Estados Unidos Mexicanos
Fiscalía General de la República
Delegación Estatal Sonora
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
 
 En cumplimiento a los acuerdos dictados dentro de los autos de las diversas carpetas de investigación, de las cuales se decretó el aseguramiento ministerial de diversos bienes; y con fundamento en los artículos 16, 21 y 102 apartado "A" de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 40 y 41 del Código Penal Federal; 82 fracción III 131 y 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales; 1 fracción 1, 3, 5, 6, 7, 8, 14 y 15 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Publico; se notifica a través del presente edicto, a quien o quienes resulten ser propietarios, representantes legales o personas con interés legal y/o quienes acrediten la propiedad, de los siguientes bienes afectos a las indagatorias que a continuación se describen:
1.- Carpeta de Investigacion FED/SON/HSO/0002455/2017, iniciada por el delito Posesión de Armas de Fuego de uso exclusivo del Ejército Armada y Fuerza Aérea, previsto y sancionado en el artículo 83 Ter fracción III de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en la cual el 5 de octubre de 2017, se decretó el aseguramiento de un Vehículo tipo camioneta, línea Tundra, doble cabina, cuatro puertas, color azul; sin placa de circulación, con número de identificación vehicular a la vista 5TFEV54128X044768, modelo 2008, por ser Objeto e Instrumento del delito que se investiga. 2.- Carpeta de investigacion FED/SON/AGUA/0001026/2017, iniciada por el delito de Transporte de marihuana Artículo 194 fracción I, del Código Penal Federal, en la cual el 15 de mayo del 2017, se decretó el aseguramiento de un vehículo tipo tractocamión marca Ramírez, modelo 1961, color verde, serie 0157, con placas de circulación 117DP2, del Servicio Público Federal, con cabina marca Volvo con número de identificación vehicular 4VGWDARF1WN742390; de procedencia extranjera montada cobre chasis serie 0157, acoplado a semirremolque tipo caja seca, modelo 1991, color blanca con número de serie 912CCRF1429, con placas de circulación 34TZ6, del Servicio Público Federal, por ser Objeto e Instrumento del delito que se investiga. 3.- Carpeta de Investigacion FED/SON/AGUA/0000205/2018, iniciada por el delito de Transporte de marihuana Artículo 194 fracción I, del Código Penal Federal, en la cual el 15 de enero de 2018, se decretó el aseguramiento de un vehículo tipo tractocamión marca Freightliner, modelo 1995, color azul, con placas de circulación 468AF2, del Servicio de Autotransportes Federal, numero serie 1FUY3MCB4YH579460; acoplado a semirremolque tipo caja seca, marca Great Dane, color blanco, con placas de circulación 995XA6 del Servicio de Autotransportes Federal, con serie ilegible; por ser Objeto e Instrumento del delito que se investiga. 4.- Carpeta de Investigación FED/SON/AGUA/0002136/2019, iniciada por el delito de Contra la Salud y Violación a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, previstos y sancionados en el Artículo 83 fracción III, de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y articulo 195 primer párrafo del Código Penal Federal, en la cual el 09 de mayo de 2019, se decretó el aseguramiento de un vehículo tipo vagoneta, marca Cherokee, color gris, con número de serie 1J4GW58N31C676110, Blindado, sin placas de circulación, por ser Objeto e Instrumento del delito que se investiga. 5.- Carpeta de Investigación FED/SON/AGUA/0001307/2017, iniciada por el delito de Violación a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, previsto en el Artículo 83 fracción III, de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en la cual el 21 de enero de 2019, se decretó el aseguramiento de Ubicado en las inmediaciones del Ejido Colonia Morelos, perteneciente al municipio de Agua Prieta, Sonora, coordenadas latitud 30.820239, longitud 109.237651; el cual como referencia se localiza a un kilómetro aproximadamente del Ejido, Colonia Morelos, perteneciente al municipio de Agua Prieta, Sonora, hacia el oeste; mismo que se encuentra delimitado por cerco de alambre de púas y postes de madera así como postes de fierro, el cual cuenta con dos accesos uno peatonal y otro por donde ingresan vehículos, construidos de madera y partes de fierro, los cuales comunican hacia el interior lugar donde se encuentran dos inmuebles: El inmueble principal es una construcción de una sola planta, de material de ladrillo rojo, con techos de lámina de dos aguas, siendo un predio de aproximadamente de 60 metros de frente por 30 metros de largo. El segundo inmueble es una construcción de una sola planta de material de ladrillo rojo y adobe, con techo de lámina de dos aguas. Además del portón de acceso al predio hacia el lado derecho se observa un tejaban construido de material de fierro con techo de lámina, así como unos corrales para ganado de material de madera. por ser Objeto e Instrumento del delito que se investiga. 