ACUERDO por el que se inician las funciones en las Oficinas Estatales y de Apoyo del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral en las entidades federativas de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Colima, Guanajuato, Guerrero, Morelos, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, Tlaxcala y Veracruz de Ignacio de la Llave.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.- Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.

ALFREDO DOMÍNGUEZ MARRUFO, Director General del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 123, apartado A, fracción XX, párrafos cuarto, quinto y sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 590-C, fracciones I, V, VI y VII de la Ley Federal del Trabajo; 3 y 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 14 y 22 fracción I de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 3 fracción I y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 22 fracciones I, V, VI y VIII de la Ley Orgánica del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral; 2, 4 y 15 del Estatuto Orgánico del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, y
CONSIDERANDO
Que en la tercera sesión ordinaria de dos mil veintiuno la Junta de Gobierno del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, en lo sucesivo el "Centro Laboral", se aprobó por unanimidad el Acuerdo JGCFCRL-60-27/07/2021, por el que se aprobó la instalación de las Oficinas Estatales y de Apoyo del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, en el marco de la segunda etapa de la implementación de la reforma en materia de Justicia Laboral, en las entidades de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Colima, Guanajuato, Guerrero, Morelos, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, Tlaxcala y Veracruz de Ignacio de la Llave y las Oficinas de Apoyo Estatal necesarias para atender y resolver los asuntos de su competencia, al igual que se instruyó al Director General del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, a realizar las gestiones conducentes que garanticen el inicio de operaciones de las Oficinas de Representación del Centro Laboral en concordancia con la jurisdicción que se determine para los Tribunales Laborales del Poder Judicial de la Federación.
Que el "Centro Laboral" se ceñirá a la jurisdicción que determine el Consejo de la Judicatura Federal para los circuitos judiciales de los Tribunales Laborales Federales de las Entidades Federativas de la República Mexicana, una vez que se publiquen, bajo las que quedará delimitada la competencia territorial de cada una de las Oficinas Estatales y de Apoyo, para iniciar funciones conjunta y simultáneamente, y estar así en posibilidad de cumplir con sus atribuciones, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE INICIAN LAS FUNCIONES EN LAS OFICINAS ESTATALES Y DE APOYO
DEL CENTRO FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y REGISTRO LABORAL EN LAS ENTIDADES
FEDERATIVAS DE AGUASCALIENTES, BAJA CALIFORNIA, BAJA CALIFORNIA SUR, COLIMA,
GUANAJUATO, GUERRERO, MORELOS, OAXACA, PUEBLA, QUERÉTARO, QUINTANA ROO,
TLAXCALA Y VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE
PRIMERO. Las Oficinas Estatales y de Apoyo del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral en las Entidades Federativas de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Colima, Guanajuato, Guerrero, Morelos, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, Tlaxcala y Veracruz de Ignacio de la Llave, iniciarán sus funciones para atender y resolver los asuntos de su competencia, a partir del tres de noviembre de 2021, en las sedes ubicadas en los siguientes domicilios:
1.     Oficina Estatal de Aguascalientes, con domicilio ubicado en Avenida Adolfo López Mateos, Nº. 1001, Colonia San Luis, Municipio de Aguascalientes, Estado de Aguascalientes, código postal 20250, en el Pent House 1 Torre A, cuarto piso del inmueble denominado Plaza Kristal.
2.     Oficina Estatal de Baja California, con domicilio en Carretera Aeropuerto Nº. 1900, Municipio de Tijuana, Estado de Baja California, código postal 22425, en los locales G28, G29 y G30, ubicados dentro del Centro Comercial Otay.
3.     Oficina Estatal de Baja California Sur, con domicilio en Calle Profesor Marcelo Rubio Ruíz, Nº. 1640, Zona Centro, Municipio de La Paz, Estado de Baja California Sur, código postal 23000, en los locales 1 y 2 de la Plaza Nautilus.
4.     Oficina Estatal de Colima, con domicilio en Avenida Constitución Nº. 2080, Colonia Residencial Hacienda El Volantín, Municipio de Colima, Estado de Colima, código postal 28017, en los locales 4 y 5 del Edificio A.
5.     Oficina Estatal de Guanajuato, con domicilio en Boulevard Juan Alonso de Torres, Nº. 1315, Colonia San José del Consuelo, Municipio de León, Estado de Guanajuato, código postal 37200, en los locales E-27 y E-28 de la Plaza Comercial Galerías Las Torres.
6.     Oficina Estatal de Guerrero, con domicilio en Avenida Costera Miguel Alemán Nº. 820, Lote 19, Manzana 18, Colonia Hornos, Municipio de Acapulco, Estado de Guerrero, código postal 39355, en la Planta Baja del Condominio Twin Towers Bay.
 
