ley otorga a cada una de ellas, a efecto de impulsar el desarrollo de las actividades económicas en el sector rural, promoviendo los productos y servicios financieros, la identificación, desarrollo y fortalecimiento de Proyectos Estratégicos y procesos de integración económica que permitan elevar la productividad, así como mejorar el nivel de vida de la población rural del Estado de ________________________.
2.3. Con fundamento en los artículos _______ de la Constitución Política del Estado de ___________; ______________ de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado ____________; ____ de la Ley de Planeación del Estado; y demás ordenamientos del Estado de _______________; los CC.______________, _____________,____________, en su carácter de Gobernador Constitucional del Estado de ________,_______________ y ____________, respectivamente, se encuentran facultados para suscribir el presente "CONVENIO".
2.4. Que señala como domicilio legal el ubicado en ______________________________________.
3. "LAS PARTES" declaran que:
3.1 El presente instrumento jurídico no tiene cláusula alguna contraria a la ley, moral o buenas costumbres y para su celebración no media coacción alguna, por lo que, carece de dolo, error, mala fe o cualquier otro vicio del consentimiento que pudiera afectar, en todo o en parte, su validez.
3.2 Una vez reconocida plenamente la personalidad y capacidad jurídica con que comparece cada una de "LAS PARTES", es su voluntad celebrar el presente "CONVENIO".
FUNDAMENTACIÓN
Con base en lo antes expuesto y con fundamento en lo establecido en los artículos 25, 26, 27, fracción XX; 40, 42, fracción I; 43, 90, 116, fracción VII; y 121, fracción I de la "CONSTITUCIÓN"; 2°, fracción I; 9, 14, 16, 26 y 35, fracción XIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 7 y demás relativos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 1, 5, 9, 11 y demás relativos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 1, 2, 7, 44 fracción I de la Ley Orgánica de la "FINANCIERA"; __________ de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de ___________; ___________, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de ___________; "LAS PARTES" celebran el presente "CONVENIO", conforme a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO.- El presente "CONVENIO", tendrá como finalidad establecer las bases y el marco general entre "LAS PARTES", para conjuntar esfuerzos y en su caso aplicar recursos dentro de las facultades que la ley otorga a cada una, a efecto de impulsar el desarrollo de las actividades económicas en el sector rural, que permitan elevar la productividad, así como mejorar el nivel de vida de la población rural del Estado de ___________, a través de la identificación y desarrollo de Proyectos Estratégicos, procesos de integración económica, la promoción de programas de crédito de la "FINANCIERA" y la prestación de otros servicios financieros, así como de capacitación, asesoría a productores y empresas relacionadas al sector rural.
Para efectos del presente "CONVENIO" se entenderá como Proyecto Estratégico, a la iniciativa de una organización de productores para diseñar y fortalecer un conjunto de empresas o unidades de negocio que constituyen un corporativo que desempeñan las funciones económicas necesarias para integrar una o más cadenas productivas en una región determinada.
Para lo anterior, "LAS PARTES" se brindarán todas las facilidades necesarias para la adecuada operación y cumplimiento del objeto del presente instrumento jurídico, sin que su celebración constituya obligación para la "FINANCIERA" de otorgar financiamiento y estarán sujetas a la suficiencia presupuestal con la que cuente cada una de ellas, en caso de que se otorgue financiamiento, éste se deberá sujetar a la normatividad aplicable a la "FINANCIERA".
SEGUNDA.- ALCANCE.- Para el cumplimiento del objeto materia de este "CONVENIO", "LAS PARTES" se comprometen en el ámbito de sus facultades, de acuerdo a su disponibilidad presupuestal y atendiendo en todo momento a la normatividad aplicable, particularmente en materia de crédito, a:
(i) Instrumentar acciones o mecanismos de financiamiento conforme a los proyectos, políticas y estrategias prioritarios para el Estado, con el propósito de coadyuvar al desarrollo del sector rural;
(ii) Evaluar y estructurar en corto, mediano y largo plazo, esquemas conjuntos de financiamiento que permitan elevar la productividad del medio rural;
(iii) Atender proyectos sustentables relacionados con el medio ambiente, que sean susceptibles de financiarse de conformidad con la normatividad aplicable vigente;
(iv) El "GOBIERNO DEL ESTADO", podrá aportar los recursos financieros, los cuales estarán sujetos a su suficiencia presupuestal y a las autorizaciones correspondientes, de conformidad con la normativa aplicable;
(v) El "GOBIERNO DEL ESTADO", destinará en su caso, recursos presupuestales a la constitución de un esquema de Garantías que facilite el acceso al crédito.