6.- Carpeta de Investigacion FED/SON/AGUA/0002057/2017, iniciada por el delito de Posesión agravada de marihuana previsto en el artículo 195 primer párrafo del Código Penal Federal, en la cual el 21 de agosto de 2017, se decretó el aseguramiento de un Inmueble ubicado en Calle 25 y 26 avenidas 34 y 35 lote número 6, numero 3415 B, callejón, colonia Nuevo Progreso Agua Prieta, Sonora; inmueble de una sola planta construido en material de bloque enjarrado y pintado de color verde claro con dos ventanas, una de lado derecho y otra del lado izquierdo de la puerta frente al domicilio marcado con el número 4885. por ser por ser Objetos e Instrumentos del delito que se investiga. 7.- Carpeta de Investigacion FED/SON/AGUA/0002630/2017, iniciada por el delito de Violación a la Ley Federal de Armas de Fuego y
Explosivos previsto en el Artículo 83 Ter, fracción III, en relación con el 11 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos en la cual el 01 de noviembre de 2017, se decretó el aseguramiento de un Inmueble ubicado en Calle 29 esquina con avenida 30, colonia Balles Duarte, Agua Prieta, Sonora, coordenadas geográficas: Latitud 31.308498, longitud -109.525841., siendo una casa habitación construida de dos plantas pintado en su parte frontal en color amarillo, que cuenta con una puerta de acceso color blanco con vitral en medio, y a su costado derecho cuenta con una ventana al parecer de material de aluminio, con protecciones del mismo material de aproximadamente 1.60 metros, de ancho por 90 centímetros de altura y la segunda planta cuenta con una ventana en su parte frontal de color blanco con protecciones del mismo color blanco y porche con techo de lámina galvanizada; por ser por ser Objetos e Instrumentos del delito que se investiga. 8.- Carpeta de Investigacion FED/SON/HSO/0003932/2020, iniciada por el delito de Violación a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y Contra la Salud, previsto en el Artículo 83 Quat fracción II, en relación con el 11 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y el Artículo 194 fracción I del Código Penal Federal en la cual el 26 de noviembre de 2019, se decretó el aseguramiento de una camioneta marca Chevrolet, tipo Pick Up, doble cabina de cuatro puertas, de la serie Silverado, versión 1500, color arena, con placa trasera de circulación VB-52-096, para el estado de Sonora, con número de identificación vehicular a la vista 2GCEK13T461239768, de año modelo 2006. por ser Objeto e Instrumento del delito que se investiga. 9.- Carpeta de Investigacion FED/SON/CABO/0000993/2021, iniciada por el delito de Posesión de cartuchos para Armas de Fuego del Uso Exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacional, Previsto en el artículo 83 Quat fracción II en relación con el 11 inciso f), ambos de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en la cual el 14 de abril de 2021, se decretó el aseguramiento de Un vehículo de la marca Mazda, línea Mazda 3, tipo sedán, cuatro puertas, color gris, sin placas de circulación, con número de identificación vehicular JM1BK12F741141321, de origen nacional, de año modelo 2004; por ser Objeto e Instrumento del delito que se investiga.
Lo anterior a efecto de que manifiesten lo que a su derecho corresponda y se apercibe, para que se abstengan de ejercer actos de dominio sobre dichos bienes asegurados y de no manifestar lo que a su interés convenga, en un término de noventa días naturales siguientes al de la publicación del presente, dichos bienes causarán abandono en favor del Gobierno Federal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales, haciendo del conocimiento que los referidos bienes se encuentran a disposición jurídica y material del agente del Ministerio Público de la Federación, de la Delegación en el estado Sonora de con domicilio Boulevard García Morales kilómetro 9.5, colonia La Manga, Hermosillo, Sonora, C.P. 83220.
 
Atentamente.
Hermosillo, Sonora a de 03 de agosto de 2021.
El Delegado de la Fiscalía General de la República en Sonora
Lic. Francisco Sergio Méndez.
Rúbrica.
(R.- 510486)