7.     Oficina Estatal de Morelos, con domicilio en Avenida Plan de Ayala Nº. 825, Colonia Teopanzolco, Municipio de Cuernavaca, Estado de Morelos, código postal 62350, en los locales 1 y 2 de la Plaza Corporativa Arcos Cristal.
8.     Oficina Estatal de Oaxaca, con domicilio en Calle Violetas Nº. 401, Colonia Reforma, Municipio de Oaxaca de Juárez, Estado de Oaxaca, código postal 68050, en el local 35 de la Plaza Pabellón Violetas.
9.     Oficina Estatal de Puebla, con domicilio en Avenida Arroyo de Xonaca, Nº. 1006, Colonia Barrio el Alto, Municipio de Puebla de Zaragoza, Estado de Puebla, código postal 72290, ubicado en el Local-207 de la Plaza Paseo San Francisco.
10.   Oficina Estatal de Querétaro, con domicilio en Calzada Los Arcos Nº. 278 "C", Local del Segundo Piso, Colonia Loma Dorada, Municipio de Santiago de Querétaro, Estado de Querétaro, código postal 76058.
11.   Oficina Estatal de Quintana Roo, con domicilio en Supermanzana 35, manzana 01, lote 01, Cancún, Municipio de Benito Juárez, Estado de Quintana Roo, código postal 77500, primer nivel, en el local 57 de la Plaza Hollywood.
12.   Oficina Estatal de Tlaxcala, con domicilio en Prolongación Porfirio Díaz Nº. 41, Colonia San Isidro, Municipio de Santa Bárbara, Estado de Tlaxcala, código postal 90060, en los locales 1b al 5b de la Plaza Prisma.
13.   Oficina Estatal de Veracruz de Ignacio de la Llave, con domicilio en Avenida Salvador Díaz Mirón Nº. 2880, segundo piso, Colonia Electricistas, Municipio de Veracruz, Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, código postal 91916.
14.   Oficina de Apoyo con sede en el municipio de Ensenada, adscrita a la Oficina Estatal de Baja California, con domicilio en Calle Segunda Nº. 664, Zona Centro, Municipio de Ensenada, Estado de Baja California, código postal 22800.
15.   Oficina de Apoyo con sede en el municipio de Coatzacoalcos, adscrita a la Oficina Estatal de Veracruz de Ignacio de la Llave, con domicilio en Avenida Universidad Veracruzana Km 9+600, Colonia Las Gaviotas, Municipio de Coatzacoalcos, Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, código postal 96536, en el local SA-2B del Centro Comercial El Dorado.
16.   Oficina de Apoyo con sede en el municipio de Poza Rica de Hidalgo, adscrita a la Oficina Estatal de Veracruz de Ignacio de la Llave, con domicilio en Boulevard Adolfo Ruiz Cortines Nº. 506-B, Colonia Obras Sociales, Municipio de Poza Rica de Hidalgo, Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, código postal 93240.
17.   Oficina de Apoyo con sede en el municipio de Xalapa-Enríquez, adscrita a la Oficina Estatal de Veracruz de Ignacio de la Llave, con domicilio en Carretera Federal Xalapa-Veracruz, km. 4+300, Nº. 553, El Olmo, Colonia Las Trancas, Municipio de Xalapa-Enríquez, Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, código postal 91194, local 6, dentro de la Plaza Xanat.
SEGUNDO. Se publicarán en la página de Internet del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral los municipios en los que serán competentes las Oficinas Estatales y de Apoyo, una vez que el Consejo de la Judicatura Federal determine y publique los circuitos judiciales de los Tribunales Laborales Federales de las Entidades Federativas de la República Mexicana, correspondientes a la segunda etapa de implementación de la reforma en materia de justicia laboral.
TERCERO. Se comunica a las autoridades de cualquier ámbito y materia, personas servidoras públicas, así como al público en general, el cambio de domicilio de la Oficina de Apoyo con sede en la Ciudad de Campeche, adscrita a la Oficina Estatal de Ciudad del Carmen, Campeche, al ubicado en Avenida María Lavalle Urbina, manzana J, lote 4, Colonia San Francisco, C.P. 24010, Área Ah-Kim Pech, municipio de Campeche, Estado de Campeche; en un horario de atención al público en general de 09:00 a 18:00 horas en días hábiles.
TRANSITORIOS
ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, a los ocho días del mes de octubre de dos mil veintiuno.- El Director General del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, Alfredo Domínguez Marrufo.- Rúbrica.
 
(R.- 512278)