(vi) La "FINANCIERA" además de ofrecer sus programas y productos de crédito podrá ofrecer sus servicios en materia fiduciaria, para la consecución de los objetivos del presente "CONVENIO".
(vii) La instalación conjunta de módulos temporales para atención de productores en municipios de baja penetración financiera, siempre y cuando "LAS PARTES" cuenten con el presupuesto correspondiente.
TERCERA.- PROGRAMAS DE TRABAJO.- "LAS PARTES" acuerdan que, para lograr los objetivos que se mencionan en las cláusulas que anteceden, elaborarán Programas de Trabajo, en los cuales se precisarán los objetivos, estrategias, obligaciones, los Proyectos Estratégicos, en su caso la aportación de recursos que corresponda en base a su disposición y suficiencia, así como los financiamientos y apoyos susceptibles de aplicarse, los cuales se apegarán a la naturaleza, condiciones, requisitos y procedimientos de acceso establecidos por la "FINANCIERA". La coordinación, supervisión, control y evaluación de los proyectos y servicios realizados en el marco de estos Programas de Trabajo estará a cargo de los servidores públicos señalados en la Cláusula Cuarta de este instrumento jurídico.
Las aportaciones que llegara a realizar el "GOBIERNO DEL ESTADO" y los créditos o apoyos que en su caso otorgue la "FINANCIERA", estarán sujetas a la disponibilidad presupuestaria con la que cuente cada una de ellas, así como a la satisfacción de los requisitos que para tal efecto exija la normatividad aplicable (incluyendo la obtención de las autorizaciones que en su caso, sean necesarias),particularmente en materia de crédito (en caso de la "FINANCIERA") y ejercicio de recursos presupuestales, así como la mecánica operativa que corresponda según el tipo de operación de que se trate y que "LAS PARTES" definan de común acuerdo.
CUARTA.- PERSONAL DESIGNADO.- "LAS PARTES" designan como representantes responsables del seguimiento, ejecución y evaluación del presente "CONVENIO" a las personas siguientes:
| La "FINANCIERA": | El Titular de la Coordinación Regional ______________. El Titular de la Agencia Estatal de __________. |
| El "GOBIERNO DEL ESTADO": | |
QUINTA.- RELACIONES LABORALES.- El personal que cada una de "LAS PARTES" contrate o que sea designado para la realización de cualquier actividad relacionada con el presente "CONVENIO", permanecerá en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la entidad con la cual tiene establecida su relación laboral, mercantil, civil, administrativa o de cualquier otra índole, por lo que no se creará una subordinación de ninguna especie con la otra "PARTE", ni operará la figura jurídica de patrón sustituto, solidario, beneficiario o Intermediario; con independencia de estar prestando sus servicios fuera de las instalaciones de la entidad por la que fue contratada. Por lo anterior, cada una de "LAS PARTES" es responsable individualmente de su personal en materia civil, laboral, penal, administrativa, patrimonial, cuotas obrero patronales y sindicales, vivienda, seguridad social, impuestos y demás relativos.
SEXTA.- SUPERVISIÓN.- La "FINANCIERA", a través de la Coordinación Regional ________, sin menoscabo de otros mecanismos establecidos en este "CONVENIO", podrá supervisar y vigilar la ejecución y desarrollo de las acciones derivadas del mismo.
SÉPTIMA.- VIGENCIA.- El presente instrumento tendrá vigencia a partir de la fecha de su suscripción con una vigencia al ___ de ________ de _____; en tanto prevalezcan las condiciones y la disponibilidad de coordinación de "LAS PARTES". Sin embargo, podrá darse por terminado de manera anticipada, en cualquier tiempo y sin responsabilidad alguna para "LAS PARTES", mediante notificación por escrito a la otra parte con por lo menos 30 (treinta) días naturales de anticipación a la fecha de terminación propuesta, en el domicilio
señalado en este "CONVENIO", pero cualquier obligación pendiente de cumplimiento se seguirá rigiendo por este Instrumento y no se podrán adquirir nuevas obligaciones posteriores a la fecha de terminación indicada.
