Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito
Cancún, Q. Roo
EDICTO
 
ARQUICONCEPTO DEL CARIBE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE
TERCERO INTERESADA EN EL EXPEDIENTE RELATIVO AL
JUICIO DE AMPARO DIRECTO 179/2020,
EN EL LUGAR EN DONDE SE ENCUENTRE;
En autos del expediente 179/2020, formado con motivo de la demanda de amparo directo promovida por Elsy Alejandra Avilés Encalada, por conducto de su apoderado, contra la sentencia de cinco de febrero de dos mil veinte, dictada en autos del toca civil 291/2019, del índice de la Sexta Sala Especializada en Materia Civil y Mercantil del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Quintana Roo, con residencia en esta ciudad; el Magistrado Presidente del Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, dictó el siguiente pronunciamiento:
En cumplimiento a lo ordenado en el proveído de esta propia fecha, se ordena realizar el emplazamiento de Arquiconcepto del Caribe, sociedad anónima de capital variable, por medio de edictos por tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico de mayor circulación en la República Mexicana; haciéndole saber a la aludida tercera interesada, que deberán presentarse por sí o por conducto de quien legalmente las represente, dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación, tal como lo dispone el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, por disposición expresa de su numeral 2, de considerarlo pertinente a la defensa de sus intereses; así mismo, en su oportunidad, fíjese en el acceso principal del Edificio Sede de este Tribunal, así como en la puerta de este último, copia íntegra de la resolución que se ordena publicar, por todo el tiempo del emplazamiento.
 
Atentamente.
Cancún, Quintana Roo, 6 de septiembre de dos mil veintiuno.
Secretaria de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito.
Laura Isabel Gómez Mendoza.
Rúbrica.
(R.- 511971)