Secretaría de Educación Pública

Los Comités Técnicos de Selección de la Secretaría de Educación Pública, con fundamento en los artículos 21, 25, 26, 28, 37 y 75, Fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, Tercero y Séptimo Transitorios de su Reglamento, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 2007, y; numerales del 195 al 201 del ACUERDO por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, emiten la siguiente:

CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA 06/2021

Dirigida a todo (a) interesado (a) que desee ingresar al Servicio Profesional de Carrera

Del concurso para ocupar las siguientes plazas vacantes del

Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal:

Nombre del Puesto DIRECCION GENERAL DE EDUCACION INDIGENA,

INTERCULTURAL Y BILINGÜE

Nivel Administrativo 11-313-1-M1C029P-0000225-E-C-F (K22)

Dirección General

Número de Vacantes Una
Percepción Mensual Bruta $136,745.00 (Ciento treinta y seis mil setecientos cuarenta

y cinco pesos 00/100 M.N.)

Adscripción del Puesto Dirección General de Educación Indígena, Intercultural y Bilingüe Sede Ciudad de México
Funciones Principales: 1. Elaborar, actualizar y proponer a la persona Titular de la Subsecretaría de Educación Básica, bajo criterios de pertinencia cultural y lingüística, las normas pedagógicas, contenidos, planes y programas de estudio, métodos, materiales y auxiliares didácticos e instrumentos para la evaluación del aprendizaje de la educación preescolar, primaria, secundaria y especial, para las personas, pueblos y comunidades indígenas, afromexicanas, migrantes y jornaleros agrícolas, y difundir los vigentes, cuidando que tengan una orientación intercultural y plurilingüe que asegure su formación integral, así como que protejan y promuevan el desarrollo de sus lenguas, culturas, sistemas de valores y saberes, costumbres, tradiciones, recursos y formas específicas de organización. En el caso de la educación inicial, los principios rectores y objetivos de la misma.

2. Verificar, con la participación de las autoridades educativas de los Estados, de la Ciudad de México y en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría, el cumplimiento de las normas pedagógicas, principios rectores y objetivos, contenidos, planes y programas de estudio, métodos, materiales y auxiliares didácticos e instrumentos para la evaluación del aprendizaje, aprobados para la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria y especial de las personas, pueblos y comunidades indígenas, afromexicanas, migrantes y jornaleros agrícolas, y, en su caso, proponer a la persona Titular de la Subsecretaría de Educación Básica las medidas procedentes para asegurar su aplicación, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.

3. Aplicar, con pertinencia cultural y lingüística, en coordinación con las unidades administrativas, órganos administrativos desconcentrados competentes de la Secretaría, y las autoridades educativas de los Estados y de la Ciudad de México, proyectos piloto para la implementación de principios rectores y objetivos, normas pedagógicas, planes y programas de estudio, contenidos, métodos, materiales y auxiliares didácticos para la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria y especial de las personas, pueblos y comunidades indígenas, afromexicanas, migrantes y jornaleros agrícolas.

4. Establecer mecanismos de coordinación con las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados competentes de la Secretaría, con objeto de que las innovaciones que se incluyan en los principios rectores y objetivos y los planes y programas de estudio para la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria y especial de las personas, pueblos y comunidades indígenas, afromexicanas, migrantes y jornaleros agrícolas, sean incorporados a los planes y programas de estudio para la formación inicial y continua de docentes y los programas para su capacitación y actualización con una orientación intercultural y plurilingüe.

5. Establecer mecanismos de coordinación con las direcciones generales de Desarrollo Curricular y de Materiales Educativos, para incorporar los cambios e innovaciones curriculares, principios rectores y objetivos, planes y programas de estudio, contenidos, métodos, materiales y auxiliares didácticos e instrumentos de evaluación del aprendizaje, justos, incluyentes, flexibles y diversificados para la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria y especial de las personas, pueblos y comunidades indígenas, afromexicanas, migrantes y jornaleros agrícolas.

6. Diseñar, con un enfoque intercultural y plurilingüe, contenidos educativos, materiales y auxiliares didácticos multimedia, en apoyo a los principios rectores y objetivos y los planes y programas de estudio para la educación inicial preescolar, primaria, secundaria y especial de las personas, pueblos y comunidades indígenas, afromexicanas, migrantes y jornaleros agrícolas.

7. Coordinar el análisis de las opiniones que emitan las autoridades educativas de los Estados y de la Ciudad de México, así como de los diversos sectores involucrados en la educación, con el fin de incorporar aquellas que aporten elementos para asegurar la pertinencia cultural y lingüística, así como la excelencia de la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria y especial de las personas, pueblos y comunidades indígenas, afromexicanas, migrantes y jornaleros agrícolas.

8. Realizar investigaciones para el desarrollo y la supervisión de las tareas de educación inicial, preescolar, primaria, secundaria y especial de las personas, pueblos y comunidades indígenas, afromexicanas, migrantes y jornaleros agrícolas, así como fomentar las que efectúen los sectores público y privado.

9. Promover la incorporación del enfoque intercultural y evaluar los avances de este enfoque en materia de equidad, desarrollo intercultural y participación social en todos los niveles y modalidades de la educación básica, en coordinación con las unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados competentes de la Secretaría, a fin de garantizar una educación de excelencia con pertinencia cultural y lingüística.

10. Recomendar a las autoridades educativas de los Estados y de la Ciudad de México, medidas de acción para procurar la equidad en todos los niveles y modalidades de la educación básica y fomentar el desarrollo del enfoque intercultural y el plurilingüismo, así como la participación social en dicho tipo educativo y proponer, en su caso, las medidas correctivas necesarias.

11. Difundir por medios públicos los avances en materia de equidad, desarrollo intercultural, plurilingüismo y participación social en todos los niveles y modalidades de la educación básica, así como el contenido de las recomendaciones que formule al respecto y los resultados obtenidos.

12. Diseñar y establecer, en coordinación con la Unidad de Promoción de Equidad y Excelencia Educativa, los mecanismos de asesoría y supervisión en la educación inicial, preescolar, primaria y secundaria que permitan asegurar la excelencia y la pertinencia cultural y lingüística de la educación que se imparta a las personas, pueblos y comunidades indígenas, afromexicanas, migrantes y jornaleros agrícolas.

13. Promover y asesorar, en coordinación con las autoridades educativas de los Estados y de la Ciudad de México, la formulación, implantación y evaluación de programas innovadores para propiciar la equidad, el desarrollo intercultural, el plurilingüismo y la participación social en todos los niveles y modalidades de la educación básica.

14. Impulsar que los programas referidos en la función anterior contengan:

a)  El desarrollo de modelos y propuestas curriculares que atiendan a la composición pluricultural y plurilingüística en todos los niveles y modalidades de la educación básica;

b)  La formación y capacitación de personal docente, técnico docente y con funciones de dirección en esta materia;

c)  El conocimiento, reconocimiento y valoración de la diversidad cultural y lingüística;

d)  La producción de materiales educativos para todos los niveles y modalidades de la educación básica con enfoque intercultural y pertinencia cultural y lingüística;

e)  La generación y difusión de información sobre la diversidad cultural y lingüística y su atención en educación básica;

f)  La investigación educativa para el desarrollo intercultural y plurilingüe, sobre los conocimientos, saberes, prácticas culturales y la dinámica de uso de las lenguas indígenas nacionales y su tratamiento pedagógico y didáctico, y

g)  El desarrollo de programas de administración escolar con participación de las personas, pueblos y comunidades indígenas, afromexicanas, migrantes y básica jornaleros agrícolas.

15. Coadyuvar con la Dirección General de Desarrollo Curricular para que las normas y criterios pedagógicos, contenidos, planes y programas de estudio, métodos y materiales didácticos permitan garantizar que en todos los niveles y modalidades de educación básica se reconozca la diversidad étnica, lingüística y cultural de la Nación, se eduque para el desarrollo intercultural, se fomenten los valores vinculados con la equidad y se propicie la participación social y, una vez que se emitan, asesorar sobre su cumplimiento, aplicación, implementación y operación.

16. Proponer a la persona Titular de la Subsecretaría de Educación Básica, en coordinación con la Unidad de Promoción de Equidad y Excelencia Educativa y demás unidades administrativas competentes de la Secretaría, los proyectos de normas y criterios para la evaluación y acreditación de estudios de educación básica realizados en el marco de programas educativos orientados al fortalecimiento de la equidad, el desarrollo intercultural y la participación social y, una vez emitidas dichas normas y criterios, asesorar sobre su cumplimiento, aplicación, implementación y operación.

17. Supervisar, con la participación de las autoridades educativas de los Estados y de la Ciudad de México y en coordinación con la Dirección General de Desarrollo Curricular, el cumplimiento de las normas y criterios pedagógicos, contenidos, planes y programas de estudio, métodos y materiales didácticos a que se refiere la función 15, así como de los instrumentos para la evaluación del aprendizaje que derivan de dicha función.

18. Coordinar la realización de consultas de buena fe y de manera previa, libre e informada, de acuerdo con las disposiciones legales nacionales e internacionales en la materia, cuando se prevean medidas relacionadas con la educación que se imparta a las personas, pueblos y comunidades indígenas o afromexicanas, respetando su autodeterminación en los términos del artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

19. Coordinar acciones con el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas y el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas para el reconocimiento e implementación de la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria y especial, que se imparta a las personas, pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, así como para la elaboración de planes, programas de estudio y materiales educativos dirigidos a esta misma población y, en el caso de la educación inicial, los principios rectores y objetivos de la misma.

20. Elaborar, editar, mantener actualizados y distribuir materiales educativos para la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria y especial para las personas, pueblos y comunidades indígenas, afromexicanas, migrantes, y jornaleros agrícolas; entre ellos libros de texto gratuitos, en las diversas lenguas del territorio nacional.

21. Impulsar programas de formación, actualización y certificación de docentes de educación preescolar, primaria, secundaria y especial para las personas, pueblos y comunidades indígenas, en las lenguas de las regiones correspondientes. Dichos programas impulsarán la literacidad y biliteracidad, en lenguas nacionales.

22. Auxiliar a la Unidad del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros; a fin de que los proyectos de convocatorias de ingreso y promoción que propongan las autoridades educativas de las entidades federativas, respondan a los contextos regionales para la prestación de los servicios educativos inicial, preescolar, primaria, secundaria y especial, respecto a las personas, pueblos y comunidades indígenas, afromexicanas, migrantes, y jornaleros agrícolas.

Perfil: Escolaridad Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.

Carreras Genéricas: Educación, Antropología, Humanidades, Ciencias Sociales.

Area General: Educación y Humanidades.

Carreras Genéricas: Educación, Antropología, Humanidades.