OCTAVA.- CONFIDENCIALIDAD.- "LAS PARTES" acuerdan que para el desarrollo del objeto del presente "CONVENIO", utilizarán la información confidencial que les sea entregada o divulgada sólo con respecto al desempeño de sus obligaciones bajo este "CONVENIO", entendiéndose como información confidencial todo tangible e intangible propiedad de "LAS PARTES", así como toda aquella información externa o de terceros que se dé a conocer de forma escrita, verbal o gráfica a través de cualquier tipo de medio, así como la contenida en medios electrónicos o electromagnéticos. "LAS PARTES" podrán revelar y difundir la existencia de este "CONVENIO" y Programas de Trabajo.
Asimismo, respecto al tratamiento de datos personales, en todo momento se sujetarán a lo dispuesto por la legislación federal y estatal, según corresponda, en materia de protección de datos personales, transparencia y acceso a la información pública. De Igual forma, "LAS PARTES" deberán guardar absoluta confidencialidad respecto a la información que la "FINANCIERA" llegare a proporcionar al "GOBIERNO DEL ESTADO", con relación a los financiamientos que ésta llegare a otorgar.
Igualmente, el "GOBIERNO DEL ESTADO" deberá guardar absoluta confidencialidad respecto a la información que la "FINANCIERA" le proporcione, con relación a los créditos que ésta llegare a otorgar, observando en todo momento lo establecido en el artículo 142 de la Ley de Instituciones de Crédito y en ningún caso podrá difundir, dar noticias o información en forma alguna, de los depósitos, operaciones o servicios, incluyendo los previstos en la fracción XV del artículo 46 de la citada disposición normativa.
NOVENA.- CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.- "LAS PARTES" en el supuesto de caso fortuito o de fuerza mayor o por causas que no le resulten imputables, podrán a su entera libertad y discreción, suspender el presente instrumento jurídico, de forma temporal o definitiva.
Ninguna de "LAS PARTES" será responsable de las obligaciones contenidas en el presente "CONVENIO", cuando existan causas de caso fortuito o fuerza mayor, incluyendo órdenes de autoridades civiles y militares.
DÉCIMA.- MODIFICACIONES.- En los casos que así se requiera para dar mejor cumplimiento al objeto de este "CONVENIO" o para atender situaciones no previstas y de conformidad con la normatividad aplicable, "LAS PARTES" de común acuerdo podrán pactar en cualquier momento las modificaciones o adiciones necesarias al presente documento, las cuales deberán realizarse mediante los convenios modificatorios respectivos, las cuales deberán constar por escrito y con la firma de quienes cuenten con las facultades legales suficientes para tales efectos.
DÉCIMA PRIMERA.- LEYES APLICABLES Y JURISDICCIÓN.- "LAS PARTES" manifiestan que las obligaciones y derechos contenidos en este instrumento, son producto de la buena fe, por lo que realizarán todas las acciones necesarias para su debido cumplimiento a través de la amigable composición; únicamente para el caso de que "LAS PARTES" no logren conciliar alguna diferencia derivada de la operación del "CONVENIO", acuerdan someterse a la competencia de los Tribunales Federales con circunscripción en la Ciudad de México, renunciando a la competencia y jurisdicción que pudiera corresponder en razón de su domicilio presente o futuro.
Previa lectura y debidamente enteradas "LAS PARTES" del contenido, alcance y fuerza legal del presente "CONVENIO", lo firman en cuatro ejemplares, en la Ciudad de ___________, a los __________ (_________) días del mes de _____________del año dos mil ________ (202__).
| POR EL "GOBIERNO DEL ESTADO" GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE ____________ | POR LA "FINANCIERA" SEÑALAR EL NOMBRE DEL FUNCIONARIO Ó DIRECTOR GENERAL Ó COORDINADOR REGIONAL _______ |
Anexo 10
Aviso de privacidad integral de la solicitud de Apoyos de los Programas que se establece en las
"REGLAS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE APOYO DE LA FINANCIERA NACIONAL DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL, FORESTAL Y PESQUERO PARA FOMENTAR LA INCLUSIÓN FINANCIERA Y LA INTEGRACIÓN ECONÓMICA EN EL MEDIO RURAL".
Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero ("FND"), organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, sectorizado en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con domicilio en Agrarismo, No. 227, Col. Escandón, Alcaldía Miguel Hidalgo, C.P. 11800, Ciudad de México, es el responsable del tratamiento de los datos personales que proporcione toda persona que participe en el acceso a un Apoyo incluyendo, sin limitar, Productores, Empresas Rurales y Empresas de Intermediación Financiera, acreditadas o interesadas en obtener Apoyos de FND, los cuales serán protegidos conforme a lo dispuesto por la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (la "LGDPPSO") y demás normatividad que resulte aplicable.
¿Qué datos personales se recaban y para qué finalidad?
