Estados Unidos Mexicanos
Fiscalía General de la República
Delegación Estatal Sinaloa
Culiacán Sinaloa
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
 
En cumplimiento a los acuerdos dictados dentro de los autos de las diversas carpetas de investigación, de las cuales se decretó el aseguramiento ministerial de diversos bienes; y con fundamento en los artículos 16, 21 y 102 apartado "A" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 40 y 41 del Código Penal Federal; 82 fracción III 131 y 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales; 1 fracción 1, 3, 5, 6, 7, 8, 14 y 15 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Publico; se notifica a través del presente edicto, a quien o quienes resulten ser propietarios, representantes legales o personas con interés legal y/o quienes acrediten la propiedad, de los siguientes bienes afectos a las indagatorias que a continuación se describen: 1.- Carpeta de Investigación FED/SIN/MAZ/0001706/2019, iniciada por delito en Materia de Hidrocarburos, previsto y sancionado por el Artículo 9 Fracción IV de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, en la cual el 6 de noviembre de 2019, se decretó el aseguramiento de a) vehículo Camioneta marca GMC, tipo Caja Seca, Modelo Savana, Placas UG-01-732 del Estado de Sinaloa, con Número de Serie 1GDJG31U431203003, b) Inmueble con domicilio ubicado en calle Bernardo Sánchez número 38, entre calles Flamingos y Revolución, Colonia Independencia, Mazatlán, Sinaloa, con Clave Catastral 011-000-011-106-034-001 a nombre de Sánchez de Jiménez Sandra por ser considerado instrumento del delito investigado; 2.- Carpeta de Investigación FED/SIN/MAZ/0000721/2019, iniciada por delito en Materia de Hidrocarburos, previsto y sancionado por el Artículo 9 Fracción IV de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, en la cual el 14 de mayo de 2019, se decretó el aseguramiento de Vehículo tipo Camioneta con Redilas, Modelo 3500, Marca Chevrolet, Sin Placas de Circulación, con Número de Serie 3GBC34R95M119065, Modelo 2005, por ser considerado instrumento del delito investigado; 3.- Carpeta de Investigación FED/SIN/MOCH/0001457/2020, iniciada por delito de Contra la Salud, previsto y sancionado por el Artículo 195 párrfo II del Código Penal Federal, en la cual el 1 de junio de 2020, se decretó el aseguramiento de Motocicleta marca Italica, tipo Doble Propósito, modelo DM 200, color Rojo con Negro, sin Placas de Circulación, con Número de Serie 3SCYDMGEXH1020686, Modelo 2017, por ser considerado instrumento del delito investigado; 4.- Carpeta de Investigación FED/SIN/CLN/0000800/2020, iniciada por delito de Violación a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y Contra la Salud, previstos y sancionados por Artículo 83 Quat Fracción II de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y 194 fracción I del Código Penal Federal, en la cual el 21 de febrero de 2021, se decretó el aseguramiento de Vehículo de la Marca Hyundi, Modelo Elantra, Versión Limited, Color Blanco, con Placas de Circulación K74-ANM de la Ciudad de México, con Número de Serie 5NPD84AFXHH030688, Modelo 2017, por ser considerado producto e instrumeto del delito investigado; 5.- Carpeta de Investigación FED/SIN/CLN/0000375/2020, iniciada por delito de Violación a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y Contra la Salud, previstos y sancionados por Artículo 83 Quat Fracción II de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y 194 fracción I del Código Penal Federal, en la cual el 13 de abril de 2021, se decretó el aseguramiento de a) Camioneta Marca GMC, Tipo Pick Up cabina sencilla, Modelo Sierra, Color Arena, con Placas de Circulación UJ-57-270 del Estado de Sinaloa, con Número de Serie 3GTN29EC0EG450564, Modelo 2014, b) Vehículo Marca Hummer, Tipo MPV, Modelo H2, Color Negro, sin Placas de Circulación, con Número de Serie 5GRGN23U06H110629, por ser considerados instrumentos del delito investigado; 6.- Carpeta de Investigación FED/SIN/CLN/0000003/2019, iniciada por delito de Violación a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y Contra la Salud, previstos y sancionados por Artículo 83 Quat Fracción II de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y 194 fracción I del Código Penal Federal., en la cual el 6 de enero de 2021, se decretó el aseguramiento de $33,700.00 (treinta y tres mil setecientos pesos 00/100 MN), por ser considerado producto del delito investigado; 7.