Grado de avance escolar: Maestría, Titulado (a).
Experiencia Laboral Mínimo 9 años de experiencia en:

Area General: Ciencia Política.

Grupo de Experiencia: Administración Pública.

Area General: Pedagogía

Grupo de Experiencia: Teoría y Métodos educativos, Organización y Planificación de la Educación, Preparación y Empleo de Profesores.

Habilidades Gerenciales 1. Liderazgo.

2. Visión Estratégica.

Capacidades Técnicas 1. Inducción a la Secretaría de Educación Pública.
Idiomas Extranjeros No requerido.
  Otros Disponibilidad para viajar.
El temario se podrá consultar en la convocatoria que se publica en trabajaen y en el portal de la Secretaría de Educación Pública: https://www.gob.mx/sep/acciones-y-programas/temarios-servicio-profesional-de-carrera-2020-236881?state=published
Nombre del Puesto DIRECCION DE ADMINISTRACION DE RECURSOS Y DE GESTION DIGITAL
Nivel Administrativo 11-311-1-M1C017P-0000347-E-C-I (M11)

Dirección de Area

Número de vacantes Una
Percepción Mensual Bruta $55,711.00 (Cincuenta y cinco mil setecientos once pesos 00/100 M.N.)
Adscripción del Puesto Dirección General de Materiales Educativos Sede Ciudad de México
Funciones Principales: 1. Dirigir el anteproyecto de presupuesto y supervisar la administración de los recursos financieros de acuerdo con presupuesto autorizado para la operación regular y los proyectos específicos.

2. Dirigir y proponer la gestión de las modificaciones presupuestales y la liberación de los oficios de inversión.

3. Dirigir y supervisar que las acciones para el ejercicio de los recursos financieros se lleven a cabo con apego a la normatividad vigente y elaborar el informe para la cuenta de la hacienda pública federal, así como los demás que se requieran en la materia.

4. Supervisar y coordinar acciones en los diferentes subsistemas del servicio profesional de carrera y gestionar el proceso de ingreso, pago de remuneraciones, estímulos y recompensas de los servidores públicos adscritos a la unidad administrativa.

5. Dirigir, supervisar y procesar las propuestas del programa de capacitación que requiere la unidad administrativa, para la toma de decisiones de las propuestas más acertadas a los requerimientos y dar seguimiento a su aplicación y funcionamiento.

6. Dirigir y supervisar la integración y registro de la información en el Sistema Integral de Administración del Personal de la SEP (SIASEP) de la unidad administrativa.

7. Dirigir la gestión y seguimiento a la dictaminación y autorización de los contratos de honorarios de la unidad administrativa.

8. Dirigir la gestión de los convenios que le requieran las direcciones de área vinculadas con los programas que coordina la DGME, para el establecimiento de acuerdos y relaciones interinstitucionales.

9. Proporcionar a las direcciones de área de la DGME el apoyo y la asesoría que requieran con respecto a la gestión digital administrativa.

10. Coordinar y supervisar las acciones para la gestión de autorizaciones en materia de derechos de autor, para la reproducción de todo tipo de obras que se requieran en la producción de materiales educativos de los distintos proyectos de la DGME.

11. Dirigir, supervisar y verificar que los números ISBN otorgados a la DGME se comprueben en tiempo y forma, así como canalizar y desahogar dudas de asuntos planteados por las diferentes áreas de la DGME.

12. Coordinar y supervisar las acciones para la adquisición o contratación de servicios de cualquier naturaleza con apego a la normatividad vigente.

13. Dirigir, proponer, supervisar y gestionar el programa anual de adquisiciones de bienes de consumo e instrumentales, así como los trabajos relativos a la atención, recepción, almacenaje, suministro e inventario de los bienes muebles adscritos a la unidad administrativa para mantener el control y la distribución del mobiliario asignado.

14. Dirigir, supervisar y dar seguimiento a los servicios y actividades de conservación, reparación, mantenimiento y adaptación de los edificios, mobiliario, maquinaria, equipo e instrumental de la unidad administrativa; así como a los servicios generales de correspondencia, archivo, almacén, aseo, intendencia, taller de automotores, transportes y vigilancia, que se requieran, para la toma de decisiones.

15. Dirigir los programas y mecanismos, en materia de seguridad, protección civil e higiene que se establezcan y de acuerdo con la normatividad en la materia, con el fin de brindar los niveles óptimos de seguridad que establezcan las condiciones necesarias para salvaguardar la integridad física del personal y visitantes de la DGME ante la presencia de una situación de emergencia y se minimicen los riesgos de trabajo.

16. Coordinar y supervisar la operación de la planta informática asignada a la DGME y verificar la transmisión continua de la información a través de la red de información.

17. Supervisar y asegurar que la información generada en la DGME a través de la red, coadyuve en las funciones que realizan las áreas.

18. Dirigir el análisis para proponer a la DGTIC, un programa de tecnología para la administración, que facilite la aplicación y el uso interno de la infraestructura, de manera que ésta responda a la dinámica de la DGME.

19. Establecer un mecanismo para dar seguimiento a las tendencias de tic en la administración pública, así como a las disposiciones normativas en la materia y considerarlas en el programa interno de tecnología.

20. Identificar desviaciones y oportunidades de mejora en los proyectos y servicios de tic en la administración pública, con base en los informes de evaluación de tic que se realicen, para definir e implementar las acciones correctivas y preventivas en la DGME.

21. Administrar los posibles riesgos internos de tic a fin de disminuir el impacto de eventos adversos en esta materia que puedan afectar el logro de los objetivos de la DGME, además de obtener información consistente y oportuna para la toma de decisiones sobre la mitigación de los mismos.

22. Administrar las iniciativas, programas y proyectos internos de tic para la administración de la DGME, a fin de optimizar la aplicación de los recursos y obtener mayor eficiencia.

23. Supervisar los procedimientos de contratación de tic, mediante su participación en los actos en que se requiera la intervención de la subdirección de control de bienes instrumentales y administración de la información.

24. Dirigir y supervisar la integración de los informes institucionales de la unidad administrativa que le sean requeridos y remitidos a las instancias correspondientes, así como dar un seguimiento para la toma de decisiones.

Perfil: Escolaridad Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.

Carreras Genéricas: Administración, Economía, Ciencias Políticas y Administración Pública, Contaduría, Derecho, Finanzas.

Area General: Ingeniería y Tecnología.

Carreras Genéricas: Administración.

Area General: Ciencias Naturales y Exactas.

Carreras Genéricas: Matemáticas - Actuaría, Contaduría.

Grado de avance escolar: Licenciatura o Profesional, Titulado (a). Deberá Presentar Título o Cédula Profesional.
  Experiencia Laboral Mínimo 7 años de experiencia en:

Campo de Experiencia: Ciencia Política.

Area de Experiencia: Administración Pública.

Campo de Experiencia: Ciencias Jurídicas y Derecho.

Area de Experiencia: Defensa Jurídica y Procedimientos, Derecho y Legislación Nacionales.

Campo de Experiencia: Ciencias Económicas.

Area de Experiencia: Política Fiscal y Hacienda Pública Nacionales, Econometría, Contabilidad, Organización Industrial y Políticas Gubernamentales, Organización y Dirección de Empresas, Dirección y Desarrollo de Recursos Humanos, Economía Sectorial. Economía General.

Habilidades Gerenciales 1. Liderazgo.

2. Negociación.

Capacidades Técnicas 1. Programación y Presupuesto.
Idiomas

Extranjeros

No requerido.
Otros Disponibilidad para viajar.
El temario se podrá consultar en la convocatoria que se publica en trabajaen y en el portal de la Secretaría de Educación Pública: https://www.gob.mx/sep/acciones-y-programas/temarios-servicio-profesional-de-carrera-2020-236881?state=published
Nombre del Puesto COORDINACION SECTORIAL DE SERVICIOS, ALMACENES E INVENTARIOS
Nivel Administrativo 11-712-1-M1C025P-0000712-E-C-N (M43)

Dirección de Area

Número de Vacantes Una
Percepción Mensual Bruta $108,916.00 (Ciento ocho mil novecientos dieciséis pesos, 00/100 M.N.)
Adscripción del Puesto Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Sede Ciudad de México
Funciones Principales: 1. Coordinar la elaboración de los proyectos de contratos y convenios entre la Secretaría y los proveedores de prestaciones de servicios, someterlos a la opinión de la Unidad de Asuntos Jurídicos, así como verificar que cumplan con las condiciones y términos pactados o fijados en los mismos.

2. Coordinar y verificar que los procedimientos para la rescisión de pedidos, contratos o convenios, aplicación de penas convencionales y afectación de fianzas se lleven a cabo con apego a la normatividad establecida.

3. Determinar las modificaciones a las políticas, programas, criterios, lineamientos y estrategias en materia de almacenes e inventarios con base en análisis, propuestas y recomendaciones formuladas por unidades administrativas y órganos fiscalizadores.

4. Planear y dirigir la difusión y capacitación de los de los mecanismos, criterios y lineamientos para la contratación y prestación de los servicios a las unidades administrativas de la Secretaría.

5. Dirigir y verificar que los procesos de aplicación de penas convencionales, garantías y fianzas se realicen con apego a la normatividad.

6. Dirigir la administración de los almacenes generales de la secretaría conforme a la normatividad vigente en la materia así como aprobar y verificar los procedimientos para la afectación, baja y destino final de los bienes muebles.

7. Vigilar la actualización permanente de los registros de inventarios de los almacenes generales y dirigir la formulación de los informes relativos a los requerimientos de información de los almacenes.

8. Determinar las modificaciones a las políticas, programas, criterios, lineamientos y estrategias en materia de contratación y prestación de servicios, almacenes e inventarios, con base en análisis, propuestas y recomendaciones formuladas por las unidades administrativas y órganos fiscalizadores.

9. Verificar y aprobar los procedimientos para la prestación de servicios generales de limpieza, mantenimiento, taller de automotores, transporte, vigilancia y demás que requieran las unidades administrativas de la secretaría para que realicen con eficiencia y eficacia.

10. Someter a consideración del Comité de Adquisiciones las propuestas de adquisiciones y contratación de servicios por adjudicación directa, así como dirigir y coordinar la revisión y cumplimiento de los contratos y sus condiciones.

11. Coordinar el seguimiento de los siniestros ocurridos a los bienes muebles e inmuebles de la Secretaría y las reclamaciones respectivas.

12. Coordinar el seguimiento del cumplimiento de las condiciones y vigencia de los contratos y las pólizas con las aseguradoras.

13. Dirigir la implementación de políticas, criterios y capacitación en materia de aseguramiento de bienes.

14. Dirigir la difusión y capacitación en materia de políticas, criterios, lineamientos y estrategias de adquisiciones prestación de servicios generales que emita la DGRMYS, así como las que en su caso expidan las dependencias globalizadoras.

