Estados Unidos Mexicanos
Secretaría de Economía
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual
Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial
Coordinación Departamental de Cancelación y Caducidad
Inmobiliaria Paulino Rivera Torres, S.A. Vs.
Carlota Martha Bezie Iturralde M. 1314020 Vivecocoyoc y Diseño
Exped.: P.C. 1781/2020 (C-722) 19383
Folio: 11020
Carlota Martha Bezie Iturralde
NOTIFICACIÓN POR EDICTOS
Por escrito presentado en la oficialía de partes de esta Dirección, el 20 de noviembre de 2020, con folio 19383, Juan Manuel Álvarez Del Castillo Vargas, apoderado de INMOBILIARIA PAULINO RIVERA TORRES, S.A., solicitó la declaración administrativa de caducidad del registro marcario citado al rubro.
En virtud de lo anterior, y con fundamento en el artículo 369 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a CARLOTA MARTHA BEZIE ITURRALDE, el plazo de UN MES, contado a partir del día hábil siguiente al día en que aparezca esta publicación, para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y manifieste lo que a su derecho convenga, apercibido que de no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el termino señalado, este Instituto emitirá la resolución administrativa que conforme a derecho proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 342 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
Para su publicación, por una sola vez, en uno de los periódicos de mayor circulación en la República y en el Diario Oficial de la Federación, en los términos y para los efectos establecidos en el artículo 369 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
Atentamente.
14 de mayo de 2021.
El Coordinador Departamental de Cancelación y Caducidad.
Roberto Díaz Ramírez
Rúbrica.
(R.- 508560)