- Carpeta de Investigación FED/SIN/MOCH/000559/2019, iniciada por delito de Contra la Salud, previsto y sancionado por Artículo 194 fracción I del Código Penal Federal., en la cual el 06 de abril de 2019, se decretó el aseguramiento de Vehículo de la Marca Ford, Modelo Five Hundred, Versión Limited, Modelo 2005, Color Oro, Número de Serie 1FAFP25165G203918, Placas de Circulación HBK-536-A del Estado de Guerrero, por ser considerado producto e instrumento del delito investigado; 8.- Carpeta de Investigación FED/SIN/CLN/0001244/2020, iniciada por delito de Contra la Salud, previsto y sancionado por Artículo 196 Ter del Código Penal Federal., en la cual el 20 de abril de 2021, se decretó el aseguramiento de Inmueble con domicilio ubicado en calle Ferrocarril del Pacífico, Sin Número, a un costado del Poste 5, Localidad de Pueblos Unidos, Sindicatura Emiliano Zapata, Municipio Culiacán, Sinaloa, por ser considerado instrumento del delito
investigado; 9.- Carpeta de Investigación FED/SIN/MOCH/0000017/2016, iniciada por delito de Violación a la Ley Federal de Juegos y Sorteos, previstos y sancionados por Artículo 13 fracción I de la Ley Federal de Juegos y Sorteos., en la cual el 22 de marzo de 2016, se decretó el aseguramiento de a) $940.00 (novecientos cuarenta pesos 00/100 M.N.), b) $250.00 (doscientos cincuenta pesos 00/100 M.N.) por ser considerados producto del delito investigado; 10.- Carpeta de Investigación FED/SIN/MAZ/0001595/2019, iniciada por delito de Contra la Salud, previsto y sancionado por Artículo 196 Ter del Código Penal Federal., en la cual el 25 de octubre de 2019, se decretó el aseguramiento de Vehículo marca Dodge, Submarca RAM, Modelo 2005, Número de Serie 3D6WN56D95G727363, Placa de Circulación UF-01-637 del Estado de Sinaloa, por ser considerado instrumento del delito investigado; 11.- Carpeta de Investigación FED/SIN/ESC/0000535/2021, iniciada por delito de Violación a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, previsto y sancionado por Artículo 83 Fracción II de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos., en la cual el 5 de mayo de 2021, se decretó el aseguramiento de a) Vehículo blindado SUV, Marca Ford, modelo Edge, color Blanco, con Número de Serie 2FMDK36C28BA32985, año 2008, b) Vehículo blindado, tipo Pick Up, cabina sencilla, Marca Chevrolet, Modelo Cheyenne, color Blanco, con Placas de Circulación UC-12-936 del Estado de Sinaloa, con Número de Serie 1GCEK14J48Z111537, año 2008, por ser considerados instrumento del delito investigado; 12.- Carpeta de Investigación FED/SIN/CLN/0001833/2018, iniciada por delito de Violación a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, previsto y sancionado por Artículo 83 Fracción II de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en la cual el 5 de septiembre de 2018, se decretó el aseguramiento de Inmueble Tipo Campestre, ubicada en las inmediaciones de los Poblados de Limón de los Ramos y Mojolo, ambos pertenecientes al Municipio de Culiacán, Sinaloa, precisamente en Coordenadas Geográficas LN 24° 52´ 58.5" y LW 107° 27´ 46.2", a aproximados 2.7 kilómetros de la localidad "la Palmita" por ser considerados instrumento del delito investigado; - - - - - - - - - - - - - - Lo anterior a efecto de que manifiesten lo que a su derecho corresponda y se apercibe, para que se abstengan de ejercer actos de dominio sobre dichos bienes asegurados y de no manifestar lo que a su interés convenga, en un término de noventa días naturales siguientes al de la publicación del presente, dichos bienes causarán abandono en favor del Gobierno Federal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales, haciendo del conocimiento que los referidos bienes se encuentran a disposición jurídica y material del agente del Ministerio Público de la Federación, Delegación en el estado Sinaloa de con domicilio en Carretera a Navolato Km. 9.5 Colonia. Bachigualato, C.P. 80140, Culiacán, Sinaloa. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
 
Atentamente.
Culiacán, Sinaloa a 27 de julio de 2021.
El Delegado de la Fiscalía General de la República
Licenciado Victor Manuel Martínez Mendoza
Rúbrica.
(R.- 510470)