15. Coordinar la atención y la integración de la información y documentación que requieran otras instancias conforme al ámbito de sus competencias, así como otras funciones que le sean asignadas por la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios en el ejercicio de sus atribuciones.

Perfil: Escolaridad Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.

Carreras Genéricas: Contaduría, Economía, Administración, Derecho, Ciencias Políticas y Administración Pública.

Area General: Ingeniería y Tecnología.

Carreras Genéricas: Ingeniería.

Grado de avance escolar: Licenciatura o Profesional; Titulado (a). Deberá presentar Título o Cédula Profesional.
Experiencia Laboral Mínimo 10 años de experiencia en:

Grupo de Experiencia: Ciencias Económicas

Area General: Organización y Dirección de Empresas, Organización Industrial y Políticas Gubernamentales, Política Fiscal y Hacienda Pública Nacionales.

Grupo de Experiencia: Ciencia Política.

Area General: Administración Pública.

Habilidades Gerenciales 1. Liderazgo.

2. Negociación.

Capacidades Técnicas 1. Adquisición de Bienes Muebles y Contratación de Servicios.
Idiomas

Extranjeros

Ninguno.
Otros No requerido.
El temario se podrá consultar en la convocatoria que se publica en trabajaen y en el portal de la Secretaría de Educación Pública: https://www.gob.mx/sep/acciones-y-programas/temarios-servicio-profesional-de-carrera-2020-236881?state=published
Nombre del Puesto SUBDIRECCION DE PLANEACION, PROGRAMACION Y PRESUPUESTACION
Nivel Administrativo 11-611-1-M1C015P-0000058-E-C-H (N11)

Subdirección de Area

Número de Vacantes Una
Percepción Mensual Bruta $32,667.00 (Treinta y dos mil seiscientos sesenta y siete pesos 00/100 M.N.)
Adscripción del Puesto Unidad de Educación Media Superior Tecnológica Industrial y de Servicios. Sede Ciudad de México
Funciones Principales: 1. Proponer estrategias para la atención de la demanda de la educación media superior tecnológica, industrial y de servicios de acuerdo con la capacidad instalada y la demanda educativa.

2. Proponer lineamientos conforme a los cuales puedan desarrollarse mecanismos de financiamiento para impulsar los planes de desarrollo para las escuelas y la modernización de la educación media superior tecnológica, industrial y de servicios.

3. Formular propuestas que permitan ordenar el desarrollo de la educación media superior tecnológica, industrial y de servicios a corto, mediano y largo plazo.

4. Crear, recopilar, resguardar y dar acceso al banco de información de los sistemas, procedimientos, leyes, reglamentos y lineamientos que regulan la operación de los centros educativos y escuelas incorporadas a la Unidad de Educación Media Superior Tecnológica Industrial y de Servicios.

5. Presentar la propuesta de distribución de recursos presupuestales a la Dirección de Planeación y Evaluación para su aprobación por el Titular de la Unidad.

6. Definir, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, los lineamientos técnicos para el equipamiento de los planteles dependientes de la Unidad de Educación Media Superior Tecnológica Industrial y Servicios y gestionar su adquisición y mantenimiento de conformidad con las disposiciones aplicables.

7. Elaborar estudios de proyección de creación, crecimiento y desarrollo de nuevos centros educativos para la mejora de la educación media superior tecnológica, industrial y de servicios; y por lo tanto, supervisar la elaboración de la programación detallada y estudios de factibilidad.

8. Verificar la aplicación de los criterios para determinar la funcionalidad de los planteles dependientes de la Unidad Administrativa, a efecto de instrumentar programas de construcción, mantenimiento y conservación de los mismos de conformidad con las disposiciones aplicables.

9. Establecer lineamientos para dar seguimiento a los trabajos realizados en los programas de construcción y mantenimiento; así como a la instalación y correcto funcionamiento de los equipos adquiridos.

10. Realizar gestiones para la autorización de recursos presupuestales para el mantenimiento y funcionamiento de la infraestructura física y equipamiento de los Centros de Trabajo de la Unidad de Educación Media Superior Tecnológica Industrial y Servicios; y coordinar el seguimiento de los programas de conservación de la infraestructura física.

11. Verificar la aplicación de los criterios para determinar la funcionalidad de los inmuebles del sistema, a efecto de realizar programas de mantenimiento y conservación de los mismos.

12. Coordinar las actividades relacionadas al ahorro de energía, agua potable y sustentabilidad de los planteles dependientes de la Unidad de Educación Media Superior Tecnológica Industrial y Servicios; y supervisar el cumplimiento de los lineamientos y actividades referentes a la eficiencia energética y de agua potable mediante el seguimiento de las altas y bajas de los contratos de servicios adquiridos.

13. Supervisar la elaboración, actualización y difusión de los instrumentos técnicos para conocer y evaluar la pertinencia de la Oferta y Estructura Educativa de los planteles del sistema.

14. Apoyar a las diferentes áreas de la Unidad en la planeación, programación y presupuestación de sus actividades; y realizar gestiones para la autorización de recursos presupuestales para la atención del servicio educativo con base en los requerimientos académico-administrativos manifestados.

15. Mantener actualizadas las estructuras académico-administrativas y realizar el Reporte de las necesidades y superávit de recursos humanos y el Impacto de los movimientos de personal de los centros educativos de la Unidad de Educación Media Superior Tecnológica Industrial y Servicios.

16. Designar las plazas presupuestales existentes al personal aspirante que apruebe el examen de selección docente y de hallarse necesidades se solicitará el listado de personal interno o externo que podrá cubrir las horas de cada uno de los centros educativos de la Unidad de Educación Media Superior Tecnológica Industrial y Servicios.

17. Coordinar la elaboración del anteproyecto anual de la planeación, programación y presupuestación de la Unidad de Educación Tecnológica Industrial y de Servicios conforme a las normas y lineamientos establecidos.

18. Supervisar las tareas para la elaboración de la planeación, programación y presupuestación anual de los planteles dependientes de la Unidad de Educación Tecnológica Industrial y de Servicios.

19. Proponer la estructura organizacional más adecuada para el correcto funcionamiento de la Unidad de Educación Tecnológica Industrial y de Servicios; y desarrollar los perfiles de puestos y valuación de los mismos.

20. Desarrollar los manuales administrativos y organizacionales de los centros educativos y de la Unidad de Educación Tecnológica Industrial y de Servicios; y llevar a cabo las gestiones pertinentes para su autorización, publicación y distribución.

Perfil: Escolaridad Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.

Carreras Genéricas: Administración, Ciencias Políticas y Administración Pública, Derecho, Contaduría, Economía, Finanzas, Políticas Públicas.

Area de General: Ingeniería y Tecnología.

Carreras Genéricas: Computación e Informática, Ingeniería.

Area de General: Educación y Humanidades.

Carreras Genéricas: Matemáticas, Educación.

Grado de avance escolar: Licenciatura o profesional, titulado (a). Deberá presentar Título o Cédula Profesional.
Experiencia Laboral Mínimo 5 años de experiencia en:

Area General: Ciencia Política.

Grupo de Experiencia: Administración Pública.

Area General: Ciencias Económicas.

Grupo de Experiencia: Organización y Dirección de Empresas.

Area General: Ciencias Tecnológicas.

Grupo de Experiencia: Ingeniería General, Tecnología Industrial.

Area General: Matemáticas.

Grupo de Experiencia: Evaluación, Probabilidad, Estadística.

Area General: Pedagogía.

Grupo de Experiencia: Organización y Planificación de la Educación

Habilidades

Gerenciales

1. Orientación a Resultados.

2. Trabajo en Equipo.

Capacidades Técnicas 1. Programación y Presupuesto.
Idiomas Extranjeros No requerido.
Otros Disponibilidad para viajar.
El temario se podrá consultar en la convocatoria que se publica en trabajaen y en el portal de la Secretaría de Educación Pública: https://www.gob.mx/sep/acciones-y-programas/temarios-servicio-profesional-de-carrera-2020-236881?state=published
Nombre del Puesto JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS
Nivel Administrativo 11-616-1-M1C014P-0000116-E-C-O (O11)

Jefatura de Departamento

Número de Vacantes Una
Percepción Mensual Bruta $21,299.00 (Veintiún mil doscientos noventa y nueve pesos 00/100 MN)
Adscripción del Puesto Dirección General del Bachillerato (DGB) Sede Ciudad de México
Funciones Principales: 1. Elaborar en coordinación con las áreas de la Dirección el anteproyecto de presupuesto y la reprogramación presupuestal para apoyar el desarrollo de los proyectos específicos de la unidad administrativa.

2. Elaborar en coordinación con el Departamento de Recursos Materiales los mecanismos anuales de necesidades y de inversión para programar el ejercicio del presupuesto.

3. Aplicar y dar seguimiento a los movimientos que se deriven del ejercicio de los recursos y de los movimientos presupuestales conforme a los montos autorizados.

4. Dar seguimiento al ejercicio de los recursos financieros asignados a los planteles dependientes de la unidad administrativa.

5. Elaborar y gestionar los oficios de solicitud de modificación de afectación presupuestaria para el ejercicio del gasto de la unidad administrativa.

6. Analizar y gestionar la documentación comprobatoria de gastos que afecten el ejercicio presupuestal con el fin de que se realicen los ajustes necesarios (nóminas de honorarios, viáticos, pasajes, etcétera).

7. Gestionar la entrega de los recursos autorizados del fondo rotatorio para la unidad Administrativa.

8. Registrar los movimientos financieros por proyecto y por proceso para llevar el control del ejercicio del presupuesto y conformar la información financiera de la unidad administrativa.

9. Conciliar con las áreas de la Oficialía Mayor el ejercicio presupuestal para que los resultados financieros sean congruentes.

10. Operar y mantener actualizados los sistemas de contabilidad y control presupuestal para tener sustentado el ejercicio del presupuesto.

11. Informar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) sobre la retención de impuestos mensuales y respecto a los intereses de cuentas de banco.

12. Elaborar la cuenta pública por el ejercido anual.

Perfil: Escolaridad Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.

Carreras Genéricas: Administración, Ciencias Políticas y Administración Pública, Computación e Informática, Contaduría, Economía, Educación, Finanzas.

Area de General: Ingeniería y Tecnología.

Carreras Genéricas: Administración, Computación e Informática, Ingeniería.

Area de General: Ciencias Naturales y Exactas.

Carreras Genéricas: Computación e Informática, Contaduría.

Area de General: Educación y Humanidades.

Carreras Genéricas: Computación e Informática, Educación.

Grado de avance escolar: Licenciatura o profesional, titulado (a). Deberá presentar Título o Cédula Profesional.
Experiencia Laboral Mínimo 3 años de experiencia en:

Area General: Ciencia Política.

Grupo de Experiencia: Administración Pública.