Sus datos personales recabados serán utilizados con la finalidad de; analizar la viabilidad técnica, financiera y legal de la solicitud de Apoyo y, en su caso, someterlos a las "Instancias de Autorización" o "Validación" correspondientes para su decisión; la instrumentación, formalización y dispersión de recursos; seguimiento de las operaciones y recuperación por incumplimiento a través de las acciones correspondientes en términos de la legislación de la materia; verificar posibles quebrantos o castigos a la Banca de Desarrollo, Fideicomisos Públicos para el Fomento Económico constituidos por el Gobierno Federal y FND; verificar la correcta aplicación de los recursos correspondientes al Apoyo; verificar que el solicitante pertenezca a la población objetivo y que haya cumplido con los compromisos derivados del otorgamiento de Apoyos otorgados por FND; efectuar las visitas de supervisión; integrar el Padrón de los Beneficiarios directos y de los intermediarios; evaluación de resultados; así como, generar informes estadísticos, realizar encuestas que permitan a la FND mejorar su experiencia como solicitantes o beneficiarios; registrar, dar seguimiento y comprobar los servicios otorgados por FND a través de los diferentes canales de atención; y establecer comunicación para dar seguimiento y brindar asesoría.
Se informa que no se solicitarán datos personales sensibles.
Para las finalidades anteriores, se tratarán los siguientes datos personales, recabados en el formato de solicitud de Apoyo:
Datos de identificación: nombre completo, lugar de nacimiento, nacionalidad, estado civil, sexo, firma autógrafa, RFC, CURP y los datos contenidos en la credencial de elector o pasaporte.
Datos de contacto: domicilio, datos contenidos en los comprobantes de domicilio, números telefónicos y correo(s) electrónico(s).
£ Consiento que mis datos personales se utilicen con fines antes señalados.
Fundamento para el Tratamiento de Datos Personales
FND tratará los datos personales antes señalados con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 6° Base A y 16 segundo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3°, fracción XXXIII, 4°, 16, 17, 18, 27 y 28 de la LGPDPPSO; 28 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia; 2º de la Ley Orgánica de la FND; 4 del Estatuto Orgánico de la FND.
¿Dónde se pueden ejercer los derechos de acceso, corrección/rectificación, cancelación u oposición
de datos personales ("Derechos ARCO")?
Usted podrá ejercer sus Derechos ARCO directamente ante la Unidad de Transparencia de la FND, ubicada en Agrarismo, No. 227, Planta Baja, Col. Escandón, Alcaldía Miguel Hidalgo, C.P. 11800, Ciudad de México, o en el correo electrónico transparencia@fnd.gob.mx Si desea conocer el procedimiento para el ejercicio de estos derechos puede acudir a la Unidad de Transparencia, enviar un correo electrónico a la dirección antes señalada o comunicarse al Teléfono 5552301600 Ext. 1072.
Transferencia de Datos
Se podrán realizarán transferencias de datos personales que sean necesarias para atender requerimientos de información de una autoridad competente, que estén debidamente fundados y motivados; cuando la transferencia sea precisa para el reconocimiento, ejercicio o defensa de un derecho ante autoridad competente, siempre y cuando medie el requerimiento de esta última; cuando la transferencia sea precisa para el mantenimiento o cumplimiento de una relación jurídica entre el responsable y el titular, y cuando la transferencia sea necesaria por virtud de un contrato celebrado o por celebrar en interés del titular, por el responsable y un tercero, en términos de lo previsto en los Artículos 70, fracciones IV, VI y VII y 71 de la LGPDPPSO.
Los datos personales recabados en los formatos de Solicitud de Apoyo (FN-RO-01 y FN-RO-02) se tienen por reproducidos en el presente formato y podrán ser tratados sin consentimiento del titular, siempre en respeto a sus derechos; teniendo como supuestos de excepción a los principios que rigen el tratamiento de datos, la seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros, según lo establece el segundo párrafo del Artículo 16, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Solicitamos indique a continuación la autorización para que sus datos personales sean transferidos para los fines señalados en el presente aviso de privacidad.
£ Consiento que mis datos personales sean transferidos a terceros contratados por la FND para los fines señalados en el presente aviso de privacidad.
Cambios al Aviso de Privacidad
En caso de que exista un cambio de este aviso de privacidad, lo haremos de su conocimiento a través del portal de la FND https://terfin.fnd.gob.mx/transparencia/
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"Los datos fueron debidamente requisitados en el formato de solicitud"
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