Area General: Ciencias Económicas.

Grupo de Experiencia: Administración, Teoría Económica, Política Fiscal y Hacienda Pública Nacionales, Administración de Proyectos de Inversión y Riesgo, Economía General, Auditoría, Actividad Económica, Contabilidad.

Area General: Ciencias Jurídicas y Derecho.

Grupo de Experiencia: Derecho y Legislación Nacionales.

Area General: Matemáticas.

Grupo de Experiencia: Ciencia de los Ordenadores.

Habilidades

Gerenciales

1. Orientación a Resultados.

2. Trabajo en Equipo.

Capacidades Técnicas 1. Programación y Presupuesto.
Idiomas Extranjeros No requerido.
Otros Disponibilidad para viajar.
El temario se podrá consultar en la convocatoria que se publica en trabajaen y en el portal de la Secretaría de Educación Pública: https://www.gob.mx/sep/acciones-y-programas/temarios-servicio-profesional-de-carrera-2020-236881?state=published
Nombre del Puesto JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE REGISTRO E INFORMACION CONTABLE
Nivel Administrativo 11-710-1-M1C014P-0000654-E-C-O (O21)

Jefatura de Departamento

Número de vacantes Una
Percepción Mensual Bruta $22,948.00 (Veintidós mil novecientos cuarenta y ocho pesos 00/100 MN)
Adscripción del Puesto Dirección General de Presupuesto y Recursos Financieros (DGPYRF) Sede Ciudad de México
Funciones Principales: 1. Coordinar la elaboración de los estados financieros, del informe de avance de la gestión financiera y de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal.

2. Supervisar la elaboración de los formatos que integran los estados financieros del informe de avance de la gestión financiera y de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal.

3. Llevar a cabo el proceso para tramitar el envío a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de los estados financieros, del informe de avance de la gestión financiera y de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal.

4. Coordinar la elaboración de los formatos D01, D04, D05, D33 Y D36 del sistema integral de información.

5. Verificar los formatos que integran el sistema integral de información.

6. Supervisar el envío de los formatos que conforman el sistema integral de información a la dirección de presupuesto, adscrita a la DGPyRF.

7. Supervisar la elaboración de las declaraciones anuales informativas en su formato 30, anexo 1 (sueldos y salarios, crédito al salario y honorarios asimilados) y anexo 2 (retención de IVA e ISR).

8. Controlar y vigilar la atención a las solicitudes de información de las direcciones de personal de la SEP y la Subdirección de Operación de la misma dirección general.

9. Verificar la elaboración de las Declaraciones Anuales Informativas.

10. Coordinar y presentar en tiempo y forma las declaraciones anuales informativas en su formato 30, anexo 1 y 2.

Perfil: Escolaridad Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.

Carreras Genéricas: Finanzas, Contaduría, Administración, Economía, Ciencias Políticas y Administración Pública.

Area General: Ciencias Naturales y Exactas.

Carreras Genéricas: Matemáticas-Actuaría, Contaduría.

Area General: Ingeniería y Tecnología.

Carreras Genéricas: Finanzas.

Grado de avance escolar: Técnico Superior Universitario, Terminado o Pasante.
Experiencia Laboral Mínimo 3 años de experiencia en:

Campo de Experiencia: Ciencias Económicas.

Area de Experiencia: Contabilidad, Organización y Dirección de Empresas.

Campo de Experiencia: Ciencia Política.

Area de Experiencia: Administración Pública.

Habilidades Gerenciales 1. Trabajo en Equipo.

2. Orientación a Resultados.

Capacidades Técnicas 1. Auditoría Financiera.
Idiomas

Extranjeros

No requerido.
Otros Disponibilidad para viajar.
El temario se podrá consultar en la convocatoria que se publica en trabajaen y en el portal de la Secretaría de Educación Pública: https://www.gob.mx/sep/acciones-y-programas/temarios-servicio-profesional-de-carrera-2020-236881?state=published

 

BASES DE PARTICIPACION PARA LA CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 06/2021, DIRIGIDA A TODO (A) INTERESADO (A) QUE DESEE INGRESAR AL SISTEMA DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL
REQUISITOS DE PARTICIPACION Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia previstos para el puesto. Adicionalmente, se deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos legales: ser ciudadano (a) mexicano (a) en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero (a) cuya condición migratoria permita la función a desarrollar; no haber sido sentenciado (a) con pena privativa de libertad por delito doloso; tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público; no pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro (a) de algún culto y no estar inhabilitado (a) para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal; en caso de verse favorecido con el resultado del concurso, a partir de su ingreso no desempeñar otro empleo, cargo o comisión en la Administración Pública Federal y en caso contrario, contar con el dictamen de compatibilidad de empleo respectivo; que la documentación presentada como original sea auténtica, asumiendo la responsabilidad legal y administrativa en caso de no ser así, y; presentar y acreditar las evaluaciones que se indican para el caso.

El requisito referido a tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público (fracción III del artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la administración Pública Federal), se tendrá por acreditado cuando el aspirante sea considerado finalista por el Comité Técnico de Selección, toda vez que tal circunstancia implica ser apto para el desempeño del puesto en concurso y susceptible de resultar ganador del mismo. En apego al artículo 36 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, el Comité Técnico de Selección, siguiendo el orden de prelación de los candidatos, elegirá de los aspirantes que pasan a la etapa de entrevista a los que considere aptos para el puesto de conformidad con los criterios de evaluación de las entrevistas (los que acrediten o superen el puntaje mínimo de aptitud), los cuales serán considerados como finalistas.

DOCUMENTACION REQUERIDA Los y las aspirantes deberán presentar para su cotejo, en original legible o copia certificada y copia simple, los siguientes documentos, en el domicilio, fecha y hora establecidos en el mensaje que al efecto reciban, con cuando menos dos días hábiles de anticipación, por vía electrónica:

1. Currículum vítae actualizado, detallado y firmado, en cuatro tantos.

2. Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3, según corresponda.

3. Documento que acredite el nivel de estudios requerido por perfil del puesto para el que concursa. En caso de que el perfil del puesto requiera nivel licenciatura o postgrado titulado, se deberá presentar el Título y/o la Cédula Profesional correspondiente. Si el Título y/o la Cédula Profesional está en trámite (con antigüedad de un año), se podrá presentar el documento que avale dicho trámite ante la Secretaría de Educación Pública y/o el acta del examen profesional aprobatorio y/u oficio original de la institución educativa donde establezca que la persona cubrió el total de créditos del nivel de estudios y la tira de materias cursadas. Para los casos en los que el perfil del puesto establezca como requisitos de escolaridad el nivel de Pasante, se tendrá que presentar el documento oficial que así lo acredite, como puede ser la Carta de Pasante o documento (oficio y tira de materias) donde establezca que la persona cubrió el total de créditos del nivel de estudios correspondiente. En el caso de contar con estudios en el extranjero, se deberá presentar invariablemente la constancia de validez o reconocimiento oficial expedido por la autoridad competente. Los y las aspirantes podrán cubrir el requisito de nivel de estudios de la escolaridad y área de conocimiento que establece el perfil del puesto en concurso, con uno de mayor grado como es la especialidad, la maestría o el doctorado, según el caso, otorgándose en la Valoración del Mérito el puntaje asignado para el nivel mínimo requerido por dicho perfil.

La acreditación de títulos o grados de estudio de los y las aspirantes, se realizará a través de la presentación del original del Título o Cédula Profesional o Reconocimiento de Estudios del Extranjero o Apostilla, que emita la autoridad competente.

4. Identificación oficial vigente con fotografía y firma (se aceptará credencial para votar con fotografía o pasaporte o cartilla militar).

5. Registro Federal de Contribuyentes (RFC) (alta en el SAT) u otro documento oficial donde se identifique dicho RFC. En caso de que el RFC, incluyendo homoclave, registrado en la página personal de trabajaen no coincida con el que aparece en el documento de alta del SAT o el documento oficial que se presente, será motivo de descarte del aspirante en el concurso correspondiente.

6. Cartilla militar liberada, o en su caso, comprobante de que presta el servicio militar. En el caso de hombres mayores a los 40 años, no aplica este requisito.

7. Comprobante que avale los años de experiencia requeridos por el perfil del puesto (ejemplo: carta de la empresa en hoja membretada donde se indique la fecha de ingreso, puestos ocupados y fecha de baja; recibo de pago; alta en instituciones de seguridad social; contrato laboral; hojas de servicio; declaraciones fiscales; contratos; recibos de honorarios; etc.), en las áreas que requiera el perfil del puesto en concurso.

8. Documento que acredite el nivel de estudios del idioma correspondiente, sólo en caso de que sea requerido por el perfil del puesto en concurso.

9. Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido sentenciado (a) con pena privativa de libertad por delito doloso, no estar inhabilitado (a) para el servicio público, no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro (a) de algún culto y de que la documentación presentada es auténtica. Este formato le será proporcionado por la Secretaría de Educación Pública durante la revisión documental.

10. Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido beneficiado (a) por algún programa de retiro voluntario. En el caso de aquellas personas que se hayan apegado a un programa de retiro voluntario en la Administración Pública Federal, su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable.

11. Comprobante de folio asignado por el portal www.trabajaen.gob.mx para el concurso (pantalla inicial de bienvenida de su página personal de trabajaen) y la impresión de la invitación que recibe vía trabajaen.

12. La o el aspirante que sea servidor (a) público (a) de carrera titular que desee acceder (promoción) a un cargo del Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal de mayor responsabilidad o jerarquía al que ocupa, deberá presentar al menos dos evaluaciones de desempeño anuales, las cuales pueden ser las últimas que haya aplicado el (la) servidor (a) público (a) de carrera titular en el puesto en que se desempeña o en otro anterior, incluso aquellas que se hayan practicado como servidores (as) públicos (as) considerados de libre designación, previo a obtener su nombramiento como servidores (as) públicos (as) de carrera titulares. Las evaluaciones mencionadas se acreditarán en el momento de la revisión documental, sin embargo, en el caso de que el (la) servidor (a) público (a) no cuente con alguna de las evaluaciones por causas imputables a la dependencia, no se le exigirán éstas y en su lugar el Comité Técnico de Selección solicitará a la dependencia la información necesaria para tales fines.

La Secretaría de Educación Pública se reserva el derecho de solicitar en cualquier momento o etapa del proceso, la documentación o referencias que acrediten: los datos registrados en el sistema www.trabajaen.gob.mx por los y las aspirantes para fines de la revisión curricular, el cumplimiento a los requisitos al perfil del puesto y a la documentación señalada en los numerales de esta sección. De no acreditar la existencia y/o autenticidad de la documentación mencionada, será motivo de descarte del concurso y si fuera el caso, se dejará sin efectos el resultado del proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad para la Secretaría de Educación Pública, la cual, a su vez, se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales procedentes. En ningún caso, la Secretaría de Educación Pública solicitará prueba de no gravidez y de VIH (SIDA); así como el reclutamiento y selección se realizará en igualdad de oportunidades, sin discriminación por edad, discapacidad, color de piel, cultura, sexo, condición económica, apariencia física, características genéticas, embarazo, lengua, opiniones, preferencias sexuales, identidad o filiación política, estado civil, situación familiar, responsabilidades familiares o por cualquier otro motivo que atente contra la dignidad humana.

REGISTRO DE ASPIRANTES El registro de los y las aspirantes al concurso se realizará del 16 al 30 de junio de 2021, a través del portal www.trabajaen.gob.mx, el cual asignará un folio al aspirante que cubra los requisitos del concurso para identificarlo durante el desarrollo del mismo, asegurando así el anonimato de los aspirantes.

Al momento en que la persona registre su participación a un concurso a través de www.trabajaen.gob.mx, se llevará a cabo en forma automática la revisión curricular, asignando un folio de participación o, en su caso, de rechazo que lo descartará del concurso. La revisión curricular efectuada a través de www.trabajaen.gob.mx, se llevará a cabo, sin perjuicio de la revisión y evaluación de la documentación que las y los candidatos deberán presentar para acreditar que cumplen con todos y cada uno de los requisitos establecidos en la convocatoria.

Cuando la Unidad de Política de Recursos Humanos de la Administración Pública Federal de la Secretaría de la Función Pública detecte más de un folio de un aspirante en Trabajaen, realizará las acciones necesarias para que prevalezca únicamente el registro que coincida con la CURP y la documentación presentada por el usuario, quien elegirá ante dicha Unidad el folio que deberá prevalecer en Trabajaen. En caso de que se detecten más de una inscripción a un mismo concurso por un (a) candidato (a), se descartará del concurso.

DESARROLLO DEL CONCURSO El concurso se conducirá de acuerdo a la programación que se indica; sin embargo, ésta puede estar sujeta a cambios, incluyendo el orden de aplicación de cada etapa, debido a variables que afectan el desarrollo del concurso como pueden ser, entre otras: disponibilidad de las herramientas de evaluación, cantidad de participantes, verificación del perfil de los participantes, disponibilidad de salas y equipo informático para la aplicación de las evaluaciones; problemas de comunicación electrónica del sistema de esta dependencia y de la Secretaría de la Función Pública; tiempo de respuesta de la Secretaría de la Función Pública para proporcionar la información que le concierne del concurso correspondiente o que se le requiera por motivos de consulta; fenómenos naturales; marchas manifestaciones; verificación de reactivos, y; disponibilidad de agenda de los integrantes del Comité Técnico de Selección. El orden de aplicación del Examen de Conocimientos y de la Evaluación de Habilidades, contemplados en la Etapa II del procedimiento de reclutamiento y selección, podrá ser variable, por las razones antes mencionadas. La realización de cada etapa del concurso se comunicará a los y las aspirantes con 48 horas hábiles de anticipación como mínimo por medio del Contador de Mensajes del sistema www.trabajaen.gob.mx, por lo que se recomienda la consulta permanente del referido sistema.
ACTIVIDAD FECHA O PLAZO
Publicación: 16 de junio de 2021
Etapa I: Revisión curricular de forma automatizada, a través de la herramienta www.trabajaen.gob.mx (Registro de aspirantes) Del 16 al 30 de junio de 2021
Etapa II: Examen de conocimientos y evaluaciones de habilidades. El resultado de las evaluaciones de habilidades no son motivo de descarte; sin embargo, el no presentarlas sí es motivo de descarte. Las evaluaciones de habilidades se conformarán por preguntas y se complementarán con pruebas psicométricas. Del 05 de julio al 13 de septiembre de 2021

Utilizando la herramienta actual sin un costo adicional y priorizando las nuevas tecnologías tomando en cuenta las medias preventivas establecidas por las autoridades sanitarias y respetando en todo momento las medidas de prevención establecidas.

Etapa III: Evaluación de la experiencia y valoración del mérito; así como la revisión documental.

Esta etapa se llevará a cabo de forma presencial con una logística y medias de prevención establecidas.

Del 05 de julio al 13 de septiembre de 2021
Etapa IV: Entrevistas.

El resultado de las evaluaciones de conocimientos y habilidades acumuladas con menor a 50 puntos son motivo de descarte.

Esta etapa del proceso se llevará a cabo de manera presencial para el aspirante para garantizar los principios rectores del Servicio Profesional de Carrera y evitar que alguno de ellos no cuente con los recursos informáticos para realizarla y no pueda participar, así garantizamos que a ningún participante se le dificulte su participación.

Para los integrantes del Comité de Selección, el proceso de la entrevista y determinación, se hará vía remota, programándose previamente conforme a la agenda del Comité y de forma escalonada la lista de los aspirantes finalistas

Del 05 de julio al 13 de septiembre de 2021
Etapa V: Determinación  Del 05 de julio al 13 de septiembre de 2021
Nota: Si la realización de las etapas II, III, IV y V se contemplan en un sólo periodo de tiempo, como es el caso, la fecha de conclusión de dicho periodo que aparece en la página www.trabajaen.gob.mx se refiere a la fecha de conclusión del concurso, ya que el sistema que administra la Secretaría de la Función Pública, así lo considera.
TEMARIOS Y GUIAS Los temarios referentes al examen de conocimientos se encuentran a disposición de los y las aspirantes en la página electrónica de la Secretaría de Educación Pública www.gob.mx/sep (menú: Trámites y Servicios SEP.- apartado Ingreso al Servicio Profesional de Carrera.- temarios)( El temario se podrá consultar en la convocatoria que se publica en trabajaen y en el portal de la Secretaría de Educación Pública: https://www.gob.mx/sep/acciones-y-programas/temarios-servicio-profesional-de-carrera-2018-144275?state=published) y en el portal www.trabajaen.gob.mx, a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de la Federación.

Las guías para la evaluación de las habilidades serán las consideradas para las Habilidades Gerenciales/directivas que se encontrarán disponibles para su consulta en la página electrónica www.trabajaen.gob.mx.

PRESENTACION DE EVALUACIONES La Secretaría de Educación Pública comunicará la fecha, hora y lugar en que los y las aspirantes deberán presentarse para la aplicación del examen de conocimientos y las evaluaciones de habilidades (incluyendo la evaluación psicométrica), a través del sistema trabajaen. En dichas comunicaciones, se especificará la duración aproximada de cada aplicación, así como el tiempo de tolerancia para el inicio del examen y/o evaluaciones. Una vez trascurrido el tiempo de tolerancia, por ningún motivo se aplicará el examen y/o evaluaciones. Asimismo, no se aplicará el examen y/o las evaluaciones si el o la participante no presenta la documentación requerida por la dependencia.

Los resultados aprobatorios de los exámenes y de las evaluaciones de habilidades (incluyendo la evaluación psicométrica), en los procesos de selección, tendrán vigencia de un año.

La aplicación del resultado aprobatorio del examen de conocimientos obtenido en el concurso anterior de la misma plaza, el sistema RHnet lo registra automáticamente si aplica el mismo temario, En caso de que el sistema no registró la calificación aprobatoria del examen de conocimientos anterior, el (la participante deberá solicitar su consideración por escrita (oficio, fax, o correo electrónico) al Comité Técnico de Selección, a través de la Dirección del Servicio Profesional de Carrera, Control y Evaluación, antes del inicio de la nueva aplicación de dicho examen.

REVISION DE EXAMENES En los casos en que el Comité Técnico de Selección correspondiente determine la revisión de exámenes, ésta sólo podrá efectuarse respecto de la correcta aplicación de las herramientas de evaluación, métodos o procedimientos utilizados, sin que implique la entrega de los reactivos ni las opciones de respuesta. En ningún caso procederá la revisión respecto del contenido o los criterios de evaluación.
REGLAS DE VALORACION 1.- Número de exámenes de conocimientos: 1

2.- Número de evaluaciones de habilidades: 2

3.- Calificación mínima aprobatoria de conocimientos: 80 sobre 100

4.- Descarte en las evaluaciones de habilidades: No será motivo de descarte el resultado que obtenga la o el aspirante en las evaluaciones de habilidades.

5.- Número de especialistas que auxiliarán al Comité Técnico de Selección en la etapa de entrevistas: Se tendrán tres especialistas, uno por cada uno de los (as) Titulares del Comité Técnico de Selección, si éste último lo establece en las sesiones de Instalación y Planeación de Entrevista y Determinación.

6.- Número mínimo de candidatos (as) a entrevistar: 3, si el universo lo permite; en caso de que el volumen sea menor, se entrevistará a todos; en caso de que el volumen sea mayor a 10, se entrevistará hasta 10 participantes en orden de prelación.

7.- Número de candidatos (as) que se continuarán entrevistando, en caso de no contar con al menos un (a) finalista de los primeros 3 entrevistados: 3, si el universo lo permite; en caso de que el volumen sea menor, se entrevistará a todos (as); en caso de que el volumen sea mayor a 10, se entrevistará hasta 10 participantes en orden de prelación.

8.- Puntaje mínimo de aptitud (para pasar a la etapa de determinación): 80 sobre 100.

9.- Criterios a aplicar en la entrevista: a) Predicción de comportamientos a partir de evidencias en experiencias previas; b) Objetividad de la evidencia obtenida (ejemplos concretos); c) Suficiencia de la evidencia obtenida (cantidad de ejemplos), y d) Relevancia de la evidencia obtenida con los requisitos del puesto.

10.- El (la) ganador (a) del concurso: el finalista (pasa a la etapa de determinación) que obtenga la calificación más alta en el proceso de selección, es decir, al de mayor Calificación (puntaje) Definitiva.

  El proceso de selección considera cinco etapas: I) Revisión curricular; II) Examen de conocimientos y evaluaciones de habilidades (incluyendo la evaluación psicométrica); III) Evaluación de la experiencia y valoración del mérito; IV) Entrevista, y; V) Determinación.

La etapa I del proceso de selección (revisión curricular) tiene como propósito determinar si el candidato continua en el concurso, por lo que su acreditación no otorgará puntaje alguno.

Por cada concurso se asignarán 100 puntos sin decimales, que serán distribuidos únicamente entre las etapas II (Examen de Conocimientos y Evaluaciones de Habilidades, esta última sólo como referencia); III (Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito), y; IV (Entrevistas), del procedimiento de selección, quedando de la siguiente manera:

ETAPA SUBETAPA PUNTOS
II Exámenes de Conocimientos y Evaluaciones de Habilidades.

El resultado de las evaluaciones de habilidades no son motivo de descarte; sin embargo, el no presentarlas sí es motivo de descarte. Las evaluaciones se conformarán por preguntas y se complementarán con pruebas psicométricas.

Examen de conocimientos 30
Evaluaciones de habilidades 10
III Evaluaciones de la experiencia

y valoración del mérito

Evaluación de la experiencia 20
Valoración del mérito 10
IV Entrevista

El resultado de las evaluaciones de conocimientos y habilidades acumuladas con menor a 50 puntos son motivo de descarte

Entrevista 30
  Total: 100
SISTEMA DE PUNTUACION GENERAL Para efectos de continuar en el concurso, los (las) aspirantes deberán aprobar las evaluaciones precedentes, excepto la de habilidades, incluyendo la evaluación psicométrica, en virtud de que el resultado de éstas no es motivo de descarte, a menos que el (la) participante no se presenta a su aplicación. Será motivo de descarte, si el (la) participante no acude a la cita que se le invite o no aprueba el examen de conocimientos y la revisión documental.

El examen de conocimientos (capacidades técnicas) constará de al menos 60 reactivos y la calificación mínima aprobatoria será de 80 en una escala de 0 a 100 y ésta se obtendrá considerando la cantidad de aciertos sobre el total de reactivos aplicados.

Las evaluaciones de habilidades, cuyo resultado no será motivo de descarte, que se aplicarán serán las siguientes, considerando que se conformarán por preguntas y se complementarán con pruebas psicométricas:

Nivel de Enlace: Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo.

Jefatura de Departamento: Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo.

Subdirector (a) de área: Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo.

Director (a) de área: Liderazgo y Negociación.

Director (a) General Adjunto (a): Liderazgo y Negociación.

Director (a) General: Visión Estratégica y Liderazgo.

Evaluación de la experiencia y valoración del mérito.

El resultado que arroje la evaluación de la experiencia y valoración del mérito no será motivo de descarte; sin embargo, es necesario que el (la) aspirante reúna el requisito de área y años de experiencia laboral, y; áreas y nivel de escolaridad que establece el perfil del puesto en concurso; así como la documentación personal básica que se le requiera, en caso contrario será motivo de descarte. La evaluación y valoración mencionadas, le dan la posibilidad a (l) (la) aspirante de obtener puntos, que sumados a los obtenidos en la Etapa II del proceso de selección que contempla el examen de conocimientos y evaluaciones de habilidades, le ayudan para ubicarlo en un mejor lugar de prelación dentro del concurso. El máximo de puntos que pueden obtener en la Etapa III son: 20 puntos en la evaluación de la experiencia y 10 puntos en la valoración del mérito. Para la obtención de los puntos mencionados, es imprescindible presentar en original o copia certificada para su objeto, un archivo por documento, por ambos lados, en formato PDF y escala a 100%, grabados en disco compacto No Regrabable e identificado con el nombre del puesto, y folio del concurso, organizada en una carpeta para cada etapa: Revisión documental, Evaluación de la experiencia y Valoración del mérito.

NOTA: TODOS LOS DOCUMENTOS ORIGINALES INVARIABLEMENTE DEBEN COINCIDIR CON LOS DIGITALIZADOS, LA FALTA DEL DISCO COMPACTO O DE CUALQUIERA DE LOS DOCUMENTOS EN ORIGINAL O COPIA DIGITALIZADA SERA MOTIVO DE DESCARTE. La evidencia documental que acredite el nivel de cumplimiento en cada uno de los elementos que se califican.

En la evaluación de la experiencia se calificarán los siguientes elementos:

1.- Orden en los puestos desempeñados.- Se calificará de acuerdo con el nivel jerárquico en la trayectoria laboral de (l) (la) candidato (a) (último puesto desempeñado o que está desempeñando) en relación al puesto en concurso. Las personas que cuenten únicamente con una sola experiencia en un cargo o puesto, no serán evaluados en este rubro, al no existir un parámetro objetivo para realizar la comparación.

2.- Duración en los puestos desempeñados.- Se calificará de acuerdo con la permanencia en los puestos o cargos ocupados de (l) (la) candidato (a). De manera específica, a través del número de años promedio por cargo o puesto que posea.

3.- Experiencia en el Sector Público.- Se calificará de acuerdo con la permanencia en los puestos o cargos ocupados en el Sector Público. De manera específica, a través del tiempo acumulado en el Sector Público.

4.- Experiencia en el Sector Privado.- La experiencia en el sector privado se calificará de acuerdo con la permanencia en los puestos o cargos ocupados en el Sector Privado. De manera específica, a través del tiempo acumulado en el Sector Privado.

5.- Experiencia en el Sector Social.- La experiencia en el Sector Social se calificará de acuerdo con la existencia o experiencia en el Sector Social.

6.- Nivel de Responsabilidad.- El nivel de responsabilidad se calificará de acuerdo con la opción de respuesta seleccionada por el (la) aspirante, entre las 5 posibles opciones establecidas en el formato de evaluación, respecto a su trayectoria profesional. Las opciones son las siguientes:

a) He desempeñado puestos donde he desarrollado una serie de actividades sencillas y similares entre sí.

b) He desarrollado puestos que requieran coordinar una serie de funciones y actividades similares y relacionadas entre sí.

c) He desempeñado puestos que requieran coordinar una serie de funciones de naturaleza diferente.

d) He desempeñado puestos que requieran dirigir un área con funciones de naturaleza diferente.

e) He desempeñado puestos que requieran dirigir diversas áreas que contribuían al desarrollo de los planes estratégicos de una o varias unidades administrativas o de negocio.

7.- Nivel de Remuneración.- El nivel de remuneración se calificará de acuerdo con la remuneración bruta mensual en la trayectoria laboral de (l) (la) candidato (a). De manera específica, comparando la remuneración bruta mensual del puesto actual (en su caso el último) y la del puesto en concurso.

8.- Relevancia de funciones o actividades desempeñadas en relación con las del puesto vacante.- La relevancia de funciones o actividades desempeñadas en relación con las del puesto vacante se calificará de acuerdo con la coincidencia entre la Rama de Cargo o puesto en el currículum vítae del candidato registrado por el (la) propio (a) candidato (a) en www.trabajaen.gob.mx con la rama de cargo o puesto vacante en concurso.

9.- En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.- La experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante se calificará de acuerdo con la permanencia en el puesto o puestos inmediatos inferiores al de la vacante. De manera específica, a través del número de años acumulados en dichos puestos.

10.-En su caso, aptitud en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.- La aptitud en puestos inmediatos inferiores al de la vacante se calificará de acuerdo con la evaluación del desempeño en el puesto o puestos inmediatos inferiores al de la vacante. De manera específica, a través de los puntos de la calificación obtenida en la última evaluación del desempeño de dichos puestos.

11.- Otros elementos que establezcan en la Unidad de Política de Recursos Humanos de la Administración Pública Federal o CTP, previa aprobación de la Unidad conforme a las particulares de la dependencia, los cuales podrán representar hasta el 25% del resultado de esta sub etapa.

Para obtener el puntaje referido a la evaluación de la experiencia, el (la) aspirante deberá presentar la documentación que avalé el cumplimiento a cada elemento, la cual puede ser entre otras: carta original de la empresa en hoja membretada; hoja de servicios; contrato laboral; recibos de pago; alta y baja en instituciones de seguridad social, etc. La documentación deberá especificar claramente el estatus del elemento sobre el cual desea obtener puntos, ejemplo: elemento 2, señalar los puestos que ocupó y el tiempo de permanencia en cada uno de ellos; elemento 6, señalar las funciones y actividades realizadas en los puestos ocupados. La Dirección General de Recursos Humanos y Organización, a través de la Dirección del Servicio Profesional de Carrera, Control y Evaluación, para constar la autenticidad de la información y documentación presentada por el (la) aspirante, en su totalidad o de manera selectiva, podrá realizar las consultas y cruce de información en los registros públicos o acudir directamente con las instancias y autoridades correspondientes. En los casos en que no se acredite la autenticidad será motivo de descarte de (l) (la) aspirante.

Para otorgar una calificación, respecto de los elementos anteriores, se considerará lo siguiente:

· Los (las) aspirantes serán calificados (as) en el orden en los puestos desempeñados (elemento 1), salvo cuando cuenten con una sola experiencia, cargo o puesto previos.

· A todos los (las) aspirantes se les calificarán los elementos 2 al 8.

· Quienes ocupen o hayan ocupado uno o más de los cargos o puestos inmediatos inferiores al de la vacante, serán calificados en el elemento 9.

· Quienes cuenten con resultados en la evaluación del desempeño del sistema en uno o más de los cargos o puestos inmediatos inferiores al de la vacante, serán calificados en el elemento 10.

· La calificación final se obtendrá del promedio entre la calificación de cada uno de los elementos entre el total de elementos considerados.

En la valoración del mérito se calificarán los siguientes elementos:

1.- Acciones de desarrollo profesional.- Las acciones de desarrollo profesional se calificarán una vez emitidas las disposiciones previstas en los artículos 43 y 45 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.

2.- Resultados de las evaluaciones del desempeño.- Los resultados de las evaluaciones del desempeño se calificarán de acuerdo con las calificaciones de los servidores públicos de carrera titulares en las evaluaciones de desempeño anual, las cuales pueden ser las últimas que haya aplicado el (la) servidor (a) público (a) de carrera titular en el puesto en que se desempeña o en otro anterior, incluso aquellas que se hayan practicado como servidores (as) públicos (as) considerados de libre designación, previo a obtener su nombramiento como servidores (as) públicos (as) de carrera titulares. Las evaluaciones a que se refiere el párrafo anterior, son requisito para quienes tengan el carácter de servidores públicos de carrera titulares en la fecha en que el concurso de que se trate, sea publicado en el Diario Oficial de la Federación y se acreditarán en el momento de la revisión documental. En el caso de que el (la) servidor (a) público (a) no cuente con alguna de las evaluaciones por causas imputables a la dependencia, no se le exigirán éstas y en su lugar el Comité Técnico de Selección solicitará a la dependencia la información necesaria para tales fines. De manera específica, a través de los puntos de la calificación obtenida en las últimas evaluaciones del desempeño anual.

3.- Resultados de las acciones de capacitación.- Los resultados de las acciones de capacitación se calificarán de acuerdo con las calificaciones de las acciones de capacitación. De manera específica, a través del promedio de las calificaciones obtenidas por el servidor público de carrera titular en el ejercicio fiscal inmediato anterior. En caso de que en el ejercicio fiscal inmediato anterior no se hubieren autorizado acciones de capacitación para el servidor público de carrera titular, no será calificado en este elemento.

4.- Resultados de procesos de certificación.- Los resultados de los procesos de certificación se calificarán de acuerdo con las capacidades profesionales certificadas. De manera específica, a través del número de capacidades profesionales certificadas vigentes logradas por los servidores públicos de carrera titulares en puestos sujetos al Servicio Profesional de Carrera.

5.- Logros.- Los logros se refieren al alcance de un objetivo relevante de la o el candidato en su labor o campo de trabajo, a través de aportaciones que mejoraron, facilitaron, optimizaron o fortalecieron las funciones de su área de trabajo, el logro de metas estratégicas o aportaron beneficio a la ciudadanía, sin generar presiones presupuestarias adicionales, ni perjudicar o afectar negativamente los objetivos de otra área, unidad responsable o de negocios. De manera específica, se calificarán a través del número de logros obtenidos por el candidato. En virtud de lo anterior, se considerarán como logros, los siguientes:

· Certificaciones en competencias laborales o en habilidades profesionales distintas a las consideradas para el Servicio Profesional de Carrera.

· Publicaciones especializadas (gacetas, revistas, prensa o libros) relacionados a su campo de experiencia.

· Otras que al efecto establezca la Dirección General de Desarrollo Humano y Servicio Profesional de Carrera, de la Secretaría de la Función Pública.

En ningún caso se considerarán logros de tipo político o religioso.

6.- Distinciones.- Las distinciones se refieren al honor o trato especial concedido a una persona por su labor, profesión o actividad individual. De manera específica, se calificarán a través del número de distinciones obtenidas. En virtud de lo anterior, se considerará como una distinción, las siguientes:

· Fungir como presidente (a), vicepresidente (a) o miembro (a) fundador (a) de Asociaciones u Organizaciones no Gubernamentales (Científicas, de Investigación, Gremiales, Estudiantiles o de Profesionistas).

· Título Grado Académico Honoris Causa otorgado por Universidades o Instituciones de Educación Superior.

· Graduación con Honores o con Distinción.

· Otras que al efecto establezca la Dirección General de Desarrollo Humano y Servicio Profesional de Carrera, de la Secretaría de la Función Pública.

En ningún caso se considerarán distinciones del tipo político o religioso.

7.- Reconocimientos y premios.- Los reconocimientos o premios se refieren a la recompensa o galardón otorgado por agradecimiento o reconocimiento al esfuerzo realizado por algún mérito o servicio en su labor, profesión o actividad individual. De manera específica, se calificarán a través del número de reconocimientos o premios obtenidos. En virtud de lo anterior, se considerará como un reconocimiento o premio, los siguientes:

· Premio otorgado a nombre del o la aspirante.

· Reconocimiento por colaboración, ponencias o trabajos de investigación a nombre del o la aspirante en congresos, coloquios o equivalentes.

· Reconocimiento o premio por antigüedad en el servicio público.

· Primero, segundo o tercer lugar en competencias o certámenes públicos y abiertos.

· Otros que al efecto establezca la Dirección General de Desarrollo Humano y Servicio Profesional de Carrera, de la Secretaría de la Función Pública.

En ningún caso se considerarán reconocimientos o premios de tipo político, religioso o que sean resultado de la suerte, a través de una selección aleatoria, sorteo o equivalente.

8.- Actividad destacada en lo individual.- La actividad destacada en lo individual se refiere a la obtención de los mejores resultados, sobresaliendo en una profesión o actividad individual o ajena a su campo de trabajo, del resto de quienes participan en la misma. De manera específica, se calificará a través del número de actividades destacadas en lo individual comprobadas. En virtud de lo anterior, se considerarán como actividades destacadas, las siguientes:

· Título o grado académico en el extranjero con reconocimiento de validez oficial por la Secretaría de Educación Pública (apostillado).

· Patentes a nombre del o la aspirante.

· Servicios o misiones en el extranjero.

· Derechos de autor a nombre del o la aspirante.

· Servicios del voluntario, altruismo o filantropía (No incluye donativos).

· Otros que al efecto establezca la Dirección General de Desarrollo Humano y Servicio Profesional de Carrera, de la Secretaría de la Función Pública.

En ningún caso se considerarán actividades destacadas de tipo político o religioso.

9.- Otros estudios.- Se calificarán de acuerdo con los estudios adicionales a los requeridos por el perfil del puesto vacante en concurso. De manera específica, a través del estudio o grado máximo de estudios concluido reconocido por la autoridad competente, que sea adicional al nivel de estudio y grado de avance al requerido en el perfil del puesto vacante en concurso.

Los (as) aspirantes podrán cubrir el requisito de nivel de estudios de la escolaridad y área de conocimiento que establece el perfil del puesto en concurso, con uno de mayor grado como es la especialidad, la maestría o el doctorado, según el caso, otorgándose en la Valoración del Mérito el puntaje asignado para el nivel mínimo requerido por dicho perfil.

La acreditación de títulos o grados de estudio de los (as) aspirantes, se realizará a través de la presentación del original del Título o Cédula Profesional o Reconocimiento de Estudios del Extranjero o Apostilla, que emita la autoridad competente según el caso.

10.- Otros elementos que establezcan en la Unidad o CTP, previa aprobación de la Unidad de Política de Recursos Humanos de la Administración Pública Federal, conforme a las particulares de la dependencia, los cuales podrán representar hasta el 25% del resultado de esta sub etapa.

Para obtener el puntaje referido a la valoración de mérito, se deberá presentar la documentación que avale el cumplimiento del elemento correspondiente, la cual puede ser entre otras: evaluaciones del desempeño; menciones honoríficas; premios, resultados de capacitación; investigación y/o aportación al ramo. La documentación deberá especificar claramente el estatus del elemento sobre el cual desea obtener puntos, ejemplo: elemento 2, calificación obtenida en la evaluación del desempeño y firma del evaluador (El (La) Servidor (a) Público (a) de Carrera Titular, deberá presentar las dos Evaluaciones del Desempeño con el resultado obtenido y firmadas por el (la) evaluado (a) y el (la) evaluador (a)). La Dirección General de Recursos Humanos y Organización, a través de la Dirección del Servicio Profesional de Carrera, Control y Evaluación, para constar la autenticidad de la información y documentación presentada por el (la) aspirante, en su totalidad o de manera selectiva, podrá realizar las consultas y cruce de información en los registros públicos o acudir directamente con las instancias y autoridades correspondientes. En los casos en que no se acredite la autenticidad será motivo de descarte de (l) (la) aspirante.

Para otorgar una calificación, respecto de los elementos anteriores, se considerará lo siguiente:

· En tanto se emitan las disposiciones previstas en los artículos 43 y 45 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, ningún (a) candidato (a) será evaluado (a) en el elemento 1.

· Todos los (as) candidatos (as) que sean servidores (as) públicos (as) de carrera titulares, sin excepción, serán calificados en los elementos 2 a 4.

· Todos los (as) candidatos (as), sin excepción, serán calificados en los elementos 5 a 9.

· La calificación final se obtendrá del promedio entre la calificación de cada uno de los elementos entre el total de elementos considerados.

Los resultados obtenidos en las sub etapas de la Etapa III serán considerados en el sistema de puntuación general, sin implicar el descarte de los (as) candidatos (as).

Se considerarán finalistas (pasan a la etapa de determinación) a quienes acrediten al menos el Puntaje Mínimo de Aptitud que es 80.

Si hay empate, el Comité Técnico de Selección resolverá el resultado del concurso de acuerdo a lo señalado en el numeral 236 del Acuerdo citado en el primer párrafo de esta convocatoria.

Los (as) aspirantes que pasen a la etapa de determinación como aptos (as) para cubrir el puesto y no resulten ganadores (as) en el concurso, serán considerados (as) finalistas en la reserva de aspirantes de la rama de cargo o puesto de que se trate en la Secretaría de Educación Pública, durante un año contado a partir de la publicación de los resultados finales del concurso de que se trate. Por este hecho, quedan en posibilidad de ser convocados (as), en ese periodo y de acuerdo a la clasificación de puestos y ramas de cargo que haga el Comité Técnico de Profesionalización de la Secretaría de Educación Pública, a nuevos concursos destinados a tal rama de cargo o puesto, según aplique.

Cuando el (la) ganador (a) del concurso tenga el carácter de servidor (a) público (a) de carrera titular, para poder ser nombrado (a) en el puesto sujeto a concurso, deberá presentar la documentación necesaria que acredite haberse separado, toda vez que no puede permanecer activo (a) en ambos puestos, así como de haber cumplido la obligación que le señala fracción VI del artículo 11 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. (Guardar reserva de la información, documentación y en general, de los asuntos que conozca, en términos de la ley de la materia).

REVISION DOCUMENTAL Para poder acreditar la revisión documental, es indispensable presentar la totalidad de la siguiente documentación en original y número de copias simples señaladas, en caso contrario se le descartará del concurso:

· Currículum Vítae detallando periodo en cada puesto y funciones realizadas (no el registrado en trabajaen), firmado en todas las hojas con tinta azul, sin engargolar. Entregar 4 copias.

· La constancia de no inhabilitación para el desempeño del empleo, cargo o comisión.

· Comprobante de domicilio (recibo de luz, agua, teléfono fijo, gas natural o estacionario).

· Impresión del folio asignado por el Portal www.trabajaen.gob.mx (carátula inicial de la página personal) para el concurso e impresión de la invitación que recibe por trabajaen. Entregar 1 copia.

· Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3, según corresponda. Entregar 1 copia.

· Documento que acredite el nivel de estudios requerido por perfil del puesto para el que concursa. En caso de que el perfil del puesto requiera nivel licenciatura o postgrado titulado, se deberá presentar el Título y/o la Cédula Profesional correspondiente. Si el Título y/o la Cédula Profesional está en trámite (con antigüedad de un año), se podrá presentar el documento que avale dicho trámite ante la Secretaría de Educación Pública y/o el acta del examen profesional aprobatorio y/u oficio original de la institución educativa donde establezca que la persona cubrió el total de créditos del nivel de estudios y la tira de materias cursadas. Para los casos en los que el perfil del puesto establezca como requisitos de escolaridad el nivel de Pasante, se tendrá que presentar el documento oficial que así lo acredite, como puede ser la Carta de Pasante o documento (oficio y tira de materias) donde establezca que la persona cubrió el total de créditos del nivel de estudios correspondiente. En el caso de contar con estudios en el extranjero, se deberá presentar invariablemente la constancia de validez o reconocimiento oficial expedido por la autoridad competente. Los y las aspirantes podrán cubrir el requisito de nivel de estudios de la escolaridad y área de conocimiento que establece el perfil del puesto en concurso, con uno de mayor grado como es la especialidad, la maestría o el doctorado, según el caso, otorgándose en la Valoración del Mérito el puntaje asignado para el nivel mínimo requerido por dicho perfil.

· La acreditación de títulos o grados de estudio de los y las aspirantes, se realizará a través de la presentación del original del Título o Cédula Profesional o Reconocimiento de Estudios del Extranjero o Apostilla, que emita la autoridad competente. Entregar 1 copia.

· Documento que acredite el nivel de estudios del idioma correspondiente, sólo en caso de que sea requerido por el perfil del puesto en concurso. Entregar 1 copia.

· Comprobante que avale los años de experiencia requeridos por el perfil del puesto (ejemplo: carta de la empresa en hoja membretada donde se indique la fecha de ingreso, puestos ocupados y fecha de baja; recibo de pago; alta en instituciones de seguridad social; contrato laboral; hojas de servicio; declaraciones fiscales; contratos; recibos de honorarios; etc.), en las áreas que requiera el perfil del puesto en concurso.

· Identificación oficial vigente con fotografía y firma (credencial para votar con fotografía o pasaporte o cartilla militar). Entregar 1 copia.

· Registro Federal de Contribuyentes (RFC) (alta en el SAT) u otro documento oficial donde se identifique dicho RFC. En caso de que el RFC, incluyendo homoclave, registrado en la página personal de trabajaen no coincida con el que aparece en el documento de alta del SAT o el documento oficial que se presente, será motivo de descarte del aspirante en el concurso correspondiente.

· Cartilla militar liberada, o en su caso, comprobante de que presta el servicio militar. En el caso de hombres mayores a los 40 años, no aplica este requisito. Entregar 1 copia.

· Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido sentenciado (a) con pena privativa de libertad por delito doloso, no estar inhabilitado (a) para el servicio público, no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro de culto y de que la documentación presentada es auténtica. Este formato le será proporcionado por la Secretaría de Educación Pública durante la revisión documental.

· Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido beneficiado (a) por algún programa de retiro voluntario. En el caso de aquellas personas que se hayan apegado a un programa de retiro voluntario en la Administración Pública Federal, su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable. Entregar original.

· La o el aspirante que sea servidor (a) público (a) de carrera titular que desee acceder (promoción) a un cargo del Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal de mayor responsabilidad o jerarquía al que ocupa, deberá presentar al menos dos evaluaciones de desempeño anuales, las cuales pueden ser las últimas que haya aplicado el (la) servidor (a) público (a) de carrera titular en el puesto en que se desempeña o en otro anterior, incluso aquellas que se hayan practicado como servidores (as) públicos (as) considerados de libre designación, previo a obtener su nombramiento como servidores (as) públicos (as) de carrera titulares. Las evaluaciones a que se refiere el párrafo anterior, son requisito para quienes tengan el carácter de servidores públicos de carrera titulares en la fecha en que el concurso de que se trate, sea publicado en el Diario Oficial de la Federación y se acreditarán en el momento de la revisión documental. Las evaluaciones mencionadas se acreditarán en el momento de la revisión documental, sin embargo en el caso de que el (la) servidor (a) público (a) no cuente con alguna de las evaluaciones por causas imputables a la dependencia, no se le exigirán éstas y en su lugar el Comité Técnico de Selección solicitará a la dependencia la información necesaria para tales fines.

La revisión documental se realizará en la dirección, día y hora que se señale en el mensaje enviado al aspirante a través de trabajen.

PUBLICACION DE RESULTADOS Los resultados de cada una de las etapas del concurso serán publicados en el portal de www.trabajaen.gob.mx, identificándose al aspirante con su número de folio asignado por dicho sistema. La consulta se puede hacer por medio del sitio web: http://www.trabajaen.gob.mx
CANCELACION DE CONCURSOS El Comité Técnico de Selección podrá cancelar el concurso en los supuestos siguientes: I) Cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición legal expresa que restrinja la ocupación del puesto de que se trate; II) El puesto de que se trate, se apruebe como de libre designación, o bien, se considere para dar cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado estado, en su caso, para restituir en sus derechos a alguna persona, y; III) El CTP determine que se modifica o suprime del Catálogo el puesto en cuestión.
DECLARACION DE CONCURSO DESIERTO De conformidad con el artículo 40 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, el Comité Técnico de Selección podrá, considerando las circunstancias del caso, declarar desierto un concurso por las siguientes causas:

I Porque ningún candidato se presente al concurso;

II Porque ninguno de los candidatos obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser considerado finalista, o

III Porque sólo un finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado, o bien, no obtenga la mayoría de los votos de los integrantes del Comité Técnico de Selección.

En caso de declararse desierto el concurso, se procederá a emitir una nueva convocatoria.

REACTIVACION DE FOLIOS En caso de aplicar la reactivación de folios rechazados en la Etapa I Revisión Curricular, a partir de la fecha de descarte el (la) aspirante tendrá 2 días hábiles para enviar su petición de reactivación de folio dirigido al Secretario (a) Técnico (a) del Comité Técnico de Selección, a través de los correos electrónicos: ingreso_sep@nube.sep.gob.mx, liliana.morado@nube.sep.gob.mx, teresa.nunez@sep.gob.mx. La solicitud se hará del conocimiento al resto de los (las) integrantes del Comité Técnico de Selección, a través del Encargado (a) del Subsistema de Ingreso, vía correo electrónico o vía telefónica para su análisis y en su caso, para su autorización. El plazo de resolución del Comité será a más tardar en 72 horas. La determinación del Comité Técnico de Selección respecto a la solicitud de reactivación se hará del conocimiento del interesado (a), a través del Encargado (a) del Subsistema de Ingreso por correo electrónico.

Dicha solicitud deberá describir y anexar lo siguiente:

· Manifestar la Justificación del por qué considera que se debe reactivar el folio dirigido al Secretario (a) Técnico (a) del Comité de Selección solicitando el análisis y en su caso aprobación de la reactivación.

· Pantallas impresas del portal personal en www.trabajaen.gob.mx donde se observen las causales del rechazo. (Currículo que describa los periodos de permanencia, día, mes, año, en cada una de sus experiencias laborales, así como las funciones que desempeñó(a),

· Copia de los documentos que acrediten su experiencia laboral y escolar.

· Dirección electrónica donde puede recibir la respuesta a su petición.

La reactivación de folios será improcedente cuando ésta se deba a:

· La renuncia por parte del o la aspirante.

· La duplicidad de registros de inscripción.

Una vez transcurrido el plazo establecido, no procederán las solicitudes de reactivación.

Nota: En caso de ser autorizada la solicitud de reactivación, el sistema www.trabajaen.gob.mx enviará un mensaje de notificación a todos los y las participantes en el concurso.

En relación a los descartes de aspirantes por errores imputables al Operador de Ingreso en las etapas de evaluación, entrevista y estatus del concurso, esta dependencia podrá, si el Comité Técnico de Selección lo autoriza, reactivar dicho folio, dando aviso a los (as) aspirantes que siguen participando en la etapa correspondiente.

PRINCIPIOS DEL CONCURSO El concurso se desarrollará con estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, sujetándose en todo tiempo el Comité Técnico de Selección a las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, su Reglamento y demás disposiciones aplicables.

Los casos no previstos en las disposiciones que regulan el Servicio Profesional de Carrera, respecto al desarrollo de los concursos, serán resueltos por el Comité Técnico de Selección, para lo cual, la persona involucrada en el concurso que identifique el caso no previsto lo hará del conocimiento al Secretario Técnico de dicho Comité vía escrito y dentro de los siguientes dos días hábiles, quien lo someterá para su análisis y resolución al resto de los o las integrantes. El plazo para dar una resolución dependerá de la complejidad y gravedad del caso reportado, por lo que el Comité puede detener el desarrollo del concurso hasta que tenga una resolución. El Comité Técnico de Selección se asegurará que la resolución al caso reportado se apegue a los principios mencionados y a la normatividad aplicable.

Así como a las medidas sociales de “sana distancia”, y medidas de “prevención de contagio”, como lo son: mantener una distancia entre una persona y otra de al menos 1.5 metros, uso de cubre bocas, careta y guantes médicos no estériles, lavado de manos con agua y jabón, utilización de desinfectantes; gel antibacterial, evitar en la medida de lo posible, el uso de joyería, corbatas, evitar compartir bolígrafos, lápices y/o artículos personales, entre otros.

DISPOSICIONES

GENERALES

1. En el portal www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el concurso y los puestos vacantes.

2. Los datos personales de los y las concursantes son confidenciales aun después de concluido el concurso.

3. Cada aspirante se responsabilizará de los traslados y gastos erogados como consecuencia de su participación en actividades relacionadas con motivo de la presente convocatoria.

4. Los y las concursantes podrán presentar inconformidad, ante el Area de Quejas del Organo Interno de Control en la dependencia, ubicada en Av. Universidad No. 1074, Piso 3, Colonia Xoco, Alcaldía Benito Juárez, México, Ciudad de México, C.P. 03330. La inconformidad deberá presentarse por escrito, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que se presentó el acto motivo de la inconformidad, en términos de lo dispuesto por el artículo 69 fracción X de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y 93 al 96 de su Reglamento. Página Web http://www.oic.sep.gob.mx/portal3/quejas2.php.

      Los y las aspirantes podrán interponer el recurso de revocación ante la Secretaría de la Función Pública, ubicada en Av. Insurgentes Sur No. 1735, Col. Guadalupe Inn, México, Ciudad de México. El recurso de revocación deberá interponerse dentro del término de diez días contados a partir del día siguiente en que se haga del conocimiento el nombre del aspirante que obtuvo la calificación más alta en el procedimiento de selección, en los términos que establecen los artículos del 76 al 78 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y 97 al 98 de su Reglamento, dirigido al Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos y Transparencia.

5. Durante el desarrollo y aplicación de la etapa II no se permitirá el uso de teléfonos celulares, computadora de mano, dispositivo de CD, DVD, memorias portátiles de computadoras, cámaras fotográficas, calculadoras, así como cualquier otro dispositivo, libro o documento que posibilite consultar, reproducir, copiar, fotografiar, registrar o almacenar las evaluaciones, salvo que en las bases de la convocatoria se autorice o requiera de utilización como medio de apoyo para el examen y/o la evaluación.

RESOLUCION DE DUDAS Y ATENCION A USUARIOS Con la finalidad de garantizar la debida atención y resolución de las dudas que los aspirantes formulen con relación al presente concurso, la Secretaría de Educación Pública pone a la orden los correos electrónicos: ingreso_sep@nube.sep.gob.mx, sofiach@nube.sep.gob.mx, teresa.nunez@nube.sep.gob.mx y liliana.morado@nube.sep.gob.mx, así como el número telefónico: 3600 2511 con las extensiones: 59971, 59822, 59961, 59962, en un horario de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 y 16:30 a 18:00 hrs.

México, Ciudad de México, a 16 de junio de 2021.

Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Secretaría de Educación Pública

“Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio”

Por acuerdo del Comité Técnico de Selección

Secretaria Técnica

Alma Liliana Morado Saldívar

Firma Electrónica.